Índice Pliego de Condiciones
4. Pliego de Condiciones Técnicas
Índice Pliego de Condiciones
1. Cláusulas Administrativas 1
1.1. Condiciones generales 1
1.2. Epígrafe 2. - Condiciones generales de índole facultativa 3
1.3. Epígrafe 3. - Condiciones generales de índole económica 12
1.4. Epígrafe 4. Condiciones generales de índole legal 17
1.5. Epígrafe 5 - Condiciones de índole técnica 19
2. Particulares normativa 26
2.1. Objeto 26
3. Albañilería 32
3.1. Condiciones que han de cumplir los materiales 32
3.2. Condiciones para la ejecución de unidades de obra 34
4. Carpintería interior y exterior 45
4.1. Condiciones que han de cumplir los materiales 45
4.2. Condiciones que han de cumplir las unidades de obra 51
5. Acondicionamiento acústico 56
5.1. Condiciones que han de cumplir los materiales 56
5.2. Condiciones que han de cumplir las unidades de obra 64
6. Cartón-yeso 67
6.1. Generalidades 67
6.2. Productos 68
6.3. Ejecución 68
7. Xxxxxxx y alicatados 71
7.1. Condiciones que han de cumplir los materiales 71
7.2. Condiciones que han de cumplir las unidades de obra 74
7.3. Control de solados y alicatados 78
8. Pintura, esmalte y barnices 79
8.1. Generalidades 79
8.2. Condiciones que deben cumplir los materiales 82
8.3. Condiciones que deben cumplir las unidades de obra 92
8.4. Control y criterios de aceptación y rechazo 93
8.5. Medición y abono 93
9. Herrería 94
9.1. Condiciones que han de cumplir los materiales 94
9.2. Especificaciones 94
9.3. Condiciones particulares de recepción 95
9.4. Condiciones que han de cumplir las unidades de obra 95
9.5. Control de calidad 99
10. Generales de instalaciones 101
10.1. Objeto 101
10.2. Aspectos generales 101
10.3. Interpretación del proyecto 112
11. Baja Tensión 116
11.1. Condiciones Técnicas de las Instalaciones 116
11.2. Pruebas y puesta en marcha de servicios eléctricos 157
11.3. Identificación de equipos eléctricos 160
12. Fontanería 161
12.1. Condiciones Técnicas de las instalaciones 161
12.2. Pruebas y ensayos 170
13. Saneamiento 172
13.1. Características técnicas de las instalaciones 172
13.2. Condiciones que han de cumplir las unidades de obra 175
14. Telecomunicaciones ¡Error! Marcador no definido.
14.1. Introducción y generalidades ¡Error! Marcador no definido.
14.2. Ejecución, medición y abono de las obras ¡Error! Marcador no definido.
14.3. Especificaciones de materiales ¡Error! Marcador no definido.
14.4. Medición, abono y pruebas ¡Error! Marcador no definido.
14.5. Documentación y formación ¡Error! Marcador no definido.
15. Climatización 177
15.1. Condiciones técnicas de las instalaciones 177
15.2. Motores eléctricos 238
15.3. Pruebas de las instalaciones y recepción de las mismas 258
15.4. Tramitaciones oficiales 266
16. Protección contra Incendios 267
16.1. Condiciones técnicas de las instalaciones 267
16.2. Instalaciones de extinción 272
16.3. Ejecución 279
1. Cláusulas Administrativas
1.1. Condiciones generales
1.1.1. Art.1º - Objeto de las obras que se contratan
Tiene por objeto este documento, con los demás que se acompañan en el Proyecto completo, y los órdenes, aclaraciones y modificaciones del Arquitecto Director, la ejecución completa y acabada a todos los efectos de las obras referenciadas, totalmente terminadas y limpias, tanto interior como exteriormente.
Se especifican las normas mínimas aceptables referentes a la construcción, materiales, mano de obra y equipo que haya de incorporarse a las mismas. Tales trabajos comprenden, sin limi- tación alguna, el suministro de toda la mano de obra, materiales, equipo y limpieza, así como la ejecución de todas las operaciones que hayan de realizarse de acuerdo con los planos y requi- sitos que se enumeran en las presentes condiciones.
1.1.2. Art.2º - Documentación
El presente Xxxxxx forma parte de la documentación del Proyecto, que se cita y regirá en las obras para la realización del mismo.
1.1.3. Art.3º - Condiciones generales
Además del presente "Pliego de Condiciones", regirá totalmente en todos los aspectos que el mismo abarca (Ejecución de obra, medición, valoración, régimen administrativo, etc.):
Código Técnico de la Edificación, CTE
Pliego General de Condiciones Técnicas de la Dirección General de Arquitectura del año 1.960, para obras de edificación.
Pliego de prescripciones Técnicas Generales para obras de Xxxxxxxxxx x Xxxxxxx xxx X.X.X.X., xx 0 xx Xxxxx xx 0.000 (PG-3/75).
Instrucción de hormigón estructural EHE.
Pliego General de Condiciones para la recepción de conglomerantes hidráulicos (RC-03).
Normas Tecnológicas de la Edificación (NTE) que se citan en el proyecto.
Normas U.N.E., del Instituto de Racionalización del Trabajo.
Disposiciones oficiales en materia de Legislación Laboral y Reglamento de Seguridad en el trabajo.
Y, toda disposición legal, que en su mayor o menor medida, afecte a la construcción, a la seguridad del trabajo a la mano de obra o a los medios auxiliares.
El "Pliego de Condiciones Técnicas de la Dirección General de Arquitectura, 1.960" obra en la oficina del Arquitecto Director de la obra, por si la Contrata estima necesaria su consulta.
1.1.4. Art.4º - Interpretación
Las dudas que se planteasen en su aplicación o interpretación serán dilucidadas por el Arqui- tecto Director de la obra.
Por el mero hecho de intervenir en la obra, se presupone que la Contrata y los gremios y sub- contratas conocen y admiten el presente Pliego de Condiciones.
1.1.5. Art.5º - Firma xxx xxxxxx
El promotor o propietario, incluirá el presente Pliego de Condiciones como documento a firmar por la contrata al hacerse la adjudicación de la obra.
1.1.6. Art.6º - Exención de las obras
Los trabajos a realizar se ejecutarán de acuerdo con el proyecto y demás documentos redacta- dos por el Arquitecto autor del mismo.
La descripción del Proyecto y los planos de que consta figuran en la Memoria.
Cualquier variación que se pretendiera ejecutar sobre la obra proyectada deberá ser puesta, previamente, en conocimiento del Arquitecto Director, sin cuyo conocimiento no será ejecutada.
En caso contrario, la Contrata, ejecutante de dicha unidad de obra, responderá de las conse- cuencias que ello originase. No será justificante ni eximente a estos efectos, el hecho de que la indicación de variación proviniera del señor Xxxxxxxxxxx.
1.1.7. Art.7º - Encargado, libro de ordenes y de ritmo de los trabajos
Asimismo, la Contrata nombrará un Encargado General, si así fuera la Contrata, o uno por cada gremio si las Contratas fueran parciales, el cual deberá estar constantemente en obra, mientras en ella trabajen obreros de su gremio. La misión del Encargado será la de atender y entender las órdenes de la Dirección Facultativa; conocerá el presente "Pliego de Condiciones" exhibido por la Contrata y velará de que el trabajo se ejecute en buenas condiciones y según las bue- nas artes de la construcción.
Se dispondrá de un "Libro de Ordenes y Asistencias" del que se hará cargo el Encargado que señalare la Dirección. La Dirección escribirá en el mismo aquellos datos, órdenes o circunstan- cias que estime convenientes. Asimismo, el Encargado podrá hacer uso del mismo, para hacer constar los datos que estime convenientes.
El citado "Libro de Ordenes y Asistencias", se regirá según el Decreto 462/1.971 y la Orden de 9 xx Xxxxx de 1.971.
Asimismo, el Contratista llevará otro libro en la oficina de obra, en el cual se anotarán las fe- xxxx de los distintos trabajos que se efectúen, tales como comienzo de las excavaciones y su duración, comienzo de las cimentaciones y su duración, etc., hechos que irá comunicando a la Dirección mensualmente.
1.1.8. Art.8º - Construcciones auxiliares
El contratista queda obligado a construir, a desmontar, y a retirar al fin de las obras, todo ello por su cuenta, todas las edificaciones auxiliares para oficina de obra (que será obligatoria), al- macenes, cobertizos, caminos de servicio, etc. Todas las construcciones deberán estar supedi- tadas al Arquitecto Director de las obras, en lo que se refiere a su ubicación, cotos, etc.
El Contratista tendrá una copia, debidamente preservada de las incidencias propias de la obra, de todos los documentos del Proyecto que se hayan sido facilitados por la Dirección, así mismo como el "Libro de Ordenes" y el ritmo de los trabajos.
1.2. Epígrafe 2. - Condiciones generales de índole facultativa
1.2.1. Art.9º - Representación
Desde que se dé principio a las obras, hasta su recepción definitiva, el Contratista o un repre- sentante suyo autorizado deberá residir en un punto próximo al de ejecución de los trabajos y no podrá ausentarse de él sin previo conocimiento del Arquitecto Director y notificándole, ex- presamente, la persona que durante su ausencia le ha de representar en todas sus funciones. Cuando se falte a lo anteriormente prescrito, se considerarán válidas las notificaciones que se efectúen al individuo más caracterizado o de mayor categoría técnica de los empleados u ope- rarios de cualquier ramo que, como dependientes de la Contrata, intervengan en las obras, y en ausencia de ellos, las depositadas en la residencia, designada como oficial, de la Contrata en los documentos del Proyecto, aún en ausencia o negativa de recibo por parte de los depen- dientes de la Contrata.
1.2.2. Art.10º - Buena construcción
Es obligación de la Contrata, el ejecutar cuanto sea necesario para la buena construcción y as- pecto de las obras, aún cuando no se halle expresamente estipulado en los Pliegos de Condi- ciones, siempre que, sin separarse de su espíritu y recta interpretación, lo dispondrá el Arqui- tecto Director y dentro de los límites de posibilidades que los presupuestos determinen para cada unidad de obra y tipo de ejecución.
1.2.3. Art.11º - Reclamaciones
Las reclamaciones que el Contratista quiera hacer contra las órdenes emanadas del Arquitecto Director, sólo podrá presentarlas a través del mismo ante la Propiedad, si ellas son de orden económico y de acuerdo con las condiciones estipuladas en los pliegos de condiciones corres- pondientes; contra disposiciones de orden técnico o facultativo del Arquitecto Director, no se admitirá reclamación alguna, pudiendo el Contratista salvar su responsabilidad, si lo estima oportuno, mediante exposición razonada, dirigida al Arquitecto Director, el cual podrá limitar su contestación al acuse de recibo que, en todo caso, será obligatorio para este tipo de reclama- ciones.
1.2.4. Art.12º - Replanteo
El replanteo general se llevará a efecto bajo la dirección del Arquitecto Director o quien la re- presente, y se hará por cuenta de la Contrata, la cual suministrará todo el personal y medios auxiliares que aquél ordene.
1.2.5. Art.13º - Caminos y accesos
El Contratista construirá o habilitará por su cuenta los caminos o vías de acceso y comunica- ción, de cualquier tipo, por donde hayan de transportar los materiales a la obra, cuando para ello exista necesidad.
1.2.6. Art.14º - Comienzo de la obra, ritmo de ejecución de los trabajos
El Contratista dará comienzo a las obras en el plazo marcado en el Contrato, desarrollándolas en la forma necesaria para que dentro del plazo señalado queden ejecutadas las obras en su totalidad.
Obligatoriamente y por escrito, deberá el Contratista dar cuenta al Técnico Director del comien- zo de los trabajos antes de transcurrir veinticuatro horas de su iniciación.
1.2.7. Art.15º - Orden de los trabajos
En general, la determinación del orden de los trabajos será facultad potestativa de la contrata, salvo aquéllos casos en que, por cualquier circunstancia de orden técnico o facultativo, estime conveniente su variación el Arquitecto Director.
Estas órdenes deberán comunicarse, precisamente por escrito, a la contrata, y ésta vendrá obligada a su estricto cumplimiento, de acuerdo con lo especificado, siendo directamente res- ponsable de cualquier daño o perjuicio que pudiera sobrevenir por su incumplimiento.
1.2.8. Art.16º - Ampliación del proyecto pro causas imprevistas de fuerza mayor
Cuando sea preciso, por motivo imprevisto o por cualquier accidente, ampliar el proyecto, no se interrumpirán los trabajos, continuándolos según las instrucciones dadas por el Arquitecto Di- rector, en tanto se formula o se tramita el proyecto reformado.
El Contratista está obligado a realizar con su personal y sus materiales cuanto la Dirección de las obras disponga, para apeos, apuntalamientos, derribos, recalzos o cualquier otra obra de carácter urgente, anticipando de momento este servicio, cuyo importe le será consignado en el presupuesto adicional o abonado directamente, de acuerdo con lo que mutuamente convenga.
1.2.9. Art.17º - Prorrogas por causa de fuerza mayor
Si por causa de fuerza mayor o independiente de la voluntad del Contratista, y siempre que es- ta causa sea distinta de las que se especifican como de rescisión, aquél no pudiese comenzar las obras, o los plazos prefijados, se le otorgará una prórroga proporcionada para el cumpli- miento de la contrata, previo informe favorable del Arquitecto Director. Para ello, el Contratista expondrá, en escrito dirigido al Arquitecto Director, la causa que impide la ejecución o la mar- cha de los trabajos y el retraso que por ello se originaría en los plazos acordados, razonando debidamente la prórroga que por dicha causa solicita.
1.2.10. Art.18º - Responsabilidad del técnico director en el retraso de la obra
El Contratista no podrá excusarse de no haber cumplimentado los plazos de la obra estipula- dos, alegando como causa la carencia de planos y órdenes del Arquitecto Director, a excepción del caso en que la contrata, en uso de las facultades que en este artículo se le conceden, los haya solicitado por escrito del Arquitecto Director y éste no los haya entregado. En este único caso el Contratista queda facultado para solicitar una prórroga de plazo, pero únicamente en las unidades de obra afectadas concretamente por el requerimiento de la Contrata y las subsi- guientes que con ellas estuviesen relacionadas.
1.2.11. Art.19º - Condiciones generales de ejecución de los trabajos
Todos los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción al proyecto que haya servido de base a la contrata, a las modificaciones del mismo que previamente hayan sido aprobadas y a las ór- denes e instrucciones que bajo su responsabilidad y por escrito entregue el Arquitecto Director al Contratista.
1.2.12. Art.20º - Obras ocultas
De todos los trabajos y unidades de obra que hayan de quedar ocultos a la terminación del edi- ficio, el contratista levantará los planos precisos e indispensables para que queden perfecta- mente definidos; estos documentos se extenderán por triplicado, entregándose: dos al Arqui- tecto Director y el tercero al Contratista, firmados todos ellos por estos dos últimos. Dichos pla- nos, que deberán ir suficientemente acotados, se considerarán documentos indispensables a irrecusables para efectuar las mediciones.
1.2.13. Art.21º - Trabajos defectuosos
El Contratista, como es natural, debe emplear los materiales que cumplan las condiciones exi- gidas en las "Condiciones de índole técnica", y realizará todos y cada uno de los trabajos con- tratados de acuerdo con lo especificado también en dicho documento.
Por ello, y hasta que tenga lugar la recepción definitiva de la obra, el Contratista en el único responsable de la ejecución de los trabajos que ha contratado y de las faltas y defectos que en éstos pueden existir, por su mala ejecución o por la deficiente calidad de los materiales em- pleados o aparatos colocados, sin que pueda servirle de excusa, ni le otorgue derecho alguno, la circunstancia de que el Arquitecto Director o sus subalternos no le hayan llamado las aten- ción sobre el particular, ni tampoco el hecho de que hayan sido valoradas en las certificaciones parciales de obra, que siempre se supone que se extienden y abonan a buena cuenta.
Como consecuencia de lo anteriormente expresado, cuando el Arquitecto Director o su repre- sentante en la obra adviertan vicios o defectos en los trabajos ejecutados, o que los materiales empleados o los aparatos colocados no reúnen las condiciones preceptuadas, ya sea en el curso de la ejecución de los trabajos o finalizados éstos, y antes de verificarse la recepción de- finitiva de la obra, podrá disponer que las partes defectuosas sean demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado, y todo ello a expensas de la contrata. Si ésta no estimase justa la resolución y se negase a la demolición y reconstrucción ordenadas, se procederá de acuerdo con lo establecido en el art. 23 siguiente.
1.2.14. Art.22º - Vicios ocultos
Si el Arquitecto Director tuviese fundadas razones para creer en la existencia de vicios ocultos de construcción en las obras ejecutadas, ordenará efectuar en cualquier tiempo, y antes de la recepción definitiva, las demoliciones que crea necesarias para reconocer los trabajos que su- ponga defectuosos.
Los gastos de demolición y reconstrucción que se ocasionen serán de cuenta de la Contrata, siempre que los vicios existan realmente, y, en caso contrario, correrán a cargo de la propie- dad.
1.2.15. Art.23º - De los materiales y de los aparatos su procedencia
El Contratista tiene la libertad de proveerse de los materiales y aparatos de todas clases en los puntos que le parezcan convenientes, siempre que reúnan las condiciones exigidas en el con- trato, que estén perfectamente preparados para el objeto a que se apliquen y sean empleados en obra conforme a las reglas del arte, a lo preceptuado en los Pliegos de Condiciones y a las instrucciones del Arquitecto Director.
Se exceptúa el caso en que los pliegos de Condiciones dispongan un origen preciso y determi- nado, en cuyo caso este requisito será de imprescindible cumplimiento salvo orden por escrito en contrario del Arquitecto Director.
1.2.16. Art.24º - Empleo de los materiales y aparatos
No se procederá al empleo y colocación de los materiales y de los aparatos, sin que antes sean examinados y aceptados por el Arquitecto Director, en los términos que prescriben los Pliegos de Condiciones, depositando al efecto el Contratista las muestras y modelos necesarios pre- viamente contraseñados, para efectuar con ellos las comprobaciones, ensayos o pruebas pre- ceptuadas en el Pliego de Condiciones vigente en la obra.
Los gastos que ocasionen los ensayos, análisis, pruebas, etc., antes indicados, serán a cargo del Contratista.
1.2.17. Art.25º - Materiales no utilizables
El Contratista, a su xxxxx, transportará y colocará, agrupándolos ordenadamente y en el sitio de la obra en el que por no causar perjuicios a la marcha de los trabajos se le designe, los mate- riales procedentes de las excavaciones, derribos, etc., que no sean utilizables en la obra.
Se retirarán de ésta o se llevarán al vertedero, cuando así estuviese establecido en el Pliego de Condiciones particulares vigentes en la obra.
Si no se hubiese preceptuado nada sobre el particular, se retirarán de ella cuando así lo ordene el Arquitecto Director, pero acordando previamente con el Contratista su justa tasación, tenien- do en cuenta el valor de dichos materiales y los gastos de su transporte.
1.2.18. Art.26º - Materiales y aparatos defectuosos
Cuando los materiales o aparatos no fueran de la calidad requerida o no estuviesen perfecta- mente preparados, el Arquitecto Director dará orden al Contratista para que los reemplace por otros que se ajusten a las condiciones requeridas por los Pliegos o, a falta de éstas, a las órde- nes del Técnico Director.
El Arquitecto Director podrá, si las circunstancias o el estado de la obra lo aconseja, permitir el empleo de aquellos materiales defectuosos que mejor le parezcan o aceptar o imponer el em- pleo de otros de superior calidad a la indicada en los Pliegos si no le fuese posible al Contratis- ta suministrarlos de la requerida en ellos, descontándose en el primer caso la diferencia de pre- cio del material requerido al defectuoso empleado, y no teniendo derecho el Contratista a in- demnización alguna en el segundo.
No obstante lo anteriormente expuesto, cuando la orden sea notoriamente injusta a juicio del Contratista, éste podrá recurrir ante la propiedad de acuerdo con lo estipulado en el presente Xxxxxx.
1.2.19. Art.27º - De los medios auxiliares
Serán de cuenta y riesgo del Contratista los andamios, cimbras, máquinas y demás medios au- xiliares que para la debida marcha y ejecución de los trabajos se necesiten, no cabiendo, por tanto, al propietario responsabilidad alguna por cualquier avería o accidente personal que pue- da ocurrir en las obras por insuficiencia de dichos medios auxiliares.
Todos éstos, siempre que no se haya estipulado lo contrario en las "Condiciones particulares de la obra", quedarán a beneficio del Contratista, sin que éste pueda fundar reclamación alguna en la insuficiencia de dichos medios, cuando éstos estén detallados en el presupuesto y con- signados por partida alzada o incluidos en los precios de las unidades de obra.
1.2.20. Art.28º - De las recepciones provisionales
Diez días como máximo antes de terminarse las obras el Contratista, comunicará al Arquitecto Director la proximidad de su terminación, a fin de que éste señale la fecha para el acto de la re- cepción provisional, que se realizarán en un plazo máximo de 10 días, siguientes a la finaliza- ción de las mismas.
1.2.21. Art.29º - Normas para las recepciones provisionales
Para proceder a la recepción provisional de las obras será necesaria la asistencia del Arquitec- to Director de la obra y del Contratista o su representante, debidamente autorizado. Si, expre- samente requerido, el Contratista no asistiese o renunciase por escrito a este derecho, confor- mándose con el resultado, se le requerirá de nuevo, y, si tampoco acudiese, se le nombrará de oficio un representante por el Colegio Oficial de Arquitectos correspondiente.
Del resultado de la recepción se extenderá un acta por triplicado, firmado por los dos asistentes legales antes indicados.
Si las obras se encuentran en buen estado han sido ejecutadas con arreglo a las condiciones establecidas, se darán por recibidas provisionalmente, comenzando a correr en dicha fecha el plazo de garantía señalado en los Pliegos de Condiciones.
Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar en el acta y se espe- cificarán en la misma las precisas y detalladas instrucciones que el Arquitecto Director debe señalar al Contratista para remediar los defectos observados fijándole un plazo para subsanar- los, expirado el cual se efectuará un nuevo reconocimiento en idénticas condiciones, a fin de proceder de nuevo a la recepción provisional de la obra.
Si el Contratista no hubiera cumplido, se declarará rescindida la contrata con pérdida de fianza, a no ser que la propiedad acceda a concederle un nuevo e improrrogable plazo.
1.2.22. Art.30º - Conservación de las obras recibidas provisionalmente
Los gastos de conservación durante el plazo de garantía comprendida entre la recepción par- cial y la definitiva, correrán a cargo del Contratista.
Si la ocupación se realizara antes de la recepción definitiva, al guardería, limpieza, reparacio- nes causadas por el uso correrán a cargo del propietario, y las reparaciones por vicios de obra o por defectos en las instalaciones, serán a cargo del Contratista.
1.2.23. Art.31º - Medición definitiva de los trabajos
Recibidas provisionalmente las obras, se procederá inmediatamente por el Arquitecto Director a su medición general y definitiva, con precisa asistencia del Contratista o un representante suyo nombrado por él o de oficio, en la forma prevenida para la recepción de obra.
Servirán de base para la medición los datos del replanteo general, los datos de los replanteos parciales que hubiese exigido el curso de los trabajos, los de cimientos y demás partes ocultas de las obras tomadas durante la ejecución de los trabajos y autorizados con las firmas del Con- tratista y del Arquitecto Director, la medición que se lleva a efecto de las partes descubiertas de las obras de fábrica y accesorias y, en general, los que convengan al procedimiento consigna- do en las condiciones de la Contrata para decidir el número de Unidades de obra de cada clase ejecutadas, teniendo presente, salvo pacto en contra, lo preceptuado en los diversos capítulos del "Pliego de Condiciones Generales de Indole Técnica", compuesto por el Centro Experimen- tal de Arquitectura y adoptado para sus obras por la Dirección General de Arquitectura, al esta- blecerse las normas para la medición y valoración de los diversos trabajos.
1.2.24. Art.32º - Plazo de garantía
El plazo de garantía queda fijado en el que consta en el Contrato adjunto desde la finalización de las obras.
1.2.25. Art.33º - De las recepciones definitivas
Finalizado el plazo de garantía, se procederá a la recepción definitiva con las mismas formali- dades señaladas en los artículos precedentes para la provisional; si se encontraran las obras en perfecto estado de uso y conservación, se darán por recibidas definitivamente y quedará el Contratista relevado de toda responsabilidad legal que le pudiera alcanzar, derivada de la posi- ble existencia de vicios ocultos.
En caso contrario, se procederá de idéntica forma que la preceptuada para la recepción provi- sional, sin que el Contratista tenga derecho a percepción de cantidad alguna en concepto de ampliación de plazo de garantía, y siendo de obligación suya hacerse cargo de los gastos de conservación hasta que la obra haya sido recibida definitivamente.
1.2.26. Art.34º - De las recepciones de trabajos cuya contrata haya sido rescindida
En los contratos rescindidos tendrán lugar las dos recepciones; la provisional en primer lugar, y la definitiva cuando haya transcurrido el plazo de garantía para los trabajos terminados por completo y recibidos provisionalmente.
Para todos los demás trabajos que no se hallen en el caso anterior, y sea cual fuere el estado de adelanto en que se encuentren, se efectuará sin pérdida de tiempo una sola y definitiva re- cepción.
1.2.27. Art.35º - Abono de la obra
El abono de la obra se realizará por medición con arreglo a los precios de contrata. Se extende- rán certificaciones mensuales (siempre al origen) abonándose el 90% de su importe y reser- vándose el 10% como garantía, que se entregará al formalizarse la entrega definitiva de las obras. En este tiempo, todos los defectos que se produzcan serán de cuenta del Contratista. El Contratista tendrá la obligación de presentar al Arquitecto Director la liquidación mensual con estado de medición detallada.
1.2.28. Art.36º - Adjudicación
La Dirección se reserva el derecho de dejar desierto el concurso o adjudicar a quien juzgue más conveniente siempre en los precios de su propuesta, así como a ejecutar total o parcial- mente el trabajo contratado, sin que ello suponga variación alguna en los precios de contrata.
Todos los materiales que intervengan en la construcción objeto de este contrato, serán de la exclusiva cuenta del Contratista. No se admite letra pequeña ni observaciones en la propuesta, así pues, regirá este pliego de condiciones únicamente.
En los precios unitarios de contrata se suponen incluidos todos los gastos precisos hasta la completa terminación y entrega de las obras.
El Contratista en su propuesta garantizará la provisión de los materiales, por lo que en ningún caso la falta de ellos ni su llegada a la obra fuera del tiempo oportuno, pueda ser causa de re- traso en la ejecución de la misma.
Si hubiera un precio no previsto en el contrato, deberá ser objeto de contrato especial escrito, en el cual se fije el precio o precios para su ejecución. De no hacerlo así, el Contratista queda obligado para tales trabajos, a aceptar el precio que contradictoriamente fije de dicha unidad el Arquitecto Director.
En los precios unitarios de contrata se incluirá la parte proporcional de guarda, encargado, va- lla, fluido, agua, impuestos de toda clase, cargas sociales vigentes, transporte, mano de obra, materiales, andamiajes e impuestos, seguros de vida y demás, administración, beneficio indus- trial, etc., etc., en una palabra, todas las cargas sociales vigentes y demás gastos.
No se abonará más que obra ejecutada y medida a precios de contrata.
Si hubiera derechos reales, timbres u otros impuestos, serán todos ellos de cuenta del Contra- tista.
Únicamente se admitirán las alzas oficiales, pero para tener derecho a ellas, el contratista pre- sentara con toda claridad los precios descompuestos.
Se ruega leer atentamente estas condiciones antes de formular la propuesta.
En caso de restricciones eléctricas, el Contratista lo resolverá por su cuenta, sin alteración en los precios ni retraso de obra.
El Contratista responderá de las averías que produzca tanto a los edificios colindantes, muros, como en las calles y aceras.
Todos los materiales que intervengan en la construcción serán de primera calidad. Por lo que todos los elementos que a único juicio del Arquitecto Director no reúnan las debidas condicio- nes, serán sustituidos por su cuenta.
Todos los materiales empleados en obra serán de libre contratación.
El presupuesto se realizará siguiendo exactamente el orden y la letra de la adjunta hoja de me- dición y aplicándose el precio unitario.
El Contratista firmará el presupuesto y este Pliego de Condiciones, que lo entregará juntamente con la propuesta.
El Arquitecto Director, teniendo en cuenta las conveniencias de las obras podrá suspender cier- tos trabajos de la contrata. Pero ello no dará a la Contrata en caso alguno, ningún derecho a indemnización, pues como queda dicho, los precios unitarios del Contratista regirán cualquiera que sea la cantidad de obra a ejecutar, pudiendo además la Dirección suprimir las partidas que crea conveniente.
El Contratista se pondrá de acuerdo con los demás xxxxx del edificio a fin de llevar la obra con la mejor organización y en el menor plazo posible.
A tal objeto, se obliga a ejecutar cuantas órdenes e indicaciones reciba del Arquitecto Director o quien le represente.
Realizará asimismo cuantos trabajos de su ramo sean necesarios o convenientes de las demás contratas e instalaciones.
El Arquitecto Director podrá incluir en el precio las modificaciones que crea oportunas, teniendo el Contratista la obligación de aceptarlas y realizarlas con sujeción a los precios contratados salvo en el caso de que éstos no sean aplicables.
Serán también de cuenta del Contratista la contribución industrial, el agua para las obras, los derechos de arbitrios y consumos, todos los cuales se suponen incluidos en los precios unita- xxxx de cada proposición.
El Contratista se obliga a cumplir exactamente los preceptos contenidos en las leyes de acci- dentes de trabajo, puntos, subsidios y las disposiciones vigentes de carácter social.
Será igualmente responsable de toda falta relativa a la policía urbana y a las Ordenanzas Mu- nicipales del lugar de la obra.
Queda terminantemente prohibido el trabajo en obra los días reconocidos de precepto.
Obligatoriamente y por escrito, el Contratista dará cuenta a la Dirección del comienzo de los trabajos, antes de transcurrir veinticuatro horas del comienzo de los mismos.
Serán de cuenta del Contratista los medios auxiliares que se necesiten para la ejecución de las obras, no teniendo por lo tanto el Propietario responsabilidad alguna de cualquier avería o ac- cidente personal que pueda ocurrir en la obra o fuera de la misma por insuficiencia o mala cali- dad de dichos materiales y andamiajes.
Tendrá especial cuidado en la formación y arriostramiento de los encofrados y andamiajes.
El Contratista se obliga a aceptar las resoluciones de la Dirección, tanto en lo relativo a la orga- nización y marcha de los trabajos como a las relaciones entre las distintas contratas, interpreta- ción del contrato, xxx Xxxxxx de Condiciones, planos y diferencias que puedan suscitarse con otros contratistas e industriales y en una palabra, todo cuanto se refiere a las obras de este edi- ficio.
La Dirección decidirá en definitiva sobre la procedencia o no de las reclamaciones y obrará en consecuencia, sin que de esta resolución pueda darse recurso alguno ante ninguna autoridad o Tribunal, es decir, que el fallo de la Dirección será inapelable en todo cuanto se relacione con las obras y el Contratista tendrá obligación de aceptarlo.
De cada unidad presupuestada, el Contratista presentará los precios descompuestos, importe de los materiales, mano de obra, medios auxiliares, cargas sociales, gastos generales y benefi- cio industrial, ya que en caso contrario, la Dirección descompondrá los precios por su cuenta, en caso de alzas oficiales.
No se concreta el número de operarios en obra, pues el Contratista deberá tener cuantos sean precisos para seguir la marcha de la obra, esto a único juicio de la Dirección.
1.2.29. Art.37º - Composición de los precios unitarios
Para que el Contratista tenga derecho a pedir la revisión de precios que se preceptúa en el ar- tículo 42 siguiente, y en el caso de que no figure entre los documentos del Proyecto la relación de los precios contratados y descompuestos en la forma que en este artículo se establece, será condición indispensable que antes de comenzar la ejecución de todas y cada una de las unida- des de obra contratadas reciba por escrito la conformidad del Arquitecto Director a los precios descompuestos de cada una de ellas, que el Contratista deberá presentarles, materiales, transportes y los porcentajes que se expresan al final de este artículo. A falta de convenio es- pecial, los precios unitarios se compondrán, perceptivamente, así:
a) Materiales, expresando la cantidad que en cada unidad de obra se precise de ca- da uno de ellos y su precio unitario respectivo en origen.
b) Mano de obra, por categorías dentro de cada oficio, expresando el número xx xx- ras invertido por cada operario en la ejecución de cada unidad de obra y los jornales horarios correspondientes.
c) Transporte de materiales, desde el punto de origen al pie de tajo, expresando el precio del transporte por unidad de peso, de volumen o de número que la costumbre tenga establecidos en la localidad preceptiva.
d) Tanto por ciento (%) de medios auxiliares y de seguridad sobre la suma de los conceptos anteriores en las unidades de obra que los precisen.
e) Tanto por ciento (%) de Seguros y Cargas Sociales vigentes sobre el importe de la mano de obra, especificando en documento aparte la cuantía de cada concepto del Seguro y de la Carga.
f) Tanto por ciento (%) de Gastos generales, sobre la suma de los conceptos ante- rior.
g) Tanto por ciento (%) de Beneficio Industrial del Contratista, aplicado a la suma to- tal de los conceptos anteriores.
La suma de todas las cantidades que importan los siete (7) conceptos expresados se entiende que es el precio unitario contratado.
El Contratista deberá asimismo presentar una lista con los precios de jornales, de los materia- les de origen, del transporte, los tantos por ciento (%) que importaran cada uno de los Seguros y Cargas Sociales vigentes, y los conceptos y cuantías de las partidas que se incluyen en el concepto de Gastos Generales, todo ello referido a la fecha de la firma del contrato.
1.2.30. Art.38º - Precios de ejecución de material e importe de ejecución material
En los casos en que, por las razones que se estimasen oportunas, el concepto del Beneficio Industrial del Contratista se considera independiente y aparte de los demás conceptos que componen el precio de coste de cada unidad de obra, se entiende por precio de Ejecución ma- terial el que importe el coste total de la unidad de obra, es decir, el resultante de la suma de las partidas que importan los conceptos a) a f), ambos inclusive, del artículo 37 precedente, es de- cir:
P.e.m. = (a + b + c + d + e + f).
De acuerdo con lo establecido, se entiende por Importe de Ejecución material de la obra la su- ma total de los importes parciales resultantes de aplicar a las mediciones de cada una de ellas el precio de ejecución material de cada una de dichas unidades.
1.2.31. Art.39º - Precios de contrata
En el caso de que los trabajos a realizar se contraten a riesgo y xxxxxxx, se entiende por Precio de Contrata el que importa el coste total de la unidad de obra, es decir, el precio de Ejecución material, más el tanto por ciento (%) sobre este último precio en concepto de Beneficio Indus- trial del Contratista. A falta de convenio especial, se aplicará por dicho concepto un diecinueve por ciento (19%) sobre los precios de ejecución material, entendiéndose que se descompone así:
13% en concepto de imprevistos, gastos generales, administración, intereses de capitales, etc.
6% en concepto de beneficio industrial del contratista.
1.2.32. Art.40º - Precios contradictorios
Los precios de unidades de obra, así como los de los materiales o de mano de obra de trabajos que no figuren entre los contratados, se fijarán contradictoriamente entre el Arquitecto Director y el Contratista o su representante expresamente autorizado a estos efectos. El Contratista los presentará descompuestos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 anterior, siendo condición necesaria la presentación y la aprobación de estos precios antes de proceder a la ejecución de las unidades de obra correspondiente.
De los precios así acordados se levantarán actas, que se firmarán por triplicado.
1.2.33. Art.41º - Reclamaciones de aumento de precios por causas diversas
Si el Contratista, antes de la firma del contrato, no hubiese hecho reclamación u observación oportuna, no podrá bajo ningún pretexto de error u omisión reclamar aumento de los precios fi- jados en el cuadro correspondiente del presupuesto que sirva de base para la ejecución de las obras.
Tampoco se le admitirá reclamación de ninguna especie, fundada en indicaciones que sobre las obras se hablan en la Memoria, por no ser este documento el que sirva de base a la contra- ta. Las equivocaciones materiales o errores aritméticos que el presupuesto pueda contener, ya por variaciones de los precios respecto de los del cuadro correspondiente, y por errores aritmé- ticos en las cantidades de obra o en su importe, se corregirán en cualquier época que se ob- xxxxxx, pero no se tendrán en cuenta a los efectos de la rescisión del contrato sino en el caso de que el Arquitecto Director o el Contratista los hubieran hecho notar dentro del plazo de cua- tro meses contados desde la fecha de la adjudicación.
Las equivocaciones materiales no alterarán la baja proporcional hecha en la contrata respecto del importe del presupuesto.
1.2.34. Art.42º - Revisión de precios
Será de aplicación lo indicado en el Contrato y en su defecto será de aplicación la legislación vigente al respecto.
1.2.35. Art.43º - Formas tradicionales de medir o de aplicar los precios
En ningún caso podrá alegar el contratista los usos y costumbres del país respecto de la apli- cación de los precios o de la forma de medir las unidades de obra ejecutadas cuando se hallen en contradicción con las normas establecidas en el Proyecto y Pliego de Condiciones.
1.2.36. Art.44º - Trabajos por administración
Se entienden por "Trabajos de Administración" los convenidos con el Contratista, para que és- te, por cuenta de la Propiedad realice, con las siguientes peculiaridades:
a) Por parte de la Propiedad serán abonados todos los gastos inherentes a la reali- zación de los trabajos convenidos, reservándose la misma facultad de poder ordenar, a través de la Dirección facultativa, el orden y la marcha de los trabajos, la elección de los materiales y aparatos que en los trabajos han de emplearse y en suma, todos los elementos que crea preciso para regular la realización de los mismos.
b) Será obligación del Contratista, llevar la gestión práctica de los trabajos, aportando sus conocimientos constructivos, los medios auxiliares precisos y, en suma, todo lo que, en armonía con su cometido, se requiera para la ejecución de los trabajos, per- cibiendo por ello un tanto por ciento (%) prefijado sobre el importe total de los gastos efectuados y abonados.
c) Para la liquidación de los trabajos que se ejecuten por administración, regirán las normas que a tales fines se establezcan en el Contrato y, a falta de ellas, las cuentas de administración las presentará el Contratista, en relación valorada.
d) Será perceptivo que cada día entregue el Contratista una medición aproximada de los trabajos o unidades de obra ejecutados durante el día anterior.
e) Si de los partes diarios de obra ejecutada, que perceptivamente debe presentar el Contratista al Arquitecto Director, éste dedujese y demostrase que los rendimientos de la mano de obra en todas o en algunas de las unidades de obra ejecutada fuesen notoriamente inferiores a los rendimientos normales generalmente admitidos para unidades de obra iguales o similares se le notificará por escrito al Contratista, con el fin de que éste haga las gestiones precisas para aumentar la producción en al cuantía señalada por el Arquitecto Director.
f) Si hecha esta notificación al Constructor, en los días sucesivos los rendimientos llegasen a los normales, la Propiedad queda facultada para resarcirse de la diferen- cia.
g) En los trabajos por Administración, el Constructor sólo será responsable de los de- fectos constructivos que pudieran tener los trabajos o unidades por él ejecutadas y también de los accidentes o perjuicios que pudieran sobrevenir a los obreros o a ter- ceras personas por haber tomado las medidas precisas que en las disposiciones le- gales vigentes se establecen. En cambio no será responsable del mal resultado que pudiesen dar los materiales y aparatos elegidos, excepto si los aportados sean de in- ferior calidad a las muestras aprobadas.
1.2.37. Art.45º - Facultad general del arquitecto director
Además de todas las facultades particulares que corresponden al Arquitecto Director, expresa- das en los artículos precedentes, es misión específica suya la dirección y vigilancia de los tra- bajos que en las obras se realicen bien por sí o por medio de sus representantes técnicos, y ello con autoridad técnica legal completa e indiscutible, incluso en todo lo no previsto específi- camente en el "Pliego de Condiciones de la Edificación" sobre las personas y cosas situadas en la obra y en relación con los trabajos que por su ejecución se lleven a cabo, pudiendo inclu- so pero con causa justificada, recurrir a la contrata, si considera que esta resolución es útil y necesaria para la debida marcha de la obra.
1.3. Epígrafe 3. - Condiciones generales de índole económica
Nota Preliminar:
En caso de contradicción entre lo articulado en el presente Pliego de Condiciones y los pliegos que regulan la relación contractual entre el constructor de las obras y el promotor, prevalecerán estos últimos sobre el presente.
1.3.1. Art.46º - Importe trabajos
Como base fundamental de estas "Condiciones Generales de Indole Económica", se establece el principio de que el Contratista debe percibir el importe de todos los trabajos ejecutados, siempre que éstos se hayan realizado con arreglo y sujeción al Proyecto y Condiciones Gene- rales y particulares que rijan la construcción del edificio y obra aneja contratada.
1.3.2. Art.47º - Referencias
El Arquitecto Director podrá exigir al Contratista la presentación de referencias bancarias o de otras cantidades o personas, al objeto de cerciorarse si éste reúne todas las condiciones reque- ridas para el exacto cumplimiento del Contrato; dichas referencias, si le son pedidas, las pre- sentará el Contratista antes de la firma del Contrato.
1.3.3. Art.48º - Fianza
Se podrá exigir al Contratista, para que responda del cumplimiento de lo contratado, una fianza del 10 por 100 del presupuesto de las obras adjudicadas.
1.3.4. Art.49º - Sustitución
Si el Contratista se negase a hacer por su cuenta los trabajos precisos para utilizar la obra en las condiciones contratadas, el Arquitecto Director, en nombre y representación del Propietario, los ordenará ejecutar a un tercero, o directamente por administración, abonando su importe con la fianza depositada, sin perjuicio de las acciones legales a que tenga derecho el Propietario en el caso de que el importe de la fianza no bastase para abonar el importe de los gastos efectua- dos en las unidades de obra que no fueren de recibo.
1.3.5. Art.50º - Devolución fianza
La fianza depositada será devuelta al Contratista en un plazo que no excederá de 8 días, una vez firmada el acta de la recepción definitiva de la obra, siempre que el Contratista haya acredi- tado, por medio de certificación xxx Xxxxxxx del Distrito Municipal en cuyo término se halla em- plazada la obra contratada, que no existe reclamación alguna contra él por los daños y perjui- cios que sean de su cuenta o por deudas de los jornales o materiales, ni por indemnizaciones derivadas de accidentes ocurridos en el trabajo.
1.3.6. Art.51º - Precios contradictorios
Los precios de unidades de obra, así como los de los materiales o de mano de obra xx xxxxx- xxx, que no figuren entre los contratados, se fijarán contradictoriamente entre el Arquitecto Di- rector y el Contratista o su representante expresamente autorizado a estos efectos. El Contra- tista los presentará descompuestos, siendo condición necesaria la presentación y la aprobación de estos precios, antes de proceder a la ejecución de obra correspondientes.
De los precios así acordados se levantarán actas, que se firmarán, por triplicado, el Arquitecto Director, el Propietario y el Contratista o los representantes autorizados a estos efectos por es- tos últimos.
1.3.7. Art.52º - Reclamaciones
Si el Contratista, antes de la firma del Contrato, no hubiese hecho la reclamación u observación oportuna, no podrá, bajo ningún pretexto de error u omisión, reclamar aumento de los precios fijados en el cuadro correspondiente del presupuesto que sirve de base para la ejecución de las obras.
Tampoco se le admitirá reclamación de ninguna especie fundada en indicaciones que, sobre las obras, se hagan en la Memoria, por no ser este documento en que sirva de base a la Con- trata. Las equivocaciones materiales o errores aritméticos que el Presupuesto pueda contener, ya por variación de los precios, respecto de los del cuadro correspondiente, ya por errores arit- méticos en las cantidades de obra o en su importe, se corregirán en cualquier época que se observen, pero no se tendrán en cuenta a los efectos de la rescisión del Contrato, señalados en los documentos relativos a las "Condiciones Generales o Particulares de Indole Facultativa", sino en el caso de que el Arquitecto Director o el Contratista los hubieran hecho notar dentro del plazo de cuatro meses contados desde la fecha de la adjudicación. Las equivocaciones ma- teriales no alterarán la baja proporcional hecha en la Contrata, respecto del importe del presu- puesto que ha de servir de base a la misma, pues esta baja se fijará siempre por la relación en- tre las cifras de dicho presupuesto, antes de las correcciones y la cantidad ofrecida.
1.3.8. Art.53º - Revisión de precios
Contratándose las obras a riesgo y xxxxxxx, es natural por ello, que, en principio, no se debe admitir la revisión de los precios contratados. No obstante, y dada la variabilidad continua de los precios de los jornales y sus cargas sociales, así como la de los materiales y transportes, que es característica de determinadas épocas anormales, se admite, durante ellas, la revisión de los precios contratados, bien en alza o en baja y en armonía con las oscilaciones de los pre- cios en el mercado.
Por ello y en los casos de revisión de alza, el Contratista puede solicitarla del Propietario, en cuanto se produzca cualquier alteración de precio, que repercuta, aumentando los contratos. Ambas partes convendrán el nuevo precio unitario, antes de comenzar o de continuar la ejecu- ción de la unidad de obra en que intervenga el elemento cuyo precio en el mercado, y por cau- sa justificada, haya subido, especificándose y acordándose, también previamente, la fecha a partir de la cual se aplicará el precio revisado y elevado, para lo cual se tendrá en cuenta y cuando así proceda, el acopio de materiales en la obra, en el caso de que estuviesen, total o parcialmente, abonados por el Propietario. Si el Propietario o el Arquitecto Director, en su re- presentación, no estuviese conforme con los nuevos precios de materiales, transportes, etc., que el Contratista desea percibir, como normales en el mercado, aquél tiene la facultad de pro- poner al Contratista, y éste la obligación de aceptarlos, los materiales, transportes, etc., a pre- cios inferiores de los pedidos por el Contratista, en cuyo caso, como el lógico y natural, se ten- drán en cuenta para la revisión, los precios de los materiales, transportes, etc., adquiridos por el Contratista, merced a la información del Propietario.
Cuando el Propietario o el Arquitecto Director, en su representación, solicite del Contratista la revisión de precios, por haber bajados los de los jornales, materiales, transportes, etc., se con- vendrá entre las dos partes la baja a realizar en los precios unitarios vigentes en la obra, en equidad con la experimentada por cualquiera de los elementos constitutivos de la unidad de obra y la fecha en que empezarán a regir los precios revisados.
Para la presente obra éste art. 54 queda anulado, entendiéndose los precios fijos y no sujetos a ningún tipo de revisión.
1.3.9. Art.54º - Importe de las obras
El Contratista deberá percibir el importe de todas aquellas unidades de obra que haya ejecuta- do, con arreglo a sujeción a los documentos del Proyecto, a las condiciones de la Contrata y a las órdenes e instrucciones que, por escrito, entregue el Arquitecto Director, y siempre dentro de las cifras a que asciendan los presupuestos aprobados.
Tanto en las certificaciones como en la liquidación final, las obras serán, en todo caso, abona- das a los precios que para cada unidad de obra figuren en la oferta aceptada, a los precios contradictorios fijados en el transcurso de las obras, de acuerdo con lo previsto en el presente "Pliego de Condiciones Generales" a estos efectos, así como respecto a las partidas alzadas y obras accesorias y complementarias.
Si las obras se hubieran adjudicado por subasta o concurso, servirán de base para su valora- ción los precios que figuren en el Presupuesto del Proyecto, con las mismas condiciones ex- presadas anteriormente para los precios de la oferta; al resultado de la valoración ejecutada en dicha forma se le aumentará el tanto por ciento necesario para la obtención del precio de con- trata, y de la cifra obtenida se descontará la que proporcionalmente corresponda a la baja de subasta o remate.
En ningún caso, el número de unidades que se consigne en el Proyecto o en el Presupuesto podrá servir de fundamento para reclamaciones de ninguna especie.
1.3.10. Art.55º - Pagos de certificaciones
Los pagos se efectuarán por el Propietario en los plazos previamente establecidos y su importe corresponderá precisamente al de las certificaciones de obra expedidas por el Arquitecto Direc- tor, en virtud de las cuales se verifican aquéllos.
1.3.11. Art.56º - Retraso en los pagos
En ningún caso podrá el Contratista, alegando retraso en los pagos, suspender trabajos ni eje- cutarlos a menor ritmo que el que les corresponda, con arreglo al plazo en que deban terminar- se.
1.3.12. Art.57º - Penalización
El importe de la indemnización que debe abonar el Contratista por causas de retraso no justifi- cado, en el plazo de terminación de las obras contratadas, será: el importe de la suma de per- juicios materiales causados por la imposibilidad de ocupación del inmueble, debidamente justi- ficados.
1.3.13. Art.58º - Indemnización
El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causas de pérdidas, averías o perjuicio ocasionados en las obras, sino en los casos de fuerza mayor. Para los efectos de este artículo, se considerarán, como tales casos, únicamente los que siguen:
1. Los incendios causados por electricidad atmosférica.
2. Los daños producidos por terremotos o maremotos.
3. Los producidos por vientos huracanados, mareas y crecidas de los xxxx, superiores a las que sean de prever en el país, y siempre que exista constancia inequívoca de que por el Contratista se tomaron las medidas posibles, dentro de sus medios, para evitar o atenuar los daños.
4. Los que provengan de movimientos del terreno en que estén construidas las obras.
5. Los destrozos ocasionados violentamente, a mano armada, en tiempo xx xxxxxx, movimien- tos sediciosos, populares o robos tumultuosos.
La indemnización se referirá, exclusivamente, al abono de las unidades de obra ya ejecutadas o materiales acoplados a pie de obra; en ningún caso comprenderá medios auxiliares, maqui- naria o instalaciones, etc. propiedad de la Contrata.
1.3.14. Art.59º - Mejoras en la obra
No se admitirán mejoras de obra, más que en el caso en que el Arquitecto Directo haya orde- nado por escrito la ejecución de trabajos nuevos o que mejoren la calidad de los contratados, así como la de los materiales y aparatos previstos en el Contrato. Tampoco se admitirán au- mentos de obra en las unidades contratadas, salvo caso de error en las mediciones del proyec- to, a menos que el Arquitecto Directo ordene, también por escrito, la ampliación de las contra- tadas.
1.3.15. Art.60º - Seguros
El contratista estará obligado a asegurar la obra contratada, durante todo el tiempo que dure su ejecución, hasta la recepción definitiva; la cuantía del seguro coincidirá, en cada momento, con el valor que tengan, por Contrata, los objetos que tengas asegurados. El importe abonado por la Sociedad Aseguradora, en caso de siniestro, se ingresará en cuenta, a nombre del Propieta- rio, para que, con cargo a ella, se abone la obra que se construya, y a medida que ésta se va realizando. El reintegro de dicha cantidad al Contratista se efectuará por certificaciones, como el resto de los trabajos de la construcción. En ningún caso, salvo conformidad expresa del Con- tratista hecha en documento público, el Propietario podrá disponer de dicho importe para me- nesteres distintos del de reconstrucción de la parte siniestrada; la infracción de lo anteriormente expuesto será motivo suficiente para que el Contratista pueda rescindir la Contrata, con devo- lución de fianza, abono completo de gastos, materiales acopiados, etc., y una indemnización equivalente al importe de los daños causados al Contratista por el siniestro y que no le hubie- sen abonado, pero sólo en proporción equivalente a lo que suponga la indemnización abonada por la Compañía Aseguradora, respecto al importe de los daños causados por el siniestro, que serán tasados a estos efectos por el Arquitecto Director.
En las obras de reforma o reparación se fijará previamente la porción de edificio que debe ser asegurada y su cuantía, y si nada se previene, se entenderá que el seguro ha de comprender toda parte del edificio afectado por la obra.
Los riesgos asegurados y las condiciones que figuren en la póliza o pólizas de Seguros, los pondrá el Contratista antes de contratarlos en conocimiento del Propietario, al objeto xx xxxx- bar de éste su previa conformidad o reparos.
1.3.16. Art.61º - Conservación de la obra
Si el Contratista, siendo su obligación, no atiende a la conservación de la obra durante el plazo de garantía, en el caso de que el edificio no haya sido ocupado por el Propietario antes de la recepción definitiva, el Arquitecto Director, en representación del propietario, procederá a dis- poner todo lo que sea preciso para que se atienda a la guardería, limpieza y todo lo que fuere menester para su buena conservación, abonándose todo ello por cuenta de la Contrata.
Al abonar el Contratista el edificio, tanto por buena terminación de las obras, como en el caso de rescisión del Contrato, está obligado a dejarlo desocupado y limpio en el plazo que el Arqui- tecto Director fije.
Después de la recepción provisional del edificio y en el caso de que la conservación del edificio corra a cargo del Contratista, no deberá haber en él mas herramientas, útiles, materiales, mue- bles, etc., que los indispensables para su guardería y limpieza y para los trabajos que fuere preciso realizar.
En todo caso, ocupado o no el edificio, está obligado el Contratista a revisar y repasar la obra, durante el plazo expresado, procediendo en la forma prevista en el presente "Pliego de Condi- ciones Económicas".
1.3.17. Art.62º - Comunicación de precios
El Arquitecto Director se niega, de antemano, al arbitraje de precios, después de ejecutada la obra, en el supuesto que los precios base contratados no sean puestos en su conocimiento previamente a la ejecución de la obra.
1.3.18. Art.63º - Vigilante de las obras
El Contratista se obliga a destinar a su xxxxx un vigilante permanente de obras que prestará sus servicios de acuerdo con las órdenes recibidas de la Dirección Facultativa.
1.4. Epígrafe 4. Condiciones generales de índole legal
1.4.1. Art.64º - Arbitraje
Ambas partes se comprometen, en sus diferencias, al arbitrio de amigables componedores, de- signados, uno de ellos por el Propietario, otro por lo Contrata y tres Arquitectos por el C.O. co- rrespondiente, uno de los cuales será forzosamente, el Director de la Obra.
1.4.2. Art.65º - Buena construcción
El Contratista es responsable de la ejecución de las obras en las condiciones establecidas en el Contrato y en los documentos que componen el Proyecto (la Memoria no tendrá considera- ción de documento del Proyecto).
Como consecuencia de ello, vendrá obligado a la demolición y construcción de todo lo mal eje- cutado, sin que pueda servir de excusa el que el Arquitecto Director haya examinado y recono- cido la construcción durante las obras, ni el que hayan sido abonadas en liquidaciones parcia- les.
1.4.3. Art.66º - Seguridad e higiene en el trabajo
El Contratista se obliga a lo establecido en la Ley de Contratos de Trabajo y además a lo dis- puesto por la de Accidentes de Trabajo, Subsidio Familiar, Seguros Sociales, a las disposicio- nes de "Seguridad e Higiene en el Trabajo" y demás disposiciones vigentes de carácter laboral y de seguridad.
1.4.4. Art.67º - Cuenta y vigilancia
Serán de cargo y cuenta del Contratista el vallado y la policía del solar, cuidando de la conser- vación de sus líneas de lindeo y vigilando que, por los poseedores de las fincas contiguas, si las hubiese, no se realicen, durante las obras, actos que mermen o modifiquen la propiedad.
Toda observación referente a este punto será puesta inmediatamente en conocimiento del Ar- quitecto Director.
El Contratista es responsable de toda falta relativa a la Policía Urbana y a las Ordenanzas Mu- nicipales, a estos respectos, vigentes en la localidad en que la edificación esté emplazada.
1.4.5. Art.68º - Seguridad y accidentes
En casos de accidentes ocurridos a los operarios, con motivo y en el ejercicio de los trabajos para la ejecución de las obras, el Contratista se atendrá a lo dispuesto, a estos respectos, en la legislación vigente, siendo, en todo caso, único responsable de su incumplimiento y sin que, por ningún concepto pueda quedar afectada la propiedad por responsabilidad en cualquier as- pecto.
El Contratista está obligado a adoptar las medidas de seguridad que las disposiciones vigentes preceptúan, para evitar, en lo posible, accidentes a los obreros o a los viandantes, no sólo en los andamios, sino en todos los lugares peligrosos de la obra - huecos xx xxxxxxxx, ascenso- res, etc. -.
De los accidentes o perjuicios de todo género que, por no cumplir el Contratista lo legislado so- bre la materia, pudieran acaecer o sobrevenir, será éste el único responsable, o sus represen- tantes en la obra, ya que se considera que en los precios contratados están incluidos todos los gastos precisos para cumplimentar debidamente dichas disposiciones legales.
1.4.6. Art.69º - Accidentes
El Contratista será responsable de todos los accidentes que, por inexperiencia o descuido, so- brevinieran tanto en la edificación donde se efectúen las obras como en las contiguas. Será, por tanto, de su cuenta, el abono de las indemnizaciones a quien corresponda y cuando a ello hubiera lugar, de todos los daños y perjuicios que puedan causarse en las operaciones de eje- cución de las obras.
El Contratista cumplirá los requisitos que prescriben las disposiciones vigentes sobre la mate- ria, debiendo exhibir, cuando ello fuere requerido, el justificante de tal cumplimiento.
1.4.7. Art.70º - Impuesto y arbitrios
El pago de impuestos y arbitrios en general, municipales o de otro origen, sobre vallas, alum- brado, etc. cuyo abono debe hacerse durante el tiempo de ejecución de las obras y por concep- to inherente a los propios trabajos que se realizan, correrá a cargo de la Contrata, siempre que, en las condiciones particulares del Proyecto no se estipule lo contrario. No obstante, el Contra- tista deberá ser reintegrado del importe del todos aquellos conceptos que el Arquitecto Director considere justo hacerlo.
1.4.8. Art.71º - Copias del proyecto
El Contratista tiene derecho a sacar copias, de los planos, presupuestos y pliegos de condicio- nes y demás documentación del proyecto.
El Arquitecto, si el Contratista lo solicita, autorizará estas copias con su firma, una vez confron- tadas.
1.4.9. Art.72º - Causas de rescisión
Se considerarán causas suficientes de rescisión las que a continuación se señalan:
1. La muerte o incapacidad del Contratista.
2. La quiebra del Contratista.
En los casos anteriores, si los herederos o síndicos ofrecieran llevar a cabo las obras, bajo las mismas condiciones estipuladas en el Contrato, el Propietario puede admitir o rechazar el ofre- cimiento, sin que en este último caso tengan aquéllos derecho a indemnización alguna.
Las alteraciones del Contrato por las causas siguientes:
a) La modificación del Proyecto en forma tal que represente alteraciones fundamen- tales del mismo, a juicio del Arquitecto Director y, en cualquier caso, siempre que la variación del Presupuesto de ejecución, como consecuencia de estas modifica- ciones, represente, en más o menos, del 40 por 100, como mínimo, de alguna de las unidades del Proyecto modificadas.
b) La modificación de unidades de obra, siempre que estas modificaciones represen- ten variaciones en más o menos, del 40 por 100, como mínimo, de las unidades del Proyecto modificadas.
3. La suspensión de obra comenzada y, en todo caso, siempre que, por causas ajenas a la Contrata, no se dé comienzo a la obra adjudicada dentro del plazo de tres meses, a partir de la adjudicación; en este caso, la devolución de la fianza será automática.
La suspensión de obra comenzada, siempre que el plazo de suspensión haya excedido de un año.
4. El no dar comienzo la Contrata a los trabajos dentro del plazo señalado en las condiciones particulares del Proyecto.
5. El incumplimiento de las condiciones del contrato, cuando implique descuido o mala fe, con perjuicio de los intereses de la obra.
6. La terminación del plazo de ejecución de la obra, sin haberse llegado a ésta.
7. El abandono de la obra sin causa justificada.
8. La mala fe en la ejecución de los trabajos.
1.5. Epígrafe 5 - Condiciones de índole técnica
1.5.1. Art.73º - Trabajos y materiales
Todos los trabajos o materiales empleados cumplirán la "Resolución General de Instrucciones para la Construcción" de 31 de Octubre de 1.966.
1.5.2. Art.74º - Seguridad
En todos los trabajos que se realicen en la obra se observarán, y el encargado será el respon- sable de hacerlas cumplir, las normas que dispone el vigente Reglamento de Seguridad en el Trabajo en la industria de la Construcción, aprobado el 20 xx Xxxx de 1.952, y las ordenes complementarias de 19 de Diciembre de 1.953 y 23 de Septiembre de 1.966, así como lo dis- puesto en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, aprobado por Orden de 9 xx Xxxxx de 1.971, así como la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y cuantas Normas Técnicas Reglamentarias haya dictado la Dirección General del Trabajo.
1.5.3. Art.75º - Procedencia de los materiales
El contratista propondrá al Arquitecto Director la procedencia de los materiales, y éste deberá aceptar dicha procedencia previamente a su utilización. Los elementos: tuberías, losetas, pie- zas prefabricadas, piezas especiales, etc., deberán proceder xx xxxxx de reconocida solvencia en su fabricación.
1.5.4. Art.76º - Ensayos
Cuando el Arquitecto Director lo considere conveniente, se harán los ensayos necesarios para la previa aceptación de determinados materiales.
Podrá exigirse que los materiales sean ensayados, con arreglo a las instrucciones de ensayo en vigor, en las mismas obras, pero en caso de duda para el Arquitecto Director de la obra, se realizarán ensayos en el laboratorio designado por éste.
El Arquitecto Director de la obra podrá por sí o por delegación, elegir los materiales que hayan de emplearse, así como presenciar su preparación y ensayo. El Arquitecto Director de la obra determinará el tipo de prueba necesaria para la recepción o ensayo en obra de las estructuras o elementos terminados.
Los gastos que se originen con motivo de los análisis y ensayos serán por cuenta del Contratis- ta.
1.5.5. Art.77º - Significación de los ensayos y reconocimiento durante la ejecución de las obras
Los ensayos y reconocimientos más o menos minuciosos, verificados durante la ejecución de los trabajos, no tienen otro carácter que el de simples antecedentes para la recepción. Por con- siguiente, la admisión de materiales o piezas, no atenúa las obligaciones de subsanar o repo- ner que el contratista contrae, si las obras o instalaciones resultasen inaceptables, parcial o to- talmente, en el acto de reconocimiento final y prueba de recepción.
1.5.6. Art.78º - Transporte y almacenamiento
Tanto el transporte como el almacenamiento de los materiales se harán de manera adecuada para asegurar la conservación de sus características para su empleo en obra.
1.5.7. Art.79º - Prescripciones generales para la ejecución de las obras
Todas las obras se ejecutarán siempre obteniéndose a las reglas de la buena construcción, con sujeción a las normas del presente Xxxxxx y documentos complementarios citados.
El Contratista se obliga a ejecutar por su cuenta, todas las operaciones y trabajos necesarios para la realización de la obra, tanto en su conjunto como en sus detalles, siguiendo fielmente los documentos del Proyecto, órdenes e instrucciones que reciba del Arquitecto Director te- niendo personal competente para la interpretación y ejecución de lo señalado en los planos, y las indicaciones que reciba.
Para la resolución de aquellos casos no comprendidos en las prescripciones citadas en el pá- rrafo anterior, se estará a lo que la costumbre ha sancionado, como regla de buena construc- ción.
1.5.8. Art.80º - Preparación de la parcela
Como labor previa, se procederá a la preparación de la parcela, al acotado de las entradas y salidas de vehículos a la misma, según las indicaciones del Excmo. Ayuntamiento, reforzándo- se en su caso, estos accesos, para evitar roturas en las instalaciones generales, que caso de producirse serán reparadas por cuenta íntegra de la Contrata.
1.5.9. Art.81º - Replanteos
Se procederá por la Contrata, al replanteo sobre el terreno de la obra, con arreglo a los planos del proyecto, solicitando el oportuno visto bueno del Arquitecto Director antes de continuar los trabajos.
Los gastos inherentes a este replanteo serán de cuenta del Contratista y los mismos se consi- deran incluidos dentro de los precios de contratación.
1.5.10. Art.82º - Maquinaria y equipo
La maquinaria y equipo necesarios para la ejecución de las obras deberá ser aprobada por el Arquitecto Director de las obras y habrán de mantenerse en todo momento en condiciones de trabajo satisfactorio.
En cualquier caso deberá reunir las condiciones precisas para garantizar que las unidades de obras y su ejecución, descritas en el presente Xxxxxx cumplan las condiciones y requisitos en el mismo.
1.5.11. Art.102º - Saneamientos
Las zanjas para tuberías de conducción de aguas sucias, que se ejecutarán con alineaciones indicadas en los planos y sus fondos, llevarán una pendiente uniforme.
Los tubos serán de calidad y dimensiones indicadas en el presupuesto e irán colocados sobre un buen lecho de arena y las juntas se harán con buena masa de cemento y de forma que los tubos comprendidos en cada tramo xx xxxxxxx estén perfectamente alineados en ambas direc- ciones (en la dirección que marca la zanja y en la dirección de la pendiente).
En todo cambio de dirección y al pie de las bajadas de aguas sucias, se colocará una arqueta construida en las condiciones indicadas en el presupuesto; asimismo, se colocará un sumidero al pie de cada bajada de aguas pluviales.
Serán de obligado cumplimiento los capítulos correspondientes xxx Xxxxxx de Condiciones Téc- nicas de la Dirección General de Arquitectura de 1.960, asimismo serán de aplicación los capí- tulos de Diseño, Cálculo y Construcción de las Normas Tecnológicas de la Edificación editados y que no se opongan a las especificaciones contenidas en el Proyecto.
1.5.12. Art.103º - Albañilería
Todos ellos serán completamente verticales y bien alineados, horizontalmente. En los para- mentos xx xxxxx tabicón, se engarzarán ambos tabiques, cruzando los ladrillos de un tabique a otro; se tendrá sumo cuidado de que la masa de un tabique no tome contacto con la del otro; esta operación se hará, por lo menos, con cuatro piezas en cada metro cuadrado, pudiendo sustituir este sistema con otro que, a juicio de la Dirección, ofrezca suficiente garantía (ganchos xx xxxxxx, etc.). En la ejecución de tabique, las dos últimas hiladas se tomarán con mortero de yeso.
Los planeos exteriores, en las fachadas Norte y Oeste llevarán material hidrófugo, tal como se indica en el presupuesto. Se tendrá especial cuidado en la preparación de morteros para esta clase de operaciones, utilizando siempre cemento Portland, en cantidad suficiente para evitar toda clase de operaciones, utilizando siempre cemento Portland, en cantidad suficiente para evitar toda clase de penetración de humedades y, al extender, se tendrá cuidado de humede- cer el paramento y proyectar el mortero lo más violentamente posible, actuar con rapidez y re- mover bien la masa, cada cinco o seis paladas, todo ello utilizando un mortero muy fluido (este párrafo se hace extensivo a los planeos de las demás fachadas).
Un cuarto de hora después de haber hecho las operaciones indicadas, se le darán dos lecha- das de cemento.
En ningún caso se utilizará para la confección de morteros, arena procedente del machaqueo de piedras areniscas con el pretexto de suavizar la masa o facilitar el trabajo de raseos o talo- chados. En todo caso, la Dirección facultativa podrá admitir la proporción que estime oportuna previa consulta por parte de la Contrata.
En la ejecución de las demás partidas de albañilería se cumplimentará estrictamente lo señala- do en el Presupuesto y obteniéndose a las advertencias de la Dirección.
Serán de obligado cumplimiento los capítulos correspondientes xxx Xxxxxx de Condiciones Téc- nicas de la Dirección General de Arquitectura de 1.960, así mismo serán de aplicación los capí- tulos de Diseño, cálculo y Construcción de las Normas Tecnológicas de la Edificación editados y que no se opongan a las especificaciones contenidas en el Proyecto.
1.5.13. Art.104º - Solados y alicatados
Las baldosas se colorarán con sus juntas perfectamente alineadas y perpendicularmente entre sí. Se tendrá especial cuidado en que la superficie embaldosada quede completamente plana y con una pendiente mínima (0,3 a 0,5 por 100) hacia los desagües. Se desechará toda pieza que presente el menor defecto, tanto en dimensiones como en los cantos.
Serán de obligado cumplimiento los capítulos correspondientes xxx Xxxxxx de Condiciones Téc- nicas de la Dirección General de Arquitectura de 1.960, asimismo serán de aplicación los capí- tulos de Diseño, Cálculo y Construcción de las Normas Tecnológicas de la Edificación editados y que no se opongan a las especificaciones contenidas en el Proyecto.
1.5.14. Art.105º - Yesos
Todos los yesos empleados en la obra cumplirán las condiciones que se especifican en el "Pliego de condiciones para la recepción de Yesos y Escayolas en obras de construcción".
Serán de obligado cumplimiento los capítulos correspondientes xxx Xxxxxx de Condiciones Téc- nicas de la Dirección General de Arquitectura de 1.960, asimismo serán de aplicación los capí- tulos de Diseño, Cálculo y Construcción de las Normas Tecnológicas de la Edificación editados y que no opongan a las especificaciones contenidas en el proyecto.
1.5.15. Art.106º - Carpintería
Las formas y dimensiones de los bastidores y xxxxxx serán las indicadas en presupuesto y planos y se colocarán con ferretería de buena calidad. Las dimensiones máximas de bisagra a bisagra serán inferiores a los 80 centímetros y las dimensiones de las mismas no serán inferio- res a los 12 centímetros.
Para las fallebas y demás dispositivos de cierre será condición indispensable la presentación de muestras a los Arquitectos Directores de las obras, para su aprobación. En la colocación de los xxxxxx, se tendrá en cuenta el detalle de los planos, para el recibido de los mismos, que se hará siempre con buena masa de hormigón; esto se exigirá rigurosamente, sobre todo en los xxxxxx de fachada, para evitar toda clase de penetraciones de humedades. No se admitirá ninguna madera húmeda, con repelos, nudos saledizos u otros defectos.
La contrata será responsable de los desperfectos que sean consecuencia, aunque sea indirec- ta, de las deficiencias de calidad, grado de humedad o colocación tanto de la carpintería de los huecos de fachada como de los interiores y tarima o parquet xx xxxxxx si los hubiere.
El grado de permeabilidad de la carpintería de los huecos de fachada se mantendrá dentro de los límites que para la zona climática en que se ubica el proyecto define el Decreto 1.490/1.975, de 12 xx Xxxxx.
Serán de obligado cumplimiento los capítulos correspondientes xxx Xxxxxx de Condiciones Téc- nicas de la Dirección General de Arquitectura de 1.960, asimismo serán de aplicación los capí- tulos de Diseño, Cálculo y Construcción de las Normas Tecnológicas de la Edificación editados y que no se opongan a las especificaciones contenidas en el Proyecto.
1.5.16. Art.107º - Fontanería
Todas las instalaciones cumplirán el Código Técnico de la Edificación. Real Decreto 314/2006 de 17 xx xxxxx.
Todos los elementos serán de las dimensiones y calidad indicadas en el Proyecto.
Si a juicio de la Empresa o persona responsable del montaje de las instalaciones, los documen- tos del proyecto fueron insuficientes o no se ajustaran tanto a las necesidades de la obra, por modificaciones posteriores, como a las exigencias de la legislación vigente, la citada empresa, antes de iniciar los trabajos, presentará al Arquitecto Director la documentación que exija la de- finición completa de las instalaciones que pretende realizar, con especificación de las calida- des, dimensiones, marcas y modelos de todos los materiales incluidos en la obra, así como de los sistemas de empalme, fijado de la instalación de la obra, etc.
Antes de comenzar la colocación de los conductos tanto de traída como de evacuación de agua y combustibles líquidos, se presentará una muestra al Arquitecto Director, el cual, y por cuenta de la contrata, mandará hacer los análisis que crea oportunos para la verificación de los materiales empleados, especialmente las tuberías xx xxxxxx galvanizado, las cuales, aun cuan- do no se realizaran, no eximirán de su responsabilidad a la Contrata respecto a las calidades y condiciones de colocación.
Si en los documentos del Proyecto no se indica lo contrario, ni el instalador presenta otra alter- nativa al Arquitecto Director, toda la instalación se ajustará a lo especificado en las Normas Tecnológicas de la Edificación IC, ID, IF, IG e IS.
Durante el montaje de la instalación se citan como cuidados elementales a tener en cuenta, la limpieza de los materiales y aparatos antes de su colocación, taponar los agujeros previstos pa- ra la futura instalación de aparatos, cuidar la caída de cascotes y otros objetos por las bajantes, sujetarlas a la obra de fábrica con abrazaderas especiales para cada caso e independizar to- talmente la instalación de la estructura del edificio.
Para evitar condensaciones, se ha de cuidar que la separación entre tuberías de agua caliente y fría sea como mínimo de 4 cm, y si éstas corren horizontalmente, la de agua caliente debe ir encima de la de agua fría.
Se pondrá especial cuidado en evitar el contacto de cualquier tubería xx xxxxxx galvanizado con el yeso, y con morteros o terrenos en los que se tenga la certeza de que no existen indicios del mismo.
Para la unión de distintos materiales se tendrá en cuenta la posibilidad de electrólisis en fun- ción de la composición de los materiales mismos, su orden según la dirección del líquido con- tenido y la composición química de este último.
Se consideran materiales incompatibles con las aguas agresivas los siguientes:
Acero Galvanizadoaguas duras
Plomo aguas blandas
Cobre aguas amoniacales
Hormigón aguas sulfatadas
Fibrocemento aguas ácidas (detergentes, grasas, etc.)
A efectos del cumplimiento del Decreto 1.490/1.975 de 12 xx Xxxxx por el que se establecen medidas a adoptar en las instalaciones de agua caliente y calefacción de las edificaciones con objeto de reducir el consumo de energía, se adoptarán las que el decreto establece, si los do- cumentos del proyecto no definen otras más estrictas.
1.5.17. Art.108º - Infraestructura común de Telecomunicaciones
Todos los materiales empleados en la ICT cumplirán con las siguientes especificaciones:
REAL DECRETO-LEY 1/1998, de 27 de febrero (BOE 28/02/1998), sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
LEY 10/2005, de 14 xx xxxxx (BOE 15/06/2005), de medidas urgentes para el impulso de la Televisión Digital Terrestre, de liberalización de la televisión por cable y de fomento del plu- ralismo.
REAL DECRETO 401/2003, de 4 xx xxxxx (BOE 14/05/2003), por el que se aprueba el Re- glamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instala- ción de equipos y sistemas de telecomunicaciones.
ORDEN CTE/1296/2003, de 14 xx xxxx (BOE 27/05/2003), por la que se desarrolla el Re- glamento regulador contenido en el Real Decreto 401/2003, de 4 xx xxxxx.
REAL DECRETO 439/2004, de 12 xx xxxxx, (BOE 8/04/2004) por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la televisión digital local.
REAL DECRETO 944/2005, de 29 de julio (BOE 20/09/2005), por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre.
REAL DECRETO 945/2005, de 29 de julio (BOE 30/07/2005), por el que se aprueba el Re- glamento General de Prestación del Servicio de Televisión Digital Terrestre.
ORDEN ITC/2476/2005, de 29 de julio (BOE 30/07/2005) por la que se aprueba el Regla- mento Técnico y de Prestación del Servicio de Televisión Digital Terrestre.
REAL DECRETO 946/2005, de 29 de julio (BOE 30/07/2005), por el que se aprueba la in- corporación de un nuevo canal analógico de televisión en el Plan técnico Nacional de la Te- levisión Privada, aprobado por Real Decreto 1362/1988, de 11 de noviembre (BOE16/11/1988).
REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx (BOE 18/09/2002).
ORDEN ITC 1077/2006, de 6 xx xxxxx (BOE 13/04/2006), por la que se modifican determina- dos aspectos administrativos y técnicos de las infraestructuras comunes de telecomunica- ción en el interior de los edificios.
NORMAS TÉCNICAS DE EDIFICACIÓN (NTE).
- IPP Instalación de Pararrayos
- IEP Puesta a tierra de edificios
1.5.18. Art.109º - Aparatos elevadores
Todos los materiales empleados en la construcción e instalaciones de los aparatos elevadores cumplirán las especificaciones del Real Decreto 1314/97 por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, aprobadas el 1 xx xxxxxx de 1997, así como atenderán a las prescripciones definidas en el Reglamento de Aparatos de Elevación y su Manutención aprobado por R.D.2291/1985 de 8 de Noviembre y las Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-MIE-AEM1 aprobadas por Orden de 23-IX-87, en lo que el Real Decreto 1314/97 no haya derogado.
Así mismo se estará a lo dispuesto en la Instrucción Técnica MIE-AEM2 aprobada por Real Decreto 836/2003 de 27 xx xxxxx y MIE-AEM-4 aprobada por Real Decreto 837/2003, así como las Ordenes de 09-03-87, 12-01-88, 21-11-96, 03-04-01, 07-06-02 Y 24-04-01 del Departamen-
to de Industria y Comercio del Gobierno Xxxxx.
Los ascensores instalados en las viviendas unifamiliares estarán a lo dispuesto en la Orden de 13 de septiembre de 2005 del Gobierno Xxxxx.
Serán de obligado cumplimiento los capítulos correspondientes xxx Xxxxxx de Condiciones Téc- nicas de la Dirección General de Arquitectura de 1.960, asimismo serán de aplicación los capí- tulos de Diseño, Cálculo y Construcción de las Normas Tecnológicas de la Edificación editados y que no se opongan a las especificaciones contenidas en el Proyecto.
1.5.19. Art.110º - Instalación eléctrica
La instalación eléctrica y los conductores empleados se regirán por el "Reglamento electrotéc- nico para baja tensión" . Real Decreto 842/2002 de 2 xx Xxxxxx, y las Normas y Ordenes com- plementarias dictadas hasta la fecha por el Ministerio de Industria.
1.5.20. Art.113º - Pintura y decoración
Se darán los baños indicados en el Presupuesto y la Memoria. Las pinturas serán de buena ca- lidad y de los colores indicados por los Arquitectos.
Serán de obligado cumplimiento los capítulos correspondientes xxx Xxxxxx de Condiciones Téc- nicas de la Dirección General de Arquitectura de 1.960, asimismo serán de aplicación los capí- tulos de Diseño, Cálculo y Construcción de las Normas Tecnológicas de la Edificación editados y que no opongan a las especificaciones contenidas en el Proyecto.
1.5.21. Art.114º - Impermeabilizaciones
La impermeabilización de cubiertas con materiales bituminosos se hará de acuerdo con las es- pecificaciones de la Norma NBE QB 90 y la CT DB HS, no utilizándose ningún producto que ca- rezca del correspondiente Documento de Idoneidad Técnica.
Serán de obligado cumplimiento los capítulos correspondientes xxx Xxxxxx de Condiciones Téc- nicas de la Dirección General de Arquitectura de 1.960, asimismo serán de aplicación los capí- tulos de Diseño, Cálculo y Construcción de las Normas Tecnológicas de la Edificación editados y que no se opongan a las especificaciones contenidas en el Proyecto.
1.5.22. Art.115º - Aislamiento y vidriería
Se hará de acuerdo con el CT DB HR, el CT DB HE 1 y el CT DB HE 2. Serán de obligado cumplimiento los capítulos correspondientes xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas de la Direc- ción General de Arquitectura de 1.960, asimismo serán de aplicación los capítulos de Diseño, Cálculo y Construcción de las Normas Tecnológicas de la Edificación editados y que no se opongan a las especificaciones contenidas en el Proyecto.
1.5.23. Art.116º - Condiciones generales de índole técnica
El Arquitecto no será responsable, ante la Entidad Propietaria, de la demora de los Organismos Competentes en la tramitación del proyecto ni de la tardanza de su aprobación. La gestión de la tramitación se considera ajena al Arquitecto.
La orden de comienzo de la obra será indicada por el Sr. Propietario, quien responderá de ello si no dispone de los permisos correspondientes.
En el caso de que la obra, en cualquiera de sus partes, se realice por administración, cada gremio se hará responsable del anterior.
Es decir, que si un gremio cualquiera requiere, para llevar a cabo su trabajo, que la obra haya sido ejecutada hasta el momento de comenzar su tajo en ciertas condiciones, no deberá llevar- lo a cabo en tanto no considere que lo anterior ha sido realizado en dichas condiciones.
En el momento que comience a realizar su parte, si ésta resulta mal ejecutada, será el único responsable.
La Contrata, tanto si coincide en ser la misma empresa promotora, como si sin serlo, realiza su contrato directamente con el Propietario o Promotor, sin intervención del Arquitecto Director de la obra, deberá hacer entrega al mismo de todas y cada una de las liquidaciones que pasare al Propietario, estén o no incluidas en las certificaciones redactadas por la Dirección, así como los precios de las unidades de obra y las modificaciones que se acordaran por ambas partes en el transcurso de la ejecución de la obra.
1.5.24. Art.117º - Condición final
Los documentos del Proyecto redactados por el Arquitecto que suscribe, y el conjunto de nor- mas y condiciones que figuran en el presente Pliego de Condiciones, y también las que, de acuerdo con éste, sean de aplicación en el "Pliego General de Condiciones Varias de la Edifi- cación", compuesto por el "Centro Experimental de Arquitectura" aprobado por el "Consejo Su- perior de Colegios de Arquitectos de España", y adoptado para sus obras por la "Dirección Ge- neral de Arquitectura", constituyen el contrato que determina y regula las obligaciones y dere- chos de ambas partes contratantes, la cuales se obligan a dirimir todas las divergencias que hasta su total cumplimiento pudieran surgir por amigables componedores y preferentemente por el Arquitecto-Director de los trabajos o, en su defecto, por el Arquitecto o Arquitectos desig- nados a estos efectos por la Delegación correspondiente al Colegio de Arquitectos.
Caso de discrepancias entre las normas e instrucciones dadas anteriormente y las condiciones particulares de cada uno de los diferentes temas, serán estas últimas las que prevalezcan so- bre las Condiciones Generales.
2. Particulares normativa
2.1. Objeto
2.1.1. Generales
En la realización de la obra objeto del presente Proyecto de Edificación serán de aplicación las siguientes normas e instrucciones:
Siempre que se mencionen normas UNE, ASTM o cualquier otra norma reguladora de ensayos en cualquier país, se aplicará la norma citada o cualquiera que la sustituya.
1.1. Generales
Código Técnico de la Edificación, CTE
Legislación del suelo: Normativa Estatal y Autonómica.*
Ordenanzas y Normativa Urbanística vigente de San Xxxxxxxxx. *
D.O.T. de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx. B.O.P.V. 12-II-97 (Decreto 28/1997 del 11 de Febrero).*
Ordenanza reguladora de la actuación municipal frente a la contaminación acústica por xxx- dos y vibraciones (B.O. DE GIPUZKOA - 17 de octubre de 2000) *
Ordenanza Municipal de eficiencia energética y calidad ambiental de los edificios (Ayunta- miento de Xxx Xxxxxxxxx) Xxxxx 0000. *
Pliego de Condiciones Técnicas de la Dirección General de Arquitectura 1.960, aprobado por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos con fecha 24 xx Xxxxx de 1.973 y Or- den del Ministerio de la Vivienda de 4 xx Xxxxx de 1.973.
Normas UNE y Normas Tecnológicas que se citan NTE.
Real Decreto 1650/1977 de 10 xx xxxxx, del Ministerio de la Vivienda, "Normativa de Edifica- ción". B.O.E. 9-7-77. *
2.1.2. Abastecimiento de agua y vertido
Código Técnico de la Edificación. Real Decreto 314/2006 de 17 xx xxxxx.
Código Técnico de la Edificación. CTE DB HR Documento Básico Protección frente al Xxx- do. Real Decreto 1371/2007 de 19 de Octubre.
Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico- sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios RITE e Instrucciones Técnicas Com- plementarias ITE. Real Decreto 1027/2007 de 29 xx Xxxxxx.
Artículos y Anexos vigentes del Reglamento de Recipientes a Presión. Real Decreto 2443/1969, de 16 xx xxxxxx, y modificado por Decreto 516/1972, de 17 de febrero.
Reglamento de Aparatos a Presión RAP. Real Decreto 1244/1979 de 4 xx Xxxxx e Instruc- ciones Técnicas Complementarias MIE-ITC-AP.
Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx,
B.O.E. de 18-09-2002.
Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de abastecimiento de agua.
Orden del Ministerio de Obras Públicas del 28-Jul-74; B.O.E. 2 y 3 de Oct.-74.
Normas provisionales sobre instalaciones depuradoras y de vertido de aguas residuales al mar. Resolución de la Dirección de Puertos y Señales marítimas del 23-Abr-69. B.O.E. 20- Jun-69. Corrección de errores B.O.E. 4-Ago-69.
Orden 00-Xxx-00 xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxx.
Instrucción para el vertido al mar, desde tierra, de aguas residuales a través de emisarios submarinos. Orden del Ministerio de Obras Públicas del 29-Ab-77, B.O.E. 25-Jun-77. Co- rrección de errores B.O.E. de 23-Ago-77.
Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de saneamiento de poblaciones del MOPT (Orden del 15 de Setiembre de 1.986).
NTE-ISS. Instalaciones de saneamiento.
NTE-ISD: Depuración y vertido de Aguas Residuales.
NTE-ASD: Sistemas de Drenajes.
UNE 12.056: Sistemas de Desagüe en Edificación.
Sujeción a normas técnicas de las griferías sanitarias para realizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. Real Decreto 358/1985 de 23 de enero. B.O.E. de 22 xx xxxxx de 1985.
Sobre normas técnicas de las griferías sanitarias para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. Orden de 15 xx xxxxx de 1985. B.O.E. de 20 xx xxxxx de 1985.
- Corrección de errores de la orden de 15 xx xxxxx de 1985. B.O.E. de 27 xx xxxxx de 1985.
Procedimiento para la obtención xx xxxxxx profesionales y definición de las exigencias para las empresas autorizadas que realicen instalaciones, mantenimientos y otras activida-des en materia de seguridad industrial. Decreto 175/1994 de 17 xx Xxxx. B.O.P.V. de 15 xx Xxxxx de 1994.
Condiciones que han de cumplir las tuberías de materiales plásticos para ser utilizadas en las instalaciones de calefacción y agua sanitaria, fría y caliente. Orden de 18 de Diciembre de 1996. B.O.P.V. de 14 de Enero de 1997.
Criterios de actuación en la tramitación de expedientes de instalaciones interiores de agua, dentro de la comunidad autónoma del País Xxxxx. Resolución. Pendiente de aprobación.
ORDEN del MOPU del 12-03-86 Normas a aplicar por las confederaciones hidrográficas: legalización de vertidos.
ORDEN del MOPU del 12-11-87 Reglamento dominio público hidráulico. Vertidos residua- les.
Ordenanzas y Recomendaciones del Excmo. Ayuntamiento y Consorcio de Aguas.
Disposiciones y recomendaciones de la Delegación de Industria.
Normas UNE, en especial UNE 37141-76 para tubería de cobre.
2.1.3. Aislamiento acústico
Real Decreto 1371/2007 de 19-Octubre CT DB Código Técnico Documento Básico HR Pro- tección frente al ruido.
2.1.4. Aislamiento térmico
Real Decreto 314/2006 de 17 xx xxxxx. el CT DB Código Técnico Documento Básico HE1 Ahorro de Energía.
2.1.5. Basuras
Código Técnico de la Edificación. Real Decreto 314/2006 de 17 xx xxxxx.
Desechos y residuos sólidos urbanos. Ley 42/1975 de la Jefatura del Estado del 19-XI-75.
B.O.E. 21-Nov-75.
2.1.6. Electricidad
Baja Tensión
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias, se- gún Real Decreto 842/2002 de 2 xx xxxxxx.
Reglamento y corrección de errores sobre regulación de las actividades de transporte, dis- tribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica según Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.
Reglamento de verificaciones eléctricas y regularidad en el suministro de energía eléctrica según Decreto de 12 xx Xxxxx de 1954 B.O.E. de 28 xx Xxxx de 1954 e instrucciones complementarias según Real Decreto 724/1979 de 2 de Febrero B.O.E. de 7 xx Xxxxx de 1979.
Normas particulares de la compañía suministradora.
Condiciones impuestas por las entidades públicas afectadas.
2.1.7. Energía
Código Técnico de la Edificación. Real Decreto 314/2006 de 17 xx xxxxx.
2.1.8. Estructura de ladrillo
Real Decreto 314/ 2006 de 17 xx Xxxxx - CT DB Código Técnico de la edificación – Docu- mento básico SE-F Seguridad Estructural, Fabrica.
Real Decreto 314/ 2006 de 17 xx Xxxxx - CT DB Código Técnico de la edificación – Docu- mento básico SE- Seguridad Estructural.
Igualmente deberá cumplirse el "Pliego General de Condiciones para la recepción de ladrillos cerámicos en las obras de construcción RL-88. *
2.1.9. Madera
Marca de calidad para puertas xxxxxx xx xxxxxx. Decreto 2714/71, del Ministerio de Indus- tria del 14-Oct-71. B.O.E. 8-Nov-71.
Desarrollo del Decreto 2714/1971 de 14 de Octubre. sobre utilización y concesión de la marca de calidad a los fabricantes de puertas xxxxxx xx xxxxxx. Orden del Ministerio de Industria del 16-Feb-72. B.O.E. 14-Mar-72. Corrección de errores B.O.E. 11-Abr-72. Modi- ficación B.O.E. 7-VII-72.
Modificación de la Instrucción reguladora de la concesión de la marca de calidad para puer- tas xxxxxx xx xxxxxx. Orden del Ministerio de Industria del 10-VII-78. B.O.E. 19-VIII-78.
Real Decreto 314/ 2006 de 17 xx Xxxxx - CT DB Código Técnico de la edificación – Docu- mento básico SE-M Seguridad Estructural, Madera
Real Decreto 314/ 2006 de 17 xx Xxxxx - CT DB Código Técnico de la edificación – Docu- mento básico SE- Seguridad Estructural.
2.1.10. Medio ambiente
Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Capítulo III. De- creto 2414/1961 de la Presidencia del Gobierno del 30 Nov-61. B.O.E. 7-Dic-61. Correc- ción de errores B.O.E. 7-Mar-62.
Instrucciones complementarias para la aplicación del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Orden del Ministerio de la Gobernación del 15-Mar-63.
B.O.E. 2-Abr-63.
Protección del ambiente atmosférico. Ley 38/1972 de la Jefatura del Estado del 22-Dic-72.
B.O.E. 26-Dic-72.
Desarrollo de la Ley de protección del ambiente atmosférico. Decreto 833/1975 xxx Xxxxxxx- rio de Planificación del Desarrollo del 6-Feb-75. B.O.E. 22-Abr-75. Corrección de errores
B.O.E. 9-Jun-75. Modificación 23-Mar-79.
Decreto 171/1985 de 11 xx Xxxxx del Gobierno Xxxxx por el que se aprueban las Normas Técnicas de carácter general, de aplicación a las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas a establecerse en suelo urbano residencial. B.O. del País Xxxxx de 29 xx xxxxx de 1.985.
Ley 3/98 de 27 de Febrero, General de protección del medio ambiente del País Xxxxx y de- creto 165/1999 de 9 xx Xxxxx.
2.1.11. Pintura
Norma Tecnológica de la Edificación NTE-RPP-76 sobre "Revestimiento de paramento: Pinturas.
Normas UNE relativas a la fabricación y control industrial que se señalan en la especifica- ción de control de calidad.
Capítulo 7.4. Pintura xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas de la Dirección General de Arqui- tectura 1.960 en lo que no se oponga a el CTE ó las Normas Tecnológicas.
2.1.12. Protección contra incendios
Código Técnico de la Edificación. Real Decreto 314/2006 de 17 xx xxxxx.
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias, se- gún Real Decreto 842/2002 de 2 xx xxxxxx.
2.1.13. Seguridad y salud en el trabajo
Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. *
Instrucción para la ampliación de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. *
Real Decreto 486/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo. *
Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la uti- lización por los trabajadores de los Equipos de Protección Individual. *
Real Decreto 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los Equipos de Trabajo. *
Real Decreto 1627/1997, por lo que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. *
Reglamento de los servicios de prevención. R.D. 39/1997, de 17 de Enero. B.O.E. nº 27 de 31 de Enero. *
Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo. R.D. 485/1997, de 14 xx Xxxxx. B.O.E. nº 97, de 23 xx Xxxxx. *
Disposiciones mínimas de seguridad y Salud relativas a la manipulación manual de caras que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. R.D. 487/1997, de 14 xx Xxxxx. B.O.E. nº 97, de 23 xx Xxxxx. *
Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. R.D. 488/1997, de 14 xx Xxxxx. B.O.E. nº 97, de 23 xx Xxxxx. *
Reglamento de seguridad e higiene en el trabajo en la industria de la construcción. Orden del Ministerio del Trabajo del 20-May-52. B.O.E. 15-Jun-52. Corrección de errores B.O.E. 22-Dic-53.
Ordenanza de trabajo para las industrias de la construcción, vidrio y cerámica. Cap. XVI. Orden del Ministerio de Trabajo del 28-Ago-70. B.O.E. 5, 7, 8 y 9-Sep-70. Corrección de errores B.O.E. 17-Oct-70. Interpelación de varios artículos B.O.E. 28-Nov. y 5-Dic-70.
Ordenanza general de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Orden del Ministerio del Trabajo del 9-Mar-71. B.O.E. 16 y 17-Mar-71.
2.1.14. Vidrio
Manual xxx Xxxxxx editado por CITAV. *
2.1.15. Vivienda
Resolución de la Dirección General de Servicios Sociales de 5 de Octubre de 1.976. Apro- bación de normas sobre supresión xx xxxxxxxx arquitectónicas en las edificaciones. B.O.E. de 28 de Octubre de 1.976. *
Orden del 3 xx Xxxxx de 1.980. Características de los accesos, aparatos elevadores y con- diciones interiores de las viviendas para minusválidos. B.O.E. 18 xx Xxxxx de 1.980. *
Ley 13/1982. B.O.E. de 30 xx Xxxxx de 1.982. Integración social de los minúsválidos. *
Real Decreto 556/1989 de 19 xx Xxxx. (B.O.E. 23 xx Xxxx). Medidas mínimas sobre acce- sibilidad en los edificios. *
Ley 15/1995 de 30 xx Xxxx, (B.O.E. 31 xx Xxxx de 1.995). Barreras Arquitectónicas. *
B.O.P.V. de 21 xx Xxxx de 1.981. Decreto para la supresión xx xxxxxxxx urbanísticas. *
B.O.P.V. de 19 de Enero de 1.984. Decreto para la supresión xx xxxxxxxx arquitectónicas.*
Ley 20/1997 de 4 de Diciembre, para promoción de la accesibilidad (BOPV de 24 de Di- ciembre de 1.997). *
2.1.16. Yeso
Pliego General de Condiciones para la recepción de yesos y escayolas en las obras de construcción. RY-85. Orden de Presidencia del Gobierno del 31 xx Xxxx de 1.985. B.O.E. 10/6/85. *
2.1.17. Normas–recomendaciones y ordenanzas municipales
Queda obligado al cumplimiento de las Normas, Recomendaciones y Ordenanzas Municipales y muy especialmente al cumplimiento de las condiciones exigidas en la Licencia de Obra y de Construcción.
2.1.18. Demoliciones
NTE-ADD/1975
2.1.19. Control de calidad
(B.O.P.V.) Decreto Control de Calidad 238/1.996 de 22 de Octubre. Orden del 7 de Noviembre de 1.996. *
Normativa controlada por Idom.
3. Albañilería
3.1. Condiciones que han de cumplir los materiales
3.1.1. Materiales para hormigones y morteros
Xxxxxxse a lo especificado en el capítulo de Estructura.
3.1.2. Acero
Xxxxxxse a lo especificado en el capítulo de Estructura.
3.1.3. Materiales auxiliares de hormigones
Xxxxxxse a lo especificado en el capítulo de Estructura.
3.1.4. Encofrados
Xxxxxxse a lo especificado en el capítulo de Estructura.
3.1.5. Aglomerantes excluido el cemento
Cal hidráulica
Cumplirá las siguientes condiciones:
Peso específico comprendido entre dos enteros y cinco décimas y dos enteros y ocho déci- mas.
Densidad aparente superior a ocho décimas.
Pérdida de peso por calcinación al rojo blanco menor del doce por ciento.
Fraguado entre nueve y treinta horas.
Residuo de tamiz cuatro mil novecientas mallas menor del seis por ciento.
Resistencia a la tracción de pasta pura a los siete días superior a ocho kilogramos por cen- tímetro cuadrado. Curado de la probeta un día al aire y el resto en agua.
Resistencia a la tracción del mortero normal a los siete días superior a cuatro kilogramos por centímetro cuadrado. Curado de la probeta un día al aire y el resto en agua.
Resistencia a la tracción de pasta pura a los veintiocho días superior a ocho kilogramos por centímetro cuadrado y también superior en dos kilogramos por centímetro cuadrado alcan- zada al séptimo día.
Yeso grueso
Deberá cumplir las siguientes condiciones:
El contenido en sulfato de cálcio semihidratado (SO4 Ca ½ H2O) será como mínimo del cin- cuenta por ciento en peso.
El fraguado no comenzará antes de los dos minutos y no terminará después de los treinta minutos.
La finura de molienda en el tamiz 0.2. UNE 7050. Se rechazará si el porcentaje retenido en el tamiz es superior al 50 por ciento.
Las probetas prismáticas 4 x 4 x 16 cm de pasta normal ensayadas a flexión con una sepa- ración entre apoyos de 10,67 cm resistirán una carga central de 120 Kg. como mínimo.
La resistencia a compresión determinada sobre medias probetas procedentes del ensayo a flexión, será como mínimo setenta y cinco kilogramos por centímetro cuadrado.
La toma de muestras se efectuará como mínimo en un tres por ciento de los sacos. Los ensa- yos se efectuarán según las normas UNE 7064 y 7065. De cada saco se tomarán cantidades equivalentes, evitando que sean de la capa superior. El conjunto de muestras se homogeneiza- rá íntimamente y se llenarán tres recipientes de 5 Kg. (uno para el vendedor, otro para el labo- ratorio y otro para el comprador).
3.1.5.1. Xxxx xxxxxx, yeso fino
Deberá cumplir las siguientes condiciones:
El contenido en sulfato de calcio semihidratado (S04 Ca ½ H2O) será como mínimo del se- senta y seis por ciento.
El fraguado no comenzará antes de los dos minutos y no terminará después de los treinta minutos.
El residuo en tamiz 1.6 UNE 7050 no será mayor del uno por ciento.
La finura de molienda en el tamiz 0.2, UNE 7050. Se rechazará si el porcentaje retenido en el tamiz es superior al 15%.
Las probetas prismáticas 4 x 4 x 16 cm de pasta normal ensayadas a flexión con una sepa- ración entre apoyos de 10.67 cm resistirán una carga central de 160 kg como mínimo.
La resistencia a compresión medida sobre medias probetas procedentes de ensayos de fle- xión será como mínimo de cien kilogramos por centímetro cuadrado. La toma de muestras se efectuará como mínimo en un 3% de los sacos. De cada saco se tomarán cantidades equivalentes, evitando que sean de la capa superior. El conjunto de muestras se homoge- neizará íntimamente y se llenarán tres recipientes de 5 Kg. (uno para el vendedor, otro para el laboratorio y otro para el
3.1.6. Ladrillos
Características técnicas exigibles
Cumplirán las prescripciones xxx Xxxxxx General de Condiciones para la recepción de los ladri- llos cerámicos en las obras de construcción "RL-88", la norma UNE 67.019. Todos los ladrillos y bloques serán de 1ª calidad y cumplirán la XXX XX-00. "Muros resistentes de fábrica de ladri- llo". Todos los ladrillos cara-vista, deberán estar homologados con el sello INCE. La capacidad de absorción de agua no será superior al 22% en peso.
La succión no será superior a 0,45 g/cm2.min.
Los ladrillos y bloques a utilizar en fábrica vistas exteriores deberán ser calificados como no he- ladizos según UNE 67.028.
Los de clase V deberán obtener además la calificación de no eflorescido o ligeramente eflores- cido según UNE 67.029.
Condiciones particulares de recepción
Antes del comienzo del suministro se realizarán los ensayos previos, en caso de no presentar- se certificado de ensayo realizado por un laboratorio ajeno al fabricante, según lo especificado por el Pliego RL-88.
En cada lote compuesto por el conjunto de bloques de igual designación recibidos en obra en una misma unidad de transporte o en varias en un día, o por 1.000 m2 o fracción, se determina- rán las siguientes características, según las normas que se especifican como ensayos de con- trol:
Características dimensionales y de forma, defectos, UNE 67.019, 67.030 y RL-88.
Absorción UNE 67.027.
Succión, UNE 67.031.
Eflorescencia UNE 67.029
Resistencia a compresión, UNE 67.026.
Resistencia a la helada, UNE 67.028.
Masa, RL-88.
Coloración, UNE 67.019.
Los ensayos 4, 6 y 8 se realizarán para ladrillos de clase V. El 5, para tipo M o P, y tipo H en fábricas resistentes.
El 6, sólo en fábricas vistas en exteriores.
La muestra estará compuesta por 24 unidades, realizándose los ensayos 1, 5 y 7 sobre 6 uni- dades, el 2 y el 3 sobre 3, el 6 sobre 12 y el 4 y el 8 sobre 6 unidades.
3.2. Condiciones para la ejecución de unidades de obra
3.2.1. Generalidades
Comprende el suministro, transporte, colocación y perfecto acabado de todos los elementos que forman parte del capítulo de albañilería y las ayudas correspondientes al resto de colabo- radores de las obras.
No se permitirá la utilización en obra de cementos lentos, ni especiales, ni hidráulica. Igualmen- te no se permitirá la utilización de mezclas entre cementos de distintas características, cemen- tos con yesos, adiciones de yeso o mortero de cemento, masas muertas o que haya dado co- mienzo al fraguado del cemento, mortero con exceso de agua, etc., etc.
Salvo especificación concreta y opuesta, todos los morteros que se utilicen en albañilería serán morteros de cemento Portland y cumplirán RC-97 y XXX XX-00. En general las resistencias de los morteros serán, aproximadamente, iguales a las que va a trabajar el material que une el mortero y cuya dosificación estará supeditada al coeficiente de trabajo soportado por el mismo, exceptuándose los casos especiales o que la Dirección de Obra así lo ordene.
Todos los morteros de cemento que se utilicen cumplirán la Norma Básica de la Edificación XXX XX-00 "Muros resistentes de fábrica de ladrillo", según R.D. 1723/1990 de 20 de Diciem- bre de 1.990. Igualmente cumplirá, en lo que le afecte, el "Pliego General de Condiciones para la recepción de los ladrillos cerámicos en las obras de construcción" RL-88. Cumplirán la norma NBE-FL-90 en especial a su resistencia a compresión y nunca deberá ser inferior a (M-20), (M- 40), (M-80), etc., en todo aquello que no se oponga a la NBE-AE-88 de obligado cumplimiento.
Los morteros que se empleen en obra deberán tener como mínimo una densidad de 2.000 kg/m3.
Para la absorción de agua de los morteros en general será de aplicación el "Pliego General de Condiciones Varias de la Edificación" en su Art. 22 (referente al hormigón) que dice: "Como condición general del término medio de absorción se juzgará aceptable cuando no exceda del seis por ciento en peso del hormigón, previamente desecado". En cualquier caso el mortero que se utilice en fachadas y patios exteriores, la absorción de agua del mortero nunca deberá ser superior a la absorción de agua del bloque que se utilice, ni excederá de lo indicado ante- riormente, es decir, del seis por ciento en peso del mortero, previamente desecado.
Las cámaras de aire de los cerramientos quedarán perfectamente limpias y con ventilación con- trolada en aquellos casos que así lo dictamine la Dirección de la Obra. Siempre que se efec- túen cerramientos con cámaras se dejarán registros por el interior para su posterior limpieza. Dichos registros se colocarán a distancias inferiores a 80 cm entre los mismos y en la parte in- ferior. También se limpiarán los Shunt.
Cuando el paramento donde se efectúe un levante lleve rodapié xx xxxxxx, se dejarán aloja- dos y recibidos tacos cada 50 cm para el posterior clavado del rodapié.
En la colocación de estos tacos se tendrán en cuenta los niveles de tarima y rodapié.
Se evitarán los posibles "puentes térmicos" entre el levante exterior y el tabique interior median- te el aislamiento de dichas zonas, tratándose igualmente las zonas de posibles "puentes térmi- cos" como puedan ser, zonas de alfeizares, mochetas, dinteles, forjados, etc., etc.
El cerramiento de fachadas se ejecutará bloque de hormigón 1ª calidad de acuerdo con la es- pecificación que se concreta en el presupuesto de la obra.
El ladrillo que se utilice obligatoriamente deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación "NBE FL-90", no será heladizo ni tendrá posibilidad de tener eflorescencias, exigiéndose el se- llo de calidad INCE. Además se exigirá lo especificado en el Artículo 8 "Materiales para fábrica y forjados de V.2." Condiciones que han de cumplir los materiales de este Pliego de Condicio- nes Técnicas.
Igualmente la plaqueta y demás piezas especiales cumplirán la "NBE FL-90" y resto de condi- ciones exigidas al ladrillo y tendrán igual calidad, color, etc.
Tanto el ladrillo el bloque como la plaqueta se colocarán con una llaga aproximadamente 8 mm bien terminada y pulida.
Antes de proceder a la colocación del bloque y/o ladrillo se realizará un replanteo previo de las hiladas, llegada y encuentro con la carpintería en el doble sentido, vertical y horizontal, y resto de huecos y de composición de fachadas, plomos, etc., etc.
El levante de los muros se ejecutará con andamios reglamentarios.
Cuando se prevea ejecutar con bloque o piezas especiales la formación de alféizares, deberá incluirse en el precio el referido trabajo, así como cualquier otro que forme parte de las facha- das (jardines, casetones, remates de Shunt, pilares de lonjas, etc., etc.).
Se preverá e incluirá en el mismo precio la colocación de tubos de aluminio o cualquier otro material, en desagües de balcones y terrazas.
El levante de bloque y plaqueta se ejecutará con andamios reglamentarios y desde el exterior del edificio.
El levante de los muros se efectuará con mortero de cemento y arena caliza con dosificación 1:5, no debiendo tener el referido mortero una absorción de agua superior al 6%. También po- drá exigirse la utilización xx xxxxxx de río lavadas, o de graveras naturales lavadas o bien are- na silícea.
Todo el bloque y la plaqueta se limpiarán durante su colocación, en fresco y nuevamente debe- rán lavarse y limpiarse poco tiempo antes de finalizar la obra, pudiéndose utilizar productos de limpieza de la Firma Fosroc o de características similares.
Se formarán juntas verticales en encuentros con carpintería para evitar puentes térmicos.
Todo el mortero a utilizar en el cierre exterior de fachada será de cemento 1:5, usándose sólo arena caliza.
Los alféizares siempre llevarán su correspondiente goterón y pendiente. En los alféizares pre- fabricados se exigirá una armadura para evitar fisuras y roturas. Todos los dinteles llevarán su correspondiente goterón y la pendiente hacia el exterior, antes de llevar a obra deberán estar bien curados, debiéndose acopiar en obra con mucho cuidado para evitar fisuraciones.
Se tendrá especial cuidado en el transporte, manejo y colocación de los alféizares, llevándolos siempre xx xxxxx hasta su colocación.
Todas las juntas de los alféizares irán selladas con los productos adecuados, de acuerdo con lo especificado en el pliego correspondiente. Bajo las juntas transversales de los alféizares, se dispondrá una banda de lámina impermeabilizante, sobre la fábrica, para evitar la eventual en- trada de agua por fallo del sellado.
Los yesos a emplear serán de marca homologada y con sello de calidad INCE y se desecharán todos los que no cumplan la normativa o queden muertos en su colocación.
Todos los raseos o guarnecidos y enlucidos quedarán perfectamente lisos, sin alabeos ni des- plomes y sus superficies quedarán en perfectas condiciones para recibir pintura.
Las zonas ocultas por techos falsos no se rasearán sin consentimiento expreso de la Dirección de Obra.
Tanto en los raseos o guarnecidos como en los enlucidos, se exigirán aristas muy cuidadas y ángulos bien encuadrados y rematados, demoliéndose todo trabajo defectuoso.
Las zonas ocultas por falsos techos no se guarnecerán, salvo en los casos que lo estime la di- rección de Obra.
El raseo o guarnecido y enlucido xx xxxxxxxx se ejecutará en las mismas condiciones que el de rampas y mesetas.
Cuando haya que revestir la estructura de hormigón o se encuentre el levante de bloque con zonas de hormigón, pilares, vigas, forjados, etc., siempre habrá que proceder a limpiar bien la superficie del contacto entre hormigón y albañilería y a colocar una banda de mallatex o similar sobre la junta, de acuerdo con las instrucciones del fabricante, para evitar la fisuración de la junta.
En tiempo caluroso o soleado, deberá humedecerse muy bien los paramentos de trabajo, para evitar que el material soporte absorba el agua de mortero del revestimiento portante.
El raseo hidrófugo o enfoscado exterior sobre techos y paredes exteriores será para lugares de obra como patios, vuelos, fachadas, casetones de remate de ascensores, etc.
Los raseos exteriores de los remates de los Shunt se harán con mortero 1:3 y la sujeción de los aros y del remate se hará con redondos de ø 14 mm galvanizados en caliente y anclados con resina epoxi, tendrán forma xx xxxx.
Deberán sellarse las juntas de la base del remate superior. En la base se deberá prever la re- cogida de láminas asfálticas de la cubierta. En algunos casos en estas columnas se meterán las ventilaciones de bajantes y cubiertas.
El constructor deberá facilitar agua, energía eléctrica, servicios, etc., a todo el personal de obra, tanto si son trabajadores propios como ajenos. Tendrá la obligación de comprobar si la presión y caudal del agua de red es suficiente para la ejecución de las obras, en caso negativo deberá prever los equipos necesarios para facilitar un buen suministro de agua a todas las plantas de la obra.
3.2.2. Fábrica de ladrillo
Como norma general para toda la fábrica de ladrillo, indistintamente el grosor de ladrillo que se utilice y la manera de colocarlos así como de sus morteros, obligatoriamente deberá cumplirse lo especificado en los DBs respecto a muros resistentes de fábrica de ladrillo. Igualmente se deberá cumplir el "Pliego General de Condiciones para la recepción de los ladrillos cerámicos en las obras de construcción" RL-88.
Los ladrillos se colocarán según los aparejos reseñados en el proyecto. Antes de colocarlos se mojarán en agua. El humedecimiento deberá ser hecho inmediatamente antes de su empleo, debiendo estar sumergidos en agua diez minutos al menos. Salvo especificaciones en contra- rio, el tender debe tener un espacio xx xxxx milímetros (10 mm).
Todas las hiladas deben quedar perfectamente horizontales y con la cara buena perfectamente plana, vertical y a paño con los demás elementos con los que deba coincidir. Para ello se hará uso de las miras necesarias, colocando la cuerda en las divisiones o marcas hechas en las mi- ras.
Salvo indicación en contra, se empleará mortero M-40 y M-80 (o equivalente en N/mm2 según la nueva normativa: X0, X00 etc) de dosificación 1:6 y 1:4, aunque también, a veces, se utiliza- rán morteros de otras características que se especificarán en su unidad o partida.
Al interrumpir el trabajo, se quedará el muro en adaraja para trabar al día siguiente la nueva fá- brica con la anterior. Al reanudar el trabajo se regará la fábrica antigua limpiándola de polvo y repicando el mortero.
Las unidades en ángulo se harán de manera que pase medio ladrillo de un muro contiguo, al- ternándose las hiladas.
Todo ladrillo que se utilice no será eflorescente y tendrá las ranuras suficientes para un buen agarre de los morteros.
3.2.3. Morteros
Dosificación de morteros
Se fabricarán los tipos de morteros específicos en las unidades de obra indicándose cual ha de emplearse en cada caso para la generación de las distintas unidades de obra.
Fabricación de morteros
Los morteros se fabricarán en seco, continuándose el batido después de verter el agua en la forma y cantidad fijada, hasta obtener una pasta homogénea de color y consistencia uniforme sin palomillas ni grumos.
3.2.4. Fachadas
Materiales
Bloques, morteros de cemento y cales cumplirán lo establecido en el apartado correspondiente de este Pliego.
Ejecución
Se cumplirá lo establecido en la XXX XX-00 "Muros resistentes de fábrica de ladrillo" en el Ca- pítulo VI "Condiciones de ejecución".
Tras el replanteo de las fábricas a realizar, las dimensiones estarán dentro de las tolerancias admitidas en dicho capítulo.
Los bloques se colocarán según el aparejo que determine el Proyecto, siempre a restregón y sin moverlos después de efectuada la operación.
Las juntas quedarán totalmente llenas de mortero.
Las fábricas se levantarán por hiladas horizontales, salvo cuando dos partes hayan xx xxxxx- tarse en épocas distintas, en cuyo caso la primera se dejará escalonada.
Las fábricas recientemente ejecutadas se protegerán de la lluvia con material impermeable. Si ha helado antes de iniciar la jornada, no se reanudará el trabajo sin haber revisado escrupulo- samente lo ejecutado en las 48 h anteriores y se demolerán las partes dañadas, no realizándo- se partes nuevas si continua helando en ese momento. En caso de fuerte calor o sequedad, se mantendrá húmeda la fábrica a fin de evitar una rápida y perjudicial desecación del agua del mortero.
Los encuentros de esquinas o con otros muros se harán mediante enjarjes en todo su espesor y en todas las hiladas. El cerramiento quedará plano y aplomado, y tendrá una composición uniforme en toda su altura.
Deberá dejarse una holgura de 2 cm entre la hilada superior y el forjado o arriostramiento hori- zontal, que se llenará de mortero 24 h después.
Las barreras antihumedad cumplirán la NBE QB-90. Se colocarán sobre superficie limpia y xxxx de forma continua, con solapos mínimos de 7 cm.
Las barreras de arranque sobre cimentación, se colocarán al menos una hilada por debajo del primer elemento estructural horizontal y a una altura mínima sobre el nivel del terreno de 30 cm.
Las barreras en cámara se adaptarán a la pendiente formada con el mortero, dejando sin relle- nar una llaga cada 1,5 m en la primera hilada apoyada sobre la lámina.
Control y criterios de aceptación y rechazo
Materiales: El control de recepción de los materiales se realizará de acuerdo con lo establecido en los apartados correspondientes de este Pliego y su aceptación conllevará el cumplimiento de las características técnicas en ellos exigidas.
Ejecución: Las desviaciones admisibles serán las siguientes:
En el replanteo, variaciones inferiores a + 10 mm entre ejes parciales o + 30 mm entre ejes.
No se admitirán desplomes con variaciones superiores a + 10 mm por planta y a + 30 mm en la altura total.
En cotas de proyecto no se admitirán, en altura, variaciones superiores a + 15 mm en las par- ciales y a + 25 mm en las totales.
La planeidad de paramentos comprobada con regla de 2 m no presentará variaciones superio- res a + 10 mm en paramentos para revestir y a + 5 mm en paramentos sin revestimiento.
Los materiales o unidades de obra que no se ajusten a lo especificado, deberán ser retirados de la obra, en su caso, demolida o reparada la parte de obra afectada.
3.2.5. Tabiques
Materiales
Bloques de cemento/ladrillos y cales cumplirán lo establecido en el apartado correspondiente de este Pliego.
Ejecución
Se cumplirá lo establecido en la XXX XX-00 "Muros resistentes de fábrica de ladrillo" en el Cap. VI "Condiciones de ejecución".
Tras el replanteo de la fábrica a realizar, las dimensiones estarán dentro de las tolerancias ad- mitidas en dicho capítulo.
Los bloques/ladrillos se sumergirán brevemente en agua antes de su colocación.
Los bloques/ladrillos se colocarán según el aparejo que determine el Proyecto, siempre a res- tregón y sin moverlos después de efectuada la operación.
Las juntas quedarán totalmente llenas de mortero.
Las fábricas se levantarán por hiladas horizontales, salvo cuando dos partes hayan xx xxxxx- tarse en épocas distintas, en cuyo caso la primera se dejará escalonada.
Las fábricas recientemente ejecutadas se protegerán de la lluvia con material impermeable. Si ha helado antes de iniciar la jornada, no se reanudará el trabajo sin haber revisado escrupulo- samente lo ejecutado en las 48 h anteriores, y se demolerán las partes dañadas, no realizán- dose partes nuevas si continúa helando en ese momento. En caso de fuerte calor o sequedad, se mantendrá húmeda la fábrica a fin de evitar una rápida y perjudicial desecación del agua del mortero.
Los encuentros de esquinas o con otros muros se harán mediante enjarjes en todo su espesor y en todas las hiladas. El cerramiento quedará plano y aplomado y tendrá una composición uni- forme en toda su altura.
Deberá dejarse una holgura de 2 cm entre la hilada superior y el forjado o arriostramiento hori- zontal, que se rellenará de mortero 24 h después.
Las barreras antihumedad cumplirán la NBE-QB-90. Se colocarán sobre superficie limpia y xxxx de forma continua, con solapes mínimos de 7 cm.
Las barreras en arranque sobre cimentación, se colocarán al menos una hilada por debajo del primer elemento estructural horizontal y a una altura mínima sobre el nivel del terreno de 30 cm.
Las barreras en cámara se adaptarán a la pendiente formada con el mortero, dejando sin relle- nar un llaga cada 1,5 m en la primera hilada apoyada sobre la lámina.
Control y criterios de aceptación y rechazo
Materiales: El control de recepción de los materiales se realizará de acuerdo con lo establecido en los apartados correspondientes de este Pliego y su aceptación conllevará el cumplimiento de las características técnicas en ellos exigidas.
Ejecución: Las desviaciones admisibles serán las siguientes:
En el replanteo, variaciones inferiores a + 10 mm entre ejes parciales o + 30 mm entre ejes. No se admitirán desplomes con variaciones superiores a + 30 mm en la altura total.
En altura no se admitirán variaciones superiores a + 15 mm en las parciales y a + 25 mm en las totales.
La planeidad de paramentos comprobada con regla de 2 m no presentará variaciones superio- res a + 10 mm en paramentos para revestir y a + 5 mm en paramentos sin revestimiento.
Los materiales o unidades de obra que nos e ajusten a lo especificado, deberán ser retirados de la obra, o en su caso, demolida o reparada la parte de obra afectada.
3.2.6. Enfoscados de techos
Materiales
Cumplirán la establecido en los apartados correspondientes de este Pliego.
Ejecución
Los enfoscados se realizarán sobre paramentos rugosos, previamente limpios y humedecidos, en capas de 15 mm de espesor máximo. Los elementos estructurales xx xxxxx que vayan a ser enfoscados, serán forrados previamente con piezas cerámicas o de cemento.
No serán aptas para enfoscar las superficies de yeso ni las superficies realizadas con materia- les de resistencia análoga o inferior al yeso.
Cuando se vayan a enfoscar elementos verticales no enlazados, se colocará una tela vertical de refuerzo. El enfoscado se cortará en las juntas verticales del edificio.
El enfoscado se protegerá durante la ejecución de las inclemencias del tiempo, y se mantendrá húmedo hasta que el mortero haya fraguado.
Los diferentes acabados, previos al final del fraguado que el enfoscado admitirá, se ejecutarán de la siguiente forma:
Rugoso: bastará el acabado que dé el paso de regla.
Fratasado: se pasará el fratás sobre la superficie todavía fresca, hasta conseguir que ésta que- da plana.
Bruñido: se conseguirá una superficie xxxx aplicando con la llana una pasta de cemento, tapan- do poros e irregularidades.
Cuando el enfoscado sea maestreado, las maestras no estarán separadas más de 1 m.
Control y condiciones de aceptación y rechazo
Materiales: La aceptación será efectiva, una vez realizados los ensayos de control de recepción de los diferentes materiales que intervienen especificados en los correspondientes apartados de este pliego, con el cumplimiento de las características técnicas en ellos exigidas.
Ejecución: Los criterios de aceptabilidad serán los definidos en el apartado de "Control de la ejecución" de la norma NTE-RPE (Revestimientos de paramentos. Enfoscados), y lo especifi- cado en el CTE I.
Los materiales o unidades de obra que no se ajusten a lo especificado deberán ser retirados o, en su caso, demolida o reparada la parte de obra afectada.
3.2.7. Guarnecido y enlucido en techos
Materiales
Yesos, escayola y agua cumplirán lo establecido en el apartado correspondiente de este Plie- go.
Ejecución
No se aplicarán revestimientos de yeso sobre paramentos de locales con elevada humedad, ni directamente sobre superficies xx xxxxx.
La pasta de yeso se aplicará inmediatamente después del amasado, sin adición posterior de agua.
Los tendidos y guarnecidos se aplicarán sobre superficies limpias y húmedas, previo recibido de puertas y ventanas. La distancia horizontal entre maestras de un mismo paño no será supe- rior a 3 m. para lo cual se situarán maestras intermedias cuando sea necesario. Se colocarán maestras en esquinas, rincones y guarniciones de huecos. Los espesores serán de 15 mm pa- ra los tendidos y de 12 mm para los guarnecidos.
Los enlucidos se aplicarán sobre guarnecidos o enfoscados ya fraguados, de manera que no se desprendan al aplicar aquéllos. El espesor será de 3 mm.
Las superficies tendrán absoluta planeidad, quedando libres de coqueras y resaltos. Todos los revestimientos se cortarán en las juntas estructurales del edificio.
Control y criterios de aceptación y rechazo
Materiales: La aceptación será efectiva, una vez realizados los ensayos del control de recep- ción de los diferentes materiales que intervienen especificados en los correspondientes aparta- dos de este Pliego, con el cumplimiento de las características técnicas en ellos exigidas.
Ejecución: Los criterios de aceptabilidad serán los definidos en el apartado "Control de la Eje- cución" de la norma NTE RPG (Revestimientos de paramentos. Guarnecidos y enlucidos).
Los materiales o unidades que no se ajusten a lo especificado deberán ser retirados, o en su caso, demolida o reparada la parte de obra afectada.
3.2.8. Enfoscado vertical
Son revestimientos continuos realizados con mortero de cemento, cal o mixtos en paredes y te- chos interiores o exteriores.
Antes de la ejecución del enfoscado se comprobará que:
Para enfoscados interiores, estará terminada la cubierta o tendrá al menos tres plantas for- jadas terminadas por arriba.
Se humedecerá el soporte previamente limpio.
En tiempo de heladas se suspenderá la ejecución y se comprobará la parte enfoscada al reanudar los trabajos.
En tiempo lluvioso se suspenderá la ejecución cuando el paramento no esté protegido y se cubrirá la superficie con lonas o plásticos.
En tiempo extremadamente seco y caluroso o en superficies sobrecalentadas expuestas al sol, se suspenderá la ejecución. Igualmente se suspenderá cuando la superficie esté ex- puesta a vientos secos y cálidos.
Después de la ejecución del enfoscado:
Una vez transcurridas 24 horas de su ejecución se mantendrá húmeda la superficie enfos- cada hasta que el mortero haya fraguado.
No se fijarán elementos sobre el enfoscado hasta que hay fraguado y no antes de 7 días.
Los enfoscados de cemento se harán con cemento de 550 kg, por m3 de pasta, en paramentos exteriores y de 500 kg de cemento por m3 en paramentos interiores empleándose arena de río x xx xxxxxxxx, lavada para su confección.
Antes de extender el mortero se prepara el paramento sobre el cual haya de aplicarse.
En todos los casos se limpiarán bien de polvo los paramentos y se lavarán, debiendo estar hú- meda la superficie de la fábrica antes de extender el mortero. La fábrica debe estar en su inte- rior perfectamente seca.
Las superficies de hormigón se picarán regándose antes de proceder al enfoscado.
Preparada así la superficie, se aplicará con fuerza el mortero sobre una parte del paramento por medio de la llana, evitando echar una porción de mortero sobre otra ya aplicada. Así se ex- tenderá una capa que se irá regularizando al mismo tiempo que se coloca para lo cual se reco- gerá con el canto de la llana el mortero.
Sobre el revestimiento blando todavía se volverá a extender una segunda capa, continuando así hasta que la parte sobre la que se haya operado tenga conveniente homologación.
Al emprender la nueva operación habrá fraguado la parte aplicada anteriormente. Será necesa- rio pues, humedecer sobre la junta de unión antes de echar sobre ellas las primeras xxxxxx xxx xxxxxxx.
La superficie de los enfoscados debe quedar áspera para facilitar la adherencia del revoco que se eche sobre ellos. En el caso de que la superficie deba quedar fratasada se dará una segun- da capa de mortero fino con el fratasado.
Si las condiciones de temperatura y humedad lo requieren a juicio de la Dirección Facultativa, se humedecerán diariamente los enfoscados, bien durante la ejecución o bien después de ter- minada para que el fraguado se realice en buenas condiciones.
Condiciones de ejecución
El soporte presentará una superficie rugosa y limpia. Se extenderá en capas de espesor máxi- mo 15 mm Cuando se precise mayor grosor, se realizará en capas sucesivas que no superen el espesor máximo.
Los espesores mínimos serán:
Cuando el revestimiento quede visto o se utilicen revestimientos ligeros (pintura, flexibles) 15 mm en paredes exteriores y 12 mm en techos exteriores y paredes interiores.
Cuando el revestimiento debe recibir estucos y revocos, 12 mm en paredes exteriores, 10 mm en todos los demás casos. Para revestir plaqueados, el espesor mínimo en cualquier elemento serán 10 mm. Para recibir enlucido de yeso, el espesor mínimo para paredes inte- riores y techos será de 10 mm. Se humedecerán siempre los paños que deban ser revesti- dos, introduciendo el mortero en las irregularidades del soporte para aumentar su adheren- cia. La superficie del enfoscado se mantendrá húmeda hasta que el mortero haya fraguado. No se fijarán elementos sobre el enfoscado hasta que haya fraguado, y no antes de 7 días.
Se suspenderá la ejecución cuando se prevean riesgo de heladas, tiempo excesivamente calu- xxxx o sobrecalentamiento de paramentos expuestos al sol. Si la temperatura desciende por debajo de 2°C deberá templarse ligeramente el agua; si la temperatura supera los 30°C deberá humedecerse ligeramente la arena. Se respetarán las juntas estructurales y las que se definan en la documentación gráfica del proyecto.
Acabados de superficie
Rugosos, es el acabado que se obtiene con el paso de la regla; será de aplicación cuando sirva de soporte a un revoco, estucado o plaqueado de piezas mayores de 5 x 5 cm.
Fratasado, es el acabado que se obtiene al pasar sobre la superficie de revoco todavía fresca el fratás mojado en agua hasta conseguir que ésta quede plana, será de aplicación cuando sir- va de soporte a un enlucido, pintura rugosa, plaqueado en piezas no mayores de 5 x 5 cm, para quedar visto o encalado, pudiendo estar bajo la acción directa de la lluvia.
Bruñido, el que se obtiene de aplicar sobre la superficie todavía no endurecida, con llana, una pasta de cemento tapando los poros e irregularidades hasta conseguir una superficie xxxx, será de aplicación cuando sirva de soporte a una pintura xxxx o revestimiento flexible pegado y para dejar visto cuando vaya a estar sometido a un salpicado de agua.
Medición y abono
Se medirá en m2. Se descontarán los huecos de superficie igual o mayor a 1 m2, en cuyo caso se medirá el desarrollo del hueco.
Se abonará la superficie total ejecutada a los precios unitarios correspondientes, en los que se incluyen todos los materiales y operaciones propias de la unidad de obra y los auxiliares de preparación necesarios, así como piezas especiales, remates, telas metálicas galvanizadas pa- ra empalmes y los que sean precisos para el buen acabado de la unidad completamente termi- nada aunque no estén expresamente especificados.
Control y criterios de aceptación y rechazo
No se admitirán enfoscados con coqueras, grietas o defectos de uniformidad. En enfoscados maestreados cuando no se han ejecutado las maestras en aristas y esquinas, guarniciones de huecos. No se admitirán cuando la distancia entre maestras verticales sea superior a 1 m; cuando presenten defectos de planeidad superior a 3 mm, medido con regla de 1 m, cuando el grosor, dosificación o acabado no se ajusten a lo especificado. En enfoscados sin maestrear, cuando presenten defectos de planeidad mayores de 3 mm medido con regla de 1 m; cuando el grosor, dosificación o acabado no se ajusten a lo especificado.
3.2.9. Guarnecido y enlucido vertical
Con carácter previo a los guarnecidos, la Contrata deberá obligatoriamente efectuar los encha- pados, así como tapará todas las xxxxx con mortero de cemento y arena caliza M-80 y dosifica- ción 1.4; debiendo asimismo recubrir y tapar cualquier elemento metálico o redondo de la es- tructura que esté a la vista o se detecte su presencia. Todos los morteros quedarán en el mis- mo plano que el ladrillo, para lo cual antes de comenzar a extender el yeso deberá picarse los morteros salientes del paramento del ladrillo y se procederá a la limpieza de polvo u otros que pudieran existir en los paramentos a guarnecer.
Para ejecutar los guarnecidos se construirán previamente unas muestras de yeso que servirán de guía al resto del revestimiento, para ello se colocarán reglones xx xxxxxx bien rectos, es- paciados a un metro aproximadamente sujetándose con dos puntos de yeso en ambos extre- mos. El espesor medio de yeso a aplicar será de 15 mm y en ningún punto tendrá menos de 12 mm de grosor.
Los reglones deben estar perfectamente aplomados guardando una distancia de 1,5 a 2 cm aproximadamente del paramento a revestir. Las caras interiores de los reglones estarán situa- das en un mismo plano, para lo cual se tenderá una cuerda por los puntos superiores e inferio- res de yeso, debiendo quedar aplomados en sus extremos. Una vez fijos los reglones se regará el paramento y se echará el yeso entre cada reglón y el paramento, procurando que quede bien relleno el hueco, para ello se irán lanzando pelladas de yeso al paramento pasando una regla bien recta sobre las maestras quedando enrasado el guarnecido con las maestras.
Las masas de yeso habrá que hacerlas en cantidades pequeñas para ser usadas inmediata- mente y evitar su aplicación cuando esté "muerto". Se prohibirá tajantemente la preparación del yeso en grandes artesas con gran cantidad de agua para que vaya espesando según se vaya empleando, salvo que el yeso venga especialmente preparado para una vez batido mecánica- mente proceder a su uso.
Si el guarnecido va a recibir un enlucido posterior, quedará con su superficie rugosa a fin de fa- cilitar la adherencia del enlucido. En todas las esquinas que se ordenen, se colocarán guarda- vivos de plástico de 2,50 metros de altura. Su colocación se hará por medio de un reglón debi- damente aplomado que servirá, al mismo tiempo, para hacer la muestra de la esquina.
Los revestimientos interiores de yeso serán de alta dureza, realizados por aplicación manual o mecánica según la Dirección de Obra y se efectuarán conforme NTE RPG/74 y Pliego de Con- diciones para la recepción de yesos y escayolas en obras de construcción (RY-85). Los yesos de aplicación manual tendrán las siguientes características: agua de amasado máximo 50%, tiempo de empleo 30 minutos, riqueza en sulfato superior a 85%, dureza superficial 90 Uds. Shore C, después de seco, debiendo ser sus resistencia a flexotracción de 30 kg/cm2 y a com- presión de 80 kg/cm2. Los yesos de aplicación o proyección mecánica deberán cumplir las si- guientes condiciones: agua de amasado 60%, tiempo de empleo máximo 2 horas, riqueza en sulfato superior a 85%, dureza superficial 85 ó 90 Uds. Shore C, después de seco, debiendo ser su resistencia a flexotracción de 25 kg/cm2 y a compresión de 70 kg/cm2.
En cualquiera de los casos no se admitirán irregularidades debiendo quedar bien planos, sin que se observen grumos o yesos sin fraguar, ni eflorescencias en los paramentos, ni puntos negros por falta de cubrición del mortero del levante del ladrillo o de tapado xx xxxxx, puntos con óxidos, ni tampoco zonas cristalizadas o con salitre.
Para los enlucidos se usarán únicamente yesos blancos de primera calidad. Inmediatamente después de su amasado se extenderá sobre guarnecido de yeso hecho previamente, exten- diéndolo con la llana y apretando fuertemente hasta que la superficie queda completamente li- sa y fina. La dosificación estará supeditada al coeficiente de trabajo soportado por el mismo, exceptuándose los casos especiales o que la Dirección de Obra así lo ordene.
Quedará prohibido el picado o apertura xx xxxxx en pilares, vigas, cargaderos y elementos im- portantes de la estructura, salvo permiso expreso de la Dirección de Obra.
Control de criterios de aceptación y rechazo
Materiales: la aceptación será efectiva, una vez realizados los ensayos del control de recepción de los diferentes materiales que intervienen, especificados en los correspondientes apartados de este Pliego, con el cumplimiento de las características técnicas en ellos exigidas.
Ejecución: Los criterios de aceptabilidad serán los definidos en el apartado "Control de la Eje- cución" de la norma NTE-RPG (Revestimiento de paramentos. Guarnecidos y enlucidos), y los especificados en el CTE I.
Los materiales o unidades que no se ajusten a lo especificado deberán ser retirados, o en su caso, demolida o reparada la parte de obra afectada.
3.2.10. Revocos verticales
Materiales
Cumplirán lo establecido en el apartado correspondiente de este Pliego.
Condiciones generales de ejecución
Previamente al revoco se habrá ejecutado el recibido de cercos de puertas y ventanas, bajan- tes canalizaciones y de todo elemento fijado al paramento.
Se comprobará que el mortero del enfoscado soporte ha fraguado, limpiándose y humedecién- dose su superficie previamente a la aplicación del revoco.
Se suspenderá cuando se prevea que durante el tiempo de fraguado, la temperatura ambiente descienda por debajo de 0°C o cuando supere los 30°C a la sombra.
En tiempo lluvioso no se revocarán los paramentos expuestos a la intemperie y se cubrirá la superficie revocada con lonas o plásticos, no se admitirán los secados artificiales.
Se evitarán golpes y vibraciones en el período de fraguado.
Una vez transcurridas 24 horas de su ejecución se mantendrá húmeda la superficie revocada con morteros de cemento o cal hasta que haya fraguado.
En ningún caso se revocará sobre soportes de yeso.
Se respetarán siempre las juntas estructurales y las que se definan en la documentación gráfi- ca del proyecto.
Revocos con mortero de cemento:
Tendido: El mortero se aplicará con llana, empezando por la parte superior, contándose a nivel de la línea superior del zócalo o rodapié.
El espesor no será menor a 8 mm. Se utilizará como acabado rugoso, uniforme con exigencias de dureza. La dosificación del mortero será: 1:1 ó 1:2 con un rendimiento de 1,12 x espesor en metros.
Proyectado: Se aplicará con fratás una capa de mortero de espesor no mayor a 3 mm proyec- tado a continuación del mortero, de consistencia algo más fluida, normalmente al paramento de cubrir de fondo. Una vez haya fraguado se tira una segunda capa con inclinación de 45° sobre la anterior, repitiendo la operación con las capas sucesivas de igual modo, hasta alcanzar el espesor deseado, que no ser inferior a 7 mm. La dosificación del mortero será 1:2 con rendi- miento de 1,15 x espesor en metros.
Se utilizará cuando se desee un revestimiento rugoso irregular. Se dejará liso o rugoso siguien- do las indicaciones de la Documentación gráfica del proyecto.
Rechazo
No se aceptarán los revocos cuyo espesor, dosificación del mortero o ejecución no se ajusten a los documentos de la Documentación gráfica o técnica del proyecto. En revocos tendidos no se admitirán defectos de planeidad superiores a 2 mm medidos con regla de 1 m en ningún revoco se admitirán coqueras, grietas, o zonas de textura y acabado no uniforme.
3.2.11. Formaciones de peldaños
Se construirán con ladrillo hueco sencillo tomado con mortero de cemento.
Siempre que se mencionen normas UNE, ASTM o cualquier otra norma reguladora de ensayos en cualquier país, se aplicará la norma citada o cualquiera que la sustituya.
4. Carpintería interior y exterior
4.1. Condiciones que han de cumplir los materiales
4.1.1. Generalidades
La madera para entibaciones, apeos, cimbras, andamios, encofrados, demás medios auxiliares y carpintería de armar y de taller, deberá cumplir las condiciones siguientes:
Proceder de troncos sanos apeados en sazón.
Haber sido desecada por medios naturales o artificiales durante el tiempo necesario, hasta al- canzar el grado de humedad preciso para las condiciones de uso a que se destine.
Tener sus fibras rectas y no reviradas o entrelazadas y paralelas a la mayor dimensión de la pieza.
Presentar anillos anuales de aproximada regularidad, sin excentricidad de corazón ni entrecor- teza.
Dar sonido claro por percusión.
No se permitirá en ningún caso madera sin descortezar, ni siquiera en las entibaciones o apeos.
Las dimensiones y forma de la madera serán, en cada caso, las adecuadas para garantizar la resistencia de los elementos de la construcción en madera; cuando se trate de construcciones de carácter definitivo se ajustarán a las definidas en los planos o las aprobadas por la Dirección Facultativa.
La madera de construcción escuadrada será al hilo, cortada a sierra y de aristas vivas y llenas.
4.1.2. Recepción en obra
Todos los materiales se recepcionarán de acuerdo con la CTE parte I apartado 7.2. y en cual- quier caso se llevarán marcado el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
4.1.3. Perfiles xx xxxxxx para carpintería exterior
La madera para perfiles de carpintería exterior, además de cumplir con lo estipulado en el apar- tado de condiciones generales de la madera y las características específicas de la norma UNE 85.220, deberá ser escuadrada y estar exenta de alabeos y acebolladuras y cumplir con las especificaciones de la norma UNE EN 942, que define la densidad y durezas mínimas, y exi- gencias en cuanto a nudos, fendas, etc.
Antes de su xxxxx, o una vez terminado dicho trabajo, para asegurar su estabilidad, se somete- rán a tratamiento de impregnación contra la destrucción biológica por doble vacío, todas las piezas xx xxxxxx, incluso precercos.
La medición de los nudos se hará en su sección transversal, siguiendo lo especificado en el DB SE-M.
La resistencia de arranque de tornillos, determinada según la norma UNE 56.851, deberá ser como mínimo de 900 N en puertas de exterior.
Cada uno de los largueros y testeros de los bastidores serán de una sola pieza maciza, o si los permite la Dirección Facultativa, podrán estar formadas por varias piezas unidas longitudinal- mente mediante encolado por entalladuras múltiples.
La densidad de la madera media al 12% de humedad, según la norma UNE 56.531, deberá ser superior a 450 kg/m3 para coníferas y a 530 kg/m3 para frondosas.
La dureza media de la sección tangencial deberá ser superior a 13N determinada según la norma UNE 56.534.
La dimensión mínima de las secciones de los perfiles que componen la ventana, tanto para el cerco como la hoja, será de 45 mm.
4.1.4. Xxxxxx xxxxxx para barnizar
La madera deberá tener una humedad comprendida entre el 10 y el 15% y se medirá según la UNE-EN 13183
Los nudos serán sanos y no pasantes. El diámetro de los nudos admitidos, no será superior a 10 mm en las caras vistas. La suma de los diámetros de los nudos en estas caras no superará los 20 mm por cada metro lineal. En las caras ocultas por la obra o premarco, el diámetro de los nudos sanos puede llegar hasta la mitad de ancho de la cara en la que están situados. Los nudos distarán, como mínimo, 30 cm entre sí.
Se admite que la longitud de la fenda sea el 2% de la longitud de la pieza.
No se admitirán acebolladuras y estará exenta de azulado por hongos cromógenos y de pudri- ción.
Condiciones particulares de recepción
Se comprobará en obra visualmente los nudos, fendas y acebolladuras de todas las piezas, y de las que pueda haber duda por el número o por la dimensión de sus defectos, se determina- rán los nudos, fendas y acebolladuras, según normas UNE.
Asimismo, se comprobará en obra que están tratadas al doble vacío.
Deberán presentar Marca o Sello de Calidad y documento acreditativo de cumplimiento de normas UNE referentes a Permeabilidad al aire, Estanqueidad al agua bajo presión estática, y Resistencia al viento.
Se determinarán las siguientes características, según los métodos de ensayo de las normas UNE vigentes:
Contenido de humedad UNE-EN 13183
Nudos, UNE 56.521
Fendas y acebolladuras
Peso específico, UNE 56.531
Xxxxxx, UNE 56.534
Permeabilidad al aire
Estanqueidad al agua bajo presión estática
Resistencia al viento
El tamaño de la muestra será de una ventana.
La entrega de las carpinterías irá acompañada al certificado del fabricante de que los productos entregados cumplen las exigencias del proyecto y por lo tanto, el Pliego de Condiciones.
4.1.5. Perfiles xx xxxxxx para carpintería interior
La madera para carpintería de taller, además de cumplir con lo estipulado en el apartado de condiciones generales de la madera, deberá ser escuadrada y estar exenta de alabeos y ace- bolladuras.
La medición de los nudos se hará en su sección transversal, siguiendo lo especificado en el DB SE-M.
La humedad de la madera, tanto de puerta interior como entrada a pisos, estará comprendida entre el 7% y 11%.
Cada uno de los largueros y testeros de los bastidores serán de una sola pieza maciza.
4.1.6. Puertas xxxxxx xx xxxxxx
A lo largo de los dos costados, el alma debe presentar una parte maciza denominada larguero de 35 mm de anchura mínima para recibir las bisagras, el frente de la cerradura embutida y los cerrojos.
La parte inferior de la puerta deberá estar construida de modo que su aspecto y resistencia no varíen al realizar un posible ajuste de medidas que disminuya la altura en 20 mm como máxi- mo.
Los refuerzos para cerradura embutida se colocarán en los costados, de forma que sus ejes coincidan con el eje horizontal de la puerta; la longitud y anchura del refuerzo serán como mí- nimo de 30 y 7 cm, debiendo satisfacer el ensayo de arranque de tornillos.
Las puertas cuya alma está construida de modo que satisfaga el ensayo de arranque de torni- llos, no llevarán los refuerzos descritos.
Las puertas podrán tener las siguientes medidas:
Longitud: 2.110, 2.030, 1.910 mm
Anchura: 825, 725, 625 mm
Grueso: 35, 40, 45 mm con una desviación admisible de + 1 mm
Condiciones particulares de recepción
En cada lote compuesto por 100 unidades o fracción, se determinarán las características, se- gún las normas de ensayo vigentes:
Características dimensionales, alabeo, planeidad, escuadría, UNE 56.802, 56.803
Humedad. Método no destructivo
El tamaño de la muestra será de 3 puertas.
Las tolerancias serán las que se especifican en la norma UNE 56.802.
4.1.7. Panel xx xxxxxx chapada
Panel compuesto por un soporte de DMH o madera aglomerada, según el caso, revestida por una lámina fina xx xxxxxx para quedar vista.
Se exigirán garantías de un perfecto secado del material, y comprobaciones de que no presen- ten deformaciones, grietas, síntomas de enfermedades propias de la madera; se comprobará también que las escuadrías estén rectas y formen un perfecto acabado, que las fibras formen un dibujo uniforme, que el color sea uniforme en todas las piezas, y que las dimensiones sean las solicitadas.
El chapeado deberá reunir ciertas características descritas en las siguientes normas:
Humedad UNE-EN 13183
Contracción volumétrica UNE 56.535
Dureza UNE 56.534
Peso específicoUNE 56.531
4.1.8. Madera auxiliar
Madera para entibaciones y medios auxiliares
Deberá tener dimensiones suficientes para ofrecer la necesaria resistencia para la seguridad de la obra y de las personas.
Se emplearán maderas sanas, con exclusión de alteraciones por pudrición, aunque serán ad- misibles alteraciones de color, como el azulado en las coníferas.
Deberá estar exenta de fracturas por compresión.
Poseerá una durabilidad natural al menos igual a la que presenta el pino "sylvestris".
Madera para encofrados y cimbras
Tendrá la suficiente rigidez para soportar sin deformaciones perjudiciales las acciones de cual- quier naturaleza que puedan producirse en la puesta en obra.
La madera para encofrados será preferiblemente de especies resinosas, y de fibra recta. La madera aserrada se ajustará, como mínimo, a la clase 1/80.
Según sea la calidad exigida a la superficie del hormigón, las tablas para el forro o tablero de los encofrados será: a) machihembrada; b) escuadrada con sus aristas vivas y llenas, cepillada y en bruto.
Sólo se emplearán tablas xx xxxxxx, cuya naturaleza y calidad o cuyo tratamiento o revesti- miento garantice que no se producirán ni alabeos ni hinchamientos que puedan dar lugar a fu- gas del material fino del hormigón fresco, o a imperfecciones en los paramentos.
Las tablas para forros o tableros de encofrados estarán exentas de sustancias nocivas para el hormigón fresco y endurecido o que manchen o coloreen los paramentos.
El contenido de humedad de la madera no excederá del 15%.
4.1.9. Madera para revestimientos horizontales
La madera utilizada deberá tener como mínimo una dureza de 2,5 de medida de acuerdo con la norma UNE 56.534, y se ajustará en su estado a lo prescrito en la norma correspondiente.
La madera deberá estar exenta de todo rastro de ataques de insectos y hongos. No se admiti- rán coloraciones provocadas por tales ataques, como el azulado. Ninguna pieza deberá pre- sentar acebolladura. El mismo estado habrá de tener los demás elementos xx xxxxxx que compongan el piso, tales como rastreles y cuñas.
La humedad de las piezas xx xxxxxx estará comprendida entre el 8 y el 11%.
La madera deberá tener estabilidad dimensional suficiente para que, después de someter el suelo al ensayo descrito en la UNE vigente, siga cumpliendo las condiciones de planeidad es- tablecidas.
Si la madera está tratada con productos protectores para aumentar su resistencia al ataque de hongos e insectos y productos hidrófugos, al someterla al ensayo de determinación de estabili- dad dimensional, según UNE 56.541, ésta deberá ser igual o mayor que el 70%.
Cuando se emplee madera de frondosas, no podrá haber restos de albura en la cara. Se admi- tirá sin embargo, en la contra cara, con la condición de que esté sana y se encuentre a 5 mm como mínimo por debajo de la cara..
El espesor mínimo será de 22 mm para tarimas.
Tendrán bordes vivos y no presentarán grietas e irán cepillados por sus cantos. Las tarimas estarán machihembradas, incluso las testas.
El rodapié tendrá dos hendiduras longitudinales en el trasdós.
Condiciones particulares de recepción
En cada suministro o cada 100 m2 o fracción se determinarán las siguientes características:
Dimensiones y tolerancias:
Humedad:
Dureza: UNE 56.534
El tamaño de la muestra será de 3 unidades y las probetas realizadas según norma UNE 56.528.
Se admitirá un 10% de tablillas con un nudo claro y diámetro máximo 2 mm. Se admite un defecto leve en el 10% de las tablillas.
Las tolerancias en pavimentos pegados serán:
Grosor: 0,3 mm
Anchura: 0,1 mm en más y 0,2 mm en menos
Longitud: 0,2 mm
El embalaje deberá venir con marca y dirección del fabricante. Las tolerancias en tarimas serán:
Grosor: 0,3 mm
Anchura: 0,5 mm
Longitud: + 5 mm
4.1.10. Herrajes
4.1.10.1. Cerrajería y accesorios
Características técnicas exigibles
El diseño y concepción de los herrajes y su método de fijación no deben restar cualidades a las ventanas y puertas, y deben permitir su fácil reposición y mantenimiento.
El herraje no deberá dañar al usuario, ni hacer peligrar su seguridad, ya sea por el uso o por el paso del tiempo.
Todos los herrajes y tornillos tendrán un tratamiento que dificulte su oxidación.
El herraje deberá ser capaz de aguantar satisfactoriamente 25.000 ciclos de funcionamiento bajo las condiciones más desfavorables.
Los herrajes de colgar y seguridad asegurarán la inmovilización y la no vibración de las partes practicables en posición cerrada.
En las ventanas pivotantes, los trinquetes de seguridad deben resistir al menos 500 N en el punto más alejado del eje del pivote normal al plano, actuando una fuerza constante sobre él de 10 min.
Las ventanas correderas deben ser capaces de resistir una fuerza de 200 N en la dirección del movimiento, que actúe en el punto de sujeción y seguir resistiendo incrementos de 500 N a in- tervalos de suministro.
4.1.10.2. Cerraduras de embutir
Características técnicas exigibles
Las cerraduras deberán cumplir las condiciones impuestas en la norma UNE 97.320 y deberán funcionar en todos los aspectos una vez realizados los ensayos respectivos que están defini- dos en la norma UNE 97.321.
El número de ciclos, sin que se produzcan averías en la cerradura, será de:
50.000 ciclos para las cerraduras del Grado A.
100.000 ciclos para las cerraduras del Grado B.
Condiciones particulares de recepción
Si con el suministro de la partida se adjunta un certificado especificando que cumplen con las normas UNE 97.320, 97.321 no será necesario realizar ensayos. En caso contrario, por cada lote compuesto por 100 cerraduras o fracción, se realizarán los siguientes ensayos especifica- dos en la norma UNE 97.321.
9. Ensayos mecánicos de resistencia. 10.Ensayos mecánicos de funcionamiento. 11.Ensayos cíclicos.
12.Ensayos químicos.
4.1.10.3. Pernio
Características técnicas exigibles
Estará formado por dos piezas xx xxxxx, una que lleve la espiga y otra el casquillo. La conexión entre ambas piezas se realizará mediante arandela.
El espesor de las palas no será menor de 2 mm y presentarán una superficie plana y paralela al eje del giro sin rebabas ni defectos e irán provistas de taladros avellanados para fijación al cer- co y hoja, en número no inferior a tres.
El pernio muelle dispondrá de xxxxxx xx xxxxx y de botón de seguridad, pudiéndose regular la velocidad de retorno.
4.1.10.4. Bisagras
Características técnicas exigibles
Estará compuesta por palas con anillos dispuestos alternativamente y espiga o xxxxx xx xxxxxx latonado calibrado, que penetrará en los anillos.
Las bisagras deben ser capaces de resistir el peso de la hoja practicable, y de soportar los es- fuerzos debidos a la presión del viento, con la ventana abierta, en el caso de huecos xx xxxxx- das.
La bisagra muelle dispondrá de xxxxxx xx xxxxx y de botón de seguridad, pudiéndose regular la velocidad de retorno.
Condiciones particulares de recepción
El material y sus características serán las previstas en el proyecto.
Se comprobará que las piezas estén en buen estado y carezcan de deformaciones.
4.2. Condiciones que han de cumplir las unidades de obra
4.2.1. Generalidades
Toda la carpintería se realizará con maderas de primera calidad y mano de obra especializada. Toda la madera presentará color uniforme, sin azulados ni nudos, no presentará ningún defecto ni enfermedad, presentando, por el contrario, sonido claro a la percusión y anillos anuales regu- larmente desarrollados. La calidad y clasificación de la madera se determinará según su deter- minación a través de AITIM o IRANOR.
La madera desecada contendrá entre el 10 y el 15% de su peso en agua y la madera seca ten- drá un peso entre el 33 y el 35% menos que la verde. El secado o desecado de la madera de- berá estar garantizado.
Queda absolutamente prohibido el empleo de las maderas que presenten las siguientes enfer- medades o defectos: piezas en el corazón centrado o lateral, maderas sangradas a vida, made- ras con fibras reviradas, con nudos, maderas acebolladas, agrietadas, pasmadas, heladas o atronadas; maderas que muestren descomposición de sus tejidos, estén ulceradas o quemadas y maderas que estén atacadas por mohos o insectos. Tampoco se admitirán maderas rotas o desportilladas.
El Gremio de Carpintería no procederá a efectuar la unión definitiva de las piezas en taller sin una comprobación previa y meticulosa.
Todos los xxxxxx y premarcos llevarán puntas grandes cruzadas cada 50 cm en todo el perí- metro. Las zapatas de los xxxxxx exteriores no tendrán espigas, irán contramoldeadas y suje- tas con cola especial antihumedad y clavadas por su parte inferior. Todos los ensamblajes es- tarán perfectamente ensamblados y escuadrados sin presentar ningún alabeo. El xxxxx xx xx- medad deberá ser inferior al 15%.
Toda la madera estará perfectamente lijada y refinada y preparada para teñir, barnizar o pintar.
Antes de proceder a colocar los xxxxxx se presentarán perfectamente en un local a pie de obra para que el pintor proceda a imprimarlos.
Protegerá perfectamente todos los elementos de Carpintería para evitar su rotura o deterioro ya que la entrega al final de obra se realizará con toda la carpintería en perfectas condiciones, siendo a su cargo cualquier arreglo o reparación que tuviera que realizar con posterioridad a su ejecución, respondiendo incluso de los posibles repasos de pintura u otro arreglo o reparación, sin ningún coste adicional.
Todas las puertas que se utilicen deberán proceder de fábricas que posean el sello de calidad AITIM, pudiendo ser de las xxxxx Xxxxx, Carsal u otra marca, previa muestra y aprobación, si procede, por la Dirección de Obra.
Todas las ventanas exteriores y, en general, toda la carpintería exterior, estará perfectamente construida, de forma tal que garantice su perfecta estanqueidad, debiendo evitar el paso de ai- re y agua. Las medidas se tomarán en obra una vez replanteados los huecos.
Se exigirá la homologación mínima correspondiente a la clase A-3, E-3 y V-3, para toda la car- pintería exterior, con sello AITIM.
Se deberá tener especial cuidado con los entarimados, dichos trabajos se procurarán realizar con la obra acristalada previa limpieza de los suelos y siempre con las persianas colocadas. La tarima, en el momento de su colocación, no podrá contener más de un diez por ciento (10%) de agua o humedad. Diez días antes de proceder a colocar la tarima y rastrel, dichos materiales se dejarán en las plantas de los pisos donde se pretendan colocar, al objeto de que se estabilice la madera.
El grado máximo de humedad del rastrel será inferior al 15% y el de la tarima no sobrepasará el diez por ciento (10%).
Para iniciar los trabajos de entarimado y rastrelados será absolutamente necesario estén termi- nados de colocar los enchapados, embaldosados, incluso los xx xxxxxxxx o balcones, escayo- las, mesetas de escaleras, guarnecidos y enlucidos, así como las fachadas de su planta y al menos colocadas las persianas y en ciertos casos también el vidrio de fachadas.
Tanto la tarima de elondo, como el rastrel xx xxxx, se tratarán por el sistema VAC-PRE-VAC, mediante vacío-xxxxxx a presión-vacío, debiéndose estabilizar el grado de humedad de las ma- xxxxx y dar el tratamiento adecuado contra hongos, insectos, parásitos, etc., exigiéndose certi- ficado de garantía.
Antes de comenzar las obras se presentarán muestras de carpintería completamente terminada para que la Dirección de Obra dé su conformidad o reparos.
Las medidas del ensamblaje de fachadas son aproximadas, las medidas reales se tomarán en obra una vez replanteado el revestimiento de fachadas. También se tendrá especial cuidado con la altura de la carpintería que dé a áticos, terrazas, balcones, etc.
Durante todo el transcurso de la obra existirá en la misma un encargado o responsable a pie de obra, del gremio de Carpintería.
A cargo del gremio de Carpintería correrá la carga y descarga de su material, aunque normal- mente lo efectúe la Contrata de Obra Gruesa.
En los precios se consideran siempre incluidos las pruebas y los repasos finales necesarios pa- ra la perfecta terminación de las obras, así como la colocación xx xxxxxx, ensamblaje, xxxxxxx- ría, etc.
4.2.2. Carpintería exterior e interior
Cumplirá la NTE-PPM.
Los perfiles se unirán con ensambles encolados suficientemente rígidos, quedando sus ejes en un mismo plano y formando ángulos rectos. Las caras quedarán correctamente cepilladas, en- rasadas y sin marcas.
Comprobación de que la ventana no entre forzada en el hueco. Si lo hiciere se rebajará el pe- rímetro del hueco hasta que encaje con una mínima holgura.
Replanteo y formación de cajeado en el perímetro del hueco para alojar los elementos de fija- ción del marco.
Presentación, acuñado, nivelación y aplomado del marco, con las hojas colocadas y cerradas, en el hueco. El acuñado deberá realizarse siempre debajo de los ángulos del cerco, y el canal exterior del perfil del marco relleno de mezcla de mortero y cemento.
Relleno con mortero o atornillado de los elementos de fijación del marco. Retirada de cuñas una vez fraguado el mortero.
Sellado de juntas perimetrales.
Limpieza y protección de la carpintería de golpes, salpicaduras de mortero, etc.
El cerco, o en su caso el precerco, irá provisto de las patillas de anclaje xx xxxxx xxxxx xxxxxxx- zado o de aluminio con una separación máxima de los extremos de 25 cm y entre sí de 50 cm como máximo, tanto en largueros como travesaños. La fijación de la ventana se realizará reci- biendo las patillas en los cajeados xxx xxxx con mortero de cemento, o bien con grapas sujetas al tabique interior. Está totalmente prohibido recibir los anclajes con yeso. La junta obra de fá- brica-carpintería se recomienda rellenarla con espumas adhesivas o aglomerante sin fraguado.
Asimismo el perfil inferior del cerco llevará tres taladros de 30 mm2 de sección como mínimo, para desagüe de las aguas infiltradas, uno en el centro y dos a 10 cm de los extremos, estando prohibidos los taladros circulares.
El cerco quedará protegido a lo largo de toda la obra, tanto de caída de materiales como de golpes.
La hoja irá unida al cerco mediante tres prernios al menos, cuando el ancho de la ventana sea superior a 75 cm. Entre la hoja y el cerco se formará una cámara de expansión con holgura de cierre no mayor de 2 mm.
Se cumplirá la norma UNE 85.219 "Ventanas. Colocación en obra" y UNE 85.233.
Control y criterios de aceptación y rechazo
Materiales: El control se realizará de acuerdo con lo indicado en el apartado correspondiente de este Pliego.
El no cumplimiento de las características exigibles será condición de rechazo, destacando en:
Precerco:
- Que no esté tratado al doble vacío.
- Que presente ataque de hongos o insectos en cantidades no tolerables.
Cerco y hoja:
- Que no esté tratado al doble vacío.
- Que llegue a obra con alguna mano de pintura, a no ser que lleguen a obra acabadas y acristaladas.
- Que la sección del cerco será menor de 68 x 55 mm o de 45 x 68 mm para los batientes.
- Que haya una variación superior a 1 mm en el grueso o en el ancho.
- Que presente nudos viciosos, saltadizos o pasantes en madera para barnizar.
- Que el diámetro de los nudos sea superior a 10 mm en las caras vistas de la madera pa- ra barnizar.
- Que el diámetro de los nudos sanos y adherentes sea superior o igual a los 2/3 del an- cho de la cara en madera para pintar.
- Que el diámetro de los nudos negros o saltadizos sea superior a 1/2 del ancho de la cara en madera para pintar. En caso de que se cumpla, se podrían sustituir por piezas de ma- dera.
Ejecución
Los criterios de aceptación y rechazo de la ejecución se basarán en los aspectos de aplomado, recibido de patillas, enrasado y sellado de cercos.
Será condición de rechazo:
Precercos y cercos:
- Que tenga una flecha superior a 3 mm en perfiles de más de 2 m o superior a 2 m en perfiles iguales o menores de 2 mm en lo que respecta a planimetría.
- Que la diferencia de longitud entre las dos diagonales sea mayor de 5 mm para perfiles mayores de 2 m o mayor de 3 mm para perfiles iguales o menores de 2 m.
- Que la holgura, en cualquier punto de unión entre los perfiles del cerco y precerco, no esté comprendida entre 0 y 15 mm.
- Cuando el hueco lleve mocheta destinada a recibir el cerco o precerco en aplicación di- recta, que la flecha máxima con respecto al plano vertical y horizontal supere los 2 mm.
Cerco y hoja:
- Que las patillas de anclaje no vayan a la distancia especificada o que no sean galvaniza- das o de aluminio.
4.2.3. Techo lamas
Montaje de falso techo formado por lamas perfiladas fijadas mediante viguetas-peine suspendi- das al forjado a través xx xxxxxxxx metálicas regulables.
Antes del inicio de las actividades se comprobará que han sido superados todos los controles de las unidades de obra anteriores a la ejecución de ésta.
Se comprobará que la ejecución se realiza de acuerdo con la siguiente metodología:
Replanteo de los ejes principales de suspensión.
Fijación en el forjado y aplomado de las varillas de suspensión.
Corte y sujeción de las viguetas-peine en longitudes iguales a la distancia entre dos paredes opuestas.
Alineación y nivelación de los perfiles de remate lateral en todo el contorno del local.
Alineación y nivelación de las viguetas-peine.
Corte y encaje de las lamas.
Colocación, si existe, del material de absorción.
Formación de huecos para recepción de luminarias.
Protección del elemento hasta la finalización de la obra frente a impactos, raspaduras y/o manchas ocasionadas por otros trabajos.
4.2.4. Revestimientos horizontales
Se comprobará que la ejecución se realiza de acuerdo con la siguiente metodología:
- Replanteo de los ejes de los rastreles y marcado de niveles.
- Colocación de los rastreles perimetrales con anclaje y pasta.
- Colocación del resto de los rastreles, pasando reglas a nivel a los ya colocados.
- Secado de la pasta.
- Protección frente a humedades.
Se colocarán los rastreles según ejes paralelos separados 30 cm, recibidos con yeso grueso en toda su longitud y separados 18 mm de los paramentos. Se fijarán las tablas a tope, apoyando como mínimo en dos rastreles, clavadas por el machihembrado con puntas a 45º y penetrando 20 mm en los rastreles. Las juntas serán inferiores a 0,5 mm y el entarimado quedará a 8 mm de los paramentos.
Control y criterios de aceptación o rechazo
Materiales: Se aceptarán los materiales una vez realizados los ensayos de control de recepción especificados en los diferentes apartados de este Pliego con el cumplimiento de las caracterís- ticas técnicas en ellos exigidas.
Ejecución: Los criterios de aceptabilidad serán los siguientes:
Las juntas entre tablas no superarán una separación de 0,5 mm.
El pavimento no tendrá errores de planeidad medidos con regla de 2 m., superiores a 2 mm.
No se admitirán pendientes superiores al 0,5%.
La separación entre tablas y paramentos verticales no será inferior a 6 mm ni superior a 9 mm.
4.2.5. Relación de Ferretería
Salvo especificación concreta en el presupuesto de la obra y en el supuesto de que no estuvie- ra concretada la ferretería de la carpintería, será la siguiente:
Ensamblaje exterior
- Manillas, fallebas y placas con tres cierres ocultos xx xxxxxx latonado oro, modelo ref.
502 de Zubi, o similar y xxxxxxxx xx xxxxxx de 6 mm.
Además, en ventanas se colocarán tres pernios xxxxxxxx xx xxxxxx latonado de 11 cm y en puertas con tres pernios.
Ensamblaje interior
Puertas recibidoras en pisos:
- Cuatro pernios xx xxxxxx latonado de 12 mm xx Xxxxxxxx 200-S, o similar.
- Cerradura de seguridad de 3 puntos de cierre con bombilla y protector xx xxxxx con pomo interior de condena por el interior y cerradura exterior con tres juegos de llaves.
- Xxxxxxx xx Xxxxxxxx & Xxxxxxx.
- Mirilla óptica gran angular Kavex xx xxxxx, o similar.
Puertas interiores:
- Tres pernios xx xxxxxx latonado de 9,5 cm de Ceur, o similar, excepto en salón con puer- ta grande, que llevará 4 pernios.
- Manillas xx xxxxxx latonado incluso golpete tubular ref. 510-3-3 de MCM. Juego completo sin condena excepto en baños o bien Tesa ref. 2505 a elegir por la Dirección de Obra.
- Manillas xx xxxxxx latonado para baños, incluso golpete tubular ref. 509-3-3 de MCM con condena Tesa ref. 2503 (juego completo), o similar.
- Pasadores xx xxxxxx latonado de Zubi de 200 mm, embutir para puertas dobles vidrieras colocados uno a cada extremo de la puerta, o similar.
Armarios empotrados:
- Puertas solapadas con tres bisagras por hoja tipo cazoleta de la casa Obe o similar y dos bisagras en hoja de altos. Tiradores xx xxxxx liso P-59 de 30 mm de Lametálica, y la su- jeción con dos imanes reforzados por hoja.
- Puertas correderas.
Todas las marcas de los herrajes se podrán sustituir por una similar, siempre que estén aprobados por la Dirección Facultativa.
Siempre que se mencionen normas UNE, ASTM o cualquier otra norma reguladora de ensayos en cualquier país, se aplicará la norma citada o cualquiera que la sustituya.
5. Acondicionamiento acústico
5.1. Condiciones que han de cumplir los materiales
5.1.1. Aislantes para acondicionamiento acústico
Características técnicas exigibles
Los materiales definidos en proyecto como acondicionantes acústicos o aquellos a los que se atribuya condiciones acústicas como criterio distinto al de su masa (absorbentes), cumplirán el CTE DB HR y deberán estar provistos de certificado de ensayo, en laboratorio reconocido, que exprese los valores de absorción media y los correspondientes a las frecuencias: 125, 250, 500, 1.000 y 4.000 Hz (UNE EN 20354).
Cuando se trate de placas de escayola en techos, dichos valores no serán inferiores a los defi- nidos en las normas UNE 102.021, 102.022 y 102.033.
El fabricante suministrará además información fidedigna del resto de sus propiedades: estabili- dad dimensional, conductividad térmica, resistencia al fuego, comportamiento ante la humedad y en el caso de que actúe bajo carga, resistencia a compresión y flexión.
- Condiciones particulares de recepción
Cada partida suministrada vendrá acompañada del certificado del fabricante, donde se especi- ficarán las características reseñadas anteriormente.
Todos los materiales se recepcionarán de acuerdo con la CTE parte I apartado 7.2. y en cual- quier caso se llevarán marcado el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
5.1.2. Bloque de hormigón
Características técnicas exigibles
La arcilla expandida podrá presentarse en dos tipos distintos, arcilla de baja densidad y de alta densidad, debiendo cumplir las siguientes especificaciones.
Xxxxxxxx xx xxxxxxx: la cantidad máxima será inferior al 0,25% del volumen de la muestra.
Finos que pasen por el tamiz 0,08: la cantidad máxima será inferior al 2% del volumen de la muestra.
Compuestos de azufre expresados en SO4 y referidos al árido seco: será inferior al 1,2% del peso de la muestra.
Absorción de agua: se define como "coeficiente de absorción de agua" al producto de la densi- dad en montón por el porcentaje de absorción de agua en peso, tras 24 h de inmersión de una muestra seca, determinado con arreglo al método de ensayo ASTM-C-127, aplicándose solo a la arcilla expandida retenida por el tamiz 3,2 UNE 7.050.
Para la arcilla expandida de baja densidad, este coeficiente deberá ser inferior al 15% del peso de la muestra seca. Para la arcilla expandida de alta densidad, este coeficiente deberá ser infe- rior al 20% del peso de la muestra seca.
Densidad, según ASTM-C-29-7: para la arcilla expandida de baja densidad seca será igual o inferior a 450 kg/m3, para la arcilla de alta densidad seca igual o inferior a 850 kg/m3.
En ambos casos para la arcilla expandida que pasa por el tamiz 3,2 UNE 7.050, estos valores se elevarán a 600 y 1.000 kg/m3 respectivamente.
Conductividad térmica: El coeficiente de conductividad térmica de la arcilla de baja densidad será igual o inferior a 0,110 W/m.K (0,128 kcal/m.hºC).
Condiciones particulares de recepción
En cada lote, compuesto por 1.000 m2 o fracción, se determinarán los siguientes ensayos y con las tolerancias de aceptación que se especifican:
Xxxxxxxx xx xxxxxxx, UNE 7.133. No superarán el 0,5%.
Finos que pasan por el tamiz 0,08, UNE EN 933-10. No superior al 3,5%.
Compuestos de azufre, UNE EN 1744-1. No superior al 1,5%.
Coeficiente de absorción de agua, tamiz 3,2 UNE 7.050, ASTM-C-127. Para la arcilla ex- pandida de baja densidad no superará el 18% y para la arcilla de alta densidad no superará el 25%.
Densidad, ASTM-C-29-7. Para la arcilla expandida de baja densidad no superará 500 kg/m3 y para la arcilla de alta densidad no superará 900 kg/m3.
Conductividad térmica, UNE 92.201(89), 92.202(89). Para la arcilla expandida de baja den- sidad no superará 0,116 W/m.K (0,134 kcal/m.h.ºC).
El tamaño de la muestra será de 9 l.
Condiciones de puesta en obra
Cuando se emplee hormigón ligero de arcilla expandida en el aislamiento y formación de pen- dientes, deberán tenerse en cuenta las siguientes recomendaciones:
Deberá disponerse una capa de protección de mortero de 3 cms., pudiendo ser de 2 si la densidad es mayor de 500 Kg/m3.
Deberán disponerse juntas de movimiento en la capa de hormigón ligero de arcilla expandi- da cada 10 m, haciéndolas coincidir con las juntas de la capa de protección.
El espesor mínimo de la capa de formación de pendientes será de 6 cm y el máximo, de 25 cm.
En caso de lluvia cuando se esté procediendo a la colocación, conviene esperar entre 24 y 36 horas (según sean las condiciones climáticas) a que la arcilla expandida seque para colocar la capa de mortero.
Aislamiento y formación de pendiente con hormigón ligero de arcilla expandida: Deberá pro- veerse sistema de elevación (grúa-torre o máquina de bombeo) con una limitación de altura de 70 m para ésta última. Se dejará transcurrir un período de 24 a 72 horas para que se realice el fraguado y secado de dicho hormigón, según sean las condiciones climáticas (verano-invierno). En caso de lluvia dicho período deberá ampliarse a 48-84 horas.
5.1.3. Fibra xx xxxxxx
5.1.3.1. Planchas fibra xx xxxxxx
Características técnicas exigibles
Las características técnicas son las descritas en la norma UNE 92.102(98), pudiéndose presen- tar en los distintos tipos que se describen a continuación:
FVP 1: Panel semirrígido de xxxx xx xxxxxx aglomerada con resinas termoendurecibles pu- diendo presentarse con revestimiento.
Tendrá las características correspondientes a la clase 2 de la norma UNE 92.102(98):
- Densidad: 12,5 a 18 kg/m3.
- Conductividad térmica: 44 mWm.K a 20ºC.
Dimensiones: Las nominales de cada fabricante con las siguientes tolerancias: largo: ± 15 mm
ancho: ± 5 mm
espesor: - 4 mm
FVP 2: Panel semirrígido de xxxx xx xxxxxx aglomerada con resinas termoendurecibles, pu- diendo presentarse con revestimiento.
Tendrá las características correspondientes a la clase 3 de la norma UNE 92.102(98).
- Densidad: 18 a 25 kg/m3.
- Conductividad térmica: 41 mW/m.k a 20ºC
Dimensiones: Las nominales de cada fabricante con las siguientes tolerancias: largo: ± 15 mm
ancho: ± 5 mm
espesor: - 4 mm
FVP 3: Panel rígido de xxxx xx xxxxxx aglomerada con resinas termoendurecibles, pudiendo presentarse con revestimiento.
Tendrá las características correspondientes a la clase 6 de la norma UNE 92.102(98):
- Densidad: 80 a 120 kg/m3.
- Conductividad térmica: 41 mW/m.k a 20ºC
Dimensiones: Las nominales de cada fabricante con las siguientes tolerancias: largo: ± 10 mm
ancho: ± 5 mm
espesor: ± 3 mm
FVP 4: Panel rígido de xxxx xx xxxxxx aglomerada con resinas termoendurecibles, pudiendo presentarse con revestimiento.
Tendrá las características correspondientes a la clase 5 de la norma UNE 92.102(98):
- Densidad: 65 a 80 kg/m3.
- Conductividad térmica: 38 mW/m.K a 20ºC.
Dimensiones: Las nominales de cada fabricante con las siguientes tolerancias: largo: ± 10 mm
ancho: ± 5 mm
espesor: ± 3 mm
FVP 5: Panel rígido de xxxx xx xxxxxx aglomerada con resinas termoendurecibles, pudiendo presentarse con revestimiento.
Tendrá las características correspondientes a la clase 4 de la norma UNE 92.102(98):
- Densidad: 25 a 65 kg/m3.
- Conductividad térmica: 35 mW/m.k a 20ºC.
Dimensiones: Las nominales de cada fabricante con las siguientes tolerancias. largo: ± 10 mm
ancho: ± 5 mm
espesor: ± 3 mm
FVP 6: Panel rígido de xxxx xx xxxxxx aglomerada con resinas termoendurecibles, pudiendo presentarse con revestimiento.
Tendrá las características correspondientes a la clase 5 de la norma UNE 92.102(98):
- Densidad: 65 a 80 kg/m3.
- Conductividad térmica: 34 mW/m.k a 20ºC.
Dimensiones: Las nominales de cada fabricante con las siguientes tolerancias: largo: ± 15 mm
ancho: ± 5 mm
espesor: ± 3 mm
Condiciones particulares de recepción
Todos los materiales se recepcionarán de acuerdo con la CTE parte I apartado 7.2. y en cual- quier caso se llevarán marcado el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
En cada lote compuesto como máximo por 1.000 m2, se realizarán los ensayos definidos en las características técnicas, con las siguientes tolerancias de aceptación sobre los valores expues- tos, según los métodos de ensayo de las normas UNE correspondientes:
13.Densidad, UNE 1.602(1997). No se admitirán valores inferiores a los mínimos esta- blecidos en cada clase.
14.Conductividad térmica, UNE 92.201(98), 92.202(98). La desviación no será superior al 5% sobre los valores límite.
15.Dimensiones, UNE 92.209(89).
Largo:
Para FVP 1, FVP 2 y FVP 6, no se admitirán desviaciones a ±17,5 mm. Para FVP 3, FVP 4 y FVP 5, no se admitirán desviaciones a ±12,5 mm.
Ancho:
Para todos los tipos no se admitirán desviaciones superiores a ±7 mm.
Espesor:
Para todos los tipos no se admitirán desviaciones superiores a -5 mm.
El tamaño de la muestra será de 4 paneles.
5.1.3.2. Coquillas
Características técnicas exigibles
FVC: Tubos rígidos de xxxx xx xxxxxx aglomerada con resinas termoendurecibles, abiertos por una generatriz, pudiendo presentarse con revestimiento. Tendrán las características co- rrespondientes a la clase 7 de la norma UNE 92.102(98).
Densidad: 50 a 70 kg/m3, distribuyéndose según el espesor de la pared y el diámetro de las mismas de acuerdo con la siguiente descripción:
Para un espesor de 25 mm y un diámetro menor de 25 mm la densidad será 70 kg/m3. Para un espesor de 25 mm. y un diámetro de 25 mm la densidad será de 65 kg/m3.
Para un espesor de 25 mm y un diámetro de 25 a 50 mm la densidad será de 60 kg/m3.
Para un espesor de 25 mm y un diámetro mayor de 50 mm la densidad será de 55 kg/m3.
Para un espesor de 30 a 40 mm y un diámetro menor de 50 mm la densidad será de 60 kg/m3.
Para un espesor de 30 a 40 mm y un diámetro mayor o igual a 50 mm la densidad será de 53 kg/m3.
Conductividad térmica: 35 mW/mk (0,029 kcal/m.h.ºC a 20ºC).
Dimensiones: Las nominales de cada fabricante con las siguientes tolerancias: largo: ± 10 mm
diámetro int: ± 2 mm espesor: ± 3 mm
Condiciones particulares de recepción.
Todos los materiales se recepcionarán de acuerdo con la CTE parte I apartado 7.2. y en cual- quier caso se llevarán marcado el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
En cada lote compuesto como máximo por 1.000 m, se realizarán los ensayos definidos en las características con las siguientes tolerancias de aceptación sobre los valores expuestos, según los métodos de ensayo de las normas UNE correspondientes:
16.Densidad, UNE 1.602(1997). No se admitirá valores inferiores a los mínimos estable- cidos.
17.Conductividad térmica, UNE 92.201(98), 92.202(98). La desviación no será superior al 5% sobre los valores límite.
18.Dimensiones, UNE 92.209(89). No se admitirán valores inferiores a los mínimos esta- blecidos.
El tamaño de la muestra será de 5 unidades.
5.1.3.3. Fieltros
Características técnicas exigibles
Las características técnicas son las descritas en la norma UNE 92.102(98), pudiéndose presen- tar en los distintos tipos que se describen a continuación:
FVM 1: Fieltro ligero de xxxx xx xxxxxx aglomerada con resinas termoendurecibles, pudiendo presentarse con revestimiento. Tendrá las características correspondientes a la clase 1 de la norma UNE.
Densidad: 9,5 a 12,5 kg/m3.
Conductividad térmica: 0,048 W/m.k a 20ºC.
Dimensiones: Las nominales de cada fabricante con las siguientes tolerancias: largo: ±100 mm
ancho: ±5 mm
espesor: 4 mm
FVM 2: Fieltro semirrígido de xxxx xx xxxxxx aglomerada con resinas termoendurecibles, pu- diendo presentarse con revestimiento. Tendrá las características correspondientes a la cla- se 3 de la norma UNE citada:
Densidad: 18 a 25 kg/m3.
Conductividad térmica: 0,041 W/m.k a 20ºC.
Dimensiones: Las nominales de cada fabricante con las siguientes tolerancias: largo: ±100 mm
ancho: ±5 mm
espesor: 4 mm
Condiciones particulares de recepción.
Todos los materiales se recepcionarán de acuerdo con la CTE parte I apartado 7.2. y en cual- quier caso se llevarán marcado el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
En cada lote compuesto como máximo por 1.000 m2 o fracción, se realizarán los ensayos defi- nidos en las características técnicas, con las siguientes tolerancias de aceptación sobre los va- xxxxx expuestos, según los métodos de ensayo de las normas UNE correspondientes:
19.Densidad, UNE 1.602(1997). No se admitirán valores inferiores a los mínimos esta- blecidos en cada clase.
20.Conductividad térmica, UNE 92.201, 92.202. La desviación no será superior al 5% sobre los valores límite.
21.Dimensiones para FVM 1 y FVM 2, UNE 92.209.
largo: No se admitirán valores superiores a ±12,5 mm
ancho: Para todos los tipos no se admitirán desviaciones superiores a ±7 mm espesor: Para todos los tipos no se admitirán desviaciones superiores a -5 mm
El tamaño de la muestra será de 3 unidades de 1,00 x 1,00 m.
5.1.4. Espumas de poliuretano
5.1.4.1. Conformadas "in situ"
Composición y materias primas
Los componentes de las espumas de poliuretano pueden ser polioles, isocianatos, reguladores de celda, catalizadores. No se incluye la eventual incorporación de algún otro elemento previa- mente a su utilización, siempre que se especifique su naturaleza, proporción y modo de incor- poración: Se consideran componentes básicos y sujetos a control los polioles e isocianatos, pa- ra los cuales se dan las siguientes especificaciones:
- Polioles:
Indice de hidróxido: Estará comprendido entre 50 y 1.000 mg. KOH/g. Viscosidad: Estará comprendida entre 100 y 5.000 cPoises (mPa.s). Peso específico: Está comprendido entre 0,900 t 1,300 kg/dm3 a 25ºC.
- Isocianatos:
Peso específico: estará comprendido entre 0.900 y 7,400 kg/dm3.
Índice de isocianato libre: Estará comprendido entre 10 y 60 % de NCO en peso. Viscosidad: Estará comprendido entre 100 y 1.000 cPoises (mPa.s).
Tipos y características básicas
La espuma rígida de poliuretano producido "in situ" podrá presentarse en tres tipos distintos, con las siguientes características:
- Tipo I: densidad nominal: 32 kg/m3.
Densidad mínima: 30 kg/m3.
Conductividad térmica: 0,023 W/mK (0,020 kcal/m.hºC).
- Tipo II: densidad nominal: 35 kg/m3.
Densidad mínima: 33 kg/m3.
Conductividad térmica: 0,023 W/mK (0,020 kcal/m.hºC)
- Tipo III: Densidad nominal: 40 kg/m3.
Densidad mínima: 38 kg/m3.
Conductividad térmica: 0,023 W/mk (0.20 kcal/m.h ºC).
Además de estas características e independientemente del tipo, deberán observar los paráme- tros siguientes referidos a su apariencia externa, tiempo de crema y tiempo de gelificación:
- Apariencia externa: La espuma deberá presentar una extructura uniforme sin discontinuidad en su homogeneidad.
- Tiempo de crema: Entre 0 y 60 s.
- Tiempo de gelificación: Entre 20 s y 6 min. 4 s.
Condiciones particulares de recepción
Todos los materiales se recepcionarán de acuerdo con la CTE parte I apartado 7.2. y en cual- quier caso se llevarán marcado el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
Materias primas
Cuando las materias primas posean marcado CEE, Sello INCE o cualquier sello aceptado por el CTE irán acompañadas de las especificaciones técnicas y se liberará al transformador de realizar ensayos de control de las mismas.
Cuando no posean dicho sello o marcado, se les exigirá estas mismas especificaciones técni- cas y serán además sometidas a control de recepción por medio de los ensayos que x xxxxx- nuación se relacionan, con las desviaciones máximas que se determinan respecto de los valo- res reflejados en las especificaciones del fabricante:
1. Indice de hidróxido de polioles: Desviación máxima 10%.
2. Viscosidad de polioles: Desviación máxima 10%.
3. Peso específico de polioles: Desviación máxima 3%
4. Indice de acidez de polioles: Desviación máxima 3%.
5. Contenido de isocianato libre: Desviación máxima 10%.
6. Acidez de isocianatos: Desviación máxima 5%.
7. Viscosidad Brookfield de isocianatos: Desviación máxima 10%.
8. Peso específico de isocianatos: Desviación máxima 3%.
El resultado de cada ensayo será definido por la media aritmética de dos determinaciones, siendo la norma ASTM-220-73 la que defina los métodos de ensayo para las determinaciones sobre polioles y la ASTM-E-222-73 para las de isocianatos.
Producto acabado
Apariencia externa: Se efectuará una apreciación visual de homogeneidad, siendo rechazable cuando el tamaño de celda no sea uniforme o cuando el espesor:
En relleno: Zonas no rellenadas en volumen superior al 1% del especificado.
En recubrimiento: Espesores medios inferiores en más de 1 mm a las tolerancias señaladas. Presencia en alguna de las 6 mediciones a efectuar de espesores inferiores al 75% de lo espe- cificado.
Cada 1.000 m2 se realizarán los siguientes ensayos, según las normas que se especifican:
1. Densidad, UNE EN ISO 845. No se admiten desviaciones superiores a un 5% de los mínimos tolerados para cada tipo.
2. Conductividad térmica, Normas ASTM-518, ISO 2.518, ASTM-C-177, UNE 92.202. Desviación inferior a un 10% respecto al valor máximo tolerado.
3. Tiempo de crema y tiempo de gelificación. Sobre dos determinaciones no existirán desviaciones superiores al 10% de lo especificado.
El ensayo nº 1 se realizará sobre tres muestras de 500 cm3 y el ensayo nº 2 sobre 2 muestras de 0,60 x 0,60 x 0,15 m.
5.1.5. Poliestireno expandido
Características técnicas exigibles
Se consideran los 5 tipos siguientes, según las características y métodos para su determina- ción, mediante las normas: UNE 53.205, UNE EN ISO 845, 92.201 y 92.202:
Tipo I:
- Densidad nominal: 10 kg/m3.
- Densidad mínima: 9 kg/m3.
- Conductividad térmica: 30 kPa (0,30 kh/cm2).
Tipo II:
- Densidad nominal: 12 kg/m3.
- Densidad mínima: 11 kg/m3.
- Conductividad térmica: 0,044 W/m.K (0,038 kcaal/m.hºC)
- Resistencia a compresión: 35 kPa (0,35 kg/cm2).
Tipo III:
- Densidad nominal: 15 kg/m3.
- Densidad mínima: 13 kg/m3.
- Conductividad térmica: 0,037 W/m.K (0,032 kcal/m,hºC).
- Resistencia a compresión: 50 kPa (0,5 kg/cm2).
Tipo IV:
- Densidad nominal: 20 kg/m3.
- Densidad mínima: 18 kg/m3.
- Conductividad térmica: 0,034 W/m.K (0,029 kcal/m.h.ºC).
- Resistencia a compresión: 90 kPa (0,9 kg/cm2).
Tipo V:
- Densidad nominal: 25 kg/m3.
- Densidad mínima: 22 kg/m3.
- Conductividad térmica: 0,033 W/m.K (0,028 kcal/m.h.ºC).
- Resistencia a compresión: 120 kPa (1,2 kg/cm2).
Condiciones particulares de recepción
Todos los materiales se recepcionarán de acuerdo con la CTE parte I apartado 7.2. y en cual- quier caso se llevarán marcado el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
En cada lote, compuesto como máximo por 1.000 m2 para planchas y de 1.000 m. para coqui- llas, se realizarán los ensayos definidos en las características técnicas, con las siguientes tole- rancias de aceptación sobre los valores expuestos, según los métodos de ensayo de las nor- mas UNE correspondientes:
4. Densidad, UNE EN ISO 845. Desviación no superior al 5%.
5. Dimensiones, Desviación no superior al 2% de los valores nominales de longitud y an- xxxxx y a 3 mm. de espesor.
6. Conductividad térmica, ASTM-518, ISO 2.518, ASTM-C-177, UNE 92.201 y 92.202. Des- viación inferior al 5%.
7. Resistencia a compresión, UNE 53.205. Desviación no superior al 10%. El tamaño de la muestra será de 4 planchas.
5.1.6. Poliestireno extrusionado
Características técnicas exigibles
Producto formado por planchas rígidas de poliestireno expandido por extrusión, en un proceso en continuo, que le confiere una estructura de célula cerrada. La superficie de las planchas puede ser xxxx o rugosa, pudiendo las planchas obtenerse con perfiles diferentes o encajes pe- rimetrales. En función de cada tipo debe de presentar las características siguientes:
Tipo I:
- Densidad mínima: 20 kg/m3.
- Conductividad térmica máxima: Medida a 20º C será 0,032 W/m.k
- (0,027 kcal/m.h.ºC).
- Mínima resistencia a la compresión en sentido vertical al de extrusión: 120 kPa.
Tipo II:
- Densidad mínima: 25 kg/m3.
- Conductividad térmica máxima: Medida a 20ºC será 0,036 W/m.K
- (0,030 kcal/m.h.ºC).
- Mínima resistencia a la compresión en sentido vertical al de extrusión: 150 kPa.
- Permeabilidad: Estará comprendida entre 3,5 y 1,5 ng/Pa.m.s.
Tipo III:
- Densidad mínima: 30 kg/m3.
- Conductividad térmica máxima: Medida a 20ºC será 0,030 W/m.K
- (0.025 kcal/x.xxX).
- Mínima resistencia a la compresión en sentido vertical al de extrusión: 200 kPa.
- Permeabilidad: Estará comprendida entre 2,5 y 0,8 ng/Pa.m.s.
Tipo IV:
- Densidad mínima: 35 kg/m3.
- Conductividad térmica máxima: Medida a 20ºC será 0.028 W/m.K
- (0,024 kcal/m.hºC).
- Mínima resistencia a la compresión en sentido vertical al de extrusión: 300 kPa.
- Permeabilidad: Estará comprendida entre 2,5 y 0,8 ng/Pa.m.s.
Tipo V:
- Densidad mínima: 45 kg/m3.
- Conductividad térmica máxima: Medida a 20ºC será 0.030 W/m.K (0,025 kcal/m.hºC.
- Mínima resistencia a la compresión en sentido vertical al de extrusión: 400 kPa.
- Permeabilidad: Estará comprendida entre 2,5 y 0,8 ng/Pa.m.s.
Condiciones particulares de recepción
Todos los materiales se recepcionarán de acuerdo con la CTE parte I apartado 7.2. y en cual- quier caso se llevarán marcado el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
En cada lote compuesto como máximo por 1.000 m2, se realizarán los ensayos en las caracte- rísticas técnicas, con las siguientes tolerancias de aceptación sobre los valores expuestos, se- gún los métodos de ensayo de las normas UNE correspondientes:
8. Densidad, UNE EN ISO 845. Desviación no superior al 10%.
9. Conductividad térmica, UNE 92.201, 92.202. Desviación no superior el 5%. 10.Resistencia a compresión, UNE 53.205 Desviación máxima no superior al 10%. 11.Permeabilidad al vapor de agua, UNE EN 12086. Desviación no superior al 15%.
El tamaño de la muestra será de 5 planchas.
5.2. Condiciones que han de cumplir las unidades de obra
5.2.1. Aislamientos térmicos
Materiales
Cumplirán lo establecido en el apartado correspondiente de este Pliego.
Ejecución
Durante la ejecución se observan los siguientes aspectos:
El soporte estará exento de materias extrañas como polvo, aceites, etc. con un xxxxx xx xx- medad dentro de los límites especificados por el fabricante.
El aislamiento quedará protegido de la lluvia durante y después de la colocación, no debiéndo- se colocar con vientos superiores a los 30 Km/h.
El material colocado se protegerá de impactos, presiones u otras acciones que lo puedan alte- rar y de una exposición solar muy larga.
El aislamiento acabado quedará bien adherido al soporte y tendrá un aspecto uniforme y sin defectos.
El aislamiento será continuo y cubrirá la totalidad de la superficie a aislar, poniéndose especial atención en no dejar puentes térmicos.
Las placas o paneles se colocarán una al lado de otra y a rompejunta, no debiendo superar las juntas 2 mm.
Control y criterios de aceptación y rechazo
El control y las condiciones de aceptación de los materiales serán los definidos en el apartado correspondiente de este Pliego.
Se comprobará la correcta distribución de temperatura en función de la altura, según la instruc- ción IT.IC.02 del Reglamento de Climatización, Calefacción y Agua Caliente Sanitaria.
Mediante termoflujómetro se comprobará el coeficiente de transmisión térmica de los cerra- mientos exteriores en al menos tres puntos, con lecturas durante al menos 24 h.
Las unidades de obra que no cumplan lo especificado deberán ser retiradas, en su caso, demo- lida o reparada la parte de obra afectada.
5.2.2. Aislamientos acústicos
Materiales
Cumplirán lo establecido en el apartado correspondiente de este Pliego.
Ejecución
Durante la ejecución se observarán los siguientes aspectos:
La puesta en obra se ejecutará de acuerdo a las instrucciones del fabricante y en las condicio- nes en que se emitió el certificado de ensayo, tanto para el material principal como para el complementario.
La no existencia xx xxxxxxx acústicos, a través del material (fijaciones, tuberías, conductos), o de su contorno (juntas perimetrales).
Las tuberías estarán instaladas mediante grapas o abrazaderas provistas de material elástico de separación y en las condiciones que específica el Reglamento e Instrucciones Técnicas complementarias de Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria (IT.IC.16.3), no admitiéndose en ningún caso fijaciones con alambre.
Las tuberías atravesarán las fábricas con exigencias acústicas mediante pasamuros y nunca en forma rígida.
El aislamiento será continuo y cubrirá la totalidad de la superficie a aislar, poniéndose especial atención en no dejar puentes térmicos.
Las placas o paneles se colocarán una al lado de otra y a rompejunta.
A ser posible, la instalación de los acondicionantes acústicos se realizarán por una casa espe- cializada. Toda instalación de materiales con propiedades acústicas deberán quedar vista en sus partes, hasta la inspección por la Dirección Facultativa no pudiendo trasdosar o rematar hasta recibir la aprobación correspondiente.
No se aceptarán niveles de presión acústica superiores a los especificados en la IT.IC.02 del Reglamento de Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria.
Control y criterios de aceptación y rechazo
Todos los materiales se recepcionarán de acuerdo con la CTE parte I apartado 7.2. y en cual- quier caso se llevarán marcado el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
Materiales aislantes:
Se comprobará la masa de los materiales suministrados y sus características geométricas.
Una vez finalizada la obra y antes de proceder a su recepción, se realizarán los siguientes en- sayos:
Aislamiento del suelo al ruido de impacto, UNE EN ISO 140 (7). Aislamiento entre locales al ruido aéreo, UNE EN ISO 140 (4). Aislamiento al ruido aéreo en fachadas, UNE EN ISO 140 (5).
Acondicionamientos acústicos:
El material llegará a obra debidamente embalado y etiquetado. Llevará mención expresa de sus características y garantías.
Contendrá instrucciones de montaje, salvo en el caso de instalación por casa especializada.
Se comprobará, catálogo en mano, su aspecto general y dimensiones, determinándose la den- sidad y el resto de las características en laboratorio acreditado, salvo que los materiales ven- gan avalados por Sellos o Marcas de Calidad.
Se comprobará en el acopio, la existencia de material complementario, como juntas perimetra- les, dispositivos antivibratorios, etc., en los términos que el certificado de ensayo (UNE EN 20354) indique. La no existencia de dicho certificado, previo al inicio de la obra es criterio de rechazo automático.
Siempre que se mencionen normas UNE, ASTM o cualquier otra norma reguladora de ensayos en cualquier país, se aplicará la norma citada o cualquiera que la sustituya.
6. Cartón-yeso
6.1. Generalidades
6.1.1. Documentos relacionados
Se aplicarán a la presente especificación los planos y estipulaciones generales del Contrato.
6.1.2. Resumen
1. Entre los trabajos de esta especificación se incluyen los siguientes:
a) Acabado de tabiques de cartón yeso en paredes y techos.
b) Acabados de juntas, bordes, esquinas y sujeciones.
c) Trabajos de cierres acústicos y herméticos de esta especificación.
d) Capa de acabado según lo especificado.
2. Trabajos no incluidos en esta especificación:
a) Estructuras metálicas de apoyo.
b) Aislamiento acústico en paredes y tabiques de cartón yeso.
c) Aislamiento térmico.
d) Pintura.
e) Revestimientos xx xxxxxxx.
6.1.3. Presentación de la documentación
1. Detalles de los Productos:
Presentar las especificaciones técnicas de los tableros de cartón-yeso para paredes y te- chos, incluyendo accesorios de acabado, materiales de acabado, cierres y sellados y las instrucciones de por escrito del fabricante de los tableros con copias de las certificacio- nes de la Normativa vigente para cada sistema de pared, techo y huecos, incluyendo los tipos de fijación y los espaciadores.
2. Muestras:
Presentar muestras si son solicitadas por el Arquitecto para su aprobación.
6.1.4. Condiciones de trabajo
Realizar una inspección detallada de todas las zonas y superficies a encerrar o cubrir por me- dio de tabiques o cierres de cartón yeso y concertar el subsanado de defectos de mano de obra o de materiales. Asegurar que todos los demás trabajos que vayan a ser cubiertos por tabiques de cartón yeso hayan sido inspeccionados y aprobados antes de comenzar la instalación; en caso contrario, descubrir según las instrucciones que se den sin coste adicional alguno para la Propiedad.
6.2. Productos
6.2.1. Materiales
Tabiques de Cartón yeso
ASTM c36, se utilizará tablero de cartón yeso-normal salvo en las particiones o cierres en que han de cumplir un grado de Resistencia al fuego (RF) en cuyo caso se utilizarán tableros indi- cados para paredes RF. Para paredes y techos de aseos y donde se indique, se suministrarán paneles resistentes al agua o paneles resistentes al agua y resistentes al fuego (RF), según sea necesario.
Tornillos
ASTM C1002, tornillos tipo rosca espiral, autorroscante, de cabeza xx xxxxxxxx, resistente a la corrosión, longitud mínima de 25 mm para sistemas de una capa. Para paredes dobles o de capas múltiples, las longitudes de los tornillos serán suficientes para penetrar al menos 10 mm en todos los elementos metálicos de soporte y 20 mm. en elementos xx xxxxxx de soporte. Se suministrarán tornillos especiales endurecidos para apoyos más pesados de 0,5 kg por tornillo.
Remates metálicos y guardaesquinas
Acero electrogalvanizado con entregas de cinta, fabricados o recomendados por el fabricante del tabique de cartón yeso, guardaesquinas en las esquinas exteriores y remates en “J” o “L” donde se encuentren con otros materiales.
Juntas de control
Se suministrarán remates de juntas de control de zinc conformado por laminación, según se in- dica en los planos para resistir la corrosión.
Materiales de acabado
ASTM C475, cinta para juntas, compuesto de asiento, adhesivo compuesto de acabado, y compuestos de laminación, suministrados por el fabricante de los tabiques de cartón yeso.
Compuesto para calafatear
Sellador acústico permanentemente inendurecible, suministrado o recomendado por el fabri- cante de los tabiques de cartón yeso.
6.3. Ejecución
6.3.1. Instalación de tabiques de cartón-yeso
Se realizará la instalación y acabado de todos los tabiques de acuerdo con lo estipulado en ASTM C840 y las instrucciones del fabricante de los paneles. No se instalarán los paneles de yeso hasta que el edificio esté hermético. Se cumplirán los requisitos de ignifugidad, homologa- ciones y requisitos de los Reglamentos de Construcción de Edificios.
Temperatura
Se mantendrá una temperatura mínima de 18ºC en el edificio durante la instalación de los tabi- ques de cartón yeso y se proporcionará un sistema de ventilación con el fin de eliminar el exce- so de humedad.
Sujeciones
Se instalarán todas las cabezas por debajo de la superficie sin romper el papel de la superficie o cortar el elemento de la estructura xx xxxxx alrededor de la sujeción. Se espaciarán según lo estipulado en los Reglamentos.
Huecos
Se cortarán y ajustarán los paneles en los huecos. En los huecos de puertas y otros elementos, se cortará el panel para continuar a través de las zonas encima del hueco; no se cortarán los paneles a las dos jambas y luego rellenar el dintel con piezas individuales. Se hará de forma que la distancia desde la junta encima del hueco hasta la jamba del mismo, sea de 150 mm como mínimo. Se dispondrán las juntas en tresbolillo en el lado opuesto del tabique.
Paredes de una sola capa
Se colocarán los paneles de forma horizontal con el lado mayor perpendicular a los montantes o en piezas individuales colocadas verticalmente con las juntas verticales centradas sobre los apoyos y a tresbolillo sobre las paredes, de forma que no se encuentren en lados opuestos del mismo montante. Se fijará cada montante y canal mediante tornillos, manteniendo los tornillos a 10 mm de los bordes.
Paredes multicapas
Se aplicará la primera capa de la misma manera que en el caso de una sola capa. Se coloca- rán a tresbolillo todas las juntas de las capas posteriores respecto a la primera.
Falsos techos
Se colocarán los paneles con el lado mayor perpendicular a los perfiles omega, y con las juntas de los extremos colocadas a tresbolillo y centrados sobre los perfiles omega. Se utilizarán pa- neles con la máxima longitud práctica con el fin de reducir al mínimo las juntas finales y para dar soporte alrededor de las perforaciones y huecos. Se fijarán con tornillos.
Juntas de control
Se suministrarán juntas de control según lo especificado en los planos. Se suministrarán ele- mentos dobles de estructura, uno en cada lado de la junta de control, a una distancia mínima de 50 mm. La separación mínima en la junta de control será de 6 mm. La máxima dimensión única entre juntas de control no superará 15 m.
Paredes curvas
Se instalarán paneles con curvas libres de distorsiones, estrías u otros defectos. El espesor necesario de la pared se constituirá usando capas múltiples de paneles delgados, fijados con un compuesto de laminación y tornillos cuando sea necesario. Las paredes curvas serán con- tinuas sin línea visible de separación. La transición entre una pared curva y otra recta deberá ser suave y sin línea visible de separación.
6.3.2. Tratamiento y acabado de juntas
Se aplicará el compuesto de asiento de cintas, y al menos tres capas de compuesto de acaba- do en todas las juntas.
Se aplicará el compuesto para juntas y dos capas o más de compuesto de acabado sobre las cabezas de los tornillos.
Todas las esquinas interiores se tratarán con un compuesto para juntas, cinta y compuesto de acabado.
Las aristas no tendrán rasguños ni otro tipo de marca.
Tapar las esquinas y ángulos exteriores con guardaesquinas y compuesto de acabado.
Se colocará el cordón de entubación, guardaesquinas y compuesto de acabado en los bordes de los paneles que se encuentren con el acabado de techos, paredes, suelos o columnas, así como en otros lugares, según se indique o se requiera, tales como huecos, retallos, etc.
Tras la aplicación de pintura u otros productos de acabado, no se apreciarán las juntas, rema- tes y sujeciones; se corregirán los defectos según las indicaciones sin coste adicional alguno para la Propiedad.
Se sellarán las aristas sin tratar, las aberturas para fontanería y los tabiques que hayan sido cortados, con el sellado recomendado por el fabricante.
No es necesario lijar juntas de cinta y cabezas de sujeciones en paneles ocultos o situados en- cima del techo.
Cuando se haya finalizado la instalación completa y antes de la instalación de los materiales de acabado de otros gremios, se corregirán y repararán todos los paneles rotos, abollados, raya- dos o dañados.
Los paramentos estarán exentos de coqueras, fisuras, manchas de humedad mohos, etc. Se borrarán todo tipo de inscripciones.
No se admitirán juntas despegadas.
6.3.3. Cierres herméticos
Se cerrarán de forma hermética las conexiones entre las paredes de conductos, platinillos, ple- nums y la estructura del edificio por medio de un compuesto para calafatear.
6.3.4. Calafateo
Se utilizará un compuesto para calafatear acústico en todos los tabiques aislados acústicamen- te y alrededor de las cajas de salida y otras penetraciones.
Se realizará la apertura de huecos para alojamiento de mecanismos de electricidad, fontanería y otras instalaciones, recibido y rejunteo de los mismos.
6.3.5. Capa de acabado
Se aplicará con una llana la capa de compuesto de acabado una vez finalizado el acabado de juntas y sujeciones, aplicada con un espesor uniforme de al menos 2 mm y alisada con una lla- na, sin dejar huellas xx xxxxx. Una vez seco, se realizará un lijado fino general con máquina or- bital donde sea necesario para eliminar huellas xx xxxxx u otros defectos y para dejar superfi- cies uniformes, continuas y lisas, libres de depresiones producidas por el lijado o las sujecio- nes.
Se rematarán igualmente los posibles huecos dejados para arriostramiento de andamios o por otras causas.
Siempre que se mencionen normas UNE, ASTM o cualquier otra norma reguladora de ensayos en cualquier país, se aplicará la norma citada o cualquiera que la sustituya
7. Xxxxxxx y alicatados
7.1. Condiciones que han de cumplir los materiales
7.1.1. Condiciones técnicas generales
Deberá centrar los azulejos y pavimentos por paños, así como los aparatos de fontanería, elec- tricidad, etc., y cuidará en especial las cargas y gruesos para que las llaves de grifería queden con el saliente necesario.
Salvo especificación concreta y opuesta, todos los morteros que se utilicen en raseos, solados y alicatados, serán morteros de cemento Portland y cuya especificación y dosificación se con- creta en cada partida del presupuesto. En general las resistencias de los morteros serán, apro- ximadamente, iguales a aquéllas a que van a trabajar el material que une el mortero y cuya do- sificación estará supeditada al coeficiente de trabajo soportado por el mismo, exceptuándose los casos especiales ó que la Dirección de Obra así lo ordene.
Todos los azulejos serán de primera calidad, el soporte reunirá todas las condiciones de buen azulejo cerámico, debiendo presentar porosidad y adherencia a su cara posterior, deberá ser de fácil rotura para permitir el escafilado en buenas condiciones.
Tendrán caras planas, sin estar excesivamente cocidos. Serán uniformes de color y medida. Asimismo serán uniformes en su espesor para lograr una perfecta colocación.
La colocación será esmerada y todas las juntas de los azulejos quedarán perfectamente recibi- das y enlechadas para evitar filtraciones de humedades.
Cuando estos materiales vayan a ser utilizados en pavimentos será necesario que cumplan lo especificado en el CTE SU 1, especialmente lo indicado en el artículo sobre resbaladicidad.
7.1.2. Condiciones particulares de recepción
Se deberán cumplir los requisitos marcados en el CTE parte I artículo 7.2 para recepción de materiales y en cualquier caso se presentará el sello CE del producto tal y como prescribe el CTE.
En cada lote compuesto por 1.000 m2. o fracción, se determinarán las siguientes característi- cas, según las normas de ensayo vigentes:
1. Características dimensionales.
2. Aspecto superficial
3. Absorción de agua
4. Resistencia a la flexión
5. Resistencia al cuarteo en baldosas esmaltadas
6. Resistencia química, para baldosas esmaltadas y no esmaltadas.
7. Dureza al rayado de la superficie según Xxxx.
8. Resistencia a la abrasión superficial, para baldosas esmaltadas.
9. Resistencia a la abrasión profunda , para no esmaltadas.
10. Resistencia al choque térmico
11. Dilatación térmica lineal,
12. Resistencia a xx xxxxxx,
00. Expansión por humedad. Baldosas esmaltadas con abrasión de agua E 6%.
Los ensayos 1, 3, 4, 12 y 13, se efectuarán sobre una muestra de 10 piezas, los 5, 6, 9 y 10
sobre 5 piezas, el 2 sobre 30 piezas, el 7 sobre 3, el 8 sobre 19 y el 11 sobre 2.
En interiores, se realizarán los ensayos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8.
En exteriores, los ensayos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13.
7.1.3. Baldosas y losas de terrazo
Se compondrán como mínimo de una capa de huella de hormigón o mortero de cemento, tritu- xxxxx xx xxxxxx x xxxxxx y, en general, colorantes, y de una capa base de mortero menos rico y árido más grueso.
Los áridos estarán limpios y desprovistos de arcilla y materia orgánica.
Todo el terrazo que se coloque será de primera calidad y deberá cumplir con las condiciones exigidas en el Capítulo III, Art. 220 y siguientes del "Pliego de Prescripciones Técnicas Genera- les para Obras de Carreteras y Puentes" PG3 del M.O.P.U., actual M.O.P.T., según Orden Mi- nisterial de 6 de Febrero de 1.976.
Deberá tener sus caras planas, y los cantos vistos muy cuidados, teniendo uniformidad de color y grano según las muestras que la Dirección elija. La estructura será homogénea en todo el material, sin presentar fracturas, exfoliaciones ni poros.
El coeficiente de absorción de agua no superará el diez por ciento (10%) en peso. Cumplirá las condiciones establecidas en el P.G.3 ya indicado para el desgaste, heladicidad, flexión y grosor del material, así como el resto de condiciones establecidas en dicho Pliego de Carreteras.
Las tolerancias en dimensiones serán:
Para medidas superiores a diez (10) centímetros, cinco décimas de milímetro (0,5 mm) en más o en menos.
Para medidas xx xxxx (10) centímetros ó menos, tres décimas de milímetro (0,3 mm) en más o en menos.
El espesor medido en distintos puntos de su contorno no variará en más de un milímetro y medio (1,5 mm) y no será inferior a los valores indicados a continuación.
Se entiende a estos efectos por lado, el mayor del rectángulo si la baldosa es rectangular, y si es de otra forma, el lado mínimo xxx xxxxxxxx circunscrito.
El espesor de la capa de la huella será uniforme y no menor en ningún punto de siete milí- metros (7 mm) y en las destinadas a soportar tráfico o en las losas, no menor de ocho milí- metros (8 mm).
La variación máxima admisible en los ángulos medida sobre un arco de 20 cm. de radio se- rá de más/menos medio milímetro (0,5 mm).
La flecha mayor de una diagonal no sobrepasará el cuatro por mil (0,4%) de la longitud, en más o en menos.
El coeficiente de absorción de agua determinado según la Norma UNE 7008 será menor o igual al quince por ciento (15%).
El ensayo de desgaste se efectuará según Norma UNE 7015, con un recorrido de 250 me- tros en húmedo y con arena como abrasivo; el desgaste máximo admisible será de cuatro milímetros y sin que aparezca la segunda capa tratándose de baldosas para interiores, de tres milímetros (3 mm) en baldosas de aceras o destinadas a soportar tráfico.
7.1.4. Rodapié de terrazo
Las piezas para rodapié, estarán hechas de los mismos materiales que los del solado, tendrán el canto xxxx, según necesidades y sus dimensiones serán las establecidas en el Proyecto. Las exigencias técnicas serán análogas a las del material del solado.
7.1.5. Azulejos
Se definen como azulejos, las piezas poligonales, como base cerámica recubierta de una su- perficie vidriada, de colorido variado, que sirven para revestir paramentos verticales.
Deberán cumplir las siguientes condiciones:
Ser homogéneos, de textura compacta y resistentes al desgaste.
Carecer de grietas, coqueras, planos y exfoliaciones y materias extrañas, que pueden dis- minuir su resistencia y duración.
Tener color uniforme y carecer de manchas fluorescentes.
La superficie vitrificada será completamente plana, salvo cantos xxxxx o terminales.
Clasificación BIII - BII a.
Los azulejos estarán perfectamente moldeados, y su forma y dimensiones serán las señaladas en los planos. La superficie de los azulejos será brillante, salvo que, explícitamente, se exija que la tenga mate.
Los azulejos situados en las esquinas no serán lisos, sino que presentarán según los casos, un canto xxxx, largo o corto, o un terminal de esquina izquierda o derecha, o un terminal de ángu- lo entrante con aparejo vertical u horizontal.
La tolerancia en las dimensiones será de un uno por ciento (1 %) en menos y un cero (0 %) en más, para los de primera clase.
La determinación de los defectos en las dimensiones se hará aplicando una escuadra perfec- tamente octogonal a una vertical cualquiera del azulejo, haciendo coincidir una de las aristas con un lado de la escuadra. La desviación del extremo de la otra arista respecto al lado de la escuadra es el error absoluto, que se traducirá a porcentual. Todo el azulejo estará perfecta- mente entonado, escantillado y bien plano con esmalte uniforme bien cubierto y sin defectos en superficie y canto.
7.1.6. Piezas cerámicas y gres
Se definen como piezas cerámicas aquellas piezas poligonales, con base cerámica recubierta de una superficie vidriada de colorido variado que sirve para revestir, y como gres aquellas que, por un especial tratamiento térmico, presentan unas mejores condiciones de dureza y absor- ción de agua inferior al 1%. Según estas características sirven para pavimentos y revestimien- tos tanto exteriores como interiores, generalmente horizontales.
Los materiales de origen industrial deberán cumplir las condiciones funcionales y de calidad fi- jadas en la NTE, así como las correspondientes normas y disposiciones vigentes relativas a la fabricación y control industrial, o en su defecto, a las normas UNE.
Cuando el material llegue a obra con Certificado de Origen Industrial que acredite el cumpli- miento de dichas condiciones, normas y disposiciones, su recepción se realizará comprobando, únicamente, sus características aparentes.
Deberán cumplir las siguientes condiciones:
Ser homogéneos, de textura compacta y resistentes al desgaste.
Carecer de grietas, coqueras, planos, y exfoliaciones y materias extrañas que puedan dis- minuir su resistencia y duración.
Tener color uniforme y carecer de manchas fluorescentes.
La superficie vitrificada será completamente plana, salvo cantos xxxxx o terminales.
Clasificación BI - BII a.
La tolerancia en las dimensiones será de un 0,5 por ciento en menos y un cero en masa, para los de primera clase.
La determinación de los defectos en las dimensiones se hará aplicando una escuadra perfec- tamente ortogonal a una vertical cualquiera del azulejo, haciendo coincidir una de las aristas con un lado de la escuadra. La desviación del extremo de la otra arista respecto al lado de la escuadra es el error absoluto, que se traducirá a porcentual.
7.2. Condiciones que han de cumplir las unidades de obra
7.2.1. Generalidades
Antes de proceder a la colocación del pavimento cerámico ó similar y también para los de te- rrazo, deberá preparar convenientemente los recrecidos del suelo. Dichos recrecidos los reali- zará con la suficiente antelación para que dé lugar a todo el proceso de fraguado y endureci- miento, debiendo dejar siempre juntas perimetrales y centrales en forma de cuadrícula cuyo la- do mayor no excederá de los dos metros y cincuenta centímetros (2,50 m) debiendo sellar con material elástico dichas juntas. La dosificación de dichos recrecidos será estudiada en obra en función de las condiciones de cada caso, no obstante las arenas serán de aproximadamente el 50 % del tipo playa, pero extraída de zonas interiores de la llamada xx xxxxx y el otro 50 % de arena xx xxxxxxx, procedente de molienda xx xxxxxx. El cemento será Portland.
Igualmente deberán preverse juntas en todo el perímetro de los pavimentos y en algunos casos en las zonas centrales que se establezcan en obra. Se seguirán las recomendaciones que for- mulen las casas fabricantes del material con la conformidad de la Dirección de obra.
Como norma, se dejarán juntas debajo de los pavimentos cerámicos cada cuatro metros linea- les ó cada ocho metros cuadrados, además de la junta perimetral que en cocinas y baños y te- rrazas siempre se dejará en el pavimento, salvo otra orden de la Dirección de Obra. También es conveniente prever pequeñas juntas entre cada baldosa para permitir sus ligeros movimien- tos. Antes de su colocación deberá humedecerse y lavarse el pavimento.
Todas las juntas que se realicen se rellenarán y sellarán con material elástico.
Al finalizar los pavimentos se extenderá sobre la superficie de dichos embaldosados una lecha- da de cemento Portland (a veces convendrá añadir cal), debiendo humedecer bien el pavimen- to embaldosado para que el mortero de juntas tenga una buena ligadura. Las juntas deberán limpiarse en profundidad de restos de mortero y partículas extrañas.
No se permitirá enchapar hasta que no estén probadas las instalaciones empotradas en las zo- nas de enchapados.
Deberá efectuarse una vivienda (piso piloto) completamente terminada.
Deberá entregarse a la Propiedad si así los solicita, al finalizar todas las obras el dos por ciento (2 %) de todo el material colocado en cocina y baños, para que ésta tenga reserva de dicho material para entregar a los compradores. Este dos por ciento de dicho material lo abonará la Propiedad al precio efectivo y real de compra.
En la partida de ayuda a gremios estará incluido el almacenamiento, garantía y responsabilidad de roturas y robos, replanteos propios del gremio de albañilería ó su colaboración, material de agarre, y, en general, toda la ayuda que la Dirección de obra estime necesaria y sea usual en este tipo de edificaciones.
Como coordinador de obra, el Contratista de Albañilería deberá facilitar con antelación las fe- xxxx de inicio de los trabajos de los gremios y llevar el seguimiento de los mismos, a fin de que se cumplan los plazos previstos, exigiendo su cumplimiento e informando semanalmente a la Dirección de Obra. Otorgará las ayudas normales a los gremios y subcontratistas, efectuando los replanteos necesarios para que puedan realizar los trabajos, tal como suele ser normal cuando realiza funciones de Contrata general de obra.
7.2.2. Solado de baldosas de terrazo
Son pavimentos realizados con placas constituidas por una capa de mortero de cemento y ca- ra de huella formada con mortero de cemento con materiales sueltos (xxxxxxxxx xx xxxxxx, chi- nas, xxxxx xx xxxxxx y colorante) .
Las placas se asentarán sobre una capa de mortero tipo M10 (o equivalente según normativa vifgente) de base blanca de 2 cm. de grosor, y se humedecerán antes de su colocación.
Se rejuntará con lechada de cemento Portland blanco y colorante y posteriormente se rebajará pulirá y abrillantará con máquinas de discos horizontales apropiados.
En revestimiento de suelos visto se utilizará pavimento de tipo de primera calidad 40 x 40 x 2,6 cm, cuya superficie no presentará defecto alguno, color uniforme, aristas vivas con dimen- sión de los granos inferior a 1,5 mm.
El adjudicatario de las obras entregará una reserva del pavimento de microterrazo equivalente al 1 % del material colocado para posibles reposiciones.
El adjudicatario presentará y ejecutará las muestras que fueran necesarias de dimensiones no inferiores a 5 m2 en el lugar que designe la Dirección, sin percibir indemnización alguna por es- te concepto.
Se respetarán las juntas estructurales del edificio en todo momento. Estas juntas se sellarán con material elástico e impermeabilizante, incluyendo su precio en la unidad de solados.
Todos los pavimentos estarán perfectamente macizados, así como las gradas, que deberán protegerse convenientemente para evitar deterioros durante la ejecución de las obras. Las gradas deberán armarse según la longitud de las mismas.
Los pavimentos xx xxxxxxxx y patios tendrán una pendiente mínima de un 2 % que se dará con el recrecido previo.
El aparejo de estos pavimentos se decidirá en obra.
En las zonas impermeabilizadas se protegerá la membrana de tal forma que el mortero de re- lleno quede sin unir y suelto de dicha membrana y con sus correspondientes juntas.
En el precio del terrazo estará incluido el recrecido de mortero.
Como norma general todas las partidas que se ejecuten estarán bien perfiladas, aplomadas y niveladas. Los cantos y escuadras estarán perfectamente ejecutados. Los rodapiés estarán bien alineados. Todas las juntas se enlecharán perfectamente.
Antes de colocar los pavimentos y azulejos se deberán proteger las tuberías y aislarlas conve- nientemente.
Los terrazos, una vez terminados, se protegerán convenientemente, prohibiéndose el paso por los mismos durante cuatro días. Se entregarán pulidos y abrillantados en obra. Las testas vis- tas llevarán igual tratamiento.
El rodapié de terrazo a montacaballo se apoyará en la huella y volará 10 cm. xxx xxxxx de la misma. La parte vista del rodapié tendrá igual tratamiento que el resto visto.
Todos los trabajos serán ejecutados por operarios especializados. Se tendrá especial cuidado en la conservación de los trabajos ya que en caso de deterioro estarán obligados a repararlos por su cuenta. Una vez terminadas las obras se repasarán todos los trabajos, reponiendo todo el material que no esté en perfectas condiciones de recibo.
Medición y Valoración
Se medirán las superficies realmente ejecutadas aplicándose a la medición efectuada los pre- cios unitarios en los que se incluye toda la mano de obra directa y la indirecta, todos los mate- riales, parte proporcional de piezas especiales, recortes, mermas, parte proporcional de zóca- los colocados del mismo tipo de pavimento de las dimensiones fijadas en los planos de detalle, rejuntado, rebajado, pulido y abrillantado, recortes, mermas 1% en concepto de reserva para reposición y todas las operaciones auxiliares y de preparación necesarias entendiendo que el precio se refiere a la unidad de medida completamente terminada.
Rechazo
No se admitirá el empleo de material distinto del previamente aprobado por la Dirección de las Obras, y deberá el Adjudicatario levantar aquellas partes que ya hubiera ejecutado, xxxxxxxx- dolas con material adecuado, sin que por ello perciba ninguna indemnización.
Se levantaran aquellas partes que presenten defectos de planeidad superiores a 2 mm medi- dos con regla de 2 m, e igualmente no se admitirán en zócalos variaciones superiores a 1 mm medidas con regla de 2 m.
7.2.3. Solados de gres
No se permitirá realizar el recrecido del suelo y la colocación del pavimento al mismo tiempo por lo ya indicado anteriormente. Por consiguiente esta operación se deberá realizar en dos fases, debiendo prever un grueso de 2 cm, para la colocación del mortero de agarre del pavi- mento.
El solado debe formar una superficie totalmente plana y horizontal, con perfecta alineación de sus juntas en todas direcciones. Colocando una regla de 2 m, de longitud sobre el solado, en cualquier dirección; no deberán aparecer huecos mayores a 4 mm.
Se evitará el tránsito por los solados hasta transcurridos cuatro días como mínimo, y en caso de ser este indispensable, se tomarán las medidas precisas para que no se perjudique al sola- do.
Medición y Valoración
Se medirán las superficies realmente ejecutadas aplicándose a la medición efectuada los pre- cios unitarios en los que se incluye toda la mano de obra directa y la indirecta, todos los mate- riales, parte proporcional de piezas especiales, recortes, mermas, parte proporcional de zóca- los colocados del mismo tipo de pavimento de las dimensiones fijadas en los planos de detalle, rejuntado, rebajado, pulido y abrillantado, recortes, mermas 1% en concepto de reserva para reposición y todas las operaciones auxiliares y de preparación necesarias entendiendo que el precio se refiere a la unidad de medida completamente terminada.
Los rodapiés y los peldaños xx xxxxxxxx se medirán y abonarán por metro lineal.
Rechazo
No se admitirá el empleo de material distinto del previamente aprobado por la Dirección de las Obras, y deberá el Adjudicatario levantar aquellas partes que ya hubiera ejecutado, xxxxxxxx- dolas con material adecuado, sin que por ello perciba ninguna indemnización.
Se levantaran aquellas partes que presenten defectos de planeidad superiores a 2 mm medi- dos con regla de 2 m, e igualmente no se admitirán en zócalos variaciones superiores a 1 mm medidas con regla de 2 m.
En superficies pequeñas, la planeidad se medirá con regla de 1 mt., no admitiéndose defectos superiores a 2 mm.
7.2.4. Alicatados de azulejos
En el faldón de las bañeras, en parte inferior, efectuará un rehundido entrante mínimo de 4 cms. incluido en el precio xx xxxxxxx correspondiente. De no concretar otra cosa, todo el azule- jo se colocará a junta corrida.
El alicatado en cocinas será a junta corrida y hasta el techo, incluyéndose en el precio el rema- te entre azulejo y techo.
Todos los pavimentos serán de primera calidad y reunirán las condiciones fijadas para los azu- lejos que correspondan también a los pavimentos como material cerámico.
Los azulejos que se emplean en el chapado de cada paramento o superficie seguida, se ento- narán perfectamente dentro de su color para evitar contraste, salvo que expresamente se orde- ne lo contrario por la Dirección Facultativa.
El chapado estará compuesto por piezas lisas y las correspondientes y necesarias especiales y xx xxxxx xxxx, y se sentará de modo que la superficie quede tersa y unida, sin alabeo ni de- formación a junta seguida, formando las juntas línea seguida en todos los sentidos sin quebran- tos ni desplomes.
Los azulejos y se colocarán con mortero cola, no admitiéndose el yeso como material de aga- rre.
Todas las juntas se rejuntarán con cemento blanco o de color pigmentado, según los casos, y deberán ser terminadas cuidadosamente.
Las piezas cerámicas utilizadas deberán presentar la superficie impermeable, inalterable a la acción de ácidos, lejías y a la luz, sin poros, grietas, oquedades o desconchamientos, bien cocidos , con resistencia a flexión 150 kg/cm2, dureza superficial, superior a 3 en la xxxxxx xx Xxxx y espesor uniforme.
La cara no vidriada y los cantos no presentarán restos de esmalte.
Siempre que el alicatado se realice en paramentos exteriores, se colocará previamente una malla de fibra xx xxxxxx anclada al paramento portante mediante raquetas. El precio de esta partida, quedando incluido en la unidad de obra de alicatado, salvo alusión explícita.
Se aplicará con adhesivo sobre la superficie maestreada del soporte, realizado con mortero tipo M10(o equivalente según normativa vigente), con una humedad máxima del 3%. El adhesivo será mortero de cemento cola de resinas irreversibles, extendido sobre el soporte con llana, rayándose antes de aplicar el revestimiento, siguiendo en todo momento las instrucciones de uso y aplicaciones del fabricante.
El espesor total del revestimiento incluyendo el soporte será de 15 mm. El alicatado se comen- zará a partir del nivel superior del pavimento terminado antes de que se realice este, y siguien- do el despiece que realicen los planos de detalle correspondiente.
Cuando el rasero sea de espesor superior a 2,5 cm., este se realizará en 2 tiempos, colocando una malla de fibra xx xxxxxx entre ambos.
Se rejuntará con lechada de cemento blanco, transcurridas 12 horas, se limpiará con estropajo seco.
Medición y Valoración
Se medirá la superficie ejecutada y acabada en metros cuadrados, de cada uno de los tipos que se proponen, descontando la superficie de todos los huecos.
Se valorará, aplicando la medición efectuada de cada una de las unidades de obra los precios unitarios correspondientes en los que se incluyen todos los materiales y operaciones propias de la unidad de obra, parte proporcional de piezas especiales mecánicas ( aluminio y / o acero inoxidable) para remates y esquinas, las operaciones de acabado como rejuntado y limpieza de paramentos y todos los materiales y operaciones auxiliares y de preparación necesarias para el buen acabado de las unidades de obra, aunque no estén expresamente especificados, enten- diéndose que los precios unitarios se refieren a las unidades ejecutadas, completamente termi- nadas.
En el caso de estar referida la colocación de cenefas o listelos en los paños a alicatar, su medi- ción no se efectuará aparte, sino que esta quedara incluida en la medición de alicatado con azulejos
Rechazo
Será condición de rechazo inapelable, el incumplimiento de lo especificado en las condiciones de ejecución de este artículo.
Serán asimismo rechazadas las unidades ejecutadas en los siguientes casos:
Variaciones de planeidad superior a 2 mm medida con regla de 2 m.
Aplicación y uso del cemento cola en contradicción con las instrucciones del fabricante.
Será rechazado el revestimiento que presente defectos en el paralelismo de las juntas.
Serán rechazadas las piezas que presenten defectos de cocido, defectos en la superficie esmaltada, defectos en el paralelismo de sus cantos, no debiendo colocarse en ningún ca- so; la Dirección de las Obras podrá ordenar el levantamiento de las partes defectuosas por su ejecución y/o por la inclusión de piezas rechazables, debiendo el constructor ejecutarlo sin derecho a percibir ninguna indemnización por ello.
7.3. Control de solados y alicatados
Los controles a realizar en baldosas y rodapiés de gres porcelánico son los siguientes;
En la ejecución del pavimento, uno cada 100 m2, se rechazará en caso de colocación deficien- te, espesor del mortero cola inferior a lo especificado y ausencia de lechada en juntas.
Planeidad del pavimento medida por solape con regla de 2 m, uno cada 100 m2, no se acepta- rá en el caso de variaciones superiores a 4 mm y xx xxxxx superiores a 2 mm.
En el caso de los rodapiés:
Ejecución del rodapié, uno cada 20 m y se rechazará en el caso de colocación deficiente, es- pesor del material de agarre inferior al especificado y ausencia de lechada de juntas.
Planeidad del rodapié medida por solape con regla de 2 m, uno cada 20 m, no se aceptará en el caso de variaciones superiores a 4 mm, y cejas mayores a 2 mm.
También se controlará las juntas de dilatación por medio de una inspección visual y se rechaza- rá en el caso de discontinuidad en el sellado y presencia de rebabas o desprendimientos.
Siempre que se mencionen normas UNE, ASTM o cualquier otra norma reguladora de ensayos en cualquier país, se aplicará la norma citada o cualquiera que la sustituya.
8. Pintura, esmalte y barnices
8.1. Generalidades
Todas las obras de Xxxxxxx se ejecutarán con arreglo a los planos del proyecto, y los de detalle contenidos en el mismo, así como a toda la especificación y documentación entregada y que forma parte del proyecto. Asimismo, realizará cuantos trabajos ordene la Dirección de obra.
La ejecución de las obras deberá ser la que corresponde a una obra de primera calidad, siendo obligación del Gremio de Pintura ejecutar cuanto razonablemente sea necesario para la buena construcción y aspecto de las obras, aún cuando no se halle expresamente estipulado en las condiciones del proyecto.
Comprende el suministro, transporte, preparación del soporte, colocación y perfecto acabado de todos los elementos y materiales que forman parte del capítulo de Pintura.
El Gremio de Pintura, antes de dar comienzo a las obras, realizará, por su cuenta, un replanteo exacto y unas muestras con todo detalle de las diversas unidades que componen las obras, que una vez comprobado y confirmado por la Dirección de obra, les permitirá dar comienzo a los trabajos. Dichos replanteos, muestras y trabajos previos no se abonarán como tales, sino que se incluirán en los precios unitarios ofertados.
Todos los materiales que se utilicen para la ejecución de las obras serán de primera calidad, y cumplirán las Normas que se concretarán, así como las especificadas en el presupuesto.
La descarga, guardería y elevación de los materiales y maquinaria en la obra, será a cargo del Gremio de Pintura.
Todos los trabajos de pintura se efectuarán por operarios especializados en esta clase de tra- bajos.
Se recomienda visitar la obra y comprobar “in situ” el estado avanzado de la construcción y las instalaciones realizadas, y revisar los paramentos interiores que se hayan realizado o se estén realizando con yeso.
Antes de proceder a pintar la obra, y una vez realizadas las oportunas muestras y a partir de cuando las mismas sean aceptadas, deberá pintar completamente un local, vivienda x xxxx xxxx- to, para que se proceda a dar el visto bueno por la Dirección de obra, o bien indique las correc- ciones que hubiera que realizar, de tal forma que no se deberá dar comienzo a los trabajos de pintura hasta que esté aceptada la pintura del local de muestra o del piso piloto, salvo orden contraria de la Dirección de obra.
No se deberá dar ningún baño de pintura hasta que las superficies estén secas, y previa lim- pieza a fondo de los paramentos.
Normalmente, en cada baño de pintura se modificará el tono del mismo, debiendo comunicar oportunamente a la Dirección de obra el número xx xxxxx que vaya ejecutando para que ésta dé su conformidad o reparos, previa inspección de los trabajos. Entre cada mano deberá trans- currir un mínimo de 24 horas.
En los barnizados, se pondrá especial cuidado y esmero para que al final de los trabajos las maderas tengan colores y tonos iguales, evitando, y no aceptándose, barnizados con aspectos desentonados, sin cubrir el poro de la madera, o mal refinados.
Las puntas de fijación de los elementos de carpintería, después de botadas convenientemente, serán tapadas con mastic del color adecuado, antes de barnizar.
En los precios, se da por entendido que en los mismos se han contemplado y establecido los costes necesarios para poder cumplir todas las condiciones establecidas, así como que la Di- rección de obra podrá elegir libremente los colores de pintura y barnices, sin que los precios ofertados sufran ninguna variación.
Protegerá y cuidará perfectamente todos los trabajos de Xxxxxxx, para evitar su deterioro, ya que la entrega de la obra se realizará con todos los revestimientos en perfectas condiciones, siendo a su cargo cualquier arreglo o reparación que tuviera que realizar con posterioridad a su ejecución, pero antes de la recepción, respondiendo también de los posibles repasos de pintura propios o como consecuencia de repasos ajenos.
No se admitirán trabajos por administración. Si se produjera alguna unidad nueva, su precio se confeccionará, exclusivamente, con las mismas bases de la oferta.
Los métodos de pintura serán: Con brocha, pistola y rodillo.
Todas las brochas que se utilicen en la ejecución de estas obras cumplirán con las normativas que se especifican en los “Pliegos de Condiciones” y “Normas”, cuyo cumplimiento se exige al final de estas notas.
Las brochas de pintar serán de pelo blanco y las de barnizar serán del denominado pelo blanco de Rusia, quedando prohibido el empleo de brochas que contengan crin o ballenas mezclados con las cerdas.
Los botes de pintura se llevarán a obra sin abrir ni desprecintar, debiendo abrirlos y desprecin- tarlos a medida que se vayan efectuando los trabajos.
Preparación de las superficies:
Se considerarán como operaciones generales en la preparación de la madera, antes de pintar o barnizar, las siguientes: Cepillado y desempolvado, desengrasado y desresinado, eliminación y tratamiento especial de nudos, relleno de grietas, decoloración y teñido del barnizado.
En la preparación de los metales ferrosos se efectuarán las operaciones siguientes: Limpieza general y desengrase, eliminación de costras del laminado (decapado), eliminación de orín (desoxidación), eliminación de irregularidades mecánicas (afinado). Siempre se comenzará por la limpieza general y desengrase. Cuando las piezas se encuentren pintadas con imprimacio- nes de naturaleza desconocida o poco fiable, se procederá, lo primero de todo, a la eliminación completa de la pintura mediante quemado con soplete, completándose la operación con una limpieza mecánica a fondo.
En la preparación de las superficies de paramentos verticales y horizontales, se dará comienzo por una limpieza a fondo, seguida de un lijado general, de forma que las superficies queden bien alisadas y limpias de manchas y asperezas.
Si después de realizar estas operaciones quedaran manchas, eflorescencias, mohos, hongos, etc., será preciso proceder a su total eliminación. Para ello se emplearán disoluciones de ácido clorhídrico al 5-10%, aplicadas con brocha en el caso de eflorescencias, y de fosfato trisódico al 5% en el caso de musgos y hongos. En ambos casos se procederá, a continuación, a un lava- do con agua abundante.
Todas las superficies xx xxxxxx, yeso, cemento, albañilería y sus derivados, metálicos y de hormigón, deberán cumplir, antes de la aplicación de la pintura, las condiciones generales de ejecución exigidas en las Normas Tecnológicas de la Edificación, NTE-RPP/1976.
Igualmente, cumplirán dichas Normas NTE-RPP/1.976: Especificación de pintura: Imprimacio- nes (RPP-1 al RPP-4), Pintura al temple, Pintura al óleo, Pinturas al esmalte en sus distintos ti- pos, Pinturas plásticas, Barnices, etc. También deberán cumplir los materiales de origen indus- trial las condiciones funcionales y de calidad fijadas en las NTE, así como las correspondientes Normas y disposiciones vigentes relativas a la fabricación y control industrial o, en su defecto, las normas UNE que se concretan en las NTE-Materiales y equipos de origen industrial.
Asimismo, el control de la ejecución podrá realizarse con la especificación establecida en la NTE-RPP/1.976.
En el rayado y señalización del garaje y sus vías y accesos, se podrá exigir que cumpla el ar- tículo 700 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puen- tes.
Queda prohibido colocar los botes de pintura directamente encima de los pavimentos, encime- ras, etc., para lo cual, antes de comenzar los trabajos de pintura, protegerán convenientemente cuanto sea necesario para no manchar o deteriorar los materiales colocados por otros gremios de la obra. También queda prohibido el vertido de los excesos sobrantes de pinturas por las instalaciones fijas realizadas por otros gremios, así como la limpieza de las brochas en fregade- ros, inodoros, lavabos, etc. Caso de manchar, obstruir o deteriorar algo de otros gremios, el Gremio de Pintura será responsable de cuantos desperfectos ocasione.
Se realizarán cuantos ensayos y muestras considere necesarios la Dirección de obra, no permi- tiéndose el uso y acopio de materiales a los que previamente la Dirección de obra no haya otorgado su conformidad. Antes de concluir los trabajos, se tomarán muestras en obra para comprobar la calidad de los trabajos.
Un juego completo de planos estarán adheridos a tableros manejables mientras duren las obras, y a disposición de la Dirección de obra. Siempre que haya alguna reforma en algún plano, se sustituirá éste, archivándose el antiguo, que no se usará ni permanecerá en la obra a no ser que lo pida la Dirección de obra.
Si el Gremio advirtiera errores o anomalías en los planos o especificaciones, lo comunicará de inmediato a la Dirección de obra, para que proceda a subsanarlos; asimismo, lo hará cuando observe la falta de detalles por definir.
Tanto en cada certificación parcial de obra como en la entrega final de la misma, el Gremio de Pintura facilitará y entregará planos acotados que justifiquen sus correspondientes mediciones, siempre siguiendo el orden, la posición y las formas de medir señaladas en las condiciones y especificaciones de la obra. También será condición indispensable que, antes de efectuar la li- quidación de las obras, el Gremio de Pintura presente las normas de mantenimiento de las mismas.
El Contratista del Gremio de Pintura queda sometido al cumplimiento de las especificaciones contenidas en la documentación de este proyecto, al igual que a las normativas y condiciones que a continuación se relacionan, en tanto no se haya previsto ninguna especial que la invalide, relegue o sustituya:
CTE
Normas Tecnológicas de la Edificación, NTE, en especial la NTE-RPP/1.976: “Revestimien- to de Paramentos: Pinturas”.
Materiales: Normas UNE vigentes relativas a la fabricación y control industrial que se seña- lan:
- UNE 00-000-00. Alcoholes en diluyentes de esmaltes y barnices nitrocelulósicos.
- UNE 00-000-00. Cetonas en diluyentes de esmaltes y barnices nitrocelulósicos.
- UNE 00-000-00. Esteres de diluyentes de esmaltes y barnices nitroelulósicos.
- UNE 00-000-00. Ensayo de corrosión de disolventes y diluyentes.
- UNE 00-000-00. Ensayo xx xxxxxx en disolventes.
- UNE 00-000-00. Viscosidad de las pinturas y de los esmaltes grasos.
- UNE 00-000-00. Resistencia a la inmersión de las pinturas y barnices.
- UNE 00-000-00. Resistencia al gas de los barnices.
- UNE 00-000-00. Ensayos de esmaltes, pinturas y barnices. Resistencia al rayado.
- UNE 00-000-00. Finura de molienda de los pigmentos en las pinturas esmaltes.
Normativa técnica PG-3/75 (O.M. de 6 de febrero de 1.976).
Pliego de Condiciones Técnicas de la Dirección General de Arquitectura – 1.960, aprobado por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos con fecha 24 xx xxxxx de 1.973 y Or- den del Ministerio de la Vivienda, de 4 xx xxxxx de 1.973, en lo que no se oponga a la CTE o Normas Tecnológicas. Especialmente el capítulo de PINTURAS (7.4).
Normas de Calidad para Viviendas de Protección Oficial (estatal o autonómicas, según los casos).
Ordenanza de Trabajo en la Construcción, Vidrio y Cerámica (artículos que aún conservan su vigencia).
Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo (artículos que aún conservan su vigencia).
Real Decreto 84/1.990, de 19 de enero, modificando parcialmente el R.D. anterior.
Ley 31/1.995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 1.627/1.997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones míni- mas de Seguridad y Salud en las obras de construcción.
Disposiciones y Recomendaciones de la Delegación de Industria.
8.1.1. Calidad de las obras
Los trabajos que no reúnan la calidad exigida por el proyecto y la Dirección Facultativa, podrán ser demolidos y rehechos por cuenta y a cargo del Gremio de Pintura.
El Contratista del Gremio de Pintura se obliga a prestar la atención necesaria prevista en la do- cumentación facilitada o las normales en el sector cuando los trabajos estén terminados, hasta la total puesta a punto, para dejar la obra a completa satisfacción de la Dirección Facultativa. En el supuesto de que no exista tal atención, la Propiedad cargará los gastos correspondientes de las cuentas pendientes, o de la garantía, aunque se hubiere realizado la Recepción Provi- sional.
8.1.2. Limpieza de obra
Cada gremio deberá limpiar la obra de todos los restos o material sobrante de su pertenencia, dichos trabajos los realizará al menos una vez por semana, o antes si la obra lo requiere.
Queda terminantemente prohibido arrojar por los desagües de los inodoros, u otras instalacio- nes, los restos y sobrantes propios del Gremio de Pintura. Caso de que no se respetase esta prohibición, el Gremio de Pintura será totalmente responsable de los desperfectos y reparacio- nes a que ello dé lugar.
8.1.3. Obras no previstas o modificadas
Si durante el transcurso de la obra hubiere que realizar alguna partida distinta de las contrata- das, antes de efectuar dicho trabajo, deberá confeccionarse el precio nuevo correspondiente, no debiendo realizarse dicho trabajo sin tener la conformidad o reparos de la Dirección Faculta- tiva.
Todos los precios nuevos que se establezcan estarán elaborados en base a los precios ele- mentales y básicos con los que se confeccionó la relación de precios inicial, y que sirvió para la adjudicación de las obras. Caso de no ser aceptado dicho nuevo precio, la Propiedad queda en libertad para adjudicar a otra Empresa la parte correspondiente de este trabajo.
No se admitirán trabajos por administración.
8.2. Condiciones que deben cumplir los materiales
8.2.1. Imprimaciones
Características técnicas exigibles
Se definen como pinturas xx xxxxx de plomo, para imprimación anticorrosiva de superficies de metales férreos, las que cumplen las condiciones exigidas en el artículo 270 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para obras de Carreteras y Puentes, al que se hará refe- rencia constante a lo largo de este apartado con las siglas PG3. Asimismo las características generales cumplirán la norma UNE 37.212.
Las pinturas incluidas en este artículo se clasifican en los siguientes tipos:
Tipo I: Pintura xx xxxxx de plomo al aceite de linaza.
Tipo II: Pintura xx xxxxx de plomo-óxido xx xxxxxx, con vehículo constituido por una mezcla de resina gliceroftálica modificada y aceite de linaza crudo, disuelto en la cantidad conve- niente de disolvente volátil.
Tipo III: Pintura xx xxxxx de plomo con barniz gliceroftálico.
Tipo IV: Pintura xx xxxxx de plomo con barniz fenólico.
La composición de los distintos pigmentos utilizados en la formulación de las pinturas presenta- rán las características que se indican en la Tabla 270.1 del PG3.
Los pigmentos extraídos al analizar la pintura presentarán las características cuantitativas que se indican en la Tabla 270.2 del PG3.
En cualquiera de los cuatro tipos, los vehículos deberán estar exentos de colofonia y sus deri- vados. Contendrán las cantidades apropiadas de antioxidantes y agentes que eviten en el ma- yor grado posible la sedimentación del pigmento. Los componentes del vehículo deberán mez- clarse en las proporciones que se indican en la Tabla 270.3 del PG3.
El vehículo de la pintura tipo I estará constituido por una mezcla de aceite de linaza crudo y aceite de linaza polimerizado, además de los disolventes y secantes necesarios.
El vehículo de las pinturas tipo II estará constituido por una mezcla de aceite de linaza crudo y de resina gliceroftálica media en aceites, además de los disolventes y secantes necesarios.
El vehículo de las pinturas tipo III será un barniz gliceroftálico compuesto por una resina glice- roftálica media en aceites, disuelta en la cantidad adecuada de disolventes volátiles y los se- cantes necesarios.
El vehículo de las pinturas tipo IV será un barniz fenólico compuesto por una mezcla de aceite xx xxxxxx de China y resina p-fenil fenol-formaldehído, disolventes volátiles y secantes.
La resina fenol-formaldehído que se emplee en la formulación del vehículo de las pinturas tipo IV cumplirá las condiciones indicadas en la Tabla 270.4.
El barniz fenólico que forma parte del vehículo de las pinturas incluidas en el tipo IV cumplirá las condiciones indicadas en la Tabla 270.5 del PG3 y tendrá la siguiente composición:
Resina de p-fenil fenol-formaldehído, según la norma INTA 161.604 será de 20,25% en pe- so.
Aceite xx xxxxxx de China, según la norma UNE 48.146 será de 39,75% en peso.
Gasolina 150-210, según la norma INTA 162.302 será de 40,00% en peso.
Los diversos tipos de pintura líquida incluidos en el presente artículo presentarán las caracterís- ticas cuantitativas que se indican en la Tabla 270.6 del PG3.
Las pinturas tipos I, III y IV tendrán el color naranja característico xxx xxxxx de plomo; las del ti- po II, tendrán el color típico de las mezclas xx xxxxx de plomo con óxido xx xxxxxx rojo.
En envase parcialmente lleno, no se formarán pieles al cabo de 48 horas, según la norma INTA 160.241.
La pintura permanecerá estable y uniforme al diluir ocho partes, en volumen, de pintura con una parte, en volumen, de gasolina 156-210ºC, según normas INTA 162.302 y UNE 48.097.
La pintura, en envase lleno y recientemente abierto, no mostrará una sedimentación excesiva y será fácilmente redispersada a un estado homogéneo por agitación con espátula apropiada. Después de agitada no presentará coágulos, pieles, depósitos duros ni separación de color, de acuerdo con la norma INTA 160.226.
La pintura se aplicará a brocha sin dificultad, poseerá buenas propiedades de nivelación de la superficie y no tendrá tendencia a descolgarse cuando se aplique sobre una superficie vertical xx xxxxx, con un rendimiento de 12,5 m2/l., de acuerdo con la norma INTA 160.103.
Después de diluir la pintura con gasolina en la proporción de un volumen de disolvente por ocho volúmenes de pintura, se podrá pulverizar satisfactoriamente con pistola, sin que presente tendencia a descolgarse, ni a la formación de pieles de naranja, o cualquier otro defecto, según la norma INTA 160.103.
Las características de la película seca de pintura, en cuanto a su aspecto, presentará un as- pecto uniforme, exento de granos y de cualquier otra imperfección superficial; y en cuanto a su flexibilidad, no se producirá agrietamiento ni despegue de la película al realizar el ensayo de acuerdo con la norma INTA 160.246B.
El espesor mínimo de la pintura será de 40 micras.
Si no se especifica en el proyecto el tipo xx xxxxx, se utilizará el denominado minio microdis- perso, conocido comercialmente como Minio electrolítico.
Condiciones particulares de recepción
Se cumplirá lo especificado en el CTE parte I artículo 7.2 además de que todos los productos lleven marcado el sello CE.
Vendrá en envase adecuado para su protección, en el que se especificará: Instrucciones de uso.
Tiempo máximo de permanencia al aire sin repintar.
Aspecto de la película seca.
Toxicidad e inflamabilidad.
Capacidad del envase en litros y kilogramos.
Rendimiento teórico, en metros cuadrados por litro.
Sello del fabricante.
El número de muestras a ensayar dependerá de la cantidad de recipientes que configuran el envío y que se especifican en la norma UNE 48.010.
La toma de muestras para la determinación de las características de los minios, comprendidos en la norma UNE 37.212, se hará de acuerdo con la norma UNE 48.016.
Las características a comprobar serán:
3. Peso específico, UNE 48.098.
4. Resistencia a la inmersión, UNE 48.144.
5. Ceniza, UNE 48.143.
8.2.2. Pinturas plásticas
Características técnicas exigibles
Se denominan pinturas plásticas en dispersión para interiores aquellas cuyos ligantes son ex- clusivamente dispersiones plásticas entre un 25 y un 35%, admitiéndose pequeñas cantidades de aditivos auxiliares para formar película y para conseguir las propiedades tecnológicamente necesarias.
La pintura plástica debe secarse uniformemente y sin presentar manchas, y no debe mostrar grietas que se puedan ver a simple vista. Su aspecto puede ser mate o satinado, presentará buena resistencia al roce y al lavado, y admitirá toda la gama de colores obtenidos por cual- quier tipo de pigmentos, siempre que sean resistentes a la alcalinidad. El pintado debe ser re- pintable.
La pintura en dispersión, una vez seca, debe mostrar el grado de brillo indicado por el fabrican- te.
En la pintura plástica en dispersión, una vez aplicada y seca, las impurezas deben poderse xxx- minar con no más de 800 ciclos de frote.
Asimismo, en cuanto a la resistencia al lavado, deberá resistir 1.000 ciclos en la máquina de la- vabilidad, de acuerdo con la norma MELC 198.
La capa de pintura en dispersión debe poderse eliminar con los decapantes indicados por el fabricante.
Condiciones particulares de recepción
Se cumplirá lo especificado en el CTE parte I artículo 7.2 además de que todos los productos lleven marcado el sello CE.
Si el material no llega a obra en envases que especifiquen lo marcado por la norma UNE 48.103, ni se presenta documentación de cumplimiento de las características técnicas exigi- bles, se podrá actuar como a continuación se describe:
El número de muestras a ensayar dependerá de la cantidad de recipientes que configuran el envío y que se especifican en la norma UNE 48.010.
Características a comprobar:
- Finura de los pigmentos, UNE 48.174.
- Color, UNE 48.103.
- Resistencia al rayado, UNE 48.173.
- Flexibilidad de la película seca. Ensayo de plegado, UNE 48.169.
- Contenido de agua sin combinar, UNE 48.170.
- Punto de inflamación, UNE 48.061.
- Viscosidad. Xxxxx-Xxxxxxx, UNE 48.076.
- Tiempo de secado, UNE 48.086.
- Peso específico, UNE 48.098.
Se comprobará que la pintura llega a obra en envases adecuados para su protección, en los que se especificará:
Instrucciones de uso.
Temperatura mínima de aplicación.
Tiempo de secado.
Aspecto de la película seca: satinado, mate, brillante o satinado brillante.
Toxicidad e inflamabilidad.
Capacidad del envase en litros y kilogramos.
Rendimiento teórico, en metros cuadrados por litro.
Sello del fabricante.
Color.
Calidad.
Se rechazará si:
La finura de molienda de los pigmentos, en la composición de la pintura, difiere del valor homologado por el fabricante.
No cumple con la tonalidad solicitada al fabricante.
El valor obtenido en la resistencia al rayado es inferior al homologado por el fabricante.
8.2.3. Esmalte sintético
Características técnicas exigibles
Se definen como esmaltes sintéticos brillantes para acabado de superficies metálicas, los de secado al aire o en estufa que resulten adecuados para ser empleados sobre superficies metá- licas previamente imprimadas, y que cumplen con las condiciones exigidas en el artículo 273 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes, al que se hará referencia constante a lo largo de este apartado con las siglas PG3.
Se formularán resinas con un 60-70% de aceite y el resto resina dura, reciben el nombre de esmaltes largos en aceite, con más flexibilidad y menos dureza. Si su uso es sobre metales o interiores, su porcentaje de aceite será entre 50 y 60%, y se clasifican como de contenido o longitud media en aceite, poseyendo más dureza que los anteriores.
Los esmaltes de distintos colores incluidos en el presente apartado, que deberán aplicarse tal y como se encuentran en el envase, estarán constituidos por pigmentos y vehículos de las carac- terísticas que se indican en las Tablas 273.1, 273.3 y 273.4 del PG3.
Los pigmentos utilizados serán los compuestos puros, exentos de cargas y extendedores, que se indican en la Tabla 273.2 del PG3.
El esmalte en envase lleno y recipiente abierto será fácilmente homogeneizable, por agitación con una espátula apropiada. Después de agitado no presentará coágulos, pieles ni depósitos duros, ni tampoco se observará flotación de pigmentos, de acuerdo con la norma INTA 16 02.26.
El esmalte de secado al aire se aplicará a brocha sin dificultad; poseerá buenas propiedades de nivelación de la superficie, y no tendrá tendencia a descolgarse cuando se aplique sobre una superficie vertical xx xxxxx, con un rendimiento de 10 m2/l., de acuerdo con la norma INTA 160.103.
Después de diluido el esmalte de secado al aire con gasolina, en la proporción de un volumen de disolvente por ocho volúmenes de esmalte, se podrá pulverizar satisfactoriamente con pisto- la, sin que presente tendencia a descolgarse ni cualquier otro defecto. La película de esmalte, xxxxxx a 120ºC durante 45 minutos, producirá imágenes especulares claras y bien definidas.
Estas determinaciones se realizarán según la norma INTA 160.103.
A las 2 h. de aplicado un esmalte de secado al aire, conservado en este medio, estará seco al tacto. Al cabo de 8 h. la película estará dura, y a las 48 h. habrá alcanzado la dureza máxima.
El esmalte no contendrá benzol, derivados clorados ni cualquier otro disolvente de reconocida toxicidad.
No deberá producirse ninguna irregularidad en la película seca de esmalte cuando se aplique una segunda capa del mismo sobre placas que previamente hayan sido pintadas. El examen de las placas se hará después de transcurridos los siguientes tiempos de secado:
Esmalte de secado al aire: 24 horas.
Esmalte de secado en estufa, a 120ºC con una tolerancia de 2ºC: 45 minutos.
La pintura líquida cumplirá las características cuantitativas que se indican en la Tabla 273.5 del PG3 y las normas de ensayo en vigor.
La película seca de esmalte presentará un aspecto uniforme, brillante, exento de granos y de cualquier otra imperfección superficial.
Igualará, por comparación, al color indicado en la Tabla 273.2 del PG3.
El brillo especular a 60ºC sin corrección por reflectancia difusa, tendrá un valor mínimo del 87%.
La película de esmalte preparada para la medida del brillo será capaz de reflejar una imagen clara y bien definida.
Esta determinación se realizará según la norma INTA 160.206B.
El valor mínimo de la reflectancia luminosa aparente (45º-0º) del esmalte blanco será de 84%, según la norma INTA 160.207.
Los valores límites de la relación de contraste, para cada uno de los esmaltes coloreados, cuando se apliquen en las cantidades unitarias señaladas, serán los que se indican en la Tabla
273.6 del PG3, según la norma INTA 160.262.
Los bordes de las incisiones estarán bien definidos, no formando dientes xx xxxxxx. No será fá- cil separar un trozo de película de esmalte del soporte metálico al que ha sido aplicada, según la norma de adherencia INTA 160.299.
La resistencia a la inmersión en agua se realizará de acuerdo con la norma UNE 48.144, y la resistencia a la pérdida de brillo, al enyesado y a los cambios de color, se realizará de acuerdo con la norma INTA 160.605.
Condiciones particulares de recepción
Se cumplirá lo especificado en el CTE parte I artículo 7.2 además de que todos los productos lleven marcado el sello CE.
El producto será suministrado en envase adecuado para su protección, en el que se especifica- rá:
Instrucciones de uso.
Temperatura mínima de aplicación.
Tiempo de secado.
Aspecto de la película seca (brillante, satinado o mate).
Toxicidad e inflamabilidad.
Capacidad del envase en litros y en kilogramos.
Rendimiento teórico, en metros cuadrados por litro.
Color.
Sello del fabricante.
En el esmalte sobre metal, se formularán las resinas de forma que contengan entre un 50 y un 60% de aceite, y el resto de resina dura.
Si el material no llega a obra en envases que especifiquen lo marcado por la norma UNE 48.103, ni se presenta documentación de cumplimiento de las características técnicas exigi- bles, se podrá actuar como a continuación se describe:
El número de muestras a ensayar dependerá de la cantidad de recipientes que configuran el envío y que se especifican en la norma UNE 48.010.
Características a comprobar:
- Finura de los pigmentos, UNE 48.174.
- Color, UNE 48.103.
- Resistencia al rayado, UNE 48.173.
- Flexibilidad de la película seca. Ensayo de plegado, UNE 48.169.
- Contenido de agua sin combinar, UNE 48.170.
- Punto de inflamación, UNE 48.061.
- Viscosidad, UNE 48.076.
- Tiempo de secado, UNE 48.086.
- Peso específico, UNE 48.098.
8.2.4. Esmalte graso
Características técnicas exigibles
Presentará buena extensibilidad y pocas marcas de brocha.
El vehículo tendrá buenas propiedades de flujo y nivelación.
El pigmento tendrá un tamaño de partícula fino y estará perfectamente disperso.
Condiciones particulares de recepción
Se cumplirá lo especificado en el CTE parte I artículo 7.2 además de que todos los productos lleven marcado el sello CE.
Está prohibida su utilización al exterior.
Vendrá en envase adecuado para su protección, en el que se especificará:
- Instrucciones de uso.
- Tiempo mínimo de secado.
- Aspecto de la película seca.
- Toxicidad e inflamabilidad.
- Capacidad del envase en litros y kilogramos.
- Rendimiento teórico, en metros cuadrados por litro.
- Sello del fabricante.
- Color.
Si el material no llega a obra en envases que especifiquen lo marcado por la norma UNE 48.103, ni se presenta documentación de cumplimiento de las características técnicas exigi- bles, se podrá actuar como a continuación se describe:
El número de muestras a ensayar dependerá de la cantidad de recipientes que configuren el envío y que se especifican en la norma UNE 48.010.
Características a comprobar:
- Finura de los pigmentos, UNE 48.174.
- Color, UNE 48.103.
- Resistencia al rayado, UNE 48.173.
- Flexibilidad de la película seca. Ensayo de plegado, UNE 48.169.
- Contenido de agua sin combinar, UNE 48.170.
- Punto de inflamación, UNE 48.061.
- Viscosidad. Xxxxx-Xxxxxxx, UNE 48.076.
- Tiempo de secado, UNE 48.086.
- Peso específico, UNE 48.098.
8.2.5. Barnices
Características técnicas exigibles
Tanto los barnices grasos como los sintéticos llegarán a obra en envases adecuados para su protección, según norma UNE 48.103, en los que se especificará:
Instrucciones de uso.
Tiempo de secado.
Aspecto de la película seca (brillante, satinado o mate).
Toxicidad e inflamabilidad.
Capacidad del envase en litros y en kilogramos.
Rendimiento teórico, en metros cuadrados por litro.
Sello del fabricante.
Además, en los barnices grasos, expresará si es para interior o para exterior, y en los barnices sintéticos, la temperatura mínima de aplicación.
Condiciones particulares de recepción
Se cumplirá lo especificado en el CTE parte I artículo 7.2 además de que todos los productos lleven marcado el sello CE.
Si el material no llega a obra en envases que especifiquen lo marcado por la norma UNE 48.103, se podrá actuar como a continuación se describe:
El número de muestras a ensayar dependerá de la cantidad de recipientes que configuran el envío y que se especifican en la norma UNE 48.010.
Características a comprobar:
- Finura de los pigmentos, UNE 48.174.
- Índice de acidez, UNE 48.123.
- Resistencia al rayado, UNE 48.173.
- Flexibilidad de la película seca. Ensayo de plegado, UNE 48.169.
- Punto de inflamación, UNE 48.061.
- Viscosidad. Xxxxx-Xxxxxxx, UNE 48.076.
- Tiempo de secado, UNE 48.086.
- Peso específico, UNE 48.098.
8.2.6. Pintura al óleo con albayalde
Características técnicas exigibles
Se definen como pinturas xx xxxxxxxxx blancas para superficies xx xxxxxx, hormigón y mate- riales pétreos, las que cumplen las condiciones exigidas en el artículo 276 xxx Xxxxxx de Pres- cripciones Técnicas Generales para obras de Carreteras y Puentes, al que se hará referencia a lo largo de este apartado con las siglas PG3.
El pigmento no contendrá menos del 99% de carbonato básico de plomo, de acuerdo con la norma UNE 48.042.
La materia soluble en agua del pigmento será inferior a 0,8%.
El vehículo deberá cumplir las características de composición que se indican en la Tabla 2776.1 del PG3.
El vehículo no volátil estará constituido por una mezcla de aceite de linaza crudo refinado, y “Standoil” de linaza.
Los tipos de aceite a emplear, y las cantidades en que deben mezclarse estos componentes del vehículo, serán los adecuados para que la pintura se aplique con facilidad a brocha y cum- pla las características de consistencia, absorción y reducción Kauri del vehículo supercentrifu- gado, que se indican en la Tabla 276.2 del PG3.
El disolvente volátil estará constituido por aguarrás, gasolina o una mezcla de ambos. El secan- te estará conforme con la norma INTA 161.502.
En la determinación de las características de la pintura, el agua no combinada que tuviera se incluirá en el vehículo volátil.
La pintura, en envase lleno y recientemente abierto, será fácilmente homogeneizable, por agi- tación con una espátula apropiada. Después de agitada no presentará coágulos, pieles, ni de- pósitos duros, de acuerdo con la norma INTA 160.226.
La pintura líquida presentará las características cuantitativas que se indican en la Tabla 276.2 del PG3.
La película seca de pintura presentará un aspecto uniforme, con marcas de brocha poco acen- tuadas, y el brillo característico de las pinturas al aceite.
El valor mínimo de la reflectancia luminosa aparente (45º-0º) será de 75%, de acuerdo con la norma INTA 160.207.
Condiciones particulares de recepción
Se cumplirá lo especificado en el CTE parte I artículo 7.2 además de que todos los productos lleven marcado el sello CE.
El producto será suministrado en envase adecuado para su protección, en el que se especifica- rá:
Instrucciones de uso.
Temperatura mínima de aplicación.
Tiempo de secado.
Capacidad del envase.
Rendimiento teórico.
Sello del fabricante.
Si el material no llega a obra en envases que especifiquen lo marcado por la norma UNE 48.103, ni se presenta documentación de cumplimiento de las características:
El número de muestras a ensayar dependerá de la cantidad de recipientes que configuran el envío y que se especifican en la norma UNE 48.010.
Características a comprobar:
- Finura de los pigmentos, UNE 48.174.
- Flexibilidad de la película seca, UNE 48.169.
- Contenido de agua sin combinar, UNE 48.170.
- Viscosidad, UNE 48.076.
- Resistencia al rayado, UNE 48.173.
8.2.7. Pintura de resina
Características técnicas exigibles
Se define como pintura de acabado brillante, a base de resina epoxi de alto contenido en sóli- dos, a un recubrimiento de curado en frío a base de resinas epoxi, formado por dos componen- tes que se mezclan en el momento que se vaya a aplicar, y que puede ser utilizado sobre su- perficies metálicas, hormigón y madera.
Los materiales que constituyen este recubrimiento deberán suministrarse en forma de compo- nentes:
Componente resinoso (a base de resina epoxi).
Agente de curado. No se permitirán los agentes de curado a base de poliamina volátil.
Después de preparar la pintura por mezcla de los dos componentes que la forman, ésta deberá cumplir las siguientes características:
Tiempo de secado al tacto, cuatro horas como máximo.
Curado completo, siete días como mínimo.
Finura de molido: Tamaño de grano 40 micras mínimo.
Materia volátil, 15% en peso de la pintura máximo.
Estas determinaciones se realizarán según las normas INTA 160.229, 160.255, 160.253 y 160.254.
Después de mezclar los dos componentes de forma adecuada y dejarlos en reposo, la mezcla deberá poderse aplicar a brocha o rodillo fácilmente, según recomiende el fabricante.
Vertida la pintura sobre un rodillo de pintor y mantenida a temperatura comprendida entre 15ºC y 24ºC, deberá conservar sus propiedades de aplicación por lo menos durante 45 minutos.
Aplicada la pintura con un espesor de película húmeda de 140 micras, no se observará tenden- cia a descolgar o a fluir.
El brillo especular a 60ºC sin corrección por reflexión difusa, de acuerdo con la norma MELC 12.100, tendrá un valor mínimo de 75%.
El valor mínimo de la dureza en unidades Sward, según la norma INTA 160.225 será de 20.
Cuando se aplique una mano de pintura con un rendimiento entre 7 y 8 m2/litro, deberán cum- plirse las condiciones siguientes:
El material deberá poderse aplicar con facilidad y producir una película libre de descolga- miento, pequeñas ampollas o “piel de naranja”.
El material tendrá un secado satisfactorio y permitirá ser recubierto 18 horas después de su aplicación. No se observarán levantamientos, arrugas, falta de uniformidad ni ningún otro defecto.
La resistencia a los álcalis se realizará según la norma MELC 12.105 y la resistencia a la ac- ción de la luz se realizará de acuerdo con la norma MELC 1.294.
La película seca de pintura debe resistir 5.000 ciclos en la máquina de lavabilidad sin mostrar más que una ligera diferencia entre las porciones lavadas y sin lavar, de acuerdo con la norma MELC 198.
Condiciones particulares de recepción
Se cumplirá lo especificado en el CTE parte I artículo 7.2 además de que todos los productos lleven marcado el sello CE.
El número de muestras a ensayar dependerá de la cantidad de recipientes que configuran el envío y que se especifica en la norma UNE 48.010.
8.2.8. Pintura al temple
Características técnicas exigibles
Se define como pintura al temple la disolución en agua de colas celulósicas o amiláceas con pigmentos a base de sulfato cálcico o carbonato cálcico.
Vendrá en forma de polvo o pasta de color blanco, pudiendo colorearse con pigmentos a base de tierras, diluidas previamente en agua.
El material que se suministre en forma de pasta deberá venir movido y batido de manera que al extenderse no presente grumos, así como que tenga neutralizado el exceso de alcalinidad.
El envase será el adecuado a su protección.
Condiciones particulares de recepción
Se cumplirá lo especificado en el CTE parte I artículo 7.2 además de que todos los productos lleven marcado el sello CE.
El número de muestras a ensayar dependerá de la cantidad de envases de cola que configuran el envío y que se especifican en la norma UNE 48.010.
Características a comprobar:
- Finura, UNE 48.174.
- Resistencia al rayado, UNE 48.173.
- Contenido de agua sin combinar, UNE 48.170.
Al llegar a obra las colas, se comprobará que no tienen materias extrañas visibles, ni grumos producidos por hidratación, si se presenta en polvo, ni olor anormal.
Se comprobará que los pigmentos, al llegar a la obra, no presenten defectos en los envases, materias extrañas a simple vista, olor o color anormal.
El envase adecuado en el que llega a obra, especificará:
Instrucciones de uso.
Capacidad del envase, en kilogramos.
Sello del fabricante.
8.3. Condiciones que deben cumplir las unidades de obra
8.3.1. Generalidades
Se cumplirá lo establecido en el apartado correspondiente de este Pliego.
8.3.2. En la ejecución
La superficie de aplicación estará preparada con todos los elementos recibidos (puertas, ven- tanas, etc.), y totalmente nivelada y xxxx.
No se pintará bajo condiciones climatológicas adversas, tiempo lluvioso, humedad relativa su- perior al 85%, temperatura no comprendida entre 28º y 6ºC, NTE-RPP (Paramentos pinturas).
Si la superficie de aplicación es de yeso, cemento, albañilería y derivados, ésta no tendrá una humedad superior al 6% y no contendrá eflorescencias xxxxxxx, manchas de moho x xx xxxx- dades de sales xx xxxxxx. Se procurará que no exista polvo en suspensión.
Si la superficie de aplicación es madera, ésta tendrá una humedad comprendida entre el 14 y el 20% si es exterior, o entre el 8 y el 14% si es interior. No estará atacada por hongos o insectos, ni presentará nudos mal adheridos.
Si la superficie de aplicación es metálica, se limpiará ésta de cualquier suciedad, grasa u óxido. Se procurará que no exista polvo en suspensión.
Estarán recibidos y montados todos los elementos que deben ir en el paramento, como cercos de puertas, ventanas, canalizaciones, instalaciones, bajantes, etc.
El soleamiento no incidirá directamente sobre el plano de aplicación. Según el tipo de soporte o superficie a revestir se considerará:
Superficies de yeso, cemento, albañilería y derivados
La superficie del soporte no tendrá una humedad mayor del 6%, habiéndose secado por airea- ción natural.
Antes de proceder a pintar, se eliminarán tanto las eflorescencias xxxxxxx como la alcalinidad mediante un tratamiento químico a base de una disolución en agua caliente de sulfato de zinc o sales de fluosilicatos en una concentración entre el 5 y el 10%.
Se comprobará que en las zonas próximas a los paramentos a revestir no haya manipulación o trabajos con elementos que desprendan polvo o dejen partículas en suspensión.
Las manchas superficiales producidas por moho, además del rascado o eliminación con estro- pajo, se desinfectarán lavándolas con disolventes fungicidas.
Las manchas originadas por humedades internas que lleven disueltas sales xx xxxxxx, se aisla- rán mediante una mano de clorocaucho diluido, u otros productos adecuados.
Superficies xx xxxxxx
El contenido de humedad en el momento de aplicación será:
Superficies xx xxxxxx al exterior: 14-20%.
Superficies xx xxxxxx al interior: 8-14%.
No estará afectada de ataque de hongos o insectos, saneándose previamente con productos fungicidas o insecticidas.
Se habrán eliminado los nudos mal adheridos, sustituyéndolos por cuñas xx xxxxxx sana de iguales características.
Los nudos sanos que presenten exudado de resina se sangrarán mediante lamparilla o soplete, rascando la resina que aflore a la superficie con rasqueta.
Superficies metálicas
- Acero laminado en caliente:
Estructuras:
Limpieza general de suciedades accidentales mediante cepillos. Limpieza de óxidos.
Cerrajería:
Limpieza general de suciedades accidentales. Desengrasado.
- Acero laminado en frío:
Carpintería y cerrajería:
Desengrasado.
Limpieza muy esmerada de óxidos.
- Chapa galvanizada y metales no férreos: Limpieza general de suciedades accidentales. Desengrasado a fondo de la superficie.
8.3.3. Durante la aplicación
Se suspenderá la aplicación cuando la temperatura ambiente sea inferior a 6ºC, o en tiempo caluroso, cuando sea superior a 28ºC a la sombra.
En tiempo lluvioso, se suspenderá la aplicación cuando el paramento no esté protegido.
Al finalizar la jornada, se taparán y protegerán perfectamente los envases, y se limpiarán y re- pasarán los útiles de trabajo.
8.3.4. Después de la aplicación
Se evitará, en las zonas próximas a los paramentos revestidos, la manipulación y los trabajos con elementos que desprendan polvo o que dejen partículas en suspensión.
Se dejará transcurrir el tiempo de secado indicado por el fabricante, no utilizándose procedi- mientos artificiales de secado.
8.4. Control y criterios de aceptación y rechazo
Los materiales o unidades de obra que no cumplan con lo especificado, deberán ser retirados o, en su caso, demolida o reparada la parte de obra afectada.
8.5. Medición y abono
La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de que forme parte
Siempre que se mencionen normas UNE, ASTM o cualquier otra norma reguladora de ensayos en cualquier país, se aplicará la norma citada o cualquiera que la sustituya.
9. Herrería
9.1. Condiciones que han de cumplir los materiales
9.1.1. Generalidades
Todo el acero inoxidable será AISI 316, 2B, ASTM A 167, además de AISI 304 en los casos que se especifique y que se compruebe que no sea necesario de mayor calidad.
El acero galvanizado será galvanizado en caliente con un espesor de 75 micras mínimo. Otras normas de referencia ASTM los perfiles laminados en caliente cumplirán con ASTM A 36.
El acero conformado en frío cumplirá con una de las Especificaciones de material mencionadas en la "Especificación para el Diseño de Elementos Estructurales xx Xxxxx conformado en frío".
Todas las chapas y perfiles xx xxxxx no expuestas se pintarán con imprimación en cumplimien- to con galvanizado por inmersión en caliente (ASTM A 123) o electro-galvanizado (ASTM A 164).
El peso del revestimiento galvanizado cumplirá la ASTM A 386 Clase B2.
Cualquier daño a los revestimientos de protección será retacado en el emplazamiento con un revestimiento rico en zinc.
Todos los tornillos, tuercas, arandelas, y remaches serán xx xxxxx inoxidable no magnético de la serie 300.
El metal fundido en el volumen de trabajo del baño de galvanización no contendrá menos de un valor medio de 98% de zinc por peso.
9.1.2. Revestimiento xx xxxxx inoxidable
Se define como revestimiento xx xxxxx inoxidable al recubrimiento de superficies, cuya estruc- tura metálica primaria se encuentra a la vista, con placas o escamas xx xxxxx inoxidable de distintas formas y medidas (rectangulares, trapezoidales, triangulares, etc. según las zonas) plegadas en todo, sus cantos para engatillarse entre sí y a las grapas de sujeción.
Los cantos podrán ser curvados en esquinas o rincones de esa naturaleza.
Los materiales de origen industrial deberán cumplir las condiciones funcionales y de calidad fi- jadas en la NTE, así como las correspondientes normas y disposiciones vigentes relativas a fa- bricación y control industrial.
9.1.3. Acero galvanizado
Se evitará el contacto xxx xxxxx galvanizado con productos ácidos y alcalinos, y con metales (excepto aluminio) que puedan formar pares galvánicos que produzcan la corrosión xxx xxxxx.
Estarán libres de defectos superficiales, poros u otras anomalías que vayan en detrimen¬to de su normal utilización.
Los materiales y equipos de origen industrial deberán cumplir las condiciones funciona¬les y de calidad fijadas en las NTE, así como las correspondientes normas y disposicio¬nes vigentes re- lativas a la fabricación y control industrial, o en su defecto, las normas UNE vigentes:
9.2. Especificaciones
QTG-1 Accesorios de fijación
QTG-2 Refuerzos
QTG-3 Junta de estanqueidad
QTG-4 Xxxxx xxxx
QT5-5 Chapa conformada
QT5-6 Panel
Norma UNE en elaboración.
Cuando el material o equipo llegue a obra con Certificado de Origen Industrial que acredite el cumplimiento de dichas condiciones, normas y disposiciones, su recepción se realizará com- probando únicamente sus características aparentes.
9.3. Condiciones particulares de recepción
Se cumplirá lo especificado en el CTE parte I artículo 7.2 además de que todos los productos lleven marcado el sello CE.
En cada lote compuesto por 2.000 m2. o fracción, se determinarán las siguientes característi- cas, según las normas de ensayo UNE vigentes:
De la chapa o perfil:
- Dimensiones, planicidad, escuadría, defectos superficies.
- Límite elástico.
- Resistencia a la tracción.
- Alargamiento de rotura.
- Doblado.
Del galvanizado:
- Masa del recubrimiento.
- Adherencia del recubrimiento.
9.4. Condiciones que han de cumplir las unidades de obra
9.4.1. Generalidades
La herrería se realizará con perfiles laminados en frío de la mejor calidad y garantía, colocán- dose perfectamente anclados a los paramentos. Los productos laminados serán homogéneos, estarán correctamente laminados y exentos de defectos, presentando una superficie xxxx.
El gremio xx xxxxxxxx no procederá a efectuar la unión definitiva de las piezas de taller sin una comprobación meticulosa y previa de la exactitud.
Toda la operación de soldadura cumplirá las normas vigentes, la realizarán solamente opera- xxxx especializados, de acuerdo con la norma UNE vigente.
Antes de proceder a efectuar la imprimación, se comenzará siempre por la limpieza general y desengrase de todos los perfiles laminados. Posteriormente se procederá a la aplicación de la imprimación mediante la pasivación de la superficie con una imprimación antioxidante a base xx xxxxx de plomo, plubato de calcio o cromato de zinc.
No se cortarán, recortarán o soldarán componentes durante el montaje de modo que no pueda dañar el acabado, reducir la resistencia o dar como resultado imperfecciones visuales o fallos de componentes.
Se facilitará un separador o superficie de contacto de materiales diferentes siempre que haya posibilidad de acción corrosiva o electrolítica.