PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON EL ÚNICO CRITERIO DE ADJUDICACIÓN DEL PRECIO, PARA EL SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE LA AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TELEGESTIÓN EN...
BP/AL-2017/550
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON EL ÚNICO CRITERIO DE ADJUDICACIÓN DEL PRECIO, PARA EL SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE LA AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TELEGESTIÓN EN CUARENTA Y OCHO (48) DEPENDENCIAS MUNICIPALES CON TECNOLOGIA KNX, INCLUYENDO EL MANTENIMIENTO INTEGRAL Y LOS COSTES DE COMUNICACIONES DURANTE DOS AÑOS.
CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto del contrato es el suministro, instalación y puesta en servicio de la ampliación del sistema de telegestión con tecnología “KNX” en cuarenta y ocho (48) xxxxx xx xxxxxxxx de dependencias municipales, incluyendo el mantenimiento integral y las comunicaciones durante dos años.
Las dependencias a telegestionar se relacionan y especifican en el Anexo I del presente pliego.
La codificación del presente contrato, conforme al Reglamento (CE) Nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocablo Común de Contratos Públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, es la siguiente:
71314200-4 Servicios de gestión de energía
Tienen carácter contractual además del presente Xxxxxx (PCAP en lo sucesivo) el Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT) y los documentos que integran la oferta de los adjudicatarios, en cuanto no se opongan a los respectivos Pliegos. En caso de contradicción entre los Pliegos se estará a lo dispuesto en el PCAP con carácter preferente.
CLÁUSULA 2.- PRECIO DEL CONTRATO:
El valor presupuesto base de licitación del contrato asciende a 128.000 €, IVA incluido, conforme a las siguientes cuantías:
Valor estimado del contrato (VEC=PBL-IVA) 105.785,12
€
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) 21% ………… 22.214,87
€
Presupuesto base de licitación (PBL) 128.000,00
€
El desglose del presupuesto, considerando los tipos de dependencias, la programación y el servicio de mantenimiento integral con las comunicaciones del sistema durante los dos primeros años es:
INSTALACIÓN DE CUADRO EN 37 DEPENDENCIAS | 65.100,00 € |
· Cuadro de alojamiento del control | |
· Alimentación eléctrica | |
· Protección eléctrica elementos del control | |
· Autómata KNX nativo | |
· Router capacidad conexión 3g | |
· Fuente alimentación | |
· Router KNXIP | |
· Sondas exterior e interior KNX | |
· Actuador 4 canales KNX | |
· Bus de comunicación | |
· Programación y puesta en marcha | |
INSTALACIÓN DE CUADRO REMOTO EN 5 DEPENDENCIAS | 5.400,87 € |
· Cuadro de alojamiento de control | |
· Alimentación eléctrica | |
· Protección eléctrica elementos del control | |
· Autómata KNX nativo | |
· Fuente alimentación | |
· Router KNXIP | |
· Sondas interior KNX | |
· Bus de comunicación | |
· Programación y puesta en marcha | |
INSTALACIÓN DE 5 DEPENDENCIAS CON CONTROL EXISTENTE VÍA REMOTA | 12.520,30 € |
· Plataforma de integración, pasarelas etc. | |
· Router capacidad conexión 3g |
INSTALACIÓN DE CUADRO EN 1 DEPENDENCIA DE ACUMULADORES | 1.000,00 € |
· Cuadro de alojamiento del control | |
· Alimentación eléctrica | |
· Protección eléctrica elementos del control | |
· Router capacidad conexión 3g | |
· Fuente alimentación | |
· Router KNXIP | |
· Sondas exterior e interior KNX | |
· Actuador 4 canales KNX | |
· Bus de comunicación | |
· Programación y puesta en marcha | |
PROGRAMACIÓN, LICENCIAS Y CONFIGURACIÓN DE SERVIDOR | 12.187,50 € |
· Router 20 servidores | |
· Internet Gateway | |
· Programación gateaway | |
· Sistema de gestión | |
MANTENIMIENTO INTEGRAL Y COMUNICACIONES DURANTE LOS DOS (2) PRIMEROS AÑOS | 9.576,45 € |
SUMA | 105.785,12 € |
IVA 21% | 22.214,88 € |
TOTAL PRECIO BASE DE LICITACIÓN | 128.000,00 € |
CLÁUSULA 3.- EXISTENCIA DE CRÉDITO:
Las obligaciones económicas que se derivan del presente contrato se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 17210 62300, RC nº 1489, de 28-3-2017.
CLÁUSULA 4.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
El suministro de los materiales necesarios y la puesta en servicio del sistema de telegestión se realizarán en un tiempo máximo de cuatro meses desde la formalización del contrato.
El Ayuntamiento, a través del Área de Medio Ambiente, emitirá un acta de inicio y de recepción del suministro, instalación y puesta en servicio, en el cual se hará constar la fecha en la cual el contrato se considera satisfactoriamente ejecutado en dichos aspectos. A partir de la fecha del acta de recepción se inicia el cómputo de los dos primeros años de mantenimiento integral del sistema y abono del gasto en
comunicaciones incluido en el contrato, así como la garantía correspondiente.
CLÁUSULA 5.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:
La competencia para contratar corresponde al Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, por Delegación del Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, según Decreto de 17 xx xxxxx de 2015, publicado en el BOP xx Xxxxxxxxx de fecha 1 de julio.
CLÁUSULA 6.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
El procedimiento de adjudicación será el abierto, por tramitación ordinaria, según lo señalado en el artículo 157 del
R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) y tomando como base el único criterio de adjudicación que se detalla en la cláusula 12ª, de conformidad con el artículo 150 del mismo texto legal.
CLÁUSULA 7.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR:
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y no estén afectos por ninguna circunstancia que enumera el artículo 60 del TRLCSP como prohibitivas para contratar.
Referidos licitadores deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
La administración podrá contratar con uniones de empresas, conforme a lo dispuesto en el art. 59 de la TRLCSP.
CLÁUSULA 8.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:
Las proposiciones se presentarán en el Servicio de Contratación y Bienes del Excmo. Ayuntamiento, hasta las trece horas del decimoquinto día natural siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 159.2 del TRLCSP, publicándose, asimismo, en el
Perfil de Contratante xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx de conformidad con el artículo 142.4 del TRLCSP.
Dentro del mismo plazo, también podrán presentarse por correo, debiendo, en este caso el licitador, justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante correo electrónico [xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx], fax (000 000000 o 000 000000). Si de los datos que han de facilitarse se deduce el incumplimiento del plazo para presentar ofertas o en caso de que no se cumpla la obligación de justificar la fecha y hora de imposición del envío, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la documentación, si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos diez días desde la finalización del plazo de presentación de proposiciones, sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
CLÁUSULA 9.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES:
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional de las cláusulas de los Pliegos y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento.
Los licitadores presentarán la documentación y proposiciones en DOS sobres cerrados y que pueden estar lacrados y precintados, en cada uno de los cuales se hará constar su respectivo contenido y nombre del licitador.
* Sobre nº 1 (cerrado)
Título: Documentación general.
Denominación del contrato
Contenido:
a) Se presentará una declaración responsable conforme al modelo adjunto en el Anexo II indicando que se cumplen las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración al tiempo de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
Cuando dos o más empresas presenten proposición conjunta como Unión Temporal de Empresas (U.T.E.) deberán aportar un compromiso de constitución con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la designación de un representante o apoderado único que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de la UTE frente al Ayuntamiento.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación estará obligado a acreditar, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos, mediante originales o fotocopias autenticadas, señalados en la cláusula 12 de este pliego.
No obstante lo anterior, conforme al art. 146.4, segundo párrafo, del TRLCSP, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
b) El licitador aportará documentación acreditativa de ser empresa perteneciente a la “Asociación KNX España”.
c) Dirección de correo electrónico en el que efectuar las notificaciones y, en su caso, consentimiento para la utilización de este medio como preferente a efectos de notificación según el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx.
* Sobre nº 2 (cerrado) Título: Proposición económica.
Denominación del contrato
Contenido: Oferta económica conforme al modelo que se adjunta al presente Pliego en el Anexo III.
La oferta se presentará escrita a máquina o en letra clara y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o enmiendas que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta. No podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras empresas, si lo hubiere hecho individualmente. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de las proposiciones presentadas.
Transcurridos tres meses desde el acuerdo de adjudicación definitiva del contrato o, en su caso, se declare desierto el procedimiento sin que el licitador no adjudicatario de que se trate haya retirado la documentación aportada al procedimiento, se entenderá que el interesado ha renunciado a ella, y que el Ayuntamiento queda en libertad, sin necesidad de previo aviso o comunicación algunos, para dar a la documentación no retirada el destino que tenga por conveniente, incluso proceder a su destrucción. Cualquier reclamación que se presente por este motivo será rechazada.
CLÁUSULA 10.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES:
Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas, el primer día hábil, la Mesa de Contratación, constituida permanentemente, calificará los documentos presentados en el sobre nº 1, y si observare defectos formales, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error.
Si la documentación contuviese defectos substanciales ó deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
El acto de apertura del sobre nº 2 será público, y se celebrará por la Mesa de Contratación en el día y la hora que previamente se anunciará en el perfil de contratante xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx y una vez completada la documentación del sobre nº 1, si tuviera defectos subsanables, y se remitirá al Área de Medio Ambiente para su valoración quien emitirá el correspondiente informe.
CLÁUSULA 11.- CALIFICACIÓN DE PROPOSICIONES:
Se considerarán las proposiciones económicas como desproporcionadas o anormales conforme a lo previsto en el artículo 85 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Cuando se identifique alguna proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, debe darse audiencia al licitador de conformidad con lo previsto en el art. 152.3 del TRLCSP.
La propuesta de adjudicación será a favor del licitador que hubiese presentado la proposición que contuviese la oferta económica más ventajosa, en su defecto podrá proponer que se declare desierta la licitación, o el desistimiento del contrato.
El órgano de contratación, vista la propuesta de la Mesa, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá al criterio de adjudicación señalados en este Pliego.
La adjudicación deberá efectuarse en todo caso, siempre que alguna de las ofertas presentadas reúna los requisitos exigidos en este pliego, no pudiendo en tal caso declararse desierta.
CLÁUSULA 12.- CRITERIO DE ADJUDICACIÓN:
El contrato se adjudicará a propuesta de la Mesa de Contratación teniendo en cuenta el siguiente criterio:
Precio (hasta 100 puntos)
No se admitirá ninguna proposición que sea superior al tipo de licitación. La proposición económica será valorada con un mínimo de 0 puntos y un máximo de hasta 100 puntos.
Se considerarán las proposiciones económicas como desproporcionadas o anormales conforme a lo previsto en el artículo 85 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Cuando se identifique alguna proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, debe darse audiencia al licitador de conformidad con lo previsto en el art. 152.3 del TRLCSP.
La valoración en este apartado se realizará en función de la proposición de cada licitador, dándose la máxima puntuación de [POEmax] puntos a la proposición económica más baja y el resto de las proposiciones se valorarán conforme a la siguiente fórmula:
P-BPLz = (TLP - TOz) / (TLP - TOmín) X 100
Siendo:
P-BPLz: Puntos baja en el precio de licitación de oferta z.
TLP: Tipo de licitación previsto en el pliego de condiciones.
TOz : Proposición económica del licitador de oferta z en euros.
TOmín: Proposición económica más baja en euros.
CLÁUSULA 13.- REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN Y GARANTIA:
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación, mediante originales o fotocopias compulsadas o autenticadas:
a) El documento que acredite la capacidad de obrar de los licitadores conforme a lo señalado en el artículo 72 del TRLCSP. La capacidad de obrar de los empresarios que fueran personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en el Registro Público que corresponda.
Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública [apoderamiento], de la que resulte poder suficiente al efecto, debidamente inscrito en el Registro Mercantil o Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, que deberá estar bastanteado por el Secretario General, Oficial Mayor o Funcionario designado al efecto por el Ayuntamiento, previo pago de la tasa prevista en la Ordenanza Fiscal nº 24.
El poder cuyo bastanteo se solicite deberá figurar a nombre de la persona que haya firmado la oferta. No obstante lo anterior, podrá acudir a la firma del contrato otro apoderado, siempre que se encuentre en alguno de los dos supuestos siguientes:
1.- Cuente a su nombre o a su favor con un poder general debidamente inscrito en el Registro Mercantil, entre cuyas facultades esté comprendida la capacidad de firmar en nombre de la mercantil el contrato en cuestión.
2.- Cuente a su nombre con un poder notarial especial que le faculte para la firma del contrato en cuestión del que resulte adjudicatario, en cuyo caso no será necesaria su inscripción en el Registro Mercantil.
En cualquier caso, los licitadores cuidarán de tramitar la solicitud de bastanteo de poderes, acompañada de toda la documentación que resulte necesaria, con la suficiente antelación, para facilitar el control de legalidad que implica el acto de bastanteo.
b) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme a lo dispuesto en el art. 60 del TRLCSP, modificado por Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
c) Solvencia económica y financiera: Declaración relativa al volumen anual de negocios por suministros de la tipología del que se licita realizados por la empresa en el curso de los últimos cinco ejercicios concluidos; por un importe igual o superior (IVA incluido) al presupuesto de licitación del presente contrato.
Este aspecto se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviese inscrito en dicho registro, en caso contrario por las depositadas en el Registro Oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales o inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
d) Solvencia técnica: se acreditará con indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, debiendo acreditar documentalmente disponer de al menos el siguiente personal:
- Técnico que disponga de categoría profesional de certificación “NetX basic y avanzado”.
- Técnico integrador con certificación KNX partner.
- Técnico titulado en sistemas electrotécnicos y automáticos.
e) Los licitadores que sean contratistas del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx con algún contrato en vigor, estarán exentos de presentar la documentación general de la capacidad de obrar, que ya figure en el Ayuntamiento y que esté vigente. Para ello presentará declaración responsable en este sentido.
f) Para las empresas extranjeras se estará a lo dispuesto en el artículo 146.1 del TRLCSP, en virtud del cual deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero
jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
g) La documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
h) Certificación expedida por el órgano competente acreditativo de que no existen deudas de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
i) La empresa adjudicataria deberá responder frente al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y frente a terceros de todos aquellos daños o perjuicios que se puedan producir en la ejecución del objeto del contrato, por lo que deberán tener una póliza de responsabilidad civil para poder hacer frente al resarcimiento de dichos daños con una cobertura mínima de
300.000 euros.
j) La documentación que justifique haber constituido la garantía definitiva por el 5% del importe de adjudicación, IVA no incluido.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 del TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y ss. del RGLCAP o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el art. 98 del TRLCSP, en el caso de realizarse en metálico, aportando el justificante del ingreso en la entidad BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y XXXXX, S.A., Cuenta número XX00 0000 0000 0000 00000000.
La garantía responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 del TRLCSP.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, conforme al art. 151.2 del TRLCSP.
CLÁUSULA 14.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN A LOS LICITADORES:
1.- Recibida la documentación requerida al licitador el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
2.- La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad del art. 153 TRLCSP.
3.- En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al art. 156.3 TRLCSP.
CLÁUSULA 15.- DOCUMENTACIÓN PREVIA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
El contrato se formalizará dentro del plazo de QUINCE DÍAS HABILES desde que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos (art. 156 del TRLCSP), previa presentación en el Servicio de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del justificante de haber abonado los gastos de publicación de anuncios, por un importe máximo de 500 €.
Asimismo, deberán aportar la póliza de un seguro de responsabilidad civil y de accidentes por un límite mínimo de
300.000 €.
El adjudicatario queda obligado a formalizar el contrato en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, se estará a lo establecido en el art. 156.4 del TRLCSP.
CLÁUSULA 16.- GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA:
El contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de los anuncios de licitación, por un importe máximo de
500 € y los que se deriven de la formalización del contrato en escritura pública si interesase al adjudicatario, licencias, documentos o cualquier otro trámite ante Organismos oficiales o particulares, los correspondientes a pruebas, ensayos, etc., y en general cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 17.- DEVOLUCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A LOS LICITADORES:
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. No obstante adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan formulado, los documentos que se acompañan a las proposiciones, salvo la oferta y documentación del adjudicatario y oferta económica del resto de los licitadores, quedará a disposición de los interesados.
Transcurridos los plazos anteriores, si la documentación no fuese retirada, el Ayuntamiento, previo requerimiento a los interesados con un mes de antelación para que procedan a su retirada, podrá disponer su destrucción.
CLÁUSULA 18.- PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO:
Los trabajos de la prestación del suministro se abonarán previa presentación de la factura correspondiente que se emitirá tras el acta de recepción del suministro, instalación y puesta en servicio, con las condiciones estipuladas en el pliego de prescripciones técnicas. El pago del servicio de mantenimiento y comunicaciones se producirá en dos pagos, a la finalización anual de cada año de prestación.
Conforme a la Ley 25/2013, de 27 de Diciembre, las facturas (superiores a 5.000 €, IVA incluido) deberán emitirse (formato Facturae 3.2 ó 3.2.1) y firmarse electrónicamente y presentarse a través del Punto General de Entrada de facturas electrónicas
–FACe-, en xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxx, al que se ha adherido el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
El Área de Medio Ambiente prestará la conformidad a dicha factura y la Intervención municipal, que es el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, reconocerá la obligación de pago.
En dichas facturas constará la identificación del destinatario conforme a la Disposición Adicional 33ª.2 del TRLCSP, proporcionándose los códigos DIR 3 aplicables al presente contrato:
ÓRGANO GESTOR: | L01372745 | AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX |
OFICINA CONTABLE: | XX0000000 | INTERVENCIÓN |
UNIDAD TRAMITADORA: | XX0000000 | ÁREA DE MEDIO AMBIENTE |
Conforme al art. 216.4 del TRLCSP la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las facturas que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados.
CLÁUSULA 19.- REVISIÓN DE PRECIOS:
Dada la naturaleza de los trabajos a realizar, no es aplicable al contrato la revisión de precios, conforme a lo dispuesto en el artículo 89 del TRLCSP.
CLÁUSULA 20.- PLAZO DE GARANTÍA:
El período de garantía sobre el suministro, instalación y puesta en servicio objeto del contrato será de dos años desde la fecha del acta de recepción correspondiente.
CLÁUSULA 21.- CUMPLIMIENTO DE PLAZOS, PENALIDADES E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS:
1.- El contratista estará obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato, así como de sus plazos parciales si los hubiera. Si llegado el término de cualquiera de dichos plazos, el contratista hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades conforme al régimen previsto en el artículo 212.4 del TRLCSP. La aplicación y pago de estas penalidades no excluye la indemnización a que el Ayuntamiento pueda tener derecho por los daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.
2.- El cumplimiento defectuoso del contrato, incumplimiento de las condiciones de ejecución y de los plazos podrán verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato hasta su liquidación.
3.- Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía, conforme al artículo 212.4 del TRLCSP.
CLÁUSULA 22.- TRIBUTOS:
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en los presupuestos de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o cualquier otro tributo que pudiera corresponder, sin que por tanto, puedan éstos ser repercutidos como partida independiente.
CLÁUSULA 23.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 223 a 225 y 299 del TRLCSP.
En todo caso, en los supuestos de resolución del contrato por causa imputable al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 225.3 del TRLCSP.
CLÁUSULA 24.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO:
El órgano de contratación competente ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato y resolver las dudas que surjan respecto de sus cumplimientos, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta conforme al artículo 210 del TRLCSP.
CLÁUSULA 25.- NATURALEZA JURÍDICA:
Se trata de un contrato administrativo de suministro, según lo dispuesto en el artículo 9 del TRLCSP.
CLÁUSULA 26.- RÉGIMEN JURÍDICO:
En lo no previsto expresamente en este Pliego y en el de Condiciones Técnicas, se estará a lo dispuesto en el RD Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público – TRLCSP-, así como los efectos directos a partir del 00 xx xxxxx xx 0000 xx xxx Xxxxxxxxxx Europeas 2014/23 y 2014/24 que le sean de aplicación, siguiendo la Recomendación de la Junta Consultiva
de Contratación Administrativa y criterios de los Tribunales Contractuales, el R.D. 1098/01 por el que se aprueba el Reglamento General de la LCSP, en cuanto no se oponga, y la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
CLÁUSULA 27.- JURISDICCIÓN COMPETENTE:
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y abrirán la vía contencioso- administrativa, a tenor de la Ley de dicha Jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Salamanca, 23 xx Xxxx de 2.017
El Jefe del Servicio de Bienes y Contratación
Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx
ANEXO I
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE CONFORME AL ART. 146.4 DEL TRLCSP DE CUMPLIR LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL TRLCSP Y EN LOS PLIEGOS DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARA CONTRATAR CON EL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX.
D. con D.N.I.
nº , en nombre propio o en representación de la Sociedad , con C.I.F. nº , en relación con el procedimiento convocado para la contratación de
.
DECLARA
Que al tiempo de finalizar el plazo de presentación de proposiciones en dicha licitación, la empresa
, sus administradores y representantes, así como el firmante, cumplen las condiciones establecidas para contratar con la Administración en el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (art.
146.4 TRLCSP), y en los pliegos de condiciones administrativas y técnicas.
Asimismo, manifiesta expresamente su compromiso de poner a disposición del órgano de contratación toda la documentación que a tales efectos le sea requerida, de conformidad con el art. 146.4.2º del TRLCSP y, siempre, antes del acto de adjudicación del contrato, caso de resultar propuesto para tal fin.
En a de 20 .
[D.N.I. firmante] Firmado
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. , mayor de edad, con domicilio en , provisto de Documento Nacional de Identidad nº actuando en nombre propio ó en representación de , C.I.F. nº , con domicilio social en ,
EXPONE:
Primero.- Que desea tomar parte en la convocatoria en procedimiento abierto con el único criterio de adjudicación del precio, para la contratación del suministro, instalación y puesta en servicio de un sistema de telegestión con tecnología “KNX” en cuarenta y ocho (48) xxxxx xx xxxxxxxx de dependencias municipales, incluyendo el mantenimiento integral y las comunicaciones durante los dos primeros años.
Segundo.- Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del suministro que se especifica, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas, presenta la siguiente:
OFERTA:
*Empresa Oferente:
*Denominación del contrato:
*Oferta Económica:
- Tipo de licitación (sin iva):
- IVA al………%
- TOTAL (IVA INCLUIDO)……………………….(en número y letra)
(Lugar, fecha y firma del licitador)