Common use of Acción Ejecutiva Clause in Contracts

Acción Ejecutiva. En virtud del artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, si la Compañía incurriera en incumplimiento en el pago del capital, los intereses y otros montos adeudados de todo o parte las Obligaciones Negociables, el Tenedor de dichas Obligaciones Negociables tendrá derecho a iniciar acción ejecutiva contra la Compañía para reclamar el capital, actualizaciones e intereses de las Obligaciones Negociables y para ejecutar la Garantía. Conforme a lo previsto en dicho artículo 29, en caso de ejecución de obligaciones negociables emitidas con garantía especial –tal como es el caso de las Obligaciones Negociables-, el juez dispondrá la citación de los tenedores de la misma serie y notificará a la CNV cuando los títulos estén admitidos a la oferta pública y a las bolsas donde tengan cotización autorizada. De acuerdo a los artículos 129 inc. (e) y 131 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales se podrán expedir comprobantes de los valores negociables representados en certificados globales a favor de las personas que tengan una participación en los mismos, o, en el caso de obligaciones negociables escriturales, comprobantes de saldo de cuenta a favor del titular de las obligaciones negociables escriturales, a los efectos de (a) reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral, en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere; y (b) presentar solicitudes de verificación de crédito como acreedores o participar en los procedimientos concursales de los emisores de dichos valores negociables. Los comprobantes serán emitidos (i) de acuerdo con el artículo 131 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de certificados globales, por la entidad del país o del exterior que administre el sistema de depósito colectivo en el cual se encuentren inscriptos los certificados globales. Cuando las entidades administradoras de sistema de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por otra entidad, los comprobantes podrán ser emitidos directamente por las primeras; y (ii) de acuerdo con el artículo 129 (b) de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de obligaciones negociables escriturales, por la entidad autorizada que lleve el registro de obligaciones negociables escriturales.

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Samples: Obligaciones Negociables

Acción Ejecutiva. En virtud del artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, si la Compañía incurriera en incumplimiento en el pago del capital, los intereses y otros montos adeudados de todo o parte las Obligaciones Negociables, el Tenedor de dichas Obligaciones Negociables tendrá derecho a iniciar acción ejecutiva contra la Compañía para reclamar el capital, actualizaciones e intereses de las Obligaciones Negociables y para ejecutar la Garantía. Conforme a lo previsto en dicho artículo 29, en caso de ejecución de obligaciones negociables emitidas con garantía especial –tal como es el caso de las Obligaciones Negociables-, el juez dispondrá la citación de los tenedores de la misma serie y notificará a la CNV cuando los títulos estén admitidos a la oferta pública y a las bolsas donde tengan cotización autorizadaNegociables. De acuerdo a los artículos 129 inc. (e) y 131 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales se podrán expedir comprobantes de los valores negociables representados en certificados globales a favor de las personas que tengan una participación en los mismos, o, en el caso de obligaciones negociables escriturales, comprobantes de saldo de cuenta a favor del titular de las obligaciones negociables escriturales, a los efectos de (a) reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral, en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere; y (b) presentar solicitudes de verificación de crédito como acreedores o participar en los procedimientos concursales de los emisores de dichos valores negociables. Los comprobantes serán emitidos (i) de acuerdo con el al artículo 131 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de certificados globales, por la entidad del país o del exterior que administre el sistema de depósito colectivo en el cual se encuentren inscriptos los certificados globales. Cuando las entidades administradoras de sistema de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por otra entidad, los comprobantes podrán ser emitidos directamente por las primeras; y (ii) de acuerdo con el al artículo 129 (b) de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de obligaciones negociables escriturales, por la entidad autorizada que lleve el registro de obligaciones negociables escriturales.

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Samples: Obligaciones Negociables

Acción Ejecutiva. En virtud del artículo Las ON PYME CNV otorgan a sus tenedores la posibilidad de recurrir –en caso de incumplimiento de la Emisora- a la vía ejecutiva de conformidad con el art. 29 de la Ley de Obligaciones Negociables. Las ON PYME CNV se regirán por, si y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de Argentina y en particular la Compañía incurriera en incumplimiento en el pago del capitalLey General de Sociedades N° 19.550 (modificada por la Ley 26.994), los intereses y otros montos adeudados la Ley de todo o parte las Obligaciones Negociables, el Tenedor la Xxx xx Xxxxxxx de dichas Obligaciones Negociables tendrá derecho a iniciar acción ejecutiva contra la Compañía para reclamar el capital, actualizaciones e intereses de Capitales N° 26.831 y las Obligaciones Negociables y para ejecutar la Garantía. Conforme a lo previsto en dicho artículo 29, en caso de ejecución de obligaciones negociables emitidas con garantía especial –tal como es el caso de las Obligaciones Negociables-, el juez dispondrá la citación de los tenedores Normas de la misma serie y notificará a CNV. Será competente el Tribunal de Arbitraje de la CNV cuando los títulos estén admitidos a Bolsa de Comercio de Buenos Aires conforme el artículo 32, inciso f) de la oferta pública y a las bolsas donde tengan cotización autorizada. De acuerdo a los artículos 129 inc. (e) y 131 Ley 26.831 o el que lo reemplace en el futuro de conformidad con el Artículo 46 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales Nº 26.831. No obstante lo anterior, los inversores tienen el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes. Asimismo, en los casos en que la ley establezca la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el Tribunal de Arbitraje de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires conforme el artículo 32, inciso f) de la Ley 26.3831. Otros aspectos relevantes Eventos de Incumplimiento En forma adicional a los supuestos previstos en la sección “De la Oferta, el Listado y la Negociación – Eventos de Incumplimiento” del Prospecto, constituirá un Evento de Incumplimiento bajo las ON PYME CNV el incumplimiento por parte de la Emisora de cualquier obligación a su cargo bajo el Contrato de Fideicomiso de Garantía. Rescate por razones impositivas Las ON PYME CNV podrán expedir comprobantes ser rescatadas por razones impositivas de conformidad con lo establecido en la sección “De la Oferta, el Listado y la Negociación - Rescate por Razones Impositivas” del Prospecto. Montos adicionales La Emisora realizará los valores negociables representados en certificados globales a favor pagos respecto de las personas ON PYME CNV sin retención o deducción de impuestos, tasas, contribuciones y/u otras cargas gubernamentales existentes a la fecha del Suplemento, de cualquier naturaleza fijadas por Argentina, o cualquier subdivisión política de la misma o autoridad gubernamental de la misma con facultades fiscales. En caso que tengan una participación en los mismoslas normas vigentes exijan practicar tales retenciones o deducciones, ola Emisora, en el caso mismo momento en que efectúe la retención y/o deducción en cuestión, pagará los montos adicionales necesarios para que los tenedores reciban el mismo monto que habrían recibido respecto de obligaciones negociables escrituralespagos bajo las ON PYME CNV de no haberse practicado tales retenciones o deducciones. En ciertos casos la Emisora no estará obligada a pagar dichos montos adicionales, comprobantes para mayor detalle ver “De la Oferta, el Listado y la Negociación - Montos Adicionales” del Prospecto. Otros compromisos La Emisora, entre otros compromisos asumidos en el presente Suplemento y en el Prospecto, se obliga a cumplir los siguientes compromisos en tanto existan ON PYME CNV en circulación: Actividad Principal La Sociedad deberá abstenerse de saldo modificar su actividad principal consistente en la explotación y exploración de cuenta yacimientos hidrocarburíferos y de realizar actos u operaciones extraños a favor del titular la actividad normal y habitual. Organizador Banco de las obligaciones negociables escrituralesServicios y Transacciones S.A. Agentes colocadores Banco de Servicios y Transacciones S.A., Banco Supervielle S.A., Banco Mariva S.A., SBS Trading S.A., Consultatio Investments S.A., Xxxxxxx Xxxxxxx & Cía. S.A. y AdCap Securities Argentina S.A. Agente de Calculo Petrolera Aconcagua Energía S.A. Monto Hasta V/N U$S 5.000.000 (Dólares Estadounidenses cinco millones) ampliable a los efectos de V/N U$S 7.000.000 (a) reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral, en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere; y (b) presentar solicitudes de verificación de crédito como acreedores o participar en los procedimientos concursales de los emisores de dichos valores negociablesDólares Estadounidenses siete millones). Los comprobantes serán emitidos (i) de acuerdo con el artículo 131 El monto definitivo de la Xxx xx Xxxxxxx emisión será determinado por la Emisora al cierre del Período de Capitales, Subasta e informado en el caso Aviso de certificados globalesResultados, por la entidad del país o del exterior que administre el sistema de depósito colectivo en el cual conforme tales términos se encuentren inscriptos los certificados globales. Cuando las entidades administradoras de sistema de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por otra entidad, los comprobantes podrán ser emitidos directamente por las primeras; y (ii) de acuerdo con el artículo 129 (b) de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de obligaciones negociables escriturales, por la entidad autorizada que lleve el registro de obligaciones negociables escrituralesdefinen más adelante.

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Samples: Supplemento De Precio

Acción Ejecutiva. En virtud Vencido el préstamo por la llegada del artículo 29 término o por cualquiera de las causas contempladas en la presente póliza, ENISA, si no fuera íntegra y satisfactoriamente reintegrada la cantidad debida, notificará a la PRESTATARIA y a los fiadores, si los hubiese, la cantidad exigible resultante de la liquidación practicada por la PRESTAMISTA, en los términos pactados en esta cláusula. Acreditada dicha notificación, o intentada en la forma y lugar indicados en la cláusula siguiente, ENISA se encontrará habilitada para reclamar por vía judicial el pago de dicha cantidad líquida y exigible, de acuerdo con lo establecido en el art. 517.2.5º de la Ley 1/2000, de Obligaciones Negociables, si la Compañía incurriera en incumplimiento 7 de enero. A efectos de lo dispuesto en el pago del capitalart. 572 de la Ley 1/2000, se pacta expresamente por los intereses contratantes que la cantidad líquida y otros montos adeudados de todo o parte las Obligaciones Negociables, el Tenedor de dichas Obligaciones Negociables tendrá derecho a iniciar acción ejecutiva contra la Compañía para reclamar el capital, actualizaciones e intereses de las Obligaciones Negociables y para ejecutar la Garantía. Conforme a lo previsto en dicho artículo 29, exigible en caso de ejecución de obligaciones negociables emitidas con garantía especial –tal como es el caso de las Obligaciones Negociables-, el juez dispondrá será la citación de los tenedores resultante de la misma serie y notificará a liquidación practicada por ENISA mediante la CNV cuando los títulos estén admitidos a oportuna Certificación que recoja el saldo que presenta la oferta pública y a las bolsas donde tengan cotización autorizadacuenta al día del cierre. De acuerdo a los artículos 129 inc. (e) y 131 En su virtud, bastará para el ejercicio de la Xxx xx Xxxxxxx acción ejecutiva la presentación de Capitales se podrán expedir comprobantes testimonio con fuerza ejecutiva de los valores negociables representados esta póliza, debiendo aportarse además el anteriormente mencionado Certificado, expedido por ENISA, del saldo que resulte a cargo del deudor. El Fedatario público, a requerimiento de ENISA, hará constar en certificados globales a favor de las personas acta que tengan una participación dicho saldo coincide con el que aparece en la Cuenta abierta al deudor en los mismos, o, en el caso libros de obligaciones negociables escriturales, comprobantes de saldo de cuenta a favor del titular de las obligaciones negociables escriturales, a los efectos de (a) reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral, en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere; ENISA y (b) presentar solicitudes de verificación de crédito como acreedores o participar en los procedimientos concursales de los emisores de dichos valores negociables. Los comprobantes serán emitidos (i) de acuerdo con el artículo 131 que la liquidación de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, deuda se ha practicado en el caso de certificados globales, por la entidad del país o del exterior que administre el sistema de depósito colectivo forma pactada en el cual se encuentren inscriptos los certificados globales. Cuando las entidades administradoras de sistema de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por otra entidad, los comprobantes podrán ser emitidos directamente esta póliza por las primeras; partes. La PRESTATARIA presta su consentimiento para que los segundos testimonios que de esta póliza pudiera solicitar ENISA tengan eficacia ejecutiva y (ii) así se haga constar en la nota de acuerdo con el artículo 129 (b) expedición de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de obligaciones negociables escriturales, por la entidad autorizada que lleve el registro de obligaciones negociables escrituralesaquellos.

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Samples: Póliza De Préstamo Participativo