LOSNCP Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Exclusiones Se refiere a todas las circunstancias y/o causas bajo las cuales se podría producir un siniestro y que no están cubiertas por el seguro. Las exclusiones se encuentran expresamente indicadas en el Capítulo II de las presentes Condiciones Generales.
Alcance El Formulario F-6215 es de aplicación obligatoria para todas las entidades públicas durante el proceso de contratación de Servicios de Auditoría en apoyo al Control Externo Posterior. INSTRUCCIONES: Xxxxxx solo las casillas “Presento” o “No presento” con una “X” de acuerdo a la documentación efectivamente presentada por la entidad proponente. EMISIÓN: Los formularios serán emitidos por las Entidades Públicas a través de sus respectivas unidades administrativas. FRECUENCIA: Según la cantidad de procesos de contratación de Servicios de Auditoría en apoyo al Control Externo Posterior realizados durante la gestión.
Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.
Valor de reposición Es el costo que exige la compra, reconstrucción, reemplazo o reparación de un bien nuevo de la misma clase y capacidad, incluyendo el costo de transporte, impuestos, montaje y derechos de aduanas si los hubiese.
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.
SFP Secretaría de la Función Pública.
Xxxxx Es el acto mediante el cual uno o varios individuos se apoderan ilegítimamente del vehículo asegurado, sin ejercer violencia o intimidación en las personas, ni fuerza sobre las cosas.
Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.
SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Leyes Aplicables Todas las normas jurídicas que conforman el Derecho Interno del Perú, así como sus normas complementarias, supletorias y modificatorias.
Periodo xx Xxxxxx Es una extensión del periodo de pago de la prima del seguro posterior a la fecha de vencimiento anotada durante el cual puede ser pagada, sin el cobro de intereses y recargos y en el cual se mantiene los derechos del Asegurado.
País Origen Producto o Servicio España Importes de Adjudicación Importe total ofertado (sin impuestos) 19,5 EUR. Importe total ofertado (con impuestos) 20,28 EUR.
Cód. Validación A2RJ7TGCWTR64NPWGXJ3MN9PQ | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 30
Día Hábil significa cualquier día, excepto: (i) sábados; (ii) domingos; y (iii) cualquier día en que las oficinas de las instituciones de crédito en México estén autorizadas u obligadas por ley, reglamento, decreto o disposiciones de carácter general para permanecer cerradas al público y suspender sus operaciones, conforme lo determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
PBX (000) 000-0000. FAX: (000) 000-000-0000
Xxxxxx xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx;
Prescripción es el no ejercicio de un derecho por el simple paso del tiempo. En materia de seguros de autos es de 2 (dos) años a partir de ocurrido el siniestro. PRORRATA: proporción que se establece para obtener la prima a devolver de un contrato de seguro con base en los días restantes por transcurrir del total de la vigencia de la póliza.
Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 3
Evento Manifestación concreta del riesgo(s) asegurado(s) que confluye en un mismo momento de tiempo y circunstancia.
Interés Asegurable Por interés asegurable se entiende la relación lícita de valor económico sobre un bien. Cuando esta relación se halla amenazada por un riesgo, es un interés asegurable.
SUSCRIPTOR POTENCIAL Persona que ha iniciado consultas para convertirse en usuario de los servicios públicos.
Fecha xx Xxxxx Es la fecha a partir de la cual el flujo de fondos de los Créditos fideicomitidos corresponde al Fideicomiso. Es el día 5 xx xxxxx de 2022, con cobranzas cuyos vencimientos operen a partir del 1 de julio de 2022. Forma en que están representados los Valores Fiduciarios: Los Valores Fiduciarios estarán representados por certificados globales permanentes, a ser depositados en Caja de Valores S.A. Los Beneficiarios renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley N 20.643, encontrándose habilitada Caja de Valores S.A. para cobrar aranceles a los depositantes, que éstos podrán trasladar a los Beneficiarios. Precio de suscripción, denominación mínima, monto mínimo de suscripción y unidad mínima de negociación de los Valores Fiduciarios: El Precio de Suscripción se encuentra detallado en la Sección XII del presente Suplemento. Cada Valor Fiduciario tendrá un valor nominal de $ 1 (Pesos uno), siendo el monto mínimo negociable de $ 1 (Pesos uno) y, a partir de dicho monto mínimo negociable, cada Valor Fiduciario podrá ser negociado por montos que sean múltiplos de $ 1 (Pesos uno). Las ofertas de suscripción deberán ser iguales o superiores a la suma de V/N $ 10.000 (Pesos diez mil) y por múltiplos de $ 1 (Pesos uno).
Ley Aplicable significa respecto de cualquier Persona, (i) cualquier estatuto, ley, reglamento, ordenanza, regla, sentencia, orden, decreto, permiso, concesión, otorgamiento, franquicia u otra disposición o restricción gubernamental o cualquier interpretación o administración de cualesquiera de los anteriores por cualquier Autoridad Gubernamental (incluyendo, sin limitar, las Autorizaciones Gubernamentales) y (ii) cualquier directriz, lineamiento, política, requisito o cualquier forma de decisión o determinación similar por cualquier Autoridad Gubernamental que sea obligatoria para dicha Persona, en cada caso, vigente actualmente o en el futuro.
Compañía Seguros Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa.
Avance Se efectuó la resolución No. 3235 del 1 de diciembre de 2022, de pago xx xxxxxx dentro del proceso Ordinario laboral, que cursa en el Juzgado 2 laboral del circuito de Bogota, bajo radicado 2008 – 00386 en el que es demandante Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx como entidades demandadas entre otras la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público. • Se efectuó la resolución No. 3234 del 1 de diciembre de 2022, de pago xx xxxxxx dentro del proceso Ordinario laboral, que cursa en el Juzgado 22 laboral del circuito de Bogota, bajo radicado 2019 – 00216 en el que es demandante Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx como entidades demandadas entre otras la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público. • Se efectuó la resolución No. 3239 del 1 de diciembre de 2022, de pago xx xxxxxx dentro del proceso Ordinario laboral, que cursa en el Juzgado 7 laboral del circuito de Cali, bajo radicado 2020– 00292 en el que es demandante Xxxxxx Xxxx Xxxxx como entidades demandadas entre otras la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público. • Se efectuó la resolución No. 3254 del 2 de diciembre de 2022, de pago xx xxxxxx dentro del proceso Ordinario laboral, que cursa en el Juzgado 1 laboral del circuito de Cali, bajo radicado 2017– 00283 en el que es demandante Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx como entidades demandadas entre otras la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público. • Se efectuó la resolución No. 3249 del 2 de diciembre de 2022, de pago xx xxxxxx dentro del proceso Ordinario laboral, que cursa en el Juzgado 19 laboral del circuito de Medellin, bajo radicado 2018– 00648 en el que es demandante Xxxxxxxx de Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx como entidades demandadas entre otras la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público.