DE LA ASISTENCIA Cláusulas de Ejemplo

DE LA ASISTENCIA. LA COMPANÍA brindará los servicios de asistencia al tenor de los siguientes términos: I.- DURACION DE LOS SERVICIOS.- La duración de los servicios de asistencia será por el período indicado en la carátula del Contrato. II.- ASISTENCIA MÉDICA.- La asistencia médica consistirá en:
DE LA ASISTENCIA. Al matricularse en un ciclo académico el estudiante adquiere el compromiso de asistir, como mínimo, al 90% de las actividades académicas programadas, cuando las faltas de asistencia del estudiante superen el 10% de las actividades programadas para cada norma, el docente a cargo de la misma o la persona encargada de evaluar la práctica, reportará a la coordinación académica, la pérdida de la norma de competencia correspondiente, sin que medie para ello consideración alguna.
DE LA ASISTENCIA. La atención especializada para los receptores y generadores de violencia intrafamiliar en las Unidades, se proporcionará en forma individual o en grupos homogéneos a fin de evitar que se incremente la dinámica de violencia. Los generadores de la violencia intrafamiliar podrán recibir apoyo terapéutico en las Unidades, el cual consistirá en el empleo de la psicoterapia reeducativa, a fin de erradicar el potencial violento del sujeto .
DE LA ASISTENCIA. El Trabajador Docente se presentará a impartir su clase a la hora estipulada según su carga académica. Se considerará retardo cuando el trabajador docente se presente a impartir una clase después del período de tolerancia de 10 minutos. Dicho retraso será sancionado únicamente con el descuento nominal de esa HORA/SEMANA/MES. Las partes acuerdan que cuando se susciten tres retardos a cualquier módulo de la jornada laboral dentro de un periodo de treinta días hábiles, será considerada como una falta, esto con la finalidad de evitar faltas a los módulos de manera reiterada. La reiteración de esta conducta será sancionada con la disminución de las H/S/M asignadas a la próxima carga académica. Para el caso de incurrir en doce retardos al módulo dentro de un periodo de treinta días hábiles, será considerada como cuatro faltas a la jornada laboral, se aplicará la sanción prevista en las clausulas 81 fracción II y 87 fracción X de este contrato.
DE LA ASISTENCIA. La asistencia a clases es obligatoria. El registro de asistencia se llevará por cada profesor, en listas suministra-das por la Oficina de Registro Académico y se enviarán a ésta con los reportes de notas.
DE LA ASISTENCIA. Al estudiante cuyas faltas de asistencia a clases teóricas, prácticas, seminarios talleres y diplomados, superen el quince por ciento (15%) de las programadas, se le calificará el espacio académico al finalizar el periodo académico con una nota xx xxxx punto cero (0.0). En este caso, deberá inscribirla en el siguiente periodo académico como obligatoria. Los espacios académicos así perdidos no podrán ser habilitadas. PARÁGRAFO 1.- La excusa no suprime la Inasistencias, pero da derecho al estudiante a ser evaluado con las pruebas intermedias sustitutivas que el docente considere oportunas, en caso de que dicha Inasistencias corresponda a la actividad en la cual se haya producido la falta. PARÁGRAFO 2.- La justificación de la inasistencia, deberá ser presentada a la Dirección del programa o coordinación académica de la extensión, a través de un oficio con el debido soporte, que amerite el estudio y la autorización respectiva. PARÁGRAFO 3.- Los estudiantes de la modalidad diurna o nocturna, cuentan con tres días siguientes a la inasistencia para justificarla, los estudiantes de modalidad a distancia y virtual, el plazo máximo será de 8 días después de la inasistencia. PARÁGRAFO 4.- Para los programas con modalidad virtual, la plataforma LMS para Educación Virtual estará disponible las 24 horas del día los siete días de la semana. Para garantizar la política y el principio de flexibilidad de la modalidad virtual, es el estudiante quien decidirá, de acuerdo con el periodo de tiempo establecido para cada unidad de aprendizaje de los módulos, la fecha y el horario para realizar las actividades respectivas. CAPÍTULO VII RÉGIMENACADÉMICO

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  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

  • DE LA VIGENCIA El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y concluirá al XX de XXXXXXX de 20XX.

  • Existencia de crédito Se dispone del crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. En caso de tramitación anticipada del gasto, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato. La consignación presupuestaria de las obligaciones económicas que derivan del presente contrato figura en la letra B del Cuadro de características del contrato.