AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. 5.1 El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días hábiles, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas:
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. 5.1 La entidad convocante podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas:
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. En caso de establecerse nuevos plazos para la presentación de propuestas, éstos serán notificados al XXXXX, a través de la Oficina Técnica de Cooperación de la AECID en Bolivia.
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días hábiles, por única vez mediante Resolución expresa por las siguientes causas debidamente justificadas: Enmiendas al DBC; Causas de fuerza mayor; Caso fortuito. La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas. Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante. Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación de plazo de presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC. De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento. La Garantía de Seriedad de Propuesta será ejecutada cuando: El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas. Se compruebe falsedad en la información declarada en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). Para la suscripción del contrato la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). El proponente adjudicado no presente para la suscripción del contrato, uno o más de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad. El proponente adjudicado desista de manera expresa o tácita de suscribir el contrato en el plazo establecido, salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. 5 6. GARANTÍAS 5 7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 6
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días hábiles, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas: Enmiendas al DBC; Causas de fuerza mayor; Caso fortuito. La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas. Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante. Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación del plazo de presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC.
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. 5.1 El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días hábiles, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas: Enmiendas al DBC; Causas de fuerza mayor; Caso fortuito. La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas. Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante. Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación del plazo de presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC. De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento. De acuerdo con las garantías según el objeto, en el caso de servicios generales discontinuos, no se requerirá la presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. 5.1 GTB podrá ampliar el plazo de presentación de Propuestas por cualquier motivo que estime conveniente y sin necesidad de justificación alguna debiendo comunicar dicha ampliación ya sea mediante correo, facsímile o correo electrónico a los potenciales proponentes.
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. 5.1 YPFB TR podrá ampliar el plazo de presentación de Propuestas por cualquier motivo que estime conveniente y sin necesidad de justificación, mediante Enmienda expresa, la misma que será publicada en la página Web de YPFB TR.