Clasificación xx xxxxxx leves. Se consideran faltas leves las siguientes: 1. De una a tres faltas de puntualidad, durante un período de treinta días naturales, sin causa justificada. 2. No notificar en las 24 horas primeras la baja correspondiente de incapacidad laboral transitoria o la razón cuando se falta al trabajo por motivos justificados, a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo. 3. El abandono del trabajo sin causa justificada por breve tiempo. 4. La falta incidental de aseo o limpieza personal. 5. Discutir sobre asuntos extraños al trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Clasificación xx xxxxxx leves. Se consideran faltas leves las siguientes:
1. De una a tres faltas de puntualidad, durante un período de treinta días naturales, sin causa justificada.días
2. No notificar en las 24 horas primeras la baja correspondiente de incapacidad incapa- cidad laboral transitoria o la razón cuando se falta al trabajo por motivos justificados, a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
3. El abandono del trabajo sin causa justificada por breve tiempo.
4. La falta incidental de aseo o limpieza personal.
5. Discutir sobre asuntos extraños al trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo
Clasificación xx xxxxxx leves. Se consideran faltas leves las siguientes:
1. De una a tres faltas de puntualidadpuntualidad en la asistencia al trabajo, durante un sin la debida justificación y cometidas dentro del período de treinta días naturales, sin causa justificadaun mes.
2. No notificar en las 24 horas primeras dos días hábiles la baja correspondiente de incapacidad laboral transitoria incapaci- dad temporal o la razón cuando se de la falta al trabajo por motivos justificados, a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
3. El abandono del de trabajo sin causa justificada por breve tiempo.
4. La falta incidental de aseo o y limpieza personal.
5. Discutir sobre asuntos extraños al trabajoNo comunicar el cambio de domicilio, dentro de los diez días de pro- ducido.
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Samples: Convenio Colectivo Básico Estatal
Clasificación xx xxxxxx leves. Se consideran faltas leves las siguientes:
1. De leves: 1.–De una a tres faltas de puntualidadpuntualidad en la asistencia al trabajo, durante un sin la debida justificación y cometidas dentro del período de treinta días naturales, sin causa justificada.
2un mes. No 2.–No notificar en las 24 horas primeras dos días hábiles la baja correspondiente de incapacidad laboral transitoria IT o la razón cuando se de la falta al trabajo por motivos justificados, a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
3. El 3.–El abandono del trabajo sin causa justificada por breve tiempo.
4. La 4.–La falta incidental de aseo o y limpieza personal.
5. Discutir sobre asuntos extraños al trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo