Ayudas e incentivos para empresas
Ayudas e incentivos para empresas
Actualizado a: 31/10/2019
Se regula la concesión de subvenciones para cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral.
Línea 1. Ayudas para la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje para jóvenes sin cualificación
Destinatarios: Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores/as
Información de interés Ámbito gegráfico: Castilla - La Mancha
Organismo: Consejería de Economía, Empresas y Empleo Administración: Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx La Mancha Plazo(s) de solicitud: 30/10/2019
Notas solicitud: Última convocatoria, hasta el 30 de octubre de 2019. En espera de próxima convocatoria
Tipo: Subvención
Importe: 3.225.832,00€
Notas: Crédito 2019: 3.225.832 euros. Cuantía máxima de 5.140 euros por contrato
CEE:
Referencias de la publicación
- Decreto 97/18. Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 2 de 3 de enero de 2019. (Convocatoria)
Sectores | Subsectores | Descriptores |
Empresas en general | Empleo | Contratos de aprendizaje Contratos de formación Creación de empleo Empleo juvenil Reinserción profesional |
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Resumen de la Ayuda elaborado a partir de la Publicación Oficial de referencia. Recopilado y procesado por la Dirección General de Industria y de la Pyme
AÑO XXXVIII Núm. 2 3 de enero de 2019 94
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Economía, Empresas y Empleo
Decreto 97/2018, de 27 diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral. Extracto BDNS (Identif.): 432253. [2018/15196]
Extracto del Decreto 97/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la
cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral
BDNS (Identif.): 432253
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (xxxx://xxx.xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxx):
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen con- trataciones de trabajadores/as con las condiciones establecidas en el presente decreto.
Segundo. Objeto e inversiones subvencionables.
El presente Decreto tiene por objeto aprobar y efectuar, para el ejercicio 2019, la convocatoria de subvenciones a las empresas y entidades sin ánimo de lucro por la realización de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo, así como la transformación en contratos indefinidos de estos contratos y de los contratos de trabajadores/as en procesos de inserción en empresas de inserción
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras son este mismo Decreto. Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones
El importe del crédito destinado a la financiación de la convocatoria asciende a 8.870.832,00 euros.
Las empresas y entidades sin ánimo de lucro podrán recibir una subvención por importe 5.140,00 euros por la realización de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas o contratos de relevo; así como una subvención por la transformación en contratos indefinidos de estos contratos y de los contratos de trabajadores/as en procesos de inserción en empresas de inserción por importe de 5.300,00 euros. Estos importes se incrementarán en 700,00 euros, cuando la persona contratada sea mujer que tenga la condición de víctima de violencia de género, personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o personas en situación de exclusión social; pero además, y sólo para la transformación en contratos indefinidos, el importe de la subvención también se incrementará en 700,00 euros, cuando dicha transformación se lleve a cabo con trabajadores/as que hayan finalizado contratos ligados a procesos de inserción en empresas de inserción o que la contratación constituya la primera por tiempo indefinido que realiza un/a trabajador/a autónomo/a.
Asimismo, la cuantía de la subvención establecida en la regulación específica de cada una de las líneas de ayuda se in- crementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha o en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 xx xxxxx, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial In- tegrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020 o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
El plazo máximo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación del presente
decreto, hasta el día 30 de octubre de 2019, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas desde el 1 de octubre de 2018, hasta el día anterior a la fecha de entrada en vigor del presente decreto, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde dicha entrada en vigor.
b) Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del correspondiente contrato.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios indicados en el apartado 2, que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha xxxxx://xxx.xxxx.xx//.
Dado en Toledo, el 27 de diciembre de 2018
El Presidente
XXXXXXXX XXXXXX-PAGE XXXXXXX
La Consejera de Economía, Empresas y Empleo XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
TEXTO COMPLETO DEL DECRETO 97/2018, DE 27 DE DICIEMBRE
El Decreto 21/2018, de 17 xx xxxxx, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral, estableció un régimen de ayudas que tenía como finalidad facilitar el acceso a un primer empleo de calidad a las personas desempleadas de Castilla-La Mancha, dando respuestas adecuadas a su nivel de cualificación y fomentando la utilización de la modalidad contractual adaptada a sus necesidades.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes al amparo del citado decreto y habiendo sido muy favorable la respuesta que el mismo ha tenido, contando con una participación activa de empresas y entidades sin ánimo de lucro y considerando que continúa siendo objetivo estratégico de la política de empleo regional, la cualificación y el acceso a un primer empleo de los jóvenes castellano manchegos, así como el apostar por la creación de un fuerte tejido empresarial que cuente con el capital humano joven y cualificado de nuestra región, procede la aprobación del presente decreto, mediante el que se establecen, con vigencia indefinida, ayudas para la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje y contratos en prácticas de un año de duración, así como para la formalización de contratos de relevo y la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo y contratos temporales de personas trabajadoras en procesos de inser- ción en empresas de inserción.
El presente decreto se enmarca dentro del Pacto por la Recuperación Económica de Castilla-La Mancha 2015- 2020, suscrito el 19 de septiembre de 2016, entre el Gobierno Regional y los agentes económicos y sociales más representativos de Castilla-La Mancha, en su Eje 2, destinado a políticas de empleo, que establece como uno de sus principales objetivos o líneas estratégicas a seguir, mejorar no solamente las tasas de empleo, sino también la empleabilidad de los jóvenes de Castilla-La Mancha.
Asimismo, se encuadra dentro del Plan Regional de Empleo y Garantía de Xxxxxx xx Xxxxxxxx-La Mancha (2018- 2020) firmado el 17 xx xxxxx de 2018, como herramienta central, aunque no única, del Gobierno Regional para dar continuidad al esfuerzo desplegado por el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha (2015-2017). El Eje 2 del referido Plan Regional de Empleo y Garantía xx Xxxxxx desarrolla nuevas medidas de transición al empleo, entre las que se encuentra el contrato joven. Y, dentro de este mismo Plan Regional, el Eje 3 relaciona ayudas para la transformación de contratos temporales en indefinidos.
El contrato joven se dirige a fomentar la contratación tanto de las personas jóvenes sin cualificación, mediante los contratos para la formación y el aprendizaje, como de las personas jóvenes cualificadas, mediante el contrato en prácticas; pero también se pretende la renovación de las plantillas de las empresas por el colectivo laboral más jo-
ven, mediante la realización de contratos de relevo, así como la transformación en contratos indefinidos de dichas
modalidades de contratación temporal.
Los colectivos a los que se dirigen las acciones que se establecen en el presente decreto, son las personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con fecha anterior al inicio de la relación laboral.
También se dirigen a las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, a las mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género y a los colectivos de personas en situación de exclusión social que, con anterioridad al inicio de la relación laboral se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Xxxxxx xx Xxxxxxxx-La Mancha.
Las acciones recogidas en este decreto, dirigidas a personas jóvenes destinatarias del Sistema Nacional de Ga- rantía Juvenil, podrán ser objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo de Empleo Juvenil. De igual modo, las transformaciones serán objeto de cofinanciación a través del Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en este decreto las empresas, ya sean personas físicas o jurí- dicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro.
Atendiendo a dicha tipología de beneficiarios y al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando los beneficiarios sean personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite derivado del procedimiento de concesión de subvenciones. Di- cha obligación se extiende, además, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a las personas físicas que realicen la actividad empresarial, puesto que la propia naturaleza de su actividad, conlleva necesariamente la disposición de unas capacidades técnicas o económicas mínimas.
Por otra parte, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha, se establece un incremento en la intensidad de la ayuda para aquellas contrataciones que se realicen en alguno de los municipios que se determinan en el Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha. Asimismo, se acogerán a dicho incremento las contrataciones que se realicen en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 xx xxxxx, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación.
Las razones expuestas justifican el interés económico y social de estas subvenciones y, por ello, se determina que la vía más adecuada es la subvención directa, de carácter excepcional, prevista en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
Por su parte, el artículo 37 del Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, establece que el Consejo de Gobierno aprobará por Decreto, y a propuesta del titular de la Consejería a la que esté adscrito el órgano conceden- te, las normas especiales, con el carácter de bases reguladoras de las subvenciones previstas en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Empresas y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del 27 de diciembre de 2018.
Dispongo:
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto, finalidad y procedimiento de concesión.
1. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para la cualificación y la inser- ción de personas desempleadas en el mercado laboral.
2. Las subvenciones recogidas en el presente decreto tienen como finalidad facilitar el acceso a un primer empleo de calidad a las personas desempleadas de Castilla-La Mancha, dando respuestas adecuadas a su nivel de cualifi- cación y fomentando la utilización de la modalidad contractual adaptada a sus necesidades.
3. Las subvenciones reguladas en este decreto, se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dis- puesto en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 2. Líneas de subvención y plazo de ejecución.
1. En el marco de este decreto, se establecen las siguientes líneas de subvención:
a) Línea 1. Ayudas para la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje, cuyo objeto es favorecer la inserción laboral de las personas jóvenes mediante su cualificación profesional en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en las empresas.
b) Línea 2. Ayudas para la formalización de contratos en prácticas, cuyo objeto es favorecer la obtención por las personas trabajadoras de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados.
c) Línea 3. Ayudas para la formalización de contratos de relevo, cuyo objeto es favorecer el relevo generacional en
las empresas de la región.
d) Línea 4. Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendi- zaje, contratos en prácticas, contratos de relevo y contratos temporales de personas trabajadoras en procesos de inserción en empresas de inserción, cuyo objeto es fomentar la estabilidad en el empleo de personas que se hayan incorporado al mercado laboral, mediante alguno de los contratos indicados.
2. Serán subvencionables las actuaciones incluidas en las distintas líneas, que se realicen en el período comprendi- do desde el 1 de octubre del año en que se publique la resolución estableciendo el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, hasta el día 30 de septiembre del año siguiente a aquel en el que se publique la citada resolución, ambos incluidos.
Artículo 3. Colectivos destinatarios.
1. Las contrataciones subvencionables al amparo de las líneas 1, 2 y 3, deberán formalizarse con personas incluidas
en los colectivos que a continuación se relacionan:
a) Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que reúnan, en el día natural anterior a la fecha de formalización del contrato, los requisitos establecidos en el artículo 105 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, para ser beneficiarias de las medidas o acciones previstas en dicha norma.
b) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Xxxxxx xx Xxxxxxxx-La Mancha. Exclusivamente para las contrataciones subvencionables al amparo de la línea 1, deberán ser mayores de 16 y menores de 30 años.
A los efectos de este decreto, la situación de violencia de género se acreditará de la forma indicada por el artículo 3.2 del Real Decreto 1917/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción socio laboral para mujeres víctimas de violencia de género o mediante informe emitido por profesional especializado, en los términos indicados por el artículo 3 del Decreto 38/2002, de 12 xx xxxxx, para la aplicación de la Ley 5/2001, de 17 xx xxxx, de prevención de malos tratos y de protección a las mujeres maltratadas.
c) Personas con discapacidad que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e
inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Xxxxxx xx Xxxxxxxx-La Mancha.
A los efectos de este decreto, son personas con discapacidad aquellas que tengan reconocido un grado de discapa- cidad igual o superior al 33 por ciento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del texto refundido de la Ley Ge- neral de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. De conformidad con el artículo 2 de la Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha, la acreditación de la situación de disca- pacidad se realizará mediante resolución de los órganos administrativos que tengan atribuida la competencia para la valoración y calificación del grado de discapacidad.
d) Personas en situación de exclusión social.
A los efectos de este decreto, son personas en situación de exclusión social aquellas que tengan acreditada dicha situación por los servicios sociales competentes. En todo caso, con anterioridad al inicio de la relación laboral, deben estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Xxxxxx xx Xxxxxxxx-La Mancha.
2. Las transformaciones en contratos indefinidos subvencionables al amparo de la línea 4, deberán formalizarse con las personas que tuvieran suscritos los contratos para la formación y el aprendizaje, los contratos en prácticas, los contratos de relevo o los contratos de duración determinada, cuando se tratase de personas trabajadoras en proce- sos de inserción en empresas de inserción.
Artículo 4. Régimen jurídico.
1. Las subvenciones reguladas en este decreto se regirán, además de por lo dispuesto en el mismo, por:
a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en sus preceptos básicos.
b) El texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y en su Reglamento de desarrollo en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, modificado mediante Decreto 49/2018, de 10 de julio.
c) El texto refundido de la Xxx xx Xxxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
d) El Capítulo I del Título IV, de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el creci- miento, la competitividad y la eficiencia.
e) El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de
23 de octubre.
f) El Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el apren- dizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, así como la Orden ESS/2518/2013, de 26 de di- ciembre, por el que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje, en desarrollo del Real Decreto1529/2012, de 8 de noviembre, para la suscripción de dichos contratos.
g) El Real Decreto 488/1998, de 27 xx xxxxx, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores
en materia de contratos formativos, para la suscripción de dichos contratos.
h) La Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, en los casos en que personas trabajadoras en situación de exclusión social sean contratadas por parte de empresas de inserción, que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente.
2. Las subvenciones reguladas en el presente decreto podrán ser cofinanciadas por parte del Fondo Social Euro- peo, por lo que, de conformidad con el artículo 4.3 del Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, se regirán por la siguiente normativa:
a) El Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.
b) El Reglamento (UE) nº 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el
Fondo Social Europeo.
c) La Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, por la que se deter- minan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante, el periodo de programación 2014-2020.
Artículo 5. Financiación.
1. La financiación de las ayudas recogidas en este decreto se realizará con cargo a los créditos de las siguientes
aplicaciones presupuestarias:
a) Línea 1: Ayudas para la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje:
Partidas presupuestarias | Fondo |
1909/G/324B/47643 | FPA0090007 |
1909/G/324B/48643 | FPA0090007 |
1909/G/324B/48643 | FPA0090006 |
1909/G/324B/47643 | FPA0090006 |
1909/G/324B/47643 | 0000000060 |
1909/G/324B/48643 | 0000000060 |
b) Línea 2: Ayudas para la formalización de contratos en prácticas:
Partidas presupuestarias | Fondo |
1908/G/322B/4764H | FPA0090007 |
1908/G/322B/4864H | FPA0090007 |
1908/G/322B/4764H | 1150 |
1908/G/322B/4864H | 1150 |
c) Línea 3: Ayudas para la formalización de contratos de relevo:
Partidas presupuestarias | Fondo |
1908/G/322B/4764H | FPA0090007 |
1908/G/322B/4864H | FPA0090007 |
1908/G/322B/4764H | 1150 |
1908/G/322B/4864H | 1150 |
d) Línea 4: Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo y contratos temporales de personas trabajadoras en procesos de inser- ción en empresas de inserción:
Partidas presupuestarias | Fondo |
1908/G/322B/4761G | FPA0090006 |
1908/G/322B/4861G | FPA0090006 |
2. La Dirección General competente en materia de empleo, previa tramitación del expediente de gasto correspon- diente, publicará anualmente, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la Base de Datos Nacional de Subven- ciones, una resolución estableciendo el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, sin que hasta entonces pueda iniciarse el plazo de presentación de solicitudes de los interesados. En todo caso, la eficacia de la resolución queda supeditada a su publicación y la de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Artículo 6. Entidades y personas beneficiarias: requisitos comunes.
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de personas con las condiciones establecidas en el presente decreto.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando se trate de comunidades de bienes, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier
caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
a) La Administración General del Estado, así como las entidades que integran el sector público estatal, reguladas en el Título II de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las entidades que integran la Administración Local, así como los organismos públicos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las mismas.
3. Para acceder a la condición de beneficiario, los solicitantes deberán cumplir, además de las condiciones especí- ficas de cada línea de subvención, los siguientes requisitos:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o, en caso xx xxx- lizar una actividad profesional que exija la colegiación en un colegio profesional, en la mutualidad de dicho colegio, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
b) No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
c) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, cuando conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, resultasen obligados a ello.
d) No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
e) No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla- La Mancha.
f) No encontrarse incursos en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
g) No haber realizado extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos u otros declarados judicialmente o reconocidos por el empresario ante el servicio de mediación arbitraje y conciliación, como improcedentes, así como no haber realizado despidos colectivos, suspensiones de contratos o reducciones de jornada en los supuestos contemplados por los artículos 51 y 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el ámbito de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha, en el plazo de los seis meses anteriores a la celebración del contrato por el que se solicita ayuda. La citada exclusión afectará a un número de contratos igual al de las extinciones producidas.
4. La acreditación del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de las ayudas regu- ladas en este decreto se realizará mediante la cumplimentación y de conformidad con lo indicado en los correspon- dientes anexos de solicitud.
Artículo 7. Obligaciones de las entidades y personas beneficiarias.
Son obligaciones de las entidades y personas beneficiarias las siguientes:
a) Que el puesto de trabajo objeto de subvención se genere en el territorio de Castilla-La Mancha.
b) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la
concesión de la subvención.
c) Justificar ante el órgano competente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión de la subvención.
d) Xxxxxxxse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, de acuerdo con lo es- tablecido en las normas aplicables a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos europeos, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
e) Comunicar al órgano concedente otras subvenciones, ayudas, ingresos y recursos que financien las actividades subvencionadas, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales. Dicha comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
f) Comunicar al órgano concedente, en un plazo no superior a 30 días, cualquier modificación que se produzca res- pecto a los datos identificativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesión, así como de los compromisos y obligaciones asumidas como beneficiario.
g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en los previstos específicamente en el presente decreto.
h) Cumplir el resto de obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en su
normativa de desarrollo.
i) Suministrar a la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Título II de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.
j) Los contratos subvencionables al amparo del presente decreto deberán formalizarse por escrito y en los mismos
xxxxxxxxx expresamente las siguientes cláusulas:
1ª. En los contratos suscritos al amparo de las líneas 1, 2 y 3, cuando se concierten con personas jóvenes mayo- res de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el día natural anterior a la fecha de formalización del contrato, figurará la siguiente cláusula: “La presente acción será objeto de cofinanciación por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE”.
2ª. En los contratos suscritos al amparo de la línea 4, figurará la siguiente cláusula: “La presente acción será objeto de cofinanciación por el Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020”.
k) Para las líneas 1, 2 y 3, el puesto de trabajo objeto de subvención deberá mantenerse por el período de duración que figure en el contrato inicial y, al menos, por los plazos que se establecen en la regulación específica de cada línea de ayuda.
l) Para la línea 4, el puesto de trabajo objeto de subvención deberá mantenerse por un período mínimo de treinta y seis meses. Asimismo, deberá mantenerse el número de contratos indefinidos existentes en los centros de trabajo que tuviera el beneficiario en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha en la fecha del contrato, por un periodo mínimo de dieciocho meses.
m) Cumplir con las obligaciones derivadas de la normativa aplicable en materia de Fondo Social Europeo, que se indican en la disposición adicional primera.
Artículo 8. Exclusión de las subvenciones.
No serán objeto de ayuda al amparo del presente decreto:
a) Las contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.
No operarán las citadas exclusiones, cuando se acredite mediante certificación de empadronamiento que la persona
a contratar no convive con el empresario o con las personas indicadas en el apartado anterior.
b) Los contratos que se formalicen con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedades mercantiles u otras entidades.
c) Las relaciones laborales de carácter especial previstas en el artículo 2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o en otras disposiciones legales.
d) Las contrataciones que se realicen con trabajadores que, en los seis meses anteriores a la fecha de la contrata- ción hubiesen tenido un contrato laboral en la misma entidad, empresa o grupo de empresas, excepto si se trata de transformaciones de contrato. Esto será también de aplicación en el supuesto de haber tenido un contrato laboral anterior con empresas en las que se haya producido una sucesión empresarial, en los términos previstos en el artí- culo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 9. Deber de comunicación en el supuesto de sucesión empresarial.
1. En el supuesto de sucesión empresarial contemplado en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el beneficiario o solicitante en su caso, deberá comunicar tal circunstancia al órgano concedente, en un plazo no superior a 30 días, a contar desde la fecha de alta de la persona contratada en la persona o entidad cesionaria, pudiendo optar por:
a) Proceder al reintegro de la ayuda percibida incrementada con los intereses de demora devengados o, en su caso, desistir de la solicitud presentada, si la persona o entidad cesionaria no reúne los requisitos para participar en estas subvenciones.
b) Acreditar la subrogación de la persona o entidad cesionaria en las obligaciones derivadas de la subvención. Para ello, deberá presentar el formulario de comunicación de la sucesión, que se adjunta como Xxxxx XX, al que acompa- ñará la documentación que se indica en el mismo.
2. Cumplida en tiempo y forma la comunicación de la sucesión, en el plazo de un mes desde la recepción de la mis- ma, se dictará por el órgano competente para resolver, resolución admitiendo o denegando la subrogación.
3. En los casos en los que se deniegue la subrogación o se constate el incumplimiento por el beneficiario de la obli- gación de comunicación y de acreditación documental, se iniciará el procedimiento de reintegro de la subvención.
Artículo 10. Incrementos de la cuantía de la subvención.
1. La cuantía de la subvención establecida en la regulación específica de cada una de las líneas de ayuda se incre- mentará en 700 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
a) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
b) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
c) Personas en situación de exclusión social.
Los supuestos contemplados en este apartado no podrán aplicarse de forma acumulada para una misma contrata- ción.
2. Asimismo, la cuantía de la subvención establecida en la regulación específica de cada una de las líneas de ayuda se incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha o en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 xx xxxxx, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la In- versión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020 o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación.
Artículo 11. Compatibilidad y concurrencia de subvenciones.
1. Las subvenciones concedidas al amparo del presente decreto serán incompatibles con otras que se obtengan con cargo a los Presupuestos de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha o de otras Administraciones Públicas, que financien los mismos conceptos.
2. No obstante, las ayudas contenidas en el presente decreto son compatibles con las reducciones y bonificacio- nes de cuotas empresariales y de las personas trabajadoras a la Seguridad Social aplicable a los contratos para la formación y el aprendizaje, a los contratos en prácticas y de relevo, así como a la transformación en indefinidos de dichos contratos.
3. El importe de las ayudas concedidas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Artículo 12. Régimen de sustitución de personas trabajadoras.
1. En los supuestos en los que se produzcan extinciones de contratos subvencionados con arreglo a la línea 1, no procederá la sustitución de la persona trabajadora contratada.
2. En los supuestos en los que se produzcan extinciones de contratos subvencionados con arreglo a las líneas 2, 3 y 4, por dimisión, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, despido procedente o por voluntad de cualquiera de las partes durante el período de prueba, las personas o entidades beneficiarias, a los efectos del cumplimiento de la obligación de mantenimiento de los puestos de trabajo durante los períodos establecidos por las letras k) y l) del artículo 7, podrán sustituir a las personas contratadas, en el plazo máximo de un mes, a contar desde la fecha de baja en la Seguridad Social, de acuerdo con las siguientes condiciones:
a) Para las líneas 2 y 3:
1º. La persona contratada deberá incluirse dentro de los colectivos indicados en el artículo 3.1.
2º. No podrá concurrir, en la persona contratada, ninguna de las circunstancias de exclusión recogidas en el artículo 8.
3º. La duración del contrato será, al menos, por el tiempo que reste para la finalización del contrato de la persona
sustituida.
4º. La jornada de trabajo de la persona sustituta será idéntica o superior a la de la persona sustituida.
b) Para la línea 4:
1º. Que a duración de la jornada sea idéntica a la de la persona trabajadora sustituida.
2º. Que no concurra ninguna de las circunstancias de exclusión recogidas en el artículo 8.
3º. Que la persona contratada como sustituta lo sea con carácter indefinido y pertenezca a la misma categoría pro- fesional que la persona sustituida.
3. Para la línea 4, en los supuestos en los que se produzcan extinciones de contratos no subvencionados por las mismas causas que se indican en el apartado 2, las personas o entidades beneficiarias, a los efectos del cumpli- miento de la obligación de mantenimiento del número de contratos indefinidos existentes en los centros de trabajo que tuvieran en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha durante el período establecido por la letra l) del artículo 7, podrán cubrir las vacantes en el plazo máximo de un mes, a contar desde la fecha de baja del contrato en la Seguridad Social, de acuerdo con las siguientes condiciones:
1º. Que el nuevo contrato sea por tiempo indefinido.
2º. Que la duración de la jornada sea idéntica a la de la persona sustituida.
Capítulo II
Líneas de subvención
Sección 1ª. Línea 1: ayudas para la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje para jóvenes sin cualificación
Artículo 13. Actuaciones subvencionables.
1. Será subvencionable la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje, con una duración mínima de 1 año, que se ajusten a lo dispuesto por el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Traba- jadores.
2. No serán subvencionables los contratos para la formación y el aprendizaje formalizados en el marco de los pro- gramas de formación en alternancia con el empleo, como las Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo, que se regulan por su propia normativa.
Artículo 14. Requisitos específicos.
Los requisitos específicos de las ayudas reguladas en la presente línea, son los siguientes:
a) Todos los aspectos laborales y formativos relativos la contratación se regirán por lo establecido en los Capítulos I y II, respectivamente, del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y demás normativa aplicable.
b) La actividad formativa incluida en el contrato para la formación y el aprendizaje abarcará los contenidos que se
recogen en el artículo 4 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre.
c) Si la normativa estatal reguladora de las bonificaciones en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social de los contratos para la formación y el aprendizaje así lo establece, los beneficiarios de la subvención estarán obligados a incrementar con la nueva contratación el nivel de empleo y mantener el nuevo nivel alcanzado con la contratación, en los términos que dicha normativa disponga.
Artículo 15. Cuantía de la subvención.
1. Se subvencionará la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje, que reúnan las condiciones
establecidas en el presente decreto, con una cantidad de 5.140 euros por contrato.
2. Este importe tendrá la consideración de costes simplificados de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.1.b),
Sección 2ª. Línea 2: ayudas para la formalización de contratos en prácticas
Artículo 16. Actuaciones subvencionables.
1. Será subvencionable la formalización de contratos en prácticas, a tiempo completo, con una duración mínima de 1 año, que se ajusten a lo dispuesto por el artículo 11.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Tra- bajadores.
2. Las personas contratadas deberán estar en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sis- tema educativo vigente o de certificado de profesionalidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 xx xxxxx, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los cinco años, o de siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.
No obstante, lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medi- das de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, podrán celebrarse contratos en prácticas con jóvenes menores de 30 años, aunque hayan transcurrido cinco o más años desde la terminación de los correspondientes estudios.
Artículo 17. Requisitos específicos.
La contratación por la que se solicita la subvención deberá suponer un incremento xxxx xxx xxxxxx de la empresa, con relación a la plantilla en los noventa días naturales anteriores a la contratación, incluyendo tanto bajas volun- tarias como no voluntarias. Para calcular dicho incremento, se tomará como referencia el promedio diario de per- sonas trabajadoras de la empresa en el periodo de los noventa días naturales anteriores a la nueva contratación, calculado como el cociente que resulte de dividir entre noventa, el sumatorio de los contratos que estuvieran en alta en la empresa en cada uno de los noventa días inmediatamente anteriores a la nueva contratación. Debiendo ser este cociente inferior al número de contratos existentes el día de la contratación. Todo ello, referido al ámbito de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha.
Artículo 18. Cuantía de la subvención.
1. Se subvencionará la formalización de los contratos en prácticas, que reúnan las condiciones establecidas en el
presente decreto, con una cantidad de 5.140 euros por contrato.
2. Este importe tendrá la consideración de costes simplificados de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.1.b) del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, en virtud del cual la subvención revestirá la forma de baremos estándar de costes unitarios.
Sección 3ª. Línea 3: ayudas para la formalización de contratos de relevo.
Artículo 19. Actuaciones subvencionables.
Será subvencionable la formalización de contratos de relevo, con una duración mínima de 6 meses, que se ajusten a lo dispuesto por el artículo 12.7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 20. Cuantía de la subvención.
1. Se subvencionará la formalización de los contratos de relevo, que reúnan las condiciones establecidas en el pre- sente decreto, con una cantidad de 5.140 euros por contrato con una duración de 1 año.
2. La cuantía de la subvención se graduará en función de la duración del contrato, entre 6 meses y 1 año, sin que pueda exceder del importe establecido en el apartado 1. Asimismo, el importe de la subvención se graduará en fun- ción de la jornada de trabajo de la persona contratada.
3. Este importe tendrá la consideración de costes simplificados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.1.b)
Sección 4ª. Línea 4: ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje, los contratos en prácticas, los contratos de relevo y los contratos de personas trabajadoras en procesos de inserción en empresas de inserción.
Artículo 21. Actuaciones subvencionables.
Será subvencionable la transformación en contratos indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje, con- tratos en prácticas, contratos de relevo y contratos temporales de personas trabajadoras en procesos de inserción en empresas de inserción.
Artículo 22. Requisitos específicos.
Los requisitos específicos de las ayudas reguladas en la presente línea son los siguientes:
a) Que la transformación se formalice con fecha límite el día siguiente al de la finalización del contrato para la for- mación y el aprendizaje, el contrato en prácticas, el contrato de relevo o el contrato de la persona trabajadora en proceso de inserción en empresas de inserción y, como máximo, el día siguiente al del cumplimiento de la duración máxima prevista legalmente, para el contrato que es objeto de transformación.
b) Que la contratación indefinida se efectúe a tiempo completo.
c) Que la contratación indefinida por la que se solicita la ayuda suponga un incremento xxxx xxx xxxxxx fijo de la em- presa con relación a la plantilla en los noventa días anteriores a la contratación, excluyendo las bajas voluntarias.
Para calcular dicho incremento, se tomará como referencia el promedio diario de personas con contratos indefinidos en el periodo de los noventa días anteriores a la transformación, calculado como el cociente que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos que estuvieran en alta en la empresa, en cada uno de los noventa días inmediatamente anteriores a la transformación. Debiendo ser este cociente inferior al número de con- tratos indefinidos existentes el día de la transformación. Todo ello, referido al ámbito de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha.
Artículo 23. Cuantía de la subvención.
1. Se subvencionará la transformación en indefinidos de los contratos de formación y aprendizaje, de prácticas, de relevo y los contratos temporales de personas trabajadoras en procesos de inserción en empresas de inserción, que reúnan las condiciones establecidas en el presente decreto, con una cantidad de 5.300 euros.
2. Además de los supuestos contemplados en el artículo 10, la cuantía de la subvención se incrementará en 700
euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas trabajadoras que hayan finalizado contratos ligados a procesos de inserción en empresas de inser- ción.
b) Que la contratación constituya la primera por tiempo indefinido que realiza un/a trabajador/a autónomo/a.
3. Dichos incrementos, junto con los contemplados en el artículo 10, no podrán aplicarse de forma acumulada para
una misma contratación.
Capítulo III Procedimiento de gestión
Artículo 24. Solicitudes de subvención.
1. Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios indicados en el apartado 2, que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha xxxxx://xxx.xxxx.xx//. Al presentarse de esta forma, la documentación podrá ser digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por me- dios distintos al anteriormente señalado.
xxx requerirá a la entidad interesada para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se
considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
2. Las solicitudes correspondientes a la línea 1 se dirigirán a la Dirección General competente en materia de forma- ción profesional para el empleo y las de las líneas 2, 3 y 4 a la Dirección General competente en materia de empleo y se formalizarán a través de los modelos que a continuación se indican, a los que se acompañará el formulario incluido como anexo II:
a) Para la línea 1, ayudas para la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje: anexo IA.
b) Para la línea 2, ayudas para la formalización de los contratos en prácticas: anexo IB.
c) Para la línea 3, ayudas para la formalización de contratos de relevo: anexo IC.
d) Para la línea 4, ayudas para la transformación en contratos indefinidos de contratos para la formación y el apren- dizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo y contratos temporales de personas trabajadoras en procesos de inserción en empresas de inserción: anexo ID.
3. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del texto y del extracto de la resolución por la que se publique la declaración del crédito presu- puestario disponible en cada ejercicio para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión y finalizará el 30 de octubre del ejercicio siguiente.
4. Dentro del período anterior, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha de formalización de la contratación o transformación subvencionable. No obstante, cuando dicha contratación o trans- formación se hubiera producido dentro del plazo de ejecución establecido por el artículo 2.2, pero con anterioridad a la publicación de la resolución por la que se declaren los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde la publicación de la citada resolución y de su extracto, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
5. Si la solicitud no estuviera debidamente cumplimentada o no reuniera los requisitos preceptivos, el órgano ins- tructor requerirá al solicitante para que, en el plazo máximo de 10 días subsane la falta, indicándole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
6. No se admitirán a trámite aquellas solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, resolviéndose su inadmi- sión, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
7. Todos los trámites relacionados con la solicitud se notificarán de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas, en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha. Para ello, en el momento de la solicitud, el interesado deberá estar dado de alta en la plataforma de notifi- caciones telemáticas de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha xxxxx://xxxxxxxx.xxxx.xx/xxxxxxxx/.
Artículo 25. Instrucción y resolución del procedimiento.
1. La instrucción del procedimiento administrativo corresponderá a los siguientes órganos:
a) Al servicio con funciones en materia de formación de la correspondiente Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, respecto de los procedimientos de su propio ámbito territorial, para las solicitudes de subvención de la línea 1.
b) Al servicio con funciones en materia de empleo de la correspondiente Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, respecto de los procedimientos de su propio ámbito territorial, para las solicitudes de subvención de las líneas 2, 3 y 4.
2. El órgano instructor, a la vista del expediente, realizará las propuestas de resolución, que elevará en el plazo xx xxxx días al órgano competente para resolver. Las propuestas de resolución no crean derecho alguno a favor de la persona beneficiaria propuesta frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.
3. El expediente de concesión de subvenciones contendrá el informe del órgano instructor, en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.
4. La resolución del procedimiento administrativo corresponderá a los siguientes órganos:
a) A la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación profesional para el empleo, para
las solicitudes de subvención de la línea 1.
b) A la persona titular de la Dirección General competente en materia de empleo, para las solicitudes de subvención de las líneas 2, 3 y 4.
5. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no excederá de dos meses, a partir de la fecha de la pre- sentación de la solicitud. El vencimiento de dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
6. Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante la persona titular de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 26. Modificación de la resolución.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, así como y en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
Artículo 27. Pago de las subvenciones.
1. El pago de las ayudas se realizará junto con la resolución de concesión de la subvención, una vez realizada la comprobación del contrato de trabajo, el alta en la Seguridad Social de la persona contratada y el cumplimiento del resto de los requisitos previstos en el presente decreto.
2. En todo caso, dicho pago no podrá realizarse en tanto los beneficiarios no se encuentren al corriente en el cum- plimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha o sean deudores por resolución de reintegro.
Capítulo IV
Xxxxxxxxx, comprobación y seguimiento
Artículo 28. Incumplimiento de las obligaciones y reintegro de subvenciones.
1. Son causas de reintegro, las contempladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como el
resto de incumplimientos recogidos en el presente decreto.
2. El incumplimiento por parte del beneficiario de lo establecido en el presente decreto y demás disposiciones aplicables originará el reintegro total o parcial de las cantidades que se hubieran recibido y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención, hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a ésta, sin perjuicio de la posible calificación del incumplimiento como infracción administrativa; todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los artículos 78 y 79 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, así como a lo establecido en los artículos 52 y siguientes del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.
3. El reintegro total de las cantidades percibidas se producirá como consecuencia de los siguientes incumpli- mientos:
a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran
impedido o haber iniciado la formación inherente al contrato sin la correspondiente autorización.
b) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa de carácter muy grave a las actuaciones de comprobación y control financiero por la Administración.
c) Actuación dolosa tendente a engañar a la Administración en cuanto a la justificación de las actividades, o actua- ciones que estuvieran incursas en fraude xx xxx.
d) Incumplimiento total de la actividad o del proyecto que fundamenta la concesión de la subvención, así como de la obligación de justificación. Se entenderá que existe incumplimiento total de la actividad en los siguientes supuestos: 1º. Para las subvenciones recogidas en la línea 1, cuando se produjeran extinciones de contratos subvencionados por causas distintas a las siguientes: voluntad del trabajador, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez o por voluntad de cualquiera de las partes durante el período de prueba.
2º. Para las subvenciones recogidas en las líneas 2, 3 y 4, cuando se produjeran extinciones de contratos subvencio- nados y no se hubiera cumplido, al menos, el 50% del período de obligado mantenimiento del puesto de trabajo.
3º. Para las subvenciones recogidas en la línea 4, cuando se produjeran extinciones de contratos indefinidos no subvencionados y no se hubiera cumplido, al menos, el 50% del periodo de obligado mantenimiento del número de contratos indefinidos existentes en la fecha de celebración del contrato subvencionado.
e) Incumplimiento total de la obligación de adoptar las medidas de difusión del carácter público de la financiación de las actuaciones objeto de subvención recogidas en el presente decreto.
4. Los demás incumplimientos de obligaciones recogidas en este decreto y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, siempre que el cumplimiento por el beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, dará lugar a reintegros par- ciales, respetándose, siempre, el principio de proporcionalidad, a la hora de llevar a cabo las actuaciones tendentes a satisfacer el interés público.
5. En particular, se establecen los siguientes criterios de graduación, siempre que el beneficiario haya cumplido con
los requisitos exigidos en el apartado 4:
a) Para las subvenciones recogidas en la línea 1, cuando se produjeran extinciones por voluntad del trabajador, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez o por voluntad de cualquiera de las partes durante el período de prueba, se procederá a graduar proporcionalmente la cuantía que proceda en función de la duración efectiva de la relación contractual.
b) Para las subvenciones recogidas en las líneas 2, 3 y 4:
1º. Cuando se produjeran extinciones de contratos subvencionados y se hubiera cumplido, al menos, el 50% del período de obligado mantenimiento del puesto de trabajo, se procederá a graduar proporcionalmente la cuantía que proceda en función de la duración efectiva de la relación contractual.
2º. Cuando se produjeran extinciones de contratos subvencionados por las causas indicadas en el artículo 12 y se hubiera realizado su sustitución en los términos indicados por el mismo, en el caso de que la persona sustituida per- teneciese a alguno de los colectivos a los que le corresponda incremento en la cuantía de la subvención con arreglo a este decreto y la persona sustituta no perteneciese a dichos colectivos. En estos casos, se procederá a graduar la cuantía en proporción al tiempo trabajado por la persona sustituida.
c) Para las subvenciones recogidas en la línea 4, cuando se produjeran extinciones de contratos indefinidos no subvencionados y se hubiera cumplido, al menos, el 50% del periodo de obligado mantenimiento del número de contratos indefinidos existentes en la fecha de celebración del contrato subvencionado, se procederá a graduar pro- porcionalmente la cuantía que proceda en función de la duración efectiva de la relación contractual.
6. En los casos en los que, de conformidad con el artículo 9, se deniegue la subrogación o se constate el incum- plimiento por el beneficiario de la obligación de comunicación y acreditación documental, se considerará que los contratos afectados por ésta se han extinguido en la fecha en que se produzca la baja de los trabajadores en la em- presa cedente y se aplicarán los criterios establecidos en los apartados precedentes de este artículo para proceder al reintegro de la subvención concedida.
7. El procedimiento de reintegro de subvenciones se regirá por las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos contenidas en el Título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de las especialidades que se establecen en el Capítulo III del Título III del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y disposiciones de desarrollo.
Artículo 29. Devolución a iniciativa del perceptor.
1. El beneficiario que voluntariamente proceda a la devolución total o parcial de la ayuda, cualquiera que sea su cau- sa, sin previo requerimiento por parte del órgano concedente, deberá realizarlo mediante comunicación al órgano concedente a través del modelo 046 descargable en la dirección xxxx://xxxxxxxx.xxxx.xx/.
2. Cuando se produzca dicha devolución, el órgano gestor calculará los intereses de demora de acuerdo con lo previsto en la normativa estatal de aplicación y hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva por el beneficiario, procediendo a su requerimiento.
Artículo 30. Comprobación y seguimiento de las subvenciones.
1. Con motivo de las actuaciones contempladas en el presente decreto y su mejor desarrollo, el órgano concedente podrá comprobar e inspeccionar las subvenciones concedidas en cualquier momento, pudiendo solicitar del benefi- ciario las aclaraciones y documentación que se considere oportuna, en el estricto marco de este decreto, pudiendo pedir informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El incumplimiento de lo requerido por la Administración podrá considerarse causa suficiente para proceder al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas.
2. En particular, los beneficiarios deberán aportar en el plazo de 60 días naturales desde la finalización del contrato objeto de la ayuda, junto con el formulario que se adjunta como Xxxxx XXX, la siguiente documentación:
a) Justificación del ingreso de la subvención en una contabilidad separada, a través del correspondiente registro contable en el libro diario, o en el libro de ingresos y gastos en su caso, según el régimen fiscal en alta de dicha entidad, junto con información relativa a la fecha del asiento contable, importe percibido, cuenta contable y número de asiento. En el supuesto de que se hayan producido bajas de la persona contratada, deberá aportarse los docu- mentos acreditativos de las mismas (TCs).
No obstante, tratándose de empresarios persona física o entes en régimen de atribución xx xxxxxx, que determinen el rendimiento neto de su actividad mediante el método de estimación objetiva (módulos) y que no estén obligados a llevar libros de registro de ingresos según la legislación fiscal vigente, deberán acreditar tal circunstancia con una certificación o por cualquier medio admitido en derecho, que acredite su inclusión en el régimen de estimación obje- tiva en el momento de percibir la subvención.
b) Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de que se haya produ- cido oposición expresa a la consulta de dicha documentación por parte de la Administración.
3. La Dirección General competente en materia de empleo, en los contratos en prácticas, de relevo y en las trans- formaciones a contratación indefinida, y la Dirección General competente en materia de formación profesional para el empleo, en los contratos para la formación y el aprendizaje, llevarán a cabo un seguimiento y evaluación de las acciones objeto del presente decreto, con el fin de hacer una evaluación ex post de los resultados, que permita re- visar o redefinir los programas dirigidos al fomento de la contratación.
4. Las Direcciones Generales citadas en el apartado 3 informarán a los agentes sociales de los resultados obtenidos
en la evaluación ex post mencionada, a través de los órganos colegiados constituidos a tal efecto. Artículo 31. Publicidad de las subvenciones concedidas.
A efectos de publicidad de las subvenciones, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las resoluciones de concesión recaídas en los términos establecidos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. La remisión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones de la información relativa a las resolu- ciones por las que se declare el crédito presupuestario disponible en cada ejercicio y las subvenciones concedidas, así como de cualquier otra relacionada con las mismas, se llevará a cabo a través de la Base de Datos Regional de Subvenciones.
Artículo 32. Protección de datos.
1. La información contenida en las solicitudes de ayuda presentadas al amparo del presente decreto, quedará so- metida a la normativa vigente en materia de protección de datos.
2. El interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y limitación del tratamiento de sus
datos.
Disposición adicional primera. Cofinanciación del Fondo Social Europeo.
1. El Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil cofinancian las actuaciones recogidas en el presente decreto, contribuyendo a las prioridades de la Unión en materia de cohesión económica, social y territorial a través de la mejora de las oportunidades de empleo, la promoción de la inclusión social y la lucha contra la pobreza, la promoción de la educación, la adquisición de capacidades y el aprendizaje permanente, y la puesta en marcha de políticas de inclusión activas, sostenibles y exhaustivas.
2. En concreto, serán objeto de cofinanciación a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil, Eje Prioritario 5 de “Integración sostenible en el mercado de trabajo de las personas jóvenes que no se encuentran empleadas, ni participan en los sistemas de educación, ni formación, en particular en el contexto de la Garantía Juvenil – IEJ/FSE”, las ayudas a los colectivos de destinatarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil contemplados en el artículo 3.1.a) y en relación con las líneas de subvención 1, 2 y 3, excepto el incremento previsto en el artículo 10.2. La tasa de cofinanciación de la Unión Europea en estas ayudas será del 91,89%.
3. La línea 4 será objeto de cofinanciación a través del Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020, Eje Prioritario 1 de “Fomento del empleo sostenible y de calidad y de la movilidad laboral”; así como en la Línea 1, los contratos realizados con las víctimas de violencia de género, con personas con discapacidad y con personas en situación de exclusión social. La tasa de cofinanciación de la Unión Europea en estas ayudas será del 80%.
4. En la ejecución de las operaciones que el beneficiario lleve a cabo cofinanciadas por el FSE y la Iniciativa de Em- pleo Juvenil, conforme a lo expresado en el párrafo anterior, deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) En todas las medidas de información y comunicación el beneficiario deberá reconocer el apoyo de los Fondos al proyecto, mostrando:
1º. El emblema de la Unión, conforme a las características técnicas establecidas por la Comisión Europea (Regla- mento de Ejecución (UE) 821/2014 de la Comisión de 28 de julio de 2014 9, y una referencia a la Unión Europea. 2º. Una referencia al Fondo Social Europeo (FSE).
3º. Una referencia a la Iniciativa de Empleo Juvenil. Únicamente para líneas de subvención 1, 2 y 3
4º. El lema de FSE elegido en España y Castilla-La Mancha para destacar el valor añadido de la intervención de la Unión: El FSE invierte en tu futuro.
5º. El logotipo de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha.
El emblema de la Unión Europea puede ser descargado de la página Web de los Fondos Estructurales de Castilla- La Mancha:
b) Además, las entidades beneficiarias se asegurarán de que las partes que intervienen en las operaciones finan- ciadas por el FSE han sido informadas de dicha financiación. Cualquier documento relacionado con la ejecución de la operación destinada al público o a los participantes, contendrá una declaración expresa de la cofinanciación del proyecto por parte del FSE y de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha.
En base a lo anterior, entre otra documentación, en los contratos suscritos al amparo de las líneas 1, 2 y 3, que deberán formalizarse por escrito, constará expresamente una cláusula que indique “La presente acción será objeto de cofinanciación por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE”, cuando se suscriba con alguno de los colectivos indicados en el artículo 3.1.a).
De igual modo, en los contratos suscritos al amparo de la línea 1, cuando se formalicen con mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, personas con discapacidad o personas en situación de exclusión social, así como en los contratos suscritos al amparo de la línea 4, constará expresamente una cláusula que indique “La presente acción será objeto de cofinanciación por el Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020”.
Durante la realización de la operación, el beneficiario informará al público del apoyo obtenido de los Fondos, y para
ello deberá:
1º. Incluir en su página Web o sitio de Internet, en caso de que disponga de uno, una breve descripción del proyecto, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, incluyendo sus objetivos y resultados y destacando la cofi- nanciación tanto de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, como de la Unión Europea a través del FSE y la Iniciativa de Empleo Juvenil.
2º. Colocar un cartel informativo sobre el proyecto, que mencionará la ayuda financiera de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha y de la Unión Europea a través del FSE y la Iniciativa de Empleo Juvenil.
El cartel tendrá un tamaño mínimo A3, se ubicará en un lugar visible para el público, como puede ser la entrada del edificio, y se deberá mantener en perfectas condiciones durante todo el período de exhibición., El cartel indicará el nombre del plan y actuación, el nombre del proyecto y destacará la cofinanciación tanto de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, como de la Unión Europea a través del FSE.
c) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2013, y sin perjuicio de las normas aplicables a las ayudas estatales con arreglo al artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, todos los documentos justificativos relacionados con gastos apoyados por los Fondos sobre las operaciones cuyo gasto total subvencionable sea
inferior a 1.000.000 euros, se deberán mantener a disposición de la Comisión y del Tribunal de Cuentas hasta tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación.
d) En el caso de las operaciones no contempladas en el párrafo anterior, todos los documentos justificativos estarán disponibles durante un plazo de dos años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos definitivos de la operación concluida.
e) La participación en las acciones de empleo concedidas al amparo de este decreto conlleva la obligación de mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado, en relación con las transacciones relacionadas con la operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 apartado 4 letra b del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
5. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.2 del Anexo XII del Reglamento (UE) nº 1303/2013 xxx Xxxxx- mento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, la aceptación por parte del beneficiario, de la financiación correspondiente a la subvención pública otorgada, implica la aceptación de su inclusión en la lista de operaciones que se publique de conformidad con el artículo 115, apartado 2, del citado Reglamento.
Disposición adicional segunda. Ayudas de minimis.
Las ayudas concedidas en el marco de este plan que tengan por beneficiarios directos a las empresas tienen carác- ter de ayudas de minimis y están sujetas a lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis (DOUE serie L nº 352 de 24/12/2013).
Según dicho Reglamento las ayudas totales de minimis obtenidas por una empresa durante un periodo de tres años fiscales no deberán exceder de 200.000 euros. De igual manera en cuanto a las operaciones de transporte de mer- cancías por carretera, se establece el límite de 100.000 euros durante tres ejercicios fiscales. Así mismo, las ayudas totales de minimis obtenidas por una empresa que presta servicios de interés económico general durante un periodo de tres años fiscales no deberán exceder de 500.000 euros.
En caso de superar estas cantidades, la empresa beneficiaria procederá al reintegro del exceso obtenido sobre cita- do límite, así como del correspondiente interés de demora de acuerdo con lo establecido en el artículo 78 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
Disposición adicional tercera. Indicadores financieros y de productividad.
Dentro del marco de rendimiento a que se refiere el anexo II del Reglamento (UE) 1303/2013, y de conformidad con el artículo 21 y siguientes de dicho Reglamento, las metas a alcanzar con estas ayudas, en relación con el indicador financiero y el indicador de productividad previstos, son las que se indican a continuación:
El indicador financiero, entendido como el volumen total previsto de gasto público resultante de la ejecución finan- ciera, será de 8.400.405,60 euros de ayuda de FSE, correspondiendo 6.073.405,60 euros al Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE y 2.327.000,00 euros al Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha.
El indicador de productividad/ejecución, entendido como unidad de medida de anualización de los hitos conseguidos durante la totalidad del periodo temporal que abarca la convocatoria, será para el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014/2020 Castilla-La Mancha de 437 personas y para el Programa Operativo de Empleo Juvenil un total de 1.179 personas jóvenes no ocupadas que no reciben educación o formación.
Disposición adicional cuarta. Crédito disponible y plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2019.
1. El crédito disponible en el ejercicio 2019 para atender las obligaciones económicas derivadas de la concesión de subvenciones reguladas en el presente decreto, asciende a 8.870.832 euros, con el siguiente desglose por líneas de subvención y partidas presupuestarias:
a) La cuantía total máxima a conceder para las ayudas recogidas en la línea 1 asciende a 3.225.832 euros, distribui- dos por partidas del modo siguiente:
Contratos para la formación y el aprendizaje | Fondo | 2019 |
1909/G/324B/47643 | FPA0090007 | 2.883.405,60 € |
1909/G/324B/48643 | FPA0090007 | 100.000,00 € |
1909/G/324B/48643 | FPA0090006 | 12.000,00 € |
1909/G/324B/47643 | FPA0090006 | 20.000,00 € |
1909/G/324B/47643 | 0000000060 | 200.426,40 € |
1909/G/324B/48643 | 0000000060 | 10.000,00 € |
Total | 3.225.832,00 € |
b) La cuantía total máxima a conceder para las ayudas recogidas en la línea 2 asciende a 3.221.500,00 euros, dis- tribuidos por partidas del modo siguiente:
Contratos en practicas | Fondo | 2019 |
1908/G/322B/4764H | FPA0090007 | 2.390.000,00 € |
1908/G/322B/4864H | FPA0090007 | 586.920,00 € |
1908/G/322B/4764H | 1150 | 223.720,00 € |
1908/G/322B/4864H | 1150 | 20.860,00 € |
Total | 3.221.500,00 € |
c) La cuantía total máxima a conceder para las ayudas recogidas en la línea 3 asciende a 128.500,00 euros, distri- buidos por partidas del modo siguiente:
Contratos de relevo | Fondo | 2019 |
1908/G/322B/4764H | FPA0090007 | 102.800,00 € |
1908/G/322B/4864H | FPA0090007 | 10.280,00 € |
1908/G/322B/4764H | 1150 | 10.280,00 € |
1908/G/322B/4864H | 1150 | 5.140,00 € |
Total | 128.500,00 € |
d) La cuantía total máxima a conceder para las ayudas recogidas en la línea 4 asciende a 2.295.000,00 euros, dis- tribuidos por partidas del modo siguiente:
Transformación Indefinidos | Fondo | 2019 |
1908/G/322B/4761G | FPA0090006 | 1.933.000,00 € |
1908/G/322B/4861G | FPA0090006 | 362.000,00 € |
Total | 2.295.000,00 € |
2. Al tramitarse de forma anticipada, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2019.
3. La distribución de la cuantía total máxima de los créditos presupuestarios destinados a cada línea de ayudas tiene
carácter estimado. Si la alteración de la distribución de los créditos afectara al importe global estimado de alguna
de las líneas convocadas, habrán de publicarse los nuevos importes y su distribución, previamente a la resolución
de concesión.
4. La cuantía total máxima destinada, podrá incrementarse, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presenta- ción de solicitudes, en el caso de haberse presentado solicitudes, dictado resoluciones, reconocido o liquidado obli- gaciones derivadas de convocatorias anteriores, por importe inferior al gasto inicialmente previsto para las mismas, según certificado evacuado por el órgano designado para la instrucción del procedimiento, siempre que se trate de convocatorias con cargo a los mismos créditos presupuestarios o a aquellos cuya transferencia pueda ser acordada por la persona titular de la consejería, de acuerdo con el artículo 57.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
La cuantía adicional se establece en 914.207,20 €, con el siguiente desglose por líneas de subvención:
a) Línea 1:
Contratos para la formación y el aprendizaje | Fondo | Presupuesto |
1909/G/324B/47643 | FPA0090007 | 288.340,56 € |
1909/G/324B/48643 | FPA0090007 | 10.000,00 € |
1909/G/324B/48643 | FPA0090006 | 5.140,00 € |
1909/G/324B/47643 | FPA0090006 | 5.140,00 € |
1909/G/324B/47643 | 0000000060 | 20.042,64 € |
1909/G/324B/48643 | 0000000060 | 5.140,00 € |
Total | 333.803,20 € |
b) Línea 2:
Contratos en prácticas | Fondo | Presupuesto |
1908/G/322B/4764H | FPA0090007 | 239.000,00 € |
1908/G/322B/4864H | FPA0090007 | 58.692,00 € |
1908/G/322B/4764H | 1150 | 22.372,00 € |
1908/G/322B/4864H | 1150 | 5.140,00 € |
Total | 325.204,00 € |
c) Línea 3:
Contratos de relevo | Fondo | Presupuesto |
1908/G/322B/4764H | FPA0090007 | 10.280,00 € |
1908/G/322B/4864H | FPA0090007 | 5.140,00 € |
1908/G/322B/4764H | 1150 | 5.140,00 € |
1908/G/322B/4864H | 1150 | 5.140,00 € |
Total | 25.700,00 € |
d) Línea 4:
Transformación Indefinidos | Fondo | Presupuesto |
1908/G/322B/4761G | FPA0090006 | 193.300,00 € |
1908/G/322B/4861G | FPA0090006 | 36.200,00 € |
Total | 229.500,00 € |
La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como con- secuencia de las circunstancias señaladas y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. Una vez se declare la disponibilidad del crédito correspondiente, se tramitará el correspondiente expe- diente de gasto por el importe declarado disponible. El nuevo importe que resulte del incremento deberá ser objeto de comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y de publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, con anterioridad a la resolución de concesión.
5. Las contrataciones subvencionables al amparo de las distintas líneas reguladas en el presente decreto serán las realizadas en el período comprendido desde el 1 de octubre de 2018, hasta el día 30 de septiembre de 2019, ambos incluidos.
6. El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2019 se extenderá desde el día siguiente a la publicación
del presente decreto, hasta el día 30 de octubre de 2019, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas desde el 1 de octubre de 2018, hasta el día anterior a la fecha de entrada en vigor del presente decreto, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde dicha entrada en vigor.
b) Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del correspondiente contrato.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Se faculta a las personas titulares de las Direcciones Generales competentes en materia de empleo y de formación profesional para el empleo a dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo, interpretación y ejecución del presente decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Dado en Toledo, el 27 de diciembre de 2018
El Presidente
XXXXXXXX XXXXXX-PAGE XXXXXXX
La Consejera de Economía, Empresas y Empleo XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Nº Procedimiento | Código SIACI | ||||
030616 | SKJ6 |
-ANEXO I.A- LÍNEA 1. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN POR LA FORMALIZACIÓN DE CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE (SUBVENCIONES PARA LA CUALIFICACIÓN Y LA INSERCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MERCADO LABORAL) |
DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE | ||||
Si es persona física, son obligatorios los campos: tipo de documento, nombre y primer apellido. Persona física NIF NIE Número de documento: Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido: Si elige persona jurídica, son obligatorios los campos: número de documento y razón social. Persona jurídica Razón social: Domicilio: Provincia: Teléfono: El correo electrónico designado será el medio por el que desea recibir el aviso de la notificación, y en su caso, de pago | ||||
Persona o entidad de contacto: | ||||
Teléfono de contacto: | Xxxxxxx preferente para recibir llamada: | |||
INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS | |
Responsable | Dirección General de Programas de Empleo. |
Finalidad | Gestionar subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo por contratación de desempleados en Castilla-La Mancha. |
Legitimación | Ejercicio de poderes públicos. Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxxx. |
Destinatarios | Existe cesión de datos. |
Derechos | Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional |
Información adicional | Puede solicitarla en la dirección de correo: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx |
NIF
Nombre: Domicilio: Provincia:
Teléfono:
NIE
Número de documento:
1º Apellido:
2º Apellido:
C.P.:
Teléfono móvil:
Población:
Correo electrónico:
Xxxxxxx preferente para recibir llamada:
Si existe representante, las comunicaciones que deriven de este escrito se realizarán con el representante designado por el
interesado.
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
Número de documento: | |||||
C.P.: | Población: | ||||
Teléfono móvil: | Correo electrónico: |
3. INDICADORES DE EJECUCIÓN SOBRE LOS PARTICIPANTES (FSE) |
Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con fecha anterior al inicio de la relación laboral. |
Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género. |
Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% |
Trabajadores/as en situación de exclusión social, avalados con informe de los Servicios Sociales competentes. |
Desempleados de larga duración. |
Participantes que viven en hogares sin empleo. |
Participantes que viven en hogares compuestos de un único adulto con hijos a su cargo. |
Participantes que viven en hogares sin empleo con hijos a su cargo. |
Migrantes. Participantes de origen extranjero, minorías (incluida comunidades marginadas como la población romaní) |
Otras personas desfavorecidas. |
Personas sin hogar o afectadas por la exclusión en cuanto a vivienda. |
Personas de zonas rurales (municipios inferiores a 5.000 habitantes) |
Participa en alguna acción de formación (del sistema educativo o de formación profesional para el empleo) |
1.
2.
3.
4.
Sexo: D.N.I./N.I.E.:
Nombre:
Hombre
Mujer
1º Apellido:
Fecha de nacimiento:
2º Apellido:
5.
Fecha de inscripción como demandante de empleo (salvo jóvenes inscritos en Garantía Juvenil):
Domicilio (calle y nº):
Localidad: Código Postal:
Teléfono: Teléfono móvil:
Provincia:
Correo electrónico:
6. Código de Contrato:
7. Datos del centro de trabajo: Domicilio (calle y nº):
Localidad: Código Postal:
Provincia:
8. Colectivos (puede Mujeres pertenecientes al colectivo de personas protegidas por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
marcarse más de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. una opción): Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Personas en situación de exclusión social.
9. Puesto de trabajo ubicado en localidad perteneciente a área geográfica con necesidades específicas de desarrollo (Zona
ITI, Decreto 81/2017, de 07/11/2017)
10. Contrato suscrito con persona inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (marcar si es el caso)
Fecha término:
Fecha inicio:
2. DATOS DEL CONTRATO
1. DATOS DE LA PERSONA CONTRATADA
DATOS DE LA SOLICITUD
ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA SER ENTIDAD BENEFICIARIA |
1. Declaración responsable de ayudas solicitadas o recibidas de las Administraciones Públicas de concurrencia: |
1. Declaración responsable de que no se han solicitado a las Administraciones Públicas o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, otras ayudas, subvenciones o ingresos para el mismo fin. En el supuesto de haber solicitado y/o recibido alguna ayuda o ingreso, deberá cumplimentar los siguientes datos: 2. Declaración responsable de que las ayudas concedidas, aisladamente o en concurrencia con subvenciones y otras ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, no superan el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. 3. En el supuesto de haber recibido durante los últimos 3 años subvenciones sujetas al régimen de mínimis, deberá cumplimentar los siguientes datos: |
2. Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente: - Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en su caso en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas. - Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación. - Declaración responsable de no concurrir ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Declaración responsable de contar con el plan de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Declaración responsable de no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año anterior a la fecha de solicitud de la subvención. - Declaración responsable de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, conforme a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla- La Mancha. - Declaración responsable del compromiso de cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la ayuda. - Declaración responsable de no haber realizado extinciones, suspensiones o reducciones de contratos en los supuestos contemplados en el artículo 5.3.f) del Decreto. |
Fecha de solicitud o recepción |
Importe de la ayuda/ingreso |
Estado de la ayuda/ingreso |
Entidad concedente |
Entidad |
Fecha de concesión |
Importe total: |
Cuantía |
- Declaración responsable del compromiso de cumplir las restantes obligaciones contenidas en el Decreto y en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. - Declaración responsable del compromiso de comunicar a la Dirección General competente en materia de formación profesional para el empleo en un plazo no superior a 30 días, cualquier modificación que se produzca respecto a los datos identificativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesión, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por el beneficiario. - Declaración responsable del cumplimiento de las obligaciones que correspondan a la entidad que contrata respecto de la formación asociada al contrato para la formación y el aprendizaje (tutorización, compatibilidad con el tiempo efectivo de trabajo) y estipuladas en el Acuerdo para la actividad formativa. Declaración responsable de que son ciertos los datos consignados en la solicitud, comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, a requerimiento de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral. Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u ocultamiento de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este procedimiento de concesión de ayuda o subvención, podrá ser objeto de sanción (que puede incluir la pérdida temporal de la posibilidad de obtener ayudas públicas y avales de la Administración) y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un ilícito penal. |
esentado con fecha ante la unidad | |
esentado con fecha ante la unidad | |
de la Administración de
En el caso de no autorizar la comprobación de los datos anteriores, se compromete a aportar la documentación pertinente. La presente autorización se otorga exclusivamente a efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la subvención objeto de la presente solicitud, todo ello de conformidad con lo dispuesto por la normativa vigente en materia de protección
de datos de carácter personal.
pr
- Documento
de la Administración de
- Documento pr de la Administración de
ante la unidad
presentado con fecha
- Documento
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral procederá a verificar los datos que a continuación se relacionan salvo que usted no autorice expresamente dicha comprobación:
NO: Los acreditativos de identidad.
NO: La información sobre Seguridad Social incluida vida laboral.
NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administración.
- Documento
- Documento
- Documento
Según el artículo 28 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral procederá a verificar los datos o documentos que se encuentran en poder de la Administración y que usted señale a continuación:
AUTORIZACIONES
DOCUMENTACIÓN |
Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. (Además, en caso de no autorizar la comprobación de datos o documentos en el apartado de AUTORIZACIONES, deberá presentar la documentación pertinente). Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente, Código de Identificación Fiscal (CIF) y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica. Contrato para la formación y el aprendizaje, en el que conste expresamente una cláusula que indique “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla–La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo” Si es persona física, documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso. Autorización de la persona contratada, para comprobar sus datos laborales, académicos, así como en su caso, la condición de víctima de violencia de género, discapacidad o exclusión social, cumplimentando el Anexo II. Otros documentos que se relacionan a continuación: 1º 2º |
IBAN | Código entidad | Sucursal | DC | Número de cuenta | |||||||||||||||||||
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, FORMACIÓN Y SEGURIDAD LABORAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA Código DIR3: A08013842 |
En
, a
de
de
Fdo.:
Nombre de la entidad bancaria Domicilio
DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA A EFECTOS DEL PAGO DE LA SUBVENCIÓN
Nº Procedimiento | Código SIACI | ||||
030616 | SKJ7 |
-ANEXO I.B- LÍNEA 2. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN POR LA FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS EN PRÁCTICAS (SUBVENCIONES PARA LA CUALIFICACIÓN Y LA INSERCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MERCADO LABORAL) |
DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE | ||||
Si es persona física, son obligatorios los campos: tipo de documento, nombre y primer apellido. Persona física NIF NIE Número de documento: Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido: Si elige persona jurídica, son obligatorios los campos: número de documento y razón social. Persona jurídica Número de documento: Razón social: Domicilio: Provincia: C.P.: Población: Teléfono: Teléfono móvil: Correo electrónico: El correo electrónico designado será el medio por el que desea recibir el aviso de la notificación, y en su caso, de pago. | ||||
Persona o entidad de contacto: | ||||
Teléfono de contacto: | Xxxxxxx preferente para recibir llamada: | |||
INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS | |
Responsable | Dirección General de Programas de Empleo. |
Finalidad | Gestionar subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo por contratación de desempleados en Castilla-La Mancha. |
Legitimación | Ejercicio de poderes públicos. Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxxx. |
Destinatarios | Existe cesión de datos. |
Derechos | Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional |
Información adicional | Puede solicitarla en la dirección de correo: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx |
NIF
Nombre: Domicilio: Provincia:
Teléfono:
NIE
Número de documento:
1º Apellido:
2º Apellido:
C.P.:
Teléfono móvil:
Población:
Correo electrónico:
Xxxxxxx preferente para recibir llamada:
Si existe representante, las comunicaciones que deriven de este escrito se realizarán con el representante designado por el
interesado.
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
1. DATOS DE LA PERSONA CONTRATADA
DATOS DE LA SOLICITUD
1. Sexo:
2. D.N.I./N.I.E.:
Hombre
Mujer
Fecha de nacimiento:
3. Nombre:
1º Apellido:
2º Apellido:
4. Fecha de inscripción como demandante de empleo (salvo jóvenes inscritos en Garantía Juvenil):
5. Domicilio (calle y nº):
Localidad: Código Postal:
Teléfono: Teléfono móvil:
Provincia: Correo electrónico:
2. DATOS DEL CONTRATO | ||||||
6. Código de Contrato: | Fecha inicio: | Fecha término: | ||||
7. Datos del centro de trabajo: Domicilio (calle y nº): | ||||||
Localidad: | Código Postal: | Provincia: | ||||
8. Colectivos (puede Mujeres pertenecientes al colectivo de personas protegidas por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de marcarse más de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. una opción): Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Personas en situación de exclusión social. 9. Puesto de trabajo ubicado en localidad perteneciente a área geográfica con necesidades específicas de desarrollo (Zona ITI, Decreto 81/2017, de 07/11/2017) 10. Contrato suscrito con persona inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (marcar si es el caso) |
3. INDICADORES DE EJECUCIÓN SOBRE LOS PARTICIPANTES (FSE) |
Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con fecha anterior al inicio de la relación laboral. |
Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género. |
Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Xxxxxx xx Xxxxxxxx- La Mancha. |
Personas en situación de exclusión social. |
Desempleados de larga duración. |
Participantes que viven en hogares sin empleo. |
Participantes que viven en hogares compuestos de un único adulto con hijos a su cargo. |
Participantes que viven en hogares sin empleo con hijos a su cargo. |
Migrantes. Participantes de origen extranjero, minorías (incluida comunidades marginadas como la población romaní ) |
Otras personas desfavorecidas. |
Personas sin hogar o afectadas por la exclusión en cuanto a vivienda. |
Personas de zonas rurales (municipios inferiores a 5.000 habitantes) |
Participa en alguna acción de formación (del sistema educativo o de formación profesional para el empleo) |
ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA SER ENTIDAD BENEFICIARIA |
1. Declaración responsable de ayudas solicitadas o recibidas de las Administraciones Públicas de concurrencia: |
1. Declaración responsable de que no se han solicitado a las Administraciones Públicas o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, otras ayudas, subvenciones o ingresos para el mismo fin. En el supuesto de haber solicitado y/o recibido alguna ayuda o ingreso, deberá cumplimentar los siguientes datos: 2. Declaración responsable de que las ayudas concedidas, aisladamente o en concurrencia con subvenciones y otras ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, no superan el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. 3. En el supuesto de haber recibido durante los últimos 3 años subvenciones sujetas al régimen de mínimis, deberá cumplimentar los siguientes datos: |
2. Declaraciones responsables: |
La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente: - Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en su caso en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas. - Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación. - Declaración responsable de no concurrir ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Declaración responsable de contar con el plan de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Declaración responsable de no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año anterior a la fecha de solicitud de la subvención. - Declaración responsable del compromiso de cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la ayuda. - Declaración responsable de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, conforme a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla- La Mancha. - Declaración responsable de no haber realizado extinciones, suspensiones o reducciones de contratos en los supuestos contemplados en el artículo 5.3.f) del Decreto. - Declaración responsable, en su caso, de que la contratación realizada supone un incremento de empleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto. - Declaración responsable del compromiso de cumplir las restantes obligaciones contenidas en el Decreto y en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. - Declaración responsable del compromiso de comunicar a la Dirección General de Programas de Empleo en un plazo no superior a 30 días, cualquier modificación que se produzca respecto a los datos identificativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesión, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por el beneficiario. |
Declaración responsable de que son ciertos los datos consignados en la solicitud, comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, a requerimiento de la Dirección General competente en materia de empleo. |
Fecha de solicitud o recepción |
Importe de la ayuda/ingreso |
Estado de la ayuda/ingreso |
Entidad concedente |
Entidad |
Fecha de concesión |
Importe total: |
Cuantía |
Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u ocultamiento de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este procedimiento de concesión de ayuda o subvención, podrá ser objeto de sanción (que puede incluir la pérdida temporal de la posibilidad de obtener ayudas públicas y avales de la Administración) y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un ilícito penal. |
presentado con fecha ante la unidad | |
tración de | |
presentado con fecha ante la unidad | |
tración de | |
presentado con fecha ante la unidad | |
DOCUMENTACIÓN |
Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. (Además, en caso de no autorizar la comprobación de datos o documentos en el apartado de AUTORIZACIONES, deberá presentar la documentación pertinente). Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente, Código de Identificación Fiscal (CIF) y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica. Contrato en prácticas, en el que conste expresamente una cláusula que indique “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla–La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo” Si es persona física, documentación acreditativa del poder del representante legal, en su caso. Autorización de la persona contratada, para comprobar sus datos para comprobar sus datos laborales, académicos, así como en su caso, la condición de víctima de violencia de género, discapacidad o exclusión social, cumplimentando el Anexo II. Otros documentos que se relacionan a continuación: 1º 2º |
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Dirección General de Programas de Empleo, procederá a verificar los datos que a continuación se relacionan salvo que usted no autorice expresamente dicha comprobación:
NO: Los acreditativos de identidad.
NO: La información sobre Seguridad Social incluida vida laboral.
NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administración
- Documento
- Documento
- Documento
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Dirección General de Programas de Empleo, procederá a verificar los datos o documentos que se encuentran en poder de la Administración y que usted señale a continuación:
- Documento de la Adminis
- Documento de la Adminis
- Documento
de la Administración de
En el caso de no autorizar la comprobación de los datos anteriores, se compromete a aportar la documentación pertinente. La presente autorización se otorga exclusivamente a efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la subvención objeto de la presente solicitud, todo ello de conformidad con lo dispuesto por la normativa vigente en materia de protección
de datos de carácter personal.
AUTORIZACIONES
IBAN | Código entidad | Sucursal | DC | Número de cuenta | |||||||||||||||||||
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA Código DIR3: A08013841 |
En
, a
de
de
Fdo.:
Nombre de la entidad bancaria Domicilio
DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA A EFECTOS DEL PAGO DE LA SUBVENCIÓN
Nº Procedimiento | Código SIACI | ||||
030616 | XXXX |
-ANEXO I.C- LÍNEA 3. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN POR LA FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS DE RELEVO (SUBVENCIONES PARA LA CUALIFICACIÓN Y LA INSERCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MERCADO LABORAL) |
DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE | ||||
Si es persona física, son obligatorios los campos: tipo de documento, nombre y primer apellido. Persona física NIF NIE Número de documento: Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido: Si elige persona jurídica, son obligatorios los campos: número de documento y razón social. Persona jurídica Número de documento: Razón social: Domicilio: Provincia: C.P.: Población: Teléfono: Teléfono móvil: Correo electrónico: El correo electrónico designado será el medio por el que desea recibir el aviso de la notificación, y en su caso, de pago. | ||||
Persona o entidad de contacto: | ||||
Teléfono de contacto: | Xxxxxxx preferente para recibir llamada: | |||
INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS | |
Responsable | Dirección General de Programas de Empleo. |
Finalidad | Gestionar subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo por contratación de desempleados en Castilla-La Mancha. |
Legitimación | Ejercicio de poderes públicos. Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxxx. |
Destinatarios | Existe cesión de datos. |
Derechos | Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional |
Información adicional | Puede solicitarla en la dirección de correo: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx |
NIF
Nombre: Domicilio: Provincia:
Teléfono:
NIE
Número de documento:
1º Apellido:
2º Apellido:
C.P.:
Teléfono móvil:
Población:
Correo electrónico:
Xxxxxxx preferente para recibir llamada:
Si existe representante, las comunicaciones que deriven de este escrito se realizarán con el representante designado por el
interesado.
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
1. DATOS DE LA PERSONA CONTRATADA
DATOS DE LA SOLICITUD
3. DATOS DE LA PERSONA JUBILADA PARCIALMENTE | |||
11. Sexo: 12. D.N.I./N.I.E.: 13. Nombre: 14. % de reducción de jornada: | Hombre | Mujer 1º Apellido: Fecha inicio jubilación parcial: | Fecha de nacimiento: 2º Apellido: Fecha fin jubilación parcial: |
4. INDICADORES DE EJECUCIÓN SOBRE LOS PARTICIPANTES (FSE) |
Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con fecha anterior al inicio de la relación laboral. |
Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género. |
Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Xxxxxx xx Xxxxxxxx- La Mancha. |
Personas en situación de exclusión social. |
Desempleados de larga duración. |
Participantes que viven en hogares sin empleo. |
Participantes que viven en hogares compuestos de un único adulto con hijos a su cargo. |
Participantes que viven en hogares sin empleo con hijos a su cargo. |
Migrantes. Participantes de origen extranjero, minorías (incluida comunidades marginadas como la población romaní ) |
Otras personas desfavorecidas. |
Personas sin hogar o afectadas por la exclusión en cuanto a vivienda. |
Personas de zonas rurales (municipios inferiores a 5.000 habitantes) |
Participa en alguna acción de formación (del sistema educativo o de formación profesional para el empleo) |
1.
2.
3.
4.
5.
Sexo: D.N.I./N.I.E.:
Nombre:
Hombre
Mujer
1º Apellido:
Fecha de nacimiento:
2º Apellido:
Fecha de inscripción como demandante de empleo (salvo jóvenes inscritos en Garantía Juvenil):
Domicilio (calle y nº):
Localidad: Código Postal: Provincia:
Teléfono: Teléfono móvil: Correo electrónico:
6.
7.
Código de Contrato:
% Jornada de trabajo
Datos del centro de trabajo: Domicilio (calle y nº):
Localidad:
Código Postal:
Provincia:
8. Colectivos (puede Mujeres pertenecientes al colectivo de personas protegidas por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
marcarse más de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
una opción): Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Personas en situación de exclusión social.
9. Puesto de trabajo ubicado en localidad perteneciente a área geográfica con necesidades específicas de desarrollo (Zona
ITI, Decreto 81/2017, de 07/11/2017)
10. Contrato suscrito con persona inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (marcar si es el caso)
Fecha término:
Fecha inicio:
2. DATOS DEL CONTRATO
ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA SER ENTIDAD BENEFICIARIA |
1. Declaración responsable de ayudas solicitadas o recibidas de las Administraciones Públicas de concurrencia: |
1. Declaración responsable de que no se han solicitado a las Administraciones Públicas o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, otras ayudas, subvenciones o ingresos para el mismo fin. En el supuesto de haber solicitado y/o recibido alguna ayuda o ingreso, deberá cumplimentar los siguientes datos: 2. Declaración responsable de que las ayudas concedidas, aisladamente o en concurrencia con subvenciones y otras ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, no superan el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. 3. En el supuesto de haber recibido durante los últimos 3 años subvenciones sujetas al régimen de mínimis, deberá cumplimentar los siguientes datos: |
2. Declaraciones responsables: |
La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente: - Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en su caso en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas. - Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación. - Declaración responsable de no concurrir ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Declaración responsable de contar con el plan de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Declaración responsable de no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año anterior a la fecha de solicitud de la subvención. - Declaración responsable de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, conforme a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla- La Mancha. - Declaración responsable del compromiso de cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la ayuda. - Declaración responsable de no haber realizado extinciones, suspensiones o reducciones de contratos en los supuestos contemplados en el artículo 5.3.f) del Decreto. - Declaración responsable del compromiso de cumplir las restantes obligaciones contenidas en el Decreto y en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. - Declaración responsable del compromiso de comunicar a la Dirección General de Programas de Empleo en un plazo no superior a 30 días, cualquier modificación que se produzca respecto a los datos identificativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesión, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por el beneficiario. Declaración responsable de que son ciertos los datos consignados en la solicitud, comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, a requerimiento de la Dirección General competente en materia de empleo. Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados |
Fecha de solicitud o recepción |
Importe de la ayuda/ingreso |
Estado de la ayuda/ingreso |
Entidad concedente |
Entidad |
Fecha de concesión |
Importe total: |
Cuantía |
u ocultamiento de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este procedimiento de concesión de ayuda o subvención, podrá ser objeto de sanción (que puede incluir la pérdida temporal de la posibilidad de obtener ayudas públicas y avales de la Administración) y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un ilícito penal. |
presentado con fecha ante la unidad | |
tración de | |
presentado con fecha ante la unidad | |
tración de | |
presentado con fecha ante la unidad | |
DOCUMENTACIÓN |
Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. (Además, en caso de no autorizar la comprobación de datos o documentos en el apartado de AUTORIZACIONES, deberá presentar la documentación pertinente). Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente, Código de Identificación Fiscal (CIF) y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica. Contrato de relevo, en el que conste expresamente una cláusula que indique “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla–La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo” Si es persona física, documentación acreditativa del poder del representante legal, en su caso. Autorización de la persona contratada, para comprobar sus datos laborales, académicos, así como en su caso, la condición de víctima de violencia de género, discapacidad o exclusión social, cumplimentando el Anexo II Otros documentos que se relacionan a continuación: 1º 2º |
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Dirección General de Programas de Empleo, procederá a verificar los datos que a continuación se relacionan salvo que usted no autorice expresamente dicha comprobación:
NO: Los acreditativos de identidad.
NO: La información sobre Seguridad Social incluida vida laboral.
NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administración
- Documento
- Documento
- Documento
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Dirección General de Programas de Empleo, procederá a verificar los datos o documentos que se encuentran en poder de la Administración y que usted señale a continuación:
- Documento de la Adminis
- Documento de la Adminis
- Documento
de la Administración de
En el caso de no autorizar la comprobación de los datos anteriores, se compromete a aportar la documentación pertinente. La presente autorización se otorga exclusivamente a efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la subvención objeto de la presente solicitud, todo ello de conformidad con lo dispuesto por la normativa vigente en materia de protección
de datos de carácter personal.
AUTORIZACIONES
IBAN | Código entidad | Sucursal | DC | Número de cuenta | |||||||||||||||||||
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA Código DIR3: A08013841 |
En
, a
de
de
Fdo.:
Nombre de la entidad bancaria Domicilio
DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA A EFECTOS DEL PAGO DE LA SUBVENCIÓN
Nº Procedimiento | Código SIACI | ||||
030616 | SKJ8 |
-ANEXO I.D- LÍNEA 4. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN POR LA TRANSFORMACIÓN EN CONTRATOS INDEFINIDOS DE CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE, CONTRATOS EN PRÁCTICAS, CONTRATOS DE RELEVO Y LOS CONTRATOS TEMPORALES DE TRABAJADORES EN PROCESOS DE INSERCIÓN (SUBVENCIONES PARA LA CUALIFICACIÓN Y LA INSERCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MERCADO LABORAL) |
Persona física | NIF | NIE | Número de documento: | |||
Nombre: | 1º Apellido: | 2º Apellido: |
INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS | |
Responsable | Dirección General de Programas de Empleo. |
Finalidad | Gestionar subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo por contratación de desempleados en Castilla-La Mancha. |
Legitimación | Ejercicio de poderes públicos. Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxxx. |
Destinatarios | Existe cesión de datos. |
Derechos | Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional |
Información adicional | Puede solicitarla en la dirección de correo: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx |
Si es persona física, son obligatorios los campos: tipo de documento, nombre y primer apellido.
Si elige persona jurídica, son obligatorios los campos: número de documento y razón social.
Persona jurídica Razón social: Domicilio: Provincia:
Teléfono:
Número de documento:
C.P.:
Teléfono móvil:
Población:
Correo electrónico:
Persona o entidad de contacto:
Teléfono de contacto:
Xxxxxxx preferente para recibir llamada:
El correo electrónico designado será el medio por el que desea recibir el aviso de la notificación, y en su caso, de pago.
NIF
Nombre: Domicilio: Provincia:
Teléfono:
NIE
Número de documento:
1º Apellido:
2º Apellido:
C.P.:
Teléfono móvil:
Población:
Correo electrónico:
Xxxxxxx preferente para recibir llamada:
Si existe representante, las comunicaciones que deriven de este escrito se realizarán con el representante designado
por el interesado.
DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE LEGAL
DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
1. DATOS DE LA PERSONA CONTRATADA
DATOS DE LA SOLICITUD
3. INDICADORES DE EJECUCIÓN SOBRE LOS PARTICIPANTES (FSE) |
Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género. |
Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Xxxxxx xx Xxxxxxxx- La Mancha. |
Personas en situación de exclusión social. |
Participantes que viven en hogares sin empleo. |
Participantes que viven en hogares compuestos de un único adulto con hijos a su cargo. |
Participantes que viven en hogares sin empleo con hijos a su cargo. |
Migrantes. Participantes de origen extranjero, minorías (incluida comunidades marginadas como la población romaní) |
Otras personas desfavorecidas. |
Personas sin hogar o afectadas por la exclusión en cuanto a vivienda. |
Personas de zonas rurales (municipios inferiores a 5.000 habitantes) |
Participa en alguna acción de formación (del sistema educativo o de formación profesional para el empleo) |
1.
2.
3.
4.
Sexo: D.N.I./N.I.E.:
Nombre:
Domicilio (calle y nº): Localidad:
Teléfono:
Hombre
Mujer
Fecha de nacimiento:
2º Apellido:
Código Postal:
Teléfono móvil:
Provincia:
Correo electrónico:
5.
6.
7.
Código de Contrato de origen:
Código del Contrato Indefinido:
Datos del centro de trabajo: Domicilio (calle y nº): Localidad:
Fecha término:
Código Postal:
Provincia:
8. Colectivos (puede Mujeres pertenecientes al colectivo de personas protegidas por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
marcarse más de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
una opción): Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Personas en situación de exclusión social.
9. Puesto de trabajo ubicado en localidad perteneciente a área geográfica con necesidades específicas de desarrollo (Zona
ITI, Decreto 81/2017, de 07/11/2017)
10. Trabajador que haya finalizado contrato ligado a procesos de inserción en empresas de inserción.
11. Marcar en el caso de que la contratación constituya la primera por tiempo indefinido que realiza un/a trabajador/a
autónomo/a.
Fecha inicio:
Fecha inicio:
2. DATOS DEL CONTRATO
1º Apellido:
ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA SER ENTIDAD BENEFICIARIA |
1. Declaración responsable de ayudas solicitadas o recibidas de las Administraciones Públicas de concurrencia: |
1. Declaración responsable de que no se han solicitado a las Administraciones Públicas o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, otras ayudas, subvenciones o ingresos para el mismo fin. En el supuesto de haber solicitado y/o recibido alguna ayuda o ingreso, deberá cumplimentar los siguientes datos: 2. Declaración responsable de que las ayudas concedidas, aisladamente o en concurrencia con subvenciones y otras ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, no superan el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. 3. En el supuesto de haber recibido durante los últimos 3 años subvenciones sujetas al régimen de mínimis, deberá cumplimentar los siguientes datos: |
2. Declaraciones responsables: |
La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente: - Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en su caso en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas. - Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación. - Declaración responsable de no concurrir ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Declaración responsable de contar con el plan de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Declaración responsable de no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año anterior a la fecha de solicitud de la subvención. - Declaración responsable de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, conforme a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla- La Mancha. - Declaración responsable del compromiso de cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la ayuda. - Declaración responsable de no haber realizado extinciones, suspensiones o reducciones de contratos en los supuestos contemplados en el artículo 5.3.f) del Decreto. - Declaración responsable, en su caso, de que la contratación realizada supone un incremento de empleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.c) del Decreto. - Declaración responsable del compromiso de cumplir las restantes obligaciones contenidas en el Decreto y en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. |
Fecha de solicitud o recepción |
Importe de la ayuda/ingreso |
Estado de la ayuda/ingreso |
Entidad concedente |
Entidad |
Fecha de concesión |
Importe total: |
Cuantía |
- Declaración responsable del compromiso de comunicar a la Dirección General competente en materia de empleo en un plazo no superior a 30 días, cualquier modificación que se produzca respecto a los datos identificativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesión, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por el beneficiario. Declaración responsable de que son ciertos los datos consignados en la solicitud, comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, a requerimiento de la Dirección General competente en materia de empleo. Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u ocultamiento de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este procedimiento de concesión de ayuda o subvención, podrá ser objeto de sanción (que puede incluir la pérdida temporal de la posibilidad de obtener ayudas públicas y avales de la Administración) y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un ilícito penal. |
presentado con fecha ante la unidad | |
tración de | |
presentado con fecha ante la unidad | |
tración de | |
presentado con fecha ante la unidad | |
AUTORIZACIONES
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Dirección General de Programas de Empleo, procederá a verificar los datos que a continuación se relacionan salvo que usted no autorice expresamente dicha comprobación:
NO: Los acreditativos de identidad.
NO: La información sobre Seguridad Social incluida vida laboral.
NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administración
- Documento
- Documento
- Documento
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Dirección General de Programas de Empleo, procederá a verificar los datos o documentos que se encuentran en poder de la Administración y que usted señale a continuación:
- Documento de la Adminis
- Documento de la Adminis
- Documento
de la Administración de
En el caso de no autorizar la comprobación de los datos anteriores, se compromete a aportar la documentación pertinente. La presente autorización se otorga exclusivamente a efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la subvención objeto de la presente solicitud, todo ello de conformidad con lo dispuesto por la normativa vigente en materia de protección
de datos de carácter personal
DOCUMENTACIÓN |
Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. (Además, en caso de no autorizar la comprobación de datos o documentos en el apartado de AUTORIZACIONES, deberá presentar la documentación pertinente). Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente, Código de Identificación Fiscal (CIF) y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica. Contrato indefinido, en el que conste expresamente una cláusula que indique “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla–La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo” Si es persona física, documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso. Autorización de la persona contratada, para comprobar sus datos laborales, académicos, así como en su caso, la condición de víctima de violencia de género, discapacidad o exclusión social, cumplimentando el Anexo II Otros documentos (liste los documentos que se aportan): 1º 2º |
IBAN | Código entidad | Sucursal | DC | Número de cuenta | |||||||||||||||||||
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA Código DIR3: A08013841 |
En
, a
de
de
Fdo.:
Nombre de la entidad bancaria Domicilio
DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA A EFECTOS DEL PAGO DE LA SUBVENCIÓN
-ANEXO II-
DECLARACIÓN/AUTORIZACIÓN DE LA PERSONA CONTRATADA RELATIVA A LAS SUBVENCIONES PARA LA CUALIFICACIÓN Y LA INSERCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MERCADO LABORAL
DATOS DE LA PERSONA CONTRATADA | |||
Nombre: | 1er Apellido: | 2do Apellido: | |
D.N.I.: | |||
Domicilio: | |||
Provincia: | C.P.: | Población: |
DECLARACIONES RESPONSABLES
1. La persona contratada declara ser conocedora de que el contrato celebrado está siendo objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, en aplicación del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (en el caso de transformación en contratos indefinidos no es necesario cumplimentar este punto)
2. En su caso, la persona contratada declara responsablemente que cumple las siguientes condiciones:
Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con fecha
anterior al inicio de la relación laboral.
Mujeres pertenecientes al colectivo de personas protegidas por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Personas en situación de exclusión social.
DATOS DE NIVEL EDUCATIVO DE LA PERSONA CONTRATADA |
Persona sin estudios ("otros desfavorecidos") |
Enseñanza primaria (1º ciclo de la educación básica): 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º de Primaria |
1º ciclo de enseñanza secundaria (2º ciclo de la educación básica): 1º, 2º y 3º ESO |
Graduado escolar |
BUP/COU |
2º ciclo de enseñanza secundaria: 4º ESO |
FP Básica (1º Y 2º) |
Ciclo formativo Grado Medio/Técnico |
Bachillerato |
Programa de Cualificación Profesional Inicial |
Técnico Auxiliar/FP I |
Enseñanza postsecundaria no terciaria |
Técnico Especialista/FP II |
Ciclo Formativo Grado Superior / Técnico Superior |
Titulación Universitaria MEDIA / Diplomatura |
Titulación Universitaria SUPERIOR / Licenciatura /Arquitectura/ Ingeniería / Grado |
Máster o equivalente |
Estudios de doctorado o equivalente |
El Fondo Social Europeo tiene por objeto el refuerzo de la cohesión económica, social y territorial a través de la mejora de las oportunidades de empleo, la promoción de la inclusión social y la lucha contra la pobreza, la promoción de la educación, la adquisición de capacidades y el aprendizaje permanente, y la puesta en marcha de políticas de inclusión activas, sostenibles y exhaustivas.
AUTORIZACIONES
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, esta Consejería procederá a verificar los datos que a continuación se relacionan salvo que usted no autorice expresamente dicha comprobación:
NO: Los acreditativos de identidad.
NO: La información sobre Seguridad Social incluida vida laboral.
NO: Datos académicos.
NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administración:
- Documento
- Documento
- Documento
En caso de no autorizar la comprobación de los datos, se compromete a aportar la documentación pertinente.
La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de comprobar los requisitos establecidos en el Decreto, para obtener, percibir y mantener la subvención solicitada por su contratación. Todo ello de conformidad con lo dispuesto por la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
DOCUMENTACIÓN
En el caso de que la persona contratada pertenezca a alguno de los colectivos contemplados en el artículo 10 del Decreto regulador, deberá presentar la siguiente documentación:
Mujeres que tengan la condición de víctima de violencia de género: La establecida en el artículo 3.b), segundo párrafo, del Decreto.
Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%: Resolución de los órganos administrativos que tengan atribuida la
competencia para la valoración y calificación del grado de discapacidad.
Personas en situación de exclusión social: Informe de los Servicios Sociales competentes.
En , a de de
Fdo.: El/La trabajador/a
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, FORMACIÓN Y SEGURIDAD LABORAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA. Código DIR3: A08013842
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA. Código DIR3: A08013841
Código SIACI Genérico | ||
SK7E |
-ANEXO III-
APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN AL PROCEDIMIENTO 030616, JUSTIFICATIVA DE LAS SUBVENCIONES PARA LA CUALIFICACIÓN Y LA INSERCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL
MERCADO LABORAL
DOCUMENTACIÓN:
La entidad beneficiaria en el plazo de 60 días naturales desde la fecha de finalización del contrato objeto de la subvención, deberá
aportar la siguiente documentación:
Justificación del ingreso de la subvención en una contabilidad separada, a través del correspondiente registro contable en el libro diario, o en el libro de ingresos y gastos en su caso, según el régimen fiscal en alta de dicha entidad, junto con información relativa a la fecha del asiento contable, importe percibido, cuenta contable y número de asiento. En el supuesto de que se hayan producido bajas de la persona contratada, deberá aportarse los documentos acreditativos de las mismas (TCs).
No obstante, tratándose de empresarios persona física o entes en régimen de atribución xx xxxxxx, que determinen el rendimiento neto de su actividad mediante el método de estimación objetiva (módulos) y que no estén obligados a llevar libros de registro de ingresos según la legislación fiscal vigente, deberán acreditar tal circunstancia con una certificación o por cualquier medio admitido en derecho, que acredite su inclusión en el régimen de estimación objetiva en el momento de percibir la subvención.
Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de que se haya producido oposición expresa a la consulta de dicha documentación por parte de la Administración.
En
, a
de
de
Fdo.
N.I.F./ N.I.E.:
2º Apellido:
1er Apellido:
Nombre:
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
Razón social:
N.I.F./ N.I.E.:
DATOS DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA
LÍNEA 1. FORMALIZACIÓN DE CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE (TRÁMITE SKJ6) LÍNEA 2. FORMALIZACIÓN DE CONTRATO EN PRÁCTICAS (TRÁMITE SKJ7)
LÍNEA 3. FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS DE RELEVO (TRÁMITE XXXX)
LÍNEA 4. TRANSFORMACIÓN EN CONTRATOS INDEFINIDOS DE LOS CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE, LOS CONTRATOS EN PRÁCTICAS, LOS CONTRATOS DE RELEVO Y LOS CONTRATOS DE TRABAJADORES/AS EN PROCESOS DE INSERCIÓN EN EMPRESAS DE INSERCIÓN (TRÁMITE SKJ8)
LÍNEAS DE AYUDA (marcar la que proceda)
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, FORMACIÓN Y SEGURIDAD LABORAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA. Código DIR3: A08013842
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA. Código DIR3: A08013841
Código SIACI Genérico | ||
SK7E |
-ANEXO IV-
APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN AL PROCEDIMIENTO 030616, POR SUCESIÓN EMPRESARIAL DE LAS SUBVENCIONES PARA LA CUALIFICACIÓN Y LA INSERCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MERCADO LABORAL
DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE DE LA SUBVENCIÓN (CESIONARIA) | ||
Razón social : D.N.I/NIE: | ||
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL | ||
Nombre y apellidos D.N.I/NIE: | ||
DATOS DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA DE LA SUBVENCIÓN (CEDENTE) | ||
Razón social : D.N.I/NIE: |
1.
La empresa cesionaria DECLARA RESPONSABLEMENTE que es conocedora de la subvención obtenida o, en su caso,
solicitada por el cedente, y acepta sucederle en su posición jurídica respecto de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, comprometiéndose al mantenimiento de los contratos objeto de la ayuda por el tiempo restante para cumplir lo exigido en el Decreto que regula dichas ayudas.
2. Documentación que se aporta:
Documento acreditativo del negocio jurídico por el que la empresa cesionaria adquiere la titularidad de la cedente (contrato
de compraventa, cesión de negocio, fusión, absorción, adquisición de participaciones sociales u otros)
LÍNEA 1. FORMALIZACIÓN DE CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE (TRÁMITE SKJ6)
LÍNEA 2.FORMALIZACIÓN DE CONTRATO EN PRÁCTICAS TRÁMITE SKJ7)
LÍNEA 3. FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS DE RELEVO (TRÁMITE XXXX)
LÍNEA 4. TRANSFORMACIÓN EN CONTRATOS INDEFINIDOS DE LOS CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE, LOS CONTRATOS EN PRÁCTICAS, LOS CONTRATOS DE RELEVO Y LOS CONTRATOS DE TRABAJADORES/AS EN PROCESOS DE INSERCIÓN EN EMPRESAS DE INSERCIÓN (TRÁMITE SKJ8)
LÍNEAS DE AYUDA
Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente, código de identificación fiscal CIF y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica.
Cambio de cuenta de cotización de la persona contratada realizado ante la Tesorería General de la Seguridad Social, que deberá producirse sin solución de continuidad respecto al a baja en la empresa cedente.
Si es persona física, documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.
3. AUTORIZACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, FORMACIÓN Y SEGURIDAD LABORAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA. Código DIR3: A08013842
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA. Código DIR3: A08013841
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, esta Consejería procederá a verificar los datos que a continuación se relacionan salvo que usted no autorice expresamente dicha comprobación:
NO: Los acreditativos de identidad.
NO: La información sobre Seguridad Social incluida vida laboral.
NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administración:
- Documento
- Documento
- Documento
Según el artículo 28 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, esta Consejería procederá a verificar los datos o documentos que
se encuentran en poder de la Administración y que usted señale a continuación:
- Documento
presentado con fecha
ante la unidad
de la Administración de
- Documento presentado con fecha
ante la unidad
de la Administración de
- Documento presentado con fecha
ante la unidad
de la Administración de
En caso de no autorizar la comprobación de los datos, se compromete a aportar la documentación pertinente.
En
, a
de
de
Fdo.: