Cargos por Intereses Cláusulas de Ejemplo

Cargos por Intereses. La cantidad que le cobramos por su crédito en cada tipo de transacción. Añadimos los Cargos por Intereses a la Cuenta sumando los Cargos por Intereses al Balance de cada tipo de transacción y al APR al cual aplica. (Por ejemplo, sumamos los Cargos por Intereses en Compras al Balance de Compras.) Calculamos el Cargo por Interés aplicando el DPR de cada tipo de transacción y el APR al Balance Promedio Diario de ese tipo de transacción. Multiplicamos el resultado por el número de días en el ciclo de facturación. Eso nos da el total de los Cargos por Intereses de ese tipo de transacción para ese periodo de facturación. Los Cargos por Adelantos de Efectivo, Transferencias de Balance y Cheques de Conveniencia se suman a balance correspondiente, todos los demás Cargos se añaden al balance de Compras. ¿QUÉ SUCEDE SI PAGA TARDE? Si paga la cantidad del Pago Mínimo a la Fecha de Vencimiento de Pago, no pagará penalidades. Usted debe pagar a tiempo.
Cargos por Intereses. Los cargos por intereses de su préstamo se calcularán de la siguiente manera:
Cargos por Intereses a. Tasa de Porcentaje Anual Variable. Las TASAS DE PORCENTAJE ANUAL para planes de Cuenta (como Compras, Adelantos de Efectivo y Transferencias de Saldo) se dan a conocer en la DIVULGACIÓN DE APERTURA DE CUENTA. Estas tasas pueden variar mensualmente y se ajustarán el primer día de cada período de facturación ("Fecha de Cambio"). La TASA DE PORCENTAJE ANUAL en cada Fecha de Cambio se basa en el valor de un índice MÁS un margen. El "Indice" es la tasa preferencial xxx Xxxx Street Journal. La información sobre el Índice está disponible o publicada en la sección "Tasas de Cambio" xxx Xxxx Street Journal. Usaremos el Índice más reciente disponible para nosotros a partir de la última fecha de publicación en el mes calendario anterior a cada Fecha de Cambio (“Tasa de Índice”). Si el índice ya no está disponible, elegiremos un índice y un margen nuevos. El nuevo Índice tendrá un movimiento histórico sustancialmente similar al Índice original, y el nuevo Índice y el margen darán como resultado una tasa de porcentaje anual que es sustancialmente similar a la tasa vigente en el momento en que el Índice original deja de estar disponible. Para obtener más información sobre los márgenes actuales, consulte la DIVULGACIÓN DE APERTURA DE LA CUENTA. Un aumento o disminución en la Tasa de Índice provocará un aumento o disminución en la Tasa Periódica y la TASA DE PORCENTAJE ANUAL correspondiente y puede aumentar la cantidad y el número de pagos mínimos. A menos que lo prohíba la ley, no hay límite en la cantidad que la Tasa Periódica y la TASA DE PORCENTAJE ANUAL correspondiente pueden aumentar. La “Tasa Periódica” utilizada para calcular los cargos por intereses es una tasa periódica diaria, que se calcula dividiendo la TASA DE PORCENTAJE ANUAL o APR por la cantidad de días en el año (365 días o 366 en un año bisiesto). A partir de la fecha en que entra en vigencia un ajuste en la tasa y hasta la próxima Fecha de Cambio, la Tasa Periódica diaria vigente en ese momento se aplicará al saldo promedio diario en la Cuenta para determinar los cargos por intereses. Se aplicará un ajuste en la Tasa Periódica diaria y la TASA DE PORCENTAJE ANUAL correspondiente tanto a los saldos pendientes en la Cuenta como a los nuevos Adelantos en Efectivo, cualquier Transferencia de saldo de otras cuentas de tarjetas de crédito, compras a crédito y otros cargos.
Cargos por Intereses. Los Cargos-por Intereses se computan únicamente sobre el balance del principal. El Tenedor pagará un Cargo - por Intereses mensual sobre el balance de su cuenta durante el período de facturación, como se describe a continuación, que nunca será más alto que el tipo establecido por la Ley y los reglamentos correspondientes. El Cargo - por Intereses de la tarjeta Santander ZeroCard de MasterCard®, para mercancías y servicios y adelantos de efectivo y transferencia de balance varía conforme a la puntuación de crédito del solicitante al momento de la evaluación de crédito, la cual puede fluctuar desde 0.9125% hasta 2.1625% mensual (Tasa Periódica), equivalente a una Tasa de Porcentaje Anual (APR) que va desde 10.95% hasta 25.95%. Si la tasa divulgada en la oferta que le hiciera el Banco Santander Puerto Rico mediante carta de oferta, teléfono, internet o cualquier otro medio es distinta a ésta, la Tasa Periódica se computa dividiendo la Tasa de Porcentaje Anual aplicable a su cuenta entre doce (12). Se impondrá un Cargo - por Intereses sobre las compras cargadas a esta cuenta aplicando la Tasa Periódica Mensual indicada al Balance Diario Promedio. Obtenemos este balance tomando el balance inicial de cada día del período de facturación, restándole los pagos y créditos y sumándole las compras, excepto compras hechas en períodos de facturación en que el balance inicial del período sea $0 ó ese balance inicial sea pagado por completo dentro del período. Entonces sumamos todos los balances diarios dentro del período de facturación y dividimos este total entre el número de días comprendidos dentro del período. El resultado es el Balance Diario Promedio. No se impondrá Cargo por Intereses para períodos de facturación en que no exista un balance previo o durante el cual los pagos y créditos igualen o excedan el balance anterior. Los Cargos -por Intereses respecto a adelantos de efectivo se impondrán aplicando la Tasa Periódica Mensual indicada al Balance Diario Promedio desde la fecha en que el Tenedor y/o las personas autorizadas por el Tenedor, reciban dichos adelantos hasta su total pago.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.