Definición de Programa Exploratorio Adicional

Programa Exploratorio Adicional. Detalle de las Operaciones y actividades de Exploración ofrecido por el Proponente y pactado en el respectivo Contrato, que el Contratista se obliga a ejecutar durante el Período de Exploración. Programa Exploratorio Mínimo: Detalle de las Operaciones y actividades de Exploración fijado por la ANH y pactado en el respectivo Contrato, que el Contratista se obliga a ejecutar, durante el Período de Exploración. Programa Exploratorio Posterior: Programa de Operaciones de Exploración que el Contratista somete a la ANH y se compromete a ejecutar con posterioridad a la finalización del Período de Exploración.
Programa Exploratorio Adicional. Es uno de los elementos de la Oferta. Será el definido en el Anexo 9 de estos Términos de Referencia.
Programa Exploratorio Adicional es el programa presentado por el CONTRATISTA en su Oferta donde se incluyeron las actividades de exploración adicionales que deben desarrollarse en el Área Adjudicada durante los primeros tres (3) años de la Etapa de Exploración, sujeto a lo previsto en este Contrato.

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  • En esta medida, su valor deberá corresponder como mínimo a los montos a ejecutar de acuerdo con la Oferta, Contraoferta u Oferta Mejorada, según sea el caso, para el Programa Exploratorio Obligatorio y el Programa Exploratorio Adicional.

  • La asignación de puntos del Programa Exploratorio Adicional (PEA) será un mecanismo de evaluación de Ofertas y/o Contraofertas para la adjudicación de Áreas Estratégicas Mineras – AEM.

  • Garantía de Seriedad [X] Programa Exploratorio Obligatorio [X] Programa Exploratorio Adicional [X] Contraprestación Adicional [X] Plan de Evaluación Técnica [X] [Este formato será diligenciado electrónicamente por medio de AnnA Minería.

  • En este caso, deberá entregar a LA ANH el valor faltante por ejecutar, hasta completar el cincuenta por ciento (50%) del valor de las actividades no cumplidas del Programa Exploratorio de la fase correspondiente y hasta el cien por ciento (100%) del valor del Programa Exploratorio Adicional de la fase correspondiente, cuando haya lugar, que conforman el programa obligatorio de exploración.

  • Las enmendaduras, tachones o inconsistencias que se puedan presentar en el diligenciamiento del Formulario del Programa de Evaluación Técnica Adicional o Programa Exploratorio Adicional, distintas a errores puramente aritméticos, no son subsanables y comportan rechazo de la oferta.

  • Las actividades del Programa Exploratorio Adicional deben corresponder a cantidades expresadas en número xx Xxxxx Estratigráficos y/o Exploratorios; de kilómetros (km) lineales de Sísmica 2D o de kilómetros cuadrados (km2) de Sísmica 3D.

  • Las actividades de exploración pactadas en el Contrato están subdivididas en dos programas: (i) el Programa Exploratorio Obligatorio y (ii) el Programa Exploratorio Adicional.

  • Adicionalmente, el Adjudicatario asume la obligación de desarrollar las actividades de exploración de acuerdo con lo presentado en el Programa Exploratorio Obligatorio y el Programa Exploratorio Adicional, de conformidad con su respectiva Oferta.

  • Dichas modificaciones y/o adecuaciones serán a su costo y riesgo y bajo su responsabilidad, con el objeto de garantizar la obtención de los resultados exigidos en el Contrato, siempre que se mantengan como mínimo los valores de inversión establecidos para el Programa Exploratorio Obligatorio y el Programa Exploratorio Adicional presentados por el CONTRATISTA con su Oferta.

  • Adicionalmente, el Adjudicatario asume la obligación de desarrollar las actividades de exploración de acuerdo con lo presentado en el Programa Exploratorio Obligatorio y el Programa Exploratorio Adicional, de conformidad con su respectiva Oferta, instrumentos creados para determinar el sistema de puntuación en el marco de la evaluación de propuestas para la asignación del AEM de Fosfatos.


More Definitions of Programa Exploratorio Adicional

Programa Exploratorio Adicional. Componente del Programa Exploratorio, que comprende las actividades ofrecidas como Inversión Adicional.
Programa Exploratorio Adicional. Es uno de los elementos de la Oferta. Será el definido en el ANEXO 9. Formato del Programa Exploratorio Adicional de estos Términos de Referencia.
Programa Exploratorio Adicional. Componente del Programa Exploratorio de la Primera Fase (Fase I), que comprende las actividades propuestas y contratadas como Inversión Adicional.

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  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Unidad Independiente Apartamento o casa de vivienda, local u oficina independiente con acceso a la vía pública o a las zonas comunes de la unidad inmobiliaria.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Licitación Pública Nacional Es toda Licitación Pública que va dirigida a los suplidores nacionales o extranjeros domiciliados legalmente en el país. Monto del Contrato: El importe señalado en el Contrato.

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • Pedido significa la orden de compra emitida por Cargill que contiene las condiciones específicas de la venta y la compra de las Mercancías que allí se especifican.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • Tercero significa cualquier persona o entidad, excepto el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores Fracción Arancelaria TIGIE Descripción a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Participaciones significa las participaciones, presentes y futuras, que correspondan al Estado derivadas del Fondo General de Participaciones, excluyendo las participaciones que de dicho fondo corresponden a los Municipios e incluyendo (sin estar limitado a) todos los anticipos, enteros y ajustes que se cubran a cuenta de las mismas, así como cualesquiera otros fondos, contribuciones e ingresos que eventualmente las sustituyan y/o complementen por cualquier causa.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Objetivo General Prevenir y eliminar las situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres que pudiera haber en la empresa. • Objetivos específicos: - Equilibrar el número de mujeres y hombres que componen la plantilla de la empresa. - Equilibrar la presencia femenina o masculina en aquellos puestos o categorías donde exista una menor representatividad. - Garantizar la igualdad de posibilidades en el desarrollo profesional de mujeres y hombres. - Favorecer el acceso a la formación de toda la plantilla y fundamentalmente de quienes se incorporen de permisos o suspensiones de trabajo. - Garantizar un sistema retributivo, por todos los conceptos, que no genere discriminación por razón de sexo. - Conciliar la ordenación del tiempo de trabajo para el personal con puestos de responsabilidad, mediante la adopción de medidas que hagan compatible la vida personal, familiar y laboral. - Prevención del acoso. - Introducción de la perspectiva de género en la comunicación interna y externa de la empresa. El plan afectará, al menos, a los siguientes ámbitos de aplicación:

  • Indicador de desempeño Programa de capacitación elaborado e implementado. Registro de asistencia del personal en base a la nómina vigente. Plazo: mes 11