Cerrajería de emergencia Cláusulas de Ejemplo

Cerrajería de emergencia. En los casos en que el Asegurado no pueda entrar o salir de la vivienda asegurada por cualquier hecho accidental como pérdida, extravío o robo de llaves o inutilización de la cerradura por intento de robo u otra causa que impida la apertura de la misma, el Asegurador se hará cargo no sólo de los gastos de desplazamiento, sino también de los de mano de obra para la apertura de la puerta, pero no de los eventuales costos de reposición o arreglo de la cerradura, llaves u otros elementos de cierre.
Cerrajería de emergencia. No serán a cargo del Asegurador los eventuales costes de reposición o arreglo de la cerradura, llave u otros elementos de cierre.
Cerrajería de emergencia. SI A CONSECUENCIA DE PÉRDIDA, EXTRAVÍO, HURTO O ROTURA DE LAS LLAVES DE LA PUERTA PRINCIPAL DE INGRESO, EL ASEGURADO SE VIERA IMPOSIBILITADO DE ENTRAR A SU DOMICILIO PERMANENTE, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA ENVIARÁ UN CERRAJERO, LO MÁS PRONTO QUE RESULTE POSIBLE, PARA QUE ÉSTE REALICE LA APERTURA DE LA PUERTA PRINCIPAL DE LA VIVIENDA DEL ASEGURADO. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA ASUMIRÁ ÚNICAMENTE EL DESPLAZAMIENTO DEL TÉCNICO Y LA MANO DE OBRA DEL MISMO, HASTA UN MÁXIMO DE 20 SMDLV POR EVENTO. QUEDAN EXCLUIDAS DE LA PRESENTE COBERTURA, LA REPARACIÓN Y/O REPOSICIÓN DE CERRADURAS, EL ARREGLO Y/O REPOSICIÓN DE PUERTAS, CAMBIO DE GUARDAS, GASTOS DE ORNAMENTACIÓN Y APERTURA DE PUERTAS INTERIORES, ASÍ COMO LA APERTURA O REPARACIÓN DE CERRADURAS DE GUARDARROPAS, ALACENAS, DEPÓSITOS, TERRAZAS, Y CANDADOS.
Cerrajería de emergencia. Si a consecuencia de pérdida, extravío, robo o rotura de las llaves de la puerta principal de ingreso, el asegurado se viera imposibilitado de entrar a su domicilio permanente, la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA enviará un cerrajero de la forma más rápida posible para que éste realice la apertura de la puerta principal de la vivienda del asegurado. COMPAÑÍA DE ASISTENCIA asumirá únicamente el desplazamiento del técnico y la mano de obra del mismo, hasta un máximo de 20 SMDLV por evento. Quedan excluidas de la presente cobertura, la reparación y/o reposición de cerraduras, el arreglo y/o reposición de puertas, cambio de guardas, gastos de ornamentación y apertura de puertas interiores, así como la apertura o reparación de cerraduras de guardarropas, alacenas, depósitos, terrazas, y candados.
Cerrajería de emergencia. Cuando a consecuencia de cualquier hecho accidental, como pérdida, extravío, hurto de las llaves o inutilización de la cerradura por intento de hurto u otra causa que impida la apertura de alguna de las puertas exteriores del inmueble registrado, LA COMPAÑÍA enviará al inmueble registrado, previo acuerdo con el beneficiario, un técnico especializado que realizará las labores para permitir el acceso por dicha puerta y arreglar o en caso necesario sustituir la cerradura de la misma por una de características similares. Exclusiones a la cobertura de Cerrajería: A. Reparación y/o reposición de cerraduras que impidan el acceso a partes internas del inmueble.
Cerrajería de emergencia. En los casos en que el Asegurado no pueda entrar o salir del comercio asegurado por cualquier hecho accidental como pérdida, extravío o robo de llaves o inutilización de la cerradura por intento de robo u otra causa que impida la apertura de la misma , el Asegurador se hará cargo no sólo de los gastos de desplazamiento, sino también de los de mano de obra para la apertura de la puerta, pero no de los eventuales costos de reposición o arreglo de la cerradura, llaves u otros elementos de cierre.

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  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA El CONTRATISTA ejecutará y entregará la obra satisfactoriamente concluida, en estricto acuerdo con los ítems de la propuesta adjudicada, los planos del diseño final, la validación del lugar de la obra, las especificaciones técnicas y el Cronograma de Ejecución de Obra en el plazo de (Registrar en forma literal y numeral el plazo de ejecución de la obra) calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR expida la Orden de Proceder, por orden de la ENTIDAD. Emitida la Orden de Proceder, que constará en el Libro de Órdenes, comenzará a correr el plazo de ejecución de la obra. El plazo para la movilización del CONTRATISTA, realizando los trabajos de instalación de faenas, facilidades para la SUPERVISIÓN y propias, que será de (Registrar en forma literal y numeral el plazo previsto para el efecto) días calendario, forma parte del plazo total de ejecución de la obra, por lo que también se computa a partir de la emisión de la Orden de Proceder. El plazo de ejecución de la obra, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado en los siguientes casos: a) Cuando la ENTIDAD así lo determine. b) Por demora en el pago de planillas de avance de obra. c) Por otras de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo. En los casos señalados precedentemente se aplicara el procedimiento establecido en la Cláusula Trigésima, dando lugar a una modificación del contrato por Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio, conforme lo establecido en los incisos b) y c) del numeral 30.4, del presente contrato. El CONTRATISTA deberá efectuar el trámite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que será analizado por el SUPERVISOR para luego emitir informe y recomendación respectiva al FISCAL, a efectos de la emisión de la Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio que establezca la ampliación de plazo.

  • VIGENCIA DE LA OFERTA El periodo de vigencia de la oferta, será de 120 días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

  • VIGENCIA DEL SERVICIO “El Prestador de Servicios” se obliga a la prestación del servicio a partir del día 19 (Diecinueve) xx Xxxxx y hasta el 31 (Treinta y Uno) de Diciembre de 2017.-------------------------

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal

  • PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA UNIVERSIDAD” los bienes que se mencionan en la Cláusula PRIMERA del presente conforme a lo establecido en el Anexo “2”. Lugares de entrega, siendo responsable de su recepción las personas establecidas en el mencionado anexo; todas en horario de 8:00 a 15:00 horas en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, Ciudad Universitaria, conforme a las condiciones de entrega establecidas en las bases y junta de aclaraciones de la I.T.P. Nº 901045968-005-18. Previo a la entrega de bienes, y cuando menos 24 horas antes de la entrega de bienes, “EL PROVEEDOR” deberá concertar cita para tal fin al Departamento de Compras de “LA UNIVERSIDAD”, a los teléfonos 00 (000) 000-00-00, 000-00-00 o 000-00-00, con la C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx y/o el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Únicamente se otorgarán prorrogas para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento, cuando previo a su fecha de vencimiento y a solicitud expresa por escrito del proveedor, se establezcan y acredite el caso fortuito o la fuerza mayor que justifiquen el otorgamiento de la prorroga necesaria para el cumplimiento de las obligaciones. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar los bienes perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarden del polvo y la humedad, debiendo garantizar la identificación y entrega individual y total de los bienes que preserven sus cualidades durante el transporte y almacenaje, sin desgaste de su vida útil y sin daño o perjuicio alguno para “LA UNIVERSIDAD”. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a cubrir todos los gastos y absorber todos los riesgos hasta los sitios de entrega señalados, así como los relativos al aseguramiento de los mismos; la instalación y puesta en operación a entera satisfacción de “LA UNIVERSIDAD”. Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme con la descripción del Catálogo de Artículos, así como con las condiciones requeridas, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones. “EL PROVEEDOR”, se compromete a realizar la entrega de los bienes de manera personal, ya que no se aceptará la entrega de bienes mediante contratación de servicio de mensajería o paquetería.

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Concurso Público N° 007-2019-SBS 60

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • VIGENCIA DE LA PÓLIZA Es el período durante el cual la aseguradora se compromete, mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona según se detalla en las Condiciones Particulares.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.