ASISTENCIA PSICOLÓGICA. En caso de que el Asegurado requiera de asistencia psicológica a consecuencia de haber sufrido un Accidente, un estado depresivo leve o a consecuencia de problemas de adicción en grado no avanzado, la Compañía proveerá asistencia vía telefónica en idioma español. Para recibir este beneficio, el Asegurado deberá de comunicarse al teléfono de atención proporcionado por la Compañía, de lunes a viernes en un horario de 9:00 am a 6:00 pm (hora de la Ciudad de México). Las llamadas serán ilimitadas durante la vigencia del seguro, pero estarán limitadas en tiempo a 15 minutos máximo de duración por llamada. La Compañía no emitirá ningún diagnóstico clínico ni tampoco se medicará al Asegurado bajo ninguna circunstancia. En caso que así lo considere, la Compañía recomendará al Asegurado consultar a un profesional de manera personal y podrá otorgar referencias de médicos a costos preferenciales.
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ASISTENCIA PSICOLÓGICA. En caso de que el Asegurado requiera de asistencia psicológica a consecuencia de haber sufrido un Accidente, un estado depresivo leve o a consecuencia de problemas de adicción en grado no avanzado, la Compañía proveerá asistencia vía telefónica en idioma español. Para recibir este beneficio, el Asegurado deberá de comunicarse al teléfono de atención proporcionado por la Compañía, de lunes a viernes en un horario de 9:00 am a 6:00 pm (hora de la Ciudad de México). Las llamadas serán ilimitadas durante la vigencia del seguro, seguro pero estarán limitadas en tiempo a 15 minutos máximo de duración por llamada. La Compañía no emitirá ningún diagnóstico clínico ni tampoco se medicará al Asegurado bajo ninguna circunstancia. En caso que así lo considere, la Compañía recomendará al Asegurado consultar a un profesional de manera personal y podrá otorgar referencias de médicos a costos preferenciales.
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