Antecedentes Específicos similares al Servicio que se licita Cláusulas de Ejemplo

Antecedentes Específicos similares al Servicio que se licita. Deberán presentarse antecedentes que permitan acreditar su experiencia en Servicios de Consultoría de Naturaleza, Complejidad y Volumen similar a los que se licita, en los términos de la presente Licitación, en los últimos DIEZ (10) años. Los Términos de Referencia explicitarán las características generales, atributos y envergadura para poder encuadrarse en los requisitos de similitud exigidos En todos los casos, a los efectos de poder considerarse como antecedente válido para la calificación, los Servicios deberán encontrarse ejecutadas mínimamente en un SETENTA POR CIENTO (70%) respecto del avance total previsto. De la documentación y constancias fehacientes aportadas por el Oferente resultará en forma indubitable: - La identificación del Servicio, el lugar de emplazamiento y Contratante. - La fecha de inicio de los trabajos. - La fecha de terminación de los trabajos. - La participación que correspondiera al Oferente en la ejecución - Las características técnicas salientes del Servicio, que permitan encuadrar su Naturaleza y Complejidad en los términos de lo exigido por la presente Licitación. - El monto en que fuera contratado inicialmente el servicio y sus sucesivas modificaciones o re determinaciones de precio. - La satisfacción del Contratante con el desempeño del Consultor. Los conceptos señalados deberán acreditarse en forma exhaustiva incluyendo constancias de los Contratantes que avalen los datos indicados. Cuando los TR lo admitan explícitamente, la experiencia en una determinada complejidad técnica podrá ser acreditada por otro Sub consultor Nominado, con exclusividad por el principal, el cual no podrá ser sustituido sin la previa autorización expresa de CGPQ. En este caso, el Oferente acompañará un documento del Sub consultor que acredite el compromiso y los antecedentes que permitan demostrar la experiencia en la materia técnica específica. CGPQ se reserva el derecho de solicitar información adicional del Sub consultor durante el proceso de evaluación de ofertas. Los Servicios de Consultoría presentados como antecedentes, serán considerados de similar volumen de acuerdo a los parámetros de evaluación que se indique en los TR.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.