Ayuda de comida Cláusulas de Ejemplo

Ayuda de comida. 1. Es la percepción reconocida a favor de los trabajadores por cada día efectivamente trabajado en régimen de jornada partida. La realización de la jornada partida es la causa que da derecho a la percepción de esta ayuda, por lo que en cualquier circunstancia en la que no se realice dicha jornada partida no se percibirá esta ayuda, (reducción de jornada, baja por enfermedad, permiso retribuido o similar circunstancia que implique la no-realización de la jornada partida). Tampoco se percibirá esta ayuda en los casos de percepción de dieta que ya incluya la manutención.
Ayuda de comida. Al personal incluido en el presente convenio adscrito al régimen de jornada partida o cuya jornada se prolongue una hora más de lo habitual de tal manera que no pueda acudir a su domi- cilio a comer, se le facilitará una ayuda de comida por día de trabajo, mediante vale de comida utilizable en los restaurantes concertados por la empresa. CVE: 20230213-00221-2023 - verificable en xxx.xxxxxxxxx.xx/xxx.xxx
Ayuda de comida. Durante la vigencia de este convenio, se establece una ayuda de comida por valor
Ayuda de comida. Asimismo, existirá una dotación adicional en la cuantía necesaria para habilitar una “Ayuda de Comida” instrumentada mediante la entrega de tickets-restaurante, durante el período de jornada de invierno. MIÉRCOLES 00 XX XXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 174
Ayuda de comida. BOCM-20230204-3 La empresa abonará una ayuda mediante el sistema xx xxxxx de comida. El importe de cada vale será de 9,00 € por persona y día de trabajo. Los vales de comida serán nominativos y, por lo tanto, personales e intransferibles, pudiendo solamente percibirse por los días de trabajo de cada persona, estando expresamente excluidos los períodos vacacionales y de descanso semanal y suspensión de contratos. B.O.C.M. Núm. 30 SÁBADO 0 XX XXXXXXX XX 0000 Pág. 67
Ayuda de comida. Cada empleado percibirá en concepto de ayuda de comida 164,35€/mes. Dicha cantidad no se percibirá en desplazamientos superiores a 15 días naturales. El empleado que lo solicite podrá percibir vales restaurante u otra fórmula indirecta de servicio de comedor en sustitución de la parte que determine de la ayuda de comida, siempre dentro de los márgenes establecidos por la normativa fiscal aplicable. Todo el personal percibirá adicional y anualmente 241,49 € en vales restaurante.
Ayuda de comida. Cada empleado percibirá una cuantía de 1.953 € anuales en vales restaurante en concepto de ayuda de comida u otra fórmula indirecta de servicio de comedor. cve: BOE-A-2019-18770 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Ayuda de comida. La empresa abonará en concepto de ayuda de comida las cantidades que se indican, en los supuestos siguientes:
Ayuda de comida. La empresa facilitará a todo el personal afectado por este Convenio un local destinado a comedor dotado de mobiliario, aparatos microondas, aparatos frigoríficos y máquinas expendedoras de comida y bebida, percibiendo además una compensación por la ausencia de prestación de servicio de comedor, de 5,12 euros/bruto por día efectivamente trabajado, para el año 2018. Al personal que le sea asignado un horario de entrada y salida sin flexibilidad para comer percibirá una ayuda de comedor de 7,46 euros/bruto por día efectivamente trabajado, para el año 2018. La mencionada compensación se abonará en la nómina mediante el concepto "Ayuda de Comida". Para los años 2019, 2020, 2021 y 2022 la compensación por "Ayuda de Comida" se verá incrementada en los mismos porcentajes que los salarios base. El exceso de abono sobre el límite exento definido para este concepto en cada momento por el BOE, quedará sujeto a la retención de impuestos que sea aplicable.
Ayuda de comida. Relacionar los casos y la cuantía, cuando la empresa paga dietas o comidas