Contract
Contrato de Compraventa de Equipo y Consumibles de Cómputo, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial Mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría” y por la otra parte la Persona Física Difda Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx y/o Asser Computación, representada en este acto por ella misma, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Proveedor”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas siguientes: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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ANTECEDENTES:
A. Con fecha 03 de Noviembre de 2006, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General; para participar en la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-050-06 relativa a la compraventa de Equipo y Consumibles de Cómputo destinados al “Sistema de Control de Bienes Patrimoniales” para la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal de “La Secretaria”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 del Decreto No. 521 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal de 2006 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -
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B. Con fecha 09 de Noviembre de 2006, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y base quinta de las bases de participación de la licitación de referencia. ------
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C. Con fecha 14 de Noviembre de 2006, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-053-06 relativa a la compraventa de Equipo y Consumibles de Cómputo destinados al “Sistema de Control de Bienes Patrimoniales” para la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal de “La Secretaria”, siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la licitación que en la Cláusula Primera de este contrato se indican en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B.
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D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “LA SECRETARÍA”
I.1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21 y 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 46 del Decreto No. 521 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2006, 1, 5, 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.
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I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Oficial Mayor de la Secretaría de Educación, para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación para el
Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, así como por las facultades conferidas en los artículos 4 fracción I, 12, 14 fracciones I, IV, VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación. ----------
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I.3. Que cuenta con los recursos disponibles suficientes, en las Partidas Presupuestales 5206 y 2106, para cubrir el monto de los bienes pactados en el presente contrato.--------------------------------------------------------------
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I.4. Que es su voluntad celebrar el presente contrato relativo a la compraventa de Equipo y Consumibles de Cómputo destinados al “Sistema de Control de Bienes Patrimoniales” para la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal de “La Secretaria”, con “El Proveedor” bajo la modalidad de Licitación Simplificada y de conformidad con los artículos 26 fracción II, 54, 56, 57 y 58 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -
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I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa a Veracruz de la Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C. No. SED9905019C2.
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II. DE “EL PROVEEDOR”
II.1. Que es una Persona Física, con actividad empresarial y objeto social de venta de computadoras, impresoras equipo de oficina, muebles, consumibles, refacciones de impresora, equipo de cómputo reparación de equipo de cómputo, redes, telefonía IP, cámaras IP de vigilancia, acreditando su personalidad con fotocopia de su Credencial de Elector con Folio No. 83017229 expedida por el Instituto Federal Electoral en Xalapa, Ver.
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II.2. Que cuenta con R.F.C. No. SAGD-671201-NQ8 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.-
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II.3. Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en la Xx. X. Xxxx Xxxxxxxx Xx. 0000-X, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, X.X. 00000, con No. telefónico y fax 000-00-00, 000-00-00 y 000-00-00, en Xalapa, Ver.
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II.4. Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el suministro de los bienes requeridos por “La Secretaría”.
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II.5. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en ninguno de los casos de excepción para la contratación del servicio establecidos en el artículo 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento, Administración y Enajenación de Bienes Muebles para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.-
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C L Á U S U L A S:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende a “La Secretaría” y este se obliga a proporcionar las Equipo y Consumibles de Cómputo destinados al “Sistema de Control de Bienes Patrimoniales” Para la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal de “La Secretaria”, que a continuación se detalla: --------------------------------
PART | D E S C R I P C I Ó N | U.M. | CANTIDAD | P.U. | TOTAL |
1 | Impresora Térmica. Marca POSLINE ITT 4300, Método de impresión: Impresión por Transferencia Térmica o proceso Térmico Directo. Resolución: 203 dpi (8 puntos/mm) Ancho Máximo de impresión: 4.1” (104 mm) Longitud máxima de impresión: 1 a 8” (25 a 203 mm), Velocidad: 2 a 4” x segundo, CPU: Microprocesador 32 bit RISC. Memoria: DRAM 512kb, ROM 512kb. Sensor de etiqueta: Reflectivo. Etiquetas: Rollos continuos, precortadas, forma continua, tickets en papel térmico o papel. Ribbon: Cera, cera-resina y resina. Interfase: RS-232Serial y Cetronics Paralela (ITT4100 también incluido Bi-USB. Código xx xxxxxx: Código 39, Extendido Código 39, Código 93, Código 128 UCC, Código 128 (A,B,C), Codabar, Intercalado 2 de 5, EAN-8 2&5, EAN-13, EAN-128, UPC, UPC-A, E 2&5 add on, POSTNET, German POST, Matriz 25, Maxicode, PDF- 417, Data Matrix. | PIEZA | 2 | $10,755.36 | $21,510.72 |
2 | Terminal con lector laser integrado. Marca POSLINE TPL7000. CPU: 8 bits microprocesador C-MOS. RAM: 2048 kb. ROM: 128 kb. Teclado: 26 botones. Timbre: Volumen programable, beep y tono programables. Display LCD: FSTN, 98 x 64 puntos. Luz posterior: LED posterior con función de apagado automático. Batería principal: 3.6V, 600mAh, recargable de Ion-Litio. Batería de respaldo: 3.0V, 25mAh, batería recargable de Litio Duración de la carga: 24 Hrs después de la carga completa. Sistema de lectura: 650nm Láser Diodo Visible. Angulo de lectura: 53° Distancia de lectura: 0 a 74 cm. Velocidad de lectura: 39 lecturas x seg. Simbología de código xx xxxxxx: UPC-A/E, EAN-8/XXX-8, EAN- 13/XXX-13, Codabar, Código 39, ASCII Código 39, Código 128, Interlasado 2 de 5, ISBN/ISSN, Código 93. Comunicación: RS-232C programable hasta 115,200 bps. | PIEZA | 5 | $10,203.27 | $51,016.35 |
3 | Cargador. Marca POSLINE, Cargador múltiple de baterías de 4 ranuras compatible con la xxxxxxx Xx. 0 | XXXXX | 0 | $341.00 | $682.00 |
4 | Cinta. Cinta de transferencia térmica (ribbon) de resina de 76 mm x 360 m. compatible con la xxxxxxx Xx. 0. | XXXXX | 00 | $423.06 | $4,230.60 |
5 | Etiqueta. Rollo de 5330 etiquetas, poliéster plata, con adhesivo permanente de 51 mm de ancho x 25 mm de altura, compatible con la partida No. 1. | PIEZA | 20 | $1,367.74 | $27,354.80 |
SUBTOTAL | $104,794.47 | ||||
I.V.A. | 15,719.17 | ||||
TOTAL | $120,513.64 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $120,513.64 (Ciento Veinte Mil Quinientos Trece Pesos 64/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente requisitada fiscalmente. El pago se efectuará a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante transferencia electrónica.
- TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén General de “La Secretaría” ubicado en el Km. 4.5 de la carretera Xalapa- Veracruz, colonia S.A.H.O.P., C.P 91190 de Xalapa, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, en días hábiles de lunes
a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.
- - CUARTA: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago. ----------------------
- - QUINTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por el término de 1 (un) año contado a partir de su entrega total, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”. ---------------
- SEXTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (Diez por Ciento) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de
$10,479.44 (Diez Mil Cuatrocientos Setenta y Nueve Pesos 44/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -
- SÉPTIMA: Vigencia de la Fianza. El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro. --------------------
- - OCTAVA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -----------------------------------------------------------------------
- NOVENA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. ----------------------------------------
- - DÉCIMA: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. ------------------------------------------------------------
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DÉCIMA PRIMERA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato. ------------------------------
- DÉCIMA SEGUNDA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la Licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.------------------
- DÉCIMA TERCERA: Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.--------------------------------------------------------------------
- - DÉCIMA CUARTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.
- DÉCIMA QUINTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.
- Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; a los Veintiún días del mes de Noviembre de Dos Mil Seis.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Oficial Mayor.
Por “El Proveedor”
Difda Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx y/o Asser Computación
C. Difda Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Representante Legal.