Definición de Banco

Banco significa el Banco Interamericano de Desarrollo.
Banco significa el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) o cualquier fondo administrado por el Banco.
Banco tendrá el significado que se le asigne en las Estipulaciones Especiales de este Contrato.

Examples of Banco in a sentence

  • El fideicomiso se considerará vigente hasta tanto el Fiduciario no comunique al Banco por medio fehaciente lo contrario.

  • Antes del primer desembolso bajo el Contrato de Mutuo o la Fecha de Emisión de las ON III –lo que ocurra primero-, el Emisor deberá acreditar ante el Fiduciario haber notificado por instrumento público o privado de fecha cierta al Banco Recaudador la extensión de la Cesión de Saldos y del Contrato de Fideicomiso y la instrucción irrevocable para su operación por el Fiduciario, conforme al modelo de notificación que obra en el Anexo 3.

  • En este acto se entrega al Banco una fotocopia certificada de la Adenda al Contrato de Fideicomiso y al Acuerdo Ampliatorio antes referido.

  • La cesión de Saldos será válida entre las partes desde el mismo momento de instrumentarse la cesión, y oponible a terceros desde el momento en que el deudor cedido (el Banco Recaudador) sea notificado de la misma mediante escritura pública o instrumento privado de fecha cierta.

  • La información contable de Banco de Valores S.A. podrá ser consultada por los interesados en la página web del Banco Central de la República Argentina xxx.xxxx.xxx.xx / Sistema Financiero/ Consulta por Tipo de entidades / Financieras / Banco de Valores S.A / Estados Contables).


More Definitions of Banco

Banco significa el Banco Interamericano de Desarrollo , Washington, DC, EE.UU.; o cualquier fondo administrado por el Banco; (b) “Contratante” significa la agencia con la cual el Consultor seleccionado firma el Contrato para proveer los servicios; (c) “Consultor” significa cualquier entidad o persona, incluyendo asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) que pueda prestar o preste servicios al Contratante bajo el Contrato; (d) “Contrato” significa el Contrato firmado por las Partes, y todos los documentos adjuntos que se enumeran en la Cláusula 1 de dicho Contrato, que son las Condiciones Generales (CG), las Condiciones Especiales (CE), y los Apéndices; (e) “Hoja de Datos” significa la sección de las Instrucciones para los Consultores que se debe utilizar para indicar condiciones específicas del país o de las actividades a realizar; (f) “Día” significa día calendario. (g) “Gobierno” significa el gobierno del país del Contratante; (h) “Instrucciones para los Consultores” (Sección 2 de la SP) significa el documento que proporciona a los Consultores de la Lista Corta toda la información necesaria para preparar sus Propuestas; (i) “CI” (Sección 1 de la SP) significa la Carta de Invitación que el Contratante envía a los Consultores de la Lista Corta; (j) “Personal” significa los empleados profesionales o de apoyo contratados por el Consultor o por cualquier Subconsultor y asignados a la prestación de los Servicios o de una parte de los mismos; “Personal extranjero” significa las personas profesionales o de apoyo que al momento de ser contratadas tienen su domicilio fuera del país del Gobierno; “Personal nacional” significa las personas profesionales o de apoyo que al momento de ser contratadas tienen su domicilio en el país del Gobierno; (k) “Propuesta” significa la Propuesta Técnica y la Propuesta de precio; (l) “SP” significa la Solicitud de Propuesta que prepara el Contratante para la selección de Consultores, de acuerdo con la SEP; (m) “SEP” significa la Solicitud Estándar de Propuesta, que deberá ser utilizada por el Contratante como guía para la preparación de la SP; (n) ”Servicios” significa el trabajo que deberá realizar el Consultor en virtud del Contrato; (o) “Subconsultor” significa cualquier persona o entidad que el Consultor contrata a su vez para la prestación de una parte de los Servicios; (p) “Términos de Referencia” (TDR) significa el documento incluido en la SP como Sección 5 que explica los objetivos, magnitud del trabajo, actividad...
Banco. Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
Banco significa el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
Banco significa el Banco Interamericano de Desarrollo, Washington, D.C., EE.UU.; o cualquier otro fondo administrado por el Banco Interamericano de Desarrollo;
Banco. Significa [●].
Banco significa el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) o cualquier fondo administrado por el Banco. (b) “Contrato” significa el Convenio celebrado entre el Comprador y el Proveedor, junto con los documentos del Contrato allí referidos, incluyendo todos los anexos y apéndices, y todos los documentos incorporados allí por referencia. (c) “Documentos del Contrato” significa los documentos enumerados en el Convenio, incluyendo cualquier enmienda. (d) “Precio del Contrato” significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato. (e) “Día” significa día calendario. (f) “Cumplimiento” significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato. (g) “CGC” significa las Condiciones Generales del Contrato. (h) “Bienes” significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato. (i) “El País del Comprador” es el país especificado en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC). (j) “Comprador” significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC. (k) “Servicios Conexos” significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como transporte, seguro, instalación, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato. (l) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato. (m) “Subcontratista” significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el Proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los Servicios. (n) “Proveedor” significa la persona natural, jurídica o entidad gubernamental, o una combinación de éstas, cuya oferta para ejecutar el contrato ha sido aceptada por el Comprador y es denominada como tal en el Contrato. (o) “El Sitio del Proyecto”, donde corresponde, significa el lugar citado en las CEC.
Banco. Bank of America Beneficiario: Kansas City Southern de México, S. A. de C.V. Moneda United Sates Dollars Cuenta 62908 26870 ABA 121 000 358 Localidad Concorde California, USA En las terminales intermodales el Usuario, deberá celebrar previamente un contrato de otorgamiento de crédito para el pago de los Servicios con KCSM. En caso de que el Usuario no celebre con KCSM un contrato para que se le otorgue crédito o el Usuario no haya realizado el pago xxx xxxxx, KCSM podrá retener el retiro de un tráiler o contenedor de la terminal intermodal, hasta que el crédito haya sido otorgado o el pago del cargo de la rampa de destino haya sido realizado por el Usuario a KCSM a través de transferencia bancaria a las cuentas bancarias mencionadas anteriormente. Las aclaraciones o inconformidades que tenga el Usuario por la facturación del Servicio deberán presentarlas a KCSM en el término de 3 (tres) días naturales contados a partir del día en que el Usuario haya recibido de KCSM la factura de que se trate, en el entendido de que en caso de no hacerlo, se tendrá por aceptada la factura. En ningún caso y por ningún motivo, el Usuario podrá, sin el consentimiento previo y por escrito de KCSM, descontar del pago correspondiente por la prestación del Servicio, aquellos cargos que por cualquier razón o motivo KCSM tuviere a favor del Usuario. La falta de pago del Servicio por parte del Usuario, así como de los Servicios Diversos Adicionales (según se definen más adelante), dará motivo a la inmediata suspensión del Servicio por parte de KCSM, sin perjuicio del derecho de esta última de reclamar los pagos vencidos ante las instancias legales correspondientes. El Usuario será responsable del pago de los cargos relacionados con el Servicio de Transporte derivados de un embarque y nada de lo aquí establecido deberá limitar el derecho de KCSM de requerir al momento del embarque de la carga el prepago de los cargos o garantías aplicables. El Usuario embarcador deberá pagar a KCSM si el flete es contratado como pre-pago y continuará siendo responsable del pago inmediato aun cuando el flete se hubiere contratado como pago en destino. Si el Usuario ha celebrado un contrato por escrito con KCSM para el otorgamiento de crédito para el pago de los Servicios, los términos y condiciones del acuerdo relativo al otorgamiento del crédito prevalecerán respecto de cualquier solicitud de pre-pago o pago. El posicionamiento del Equipo Ferroviario por KCSM para su descarga, bajo un contrato de créd...