Cargos por Intereses Cláusulas de Ejemplo

Cargos por Intereses. La cantidad que le cobramos por su crédito en cada tipo de transacción. Añadimos los Cargos por Intereses a la Cuenta sumando los Cargos por Intereses al Balance de cada tipo de transacción y al APR al cual aplica. (Por ejemplo, sumamos los Cargos por Intereses en Compras al Balance de Compras.) Calculamos el Cargo por Interés aplicando el DPR de cada tipo de transacción y el APR al Balance Promedio Diario de ese tipo de transacción. Multiplicamos el resultado por el número de días en el ciclo de facturación. Eso nos da el total de los Cargos por Intereses de ese tipo de transacción para ese periodo de facturación. Los Cargos por Adelantos de Efectivo, Transferencias de Balance y Cheques de Conveniencia se suman a balance correspondiente, todos los demás Cargos se añaden al balance de Compras. Si paga la cantidad del Pago Mínimo a la Fecha de Vencimiento de Pago, no pagará penalidades. Usted debe pagar a tiempo.
Cargos por Intereses. Los cargos por intereses de su préstamo se calcularán de la siguiente manera: a. El interés adeudado para una período de facturación será el Balance diario promedio multiplicado por la Tasa periódica. b. El interés adeudado para un período de facturación se pagará antes que cualquier pago mensual. El resto se aplicará como una reducción del Balance del capital.
Cargos por Intereses. Los Cargos-por Intereses se computan únicamente sobre el balance del principal. El Tenedor pagará un Cargo - por Intereses mensual sobre el balance de su cuenta durante el período de facturación, como se describe a continuación, que nunca será más alto que el tipo establecido por la Ley y los reglamentos correspondientes. El Cargo - por Intereses de la tarjeta Santander ZeroCard de MasterCard®, para mercancías y servicios y adelantos de efectivo y transferencia de balance varía conforme a la puntuación de crédito del solicitante al momento de la evaluación de crédito, la cual puede fluctuar desde 0.9125% hasta 2.1625% mensual (Tasa Periódica), equivalente a una Tasa de Porcentaje Anual (APR) que va desde 10.95% hasta 25.95%. Si la tasa divulgada en la oferta que le hiciera el Banco Santander Puerto Rico mediante carta de oferta, teléfono, internet o cualquier otro medio es distinta a ésta, la Tasa Periódica se computa dividiendo la Tasa de Porcentaje Anual aplicable a su cuenta entre doce (12). Se impondrá un Cargo - por Intereses sobre las compras cargadas a esta cuenta aplicando la Tasa Periódica Mensual indicada al Balance Diario Promedio. Obtenemos este balance tomando el balance inicial de cada día del período de facturación, restándole los pagos y créditos y sumándole las compras, excepto compras hechas en períodos de facturación en que el balance inicial del período sea $0 ó ese balance inicial sea pagado por completo dentro del período. Entonces sumamos todos los balances diarios dentro del período de facturación y dividimos este total entre el número de días comprendidos dentro del período. El resultado es el Balance Diario Promedio. No se impondrá Cargo por Intereses para períodos de facturación en que no exista un balance previo o durante el cual los pagos y créditos igualen o excedan el balance anterior. Los Cargos -por Intereses respecto a adelantos de efectivo se impondrán aplicando la Tasa Periódica Mensual indicada al Balance Diario Promedio desde la fecha en que el Tenedor y/o las personas autorizadas por el Tenedor, reciban dichos adelantos hasta su total pago.
Cargos por Intereses a. Tasa de Porcentaje Anual Variable. Las TASAS DE PORCENTAJE ANUAL para planes de Cuenta (como Compras, Adelantos de Efectivo y Transferencias de Saldo) se dan a conocer en la DIVULGACIÓN DE APERTURA DE CUENTA. Estas tasas pueden variar mensualmente y se ajustarán el primer día de cada período de facturación ("Fecha de Cambio"). La TASA DE PORCENTAJE ANUAL en cada Fecha de Cambio se basa en el valor de un índice MÁS un margen. El "Indice" es la tasa preferencial xxx Xxxx Street Journal. La información sobre el Índice está disponible o publicada en la sección "Tasas de Cambio" xxx Xxxx Street Journal. Usaremos el Índice más reciente disponible para nosotros a partir de la última fecha de publicación en el mes calendario anterior a cada Fecha de Cambio (“Tasa de Índice”). Si el índice ya no está disponible, elegiremos un índice y un margen nuevos. El nuevo Índice tendrá un movimiento histórico sustancialmente similar al Índice original, y el nuevo Índice y el margen darán como resultado una tasa de porcentaje anual que es sustancialmente similar a la tasa vigente en el momento en que el Índice original deja de estar disponible. Para obtener más información sobre los márgenes actuales, consulte la DIVULGACIÓN DE APERTURA DE LA CUENTA. Un aumento o disminución en la Tasa de Índice provocará un aumento o disminución en la Tasa Periódica y la TASA DE PORCENTAJE ANUAL correspondiente y puede aumentar la cantidad y el número de pagos mínimos. A menos que lo prohíba la ley, no hay límite en la cantidad que la Tasa Periódica y la TASA DE PORCENTAJE ANUAL correspondiente pueden aumentar. La “Tasa Periódica” utilizada para calcular los cargos por intereses es una tasa periódica diaria, que se calcula dividiendo la TASA DE PORCENTAJE ANUAL o APR por la cantidad de días en el año (365 días o 366 en un año bisiesto). A partir de la fecha en que entra en vigencia un ajuste en la tasa y hasta la próxima Fecha de Cambio, la Tasa Periódica diaria vigente en ese momento se aplicará al saldo promedio diario en la Cuenta para determinar los cargos por intereses. Se aplicará un ajuste en la Tasa Periódica diaria y la TASA DE PORCENTAJE ANUAL correspondiente tanto a los saldos pendientes en la Cuenta como a los nuevos Adelantos en Efectivo, cualquier Transferencia de saldo de otras cuentas de tarjetas de crédito, compras a crédito y otros cargos. b. Cuándo Comienzan los Cargos por Interés. Un "Período xx Xxxxxx" es cualquier período durante un ciclo de facturación en el que no a...

Related to Cargos por Intereses

  • Trabajos por día 53.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Gerente de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 53.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Gerente de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. 53.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 53.2 de las CGC.

  • EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

  • Contratos eventuales por circunstancias de la producción La duración máxima de los contratos eventuales por circunstancias de la producción, acumulación de tareas o exceso de pedidos, podrá ser de hasta doce meses en un período de dieciocho meses.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • VALIDEZ DE LA PROPUESTA 16.1 La propuesta deberá tener una validez no menor a sesenta (60) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas. En Convocatorias Internacionales, la propuesta deberá tener una validez no menor a noventa (90) días calendario. 16.2 En circunstancias excepcionales por causas de fuerza mayor, caso fortuito o interposición de Recursos Administrativos de Impugnación, la entidad convocante podrá solicitar por escrito la extensión del período de validez de las propuestas, disponiendo un tiempo perentorio para la renovación de garantías, para lo que se considerará lo siguiente: a) El proponente que rehúse aceptar la solicitud, será excluido del proceso, no siendo sujeto de ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta. b) Los proponentes que accedan a la prórroga, no podrán modificar su propuesta. c) Para mantener la validez de la propuesta, el proponente deberá necesariamente presentar una garantía que cubra el nuevo plazo de validez de su propuesta.

  • GARANTÍA DE LOS BIENES 28.1 El Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, sin uso, del modelo más reciente o actual e incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa. 28.2 De conformidad con la Subcláusula 22.1(b) de las CGC, el Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de actos y omisiones que éste hubiese incurrido, o derivados del diseño, materiales o manufactura, durante el uso normal de los bienes en las condiciones que imperen en el país de destino final. 28.3 Salvo que se indique otra cosa en las CEC, la garantía permanecerá vigente durante el período cuya fecha de terminación sea la más temprana entre los períodos siguientes: doce (12) meses a partir de la fecha en que los Bienes, o cualquier parte de ellos según el caso, hayan sido entregados y aceptados en el punto final de destino indicado en el Contrato, o dieciocho (18) meses a partir de la fecha de embarque en el puerto o lugar xx xxxxx en el país de origen. 28.4 El Comprador comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. El Comprador otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos. 28.5 Tan pronto reciba el Proveedor dicha comunicación, y dentro del plazo establecido en las CEC, deberá reparar o reemplazar los Bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para el Comprador. 28.6 Si el Proveedor después de haber sido notificado, no cumple con corregir los defectos dentro del plazo establecido en las CEC, el Comprador, dentro de un tiempo razonable, podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del Proveedor y sin perjuicio de otros derechos que el Comprador pueda ejercer contra el Proveedor en virtud del Contrato

  • PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS 13.1.- Las proposiciones se presentarán en el lugar y plazo indicados en el escrito de invitación o en el anuncio publicado al efecto. Si el día indicado fuera sábado o festivo, se estará al primer día hábil siguiente. 13.2.- La documentación que se presente, debe ir acompañada de una relación de todos los documentos que se adjuntan. 13.3.- La presentación de la proposición presupone la aceptación incondicionada por el interesado del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego y, en su caso, xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas. 13.4.- El importe de la proposición económica no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la letra A del Cuadro de características del contrato. 13.5.- Los interesados habrán de presentar sus ofertas referidas a la totalidad de los bienes objeto del suministro. No obstante, si hubiese lotes, los interesados podrán presentar ofertas referidas a uno, a varios, o a la totalidad de los lotes, especificando, en su caso, la oferta correspondiente a cada lote. 13.6.- Cada interesado podrá presentar sólo una oferta en relación con el objeto del contrato, o del lote o lotes a los que licite. Cuando se permita la presentación de variantes o mejoras en la letra J del Cuadro de características del contrato, las variantes o mejoras que 13.7.- El empresario que haya presentado oferta en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar oferta individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. 13.8.- El incumplimiento de las normas contenidas en los dos apartados anteriores dará lugar a la no admisión de todas las ofertas suscritas por el licitador. 13.9.- Las oficinas receptoras darán recibo de cada proposición al presentador, en el que constará el nombre del licitador, la denominación del contrato objeto de la licitación y el día y hora de la presentación. Una vez entregada o remitida la proposición, no podrá ser retirada. 13.10.- Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta en el mismo día, mediante cualquiera de los medios permitidos, de acuerdo con lo previsto en la letra I del Cuadro de características del contrato. Sólo se admitirá la comunicación por correo electrónico cuando así figure indicado; en caso contrario se entiende que no se admite. 13.11.- Una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación general de los licitadores o candidatos que no hayan resultado adjudicatarios quedará a su disposición en las oficinas del órgano de contratación. En el caso de que la documentación no sea retirada en el plazo de 6 meses, se entenderá que el interesado ha renunciado a ella y el órgano de contratación quedará facultado para destruirla.