Actividades de Operación. Las actividades de Operación deben comenzar desde la fecha de entrega en concesión de la vía hasta la fecha de suscripción del Acta de Recibo Final, sin importar la Etapa en que se encuentre el proyecto como tal. Además de Programa de Operación y Mantenimiento(POM) a presentar el Concesionario deberá presentar la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA un Manual de Operación que define el modelo de Operación del sistema vial, y contiene y especifica los protocolos e instrucciones de acción tanto para las operaciones rutinarias (integración del sistema de coordinación operacional, comunicaciones, monitoreo, mediciones, pesajes, recaudación de peajes, y de asistencia a los Usuarios), como para aquellas necesarias ante cualquier eventual emergencia, incidencia, accidente o situación extraordinaria. El Manual de Operación deberá contemplar las condiciones de mejoramiento continuo de los equipos y sistemas. Todos los procedimientos técnicos, operacionales y administrativos referentes a las funciones operacionales de este manual podrán ser elevados a norma jurídica mediante resolución motivada por el Ministerio de Transporte. El Manual de Operación hará parte integral del Programa de Operación y Mantenimiemiento y deberá ser entregada junto con el (POM), con la periodicidad establecida en el Apéndice A. El objetivo básico de la implantación del Programa de Operación y Mantenimiento y el Manual de Operación es el de mantener niveles adecuados de confort y seguridad. A continuación se enuncian las características básicas de las distintas actividades de Operación que se tratan más profundamente en capítulos posteriores: - Deberán ser operadas y mantenidas, Estaciones de Peaje, Estaciones de Pesaje, y Centro de Control Operacional (CCO) que forman parte del alcance del Contrato. En este último la información de la red vial se medirá, distribuirá y administrará en tiempo real. El Concesionario deberá diseñar y ejecutar las bases de manera que se cumplan los objetivos marcados por el Sistema de Control. - Las casetas de Estaciones de Peajes serán mantenidas y operadas de manera que cumplan con los requerimientos indicados en este Apéndice Técnico y recomendaciones de la Interventoría. - El Concesionario deberá implantar un sistema de recaudo que incluya los sistemas de clasificación por tipos de categorías de vehículos y con sistema de cobros de tarifas de peajes con parada de vehículos, denominados cobros manuales y semiautomáticos, y sin parada de vehículos, denominados cobros automáticos o telepeaje. - Los sistemas de comunicación proporcionarán recursos para los Usuarios para facilitar la comunicación con el Centro de Control Operativo o los Centros de Servicios en las Estaciones de Peajes, y para servir como medio de integración de los sistemas de control e información que serán implementados, y que deben ser diseñados de forma que puedan servir a la interconexión de equipos y sistemas diversos (incluyendo las Entidades de Control y Administración) con señales de voz, datos e imágenes. Estos sistemas deberán adoptar los últimos avances tecnológicos. - Se deberán mantener en óptimas condiciones de funcionalidad los equipos existentes en la Estación de Peaje, adicionalmente el Concesionario deberá mantener e implantar los siguientes sistemas: sistemas de control de tráfico, monitoreo xx xxxxxxxx, paneles de mensajes variables, fijos y móviles. Las características de los equipos deberán seguir con los patrones que establezca la ANI, o en su lugar, la Interventoría. Las cámaras deberán operar 24 horas/365 días y deberán contar con las especificaciones técnicas suficientes para garantizar el cumplimiento de las actividades propias de control y vigilancia, de acuerdo con los requerimientos de la Policía de Carreteras. - El sistema de monitoreo meteorológico deberá ser el mínimo suficiente para poder mantener informados a los Usuarios (a través de los paneles de información) y la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA (a través del sistema de información en línea) de las condiciones meteorológicas básicas a lo largo en la carretera. Se requerirá información de las condiciones de lluvia, neblina y viento (sin necesidad de tener que medir cantidades o densidades) y temperatura ambiental, clasificadas dentro de un sistema de información a ser propuesto por el Concesionario. Para esto, será suficiente el uso de equipos de sondeo y medición básicos complementados con reportes de personal del Concesionario trabajando en distintos puntos de la vía. Este sistema podrá complementarse con información que haya disponible del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). - La atención médica debe estar basada en los servicios de primeros auxilios y el rescate de heridos con ambulancias y equipos móviles, permitiendo de este modo ejecutar procedimientos médico hospitalarios en sitio y la posterior remisión de los heridos a los centros de salud más próximos que cuenten con los servicios adecuados para reponer los signos vitales del herido y ser capaz de monitorearlos. - El Concesionario dispondrá, bajo su administración, de los siguientes elementos de rescate que deberán ser presentados y utilizados por personal del Concesionario frente a los accidentes que los requieran, cumpliendo con los tiempos de respuesta definidos en los Indicadores de servicio: ELEMENTO ESPECIFICACIONES TECNICAS FUENTE DE PODER Motor A gasolina, 4 tiempos, superior o igual a 2.5 HP. No de salidas 2 salidas para operar 2 herramientas simultáneas sin pérdida de presión Presión máxima de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Entre 12 kg / 36 kg Norma nfpa 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 HERRAMIENTA COMBINADA Distancia de separación Entre 14" / 18" Fuerza máxima de separación Entre 16000 / 75000 lbs Fuerza máxima xx xxxxx Entre 67000 / 165000 lbs Fuerza de tracción Superior o igual a 10000 lbs Presión de operación Superior o igual a 630 bar Norma nfpa 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 Peso Entre 30 lbs / 36 lbs Corte acero redondo Superior o igual a 25 mm RAM DE RESCATE Numero de émbolos Entre 1 y 2 émbolos Longitud retraído Entre 380 mm / 650 mm Longitud elevación 1er embolo Entre 240 mm / 350 mm Longitud elevación 2do embolo Entre 240 mm / 350 mm Carrera de embolo o longitud total de elevación Entre 480 mm / 600 mm Longitud extendido Entre 750 mm / 1510 mm Cumple norma NFPA 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 Fuerza mínima de elevación en el primer embolo Superior o igual a 29.900 lbs Fuerza mínima de elevación en segundo émbolo Superior o igual a 20.000 lbs Presión de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Inferior o igual a 21kg CORTAPEDALES O MINI CUTTER Fuerza xx xxxxx Entre 30000 lbs / 55000 lbs Peso Entre 7 lbs / 11lbs CARRETE CON MANGUERA HIDRAULICA Longitud Superior o igual a 15 mts Peso Inferior o igual a 41 kg Cantidad Uno (1) por salida Acoples Uno (1) por salida CADENAS Material ACERO TEMPLADO Longitud Superior o igual a 1,5 mts Peso Entre 8 kg / 13 kg Observaciones Con ganchos de agarre y acoples / puntas Estos equipos deberán tener una duración mínimo de tres (3) años y serán objeto de Inventario y posterior reversión al terminar el presente Contrato, el Concesionario dispondrá de un juego completo de estas unidades en cada Área de Servicio. El Concesionario deberá contar con el personal capacitado en primeros auxilios avanzados para el adecuado manejo de estos equipos en los casos que se requiera su uso los cuales deberán estar certificados por la Xxxx Xxxx Colombiana o La Defensa Civil. La interventoría verificará la presencia de los equipos, el personal y su idoneidad. El servicio mecánico llevará en remolque los vehículos averiados del lugar del accidente o incidente al puesto de servicio más cercano y el Concesionario se encargará también de la eliminación de los restos del accidente de las vías. El Concesionario deberá disponer de los equipos y elementos necesarios para la Policía de Carreteras (según se define más adelante) que opera a lo largo de todos los Sectores, mediante la firma del convenio de dotación, acompañamiento y soporte, con el fin de garantizar el apoyo de la seguridad en la vía. A continuación se detallan los servicios y actividades de Operación, junto con sus especificaciones que, como mínimo y sin perjuicio de todas aquellas otras necesarias para cumplir con los Indicadores del Sistema de Control, la buena práctica internacional y las Normas colombianas, debe realizar el Concesionario.
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Actividades de Operación. Las actividades de Operación deben comenzar desde operación se realizarán en las instalaciones indicadas adelante y corresponden a casa de máquinas, bocatomas, tanques de carga y desarenadores. Las actividades de operación corresponden a la fecha supervisión, coordinación y ejecución de entrega maniobras en concesión cada una de las instalaciones indicadas, la cual debe hacerse de acuerdo a las indicaciones de CHEC y en coordinación con el centro de control de CHEC y los procesos de operación y mantenimiento de generación. Es responsabilidad del contratista, el control de ingresos a esas instalaciones el cual se hará según procedimientos de CHEC. En aquellas instalaciones en donde haya vigilancia contratada por CHEC, esa responsabilidad estará a cargo de la vía hasta la fecha compañía de suscripción del Acta de Recibo Final, sin importar la Etapa en vigilancia y durante el tiempo que preste ese servicio. CHEC aplicará un descuento operativo como se encuentre el proyecto como tal. Además de Programa de Operación y Mantenimiento(POM) a presentar el Concesionario deberá presentar la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA un Manual de Operación que define el modelo de Operación del sistema vial, y contiene y especifica los protocolos e instrucciones de acción tanto para las operaciones rutinarias (integración del sistema de coordinación operacional, comunicaciones, monitoreo, mediciones, pesajes, recaudación de peajes, y de asistencia a los Usuarios), como para aquellas necesarias ante cualquier eventual emergencia, incidencia, accidente o situación extraordinaria. El Manual de Operación deberá contemplar las condiciones de mejoramiento continuo de los equipos y sistemas. Todos los procedimientos técnicos, operacionales y administrativos referentes a las funciones operacionales de este manual podrán ser elevados a norma jurídica mediante resolución motivada por el Ministerio de Transporte. El Manual de Operación hará parte integral del Programa de Operación y Mantenimiemiento y deberá ser entregada junto con el (POM), con la periodicidad establecida indica en el Apéndice A. El objetivo básico numeral 1.17 DESCUENTOS OPERATIVOS POR LA NO GESTIÓN DEL CONTRATISTA EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES O MEJORES PRÁCTICAS cuando el contratista permita el ingreso de personas a instalaciones que opere sin seguir el procedimiento que CHEC le haya indicado. Durante la prestación del servicio de operación, el contratista no debe permitir la preparación de alimentos en instalaciones de la implantación CHEC. CHEC aplicará un descuento operativo como se indica en el numeral 1.17 DESCUENTOS OPERATIVOS POR LA NO GESTIÓN DEL CONTRATISTA EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES O MEJORES PRÁCTICAS cuando personal del Programa contratista prepara alimentos en instalaciones de Operación y Mantenimiento y el Manual CHEC. Suministrar e instalar lámparas fluorescentes compactas de Operación es el de mantener niveles adecuados de confort y seguridad. A continuación se enuncian las características básicas luz blanca de las distintas actividades casetas destinadas para los operarios de Operación las instalaciones en donde preste el servicio y que se tratan más profundamente en capítulos posteriores: - Deberán sean diferentes x xxxxx de máquinas. La potencia de las lámparas debe ser operadas y mantenidas, Estaciones de Peaje, Estaciones de Pesaje, y Centro de Control Operacional (CCO) que forman parte del alcance del Contrato. En este último la información de la red vial se medirá, distribuirá y administrará en tiempo real. El Concesionario deberá diseñar y ejecutar las bases de manera tal que se cumplan los objetivos marcados por niveles máximo y mínimos de iluminación indicadas en la resolución 181331 (retilap) del ministerio de minas y energía para cada una de las áreas de estas instalaciones. Al inicio del contrato debe cambiar la totalidad de las lámparas existentes que no sean del tipo fluorescente compactas de luz blanca y cambiar las que fallen durante la duración del contrato. Al final del contrato el Sistema contratista entregará a CHEC las instalaciones con las lámparas instaladas y en perfecto estado. Esta actividad incluye el suministro en las centrales de Controlgeneración, bocatomas, tanques y embalses, que opere el contratista, de los implementos de aseo, botiquín, protección, linternas LED, oficina y cafetería. - Las El suministro de café (o aromática) y azúcar debe ser tal que se garantice que cada operario pueda tomar al menos cuatro pocillos de café en su turno siendo el gusto de los operarios el que determine el suministro de café, aromática y azúcar. El contratista debe mantener al menos cuatro juegos de pocillos en cada instalación que opere. CHEC aplicará un descuento operativo como se indica en el numeral 1.17 DESCUENTOS OPERATIVOS POR LA NO GESTIÓN DEL CONTRATISTA EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES O MEJORES PRÁCTICAS cuando el contratista no suministre de manera oportuna los implementos de aseo, botiquín, protección, linterna LED, oficina y cafetería. El aseo comprende todo el conjunto de la edificación de las casetas de Estaciones operación con sus muebles, vías internas, tableros, paredes y recolección de Peajes serán mantenidas y operadas de manera que cumplan con los requerimientos indicados en este Apéndice Técnico y recomendaciones de la Interventoríabasuras. - El Concesionario deberá implantar un sistema de recaudo que incluya los sistemas de clasificación por tipos de categorías de vehículos y con sistema de cobros de tarifas de peajes con parada de vehículoscontratista es responsable del suministro, denominados cobros manuales y semiautomáticos, y sin parada de vehículos, denominados cobros automáticos o telepeaje. - Los sistemas de comunicación proporcionarán recursos para los Usuarios para facilitar la comunicación con incluido el Centro de Control Operativo o los Centros de Servicios en las Estaciones de Peajes, y para servir como medio de integración transporte de los sistemas de control e información que serán implementadosinsumos para el aseo y comprende al menos, jabón para losa, jabón para manos, toallas, papel higiénico, detergente, trapeadoras, escobas, baldes, cera liquida antideslizante, bolsas para basura y que deben ser diseñados de forma que puedan servir a la interconexión de equipos y sistemas diversos (incluyendo las Entidades de Control y Administración) con señales de voz, datos e imágenes. Estos sistemas deberán adoptar todos los últimos avances tecnológicos. - Se deberán mantener en óptimas condiciones de funcionalidad los equipos existentes en la Estación de Peaje, adicionalmente demás elementos necesarios para el Concesionario deberá mantener e implantar los siguientes sistemas: sistemas de control de tráfico, monitoreo xx xxxxxxxx, paneles de mensajes variables, fijos y móviles. Las características buen desempeño de los equipos deberán seguir con los patrones que establezca la ANI, o en su lugar, la Interventoría. Las cámaras deberán operar 24 horas/365 días y deberán contar con las especificaciones técnicas suficientes para garantizar el cumplimiento servicios de aseo de las actividades propias instalaciones. Los insumos suministrados tienen que ser de control marcas reconocidas y vigilancia, de acuerdo certificados con los requerimientos de la Policía de CarreterasNTC (Normas Técnicas Colombianas) correspondiente. - El sistema de monitoreo meteorológico deberá ser el mínimo suficiente para poder mantener informados a los Usuarios (a través de los paneles de información) y la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA (a través del sistema de información en línea) de las condiciones meteorológicas básicas a lo largo en la carretera. Se requerirá información de las condiciones de lluvia, neblina y viento (sin necesidad de tener que medir cantidades o densidades) y temperatura ambiental, clasificadas dentro de un sistema de información a ser propuesto por el Concesionario. Para esto, será suficiente contratista garantiza el uso de equipos de sondeo productos químicos no contaminantes y medición básicos complementados biodegradables y le dará disposición final a los envases y recipientes cumpliendo con reportes de personal del Concesionario trabajando en distintos puntos de la víalas normas ambientales al respecto. Este sistema podrá complementarse con información que haya disponible del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). - La atención médica debe estar basada en los servicios de primeros auxilios y el rescate de heridos con ambulancias y equipos móviles, permitiendo de este modo ejecutar procedimientos médico hospitalarios en sitio y la posterior remisión El contenido de los heridos a los centros de salud más próximos botiquines no tendrá elementos que cuenten con los servicios adecuados para reponer los signos vitales del herido requieran prescripción médica y ser capaz de monitorearlos. - El Concesionario dispondrá, bajo su administración, de los siguientes elementos de rescate que deberán ser presentados y utilizados por personal del Concesionario frente a los accidentes que los requieran, cumpliendo con los tiempos de respuesta definidos en los Indicadores de servicio: ELEMENTO ESPECIFICACIONES TECNICAS FUENTE DE PODER Motor A gasolina, 4 tiempos, superior o igual a 2.5 HP. No de salidas 2 salidas para operar 2 herramientas simultáneas sin pérdida de presión Presión máxima de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Entre 12 kg / 36 kg Norma nfpa 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 HERRAMIENTA COMBINADA Distancia de separación Entre 14" / 18" Fuerza máxima de separación Entre 16000 / 75000 lbs Fuerza máxima xx xxxxx Entre 67000 / 165000 lbs Fuerza de tracción Superior o igual a 10000 lbs Presión de operación Superior o igual a 630 bar Norma nfpa 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 Peso Entre 30 lbs / 36 lbs Corte acero redondo Superior o igual a 25 mm RAM DE RESCATE Numero de émbolos Entre 1 y 2 émbolos Longitud retraído Entre 380 mm / 650 mm Longitud elevación 1er embolo Entre 240 mm / 350 mm Longitud elevación 2do embolo Entre 240 mm / 350 mm Carrera de embolo o longitud total de elevación Entre 480 mm / 600 mm Longitud extendido Entre 750 mm / 1510 mm Cumple norma NFPA 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 Fuerza mínima de elevación será al menos el indicado en el primer embolo Superior o igual a 29.900 lbs Fuerza mínima de elevación en segundo émbolo Superior o igual a 20.000 lbs Presión de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Inferior o igual a 21kg CORTAPEDALES O MINI CUTTER Fuerza xx xxxxx Entre 30000 lbs / 55000 lbs Peso Entre 7 lbs / 11lbs CARRETE CON MANGUERA HIDRAULICA Longitud Superior o igual a 15 mts Peso Inferior o igual a 41 kg Cantidad Uno (1) por salida Acoples Uno (1) por salida CADENAS Material ACERO TEMPLADO Longitud Superior o igual a 1,5 mts Peso Entre 8 kg / 13 kg Observaciones Con ganchos de agarre y acoples / puntas Estos equipos deberán tener una duración mínimo de tres (3) años y serán objeto de Inventario y posterior reversión al terminar el presente Contrato, el Concesionario dispondrá de un juego completo de estas unidades en cada Área de Servicio. El Concesionario deberá contar con el personal capacitado en primeros auxilios avanzados para el adecuado manejo de estos equipos en los casos que se requiera su uso los cuales deberán estar certificados por la Xxxx Xxxx Colombiana o La Defensa Civil. La interventoría verificará la presencia de los equipos, el personal y su idoneidad. El servicio mecánico llevará en remolque los vehículos averiados del lugar del accidente o incidente al puesto de servicio más cercano y el Concesionario se encargará también de la eliminación de los restos del accidente de las vías. El Concesionario deberá disponer de los equipos y elementos necesarios para la Policía de Carreteras (según se define más adelante) que opera a lo largo de todos los Sectores, mediante la firma del convenio de dotación, acompañamiento y soporte, con el fin de garantizar el apoyo de la seguridad en la vía. A continuación se detallan los servicios y actividades de Operación, junto con sus especificaciones que, como mínimo y sin perjuicio de todas aquellas otras necesarias para cumplir con los Indicadores del Sistema de Control, la buena práctica internacional y las Normas colombianas, debe realizar el Concesionario.cuadro siguiente 1 BOLSA SOLUCION SALINA LIMPIEZA HERIDAS 1 BOTELLA ALCOHOL DESINFECTANTE
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Actividades de Operación. Las actividades de Operación deben comenzar desde la fecha de entrega en concesión de la vía hasta la fecha de suscripción del Acta de Recibo Final, sin importar la Etapa en que se encuentre el proyecto como tal. Además de Programa de Operación y Mantenimiento(POM) a presentar el Concesionario deberá presentar la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA un Manual de Operación que define el modelo de Operación del sistema vial, y contiene y especifica los protocolos e instrucciones de acción tanto para las operaciones rutinarias (integración del sistema de coordinación operacional, comunicaciones, monitoreo, mediciones, pesajes, recaudación de peajes, y de asistencia a los Usuarios), como para aquellas necesarias ante cualquier eventual emergencia, incidencia, accidente o situación extraordinaria. El Manual de Operación deberá contemplar las condiciones de mejoramiento continuo de los equipos y sistemas. Todos los procedimientos técnicos, operacionales y administrativos referentes a las funciones operacionales de este manual podrán ser elevados a norma jurídica mediante resolución motivada por el Ministerio de Transporte. El Manual de Operación hará parte integral del Programa de Operación y Mantenimiemiento Mantenimiento y deberá ser entregada junto con el (POM), con la periodicidad establecida en el Apéndice A. El objetivo básico de la implantación del Programa de Operación y Mantenimiento y el Manual de Operación es el de mantener niveles adecuados de confort y seguridad. A continuación se enuncian las características básicas de las distintas actividades de Operación que se tratan más profundamente en capítulos posteriores: - Deberán ser operadas y mantenidas, Estaciones de Peaje, Estaciones de Pesaje, y Centro de Control Operacional (CCO) que forman parte del alcance del Contrato. En este último la información de la red vial se medirá, distribuirá y administrará en tiempo real. El Concesionario deberá diseñar y ejecutar las bases de manera que se cumplan los objetivos marcados por el Sistema de Control. - Las casetas de Estaciones de Peajes serán mantenidas y operadas de manera que cumplan con los requerimientos indicados en este Apéndice Técnico y recomendaciones de la Interventoría. - El Concesionario deberá implantar un sistema de recaudo que incluya los sistemas de clasificación por tipos de categorías de vehículos y con sistema de cobros de tarifas de peajes con parada de vehículos, denominados cobros manuales y semiautomáticos., y sin parada de vehículos, denominados cobros automáticos o telepeaje. - - Los sistemas de comunicación proporcionarán recursos para los Usuarios para facilitar la comunicación con el Centro de Control Operativo o los Centros de Servicios en las Estaciones de Peajes, y para servir como medio de integración de los sistemas de control e información que serán implementados, y que deben ser diseñados de forma que puedan servir a la interconexión de equipos y sistemas diversos (incluyendo las Entidades de Control y Administración) con señales de voz, datos e imágenes. Estos sistemas deberán adoptar los últimos avances tecnológicos. - Se deberán mantener en óptimas condiciones de funcionalidad los equipos existentes en la Estación de Peaje, adicionalmente el Concesionario deberá mantener e implantar los siguientes sistemas: sistemas de control de tráfico, monitoreo xx xxxxxxxx, paneles de mensajes variables, fijos y móviles. Las características de los equipos deberán seguir con los patrones que establezca la ANI, o en su lugar, la Interventoría. Las cámaras deberán operar 24 horas/365 días y deberán contar con las especificaciones técnicas suficientes para garantizar el cumplimiento de las actividades propias de control y vigilancia, de acuerdo con los requerimientos de la Policía de Carreteras. - El sistema de monitoreo meteorológico deberá ser el mínimo suficiente para poder mantener informados a los Usuarios (a través de los paneles de información) y la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA (a través del sistema de información en línea) de las condiciones meteorológicas básicas a lo largo en la carretera. Se requerirá información de las condiciones de lluvia, neblina y viento (sin necesidad de tener que medir cantidades o densidades) y temperatura ambiental, clasificadas dentro de un sistema de información a ser propuesto por el Concesionario. Para esto, será suficiente el uso de equipos de sondeo y medición básicos complementados con reportes de personal del Concesionario trabajando en distintos puntos de la vía. Este sistema podrá complementarse con información que haya disponible del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). - La atención médica debe estar basada en los servicios de primeros auxilios y el rescate de heridos con ambulancias y equipos móviles, permitiendo de este modo ejecutar procedimientos médico hospitalarios en sitio y la posterior remisión de los heridos a los centros de salud más próximos que cuenten con los servicios adecuados para reponer los signos vitales del herido y ser capaz de monitorearlos. - El Concesionario dispondrá, bajo su administración, de los siguientes elementos de rescate que deberán ser presentados y utilizados por personal del Concesionario frente a los accidentes que los requieran, cumpliendo con los tiempos de respuesta definidos en los Indicadores de servicio: ELEMENTO ESPECIFICACIONES TECNICAS FUENTE DE PODER Motor A gasolina, 4 tiempos, superior o igual a 2.5 HP. No de salidas 2 salidas para operar 2 herramientas simultáneas sin pérdida de presión Presión máxima de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Entre 12 kg / 36 kg Norma nfpa 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 HERRAMIENTA COMBINADA Distancia de separación Entre 14" / 18" Fuerza máxima de separación Entre 16000 / 75000 lbs Fuerza máxima xx xxxxx Entre 67000 / 165000 lbs Fuerza de tracción Superior o igual a 10000 lbs Presión de operación Superior o igual a 630 bar Norma nfpa 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 Peso Entre 30 lbs / 36 lbs Corte acero redondo Superior o igual a 25 mm RAM DE RESCATE Numero de émbolos Entre 1 y 2 émbolos Longitud retraído Entre 380 mm / 650 mm Longitud elevación 1er embolo Entre 240 mm / 350 mm Longitud elevación 2do embolo Entre 240 mm / 350 mm Carrera de embolo o longitud total de elevación Entre 480 mm / 600 mm Longitud extendido Entre 750 mm / 1510 mm Cumple norma NFPA 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 Fuerza mínima de elevación en el primer embolo Superior o igual a 29.900 lbs Fuerza mínima de elevación en segundo émbolo Superior o igual a 20.000 lbs Presión de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Inferior o igual a 21kg CORTAPEDALES O MINI CUTTER Fuerza xx xxxxx Entre 30000 lbs / 55000 lbs Peso Entre 7 lbs / 11lbs CARRETE CON MANGUERA HIDRAULICA Longitud Superior o igual a 15 mts Peso Inferior o igual a 41 kg Cantidad Uno (1) por salida Acoples Uno (1) por salida CADENAS Material ACERO TEMPLADO Longitud Superior o igual a 1,5 mts Peso Entre 8 kg / 13 kg Observaciones Con ganchos de agarre y acoples / puntas Estos equipos deberán tener una duración mínimo de tres (3) años y serán objeto de Inventario y posterior reversión al terminar el presente Contrato, el Concesionario dispondrá de un juego completo de estas unidades en cada Área de Servicio. El Concesionario deberá contar con el personal capacitado en primeros auxilios avanzados para el adecuado manejo de estos equipos en los casos que se requiera su uso los cuales deberán estar certificados por la Xxxx Xxxx Colombiana o La Defensa Civil. La interventoría verificará la presencia de los equipos, el personal y su idoneidad. El servicio mecánico llevará en remolque los vehículos averiados del lugar del accidente o incidente al puesto de servicio más cercano y el Concesionario se encargará también de la eliminación de los restos del accidente de las vías. El Concesionario deberá disponer de los equipos y elementos necesarios para la Policía de Carreteras (según se define más adelante) que opera a lo largo de todos los Sectores, mediante la firma del convenio de dotación, acompañamiento y soporte, con el fin de garantizar el apoyo de la seguridad en la vía. A continuación se detallan los servicios y actividades de Operación, junto con sus especificaciones que, como mínimo y sin perjuicio de todas aquellas otras necesarias para cumplir con los Indicadores del Sistema de Control, la buena práctica internacional y las Normas colombianas, debe realizar el Concesionario. Se aclara que en caso de activarse la operación ferrea en el sector Variante de Zipaquira (Km 26+430 - Km 33+00 Ruta 45A, Tramo 4) será responsabilidad del concesionario operar los pasos ferreos a nivel que se encuentren en este sector.
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Actividades de Operación. Las actividades de Operación deben comenzar desde la fecha de entrega en concesión de la vía xxx Xxxxxxxx y hasta la fecha de suscripción del Acta de Recibo FinalFinal del Contrato de Concesión, sin importar la Etapa en que se encuentre el proyecto como taltal (Preconstrucción, Construcción u Operación y Mantenimiento). Lo anterior aplica para la calzada existente. Además de del Programa de Operación y Mantenimiento(POM) a presentar Mantenimiento (POM), el Concesionario deberá presentar a la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ANI un Manual de Operación que define el modelo de Operación del sistema vial, y contiene y especifica los protocolos e instrucciones de acción tanto para las operaciones rutinarias (integración del sistema de coordinación operacional, comunicaciones, monitoreo, mediciones, pesajes, recaudación de peajes, y de asistencia a los Usuarios), como para aquellas necesarias ante cualquier eventual emergencia, incidencia, accidente o situación extraordinaria. El Manual de Operación deberá contemplar las condiciones de mejoramiento continuo de los equipos y sistemas. Todos los procedimientos técnicos, operacionales y administrativos referentes a las funciones operacionales de este manual podrán ser elevados a norma jurídica mediante resolución motivada por el Ministerio de Transporte. El Manual de Operación hará parte integral del Programa de Operación y Mantenimiemiento Mantenimiento y deberá ser entregada junto con el (POM), con la periodicidad establecida en el Apéndice A. El objetivo básico de la implantación del Programa de Operación y Mantenimiento y el Manual de Operación es el de mantener niveles adecuados de confort y seguridad. A continuación se enuncian las características básicas de las distintas actividades de Operación que se tratan más profundamente en capítulos posteriores: - Deberán ser operadas y mantenidas, Estaciones Estación de Peaje, Estaciones Estación de PesajePesaje (si aplica), y Centro de Control Operacional de Operaciones (CCO) que forman parte del alcance del Contrato. En este último la información de la red vial se medirá, distribuirá y administrará en tiempo real. El Concesionario deberá diseñar y ejecutar las bases de manera que se cumplan los objetivos marcados por el Sistema de Control. - Las casetas de Estaciones la Estación de Peajes Peaje serán mantenidas y operadas de manera que cumplan con los requerimientos indicados en este Apéndice Técnico y recomendaciones de la Interventoría. - El Concesionario deberá implantar un sistema de recaudo recaudos que incluya los sistemas de clasificación por tipos de categorías de vehículos y con sistema de cobros de tarifas de peajes con parada de vehículos, denominados cobros manuales y semiautomáticos, y sin parada de vehículos, denominados cobros automáticos o telepeaje. - Los sistemas de comunicación proporcionarán recursos para los Usuarios para facilitar la comunicación con el Centro de Control Operativo o los Centros de Servicios en las Estaciones de Peajes, y para servir como medio de integración de los sistemas de control e información que serán implementados, y que deben ser diseñados de forma que puedan servir a la interconexión de equipos y sistemas diversos (incluyendo las Entidades de Control y Administración) con señales de voz, datos e imágenes. Estos sistemas deberán adoptar los últimos avances tecnológicos. - Se deberán mantener en óptimas condiciones de funcionalidad los equipos existentes en la Estación de Peaje; adicionalmente, adicionalmente y con el fin de mejorar las condiciones de operación del peaje, el Concesionario deberá mantener e implantar los siguientes sistemas: sistemas de control de tráfico, monitoreo xx xxxxxxxx, paneles de mensajes variables, fijos y móviles. Las características de los dichos equipos deberán seguir con los patrones que establezca la ANI, o en su lugar, la Interventoría. Las cámaras deberán operar 24 horas/365 días y deberán contar con las especificaciones técnicas suficientes para garantizar el cumplimiento de las actividades propias de control y vigilancia, de acuerdo con los requerimientos de la Policía de Carreteras. - El sistema de monitoreo meteorológico deberá ser el mínimo suficiente para poder mantener informados a los Usuarios (a través de los paneles de información) y la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA (a través del sistema de información en línea) de las condiciones meteorológicas básicas a lo largo en la carretera. Se requerirá información de las condiciones de lluvia, neblina y viento (sin necesidad de tener que medir cantidades o densidades) y temperatura ambiental, clasificadas dentro de un sistema de información a ser propuesto por el Concesionario. Para esto, será suficiente el uso de equipos de sondeo y medición básicos complementados con reportes de personal del Concesionario trabajando en distintos puntos de la vía. Este sistema podrá complementarse con información que haya disponible del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). - La atención médica debe estar basada en los servicios de primeros auxilios y el rescate de heridos con ambulancias y equipos móviles, permitiendo de este modo ejecutar procedimientos médico hospitalarios en sitio y la posterior remisión de los heridos a los centros de salud más próximos que cuenten con los servicios adecuados para reponer los signos vitales del herido y ser capaz de monitorearlos. - El Concesionario dispondrá, bajo su administración, de los siguientes elementos de rescate que deberán ser presentados y utilizados por personal del Concesionario frente a los accidentes que los requieran, cumpliendo con los tiempos de respuesta definidos en los Indicadores de servicio: ELEMENTO ESPECIFICACIONES TECNICAS TÉCNICAS FUENTE DE PODER Motor A gasolina, 4 tiempos, superior o igual a 2.5 HP. No de salidas 2 salidas para operar 2 herramientas simultáneas sin pérdida de presión Presión máxima de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Entre 12 kg / 36 kg Norma nfpa NFPA 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 HERRAMIENTA COMBINADA Distancia de separación Entre 14" / 18" Fuerza máxima de separación Entre 16000 / 75000 lbs lbs. Fuerza máxima xx xxxxx Entre 67000 / 165000 lbs lbs. Fuerza de tracción Superior o igual a 10000 lbs lbs. Presión de operación Superior o igual a 630 bar Norma nfpa NFPA 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 Peso Entre 30 lbs lbs. / 36 lbs lbs. Corte acero redondo Superior o igual a 25 mm RAM DE RESCATE Numero de émbolos Entre 1 y 2 émbolos Longitud retraído Entre 380 mm / 650 mm Longitud elevación 1er embolo Entre 240 mm / 350 mm Longitud elevación 2do embolo Entre 240 mm / 350 mm Carrera de embolo o longitud total de elevación Entre 480 mm / 600 mm Longitud extendido Entre 750 mm / 1510 mm Cumple norma NFPA 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 Fuerza mínima de elevación en el primer embolo Superior o igual a 29.900 lbs lbs. Fuerza mínima de elevación en segundo émbolo Superior o igual a 20.000 lbs lbs. Presión de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Inferior o igual a 21kg CORTAPEDALES O MINI CUTTER Fuerza xx xxxxx Entre 30000 lbs lbs. / 55000 lbs lbs. Peso Entre 7 lbs lbs. / 11lbs CARRETE CON MANGUERA HIDRAULICA HIDRÁULICA Longitud Superior o igual a 15 mts ms Peso Inferior o igual a 41 kg Cantidad Uno (1) por salida Acoples Uno (1) por salida CADENAS Material ACERO TEMPLADO Longitud Superior o igual a 1,5 mts Peso Entre 8 kg / 13 kg Observaciones Con ganchos de agarre y acoples / puntas Estos equipos deberán tener una duración (vida útil) mínimo de tres (3) años y serán objeto de Inventario y posterior reversión inventariados para ser revertidos al terminar el presente Contrato, el Concesionario dispondrá de un juego completo de estas unidades en cada Área de Servicioel CCO. El Concesionario deberá contar con el personal capacitado en primeros auxilios avanzados para el adecuado manejo de estos equipos en los casos que se requiera su uso los cuales deberán estar certificados por la Xxxx Xxxx Colombiana o La Defensa Civiluso. La interventoría verificará la presencia de los equipos, el personal y su idoneidad. El servicio mecánico llevará en remolque los vehículos averiados del lugar del accidente o incidente al puesto de servicio más cercano y el Concesionario se encargará también de la eliminación de los restos del accidente de las vías. El Concesionario deberá disponer de los equipos y elementos necesarios para la Policía de Carreteras (según se define más adelante) que opera a lo largo de todos los SectoresSectores de la Via Concesionada, mediante la firma del convenio de dotación, acompañamiento y soporte, con el fin de garantizar el apoyo de la seguridad en la vía. A continuación se detallan los servicios y actividades de Operación, junto con sus especificaciones que, como mínimo y sin perjuicio de todas aquellas otras necesarias para cumplir con los Indicadores del Sistema de Control, la buena práctica internacional y las Normas colombianas, debe realizar el Concesionario.
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Actividades de Operación. Las actividades de Operación deben comenzar desde la fecha de entrega en concesión de la vía xxx Xxxxxxxx y hasta la fecha de suscripción del Acta de Recibo FinalFinal del Contrato de Concesión, sin importar la Etapa en que se encuentre el proyecto como taltal (Preconstrucción, Construcción u Operación y Mantenimiento). Lo anterior aplica tanto para la calzada existente como para los trayectos de xxxxxxx xxxxxxx que hayan sido puestos al servicio por parte de la UTDVVCC. Además de del Programa de Operación y Mantenimiento(POM) a presentar Mantenimiento (POM), el Concesionario deberá presentar a la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ANI un Manual de Operación que define el modelo de Operación del sistema vial, y contiene y especifica los protocolos e instrucciones de acción tanto para las operaciones rutinarias (integración del sistema de coordinación operacional, comunicaciones, monitoreo, mediciones, pesajes, recaudación de peajes, y de asistencia a los Usuarios), como para aquellas necesarias ante cualquier eventual emergencia, incidencia, accidente o situación extraordinaria. El Manual de Operación deberá contemplar las condiciones de mejoramiento continuo de los equipos y sistemas. Todos los procedimientos técnicos, operacionales y administrativos referentes a las funciones operacionales de este manual podrán ser elevados a norma jurídica mediante resolución motivada por el Ministerio de Transporte. El Manual de Operación hará parte integral del Programa de Operación y Mantenimiemiento y deberá ser entregada junto con el (POM), con la periodicidad establecida en el Apéndice A. El objetivo básico de la implantación del Programa de Operación y Mantenimiento y el Manual de Operación es el de mantener niveles adecuados de confort y seguridad. A continuación se enuncian las características básicas de las distintas actividades de Operación que se tratan más profundamente en capítulos posteriores: - Deberán ser operadas y mantenidas, Estaciones Estación de Peaje, Estaciones Estación de PesajePesaje (si aplica), y Centro de Control Operacional de Operaciones (CCO) que forman parte del alcance del Contrato. En este último la información de la red vial se medirá, distribuirá y administrará en tiempo real. El Concesionario deberá diseñar y ejecutar las bases de manera que se cumplan los objetivos marcados por el Sistema de Control. - Las casetas de Estaciones la Estación de Peajes Peaje serán mantenidas y operadas de manera que cumplan con los requerimientos indicados en este Apéndice Técnico y recomendaciones de la Interventoría. - El Concesionario deberá implantar un sistema de recaudo recaudos que incluya los sistemas de clasificación por tipos de categorías de vehículos y con sistema de cobros de tarifas de peajes con parada de vehículos, denominados cobros manuales y semiautomáticos, y sin parada de vehículos, denominados cobros automáticos o telepeaje. - Los sistemas de comunicación proporcionarán recursos para los Usuarios para facilitar la comunicación con el Centro de Control Operativo o los Centros de Servicios en las Estaciones de Peajes, y para servir como medio de integración de los sistemas de control e información que serán implementados, y que deben ser diseñados de forma que puedan servir a la interconexión de equipos y sistemas diversos (incluyendo las Entidades de Control y Administración) con señales de voz, datos e imágenes. Estos sistemas deberán adoptar los últimos avances tecnológicos. - Se deberán mantener en óptimas condiciones de funcionalidad los equipos existentes en la Estación de Peaje; adicionalmente, adicionalmente y con el fin de mejorar las condiciones de operación del peaje, el Concesionario deberá mantener e implantar los siguientes sistemas: sistemas de control de tráfico, monitoreo xx xxxxxxxx, paneles de mensajes variables, fijos y móviles. Las características de los dichos equipos deberán seguir con los patrones que establezca la ANI, o en su lugar, la Interventoría. Las cámaras deberán operar 24 horas/365 días y deberán contar con las especificaciones técnicas suficientes para garantizar el cumplimiento de las actividades propias de control y vigilancia, de acuerdo con los requerimientos de la Policía de Carreteras. - El sistema de monitoreo meteorológico deberá ser el mínimo suficiente para poder mantener informados a los Usuarios (a través de los paneles de información) y la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA (a través del sistema de información en línea) de las condiciones meteorológicas básicas a lo largo en la carretera. Se requerirá información de las condiciones de lluvia, neblina y viento (sin necesidad de tener que medir cantidades o densidades) y temperatura ambiental, clasificadas dentro de un sistema de información a ser propuesto por el Concesionario. Para esto, será suficiente el uso de equipos de sondeo y medición básicos complementados con reportes de personal del Concesionario trabajando en distintos puntos de la vía. Este sistema podrá complementarse con información que haya disponible del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). - La atención médica debe estar basada en los servicios de primeros auxilios y el rescate de heridos con ambulancias y equipos móviles, permitiendo de este modo ejecutar procedimientos médico hospitalarios en sitio y la posterior remisión de los heridos a los centros de salud más próximos que cuenten con los servicios adecuados para reponer los signos vitales del herido y ser capaz de monitorearlos. - El Concesionario dispondrá, bajo su administración, de los siguientes elementos de rescate que deberán ser presentados y utilizados por personal del Concesionario frente a los accidentes que los requieran, cumpliendo con los tiempos de respuesta definidos en los Indicadores de servicio: ELEMENTO ESPECIFICACIONES TECNICAS TÉCNICAS FUENTE DE PODER Motor A gasolina, 4 tiempos, superior o igual a 2.5 HP. No de salidas 2 salidas para operar 2 herramientas simultáneas sin pérdida de presión Presión máxima de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Entre 12 kg / 36 kg Norma nfpa NFPA 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 HERRAMIENTA COMBINADA Distancia de separación Entre 14" / 18" Fuerza máxima de separación Entre 16000 / 75000 lbs lbs. Fuerza máxima xx xxxxx Entre 67000 / 165000 lbs lbs. Fuerza de tracción Superior o igual a 10000 lbs lbs. Presión de operación Superior o igual a 630 bar Norma nfpa NFPA 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 Peso Entre 30 lbs lbs. / 36 lbs lbs. Corte acero redondo Superior o igual a 25 mm RAM DE RESCATE Numero de émbolos Entre 1 y 2 émbolos Longitud retraído Entre 380 mm / 650 mm Longitud elevación 1er embolo Entre 240 mm / 350 mm Longitud elevación 2do embolo Entre 240 mm / 350 mm Carrera de embolo o longitud total de elevación Entre 480 mm / 600 mm Longitud extendido Entre 750 mm / 1510 mm Cumple norma NFPA 1936 y/o en 13204 Que SI cumpla Norma NFPA 1936 y/o EN 13204 Fuerza mínima de elevación en el primer embolo Superior o igual a 29.900 lbs lbs. Fuerza mínima de elevación en segundo émbolo Superior o igual a 20.000 lbs lbs. Presión de trabajo Superior o igual a 630 bar Peso Inferior o igual a 21kg CORTAPEDALES O MINI CUTTER Fuerza xx xxxxx Entre 30000 lbs lbs. / 55000 lbs lbs. Peso Entre 7 lbs lbs. / 11lbs CARRETE CON MANGUERA HIDRAULICA HIDRÁULICA Longitud Superior o igual a 15 mts ms Peso Inferior o igual a 41 kg Cantidad Uno (1) por salida Acoples Uno (1) por salida CADENAS Material ACERO TEMPLADO Longitud Superior o igual a 1,5 mts Peso Entre 8 kg / 13 kg Observaciones Con ganchos de agarre y acoples / puntas Estos equipos deberán tener una duración (vida útil) mínimo de tres (3) años y serán objeto de Inventario y posterior reversión inventariados para ser revertidos al terminar el presente Contrato, el Concesionario dispondrá de un juego completo de estas unidades en cada Área de Servicioel CCO. El Concesionario deberá contar con el personal capacitado en primeros auxilios avanzados para el adecuado manejo de estos equipos en los casos que se requiera su uso los cuales deberán estar certificados por la Xxxx Xxxx Colombiana o La Defensa Civiluso. La interventoría verificará la presencia de los equipos, el personal y su idoneidad. El servicio mecánico llevará en remolque los vehículos averiados del lugar del accidente o incidente al puesto de servicio más cercano y el Concesionario se encargará también de la eliminación de los restos del accidente de las vías. El Concesionario deberá disponer de los equipos y elementos necesarios para la Policía de Carreteras (según se define más adelante) que opera a lo largo de todos los SectoresSectores xxx Xxxxxxxx Concesionado, mediante la firma del convenio de dotación, acompañamiento y soporte, con el fin de garantizar el apoyo de la seguridad en la vía. A continuación se detallan los servicios y actividades de Operación, junto con sus especificaciones que, como mínimo y sin perjuicio de todas aquellas otras necesarias para cumplir con los Indicadores del Sistema de Control, la buena práctica internacional y las Normas colombianas, debe realizar el Concesionario.
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