Common use of ABONOS AL ADJUDICATARIO Clause in Contracts

ABONOS AL ADJUDICATARIO. Para la materialización de los pagos y a los efectos de la justificación, la entidad adjudicataria presentará informes técnicos de realización de los trabajos. Además de lo dispuesto en el punto anterior, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx podrá solicitar cuanta información y documentación considere necesaria para realizar el correcto seguimiento y evaluación del trabajo. Las obligaciones de justificación de la entidad adjudicataria deberán entenderse sin perjuicio de las operaciones de comprobación que pueda llevar a cabo la Autoridad de Gestión o de Certificación, así como las de control financiero que corresponden a la Intervención General del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, y de las instituciones con competencias en materia de control de la Unión Europea. A efectos de determinar los gastos que pueden ser considerados elegibles en el marco del presente Contrato, la empresa adjudicataria actuará de acuerdo con lo establecido en la siguiente normativa: Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, Reglamento (CE) 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional. La situación de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social será exigible para el cobro total o parcial del precio del contrato y deberá ser acreditada con los mismos documentos que se establecen en este Pliego al presentar la factura.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Regulador De La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Regulador De La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del "Servicio De Asistencia Técnica, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Regulador De La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del Servicio De Auditoria, Mantenimiento Y Asesoramiento Sobre La Ley Orgánica De Protección De Datos De Carácter Personal

ABONOS AL ADJUDICATARIO. Para la materialización de los pagos y a los efectos de la justificación, la entidad adjudicataria presentará informes técnicos de realización de los trabajos. Además de lo dispuesto en el punto anterior, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx la Fundación Centro de Acogida San Xxxx podrá solicitar cuanta información y documentación considere necesaria para realizar el correcto seguimiento y evaluación del trabajo. Las obligaciones de justificación de la entidad adjudicataria deberán entenderse sin perjuicio de las operaciones de comprobación que pueda llevar a cabo la Autoridad de Gestión o de Certificación, así como las de control financiero que corresponden a la Intervención General del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, y de las instituciones con competencias en materia de control de la Unión Europea. A efectos de determinar los gastos que pueden ser considerados elegibles en el marco del presente Contrato, la empresa adjudicataria actuará de acuerdo con lo establecido en la siguiente normativa: Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, Reglamento (CE) 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional. La situación de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social será exigible para el cobro total o parcial del precio del contrato y deberá ser acreditada con los mismos documentos que se establecen en este Pliego al presentar la factura.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Regulador De La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del "Servicio

ABONOS AL ADJUDICATARIO. Para la materialización de los pagos y a los efectos de la justificación, la entidad adjudicataria presentará informes técnicos de realización de los trabajos. Además de lo dispuesto en el punto anterior, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx podrá solicitar cuanta información y documentación considere necesaria para realizar el correcto seguimiento y evaluación del trabajo. Las obligaciones de justificación de la entidad adjudicataria deberán entenderse sin perjuicio de las operaciones de comprobación que pueda llevar a cabo la Autoridad de Gestión o de Certificación, así como las de control financiero que corresponden a la Intervención General del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, y de las instituciones con competencias en materia de control de la Unión Europea. A efectos de determinar los gastos que pueden ser considerados elegibles en el marco del presente Contrato, la empresa adjudicataria actuará de acuerdo con lo establecido en la siguiente normativa: Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, Reglamento (CE) 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional. La situación de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social será exigible para el cobro total o parcial del precio del contrato y deberá ser acreditada con los mismos documentos que se establecen en este Pliego Xxxxxx al presentar la factura.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Regulador De La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del "Servicio De Publicidad O Patrocinio De La Designación De La Ciudad De Jerez De La Frontera

ABONOS AL ADJUDICATARIO. El abono de los trabajos objeto de esta contratación se realizará trimestralmente en cantidades iguales, durante el plazo de ejecución del contrato. Para la materialización de los pagos y a los efectos de la justificación, la entidad adjudicataria presentará informes técnicos de realización de los trabajos. Además de lo dispuesto en el punto anterior, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx podrá solicitar cuanta información y documentación considere necesaria para realizar el correcto seguimiento y evaluación del trabajo. Las obligaciones de justificación de la entidad adjudicataria deberán entenderse sin perjuicio de las operaciones de comprobación que pueda llevar a cabo la Autoridad de Gestión o de Certificación, así como las de control financiero que corresponden a la Intervención General del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, y de las instituciones con competencias en materia de control de la Unión Europea. A efectos de determinar los gastos que pueden ser considerados elegibles en el marco del presente Contrato, la empresa adjudicataria actuará de acuerdo con lo establecido en la siguiente normativa: Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, Reglamento (CE) 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional. La situación de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social será exigible para el cobro total o parcial del precio del contrato y deberá ser acreditada con los mismos documentos que se establecen en este Pliego al presentar la factura.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Regulador De La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad Del