Contrato de Administración. El Fideicomiso contrató al Administrador a efecto de implementar los fines y objetivos del Fideicomiso para lo cual, en la Fecha Inicial de Emisión, el Fiduciario celebró el Contrato de Administración con el Administrador; el cual, junto con las disposiciones del Contrato de Fideicomiso respecto de las Distribuciones por Desempeño prevén un esquema de compensación, comisiones e incentivos de forma tal que cuida en todo momento los intereses de los Tenedores. El Administrador tendrá derecho a recibir y el Fiduciario deberá pagar al Administrador, con cargo a la Cuenta de Capital Fondeado, la Comisión de Administración Serie A de conformidad con lo previsto en el Contrato de Administración. Adicionalmente, el Administrador tendrá derecho a recibir y el Fiduciario deberá pagar al Administrador, (i) con cargo a la Cuenta Específica de la Serie B-1 o la Cuenta de Distribuciones Serie B-1, la Comisión de Administración Serie B-1 de conformidad con lo previsto en el Contrato de Administración, y (ii) con cargo a la Cuenta Específica de la Serie B-2 o la Cuenta de Distribuciones Serie B-2, la Comisión de Administración Serie B-2 de conformidad con lo previsto en el Contrato de Administración. Sujeto a que se obtengan las aprobaciones de la Asamblea de Tenedores o del Comité Técnico que en su caso fueran necesarias conforme al Contrato de Fideicomiso, el Administrador será el único encargado de instruir al Fiduciario en relación con la administración del portafolio de Inversiones, la realización de Inversiones y Desinversiones, el pago de Distribuciones, la aplicación de recursos que se mantengan en las Cuentas del Fideicomiso (incluyendo, sin limitación, el pago de Gastos del Fideicomiso) y el ejercicio de todos los derechos respecto de las Inversiones, así como servicios administrativos en relación con las Inversiones, la designación de consejeros o gerentes de las Sociedades Promovidas, y buscar oportunidades para que el Fideicomiso realice Inversiones y Desinversiones de conformidad con los Criterios de Inversión y Requisitos de Diversificación del Fideicomiso. Salvo que se cuente con la aprobación previa de la Asamblea de Tenedores, el Administrador únicamente podrá instruir al Fiduciario o recomendar al Comité de Inversión o al Comité Técnico, en su caso, la realización de Inversiones que cumplan con los Criterios de Inversión y Requisitos de Diversificación del Fideicomiso. El Administrador podrá solicitar al Fiduciario convoque a una Asamblea de Tenedores, ...
Contrato de Administración. De conformidad con las instrucciones previas y por escrito del Comité Técnico, el Fiduciario por medio del presente nombra al Administrador como administrador del Fideicomiso, con las responsabilidades y obligaciones y bajo los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato y en el contrato de administración que de manera simultánea con la celebración de este Contrato se firma en los términos del formato que se adjunta al presente Contrato como Anexo “D” (el “Contrato de Administración”).
Contrato de Administración. 61 SECCIÓN VIII EL FIDUCIARIO 61
Contrato de Administración. La Comisión de Administración de los Activos será equivalente a 0,01% sobre el Saldo Vivo de los Activos en la anterior Fecha de Pago.
Contrato de Administración. El 18 de julio de 2019 se celebró el Contrato de Administración entre Xxxxxxxxx, Xxxxx y Asociados, S. de R.L. de C.V. (“LG&A” o el “Administrador”, indistintamente), y Banco Invex, S.A. Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero, actuando únicamente en su calidad de fiduciario del Contrato de Fideicomiso (como dicho término se define más adelante) (el “Fiduciario”).
Contrato de Administración. El Fiduciario por medio del presente nombra al Administrador como administrador del Fideicomiso, y este asume todas las obligaciones del Administrador establecidas en el presente Contrato de Fideicomiso y en el Contrato de Administración. Asimismo, y a efecto de dar cumplimiento a los Fines del Fideicomiso, el Administrador deberá celebrar con el Fiduciario un contrato de administración cuyo formato se adjunta al presente Contrato de Fideicomiso como Anexo “D” (el “Contrato de Administración”), el cual contiene, entre otros, los términos y condiciones a los que se ajustará el Administrador en el ejercicio de los poderes generales o especiales aplicables, entre estos, para actos de administración y actos de dominio que en su caso le otorgue el Fiduciario.
Contrato de Administración. El Fiduciario, el Fideicomitente y el Administrador Maestro celebrarán el Contrato de Administración a más tardar en la Fecha de la Emisión de la primera Emisión que se realice al amparo del presente Fideicomiso, en términos sustancialmente similares a los del modelo que se agrega al presente Contrato como Anexo “E”, para que el Administrador Maestro, en su carácter de administrador maestro de los Derechos al Cobro Transmitidos, preste los servicios que se establezcan en el Contrato de Administración, en los términos y condiciones establecidos en el propio Contrato de Administración.
Contrato de Administración. El Fiduciario, el Fideicomitente y el Administrador Maestro, con la comparecencia del Fiduciario Maestro de Cobranza y del Fiduciario del Fideicomiso de Enajenación de Bienes Arrendados, celebraron el Contrato de Administración, conforme al cual el Administrador Maestro, en su carácter de administrador maestro de los Derechos al Cobro Transmitidos, presta los servicios que se establecen en el Contrato de Administración, en los términos y condiciones establecidos en el propio Contrato de Administración. De conformidad con lo establecido en el Contrato de Administración, el Administrador Maestro deberá llevar a cabo las funciones que ahí se describen respecto del Fideicomiso Maestro de Cobranza, del Fideicomiso de Enajenación de Bienes Arrendados y de la cobranza de los Derechos al Cobro Transmitidos.
Contrato de Administración. El Fiduciario, en su carácter de fiduciario en el Fideicomiso, designó mediante la celebración de Contrato de Administración con fecha 6 xx xxxxx de 2017, a Activos Alternativos, S. de R.L. de C.V. como Administrador de las Inversiones correspondientes al Componente de Inversiones de conformidad con las reglas establecidas en dicho contrato, el Contrato de Fideicomiso y conforme al calendario de Inversiones, quien a su vez convino en prestar sus servicios con la finalidad de analizar oportunidades de inversión para el Fideicomiso, seleccionar las que a su discreción sean más adecuadas para llevar a cabo las Inversiones, someter al Comité Asesor de Inversiones para su opinión las oportunidades de inversión que a su juicio estime convenientes, instruir al Fiduciario a fin de que adquiera las Inversiones y lleve a cabo las Desinversiones, negociar los Contratos de Inversión y los Contratos de Desinversión, mantener y administrar las Inversiones del Componente de Inversiones.
Contrato de Administración. Una vez que haya sido transferida la Parte Social de la Subsidiaria al Fiduciario, este último, previa aprobación del Comité Técnico en su Sesión Inicial, celebrará un contrato de administración con la Subsidiaria para beneficio del Fideicomiso, en los términos del documento que se adjunta al presente como Anexo “J” (el “Contrato de Administración”).