Common use of Asistencia primaria Clause in Contracts

Asistencia primaria. El Médico de Cabecera, Pediatra y Diplomados Universitarios en Enfermería (DUE/ATS), podrán ser elegidos libremente por el Asegurado aunque se recomienda elegir alguno de los más próximos a su domicilio con el fin de que la asistencia domiciliaria y en consulta pueda ser lo más rápida y cómoda posible. El Pediatra de Cabecera atenderá a los Asegurados hasta la edad de 14 años cumplidos. Los servicios de Enfermería (D.U.E./A.T.S.) se prestarán en la misma forma que los de Medicina General, precisando orden escrita del facultativo que hace la prescripción con indicación de si ha de realizarse a domicilio o en consulta y la duración de los mismos.

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Samples: Condiciones Generales, www.asisa.es, www.upm.es

Asistencia primaria. El Médico de Cabecera, Pediatra y Diplomados Universitarios en Enfermería (DUE/ATS), podrán ser elegidos libremente por el Asegurado aunque se recomienda elegir alguno de los más próximos a su domicilio con el fin de que la asistencia domiciliaria y en consulta con- sulta pueda ser lo más rápida y cómoda posible. El Pediatra de Cabecera atenderá a los Asegurados hasta la edad de 14 años cumplidoscum- plidos. Los servicios de Enfermería (D.U.E./A.T.S.) se prestarán en la misma forma que los de Medicina General, precisando orden escrita del facultativo que hace la prescripción con indicación de si ha de realizarse a domicilio o en consulta y la duración de los mismos.

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Samples: Condiciones Generales, Condiciones Generales

Asistencia primaria. El Médico de Cabecera, Pediatra y Diplomados Universitarios en Enfermería (Enfermería/DUE/ATS), podrán ser elegidos libremente por el Asegurado aunque se recomienda elegir alguno de los más próximos a su domicilio con el fin de que la asistencia domiciliaria y en consulta pueda ser lo más rápida y cómoda posible. El Pediatra de Cabecera atenderá a los Asegurados hasta la edad de 14 años cumplidos. Los servicios de Enfermería (D.U.E./A.T.S.) Enfermería/D.U.E se prestarán en la misma forma que los de Medicina General, precisando preci- xxxxx orden escrita del facultativo que hace la prescripción con indicación de si ha de realizarse a domicilio domi- cilio o en consulta y la duración de los mismos.

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Samples: Condiciones Generales

Asistencia primaria. El Médico de Cabecera, Pediatra y Diplomados Universitarios en Enfermería (DUE/ATS), podrán ser elegidos libremente por el Asegurado asegurado aunque se recomienda elegir alguno de los más próximos a su domicilio con el fin de que la asistencia domiciliaria y en consulta pueda ser lo más rápida y cómoda posible. El Pediatra de Cabecera atenderá a los Asegurados asegurados hasta la edad de 14 años cumplidos. Los servicios de Enfermería (D.U.E./A.T.S.) se prestarán en la misma forma que los de Medicina General, precisando orden escrita del facultativo que hace la prescripción con indicación de si ha de realizarse a domicilio o en consulta y la duración de los mismos.

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Asistencia primaria. El Médico de Cabecera, Pediatra y Diplomados Universitarios en Enfermería (DUE/ATS), podrán ser elegidos elegi- dos libremente por el Asegurado aunque se recomienda elegir alguno de los más próximos a su domicilio con el fin de que la asistencia domiciliaria y en consulta pueda ser lo más rápida y cómoda posible. El Pediatra de Cabecera atenderá a los Asegurados hasta la edad de 14 años cumplidos. Los servicios de Enfermería (D.U.E./A.T.S.) se prestarán en la misma forma que los de Medicina General, precisando orden escrita del facultativo que hace la prescripción con indicación de si ha de realizarse a domicilio o en consulta y la duración de los mismos.

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Samples: www.asisa.es

Asistencia primaria. El Médico de Cabecera, Pediatra y Diplomados Universitarios en Enfermería (DUEEnfermería/ATS), podrán ser elegidos libremente por el Asegurado aunque se recomienda elegir alguno de los más próximos a su domicilio con el fin de que la asistencia domiciliaria y en consulta pueda ser lo más rápida y cómoda posible. El Pediatra de Cabecera atenderá a los Asegurados hasta la edad de 14 años cumplidos. Los servicios de Enfermería (D.U.E./A.T.S.) se prestarán en la misma forma que los de Medicina GeneralGen- eral, precisando orden escrita del facultativo que hace la prescripción con indicación de si ha de realizarse re- alizarse a domicilio o en consulta y la duración de los mismos.

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Samples: Condiciones Generales