ACUERDO DE BENEFICIOS ADICIONALES Cláusulas de Ejemplo

ACUERDO DE BENEFICIOS ADICIONALES. A partir del 1 de enero de 2006, los empleadores que realicen trabajos cubiertos por este Acuerdo deberán pagar un bono de veinticinco mil dólares con el agente administrativo de Fondos Fiduciarios de los Xxxxxxxx del Noroeste para garantizar el pago de las contribuciones atrasadas, los daños liquidados, costos de la demanda, y honorarios de abogados a todos Fondos Fiduciarios de los Xxxxxxxx del Noroeste a los cuales los empleadores deben contribuir según los términos de este acuerdo. En caso de que un Empleador falle en cualquier momento para asegurar, mantener, renovar o mantener su plena vigencia y efectuar un acuerdo de beneficio adicional de conformidad con esta Sección, se deberá proporcionar una notificación por escrito que indique que el Contratante está infringiendo este Acuerdo y exigiendo que el Empleador obtenga y presente pruebas satisfactorias que documenten la existencia de un acuerdo adecuada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas. La notificación por escrito puede ser proporcionada por los Fondos Fiduciarios. Si un Empleador no soluciona la violación dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la recepción de la notificación, dicho Empleador se considerará en incumplimiento de esta Sección. El Sindicato se negará a referir hombres y retirará hombres de cualquier Empleador que no haya cumplido con las disposiciones de esta Sección después de recibir un aviso de cuarenta y ocho (48) horas de una infracción, y tal rechazo y/o retiro no constituirá una violación de este Acuerdo por parte del Sindicato. La Junta de Fideicomisarios de los Fondos de Fideicomiso puede exigir que cualquier Empleador que sea moroso en el pago de contribuciones a los Fondos de Fideicomiso deba presentar una fianza adicional.

Related to ACUERDO DE BENEFICIOS ADICIONALES

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.