Definición de Auxiliar de Ayuda a Domicilio

Auxiliar de Ayuda a Domicilio. Presta servicios en el domicilio o fuera del mismo para cubrir las necesidades del usuario, con el fin de atenderle en su propio medio, fomentar la autonomía personal y evitar el desarraigo de su entorno.
Auxiliar de Ayuda a Domicilio. Las tareas a realizar vendrán recogidas en los pliegos de condiciones establecidos por las entidades con que se contrate. De forma general serán los siguientes:
Auxiliar de Ayuda a Domicilio. El auxiliar del servicio de ayuda a domicilio es el profesional que tiene por objeto atender, en el propio domicilio o entorno, y siguiendo las pautas de actuación y cuidados indicados por el Coordinador del Servicio, las actividades siguientes:

Examples of Auxiliar de Ayuda a Domicilio in a sentence

  • Para los casos en los que la persona trabajadora tuviera un salario superior al de Auxiliar de Ayuda a Domicilio se compensará con la incorporación de un complemento ad Personan no absorbible, no compensable y actualiza- ble en el porcentaje de subida del convenio.

  • COORDINADOR/A DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO: Es el personal, con titulación y formación social, cuya labor consiste en desempeñar tareas de coordinación, gestión y organización del servicio de ayuda a domicilio además de seguimiento del trabajo de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, para conseguir una buena calidad de dicho servicio y que es desempeñado preferentemente por Diplomados en Trabajo Social.

  • Los trabajadores/as pertenecientes a la categoría de Auxiliar de Ayuda a Domicilio podrán, mediante promoción interna, optar a puestos de superior categoría en la empresa, a través de concurso-oposición restringido a los trabajadores de la misma, siempre que reúnan los requisitos exigidos para optar al puesto de trabajo de que se trate.


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Auxiliar de Ayuda a Domicilio. Es el profesional que realiza la atención directa a la persona usuaria, sus actividades serán las prestaciones de atención personal, atención en las necesidades del domicilio y apoyo psicosocial, familiar y relaciones con el entorno pautados en el Plan de Atención. Las tareas a realizar tienen carácter preventivo, educativo, asistencial y rehabilitador y deben estar orientadas a fomentar la autonomía de la persona dependiente.
Auxiliar de Ayuda a Domicilio. Es el trabajador/a que realiza las funciones propias de su profesión y especialidad, desarrolla las actividades que se determine por el departamento correspondiente, a través de su mando y desarrollando las funciones siguientes: Auxiliar de la Educación: Es el trabajador /a que realiza las funciones propias de su nivel académico y en su caso, bajo las órdenes del educador/a, y en su caso y dentro del marco de las funciones a realizar, le viene encomendadas desde su inmediato superior.
Auxiliar de Ayuda a Domicilio. Para determinar las funciones de la presente categoría se tendrán en especial consideración la descripción del servicio a realizar en el pliego de condiciones (si lo hubiera) establecido por la entidad con la que se contrate. Es una categoría polivalente, cuyas tareas a realizar, de forma general, son las que a continuación se detallan: - Asegurar la higiene personal del asistido: aseo personal de encamados, baño, higiene de pies, manos y cabello. - Atención de la higiene del vestir, ayudando al usuario en el orden, la reposición y la higiene de la ropa. - Cuidado de la higiene de la cama: aseo y arreglo de la cama según las necesidades del usuario. - Mantenimiento de las prótesis en perfecto estado de higiene y conservación. - Preparar el material sanitario y controlar las necesidades del mismo en el domicilio. - Controlar los hábitos alimenticios del asistido: planificar menús según los requisitos de salud y nutrición indicados por los especialistas, elaborar comidas según los menús programados, ayudar a la ingestión de alimentos, etc. - Control y administración de medicación bajo prescripción facultativa, - Movilización en el domicilio y fuera de él. - Detectar con anticipación los problemas de salud. - Cambios postulares. - Contribuir a la movilidad y mantenimiento físico-psíquico del usuario. - Mantener limpias y ordenadas las estancias directamente relacionadas con el usuario, para lograr un ambiente agradable. - Atender al suministro y reposición de productos con coherencia y sentido económico. - Atender a las necesidades físicas y sociales del asistido. - Lavado de la ropa en máquina. - Recogida y apilación de la ropa sucia hasta su recogida por el servicio de lavandería. - Prevenir posibles situaciones de riesgo en el domicilio para evitar problemas y accidentes. - Contribuir al seguimiento de los casos en coordinación con los miembros del equipo multidisciplinar, formado por médicos, trabajadores sociales, ATS, etc. - Colaborar en la identificación de las necesidades de los usuarios para cumplir la planificación establecida. - Comunicar al equipo técnico las demandas y necesidades de los usuarios. - Acompañamiento del usuario en gestiones, etc. - Contribuir a la integración social del usuario. - Canalizar la información referente a recursos sociales de apoyo a la situación del usuario, para facilitar el conocimiento e integración en actividades y programas. - Colaborar cuando se requiera, en los aspectos administrativos para ayudar en su resoluci...
Auxiliar de Ayuda a Domicilio. Para determinar las funciones de la presente categoría se tendrán en especial consideración la descripción del servicio a realizar en el pliego de condiciones (si lo hubiera) establecido por la entidad con la que se contrate. Es una categoría polivalente, cuyas tareas a realizar, de forma general, son las que a continuación se detallan: Tareas de atención personal: — Asegurar la higiene personal del asistido: aseo personal de encamados, baño, higiene de pies, manos y cabello. — Atención de la higiene del vestir, ayudando al usuario en el orden, la reposición y la higiene de la ropa. — Cuidado de la higiene de la cama: aseo y arreglo de la cama según las necesidades del usuario. — Mantenimiento de las prótesis en perfecto estado de higiene y conservación. — Preparar el material sanitario y controlar las necesidades del mismo en el domicilio. — Controlar los hábitos alimenticios del asistido: planificar menús según los requisitos de salud y nutrición indicados por los especialistas, elaborar comidas según los menús programados, ayudar a la ingestión de alimentos, etc. — Control y administración de medicación bajo prescripción facultativa. — Movilización en el domicilio y fuera de él. — Detectar con anticipación los problemas de salud. — Cambios postulares. — Contribuir a la movilidad y mantenimiento físico-psíquico del usuario. Tareas domésticas: — Mantener limpias y ordenadas las estancias directamente relacionadas con el usuario, para lograr un am- biente agradable. — Atender al suministro y reposición de productos con coherencia y sentido económico. — Atender a las necesidades físicas y sociales del asistido. — Lavado de la ropa en máquina. — Recogida y apilación de la ropa sucia hasta su recogida por el servicio de lavandería. — Prevenir posibles situaciones de riesgo en el domicilio para evitar problemas y accidentes. — Contribuir al seguimiento de los casos en coordinación con los miembros del equipo multidisciplinar, for- mado por médicos, trabajadores sociales, ATS, etc. — Colaborar en la identificación de las necesidades de los usuarios para cumplir la planificación establecida. — Comunicar al equipo técnico las demandas y necesidades de los usuarios.

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  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Cinco de agosto de dos mil dieciséis (05/06/2016).

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 11

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de avance físico Financiero de las obras y/o servicios. Para el ejercicio 2015, se estimo obtener 533.0 millones de pesos de ingresos por el avance financiero de los contratos de obra y servicios ejecutados, al cierre del ejercicio se obtuvieron ingresos del orden de 330.0 millones de pesos lo que representa un avance de la meta prevista del 61 por ciento. Lo anterior resulta, de que al cierre del año se tenían trabajos pendientes por ejercer y facturar por un monto de 349.0 millones de pesos, de los cuales en algunos casos se encuentran en proceso de ampliación en plazo y otros en proceso de revisión y conciliación. Ejercicio 2016 Actividad Institucional 002, Programa Presupuestario M.-001 Actividades de Apoyo administrativo, presupuesto modificado 20.3 millones de pesos, presupuesto ejercido 19.9 millones de pesos, variación (.427 millones pesos). Esta actividad presente subejercicios principalmente en el capítulo 1000 servicios personales, en el que se tuvo un avance del 98 por ciento, debido principalmente a la reducción de plazas de personal eventual para dar cumplimiento a las disposiciones en materia de austeridad. Actividad Institucional 004, Programa Presupuestario 1.-E009, Conservación y Mantenimiento de infraestructura básica con otros entes públicos y privados, presupuesto modificado 224.7 millones de pesos, presupuesto ejercido 187.9 millones de pesos, variación (36.7 millones de pesos). Esta actividad presenta el mayor subejercicio en el rubro de servicios personales debido principalmente a que durante el anteproyecto de presupuesto en particular al proceso de presupuesto regularizable del capítulo 1000 no fue posible ajustar este rubro de gasto a las operaciones reales de la entidad.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el Asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo derivan, salvo aquellas que, por su naturaleza, deben ser cumplidas por el Asegurado.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.