Asistencia en la vivienda Cláusulas de Ejemplo

Asistencia en la vivienda. El aseguradorpone a disposición del aseguradouna red de asistencia permanente (24 horas/365 días) para solicitar los servicios de profesionales cualificados para en las siguientes especialidades: Fontanería Electricidad Cristalería Albañilería Pintura Persianas Carpintería metálica Tapicería Barnizado Carpintería Cerrajería Antenas y porteros automáticos Escayolas Enmoquetado Parquet Limpieza xx xxxxxxxxx Electrodomésticos Personal de seguridad Plataforma telefónica a través de la cual el aseguradopuede solicitar la prestación de los servicios ofrecidos. La organización y el mantenimiento de una red de asistencia capaz de prestar los servicios requeridos. El envío a la vivienda asegurada del profesional solicitado sin coste para el asegurado. En función de la existencia o no de cobertura del siniestropor la póliza: En el caso de que se trate de un hecho cubierto por la póliza y si el aseguradolo solicita, el asegurador podrá realizar el pago por cuenta del aseguradoa cuenta de la indemnización que le corresponde. En el caso de hechos no cubiertos, las facturas de reparación o intervención de profesionales serán a cargo daeslegurado. Adicionalmente a lo anterior y para los siguientes servicios especiales de urgenci,ase incluye el coste de desplazamiento y de la mano de obra con los límites indicados a continuación: En caso de que el aseguradono pueda acceder al interior de la vivienda asegurada o no pueda salir de la misma a consecuencia de un hecho accidental no garantizado por las coberturasde la póliza, se ofrecerá el servicio de apertura a la vivienda. Cuando se produzca falta de energía eléctrica en la vivienda a consecuencia de avería en las instalaciones particulares delasegurado, se ofrecerá el servicio para restablecer el fluido eléctrico, siempre que el estado de las instalaciones lo permita. Cuando la vivienda asegurada resulte fácilmente accesible desde el Por siniestrocubierto: Hasta la exterior, se indemnizará al aseguradopor los gastos ocasionados por el envío de personal de seguridad cualificado. subsanación del problema. Por siniestrono cubierto: Hasta A tener en cuenta: • El beneficiario de los servicios es el propietario de lobsienes asegurados, y su ámbito de aplicación es lavivienda asegurada.
Asistencia en la vivienda 

Related to Asistencia en la vivienda

  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de accidente, sobrevenidas con posterioridad al inicio del viaje que impidan su normal prosecución, INTERASISTENCIA tan pronto sea avisada, coordinará los recursos necesarios para tomar las medidas conducentes a brindar los servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los servicios. Estos servicios asistenciales comprenden: II.1.a. Atención Médica: Puede ser brindada por Médicos Clínicos y/o especialistas, según el criterio del Departamento Médico de INTERASISTENCIA o sus representantes, en función de cada necesidad. La atención se brindará de acuerdo a las circunstancias y posibilidades de cada lugar, hasta el límite máximo establecido.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • ASISTENCIA Servicio permanente de 24 horas para la asistencia a las personas que el ASEGURADOR pone a disposición del ASEGURADO.

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k LCSP y 67.2.d RG)

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • Existencia de crédito Se dispone del crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. En caso de tramitación anticipada del gasto, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato. La consignación presupuestaria de las obligaciones económicas que derivan del presente contrato figura en la letra B del Cuadro de características del contrato.

  • Obligaciones laborales, sociales y de transparencia El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.