Adquisición de bienes y servicios. Los órganos y áreas, previo a sus requerimientos en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, así como la administración y desincorporación de bienes muebles e inmuebles, deberán realizar una revisión de sus necesidades en la búsqueda de ahorros, sin que ello implique el incumplimiento del Plan Cuatrienal Estratégico Administrativo, y a sus Programas Anuales de Trabajo, Programas Anuales de Necesidades y demás programas e instrumentos normativos correspondientes. Se evitará la adquisición de bienes o servicios que no se encuentren previstos en los programas autorizados, salvo los que se justifiquen de manera excepcional, en cuyo caso deberán contar con la autorización correspondiente. Los requerimientos de los órganos y áreas deberán ajustarse a los calendarios autorizados previamente en los programas correspondientes, con particular énfasis en aquellos requerimientos para cuya obtención sean necesarios procedimientos de licitación pública, a efecto de que los mismos puedan realizarse con la antelación suficiente que permita, en caso necesario, la reposición de dichos procesos. Con el propósito de obtener las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, se promoverá la contratación y adquisición consolidada de bienes y servicios que se requieran, de conformidad con sus características. En los casos en que no se puedan hacer adquisiciones de bienes o contratación de servicios consolidados, se buscarán las mejores condiciones de calidad, oportunidad y precio.
Appears in 4 contracts
Samples: www.sitios.scjn.gob.mx, www.scjn.gob.mx, www.scjn.gob.mx