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ASISTENCIA PLUS Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA PLUS. Se cubren - El coste de desplazamiento del profesional que haya acudido y de las tres primeras horas de su mano de obra así como, en el caso de ser necesario para la reparación, los costes de traslado al taller del bien averiado y los de su posterior devolución en el domicilio. - Seguros Lagun Aro garantiza durante seis meses los servicios realizados al amparo de las presentes condiciones, salvo en los casos de electrodomésticos, aparatos de visión y sonido y equipos de aire acondicionado, que será de tres meses. - El Asegurado se hará cargo del coste de los materiales empleados y si se diera el caso, el exceso de tiempo de mano de obra que origine la reparación. - En todo caso, será condición necesaria para la intervención de los diferentes gremios, que el estado de conservación de la instalación permita su reparación y que el coste de la misma no sea superior al valor de los bienes dañados o averiados. - En ningún caso queda garantizado el pago por prestaciones realizadas por profesionales que no hayan sido expresamente autorizados por el Asegurador. - La prestación de los servicios no tendrán consideración de Urgencia. Se establece un periodo de carencia de un mes para la prestación de los servicios definidos en esta cobertura desde el momento de su contratación. Los servicios incluidos en la garantía son:
ASISTENCIA PLUS. No se cubren
ASISTENCIA PLUS. Se cubren En el caso que la garantía figure como contratada en las Condiciones Particulares, Seguros Lagun Aro garantiza, siempre y cuando exista un perjuicio en la vivienda asegurada no cubierto por las coberturas contratadas de la Póliza, y hasta los límites y condiciones establecidos, la asistencia de un profesional, incluyendo: - El coste de desplazamiento del profesional que haya acudido y de las tres primeras horas de su mano de obra así como, en el caso de ser necesario para la reparación, los costes de traslado al taller del bien averiado y los de su posterior devolución en el domicilio. El tiempo de la cobertura comienza a contar desde que el profesional entra en la vivienda asegurada. - Seguros Lagun Aro garantiza durante seis meses los servicios realizados al amparo de las presentes condiciones, salvo en los casos de electrodomésticos, aparatos de visión y sonido y equipos de aire acondicionado, que será de tres meses. Los servicios incluidos en la garantía son: ➜ FONTANERÍA: Cuando en las conducciones particulares de agua de la vivienda asegurada, se produzca una avería no cubierta por las demás coberturas de la póliza, el Asegurador aprobará el envío de un profesional de fontanería para su resolución.
ASISTENCIA PLUS. Garantía de contratación opcional. Su inclusión debe quedar expresamente reconocida en las condiciones particulares de la póliza. La cobertura de “Asistencia Plus” abarca el conjunto de prestaciones que se describen a continuación: • Asistencia Sénior • Asistencia Junior • Protección Legal Familiar • Asistencia Integral Mascotas ASISTENCIA SÉNIOR Teleasistencia Los servicios de Teleasistencia se prestarán cuando el asegurado haya sufrido un accidente o una enfermedad no preexistente que haya motivado un ingreso hospitalario no inferior a 3 días de duración y, una vez dado de alta hospitalaria, deba estar inmovilizado en domicilio por prescripción facultativa durante un periodo mínimo de 7 días. Si las características de la inmovilización no permitiesen al asegurado realizar una tarea concreta pero sí todas las demás, el asegurado tendrá acceso exclusivamente al servicio puntual relacionado con dicha tarea. Las garantías descritas a continuación podrán ser solicitadas por el asegurado desde el momento que disponga y presente el alta médica hospitalaria y la prescripción de inmovilización domiciliaria (tipo y duración). Su aplicación será efectiva entre 48 y 72 horas laborables tras su solicitud. 1. Baby sitter: Se cubrirá un máximo de 2 horas diarias para hijos menores de 10 años, consecutivos o alternos, mientras dure el periodo 2. Servicio de higiene personal: 3. Servicio de peluquería/barbería (corte de pelo y/o afeitado): 4. Servicio de limpieza del hogar: Se atenderán 3 horas diarias de servicios de limpieza y aseo del hogar, consecutivas o alternos, mientras dure el periodo de inmovilización domiciliaria por prescripción facultativa, hasta un máximo de 7 días laborables. 5. Acompañamiento en domicilio: Se llevarán a cabo un máximo de 4 horas diarias de acompañamiento, mientras dure el periodo de inmovilización domiciliaria por prescripción facultativa, hasta un máximo de 7 días laborables. 6. Entrega de productos de alimentación y aseo a domicilio:
ASISTENCIA PLUS. Garantía de contratación opcional. Su inclusión debe quedar expresamente reconocida en las condiciones particulares de la póliza. La cobertura de “Asistencia Plus” abarca el conjunto de prestaciones que se describen a continuación: > Asistencia Senior. > Asistencia Junior > Protección Legal Familiar > Asistencia Integral Mascotas a) Teleasistencia: 1. Baby sitter: Se cubrirá un máximo de 2 horas diarias para hijos menores de 10 años, consecutivos o alternos, mientras dure el periodo de inmovilización domiciliaria, hasta un máximo de 7 días laborables. 2. Servicio de higiene personal: 3. Servicio de peluquería/barbería (corte de pelo y/o afeitado): 4. Servicio de limpieza del hogar: 5. Acompañamiento en domicilio: Se llevarán a cabo un máximo de 4 horas diarias de acompañamiento, mientras dure el periodo de inmovilización domiciliaria por prescripción facultativa, hasta un máximo de 7 días laborables. 6. Entrega de productos de alimentación y aseo a domicilio: Se cubrirá 1 servicio semanal de entrega de productos de alimentación y aseo personal, mientras dure el periodo

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  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • ASISTENCIA Servicio permanente de 24 horas para la asistencia a las personas que el ASEGURADOR pone a disposición del ASEGURADO.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

  • Obligaciones laborales, sociales y de transparencia El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.

  • Existencia de crédito Se dispone del crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. En caso de tramitación anticipada del gasto, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato. La consignación presupuestaria de las obligaciones económicas que derivan del presente contrato figura en la letra B del Cuadro de características del contrato.