ACUERDOS EN VIRTUD DE LOS CUALES SE EMITEN LOS WARRANTS Y VIGENCIA DE LOS MISMOS Cláusulas de Ejemplo

ACUERDOS EN VIRTUD DE LOS CUALES SE EMITEN LOS WARRANTS Y VIGENCIA DE LOS MISMOS. Las resoluciones y acuerdos por los que se autoriza la emisión de los warrants siguen vigentes a esta fecha y son los que se enuncian a continuación: • Acuerdo del Consejo de Administración de 21 xx xxxxx de 2019, por el cual se aprueba la elaboración de un Folleto de Base de Emisión de Warrants, por importe máximo de ciento cincuenta millones de euros, al objeto de llevar a cabo emisiones de cualquier tipo de warrants al amparo del mismo y donde se establecen las líneas generales y principales características. En virtud del citado acuerdo se faculta a determinados apoderados para que, de forma solidaria cualquiera de ellos, pueda fijar los términos y condiciones de las emisiones a realizar al amparo de dicho Folleto de Base y realice cuantas actuaciones y otorgue en nombre y representación de CaixaBank los documentos de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para dicho fin.
ACUERDOS EN VIRTUD DE LOS CUALES SE EMITEN LOS WARRANTS Y VIGENCIA DE LOS MISMOS. Las resoluciones y acuerdos por los que se autoriza la emisión de los warrants siguen vigentes a esta fecha y son los que se enuncian a continuación: • Acuerdo de la Junta General de Accionistas de fecha 25 xx xxxxx de 2013, en virtud del cual delegó en el Consejo de Administración la facultad de emitir cualquier tipo de valores , xx xxxxx fija o variable, en cualquiera de las formas admitidas en Derecho, incluyendo entre otras, pagarés, cédulas, warrants (excepto los que den derecho a la adquisición o suscripción de acciones de la Sociedad), participaciones preferentes, bonos u obligaciones de cualquier tipo, incluso subordinadas, simples o con garantía de cualquier clase, o canjeables por acciones de la Sociedad o de otras sociedades cotizadas, participadas o no por la Sociedad, hasta un importe máximo total de sesenta mil millones de euros o su contravalor en divisas. • Acuerdo del Consejo de Administración de 19 de noviembre de 2015, por el cual se aprueba la elaboración de un Folleto de Base de Emisión de Warrants, por importe máximo de ciento veinte millones de euros, al objeto de llevar a cabo emisiones de cualquier tipo de warrants al amparo del mismo y donde se establecen las líneas generales y principales características. En virtud del citado acuerdo se faculta a determinados apoderados para que, de forma solidaria cualquiera de ellos, pueda fijar los términos y condiciones de las emisiones a realizar al amparo de dicho Folleto de Base y realice cuantas actuaciones y otorgue en nombre y representación de CaixaBank los documentos de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para dicho fin.
ACUERDOS EN VIRTUD DE LOS CUALES SE EMITEN LOS WARRANTS Y VIGENCIA DE LOS MISMOS. Acuerdo del Consejo de Administración de 17 de noviembre de 2016, por el cual se aprueba la elaboración de un Folleto de Base de Emisión de Warrants, por importe máximo de ciento cincuenta millones de euros, al objeto de llevar a cabo emisiones de cualquier tipo de warrants al amparo del mismo y donde se establecen las líneas generales y principales características. En virtud del citado acuerdo se faculta a determinados apoderados para que, de forma solidaria cualquiera de ellos, pueda fijar los términos y condiciones de las emisiones a realizar al amparo de dicho Folleto de Base y realice cuantas actuaciones y otorgue en nombre y representación de CaixaBank los documentos de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para dicho fin.

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  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.