Comparación de las Ofertas. (e) ajustes debidos a la aplicación de un margen de preferencia, si corresponde, de conformidad con la cláusula 35 de las IAO. 36.4 Al evaluar una oferta el Comprador excluirá y no tendrá en cuenta: (a) en el caso de bienes de origen en el país del Comprador, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (b) en el caso de bienes de origen fuera del País del Comprador, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (c) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato, si estuviese estipulado en la oferta. 36.5 La evaluación de una oferta requerirá que el Comprador considere otros factores, además del precio cotizado, de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO. Estos factores estarán relacionados con las características, rendimiento, términos y condiciones de la compra de los Bienes y Servicios Conexos. El efecto de los factores seleccionados, si los hubiere, se expresarán en términos monetarios para facilitar la comparación de las ofertas, a menos que se indique lo contrario en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. Los factores, metodologías y criterios que se apliquen serán aquellos especificados de conformidad con la Subcláusula 36.3(d) de las IAO. 36.6 Si así se indica en los DDL, estos Documentos de Licitación permitirán que los Oferentes coticen precios separados por uno o más lotes, y permitirán que el Comprador adjudique uno o varios lotes a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la más baja, está detallada en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. 37.1 El Comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada como la más baja, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO.
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Samples: Licitación Pública Internacional, Licitación
Comparación de las Ofertas. (e) ajustes debidos a la aplicación de un margen de preferencia, si corresponde, de conformidad con la cláusula 35 de las IAO.
36.4 Al evaluar una oferta el Comprador excluirá y no tendrá en cuenta:
(a) en el caso de bienes de origen en el país del Comprador, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente;
(b) en el caso de bienes de origen fuera del País del Comprador, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente;
(c) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato, si estuviese estipulado en la oferta.
36.5 La evaluación de una oferta requerirá que el Comprador considere otros factores, además del precio cotizado, de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO. Estos factores estarán relacionados con las características, rendimiento, términos y condiciones de la compra de los Bienes y Servicios Conexos. El efecto de los factores seleccionados, si los hubiere, se expresarán en términos monetarios para facilitar la comparación de las ofertas, a menos que se indique lo contrario en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. Los factores, metodologías y criterios que se apliquen serán aquellos especificados de conformidad con la Subcláusula 36.3(d36.3 (d) de las IAO.
36.6 Si así se indica en los DDL, estos Documentos de Licitación permitirán que los Oferentes coticen precios separados por uno o más lotes, y permitirán que el Comprador adjudique uno o varios lotes a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la más baja, está detallada en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.
37.1 El Comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada como la más baja, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO.
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Samples: Licitación
Comparación de las Ofertas. (e) ajustes debidos 35.1 La comparación indicada se efectuará sólo a nivel de precios, para determinar la oferta más baja a la aplicación que se le aplicarán los Criterios de un margen Evaluación y Calificación que se indican en la Sección III.
35.2 El propósito de preferencia, si corresponde, la evaluación de conformidad las calificaciones del Oferente que ha presentado la Oferta de Menor Precio y sus Propuestas Técnica y Económica cumplen en forma substancial con la cláusula 35 de las IAO.
36.4 Al evaluar una oferta el Comprador excluirá y no tendrá en cuenta:
(a) en el caso de bienes de origen en el país del Comprador, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente;
(b) en el caso de bienes de origen fuera del País del Comprador, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente;
(c) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato, si estuviese estipulado en la oferta.
36.5 La evaluación de una oferta requerirá que el Comprador considere otros factores, además del precio cotizado, de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO. Estos factores estarán relacionados con las características, rendimiento, términos y condiciones de la compra totalidad de los Bienes requisitos técnicos, económicos y Servicios Conexos. El efecto financieros establecidos, es establecer si ese Oferente, empresa, consorcio o unión transitoria de empresas, también cumplimenta los requisitos mínimos exigibles para poder resultar adjudicatario del Contrato de Obra, en todo lo relacionado con los factores seleccionados, si los hubiere, se expresarán en términos monetarios para facilitar la comparación de las ofertas, a menos que se indique lo contrario ponderación estipulados en la Sección III, Criterios Elegibilidad, Historial de Incumplimiento de Contratos, Situación Financiera y Experiencia. Dentro de cada uno de estos factores se definen los otros sub- factores que serán evaluados sobre la base de información suministrada por los Oferentes en Formularios de Oferta relacionados con Calificación o ante el requerimiento de aclaraciones por parte de la Comisión de Evaluación y Calificaciónde las Ofertas.
35.3 El Contratante podrá declarar desierta la Licitación cuando ninguna de las Ofertas satisfaga las especificaciones o cuando se demuestre evidentemente que ha habido falta de competencia o colusión; también podrá, previa consulta con el MIOPyV o el Banco según corresponda, rechazar todas las Ofertas si todos los montos de los Precios cotizados son superiores al Presupuesto Oficial, debidamente actualizado, en un porcentaje que así lo justifique. Los factoresAsimismo, metodologías y criterios que se apliquen serán aquellos especificados el Contratante podrá dejar sin efecto el Llamado a Licitación por decisión unilateral de conformidad su parte, contando previamente con la Subcláusula 36.3(d) de las IAOno objeción del MIOPyV y del Banco.
36.6 Si así se indica en los DDL, estos Documentos de Licitación permitirán que los Oferentes coticen precios separados por uno o más lotes, y permitirán que el Comprador adjudique uno o varios lotes a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la más baja, está detallada en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.
37.1 El Comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada como la más baja, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO.
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Samples: Licitación
Comparación de las Ofertas. (e) ajustes debidos La comparación de ofertas será por factor precio sobre el conjunto de ofertas válidas, adjudicándose a la aplicación oferta válida de un margen menor Precio Total de preferenciaComparación de la oferta A esos efectos, si corresponde, se define el Precio Total de conformidad con Comparación de la cláusula 35 oferta al que resulte de la suma de: Los precios totales de los rubros de cotización por precio unitario que resulta de multiplicar los precios unitarios ofertados por las IAO.
36.4 Al evaluar una oferta el Comprador excluirá y no tendrá en cuenta:
(a) cantidades establecidas en el caso formulario Lista de bienes Cantidades y Precios. Leyes Sociales correspondientes. Se deja expresa constancia que a los efectos de origen en el país del Comprador, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente;
(b) en el caso de bienes de origen fuera del País del Comprador, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente;
(c) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato, si estuviese estipulado en la oferta.
36.5 La evaluación de una oferta requerirá que el Comprador considere otros factores, además del precio cotizado, de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO. Estos factores estarán relacionados con las características, rendimiento, términos y condiciones de la compra de los Bienes y Servicios Conexos. El efecto de los factores seleccionados, si los hubiere, se expresarán en términos monetarios para facilitar la comparación de las ofertasofertas el monto de los aportes sociales totales de la oferta será el 71,8 % (setenta y uno con cuatro decimales por ciento) del monto resultante de: sumatoria del Monto imponible de Mano de obra unitario incluido por el oferente en la Planilla de Cantidades y Precios de cada rubro multiplicado por su respectivo metraje o cantidad, a menos siempre que se indique lo contrario verifique que el porcentaje de esa sumatoria respecto del monto Subtotal de la oferta (Monto (6) de la Planilla de Cantidades y Precios) resulte mayor o igual al coeficiente a que multiplica el parámetro J/Jo en la Sección IIIfórmula paramétrica de la Cláusula 9.6.12 del presente documento. que surja de multiplicar el coeficiente a que multiplica el parámetro J/Jo en la fórmula paramétrica de la Cláusula 9.6.12 del presente documento, Criterios por el monto Subtotal de Evaluación la oferta (Monto (6) de la Planilla de Cantidades y CalificaciónPrecios) si el porcentaje del Monto imponible total declarado en la oferta (sumatoria de los montos imponibles unitarios de cada rubro multiplicados por sus metrajes o cantidades respectivas de cada rubro) respecto del monto Subtotal de la oferta (Monto (6) de la Planilla de Cantidades y Precios) resulta menor al referido coeficiente a. No obstante el tope máximo de monto imponible por el cual O.S.E. realizará los aportes sociales será el que surja del monto imponible de Mano de obra (Xxxxx imponible) declarado en la oferta, actualizado por los aumentos de salarios que existieran durante la ejecución de los trabajos. Superado el tope antes establecido, el contratista será responsable de los pagos por aportes sociales ante el Banco de Previsión Social. Los factoresmontos correspondientes serán descontados de los pagos (certificados de obra) que O.S.E. deba efectuar al contratista. En el caso que no hubiera pagos pendientes, metodologías y criterios que se apliquen serán aquellos especificados descontados de conformidad con la Subcláusula 36.3(d) Garantía de las IAO.
36.6 Buena Ejecución o de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Si así se indica durante la ejecución de los trabajos, el Poder Ejecutivo, al autorizarse los incrementos salariales en la Industria de la Construcción, estableciera en los DDLmismos Índices de Traslado de Precios al Consumo, estos Documentos los excesos de Licitación permitirán que los Oferentes coticen precios separados aportes sociales se calcularán teniendo en cuenta el citado índice. Además la oferta deberá verificar que: El precio total del Rubro 1 - Implantación y Movilización, de la Planilla de Cantidades y Precios, sea menor o igual al 3% (tres por uno o ciento) del Precio total de la oferta. En caso de incumplimiento de este porcentaje, el monto por exceso (monto en más lotes, y permitirán que el Comprador adjudique uno o varios lotes a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la más baja, está detallada del 3 %) será ajustado por O.S.E. al 3% en la Sección IIIpropuesta de adjudicación a los efectos de cumplir con el fijado en este Pliego. Al momento de la certificación del Rubro Implantación se descontará dicho monto por exceso y se certificará en el último certificado de obra, Criterios conjuntamente con el Rubro Desmovilización. El precio total del Rubro 7 - Desmovilización, de Evaluación la Planilla de Cantidades y Calificación.
37.1 El Comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente Precios, sea mayor o igual al 3% (tres por ciento) del Precio total de la oferta. En caso de incumplimiento de este porcentaje, el monto por defecto (monto faltante para determinar alcanzar el porcentaje establecido) será ajustado por O.S.E. al 3 % en la propuesta de adjudicación a los efectos de cumplir con el fijado en este Pliego. En caso de incumplimiento de este porcentaje, el monto por defecto (monto faltante para alcanzar el porcentaje establecido) será retenido del Rubro Implantación y se certificará como último certificado de obra conjuntamente con el Rubro Desmovilización. Si la oferta evaluada como con el Precio Total de Comparación de la oferta más bajabajo está seriamente desequilibrada o implica un cronograma de pagos no ajustado a solo juicio de O.S.E., la Administración podrá exigir al oferente incrementar el monto de conformidad con la Cláusula 36 Garantía de las IAOFiel Cumplimiento del contrato, hasta un monto que considere suficiente para protegerse de eventuales pérdidas financieras en caso de incumplimiento del contratista.
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Samples: Licitación Pública Nacional
Comparación de las Ofertas. (e) ajustes debidos El Contratante comparará, conforme a lo establecido en la aplicación IAL 35, los costos evaluados de un margen todas las Ofertas que se ajusten sustancialmente al documento de preferencialicitación, para determinar cuál es la Oferta con el costo evaluado más bajo. Ofertas Excesivamente Bajas Una Oferta excesivamente baja es aquella cuyo precio, en combinación con otros elementos constitutivos de la Oferta, parece ser tan bajo que despierta serias dudas sobre la capacidad del Licitante para ejecutar el Contrato al precio cotizado. En caso de detectar lo que podría constituir una Oferta excesivamente baja, el Contratante pedirá al Licitante que brinde aclaraciones por escrito y, en especial, que presente análisis pormenorizados del Precio de la Oferta en relación con el objeto del Contrato, el alcance, la metodología propuesta, el cronograma, la distribución de riesgos y responsabilidades, y de cualquier otro requisito establecido en el documento de licitación. Tras evaluar los análisis de precios, si corresponde, de conformidad con la cláusula 35 de las IAO.
36.4 Al evaluar una oferta el Comprador excluirá y no tendrá en cuenta:
(a) en el caso de bienes de origen en el país del Comprador, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente;
(b) en el caso de bienes de origen fuera del País del Comprador, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente;
(c) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato, si estuviese estipulado en la oferta.
36.5 La evaluación de una oferta requerirá determina que el Comprador considere otros factores, además del Licitante no ha demostrado su capacidad para ejecutar el Contrato al precio cotizado, el Contratante rechazará la Oferta. Ofertas Desequilibradas o con Pagos Iniciales Abultados Si la Oferta por un contrato basado en la medición de conformidad ejecución de obra con el costo evaluado más bajo está, a juicio del Contratante, seriamente desequilibrada o implica pagos iniciales abultados, el Contratante puede pedir al Licitante que presente aclaraciones por escrito que incluyan, por ejemplo, análisis pormenorizados de precios para demostrar la Cláusula 14 coherencia del precio de la Oferta con el alcance de las IAOObras, la metodología propuesta, el cronograma y cualquier otro requisito establecido en el documento de licitación. Estos factores estarán relacionados con las característicasDespués de evaluar la información y los análisis pormenorizados de precios presentados por el Licitante, rendimientoel Contratante puede, términos y condiciones según proceda: aceptar la Oferta, o solicitar que el monto de la compra Garantía de los Bienes y Servicios ConexosCumplimiento se incremente a expensas del Licitante hasta un nivel que no supere el 20 % del Precio del Contrato, o rechazar la Oferta. Calificación del Licitante El efecto de los factores seleccionadosContratante determinará, a su entera satisfacción, si los hubiere, se expresarán en términos monetarios para facilitar el Licitante elegible seleccionado por haber presentado la comparación de las ofertas, a menos Oferta que tiene el costo evaluado más bajo y que se indique lo contrario ajusta sustancialmente al documento de licitación reúne los requisitos de Calificación especificados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. Los factores, metodologías y criterios que se apliquen serán aquellos especificados de conformidad con la Subcláusula 36.3(d) de las IAO.
36.6 Si así se indica en los DDL, estos Documentos de Licitación permitirán que los Oferentes coticen precios separados por uno o más lotes, y permitirán que el Comprador adjudique uno o varios lotes a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la más baja, está detallada en la Sección III, "Criterios de Evaluación y Calificación.
37.1 El Comprador comparará todas las ofertas " La determinación se basará en el examen de los documentos presentados por el Licitante para demostrar que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada como la más bajaestá debidamente calificado, de conformidad con la Cláusula 36 IAL 17. No tendrá en cuenta las calificaciones de otras empresas, como las subsidiarias, la casa matriz, las afiliadas o los subcontratistas (excepto los Subcontratistas Especializados permitidos por el documento de licitación) del Licitante, o cualquier otra empresa distinta de este. Una determinación afirmativa será condición previa para la adjudicación del Contrato al Licitante. Una determinación negativa motivará la descalificación de la Oferta, en cuyo caso el Contratante procederá a determinar, en modo similar, si el Licitante que presentó la Oferta que tiene el costo evaluado más bajo siguiente y que se ajusta sustancialmente al documento de licitación está calificado para ejecutar el Contrato de manera satisfactoria. Oferta Más Conveniente Tras comparar los costos evaluados de las IAOOfertas, el Contratante determinará cuál es la Oferta más Conveniente, que será la que haya sido presentada por un Licitante que reúna los Criterios de Calificación y la que, según se haya determinado: se ajusta sustancialmente al documento de licitación, y tiene el costo evaluado más bajo. Derecho del Contratante a Aceptar Cualquier Oferta y Rechazar Alguna o Todas las Ofertas El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier Oferta, de anular el proceso de Licitación y de rechazar todas las Ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna frente a los Licitantes. En caso de anularse el proceso, el Contratante devolverá prontamente a los Licitantes todas las Ofertas y, específicamente, las Garantías de Seriedad de la Oferta que hubiera recibido.
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