Definición de Fundamento de Derecho

Fundamento de Derecho. Ley No. 26 de 29 de enero de 1996 y sus modificaciones, Xxx Xx. 0 xx 0 xx xxxxxxx xx 0000, Xxxxxxx Ley No. 10 de 26 de febrero de 1998, Decreto Ejecutivo No. 22 del 19 xx xxxxx de 1998 y demás disposiciones concordantes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Fundamento de Derecho. Ley 26 de 29 de enero de 1996; Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006; Ley 6 de 3 de febrero de 1997; Decreto Ejecutivo 22 de 19 xx xxxxx de 1998; Resolución JD-605 de 24 xx xxxxx de 1998; y, Resolución AN No. 4965-Elec de 5 de diciembre de 2011. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
Fundamento de Derecho. Ley 26 de 29 de enero de 1996, modificada por la Ley 24 de 1999, la Ley 00 xx 0 xx xxxxxxx xx 0000 x xx Xxxxxxx Ley 10 de 00 xx PROMÚLGUESE Y CÚMPLASE,

Examples of Fundamento de Derecho in a sentence

  • Y enumera los concretos tratamientos que, a su juicio, pueden ampararse en otra base jurídica distinta al interés legítimo (el listado de los tratamientos a los que se refiere esta alegación consta reseñado en el Fundamento de Derecho siguiente).

  • Se dan por reproducidas en este punto las consideraciones efectuadas en el Fundamento de Derecho anterior en cuanto a la exigibilidad de la habilitación VLOS.

  • Al habernos planteado el régimen jurídico del contrato de relevo con carácter general, y puesto que no conocemos la situación exacta que se plantea en el caso concreto, haremos un resumen de las situaciones ante las que puede llegar a encontrarse el Ayuntamiento, incidiendo sobre todo en el contenido del segundo apartado del Fundamento de Derecho 7º.

  • Sobre este extremo ya nos hemos pronunciado, en la Resolución 931/2018, en la que dijimos en el Fundamento de Derecho Décimo: Por tanto, ante la imposibilidad alegada de un municipio de pequeña población, y dado que no se produce indefensión alguna, debemos resolver en el mismo sentido desestimatorio, en base a la Disposición Adicional 15ª, c) de la LCSP.

  • Pues bien, consta en el expediente de contratación remitido (documento nº 5) un informe emitido por la Gerencia de Atención Urgencias-061 el 24 de octubre de 2017, justificativo de la tramitación del expediente por el procedimiento negociado por imperiosa urgencia (artículo 170.e) del TRLCSP), por las mismas razones que reitera el órgano de contratación en su informe al presente recurso (Fundamento de Derecho séptimo.1 de la presente Resolución).

  • Así pues, el taller tuvo conocimiento de la avería del vehículo y aunque realizó diversas actuaciones para su reparación, no lo logró como ha quedado acreditado en el Fundamento de Derecho anterior.

  • Admitida la suficiencia del primero en el Fundamento de Derecho precedente, procede examinar la concurrencia de los dos requisitos restantes: La negociación es un requisito característico y consustancial al procedimiento negociado.

  • Sin embargo, esta alegación no guarda relación con las deficiencias apreciadas en la información ofrecida sobre la elaboración de perfiles, antes expresadas, y es objeto de análisis en el Fundamento de Derecho siguiente, en el apartado que examina los tratamientos de datos basados en el consentimiento de los interesados.

  • XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, en su Fundamento de Derecho Cuarto, apartado II, que trata precisa- mente de la naturaleza jurídica de la subroga- ción: “Aunque se sostiene por algunos que la subrogación constituye una cesión de créditos, o un supuesto atípico de sucesión en el crédi- to del asegurado frente al tercero responsable, o un supuesto particular de subrogación por pago, es /o cierto que e/ art.


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Fundamento de Derecho. Constitución Política, Ley 41 de 1 de julio de 1998, Resolución AG-0366-2005 de 00 xx xxxxx xx 0000, Xxxxxxx 25 de 28 de septiembre de 1983, Resolución AG-0163-2007 y demás normas concordantes. Dada en la ciudad de Panamá, a los 23 días del mes xx xxxx de dos mil siete (2007) La Ministra de Gobierno y Justicia, XXXX XXXXXXX El Ministro de Relaciones Exteriores, XXXXXX XXXXX XXXXXXX El Ministro de Educación, XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX El Ministro de Obras Públicas, XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX El Ministro de Salud, XXXXXX XXXXXXX No 25800 Gaceta Oficial Digital, lunes 28 xx xxxx de 2007 4 El Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, XXXXXXXX XXXXXX El Ministro de Comercio e Industrias, XXXXXXXXX XXXXXX La Ministra de Vivienda, XXXXXXX XXXXXXX XXXXX El Ministro de Desarrollo Agropecuario, encargado, XXXXX XXXXX XXXXXXXXXX. La Ministra de Desarrollo Social, XXXXX XXXXXXXXX XXXX El Ministro de Economía y Finanzas, XXXXXX X. XXXXXXXXX X. EL Ministro para Asuntos del Canal, XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX REAL XXXXX Ministro de la Presidencia y
Fundamento de Derecho. Ley 23 de 29 de enero de 2003. COMUNIQUESE Y CÚMPLASE, XXXXX XXXXX TORRESCARLOS X. XXXXXX XXXXXX
Fundamento de Derecho artículo 42 del Decreto Nº 65 de 23 xx xxxxx de 1990. Decreto Nº36 de 1990. Ley 00 xx 0000. Xxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx. República de Panamá RESOLUCIÓN (DESCARGOS) Nº7-2009
Fundamento de Derecho. Artículo 1086 del Código Fiscal; artículo 52 de la Ley N°52 de 1917 sobre Documentos Negociables; artículos 10° y 17° del Decreto de Gabinete N°36 de 10 de febrero de 1990; artículo 150, Ley N°38 de 2000; artículos 72, 73, 74, 76, 78, 79, 82 y 83, Ley N°67 de 14 de noviembre de 2008.

Related to Fundamento de Derecho

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Tasa de Referencia significa la TIIE o, en su caso, la tasa sustitutiva que se establezca conforme a lo señalado en el presente Pagaré.

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha ___de ______ de 201___, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Objeto del contrato Fecha de formalización:…………… Duración fijada:………………… Duración estimada (incluida posible prórroga):…………….. Unidad destinataria del servicio: Persona de la empresa contratada con la que se debe poner en contacto el Servicio de Prevención de la Universidad, Fundación o Centro Público para proceder al intercambio de la documentación que genere este proceso: Nombre… Teléfono… Correo electrónico… OBSERVACIONES: En............................, a........ de................ 20..... El Adjudicatario La empresa ……………………., con domicilio en………………….., CIF……………., adjudicataria del contrato……………………………….., una vez formalizado el contrato, ha sido designada como encargada del tratamiento de datos, siendo la Subdirección General de XXXXXXXXXX, responsable del tratamiento, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos. La empresa encargada del tratamiento actuará con arreglo a las condiciones establecidas en el apartado 33 del CR y en la cláusula 10.11 del PCAP. Los servidores, en donde se almacenan los datos personales, así como la prestación de los servicios asociados a los mismos estarán ubicados en: (Se indicará el lugar en donde se almacenarán los datos y se prestará el servicio asociado al tratamiento de los datos) La empresa encargada del tratamiento tiene la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información relativa a la ubicación de los servidores. Si la empresa encargada del tratamiento tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos: (Se indicará a continuación el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subadjudicatarios a los que se vaya a encomendar su realización) La empresa ENGARGADA DEL TRATAMIENTO garantiza que implantará las medidas de seguridad necesarias para garantizar tratar los datos de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación (RGPD, LOPD-GDD y su desarrollo normativo) y tratarlos conforme a las instrucciones que reciba del RESPONSABLEDELTRATAMIENTO. Así este otorgará las instrucciones documentadas que garanticen la protección de datos personales al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, a título enunciativo, políticas e instrucciones de seguridad, procedimientos, normas internas, medidas técnicas o medidas organizativas. La empresa ENCARGADA DEL TRATAMIENTO, se compromete a no utilizar los datos para una finalidad distinta del objeto del contrato, ni comunicarlos, ni cederlos, ni si quiera para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas distintas del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, salvo que cuenten con la autorización expresa de este. Los efectos de la presente declaración se refieren a la duración total del contrato al que se refiere el este anexo, incluidas, las posibles prórrogas, de forma que una vez finalice el contrato, el adjudicatario ENCARGADO DEL TRATAMIENTO devolverá al RESPONSABLE, o entregar a otro encargado que designe el RESPONSABLE, los datos personales en su poder. Esta devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el ENCARGADO siempre que los equipos no queden en poder del RESPONSABLE. Por todo ello, y en virtud de la representación que ostento, me comprometo en nombre de la empresa…………………………….., al cumplimiento de las condiciones previstas en el PCAP en relación con el tratamiento de datos personales. En............................, a........ de................ 20.....

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Condiciones Generales Conjunto de cláusulas o estipulaciones básicas establecidas por la COMPAÑIA para regir los contratos pertenecientes a un mismo ramo o modalidad de seguro. Su aplicación puede ser modificada por otras cláusulas contractuales incluidas en la póliza del seguro.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Oferente es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a licitación.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Fecha de Pago significa el día [●] de cada mes en que deban pagarse (i) los intereses que se causen durante cada Periodo de Pago; y (ii) las amortizaciones de principal del Crédito, de conformidad con lo dispuesto en este Contrato y la tabla de amortización correspondiente a cada Disposición.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Pliego de Condiciones Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y del futuro Contrato.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.