CRITERIO DE ADJUDICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. El criterio de adjudicación que se aplicará en la presente contratación será el del precio más bajo. A tal fin, los licitadores presentarán una única oferta en base a lo previsto en el presente pliego, no admitiéndose variantes ni alternativa alguna. A la hora de valorar las ofertas presentadas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: o La puntuación a la oferta más baja presentada será de 99 puntos. El resto de las licitaciones obtendrán una puntuación inversamente proporcional a la mejor oferta presentada. Para ello se aplicará la siguiente regla: x= 99* A (Oferta más barata) B (Oferta) o Se otorgará un punto directo (1 punto) a las empresas que acrediten una plantilla con trabajadores con diversidad funcional superior al 2% del total de la misma.
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. La adjudicación se realizará teniendo en cuenta el criterio que a continuación se señala.   Bmax − Bl  Pl = Peco 1 −  B    max  Donde: Pl = Puntos obtenidos. Peco = Puntación del criterio económico. 100 puntos. Bmax = Baja de la oferta más barata. Medida en % con relación al presupuesto de licitación. Bl = Baja de cada uno de los licitadores. Medida en % con relación al presupuesto de licitación. Procedimiento:
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley, la adjudicación deberá recaer en el oferente cuya oferta:
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. La Entidad adjudicará el (los) contrato(s) al Oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja en precio y cumpla sustancialmente los requerimientos de estos Documentos de Licitación para Comparación de Precios.
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a: Precio [De 0 a 100 puntos]. Se otorgará la puntuación máxima a la mejor oferta económica (oferta mínima). Para la obtención de las puntuaciones del resto de ofertas, se aplicará la siguiente fórmula: PUNTUACIÓN OFERTA X: PUNTUACIÓN MÁXIMA * OFERTA MÍNIMA
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. Se establece el precio como único criterio de adjudicación, realizándose ésta a la oferta más ventajosa presentada.
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 c) de la LCSP, la adjudicación recaerá en el licitador que oferte el precio más bajo, con respecto al presupuesto máximo de licitación establecido en la cláusula 10ª de este pliego. La Mesa de Contratación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149.2 de la LCSP, identificará las ofertas que se encuentran incursas en presunción de anormalidad, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 85 del RGLCAP. El umbral de anormalidad se determinará por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado. Cuando se presenten ofertas por empresas pertenecientes al mismo grupo, se tomará, únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere más baja, con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal (U.T.E.).
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. El criterio de adjudicación será la mejor relación coste-eficacia atendiendo únicamente al precio ofertado, resultando adjudicatario el licitador que presente la oferta más económica. Para la valoración de las proposiciones económicas de los licitadores se realizará una simulación del importe anual del contrato por los licitadores según especifica el Anexo III en su apartado 7 de acuerdo con la fórmula presentada en el Anexo II. Se trata únicamente de una estimación para poder llevar a cabo la valoración de las ofertas, sin que el Parlamento xx Xxxxxxx asuma ningún compromiso de gasto por ello. La valoración se hace tomando como base los datos históricos y el valor de las potencias contratadas actuales.
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. La Secretaría determinará, de entre las Ofertas de Crédito Calificadas, aquélla o aquéllas que representen las mejores condiciones xxx xxxxxxx de acuerdo a los Lineamientos. Por tratarse de un proceso competitivo flexible, conforme a lo previsto en los numerales 26 y demás aplicables de los Lineamientos, el criterio de adjudicación será en cuanto al plazo, por lo que la Secretaría deberá contratar aquella Oferta de Crédito Calificada de mayor plazo. Sin perjuicio de lo anterior, la Secretaría podrá tomar una Oferta de Crédito Calificada de menor plazo, siempre que el costo de ésta, en valor presente dividido entre el monto ofertado, sea menor que el costo en valor presente entre el monto ofertado de cualquiera de las Ofertas de Crédito Calificadas de mayor plazo disponibles, es decir, que aún no hayan sido seleccionadas. Entre las Ofertas de Crédito Calificadas con el mismo plazo, la Secretaría seleccionará aquélla con la menor Tasa Efectiva (pudiendo el Estado, para tales efectos, realizar el cálculo de la Tasa Efectiva mediante el uso de hasta 4 (cuatro) puntos decimales después del punto decimal de la tasa expresada en términos porcentuales). Si de entre las Ofertas de Crédito Calificadas, la Oferta de Crédito Calificada con la Tasa Efectiva más baja no cubre el Monto del Financiamiento solicitado, el monto restante se adjudicará a la Oferta de Crédito Calificada que represente la siguiente menor Tasa Efectiva y así, sucesivamente, hasta alcanzar el Monto del Financiamiento. En caso de que dos o más Ofertas de Crédito Calificadas se encontraran en el supuesto de tener la misma Tasa Efectiva, y que con la suma entre ellas (y, en su caso, con otras Ofertas de Crédito Calificadas con mejor Tasa Efectiva) se rebasara el Monto de Financiamiento solicitado, se asignará a prorrata entre dichas Ofertas Calificadas empatadas en proporción al monto ofertado en cada una de ellas, en lo necesario para cubrir el Monto del Financiamiento solicitado. En caso de que dos o más Ofertas de Crédito Calificadas se encontraran en el supuesto de tener la misma Tasa Efectiva, y que con la suma entre ellas (y, en su caso, con otras Ofertas de Crédito Calificadas con mejor Tasa Efectiva) no se rebasara el Monto de Financiamiento solicitado, se asignarán en su totalidad a dichas Ofertas Calificadas y el monto restante se adjudicará a la Oferta de Crédito Calificada que represente la siguiente menor Tasa Efectiva y así, sucesivamente, hasta alcanzar el Monto del Financiamiento. La...
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. 17.1.- UNICO criterio.