Definición de Comisión por Administración

Comisión por Administración tiene el significado que se le atribuye a dicho término en el Contrato de Administración.
Comisión por Administración significa las tarifas calculadas y pagadas de conformidad con el Artículo 2.2 y el Artículo 2.6. -------------------
Comisión por Administración significa la comisión calculada y pagada de acuerdo al Artículo 2.2 y el Artículo 2.6.

Examples of Comisión por Administración in a sentence

  • ACLARACIONES OBSERVACIONES BANCO CETELEM ARGENTINA S.A: El valor correcto de la Comisión por el Servicio de Renovación corresponde a $492.59, por Comisión por Administración y Mantenimiento de cuenta a $117.94 y Comisión por Reposición o reimpresión de tarjeta por robo o extravío a $94.38.

  • De persistir el empate se seleccionará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de Comisión por Administración.

  • El Administrador, con cargo al Fondo, cobrará la Comisión por Administración la cual equivale hasta un UNO POR CIENTO (1.00%) anual, y que se calculará aplicando dicho porcentaje sobre el valor del Patrimonio del Fondo.

  • En particular, los documentos que rijan los Vehículos Paralelos no podrán incluir (i) una comisión por administración, o su equivalente, como quiera que se denomine, en un porcentaje menor a la Comisión por Administración, (ii) una distribución por desempeño, o su equivalente, como quiera que se denomine, cuyos porcentajes para distribuciones sean superiores para sus inversionistas que los porcentajes previstos en la sección “III.

  • El Nuevo Administrador deberá recibir la Comisión por Administración, como contraprestación por la prestación de sus servicios conforme a estos Términos y Condiciones de Administración.

  • Seguro Desgravamen sobre saldo deudor (Prima Bruta Mensual)2 Titular Titular y Cónyuge 0.077 % 0.15 % Seguro al Bien (Prima Bruta Mensual)3 Inmuebles Maquinarias y Equipos 0.025 % (Sobre valor de fábrica) Comisión por Portes No aplica Comisión por Administración de Póliza Endosada4 US$ 15 Comisión por Revisión de Valuación5 US$ 10 Gasto por Valuación/Tasación6 S/.

  • Porcentaje de Comisión por Administración (Servicing Fee Rate): Significa, respecto de cada Crédito Hipotecario el 1.00% (uno por ciento) anual.


More Definitions of Comisión por Administración

Comisión por Administración tiene el significado que se le atribuye a dicho término en la Cláusula Décima, sección 10.6 del presente Fideicomiso.
Comisión por Administración significa, la contraprestación que el Administrador tiene derecho a percibir en términos del Contrato de Administración.
Comisión por Administración significa, la comisión pagadera por el Fiduciario al Asesor y Administrador, en efectivo, en parcialidades trimestrales que resultará de aplicar la Tasa de Comisión por Administración sobre la menor de las siguientes cantidades (i) el Capital Invertido, y (ii) el monto invertido por el Fiduciario en Portafolios Hipotecarios, determinada, en cada caso, a la fecha en que se realice el cálculo de la misma, más el IVA correspondiente, en términos de lo previsto en el Contrato de Asesoría y Administración.

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  • Comisión Comisión Nacional de Energía, organismo público descentralizado creado mediante Decreto Ley N° 2.224 con fecha 25 xx xxxx de 1978 y sus modificaciones.

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  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Comisión Técnica es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Licitación Pública Nacional Mixta No. Compranet: LPN-OP-006GSA001-004-2016 LO-006GSA001-E85-2016 Objeto: No. de Pag.64 de 109 Mantenimiento inmueble ubicado en Querétaro, propiedad de AGROASEMEX

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Usuarios significa, respecto de los Servicios, aquellos empleados, contratistas y usuarios finales, según corresponda, autorizados por Usted o en Su nombre para utilizar los Servicios de conformidad con este Contrato y Su orden. Respecto de aquellos Servicios que están específicamente diseñados para permitir que Sus clientes, agentes, proveedores u otros terceros accedan a los Servicios a fin de interactuar con Usted, dichos terceros se considerarán “Usuarios” sujetos a los términos de este Contrato y Su orden.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Banco significa el Banco Interamericano de Desarrollo.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Siniestro todo hecho cuyas consecuencias estén cubiertas por alguna de las garantías de la póliza.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • BANCOMER pagará a “EL CLIENTE” intereses respecto del Saldo Promedio Valorado a la tasa anualizada que para dicho “PERÍODO DE INTERESES” el propio “BANCOMER” de a conocer a su clientela y que se señala en la carátula del presente contrato. En el caso de “TASA VARIABLE” se determinará de conformidad con lo establecido en la carátula del presente contrato. “BANCOMER” dará a conocer las tasas de intereses aplicables al presente depósito, por escrito, por medios electrónicos, a través de publicaciones en periódicos de amplia circulación o de su colocación en los lugares abiertos al público en las oficinas de “BANCOMER” o bien en los estados de cuenta que “BANCOMER” remita a “EL CLIENTE”. Los intereses a que se refiere la presente cláusula, se calcularán respecto del número de días efectivamente transcurridos en cada “PERÍODO DE INTERESES”, dividiendo la tasa anualizada que corresponda al “PERÍODO DE INTERESES” de que se trate entre 360 (TRESCIENTOS SESENTA) y multiplicando el resultado así obtenido por el número de días efectivamente transcurridos en cada “PERÍODO DE INTERESES”, y se pagarán al final,es decir, cuando se realicen el total de los depósitos y se mantenga depositado por el periodo de tiempo establecido en el Anexo de Tabla de Depósitos e Instrucciones. En el caso de que “EL CLIENTE” incumpla dos o más depósitos consecutivos, “BANCOMER” dará por terminado el(los) contrato(s) previa notificación a “EL CLIENTE” y pondrá a disposición de “EL CLIENTE” sus recursos más los intereses correspondientes, calculados a Tasa Base únicamente en “LA CUENTA DE DEPÓSITO”. Cuando “EL CLIENTE” dé por terminado el presente contrato deberá dar aviso por escrito en cualquier sucursal “BANCOMER”, para lo cual “BANCOMER”, una vez recibido el aviso de terminación de “EL CLIENTE”, procederá a realizar el retiro de los recursos y serán depositados en “LA CUENTA DE DEPÓSITO”; “BANCOMER” abonará al día siguiente de la fecha de terminación del presente contrato los rendimientos correspondientes calculados únicamente a “TASA BASE” a “LA CUENTA DE DEPÓSITO”, de acuerdo a lo señalado en la cláusula de vigencia de este instrumento.

  • Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.