Garantías según el objeto Cláusulas de Ejemplo

Garantías según el objeto. ENDE definirá la presentación de garantías según el objeto de contratación establecido en el presente Documento de Requerimiento de Propuestas.
Garantías según el objeto. Las garantías para este proceso de contratación son:
Garantías según el objeto. Las garantías para este proceso de contratación son: Garantía de Seriedad de Propuesta: La AEVIVIENDA, solicitará la presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta, para Programas y/o Proyectos cuyo precio referencial sea mayor a Bs.- 1.000.000.- (UN MILLÓN 00/100 BOLIVIANOS). La Garantía de seriedad de propuesta, tiene por objeto garantizar que los proponentes participan de buena fe y con la intención de culminar el proceso de la contratación directa. Será por un monto equivalente al uno por ciento (1%) del precio referencial de la contratación. La vigencia de esta garantía deberá tener noventa (90) días calendario, a partir de la fecha de la apertura de propuesta establecida en el DCD. La Garantía de Seriedad de Propuesta será devuelta conforme a lo establecido en el DCD.
Garantías según el objeto. ENDE definirá la presentación de garantías según el objeto de contratación establecido en el presente Documento de Requerimiento de Propuestas Tiene por objeto garantizar la conclusión y entrega del objeto del contrato. Será equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia y deberá ser presentada para la suscripción del contrato. El proponente adjudicado deberá presentar una Garantía a Primer Requerimiento, emitida por una entidad de intermediación financiera bancaria o no bancaria regulada y autorizada por la instancia competente, equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato u orden de compra, emitida a nombre de la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD - ENDE, con vigencia a partir de la emisión de la garantía hasta 30 días calendario posteriores a la fecha de finalización de contrato.
Garantías según el objeto. ENDE definirá la presentación de garantías según el objeto de contratación establecido en el presente Documento de Requerimiento de Propuestas. Tiene por objeto garantizar la conclusión y entrega del objeto del contrato. Será equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas o los Términos de Referencia y deberá ser presentada para la suscripción del contrato. El proponente adjudicado deberá presentar una Garantía a Primer Requerimiento, emitida por una entidad de intermediación financiera bancaria, regulada y autorizada por la instancia competente, equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato, emitida a nombre de la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD - ENDE, con vigencia a partir de la emisión de la garantía hasta 60 días calendario posteriores a la fecha de finalización de contrato. Tiene por objeto garantizar la devolución del monto entregado al proponente por concepto de anticipo inicial. Sera por un monto equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado, debiendo ser renovada mientras no se deduzca el monto total del anticipo. Conforme el proveedor reponga el monto del anticipo otorgado, se podrá reajustar la garantía en la misma proporción. El proveedor podrá solicitar anticipo hasta un 20% del total de contrato, contra presentación de Garantía a Primer Requerimiento, emitida por una entidad de intermediación financiera bancaria regulada y autorizada por la instancia competente.
Garantías según el objeto. ENDE definirá la presentación de garantías según el objeto de contratación establecido en el presente Documento de Requerimiento de Propuestas. Tiene por objeto garantizar la conclusión y entrega del objeto del contrato. Será equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas o los Términos de Referencia y deberá ser presentada para la suscripción del contrato. El proponente adjudicado deberá presentar una Garantía a Primer Requerimiento, emitida por una entidad de intermediación financiera bancaria regulada y autorizada por la instancia competente, equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato u orden de compra, emitida a nombre de la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD No se requiere garantía a contratos, orden de compra u orden de servicio menores o iguales a Bs. 50.000 (Cincuenta mil 00/100 Bolivianos).
Garantías según el objeto. I.- Las garantías según el objeto son:
Garantías según el objeto. La empresa previa evaluación de las condiciones de la adquisición de bienes, construcción de obras y contratación de servicios, podrá definir la presentación o no de garantías según el objeto para cada proceso, independientemente del monto contratado, de acuerdo al siguiente detalle: Tiene por objeto garantizar que los proponentes participan de buena fe y con la intención de culminar el proceso, aplicable a la Categoría III, y opcionalmente para la Categoría II y la Categoría Especial. El porcentaje será definido por el Área Solicitante en el Pliego de Condiciones y estará entre el cero coma cinco por ciento (0,5%) y el cinco por ciento (5%) de la propuesta económica del proponente y en los casos que convenga a los fines de la empresa, se podrá establecer alternativamente al porcentaje, un monto fijo. Para garantizar la seriedad de propuesta para procesos de contratación de la Categoría III, en los que se haya optado por solicitar esta garantía, se aceptará la presentación de la Boleta de Garantía Contragarantizada para empresas del exterior u otra requerida en el Pliego de Condiciones, REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES, CONSTRUCCIÓN DE OBRAS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Versión Nº 2 Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia que sea emitida en Bolivia por una entidad financiera regulada por la ASFI. La vigencia de esta garantía deberá, mínimamente, exceder en treinta (30) días calendario, al plazo de validez de la propuesta establecida en el Pliego de Condiciones. La garantía de seriedad de propuesta, será devuelta al proponente adjudicado contra entrega de la garantía de cumplimiento de contrato, y a los proponentes no adjudicados con anterioridad a su vencimiento. Las empresas filiales y subsidiarias de ENDE Corporación, están exentas de la presentación de esta Garantía. Deberá ser presentada para la suscripción del contrato en el plazo establecido para el efecto y tiene por objeto garantizar la conclusión y entrega del objeto del contrato. La Garantía de Cumplimiento de Contrato será del siete por ciento (7%) del monto del contrato. En casos de adquisición de bienes, construcción de obras y contratación de servicios de complejidad y magnitud, este porcentaje podrá ser mayor. Es obligación del proveedor o contratista mantener siempre actualizadas las garantías hasta la recepción total de bienes o definitiva de obras o servicios. Para garantizar el cumplimiento del contrato para procesos de contratación de la Categoría III en los que se haya opt...
Garantías según el objeto. Las garantías a ser requeridas por la AISEM podrán ser las siguientes: Garantía de Cumplimento de Contrato: Tiene por objeto garantizar la conclusión y entrega del objeto del contrato de acuerdo con lo establecido en el Documento Base de Contratación Directa (DBCD) y deberá presentarse para la suscripción del contrato. La garantía de cumplimiento de contrato deberá ser girada por el siete por ciento (7%) del monto total del contrato. La vigencia de la garantía será computable a partir de la firma del contrato hasta la conclusión y entrega del objeto del Contrato.
Garantías según el objeto. Las garantías para este proceso de contratación son: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Tiene por objeto garantizar la conclusión y entrega del objeto del contrato; será equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del contrato. Para la Contratación de Obras prestados por Empresas Públicas, Empresas Públicas Nacionales Estratégicas, Empresas con Participación Estatal Mayoritaria, en reemplazo de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, la entidad contratante deberá efectuar una retención del siete por ciento (7%) de cada pago. La vigencia de la garantía será computable a partir de la firma del contrato hasta la recepción del servicio de consultoría. Esta garantía o la retención, será devuelta al contratista una vez que se cuente con la conformidad de la recepción definitiva.