CLÁUSULA PENAL COMPENSATORIA. En caso de declaratoria de caducidad o incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, se estipula como pena pecuniaria una suma equivalente al diez (10%) del valor total del contrato, la cual podrá ser compensada con los valores que le adeude la ANI al CONTRATISTA de conformidad con las reglas del Código Civil y será imputable a la garantía de que trata la cláusula anterior.
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Samples: Contrato De Obra, Contrato De Prestacion De Servicios, Contrato De Prestacion De Servicios
CLÁUSULA PENAL COMPENSATORIA. En caso de declaratoria de caducidad o incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, se estipula como pena pecuniaria una suma equivalente al diez (10%) del valor total del contrato, la cual podrá ser compensada con los valores que le adeude la ANI al CONTRATISTA de conformidad con las reglas del Código Civil y será imputable a la garantía de que trata la cláusula anteriorvigésima.
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Samples: www.ani.gov.co