Definición de Instrumento Derivado

Instrumento Derivado. Significa el contrato de intercambio de tasas, celebrado entre el Estado y una institución financiera, asociado a un Financiamiento inscrito en el Registro del Fideicomiso, a fin de mitigar los riesgos de la tasa de interés relacionados al mercado de dinero, siempre y cuando éste se encuentre inscrito en el Registro del Fideicomiso, en el entendido que el Instrumento Derivado tendrá como fuente de pago el mismo Porcentaje Asignado del Financiamiento al que se encuentra asociado, con la prelación prevista en las Cláusulas Décima, Décima Primera, Décima Segunda y demás aplicables del Fideicomiso.
Instrumento Derivado. Significa el o los contratos marco, o en su caso, la confirmación de la operación, que formalicen el instrumento derivado de cobertura de tasa que impliquen llamadas de margen (ya sea bajo la modalidad “swap”, “collar”, CAP o cualquier otra opción siempre y cuando esta última esté diseñada para fines no especulativos y exclusivamente de cobertura), y en su caso, sus convenios modificatorios, con alguna institución autorizada por la CNBV para realizar operaciones derivadas, en el entendido que dicha institución autorizada deberá tener una calificación crediticia nacional equivalente al menos a AA+ otorgada por una Agencia Calificadora.
Instrumento Derivado. Significan los contratos que formalicen los instrumentos derivados de cobertura de tasa (ya sea bajo la modalidad “swap”, o cualquier otra opción siempre y cuando esta última esté diseñada para fines no especulativos y exclusivamente de cobertura). Lo anterior; en el entendido de que, cualquier instrumento derivado a contratar por el Estado deberá ser contratado con alguna institución autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para realizar operaciones derivadas.

Examples of Instrumento Derivado in a sentence

  • Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Séptima.

  • En el caso de vencimiento anticipado de un Instrumento Derivado, que se ocasione en términos de las causas previstas en el contrato correspondiente, la Contraparte notificará al Fiduciario, con copia al Fideicomitente: (i) el monto total a cargo del Fideicomitente por concepto del costo de rompimiento del Instrumento Derivado, (ii) la Fecha de Pago, y (iii) la cuenta a la cual el Fiduciario deberá pagar los recursos correspondientes.

  • El Fiduciario verificará si existen recursos suficientes en la Cuenta del Instrumento Derivado para pagar el monto notificado por la Contraparte.

  • En caso afirmativo, el Fiduciario destinará los recursos abonados en la Cuenta del Instrumento Derivado al pago del Instrumento Derivado en términos de la Notificación de Vencimiento Anticipado.

  • En el caso que el Fideicomitente no aporte los recursos requeridos por el Fiduciario, el Fiduciario deberá, previo fondeo de los conceptos que tienen prelación en términos del numeral 10.2.2 de la Cláusula Décima, aplicar los recursos de la Cuenta Individual para fondear la Cuenta del Instrumento Derivado para el pago de los costos por rompimiento del Instrumento Derivado.


More Definitions of Instrumento Derivado

Instrumento Derivado. Significa el contrato de intercambio de tasas (del tipo swap), celebrado entre el Estado y una institución financiera mexicana, asociado al Crédito, a fin de mitigar los riesgos de la tasa de interés asociados al mercado de dinero, siempre y cuando el contrato respectivo se encuentre inscrito el Registro del Fideicomiso, en el entendido que el Instrumento Derivado tendrá como fuente de pago el Porcentaje de Participaciones del Crédito, de acuerdo con la prelación prevista en el Fideicomiso.
Instrumento Derivado significa el o los Instrumentos de Cobertura de la Tasa de Referencia o el o los Instrumentos de Intercambio de Tasas que el Estado celebre en relación con el Crédito.
Instrumento Derivado significa un contrato de intercambio de tasas celebrado entre el Estado y una institución financiera, asociada al Crédito con la finalidad de fijar la Tasa de Referencia, a través de la cual las partes se comprometen a intercambiar flujos referidos a tasas de interés, en una fecha futura.
Instrumento Derivado. Significa el contrato de intercambio de flujos,
Instrumento Derivado. Significa el contrato de intercambio de tasas
Instrumento Derivado. Significa el contrato de intercambio de tasas (del tipo swap), celebrado entre el Municipio y una institución financiera, asociado a un Financiamiento inscrito en el Registro del Fideicomiso, a fin de mitigar los riesgos de la tasa de interés asociados al mercado de dinero, siempre y cuando se encuentre inscrito en el Registro del Fideicomiso, en el entendido que el Instrumento Derivado tendrá como fuente de pago el mismo Porcentaje Asignado del Financiamiento al que se encuentra asociado, con la prelación prevista en la Cláusula Décima y Décima Segunda del Fideicomiso.
Instrumento Derivado significa una operación financiera derivada, asociada al Crédito Garantizado, de cobertura o de intercambio de tasas de interés o de otro tipo, para mitigar el riesgo relacionado a la variación de la Tasa de Referencia, contratada con una institución financiera debidamente autorizada para celebrar dichas operaciones en México.