ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Cláusulas de Ejemplo

ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Las aclaraciones que se requieran xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, serán efectuadas por escrito y presentadas en la Agencia, sita en Xx. Xx. Xxxx Xxxxx Ramos Mejía 1302, Oficina 101, en el horario de 09:00 a 16:45 horas o mediante correo electrónico a la dirección xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, hasta CUATRO (4) días hábiles antes del día fijado para la apertura. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas las consultas que se presenten fuera de término. La AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO podrá elaborar circulares aclaratorias y/o modificatorias al presente Pliego, de oficio o como respuesta a consultas, de conformidad a lo establecido en el Artículo 61 del Decreto Nº 893/12.
ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. El plazo para la solicitud de aclaraciones por parte de quienes deseen participar de la Licitación Pública es hasta de 48 horas hábiles antes de la fecha de apertura. Las consultas sobre el contenido de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus anexos (si los hubiera), deberán ser remitidas por escrito a Dirección Contable y de Personal 0 xx Xxxxx Xx 934 o por mail a xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. En virtud de lo indicado en el Artículo 7 del Anexo I del Manual de Procedimiento del XXXXX.XX, aprobado por la Disposición Nº 65-E/2016, para efectuar consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el proveedor deberá haber cumplido con el procedimiento de registración y autenticación como usuario externo de XXXXX.XX, por lo que las consultas deberán hacerse a través de XXXXX.XX. La Coordinación de Sector Compras de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN difundirá en el XXXXX.XX las circulares aclaratorias y las modificatorias que se emitan de oficio o como respuesta a consultas que ameriten dicha modificación. De acuerdo con lo indicado en el ARTÍCULO 49 del Decreto Nº 1030/16 y en el ARTÍCULO 8 del Anexo I de la Disposición Nº 63-E/2016; los interesados podrán formular consultas hasta TRES (3) días antes de la fecha de apertura de las ofertas. Las respuestas a las consultas y las aclaraciones o informaciones ampliatorias se efectuarán por escrito, con CUARENTA Y OCHO (48) horas como mínimo de antelación a la fecha de apertura de las ofertas, mediante circulares que se difundirán en el XXXXX.XX, además de la publicidad que corresponda según la normativa general; asimismo deberán ser comunicadas, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego y al que hubiese efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ellos, con el mismo plazo mínimo de antelación. Tanto las respuestas como las aclaraciones e informaciones serán incorporadas al Pliego. Sin perjuicio del procedimiento antes mencionado, los interesados deberán ingresar a la página web xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx o consultarlas en el sitio web de la SIGEN indicado en el ARTÍCULO 5 del presente pliego, con VEINTICUATRO (24) horas de anticipación a la fecha de apertura de las propuestas, a fin de tomar conocimiento de todas las circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia los oferentes que no las hayan recibido o retirado. Toda circular que modifique aspectos xxx xxxxxx o la fecha de apertura deberá ser difundida, publicada y comunicada con CUARENTA Y OCHO (48) HORAS como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas (por lo que se deberá prorrogar la apertura cumpliendo con el plazo indicado en el Artículo 50 del Decreto Nº 1030/2016), por los mismos medios en que se difundió el llamado original; asimismo deberán ser comunicadas, a todas las personas que hubiesen reti...
ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Las aclaraciones que se requieran xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, serán efectuadas por escrito y presentadas en la Agencia, sita en Av. Dr. J.M. Xxxxx Xxxxx 1302, 1º Piso, Oficina 101/103, en el horario de 9:00 hs. a 17:00 hs., o a través de correo electrónico en la dirección xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, hasta TRES (3) días hábiles antes del día fijado para la apertura. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas las consultas que se presenten fuera de término. La AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá elaborar circulares aclaratorias y/o modificatorias al Pliego de bases y condiciones Particulares, de oficio o como respuesta a consultas, de conformidad a lo establecido en el artículo 61 del Decreto Nº 893/12.
ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. De acuerdo con lo indicado en el ARTÍCULO 6 del PUBCG, los interesados podrán formular consultas por escrito hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas. Las mismas se formularán en idioma castellano, al Sector Compras, debiendo ser presentadas en original ante la Coordinación de Sector Mesa de Entradas y Salidas, sita en Xx. Xxxxxxxxxx 000/0 XX, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en el horario de 09:00 a 13:00 y de 14:00 a 18:00 horas. Dicha presentación deberá estar firmada por el interesado o su representante legal. Las respuestas a las consultas y las aclaraciones o informaciones ampliatorias se efectuarán por escrito, con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de antelación a la fecha de apertura de las ofertas, mediante circulares que se comunicarán en forma fehaciente a todos los oferentes, en las direcciones o fax denunciados, de acuerdo a lo indicado en el ARTÍCULO 6 del presente Xxxxxx. Tanto las respuestas como las aclaraciones e informaciones serán incorporadas al Pliego. Sin perjuicio del procedimiento antes mencionado, los interesados deberán concurrir a la Oficina de Compras o consultarlas en el sitio web de la SIGEN indicado en el ARTÍCULO 5 del presente pliego, con VEINTICUATRO (24) horas de anticipación a la fecha de apertura de las propuestas, a fin de tomar conocimiento de todas las circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia los oferentes que no las hayan recibido o retirado.

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: