CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL H. AYUNTAMIENTO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE EL ORO, MÉXICO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, PRESIDENTE MUNICIPAL; CON LA INTERVENCION DEL P. EN D. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO; PROFR. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX; TESORERO MUNICIPAL, LIC. J. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX; DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE DENOMINARA EL “X. XXXXXXXXXXXX”, X XXX XX XXXX XXXXX XX X. XXXXXX XXXXX XXXXXXX; A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARA “EL PROVEEDOR”, PARA LO CUAL SE SUJETARA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: DECLARACIONES
1. “EL AYUNTAMIENTO DECLARA: 1.1. Que el Municipio de El Oro, Estado de México, esta investido de personalidad jurídica, en términos de los artículos 115,
fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Xxxxxx, x 0 xx xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxx.
1.2. Que el “H. AYUNTAMIENTO” es un Cuerpo Colegiado de Elección Popular Directa, encargado de administrar y gobernar a la administración del Municipio de EL Oro, Estado de México, y de la Hacienda Pública Municipal de conformidad con los artículos 115, fracciones I, II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 112, 113, 114, 115, 117, 122 y 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 1, 2, 31, fracción VII y XXVI, 48 fracción X y XI y 91 fracción V, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y demás relativos y aplicables xxx xxxxx Municipal vigente.
1.3. Que tiene facultades para celebrar el presente contrato, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.59 del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México.
1.4. Que el C. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Presidente Municipal, tiene facultades para celebrar el presente contrato, según lo disponen los artículos 48 fracción VIII, X y 49 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
1.5. Que el C. Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Secretario del H. Ayuntamiento, interviene en la celebración del presente contrato en términos del artículo 91 fracción V, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
1.6. Que se encuentra inscrito en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante el registro Federal de Contribuyentes, bajo la clave MOR-850101-CH4.
1.7. Que tiene establecido su domicilio fiscal en Xx. Xxxxxxxxxxxx Xx. 00, Xxx Xxxxxx, Xx Xxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, mismos que señala para los fines y efectos legales de este contrato.
1.8. Que tiene la intención de celebrar un contrato relacionado con la adquisición de bienes y servicios, necesarios para mejorar el servicio Publico Municipal del X. Xxxxxxxxxxxx xx Xx Xxx, Xxxxxx xx Xxxxxx.
1.9. Que la adjudicación de este contrato se realizo a través de la modalidad de Asignación Directa, de conformidad con lo establecido por el artículo 41 del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el ejercicio 2011.
1.10. Que la inversión requerida para realizar la adquisición que se especifica en las clausulas anteriores del presente contrato fue sesionado en Presupuesto de Egresos del X. Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx Xx Xxx, Xxxxxx, aprobado en la Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx No. 076 de fecha 11 de Febrero del año 2011.
2. “EL PROVEEDOR DECLARA:
2.1. Que tiene la capacidad jurídica necesaria para contratar y obligarse al cumplimiento total de los términos de este contrato
y que dispone desde luego, de una buena infraestructura, organización, además de los elementos materiales, técnicos y humanos, contando con un personal debidamente capacitado y con la experiencia necesaria para el adecuado cumplimiento de las obligaciones objeto de este contrato.
2.2. Que acredita su legal existencia mediante ACTA DE NACIMIENTO No. 194 del AÑO 1949 EXPEDIDA ANTE LA FE DEL OFICIAL CENTRAL DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE EL ORO, ESTADO DE MÉXICO
2.3. Que tiene actividades empresariales y cuyo Registro Federal de Contribuyentes es: MAAA481116H64, con clave CURP XXXX000000XXXXXX00, que tiene su domicilio establecido en Jardín Xxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xx Xxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000 que señala para todos los fines y efectos legales de este contrato.
2.4. Que cuenta con la capacidad tanto técnica como económica para suministrar los bienes que requiere “El H. Ayuntamiento” por lo que es su deseo sujetarse a los términos de este contrato.
2.5. Que conoce plenamente las disposiciones que para el caso de contratación de bienes o servicios establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México y su Reglamento, así como las demás normas jurídicas mexicanas que regulan en particular la adjudicación de los bienes o servicios objeto del presente contrato y que desde ahora manifiesta su voluntad para cumplirlas, renunciando expresamente a todo ordenamiento jurídico que se oponga a esta.
2.6. Su representante legal, la Ciudadana Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx con el carácter ya indicado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato.
2.7. Que se identifica con CREDENCIAL DE ELECTOR con número de folio 024572989 con año de expedición 1991, y declara ser Mexicana, Registrada conforme al derecho de las leyes del país y conviene cuando llegue a cambiar de nacionalidad en seguir considerándose mexicano, por cuanto a este contrato se refiere y no invocar protección de ningún gobierno extranjero derivado de este contrato.
2.8. Que conoce en su integridad, las características de los bienes o servicios que el “H. Ayuntamiento” adquiere a través de este contrato, y se obliga a que sean prestados los servicios o los materiales según sea el caso, puestos físicamente en el domicilio del H. Ayuntamiento en 10 días en las condiciones correctas de uso para su funcionamiento y llevar a cabo el cumplimiento de lo contratado a entera satisfacción del “H. Ayuntamiento”.
2.9. Que los bienes o servicios, objeto del presente contrato son de su propiedad, o no siéndolo, cuenta con las facultades legales necesarias para su comercialización.
2.10. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra comprendido en los supuestos establecidos en el artículo 13.67 del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México.
3. LAS PARTES DECLARAN:
3.1. Que es su voluntad celebrar el presente contrato de conformidad con lo establecido en los artículos 13.1 fracción III, 13.4
último párrafo, 13.6, 13.59, 13.60, 13.61, 13.62, 13.63, 13.64, 13.65 y 13.69 del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México y 115, 116, 118, 120, 122, 123, 124, 128 y 129 del reglamento correlativo, sin que existan en forma alguna vicios del consentimiento que lo puedan invalidad en todo o en parte.
3.2. Que cada parte conviene en pagar todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes estatales y municipales aplicables tengan la obligación de cubrir durante la vigencia y cumplimiento del contrato.
3.3. Que “El Proveedor” se compromete a dar y resolver todos los requerimientos técnicos y legales que surgieren al momento de la revisión y tramite con cualquier dependencia normativa incluyendo al Órgano Superior de Fiscalización.
3.4. Que ambas partes declaran estar conformes en asumir los derechos y obligaciones que se derivan de la celebración del presente contrato, el cual se ajusta a las disposiciones jurídicas aplicables sobre esta materia.
CLAUSULAS
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. “El H. Ayuntamiento” encomienda a “El Proveedor” y este se obliga a suministrar material de ferretería, tlapalería y electrico, conforme con lo establecido en la oferta económica presentada por “El Proveedor” las cuales forman parte integral del presente contrato la adquisición de bienes y servicios, con las características y especificaciones establecidas en la cotización. SEGUNDA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que el importe total del contrato es por la cantidad $29,604.79 (veintinueve mil seiscientos cuatro pesos 79/100 M.N.) que incluye el impuesto al valor agregado (I.V.A. incluido), en una sola exhibición.
TERCERA: PLAZO DE ENTREGA “El proveedor” se obliga a suministrar los bienes objeto del presente contrato con toda exactitud, características, especificaciones y requisitos señalados en el Anexo Uno, de las instalaciones que ocupa la Dirección de Administración ubicadas en Av. Juárez sin número Planta Xxxx xxx Xxxxxxx Municipal Xxxxxx Xxxxxxx, Edificio “B” o en donde “El H. Ayuntamiento” indique a “el Proveedor” de manera oficial, dando inicio con la entrega a partir de la firma del presente contrato y concluirlos a los 10 días naturales, “El Proveedor” no podrá reclamar pago alguno si no ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en este contrato. La entrega de los bienes se efectuara bajo la responsabilidad de “El Proveedor” quien tendrá a su cargo la transportación y las maniobras de carga y descarga, debiendo ser esta libre a bordo (LAB). El H. Ayuntamiento faculta a la Dirección de Administración usuaria de los bienes y servicios; para que supervisen que la recepción de los bienes motivo de este contrato sean de entera satisfacción, en el tiempo y forma convenidos de los bienes, motivo del contrato. CUARTA: “El Proveedor” se obliga al cumplimiento del presente contrato de adquisición de bienes y servicios aceptando NO SE OTORGUE ANTICIPO por parte de “El Ayuntamiento” para el cumplimiento del mismo, declarando “El Proveedor” contar con capacidad económica para el suministro de los bienes y servicios objeto del presente contrato.
QUINTA: GARANTÍAS.
1. “El Proveedor” se obliga a notificar a “El Ayuntamiento” la terminación del servicio para que esta proceda a constatar el suministro de los mismos y en su caso proceda a programar la fecha de recepción oficial. Por lo anterior, “El Proveedor” no se obliga a presentar un documento de inclusión expedida por una institución de fianzas debidamente autorizada a favor del Municipio de El Oro, salvo que le sea solicitada por escrito por “EL Ayuntamiento” correspondiente a fianza de defectos y por vicios ocultos del 10% del monto total del contrato; para responder de los defectos que resultaren en la misma y de los vicios ocultos, misma que en el caso de que se le solicitara a “El Proveedor” tendrá una duración de 1 año contados a partir de la fecha oficial de su recepción, la cual deberá entregarse ante “El Ayuntamiento” en un plazo no mayor de 5 días hábiles.
En caso de presentarse vicios ocultos, por defectos de fabricación y fallas “El Ayuntamiento” comunicara de inmediato y por escrito a “El Proveedor” y a la afianzadora.
Quedaran a salvo los derechos de “El Ayuntamiento” para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al artículo 13.69 fracción IV del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Gobierno del Estado de México y 112 fracción III y 124 Fracción IV de su Reglamento.
SEXTA: AMPLIACIÓN DE PLAZO. En los casos fortuitos o de fuerza mayor o por cualquier otra causa no imputable a “El Proveedor”, le fuera imposible cumplir con el suministro en el tiempo establecido, solicitara oportunamente y por escrito la prorroga que considere necesaria expresando los motivos en que apoye su solicitud, el “H. Ayuntamiento” resolverá sobre la justificación y la procedencia de la prorroga y de acuerdo con la resolución, se harán las modificaciones correspondientes al programa. Cualquier falta de información o datos insuficientes no xxxxx a “El proveedor” de su total responsabilidad para la realización del objeto del contrato, y no será causa de reclamación alguna, aumento de precio y modificación al plazo de entrega. SÉPTIMA: FORMA DE PAGO. El “H. Ayuntamiento” se obliga a pagar a “El Proveedor” por concepto de la adquisición de los bienes especificados en el Anexo Uno, los montos aceptados de la oferta económica, el pago se efectuará contra entrega de la factura correspondiente,
debidamente requisitada en la Dirección de Administración, ubicada en Av. Juárez sin número Planta Xxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Edificio “B”, para su revisión y programación de pago sujetándose al programa de pagos de la Tesorería Municipal del H. Ayuntamiento de El Oro, México, no se aplicaran intereses por el pago desfasado. En caso de correcciones en la(s) factura(s) y/o su documentación anexa, dentro de un plazo de 5 (cinco) días hábiles la unidad administrativa responsable de la revisión del “H. Ayuntamiento” indicada en el párrafo anterior, rechazara la operación y la devolverá a “El Proveedor” para que éste le corrija y la presente de nueva cuenta para reiniciar el tramite de pago, por lo que en este caso el plazo de los 30 (treinta) días hábiles naturales iniciará a partir de la fecha de la nueva presentación. Ni las facturas ni la liquidación, aunque hayan sido pagadas se consideraran como aceptación definitiva del suministro de bienes el “H. Ayuntamiento” tiene expresamente el derecho de reclamar por faltantes, defectos que resulten y en cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido “El Proveedor”. El “H. Ayuntamiento” establece que no efectuara pago alguno a “El Proveedor” hasta en tanto no se compruebe la calidad de los bienes objeto del presente contrato. OCTAVA: MODIFICACIONES. El “H. Ayuntamiento” en caso de ser necesario podrá dentro del presupuesto aprobado en la cláusula segunda, sufrir modificaciones los volúmenes dependiendo de la problemática que en un momento surjan en la ejecución de los trabajos y/o acción, siempre que el monto total de la modificación no rebase en su conjunto el 30% (treinta por ciento) del importe original y de los precios de los bienes sean iguales al pactado inicialmente. En el caso de que con motivo de las modificaciones de la prestación del servicio objeto del presente contrato, “El Proveedor” excediera la cantidad estipulada en la cláusula segunda, las partes celebraran un Convenio Adicional por la cantidad excedente, conforme a lo establecido en el artículo 120 del Reglamento Libro Décimo tercero del Código Administrativo del Estado de México.
NOVENA: INSPECCION Y PRUEBAS. El “H, Ayuntamiento” podrá inspeccionar y realizar pruebas a el bien o bienes adjudicado(s) a fin de verificar la calidad del (de los) mismo(s) y su conformidad con las especificaciones, los gastos que se deriven, serán con cargo a “El Proveedor”. Las inspecciones o pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o en el lugar de entrega del bien o bienes adjudicado(s). Cuando el bien o bienes adjudicado(s), haya(n) sido inspeccionado(s) y no se ajuste(n) a las especificaciones consignadas, “H. Ayuntamiento” podrá rechazarlo(s) y, en su caso, “El Proveedor” deberá, sin cargo para el primero, reemplazarlo(s) o incorporarle(s) las modificaciones necesarias para cumplir con dichas especificaciones. DÉCIMA: SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DE CONTRATOS. “El Proveedor” no podrá encomendar, a un tercero el suministro o en su caso, la fabricación del bien o bienes que le fue (xxx) adjudicado(s), que ampara el contrato relativo. Cuando “El Proveedor” desee operar el mecanismo de subcontratación, deberá comunicarlo previamente, por escrito, al “H. Ayuntamiento” el que resolverá en definitiva la aceptación o rechazo de la propuesta. “El Proveedor” no podrá, bajo ninguna circunstancia, ceder a terceras personas los derechos y obligaciones derivados de la suscripción del contrato.
DÉCIMA PRIMERA: RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. El “H. Ayuntamiento” podrá rescindir administrativamente el presente contrato, por cuales quiera de las causas que a continuación se enumeran, es decir, si “El Proveedor”:
a) No cumple con la entrega de los bienes objeto de este contrato, dentro del plazo estipulado en la cláusula tercera. b) Suspende injustificadamente la entrega de los bienes materiales del presente contrato. c) No entrega los bienes motivo de este contrato conforme a las especificaciones, características y en los términos
señalados en Anexo Uno a que se alude el la cláusula primera y en la propuesta que al efecto presentó en el procedimiento de Concurso bajo la modalidad de Asignación Directa, en el que participó y que derivó en la suscripción del presente contrato.
d) Subcontrata o cede la totalidad o parte del compromiso objeto de este contrato. e) Incumple con cuales quiera de las obligaciones a su cargo en el presente contrato. DÉCIMA SEGUNDA: SANCIONES A PROVEEDORES, Para el caso de que “El Proveedor” no entregue los bienes objeto de la presente compraventa en el plazo señalado en la cláusula tercera de este contrato, se le aplicara una pena convencional de **5%** del valor total del contrato en el entendido de que dicha demora no podrá exceder de 10 días naturales contados a partir de la fecha de entrega indicada en la citada cláusula. Esta pena se estipula por el simple retraso en el incumplimiento de las obligaciones a cargo de “El Proveedor” y su importe se descontará del (o los) pago(s) pendiente(s) por realizar a este contrato. Dicha pena no excederá del 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, para cuyo efecto y llegado al monto y periodo máximos mencionados, el “H. Ayuntamiento” procederá a iniciar el procedimiento de rescisión administrativa de este instrumento. Sin perjurio la aplicación de la pena en el párrafo precedente, el “H. Ayuntamiento” podrá optar por exigir el cumplimiento del contrato.
DECIMA TERCERA: INCONFORMIDADES Y CONTROVERSIAS. INCONFORMIDADES. Las inconformidades que, en su caso, presenten los oferentes, se sujetaran a lo dispuesto por el artículo 13.79, y 13.80 del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México. CONTROVERSIAS. La interpretación y cumplimiento del presente contrato se resolverán en forma administrativa. En caso de controversia, las partes se sujetaran a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Administrativos de la Ciudad de Toluca, Estado de México, renunciando, expresamente, al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio o vecindad, presente y futuro.
DÉCIMA CUARTA: DISPOSICIONES GENERALES. SOBRE LOS BIENES.
La entrega del bien o bienes que le ha(n) sido adjudicado(s), se hará bajo la responsabilidad de “El Proveedor”, quien deberá garantizar su adecuado empaque y transportación. “El Proveedor”, será responsable de los gastos de carga, flete, y descarga del bien o bienes que le ha(n) sido adjudicados(s) y de cualquier gravamen fiscal que se origine sobre el(los) mismos(s), hasta el momento de su entrega. El Proveedor”, será responsable de cualquier violación de patentes, registros o derechos de autor, que se origine con motivo de la utilización del bien o bienes que le ha(n) sido adjudicado(s).
DÉCIMA QUINTA: OTRAS ESTIPULACIONES Las Partes se obligan a sujetarse estrictamente para el suministro de los bienes, objeto de este contrato a toda y cada una de las cláusulas y anexos que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece el Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México y demás disposiciones administrativas que le sean aplicables.
“El Proveedor” previo a la firma de este contrato ha revisado todos los documentos e información proporcionada por “H. Ayuntamiento”, los que servirán de base y los que ha considerado suficientes y adecuado para el suministro de los bienes. El presente contrato se firma en el Municipio de El Oro, México a los quince días del mes xx Xxxxx del año 2011.
LAS PARTES
POR EL H. AYUNTAMIENTO
C. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX P. EN D. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIO H. AYUNTAMIENTO
PROFR. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX LIC. J. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX TESORERO MUNICIPAL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
“EL PROVEEDOR” C. XXXXXX XXXXX XXXXXXX
FALLO DE ADJUDICACION
En la Ciudad de El Oro, México, siendo las diez hor as con trece minutos del día tres xx Xxxxx del año dos mil Once, el susc rito Presidente del Comité de Adquisiciones y Servicios, tomando en cue nta que se ha substanciado el procedimiento de Adjudicación Direc ta y que el comité de adquisiciones y Servicios a emitido el Dictamen de adjudicación Directa y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13 .36 fracción VIII del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México, 83 inciso k), 87 fracción X Y 88 de su reglamento, emi te el presente fallo con numero económico EO/RP-03-2011/2011.
RESULTANDO
I.- Que mediante solicitud número: DA/600-71-BIS/2010 d e fecha dos xx Xxxxx del dos mil once, se solicito al Comité de Ad quisiciones y Servicios, la adquisición de material de ferretería para el mantenimiento de las diferentes áreas con Recursos Propios Ejerci cio Fiscal 2011 y que es material (ferretería y eléctrico), requisiciones signadas por diferentes áreas. II.- En fecha primer xx Xxxxx del dos mil Once, el Profe sor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Tesorero Municipal, Expidió Certifica do de Suficiencia Presupuestal para la adquisición de material de fer xxxxxxx para el mantenimiento de las diferentes áreas del Programa RECURSOS PROPIOS 2011 y el cual es material de (material de ferretería y eléctrico). III.- Que en el día dos xx Xxxxx del año dos mil Once, en sesión del Comité de Adquisiciones se dictaminó la adquisición por Adjudicación Directa en cumplimiento al Artículo 94, fracción I del reglamento en relación directa a lo señalado por el Artículo 13.4 5 Fracción X del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México de material de (material de ferretería y eléctrico).
CONSIDERANDO
1.- Que el Comité de Adquisiciones en Sesión de fecha d os xx Xxxxx del dos mil Once determino en base a la solicitud reali zada por parte de la Dirección de Administración que la adquisición de m aterial de ferretería y eléctrico para uso de diferentes Áreas, se hiciera por Adjudi cación Directa en virtud de encontrarse en el supuesto señ alado por el Artículo 13.45 Fracción X del Libro Décimo Tercero del Códig o Administrativo del Estado de México y se emitió en base al Reglamento del señalado ordenamiento en cumplimiento al Artículo 94 fracció n I el Dictamen de Adquisición en el punto 6 del acta de Comité. 2.- Que en fecha Primero xx Xxxxx del año dos mil Once el Profesor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Tesorero Municipal, emitió Ce rtificación de
Suficiencia Presupuestal para la adquisición de mat erial de ferretería para el mantenimiento de las diferentes áreas . En base a lo expuesto con anterioridad el Comité de Adquisiciones y Servicios por unanimidad de votos:
RESUELVE
ÚNICO.- Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexican os, 122, 123 y 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberan o del Estado de México, 13.45 Fracción II del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México 88, 92, 93 frac ción I del Reglamento del Libro Décimo Tercero es procedente:
ADJUDICAR El bien objeto de la presente Adjudicación Directa en virtud de que el pago no rebasa los montos señalados por el Artículo 42 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de México para el ejercicio fiscal 2010 y en ese sentido nos encontramos en el supuest o señalado por el Artículo 13.45 fracción IV Y X; del Libro Décimo Te rcero del Código Administrativo del Estado de México; por un importe de $29,604.79 (veintinueve mil seiscientos cuatro pesos 79/100 M .N.) y toda vez que el Proveedor denominado “Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx” concede un plazo de treinta días para el pago de los materiales que se le adjud ican y en ese sentido se compromete estrictamente a cumplir con lo señala do en el presente fallo comunicándose el presente a la empresa Adjudi cada.
A T E N T A M E N T E
LICENCIADO J. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX PRESIDENTE DEL CÓMITE DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS
El Oro, México a 28 de Febrero de 2011. DA/600-71-BIS/2011.
PROFR. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX TESORERO MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE EL ORO, MÉXICO P R E S E N T E. Por medio de este conducto le envió un cordial saludo y al mismo tiempo en atención a las Requisiciones enviadas a esta Dirección de Administración, donde se solicita, material de ferretería y tlapalería para mantenimiento de las diferentes áreas de esta administración, me permito solicitar Certificación Presupuestal, por la Cantidad de $29,604.79 (Veintinueve Mil Seiscientos Cuatro Pesos 79/100 M.N.). Sin más por el momento le agradezco su fina atención, quedo de usted.
A T E N T A M E N T E
LICENCIADO J. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX DIRECTOR DE ADMINISTRACION
C.c.p archivo
Tesorería Municipal. ASUNTO: Certificación Presupuestal.
LICENCIADO J. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN DEL HONORABLE DEL AYUNTAMIENTO DE EL ORO, MÉXICO P R E S E N T E. De acuerdo a su Oficio de fecha 28 de Febrero del presente año, en el que se me solicita se verifique si el Honorable Ayuntamiento cuenta con Recursos Económicos suficientes para llevar a cabo el proceso adquisitivo de material de ferretería para el mantenimiento para uso de diferentes áreas, le envió la siguiente:
CERTIFICACIÓN DE SUFICIENCIA PRESUPUESTAL
PARTIDA PRESUPUESTAL IMPORTE RECURSOS PROPIOS 2010 $29,604.79
El Oro, México al primer día del mes xx Xxxxx del año Dos Mil Once.
ATENTAMENTE
XXXXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
X.x.x. Xxxxxxx
Xx Xxx, Xxxxxx; 15 xx Xxxxx de 2011. Dirección de Administración Municipal.
Oficio No. DA/600-71/2011 . ASUNTO: El que se indica.
XXXXX. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
XXXXXXXX XXXXXXXXX
X. XXXXXXXXXXXX
XX XXX, XXXXXX
P R E S E N T E
Sirva este conducto para enviarle un cordial saludo y al mismo tiempo me permito enviarle la siguiente relación de Facturas del Prov eedor Ferretería y Tlapalería “LA SIRENA” , para que se contemple el pago correspondiente:
FACTURA PROVEEDOR IMPORTE 5117 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 2,250.01 5116 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 1,985.01 5115 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 2,600.00 5114 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 684.04 5113 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 504.56 5112 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 3,079.21 5111 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $10,468.24 5110 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 200.00 5109 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 140.00 5108 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 180.00 5099 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 1,098.08 5098 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 384.99 5097 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 590.00 5096 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 1,319.94 5095 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 116.56 5092 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 1,195.99 5091 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 2,328.15 5090 XXXXXX XXXXX XXXXXXX $ 480.01
TOTAL $29,604.79
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted.
A T E N T A M E N T E
LICENCIADO J. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
C.c.p. Archivo JRGB/ezt