Common use of ABONO DE LOS TRABAJOS Clause in Contracts

ABONO DE LOS TRABAJOS. El precio del contrato será abonado en los plazos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público que empezarán a contarse a partir de la presentación, por registro de entrada del Ayuntamiento, de cada uno de los informes de auditoría definitivos una vez finalizados los trabajos relativos a cada ejercicio. Una vez presentado el informe de auditoría de cada uno de los ejercicios deberá presentarse la correspondiente factura. El adjudicatario del contrato queda obligado a guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato formalizado con el Ayuntamiento de la Villa de los Realejos para SERVICIO DE AUDITORIA QUE DARÁ SOPORTE AL ÓRGANO INTERVENTOR EN LA REALIZACIÓN DEL CONTROL FINANCIERO Y DE INFORMES ECONÓMICOS-FINANCIEROS A SOCIEDADES A tal efecto no podrá transferir información alguna sobre los trabajos realizados y los datos a los que tenga acceso a personas públicas y privadas, entidades o empresas no explícitamente autorizados por escrito por el Ayuntamiento. Asimismo deberá establecer los procedimientos y mecanismos para garantizar la confidencialidad de la información durante el desarrollo del contrato. En este sentido, quedará sujeto a los preceptos legales en materia de protección de datos personales recogidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) Además, quienes en la prestación del contrato tengan acceso a los mismos, guardarán, secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento, estando obligados a no hacer públicos o ceder cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar la vigencia del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Adjudicación Del Contrato De Servicio De Auditoría Que Dará Soporte Al Órgano Interventor en La Realización Del Control Financiero Y De Informes

ABONO DE LOS TRABAJOS. Los trabajos se abonarán por mensualidades iguales y vencidas, al precio contratado, y mediante liquidación efectuada por el Servicio correspondiente a su recepción. A estos efectos mensualmente, el adjudicatario presentará la factura correspondiente, por importe que resulte de los servicios contratados, indicando el número de horas. Se detraerán, en su caso, previa audiencia del contratista, las cantidades correspondientes a la no prestación o realización incompleta de los servicios adjudicados, y/o las sanciones a que hubiere lugar. El abono de la factura se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta del adjudicatario, con el Vº Bº del servicio municipal correspondiente encargado del seguimiento del contrato en un plazo no superior a los 30 días naturales siguientes contados desde la fecha de presentación de la factura en el registro municipal. Previamente se deberán adjuntar los TC1 y TC2 correspondientes al mes anterior. El precio del contrato no será abonado revisado, manteniéndose en este sentido invariable la oferta económica realizada por el adjudicatario y en base a la cual el Ayuntamiento efectúe la adjudicación definitiva, excepto por el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumo estatal correspondiente al año natural que termina. Las revisiones se harán una sola vez al año, empezando a aplicarse los plazos previstos nuevos precios el 1 de enero de cada año. - Factura 1: No dependientes. - Factura 2: Dependientes grado Moderado . - Factura 3: Dependientes grado Severo y Grandes Dependientes. La contratista deberá presentar así en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público que empezarán a contarse a partir de la presentación, por registro de entrada del Ayuntamiento, de cada uno Registro General o en cualquiera de los informes Registros auxiliares del Ayuntamiento tres facturas, en función del grado de auditoría definitivos una vez finalizados los trabajos relativos a cada ejercicio. Una vez presentado el informe de auditoría de cada uno dependencia de los ejercicios deberá presentarse la usuarios, separadamente, adjuntando el correspondiente factura. El adjudicatario del contrato queda obligado a guardar sigilo respecto listado de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con usuarios y horas de servicio por ellos recibidas el objeto del contrato formalizado con el Ayuntamiento de la Villa de los Realejos para SERVICIO DE AUDITORIA QUE DARÁ SOPORTE AL ÓRGANO INTERVENTOR EN LA REALIZACIÓN DEL CONTROL FINANCIERO Y DE INFORMES ECONÓMICOS-FINANCIEROS A SOCIEDADES A tal efecto no podrá transferir información alguna sobre los trabajos realizados y los datos a los que tenga acceso a personas públicas y privadas, entidades o empresas no explícitamente autorizados por escrito por el Ayuntamiento. Asimismo deberá establecer los procedimientos y mecanismos para garantizar la confidencialidad de la información durante el desarrollo del contrato. En este sentido, quedará sujeto a los preceptos legales en materia de protección de datos personales recogidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) Además, quienes en la prestación del contrato tengan acceso a los mismos, guardarán, secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento, estando obligados a no hacer públicos o ceder cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar la vigencia del contratomes anterior.

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ABONO DE LOS TRABAJOS. El contratista tendrá derecho al abono del precio del contrato será abonado en de los plazos previstos servicios efectivamente realizados y formalmente recibidos por la SMASSA con arreglo a las condiciones establecidas en el Texto Refundido contrato. El pago del precio se efectuará, entregado y recepcionado su objeto, en orden a la oferta presentada por el adjudicatario. El contratista deberá presentar mensualmente la factura ante el Registro General de Documentación de la Sociedad Municipal de Aparcamientos y Servicios, S.A., sito en Plaza Xxxxx El Rico 2-3, en tiempo y forma y en el plazo de 30 días desde la entrega de los productos, debiéndose indicar en ella el contrato al que corresponde así como el número de cuenta corriente en la que desee que se le transfiera dicha cantidad. Dicha factura, una vez aprobada, será abonada, mediante cualquier medio de pago aceptado, en un plazo de 30 días desde la fecha de aprobación de la misma. Para ser aceptada la tramitación de las facturas presentadas, será necesario Nº. Rgtro. Entidades locales 01290672 – C.I.F. A-29178902 – Registro Mercantil de Málaga, Inscripción 1ª., Hoja 6.133-A, Folio 1, Tomo 805, Sección 3ª. que: .- el CONTRATISTA presente , con cada una de las facturas, el certificado específico regulado en el artículo 43.1.f de la Ley 58/2003, General Tributaria, acreditativo de Contratos que el CONTRATISTA se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, certificado de estar al corriente de sus obligaciones con respecto a la Seguridad Social, informe de trabajadores en Alta y TC2 y recibo de liquidación de cotización ( antiguo TC1) del Sector Público que empezarán período anterior, así como documento acreditativo del pago de salarios a contarse sus trabajadores. .- La garantía definitiva deberá estar cubierta al 100% Nº. Rgtro. Entidades locales 01290672 – C.I.F. A-29178902 – Registro Mercantil de Málaga, Inscripción 1ª., Hoja 6.133-A, Folio 1, Tomo 805, Sección 3ª. Del mismo modo, el contratista autorizará a partir la SMASSA, de forma previa a la firma del contrato, para el acceso al Sistema Red de la presentaciónSeguridad Social, al objeto de realizar la comprobación de estar al corriente con sus obligaciones así como el alta de los trabajadores. Dicha autorización estará vigente durante el plazo de ejecución de la obra o servicio realizado. La demora en el pago por plazo superior a 30 días devengará a favor del contratista los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por registro la que se establecen medidas de entrada lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, de conformidad con lo establecido en el artículo 216.4 TRLCSP. No obstante lo anterior, para que se devenguen los intereses de demora deberá haberse cumplido con lo dispuesto en la clausula siguiente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 218 TRLCSP, y en los términos establecidos en el mismo, los contratistas podrán ceder el derecho de cobro que tengan frente a la SMASSA conforme a Derecho. La forma de pago será directamente del AyuntamientoTomador al Asegurador mediante transferencia efectuada por el primero a la Cuenta Bancaria que el Asegurador indique . El Asegurador deberá remitir al Tomador y, paralelamente, y de forma meramente informativa al Mediador, un documento requiriendo el pago del recibo que corresponda con una antelación mínima de un mes a la fecha de efecto de ese recibo. Dicho documento deberá contener los siguientes datos: ramo y nº de póliza, prima neta, impuestos y recargos de aplicación, prima total y fecha de efecto y vencimiento del recibo. En el supuesto de tratarse de una nueva contratación y de no poder ser observado el plazo mínimo de un mes, en todo caso el documento será remitido al Tomador con anterioridad a la fecha de efecto de la póliza. La prima se pagará de forma trimestral, debiendo estar el posible recargo por fraccionamiento ya incluido en la prima total ofertada por el Asegurador. El Tomador del seguro pagará la prima que corresponda a cada uno de los recibos de cada uno de los informes de auditoría definitivos una vez finalizados los trabajos relativos a cada ejercicio. Una vez presentado el informe de auditoría de cada uno de los ejercicios deberá presentarse la correspondiente factura. El adjudicatario del contrato queda obligado a guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato formalizado con el Ayuntamiento de la Villa de los Realejos para SERVICIO DE AUDITORIA QUE DARÁ SOPORTE AL ÓRGANO INTERVENTOR EN LA REALIZACIÓN DEL CONTROL FINANCIERO Y DE INFORMES ECONÓMICOS-FINANCIEROS A SOCIEDADES A tal efecto no podrá transferir información alguna sobre los trabajos realizados y los datos a los que tenga acceso a personas públicas y privadas, entidades o empresas no explícitamente autorizados por escrito por el Ayuntamiento. Asimismo deberá establecer los procedimientos y mecanismos para garantizar la confidencialidad de la información durante el desarrollo del contrato. En este sentido, quedará sujeto a los preceptos legales en materia de protección de datos personales recogidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo atendiendo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales normativa y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) Además, quienes legislación aplicable en la prestación del contrato tengan acceso a los mismos, guardarán, secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento, estando obligados a no hacer públicos o ceder cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar la vigencia del contratocada momento.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion, Por Procedimiento Abierto, De Diversas Polizas De Seguro

ABONO DE LOS TRABAJOS. El La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono del precio de los servicios suministros efectivamente realizados. La facturación y liquidación de los servicios prestados se llevará a cabo mediante: • UNA FACTURA MENSUAL, donde quedarán detalladas las Líneas y el Centro. La entidad adjudicataria podrá remitirlas, bien mediante formato de factura electrónica a través del contrato será abonado Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado (FACe), con el identificador de UNIÓN DE MUTUAS DIR3 (unidad tramitadora, órgano gestor, oficina contable ) Nº GE0000530, o a su elección, mediante factura en los plazos previstos formato papel, dirigida al centro de referencia contable de UNIÓN DE MUTUAS sito en Avenida Xxxxx nº 69, 12004 xx Xxxxxxxxx, en el Texto Refundido plazo máximo de TREINTA DÍAS NATURALES desde la prestación de los servicios, o realización de las prestaciones o actividades objeto del contrato. Recibida la citada factura, UNIÓN DE MUTUAS comprobará la efectiva y correcta prestación de los mismos, emitiendo a tal efecto su conformidad con la misma en el plazo máximo de TREINTA DÍAS NATURALES desde la recepción de la factura. Desde este momento UNIÓN DE MUTUAS procederá al abono de la factura, sin que el plazo al efecto pueda exceder de SESENTA DÍAS NATURALES desde la fecha de conformidad. Xxxx. Xxxxx xx 69 - 12004 Castellón xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 No obstante lo anterior, en el supuesto que las facturas mensuales resultantes de la prestación de los servicios, supongan un importe superior a los CINCO MIL EUROS (5.000,00 €), conforme lo previsto en el art. 4 de la Ley 25/2013 de Contratos del Sector Público que empezarán a contarse a partir 27 de Diciembre, de impulso de la presentaciónfactura electrónica y creación del registro contable de facturas del sector público, en estos casos, la remisión de la factura ÚNICAMENTE PODRÁ LLEVARSE A CABO mediante remisión en formato de factura electrónica a través del Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado (FACe). En caso de remitirse la factura con posterioridad al plazo de TREINTA DÍAS NATURALES a la realización de las actividades objeto del presente contrato, UNIÓN DE MUTUAS procederá a la emisión de conformidad y pago, en el plazo máximo de TREINTA DÍAS NATURALES desde la fecha de presentación de la factura en el Registro o Centro de Referencia Contable correspondiente. El contrato se entenderá cumplido por registro el/la contratista cuando éste haya realizado, los servicios / suministros objeto de entrada del Ayuntamientola prestación, de cada uno acuerdo con los términos del contrato, a satisfacción de UNIÓN DE MUTUAS. La forma de constatación de la correcta ejecución de la prestación se verificará mediante certificado de conformidad, expedido al efecto por las personas responsables designadas por UNIÓN DE MUTUAS para la supervisión de la entrega de los informes de auditoría definitivos una vez finalizados los trabajos relativos servicios. Estas facturas, se facilitarán, además, en soporte informático, en orden a cada ejercicio. Una vez presentado el informe de auditoría de cada uno de los ejercicios deberá presentarse realizar la correspondiente factura. El adjudicatario del contrato queda obligado a guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato formalizado con el Ayuntamiento comprobación y dar la conformidad de la Villa de los Realejos para SERVICIO DE AUDITORIA QUE DARÁ SOPORTE AL ÓRGANO INTERVENTOR EN LA REALIZACIÓN DEL CONTROL FINANCIERO Y DE INFORMES ECONÓMICOS-FINANCIEROS A SOCIEDADES A tal efecto no podrá transferir información alguna sobre los trabajos realizados y los datos a los que tenga acceso a personas públicas y privadas, entidades o empresas no explícitamente autorizados por escrito por el Ayuntamiento. Asimismo deberá establecer los procedimientos y mecanismos para garantizar la confidencialidad de la información durante el desarrollo del contrato. En este sentido, quedará sujeto a los preceptos legales en materia de protección de datos personales recogidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) Además, quienes en la prestación del contrato tengan acceso a los mismos, guardarán, secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento, estando obligados a no hacer públicos o ceder cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar la vigencia del contratomisma.

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