APTITUD PARA CONTRATAR. Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en contratos análogos. Estas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y estar inscritas en el Registro Mercantil. Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
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Samples: Contrato De Arrendamiento, Adjudicación De Derecho De Uso, Derecho De Superficie
APTITUD PARA CONTRATAR. Podrán presentar ofertas concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en contratos análogos. Estas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y estar inscritas en el Registro Mercantil. Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
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Samples: Lease Agreement, Contrato De Arrendamiento
APTITUD PARA CONTRATAR. Podrán presentar ofertas concurrir por sí o por medio de representantes las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan teniendo plena capacidad de obrar, obrar (art 65 LCSP) no estén se hallen incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes prohibiciones para contratar a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará refieren los arts. 71 a 73 LCSP. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la documentación escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se presenteregula su actividad, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a debidamente inscritos, en su vez la participación de empresas españolas en contratos análogos. Estas empresas deberán tener abierta sucursal en Españacaso, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y estar inscritas en el Registro Mercantilpúblico que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Tendrán La capacidad para contratar, en todo caso, las empresas de obrar de los empresarios no españolas españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea que, o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con arreglo a la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de los términos que se trateestablezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar que cumplen este requisito.su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente
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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Particulares Para Contratación De Suministros
APTITUD PARA CONTRATAR. Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad cap acidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe inform e de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en contratos análogos. Estas empresas empre sas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y estar inscritas en el Registro Mercantil. Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización aut orización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
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Samples: Contrato De Arrendamiento