Common use of Atribuciones comunes del Administrador del Contrato Clause in Contracts

Atribuciones comunes del Administrador del Contrato. A más de las atribuciones establecidas en la ley y en este instrumento, son funciones comunes del Administrador del Contrato, las siguientes: 1. Coordinar todas las acciones que sean necesarias para garantizar la debida ejecución del Contrato. 2. Cumplir y hacer cumplir todas y cada de una de las obligaciones derivadas del Contrato y los documentos que lo componen. 3. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, ya sea en las entregas parciales o totales. 4. Imponer las multas a que hubiere lugar, conforme a lo determinado en este instrumento, para lo cual, se deberá respetar el debido proceso. 5. Reportar a la máxima autoridad de la “Contratante”, cualquier aspecto operativo, técnico, económico y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del Contrato. 6. Coordinar con los demás órganos y profesionales de la “Contratante” que, por su competencia, conocimientos y perfil, sea indispensable su intervención, para garantizar la debida ejecución del Contrato. 7. Proporcionar al “Contratista” todas las instrucciones que sean necesarias para garantizar el debido cumplimiento del Contrato. 8. Emitir instrucciones adicionales respecto del cumplimiento de los parámetros técnicos, en caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el “Contratista” no pudiere obtenerla directamente, en ningún caso dichas instrucciones modificarán los parámetros técnicos contratados. 9. Elaborar e intervenir en las actas de entrega recepción a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así como coordinar con el “Contratista” y el técnico que no intervino durante la ejecución del Contrato, la recepción de este. 10. Manejar el portal institucional del SERCOP durante la fase contractual y publicar en el portal toda la información relevante a la fase de ejecución contractual, de conformidad con los manuales de usuario o directrices que emita el SERCOP para el efecto. En caso de darse un cambio de Administrador del Contrato, el administrador entrante una vez recibida la notificación de designación, deberá coordinar inmediatamente con los servidores encargados de la administración del portal, para que se le habilite el usuario y pueda registrar toda la información relevante. 11. Armar y organizar el expediente de toda la gestión de administración del Contrato, dejando la suficiente evidencia documental a efectos de las auditorías ulteriores que los órganos de control del Estado, realicen. 12. Cualquier otra que de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación sea indispensable para garantizar su debida ejecución.

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Samples: Contrato De Adquisición, Servicio De Calibración Y Mantenimiento

Atribuciones comunes del Administrador del Contrato. A más de las atribuciones establecidas en la ley y en este instrumento, son funciones comunes del Administrador del Contrato, las siguientes: 1. Coordinar todas las acciones que sean necesarias para garantizar la debida ejecución del Contrato. 2. Cumplir y hacer cumplir todas y cada de una de las obligaciones derivadas del Contrato y los documentos que lo componen. 3. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, ya sea en las entregas parciales o totales. 4. Imponer las multas a que hubiere lugar, conforme a lo determinado en este instrumento, para lo cual, se deberá respetar el debido proceso. 5. Reportar a la máxima autoridad de la “Contratante”, cualquier aspecto operativo, técnico, económico y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del Contrato. 6. Coordinar con los demás órganos y profesionales de la “Contratante” que, por su competencia, conocimientos y perfil, sea indispensable su intervención, para garantizar la debida ejecución del Contrato. 7. Proporcionar al “Contratista” todas las instrucciones que sean necesarias para garantizar el debido cumplimiento del Contrato. 8. Emitir instrucciones adicionales respecto del cumplimiento de los parámetros técnicos, en caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el “Contratista” no pudiere obtenerla directamente, en ningún caso dichas instrucciones modificarán los parámetros técnicos contratados.parámetros 9. Elaborar e intervenir en las actas de entrega recepción a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así como coordinar con el “Contratista” y el técnico que no intervino durante la ejecución del Contrato, la recepción de estedel mismo. 10. Manejar el portal institucional del SERCOP durante la fase contractual y publicar en el portal toda la información relevante a la fase de ejecución contractual, de conformidad con los manuales de usuario o directrices que emita el SERCOP para el efecto. En caso de darse un cambio de Administrador del Contrato, el administrador entrante una vez recibida la notificación de designación, deberá coordinar inmediatamente con los servidores encargados de la administración del portal, para que se le habilite el usuario y pueda registrar toda la información relevante. 11. Armar y organizar el expediente de toda la gestión de administración del Contrato, dejando la suficiente evidencia documental a efectos de las auditorías ulteriores que los órganos de control del Estado, realicen. 12. Cualquier otra que de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación sea indispensable para garantizar su debida ejecución.

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Samples: Service Agreement

Atribuciones comunes del Administrador del Contrato. A más de las atribuciones establecidas en la ley y en este instrumento, son funciones comunes del Administrador del Contrato, las siguientes:Administrador 1. Coordinar todas las acciones que sean necesarias para garantizar la debida ejecución del Contrato. 2. Cumplir y hacer cumplir todas y cada de una de las obligaciones derivadas del Contrato y los documentos que lo componen. 3. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, ya sea en las entregas parciales o totales. 4. Imponer las multas a que hubiere lugar, conforme a lo determinado en este instrumento, para lo cual, se deberá respetar el debido proceso. 5. Reportar a la máxima autoridad de la “Contratante”, cualquier aspecto operativo, técnico, económico y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del Contrato. 6. Coordinar con los demás órganos y profesionales de la “Contratante” que, por su competencia, conocimientos y perfil, sea indispensable su intervención, para garantizar la debida ejecución del Contrato. 7. Proporcionar al “Contratista” todas las instrucciones que sean necesarias para garantizar el debido cumplimiento del Contrato. 8. Emitir instrucciones adicionales respecto del cumplimiento de los parámetros técnicos, en caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el “Contratista” no pudiere obtenerla directamente, en ningún caso dichas instrucciones modificarán los parámetros técnicos contratados. 9. Elaborar e intervenir en las actas de entrega recepción a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así como coordinar con el “Contratista” y el técnico que no intervino durante la ejecución del Contrato, la recepción de este. 10. Manejar el portal institucional del SERCOP durante la fase contractual y publicar en el portal toda la información relevante a la fase de ejecución contractual, de conformidad con los manuales de usuario o directrices que emita el SERCOP para el efecto. En caso de darse un cambio de Administrador del Contrato, el administrador entrante una vez recibida la notificación de designación, deberá coordinar inmediatamente con los servidores encargados de la administración del portal, para que se le habilite el usuario y pueda registrar toda la información relevante. 11. Armar y organizar el expediente de toda la gestión de administración del Contrato, dejando la suficiente evidencia documental a efectos de las auditorías ulteriores que los órganos de control del Estado, realicen. 12. Cualquier otra que de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación sea indispensable para garantizar su debida ejecución.

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Samples: Contrato De Adquisición De Equipos

Atribuciones comunes del Administrador del Contrato. A más de las atribuciones establecidas en la ley Ley y en este instrumentoel respectivo instrumento contractual, son funciones comunes del Administrador administrador del Contrato, contrato las siguientes: 1. Coordinar todas las acciones que sean necesarias para garantizar la debida ejecución del Contratocontrato. 2. Cumplir y hacer cumplir todas y cada de una de las obligaciones derivadas del Contrato contrato y los documentos que lo componen. 3. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, ya sea en las entregas parciales o totales, incluso evitará retrasos al cronograma en caso de que hubiere. 4. Imponer las multas a que hubiere lugar, conforme a lo determinado estipulado en este instrumentoel presente contrato administrativo, para lo cual, cual se deberá respetar el debido proceso. 5. Administrar las garantías correspondientes, de conformidad con las normas que la regulan y en los casos que apliquen, esta obligación persistirá durante todo el periodo de vigencia del contrato, sin perjuicio que esta actividad sea coordinada con el tesorero de la entidad contratante o quien haga sus veces, a la que le corresponde el control y custodia de las garantías. En todo caso la responsabilidad por la gestión de las garantías será solidaria entre el administrador del contrato y el tesorero. 6. Reportar al Director del área requirente y a la máxima autoridad de la “Contratante”entidad contratante, cualquier aspecto operativo, técnico, económico y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del Contratocontrato. 67. Notificar la disponibilidad del anticipo cuando este sea contemplado en el contrato como forma de pago, para lo cual deberá coordinar con el área financiera de la entidad contratante. 8. Verificar que los movimientos de la cuenta del contratista correspondan estrictamente al procedimiento de devengamiento del anticipo y su ejecución contractual. 9. Coordinar con los demás órganos y profesionales de la “Contratante” queentidad contratante, que por su competencia, conocimientos y perfil, sea indispensable su intervención, para garantizar la debida ejecución del Contratocontrato. 710. Proporcionar al “Contratista” consultor todas las instrucciones que sean necesarias para garantizar el debido cumplimiento del Contratocontrato. 811. Emitir instrucciones adicionales respecto del cumplimiento de los parámetros técnicosespecificaciones técnicas o términos de referencia, en caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el “Contratista” la contratista no pudiere obtenerla directamente, en ningún caso dichas instrucciones modificarán los parámetros técnicos contratadoslas especificaciones técnicas o términos de referencia. 912. Requerir motivadamente al consultor, la sustitución de cualquier integrante de su personal cuando lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y los documentos anexos, o cuando presente una conducta incompatible con sus obligaciones. El personal con el que se sustituya deberá acreditar la misma o mejor capacidad, experiencia y demás exigencias establecidas en los pliegos. 13. Autorizar o negar el cambio del personal asignado a la ejecución del contrato, para ello deberá cerciorarse que el personal que el consultor pretende sustituir al inicialmente propuesto, a más de acreditar la misma o mejor capacidad, experiencia y demás exigencias establecidas en los pliegos, desarrolle adecuadamente las funciones encomendadas. 14. Verificar de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación, que el consultor cuente o disponga de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad, especialmente al cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. 15. Reportar a las autoridades de control, cuando tenga conocimiento que la contratista no cumpla con sus obligaciones laborales y patronales conforme a la ley. 16. Elaborar e intervenir en las actas de entrega recepción a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así como coordinar con el “Contratista” consultor y el técnico que no intervino durante la ejecución del Contratocontrato, la recepción de estedel contrato. 1017. Manejar el portal institucional del SERCOP Portal de Compras Públicas durante la fase contractual y publicar en el portal toda la información relevante a la fase de ejecución contractual. En cualquier caso, de conformidad con los manuales de la finalización del proceso en el Portal le corresponde al usuario creador del proceso, o directrices que emita a quien se haya migrado el SERCOP mismo, para el efectoregistro de las actividades finales del contrato, debiendo publicar cualquier otro documento relevante no imputable al administrador del contrato. En caso de darse un cambio de Administrador administrador del Contratocontrato, el administrador entrante una vez recibida la notificación de designación, deberá coordinar inmediatamente cumplir con los servidores encargados de la administración del portal, para que se le habilite el usuario y pueda registrar toda la información relevantelo indicado en este numeral. 1118. Armar y organizar el expediente de toda la gestión de administración del Contratocontrato, dejando la suficiente evidencia documental a efectos de las auditorías ulteriores que los órganos de control del Estado, realicen. 1219. Cualquier otra que de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación sea indispensable para garantizar su debida ejecución. 20. Dentro del plazo de vigencia del contrato, otorgar el visto bueno a las solicitudes de prórroga del consultor debidamente justificadas, a efecto de la aprobación por parte de la máxima autoridad. 21. En los casos de terminación unilateral del contrato emitir el informe técnico determinado en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. De igual manera, en los casos de terminación de mutuo acuerdo del contrato deberá emitir el informe que contenga las circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, por las que no es posible o conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente, el contrato. En ambos casos de terminación del contrato deberá realizar todas las gestiones necesarias para la finalización del trámite correspondiente.

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Samples: Consulting Agreement

Atribuciones comunes del Administrador del Contrato. A más de las atribuciones establecidas en la ley y en este instrumentoLey, son funciones comunes del Administrador administrador del Contrato, contrato las siguientes: 1. Coordinar todas las acciones que sean necesarias para garantizar la debida ejecución del Contratocontrato. 2. Cumplir y hacer cumplir todas y cada de una de las obligaciones derivadas del Contrato contrato y los documentos que lo componen. 3. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, ya sea en las entregas parciales o totales, incluso evitará retrasos al cronograma valorado de trabajos, si el objeto es de obras. 4. Imponer las multas a que hubiere lugar, conforme a lo determinado establecidas en este instrumentoel presente contrato administrativo, para lo cual, cual se deberá respetar el debido proceso. 5. Administrar las garantías correspondientes, de conformidad con las normas que la regulan y en los casos que apliquen, esta obligación persistirá durante todo el periodo de vigencia del contrato, sin perjuicio que esta actividad sea coordinada con el tesorero de la entidad contratante o quien haga sus veces, a la que le corresponde el control y custodia de las garantías. En el caso de la garantía técnica otorgada el Administrador una vez que se finalice el plazo del contrato que administra debe informar al Director o a sus superiores sobre el estado y tiempo de vigencia de la garantía a fin de que el área respectiva pueda exigir el cumplimiento de la garantía técnica. 6. Reportar al Director del área requirente, a la máxima autoridad de la “Contratante”entidad contratante o su delegado, cualquier aspecto operativo, técnico, económico y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del Contratocontrato. 67. Coordinar con los demás órganos y profesionales de la “Contratante” queentidad contratante, que por su competencia, conocimientos y perfil, sea indispensable su intervención, para garantizar la debida ejecución del Contratocontrato. 78. Notificar la disponibilidad del anticipo cuando este sea contemplado en el contrato como forma de pago, para lo cual deberá coordinar con el área financiera de la entidad contratante. 9. Verificar que los movimientos de la cuenta del contratista correspondan estrictamente al procedimiento de devengamiento del anticipo y su ejecución contractual. 10. Proporcionar al “Contratista” contratista todas las instrucciones que sean necesarias para garantizar el debido cumplimiento del Contratocontrato. 811. Emitir instrucciones adicionales respecto del cumplimiento de los parámetros técnicosespecificaciones técnicas o términos de referencia, en caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el “Contratista” contratista no pudiere obtenerla directamente, en ningún caso dichas instrucciones modificarán los parámetros técnicos contratadoslas especificaciones técnicas o términos de referencia. 912. Requerir motivadamente al contratista, la sustitución de cualquier integrante de su personal cuando lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y los documentos anexos, o cuando presente una conducta incompatible con sus obligaciones. El personal con el que se sustituya deberá acreditar la misma o mejor capacidad, experiencia y demás exigencias establecidas en los pliegos. 13. Autorizar o negar el cambio del personal asignado a la ejecución del contrato, para ello deberá cerciorarse que el personal que el contratista pretende sustituir al inicialmente propuesto, a más de acreditar la misma o mejor capacidad, experiencia y demás exigencias establecidas en los pliegos, desarrolle adecuadamente las funciones encomendadas. 14. Verificar de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación, que el contratista cuente o disponga de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad, especialmente al cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. 15. Reportar a las autoridades de control, cuando tenga conocimiento que el contratista no cumpla con sus obligaciones laborales y patronales conforme a la ley. 16. Verificar permanentemente y en los casos que sea aplicable, el cumplimiento de Valor xx Xxxxxxxx Ecuatoriano desagregación y transferencia tecnológica, así como el cumplimiento de cualquier otra figura legalmente exigible y que se encuentre prevista en el contrato o que por la naturaleza del objeto y el procedimiento de contratación sean imputables al contratista. 17. Elaborar e intervenir en las actas de entrega recepción a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así como coordinar con el “Contratista” contratista y el técnico que no intervino durante la ejecución del Contratocontrato, la recepción de estedel contrato. 1018. Manejar el portal institucional del SERCOP durante la fase contractual Portal de Compras Públicas y publicar en el portal toda la información relevante a la fase de ejecución contractual, de conformidad con los manuales de usuario o directrices que emita el SERCOP para el efecto. En cualquier caso, la finalización del proceso en el Portal le corresponde al usuario creador del proceso, o a quien se haya migrado el mismo, para el registro de las actividades finales del contrato, debiendo publicar cualquier otro documento relevante no imputable al administrador del contrato. En caso de darse un cambio de Administrador administrador del Contratocontrato, el administrador entrante una vez recibida la notificación de designación, deberá coordinar inmediatamente cumplir con los servidores encargados de la administración del portal, para que se le habilite el usuario y pueda registrar toda la información relevantelo establecido en este numeral. 1119. Armar y organizar el expediente de toda la gestión de administración del Contratocontrato, dejando la suficiente evidencia documental a efectos de las auditorías ulteriores que los órganos de control del Estado, realicen. 1220. Dentro del plazo de vigencia del contrato, otorgar el visto bueno a las solicitudes de prórroga del contratista debidamente justificadas, a efecto de la aprobación por parte de la máxima autoridad. 21. Cualquier otra que de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación sea indispensable para garantizar su debida ejecución. 22. En los casos de terminación unilateral del contrato emitir el informe técnico determinado en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. De igual manera, en los casos de terminación de mutuo acuerdo del contrato deberá emitir el informe que contenga las circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, por las que no es posible o conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente, el contrato. En ambos casos de terminación del contrato deberá realizar todas las gestiones necesarias para la finalización del trámite correspondiente.

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Samples: Construction Contract

Atribuciones comunes del Administrador del Contrato. A más de las atribuciones establecidas en la ley y en este instrumento, son funciones comunes del Administrador del Contrato, las siguientes: 1. Coordinar todas las acciones que sean necesarias para garantizar la debida ejecución del Contrato. 2. Cumplir y hacer cumplir todas y cada de una de las obligaciones derivadas del Contrato y los documentos que lo componen. 3. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, ya sea en las entregas parciales o totales. 4. Imponer las multas a que hubiere lugar, conforme a lo determinado en este instrumento, para lo cual, se deberá respetar el debido proceso. 5. Reportar a la máxima autoridad de la “Contratante”, cualquier aspecto operativo, técnico, económico y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del Contrato. 6. Coordinar con los demás órganos y profesionales de la “Contratante” que, por su competencia, conocimientos y perfil, sea indispensable su intervención, para garantizar la debida ejecución del Contrato. 7. Proporcionar al “Contratista” todas las instrucciones que sean necesarias para garantizar el debido cumplimiento del Contrato.para 8. Emitir instrucciones adicionales respecto del cumplimiento de los parámetros técnicos, en caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el “Contratista” no pudiere obtenerla directamente, en ningún caso dichas instrucciones modificarán los parámetros técnicos contratados. 9. Elaborar e intervenir en las actas de entrega recepción a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así como coordinar con el “Contratista” y el técnico que no intervino durante la ejecución del Contrato, la recepción de estedel mismo. 10. Manejar el portal institucional del SERCOP durante la fase contractual y publicar en el portal toda la información relevante a la fase de ejecución contractual, de conformidad con los manuales de usuario o directrices que emita el SERCOP para el efecto. En caso de darse un cambio de Administrador del Contrato, el administrador entrante una vez recibida la notificación de designación, deberá coordinar inmediatamente con los servidores encargados de la administración del portal, para que se le habilite el usuario y pueda registrar toda la información relevante. 11. Armar y organizar el expediente de toda la gestión de administración del Contrato, dejando la suficiente evidencia documental a efectos de las auditorías ulteriores que los órganos de control del Estado, realicen. 12. Cualquier otra que de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación sea indispensable para garantizar su debida ejecución.

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Samples: Auditoría Interna

Atribuciones comunes del Administrador del Contrato. A más de las atribuciones establecidas en la ley y en este instrumento, son funciones comunes del Administrador del Contrato, las siguientes: 1. Coordinar todas las acciones que sean necesarias para garantizar la debida ejecución del Contrato. 2. Cumplir y hacer cumplir todas y cada de una de las obligaciones derivadas del Contrato y los documentos que lo componen. 3. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, ya sea en las entregas parciales o totales. 4. Imponer las multas a que hubiere lugar, conforme a lo determinado en este instrumento, para lo cual, se deberá respetar el debido proceso. 5. Reportar a la máxima autoridad de la “Contratante”, cualquier aspecto operativo, técnico, económico y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del Contrato. 6. Coordinar con los demás órganos y profesionales de la “Contratante” que, por su competencia, conocimientos y perfil, sea indispensable su intervención, para garantizar la debida ejecución del Contrato.para 7. Proporcionar al “Contratista” todas las instrucciones que sean necesarias para garantizar el debido cumplimiento del Contrato. 8. Emitir instrucciones adicionales respecto del cumplimiento de los parámetros técnicos, en caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el “Contratista” no pudiere obtenerla directamente, en ningún caso dichas instrucciones modificarán los parámetros técnicos contratados. 9. Elaborar e intervenir en las actas de entrega recepción a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así como coordinar con el “Contratista” y el técnico que no intervino durante la ejecución del Contrato, la recepción de este. 10. Manejar el portal institucional del SERCOP durante la fase contractual y publicar en el portal toda la información relevante a la fase de ejecución contractual, de conformidad con los manuales de usuario o directrices que emita el SERCOP para el efecto. En caso de darse un cambio de Administrador del Contrato, el administrador entrante una vez recibida la notificación de designación, deberá coordinar inmediatamente con los servidores encargados de la administración del portal, para que se le habilite el usuario y pueda registrar toda la información relevante. 11. Armar y organizar el expediente de toda la gestión de administración del Contrato, dejando la suficiente evidencia documental a efectos de las auditorías ulteriores que los órganos de control del Estado, realicen. 12. Cualquier otra que de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación sea indispensable para garantizar su debida ejecución.

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Samples: Servicio De Mantenimiento De Equipos

Atribuciones comunes del Administrador del Contrato. A más de las atribuciones establecidas en la ley y en este instrumento, son funciones comunes del Administrador del Contrato, las siguientes: 1. Coordinar todas las acciones que sean necesarias para garantizar la debida ejecución del Contrato. 2. Cumplir y hacer cumplir todas y cada de una de las obligaciones derivadas del Contrato y los documentos que lo componen. 3. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, ya sea en las entregas parciales o totales. 4. Imponer las multas a que hubiere lugar, conforme a lo determinado en este instrumento, para lo cual, se deberá respetar el debido proceso. 5. Reportar a la máxima autoridad de la “Contratante”, cualquier aspecto operativo, técnico, económico y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del Contrato. 6. Coordinar con los demás órganos y profesionales de la “Contratante” que, por su competencia, conocimientos y perfil, sea indispensable su intervención, para garantizar la debida ejecución del Contrato. 7. Proporcionar al “Contratista” todas las instrucciones que sean necesarias para garantizar el debido cumplimiento del Contrato. 8. Emitir instrucciones adicionales respecto del cumplimiento de los parámetros técnicos, en caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el “Contratista” no pudiere obtenerla directamente, en ningún caso dichas instrucciones modificarán los parámetros técnicos contratados. 9. Elaborar e intervenir en las actas de entrega recepción a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así como coordinar con el “Contratista” y el técnico que no intervino durante la ejecución del Contrato, la recepción de este.; 10. Manejar el portal institucional del SERCOP durante la fase contractual y publicar en el portal toda la información relevante a la fase de ejecución contractual, de conformidad con los manuales de usuario o directrices que emita el SERCOP para el efecto. En caso de darse un cambio de Administrador del Contrato, el administrador entrante una vez recibida la notificación de designación, deberá coordinar inmediatamente con los servidores encargados de la administración del portal, para que se le habilite el usuario y pueda registrar toda la información relevante. 11. Armar y organizar el expediente de toda la gestión de administración del Contrato, dejando la suficiente evidencia documental a efectos de las auditorías ulteriores que los órganos de control del Estado, realicen. 12. Cualquier otra que de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación sea indispensable para garantizar su debida ejecución.

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Samples: Acquisition Agreement

Atribuciones comunes del Administrador del Contrato. A más de las atribuciones establecidas en la ley y en este instrumentoley, son funciones comunes del Administrador administrador del Contratocontrato, las siguientesque constan en el artículo 303 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así: 1. Coordinar todas las acciones que sean necesarias para garantizar la debida ejecución del Contrato.contrato; 2. Cumplir y hacer cumplir todas y cada de una de las obligaciones derivadas del Contrato contrato y los documentos que lo componen.; 3. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, ya sea injustificados en las entregas parciales o totales.la ejecución del contrato; 4. Imponer las multas a que hubiere lugar, conforme a lo determinado establecidas en este instrumentoel contrato, para lo cual, cual se deberá respetar el debido proceso.; 5. Administrar las garantías correspondientes que se mantendrán vigentes durante todo el plazo de vigencia del contrato, esta obligación podrá ser coordinada con el tesorero del Municipio o quien haga sus veces, a quien corresponde el control y custodia de las garantías. La responsabilidad por la gestión de las garantías será solidaria entre el administrador del contrato y el tesorero; 6. Reportar a la máxima autoridad de la “ContratanteSecretaría”, cualquier aspecto operativo, técnico, económico y de cualquier otra naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del Contrato.contrato; 67. Coordinar con las direcciones institucionales y con los demás órganos y profesionales de la “Contratante” Secretaría”, que, por su competencia, conocimientos y perfil, sea indispensable su intervención, intervención para garantizar la debida ejecución del Contrato.contrato; 78. Notificar la disponibilidad del anticipo cuando sea contemplado en el contrato como forma de pago coordinando con el área financiera de la “Secretaría”; 9. Verificar que los movimientos de la cuenta bancaria del “Contratista” correspondan estrictamente al devengamiento del anticipo y a lo correspondiente en la ejecución contractual; 10. Proporcionar al “Contratista” todas las instrucciones que sean necesarias para garantizar el debido cumplimiento del Contrato.contrato sobre la base de las especificaciones técnicas o 811. Emitir instrucciones adicionales respecto Requerir motivadamente al “Contratista”, la sustitución de cualquier integrante de su personal cuando lo considere incompetente o negligente en su oficio, presente una conducta incompatible con sus obligaciones, se negare a cumplir las estipulaciones del cumplimiento de contrato y los parámetros técnicosdocumentos anexos. El personal con el que se sustituya deberá acreditar la misma o mejor capacidad, experiencia y demás exigencias establecidas en caso de los pliegos; 12. Autorizar o negar el cambio del personal asignado a la ejecución del contrato, verificando que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el personal que el “Contratista” no pudiere obtenerla directamentepretende sustituir acredite la misma o mejor capacidad, experiencia y demás exigencias establecidas en los pliegos, desarrollando adecuadamente las funciones encomendadas; 13. Verificar de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación, que el “Contratista” disponga de todos los permisos y autorizaciones para el ejercicio de su actividad, en ningún caso dichas instrucciones modificarán cumplimiento de la legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato; 14. Reportar a las autoridades competentes, cuando tenga conocimiento que el “Contratista” se encuentra incumpliendo sus obligaciones laborales y patronales conforme a la ley; 15. Verificar permanentemente y en los parámetros técnicos contratados.casos aplicables, el cumplimiento de Valor xx Xxxxxxxx Ecuatoriano, desagregación y transferencia tecnológica, así como cualquier otra figura legalmente exigible y que se encuentre prevista en el contrato o que por la naturaleza del objeto y el procedimiento de contratación sean imputables al contratista; 916. Elaborar e intervenir en las actas de entrega recepción a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; así como como, coordinar con el “Contratista” y el técnico que no intervino interviniente durante la ejecución del Contratocontrato, la recepción de este.del mismo; 1017. Manejar Publicar en el portal institucional del SERCOP Portal COMPRASPÚBLICAS durante la fase contractual y publicar en el portal toda la información relevante a la fase de ejecución contractualrelevante, de conformidad con los manuales de usuario o directrices que emita el SERCOP Servicio Nacional de Contratación Pública. Para dicho efecto, el usuario creador del proceso deberá habilitar el usuario para el efectoadministrador del contrato; 18. En caso de darse un cambio de Administrador del Contrato, el administrador entrante una vez recibida la notificación de designación, deberá coordinar inmediatamente con los servidores encargados de la administración del portal, para que se le habilite el usuario y pueda registrar toda la información relevante. 11. Armar Preparar y organizar el expediente de toda la gestión de administración del Contratocontrato, dejando la suficiente evidencia documental a efectos de las auditorías ulteriores que los órganos de control del EstadoEstado realicen; 19. Informar a la máxima autoridad de la “Secretaría”, realicen.la modificación de las características técnicas de los productos a ser entregados en una orden de compra formalizada; 1220. Solicitar al “Contratista” y servidores que elaboraron los estudios, que en el término 21. Cualquier otra que de acuerdo con la naturaleza del objeto de contratación sea indispensable para garantizar su debida ejecución. Las atribuciones adicionales del administrador del contrato deberán estar descritas en el contrato.

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Samples: Acquisition Agreement