Definición de Fraude y Corrupción

Fraude y Corrupción significa el/los acto(s) definido(s) en el Artículo 5.02 (c) de estas Normas Generales.
Fraude y Corrupción significa cualquiera de aquellas acciones definidas en las CGC (incluyendo las frases “práctica coercitiva”, “práctica colusoria”, “práctica corrupta” “práctica fraudulenta”, “práctica obstructiva” y “práctica prohibida”) según se define en la Sub-cláusula 1.1 de las CGC, según la cual se pueden tomar medidas contra el Consultor, Personal o personal de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT). (i) “CGC” significa Condiciones Generales del Contrato. (j) “GdH” significa el Gobierno de Honduras. (k) “Instrucciones para Consultores” o “IPC” significa la Sección 1 de esta SP, incluyendo toda enmienda, que brinde a los Consultores toda la información necesaria para preparar sus Propuestas. (l) “por escrito” significa comunicado de manera escrita (por ejemplo: por correo, correo electrónico) entregado con acuse de recibo. (m) “Personal Profesional Clave” significa el Personal Profesional Clave designado de conformidad con la Sub-Cláusula 3.4 (d) de las IPC. (n) “SMC” significa método de Selección de Menor Costo. (o) “El Contratante” significa Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), la parte con la cual el Consultor seleccionado firma el Contrato para la provisión de los Servicios. (p) “HD” significa Hoja de Datos, en la Sección 2 de esta SP, utilizada para reflejar las condiciones específicas del país y las tareas. (q) “Personal” significa los empleados profesionales y de apoyo provistos por el Consultor o por cualquier Subconsultor o asociado, asignados a la prestación de los Servicios o de una parte de los mismos; (r) “Reunión previa a la presentación de la Propuesta” significa la reunión previa a la presentación de la Propuesta especificada en la HD, si corresponde. (s) “Propuesta” significa la Propuesta Técnica y la Propuesta Financiera para el suministro de los Servicios presentada por un Consultor en respuesta a esta SP. (t) “SBC” significa método de Selección Basado en la Calidad. (u) “SBCC” significa método de Selección Basado en la Calidad y el Costo. (v) “SP” significa esta Solicitud de Propuestas, incluyendo las enmiendas que puedan realizarse, preparado por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SI) para la selección del Consultor. (w) “CEC” significa Condiciones Especiales del Contrato. (y) “Servicios” significa las tareas a ser desempeñadas por el Consultor de conformidad con el Contrato. (z) “Subconsultor” significa cualquier persona o entidad que el Consultor contrata a su vez para la prestación de cualquier parte de l...
Fraude y Corrupción. 1.16 Es política del Banco exigir que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de los préstamos concedidos por la institución), licitantes, proveedores, contratistas y sus agentes (hayan sido declarados o no), subcontratistas, sub-consultores, proveedores de servicios o proveedores de insumos, y cualquier otro personal asociado, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de contrataciones y la ejecución de los contratos financiados por el Banco1. A efectos del cumplimiento de esta política, el Banco: define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:

Examples of Fraude y Corrupción in a sentence

  • La atención del Proveedor y sus subcontratistas se dirige a la CC 22.1 (Fraude y Corrupción) que establece, entre otras cosas, que los actos destinados a impedir materialmente el ejercicio de los derechos de inspección y auditoría del Banco constituyen una práctica prohibida sujeta a la resolución del Contrato (así como a una determinación de inelegibilidad de conformidad con los procedimientos de sanciones vigentes del Banco).

  • El Proveedor y sus Subcontratistas y subconsultores deberán prestar atención a lo estipulado en la Cláusula 3.1 (Fraude y Corrupción), que establece, inter alia, que las acciones encaminadas a impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar auditorías e inspecciones constituyen una práctica prohibida sujeta a la resolución del contrato (además de la determinación de inelegibilidad con arreglo a los procedimientos de sanciones vigentes del Banco).

  • El Consultor y sus subcontratistas y subconsultores deberán prestar atención a lo estipulado en la Cláusula 10.1 de las CGC (Fraude y Corrupción), según la cual, entre otras cosas, las actuaciones dirigidas a obstaculizar significativamente el ejercicio por parte del Banco de los derechos de inspección y auditoría constituye una práctica prohibida que podrá resultar en la terminación del Contrato (al igual que en la declaración de inelegibilidad, en virtud de los procedimientos vigentes del Banco).

  • Mecanismo de Quejas Finalización del contrato Fraude y Corrupción Código de conducta Otros Los contratistas serán elegidos a través de licitaciones públicas.

  • Para el caso de los proveedores cuyo estado en XXXX se encuentre EN INGRESO, se solicita presentar junto al mencionado formulario firmado la documentación notarial acreditante de la representación invocada • II.- Fraude y Corrupción firmado por titular o representante de la empresa acreditado en RUPE, con firma electrónica avanzada (que permita certificar su autenticidad) o en su defecto podrá ser firmado en soporte papel y digitalizado.

  • Fraude y Corrupción KfW exige cumplimiento de su política con respecto a las prácticas corruptas y fraudulentas que se indican en la Sección VI.

  • El Contratista debe tener en cuenta el apartado denominado Fraude y Corrupción de este contrato, la cual establece, entre otras cosas, que toda acción con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del FCAS de realizar inspecciones y auditorías, constituye una práctica obstructiva sujeta a las acciones sobre el financiamiento por parte del FCAS.

  • El Proveedor y sus Subcontratistas y subconsultores deberán prestar atención a lo estipulado en la Cláusula 3.1 (Fraude y Corrupción), que establece, inter alia, que las acciones encaminadasa impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar auditorías e inspecciones constituyen una práctica prohibida sujeta a la resolución del contrato (además de la determinación de inelegibilidad con arreglo a los procedimientos de sanciones vigentes del Banco).

  • El Proponente declara conocer y así constará en el contrato que se suscriba con el Instituto sobre las siguientes Políticas de aplicación obligatoria en el Instituto: • Política de Prácticas Prohibidas, Fraude y Corrupción El IICA cuenta con mecanismos de prevención, detección, denuncia y sanción de prácticas prohibidas, fraude y corrupción que son parte integral de sus mejores prácticas de gobernabilidad y administración.

  • Fraude y Corrupción El Banco requiere el cumplimiento de sus Directrices Contra el Fraude y la Corrupción y de sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes incluidos en el Marco de Sanciones del Grupo del Banco Mundial, conforme se describe en el Apéndice A de las Condiciones del Contrato.

Related to Fraude y Corrupción

  • práctica corrupta al ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario público u obtener una ventaja indebida con respecto al proceso de contratación o a la ejecución del Contrato, y,

  • Fraude Consiste en la tergiversación de datos o hechos con el objeto de influir sobre el proceso de una licitación o de contratación de consultores o ejecución del contrato, en perjuicio del Prestatario y de otros participantes.

  • práctica fraudulenta significa cualquiera actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evitar una obligación3;

  • Legislación Aplicable significa las leyes y cualquier otro instrumento que tenga fuerza xx xxx en el país del Cliente, o en el país que se indique en la Hoja de Datos, que sean expedidas y se encuentren vigentes de cuando en cuando.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • ACTA Al documento en el cual consten los hechos y asuntos tratados por el Comité.

  • Prácticas de Colusión Es un acuerdo entre dos o más partes, diseñado para obtener un propósito impropio, incluyendo el influenciar inapropiadamente la actuación de otra parte.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Terrorismo Son los actos de una persona o personas que por sí mismas, o en representación de alguien o en conexión con cualquier organización o gobierno, realicen actividades por la fuerza, violencia o por la utilización de cualquier otro medio con fines políticos, religiosos, ideológicos, étnicos o de cualquier otra naturaleza, destinados a derrocar, influenciar o presionar al gobierno de hecho o de derecho para que tome una determinación, o alterar y/o influenciar y/o producir alarma, temor, terror o zozobra en la población, en un grupo o sección de ella o de algún sector de la economía.

  • INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Terceros Cualquier persona física o jurídica distinta de:

  • Datos Personales se refiere a la información definida como información personal identificable, información personal o datos personales por las Normas aplicables.

  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de avance físico Financiero de las obras y/o servicios. Para el ejercicio 2015, se estimo obtener 533.0 millones de pesos de ingresos por el avance financiero de los contratos de obra y servicios ejecutados, al cierre del ejercicio se obtuvieron ingresos del orden de 330.0 millones de pesos lo que representa un avance de la meta prevista del 61 por ciento. Lo anterior resulta, de que al cierre del año se tenían trabajos pendientes por ejercer y facturar por un monto de 349.0 millones de pesos, de los cuales en algunos casos se encuentran en proceso de ampliación en plazo y otros en proceso de revisión y conciliación. Ejercicio 2016 Actividad Institucional 002, Programa Presupuestario M.-001 Actividades de Apoyo administrativo, presupuesto modificado 20.3 millones de pesos, presupuesto ejercido 19.9 millones de pesos, variación (.427 millones pesos). Esta actividad presente subejercicios principalmente en el capítulo 1000 servicios personales, en el que se tuvo un avance del 98 por ciento, debido principalmente a la reducción de plazas de personal eventual para dar cumplimiento a las disposiciones en materia de austeridad. Actividad Institucional 004, Programa Presupuestario 1.-E009, Conservación y Mantenimiento de infraestructura básica con otros entes públicos y privados, presupuesto modificado 224.7 millones de pesos, presupuesto ejercido 187.9 millones de pesos, variación (36.7 millones de pesos). Esta actividad presenta el mayor subejercicio en el rubro de servicios personales debido principalmente a que durante el anteproyecto de presupuesto en particular al proceso de presupuesto regularizable del capítulo 1000 no fue posible ajustar este rubro de gasto a las operaciones reales de la entidad.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Licitación Pública Nacional Es toda Licitación Pública que va dirigida a los suplidores nacionales o extranjeros domiciliados legalmente en el país. Monto del Contrato: El importe señalado en el Contrato.

  • Objeto del contrato Fecha de formalización:…………… Duración fijada:………………… Duración estimada (incluida posible prórroga):…………….. Unidad destinataria del servicio: Persona de la empresa contratada con la que se debe poner en contacto el Servicio de Prevención de la Universidad, Fundación o Centro Público para proceder al intercambio de la documentación que genere este proceso: Nombre… Teléfono… Correo electrónico… OBSERVACIONES: En............................, a........ de................ 20..... El Adjudicatario La empresa ……………………., con domicilio en………………….., CIF……………., adjudicataria del contrato……………………………….., una vez formalizado el contrato, ha sido designada como encargada del tratamiento de datos, siendo la Subdirección General de XXXXXXXXXX, responsable del tratamiento, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos. La empresa encargada del tratamiento actuará con arreglo a las condiciones establecidas en el apartado 33 del CR y en la cláusula 10.11 del PCAP. Los servidores, en donde se almacenan los datos personales, así como la prestación de los servicios asociados a los mismos estarán ubicados en: (Se indicará el lugar en donde se almacenarán los datos y se prestará el servicio asociado al tratamiento de los datos) La empresa encargada del tratamiento tiene la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información relativa a la ubicación de los servidores. Si la empresa encargada del tratamiento tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos: (Se indicará a continuación el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subadjudicatarios a los que se vaya a encomendar su realización) La empresa ENGARGADA DEL TRATAMIENTO garantiza que implantará las medidas de seguridad necesarias para garantizar tratar los datos de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación (RGPD, LOPD-GDD y su desarrollo normativo) y tratarlos conforme a las instrucciones que reciba del RESPONSABLEDELTRATAMIENTO. Así este otorgará las instrucciones documentadas que garanticen la protección de datos personales al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, a título enunciativo, políticas e instrucciones de seguridad, procedimientos, normas internas, medidas técnicas o medidas organizativas. La empresa ENCARGADA DEL TRATAMIENTO, se compromete a no utilizar los datos para una finalidad distinta del objeto del contrato, ni comunicarlos, ni cederlos, ni si quiera para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas distintas del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, salvo que cuenten con la autorización expresa de este. Los efectos de la presente declaración se refieren a la duración total del contrato al que se refiere el este anexo, incluidas, las posibles prórrogas, de forma que una vez finalice el contrato, el adjudicatario ENCARGADO DEL TRATAMIENTO devolverá al RESPONSABLE, o entregar a otro encargado que designe el RESPONSABLE, los datos personales en su poder. Esta devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el ENCARGADO siempre que los equipos no queden en poder del RESPONSABLE. Por todo ello, y en virtud de la representación que ostento, me comprometo en nombre de la empresa…………………………….., al cumplimiento de las condiciones previstas en el PCAP en relación con el tratamiento de datos personales. En............................, a........ de................ 20.....

  • Subcontratista significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el Proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los Servicios.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 11