Definición de Cantidad Requerida del Instrumento Derivado

Cantidad Requerida del Instrumento Derivado. Significa, respecto de cada Instrumento Derivado y para cada periodo mensual, en su caso, el importe de los Diferenciales a favor de la Contraparte y cualquier otro concepto a cargo del Fideicomitente, solicitado por el Fideicomisario en Primer Lugar B a través de la Solicitud de Pago.
Cantidad Requerida del Instrumento Derivado. Significa, para cada Instrumento Derivado asociado a un Financiamiento específico, el importe que debe cubrirse con cargo al FAFEF Asignado, y en su caso, las Participaciones Asignadas en la Cuenta de Pago del Instrumento Derivado respectiva, en cada Fecha de Pago, de acuerdo a la Solicitud de Pago de la Contraparte correspondiente. Para efectos de claridad, se entenderá por “Cantidades Requeridas de los Instrumentos Derivados” a la sumatoria de las Cantidades Requeridas al amparo de cada uno de los Instrumentos Derivados, inscritos en el Registro del Fideicomiso.
Cantidad Requerida del Instrumento Derivado. Significa el importe que debe cubrirse con cargo al FAFEF Asignado, y en su caso, las Participaciones Asignadas a dicho Instrumento Derivado, en cada Fecha de Pago, de acuerdo a la Solicitud de Pago de la Contraparte correspondiente, según dicho término se define en el Fideicomiso.

More Definitions of Cantidad Requerida del Instrumento Derivado

Cantidad Requerida del Instrumento Derivado significa, respecto de cada Instrumento Derivado y para cada periodo mensual, en su caso, el importe de los Diferenciales en favor de la Contraparte y, en su caso, el importe de los costos de rompimiento correspondientes, solicitados por el Fideicomisario en Primer Lugar B a través de la Solicitud de Pago, en el entendido que, cada uno de dichos conceptos se fondeará y pagará con la prelación prevista en la Cláusula 10.2 (b) y demás Cláusulas aplicables.
Cantidad Requerida del Instrumento Derivado. Significa, respecto de cada Instrumento Derivado y para cada periodo mensual, en su caso, el importe de los Diferenciales a favor de la Contraparte y, en su caso, el importe de los costos de rompimiento correspondientes, solicitados por el Fideicomisario en Primer Lugar B a través de la Solicitud de Pago, en el entendido que cada uno de dichos conceptos se fondeará y pagará con la prelación prevista en el numeral 10.2.2 de la Cláusula Décima y demás Cláusulas aplicables.
Cantidad Requerida del Instrumento Derivado. Significa, respecto de cada Instrumento Derivado asociado a un Financiamiento (en específico aquellos de intercambio de tasa que consideren llamadas de margen), los importes solicitados por la Contraparte en términos de la Solicitud de Pago del Instrumento Derivado que resulte aplicable.
Cantidad Requerida del Instrumento Derivado. Significa, respecto del Instrumento Derivado que corresponda y para cada Periodo de Intereses, en su caso, el importe de los Diferenciales a favor de la Contraparte, solicitados por el Fideicomisario en Primer Lugar B a través de la Solicitud de Pago, en el entendido que los Diferenciales que resulten a favor de la Contraparte se fondearán y pagarán con cargo a la Cantidad Límite, con la prelación prevista en la Cláusula Octava.

Related to Cantidad Requerida del Instrumento Derivado

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.