ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS Cláusulas de Ejemplo

ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS. El (Los) CLIENTE (S) FINANCIER (S) podrá (n) administrar los fondos de la Cuenta de Caja de Ahorro a través de la Libreta de Caja de Ahorro, la Tarjeta de Débito o mediante Banca Electrónica. Al momento de la apertura de la cuenta de Caja de Ahorro y con el primer depósito, el BANCO extenderá la libreta de ahorros a nombre del (de los) CLIENTE (S) FINANCIERO (S), que contendrá el Reglamento de Cuentas de Caja de Ahorro del BANCO.
ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS. El (los) CLIENTE (S) FINANCIERO (S) podrá (n) administrar los fondos de la cuenta de caja de ahorro a través de la libreta de caja de ahorro, la tarjeta de débito o mediante banca electrónica. (Incluir estas últimas dos opciones cuando corresponda). Al momento de la apertura de la cuenta xx xxxxx de ahorro y con el primer depósito, la EIF extenderá la libreta de ahorros a nombre del (de los) CLIENTE (S) FINANCIERO (S), que contendrá el Reglamento de Cuentas de Ahorro de la EIF.
ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS. El (los) CLIENTE (S) FINANCIERO (S)
ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS. Las principales operaciones xxx xxxxxx del Banco comprenden el trabajo conjunto del área financiera con el departamento comercial para manejar los requisitos de financiamiento del Banco. El Banco opera en tres modalidades: moneda nacional, pesos ajustables por tasa Badlar y Dólares. El Banco otorga créditos, préstamos y capta fondos en las tres modalidades antes mencionadas según las exigencias de los clientes. La tesorería del Banco opera en los diferentes mercados con instrumentos a fin de administrar las posiciones y cubrir los riesgos de descalce de monedas y plazos que pudieran surgir como parte integral de sus operaciones de financiamiento, préstamos y captaciones de fondeo.
ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS. La IB presta expresa conformidad para que los fondos destinados a financiar el Proyecto sean administrados por la UVT. En este sentido, la
ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS. Cada Colaborador (a) es responsable de garantizar que todos los gastos en los que incurra en el Proyecto se realicen de manera válida y de acuerdo con los Términos principales y (b) divulgará la información necesaria para permitir que el Administrador cumpla con los requerimientos consignados en los Términos principales. De conformidad con el Anexo 3, todo gasto generado por un Colaborador que exceda el monto otorgado, será responsabilidad del Colaborador en cuestión. El Administrador no estará en la obligación de hacer reembolsos a favor del Colaborador con respecto a dichos gastos. En caso de que se pueda anticipar que los gastos de un Colaborador exceden el monto otorgado, dicho Colaborador deberá informarle al Administrado del Proyecto (de conformidad con lo estipulado en la cláusula 6.3) antes de llevar a cabo dicho gasto, con el fin de hacer una revisión del motivo y de la posibilidad de negociar una asignación superior a la contemplada por el premio.
ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS. WOKE pagará a la UBA el cincuenta por ciento (50%) de las regalías establecidas en la cláusula 9. WOKE pagará las regalías a la UBA mediante cheques bancarios y/o transferencias a su cuenta las que serán informadas en cada oportunidad a la siguiente cuenta bancaria, salvo que se indique una cuenta distinta: Cuenta Cte.: 000-30964/0 Denominación: UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

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  • ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS EL CENACE" designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX , en su carácter de SUBGERENTE de Tecnologías de Información y Comunicaciones de la Subgerencia de Administración de la Gerencia de Control Regional Central, con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la prestación de los servicios o de su personal. Asimismo, "EL CENACE" sólo aceptará la prestación de los servicios materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. Los servicios serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; que consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, la prestación de los servicios, no se tendrán por aceptados por parte de "EL CENACE". Contrato: 2021 -A-A-NAC-A-C-18-TQM-00002650 "EL CENACE", a través del administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los servicios si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose "EL PROVEEDOR" en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para "EL CENACE".

  • ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXX

  • ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

  • Administración El FOFAES, en su momento determinará para cada persona que integrará la plantilla de personal del licitante ganador las actividades y/o el programa de trabajo que deberán ser realizados, así como los salarios netos mensuales de dichas personas desglosados en el anexo “A.1”. Las actividades de supervisión, coordinación de las actividades que llevará a cabo el personal del licitante ganador, será realizada por el FOFAES, con independencia de la relación laboral que exista entre el licitante ganador y sus empleados. Las actividades a desempeñar por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador solicitado por el FOFAES, deberán ser las adecuadas para obtener los mejores resultados en el desempeño de las funciones encomendadas que le serán determinadas por el FOFAES. Los resultados de las actividades realizadas por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador, será única y exclusivamente propiedad del FOFAES y tendrán carácter confidencial, por lo que ni el licitante ganador, ni algún tercero deberán tener conocimiento o acceso a ella. El licitante ganador se abstendrá de solicitar a las personas que realizarán actividades en el FOFAES, le proporcionen información relativa a los servicios; o en su caso, acceso a ésta, o bien, la realización de actividades ajenas a las requeridas por el FOFAES. Dicha información será exclusivamente del conocimiento de las personas que integren la plantilla de personal del licitante ganador y de las facultadas por el FOFAES. El FOFAES establecerá una relación directa con las personas que integren la plantilla de personal que solicite al licitante ganador al amparo del contrato que en su caso se formalice, exclusivamente respecto a los aspectos técnicos del desarrollo de la prestación de los servicios, sin que esa circunstancia implique una relación jurídica entre el FOFAES, SAGARPA, la Convocante y el personal, ni que el propio XXXXXX, SAGARPA y/o Convocante asuma el carácter de patrón sustituto.

  • DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO 10.1 LA CONTRATANTE designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato. 10.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.

  • SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Concurso Público N° 007-2019-SBS 60

  • PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS Prerrogativas de la Administración.

  • PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.

  • Programa de Prestación del Servicio Programa que las personas prestadoras del servicio de aseo y/o sus actividades complementarias deben formular e implementar, en el cual definirán los objetivos, metas, estrategias, campañas educativas, actividades y cronogramas, costos y fuentes de financiación. Este programa igualmente deberá definir todos los aspectos operativos de las diferentes actividades del servicio que atienda el operador, en concordancia con lo definido en el PGIRS, la regulación vigente y lo establecido en el Decreto 1077 de 2015.

  • Prerrogativas de la Administración El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas: a) Interpretación del contrato.