Common use of CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Clause in Contracts

CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. EL INSTITUTO, requiere los servicios que se precisan en la Cláusula precedente, los mismos que serán prestados por el LOCADOR en forma autónoma e independiente, dentro del marco establecido por el presente contrato de locación de servicios, sin estar sujeto a ningún horario de trabajo ni jornada mínima de labor. El servicio materia del presente contrato será prestado por el LOCADOR para el Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Salud, el Director responsable presentará a la Dirección General de Administración los informes del rendimiento y actividades de el LOCADOR. Por el presente contrato EL LOCADOR se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva N°003-2003-CG/AC : “Normas de Transparencia en la Conducta y desempeño de los Funcionarios y Servidores de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional”aprobada por Resolución de Contraloría N°368-2003-CG, la misma que declara conocer.” Por el presente contrato EL LOCADOR se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva Administrativa N°075-MINSA/DST-V.01 : “Directiva Administrativa sobre neutralidad y transparencia de los empleados públicos del Ministerio de Salud y sus Dependencias” aprobada por Resolución Ministerial N°057-2006/MINSA, la misma que declara conocer. De resultar necesario, El INSTITUTO entregará oportunamente al LOCADOR, materiales, insumos e instrumentos que requiera para la prestación autónoma de sus servicios, asumiendo el LOCADOR la responsabilidad por el uso oportuno, diligente y reservado de los mismos. En este sentido, si fuera necesario que el locador, como consecuencia de las obligaciones establecidas en el presente contrato, tuviera que desplazarse dentro o fuera del país, el INSTITUTO cubrirá los gastos que genere la prestación del servicio, incluyendo pasajes, alimentación, hospedaje y movilidad local diaria. El LOCADOR deberá informar sobre sus avances y/o sobre cualquier otra contingencia dentro de las 72 horas de efectuarse la solicitud por parte de EL INSTITUTO. En cualquier caso el LOCADOR deberá emitir un informe de las obligaciones ejecutadas para su aprobación correspondiente. En caso existan observaciones al servicio prestado por el LOCADOR, éstas se harán de su conocimiento, mediante Carta Notarial, indicándose claramente el sentido de las mismas, a fin que sean subsanadas por el LOCADOR, en un plazo no mayor de 5 días, bajo apercibimiento de resolución del contrato. La aprobación del informe elaborado por el LOCADOR y la elevación de la conformidad del servicio por el órgano competente no enerva el derecho del INSTITUTO a reclamar posteriormente al LOCADOR los defectos o vicios ocultos detectados con posterioridad. La conformidad del servicio será aprobada por la Jefa del Órgano de Control Institucional, quien asume responsabilidad por el contenido y veracidad de la misma.

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Samples: Contrato De Locacion De Servicios

CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. EL INSTITUTOPara efecto de verificar la correcta prestación del servicio la Jefatura de Conservación de Unidad correspondiente, requiere los servicios implementará una bitácora de contrato en la que se precisan asentará fecha, lugar, número de contrato, administración, tipo de servicio, reportes de observaciones y firma de los responsables, tanto por parte de “El Instituto” como de “El Proveedor”, cuyo formato e instructivo se glosa en el Anexo Técnico que se integra al presente contrato como Anexo 2 (dos). La Bitácora de Contrato arriba señalada contendrá:  Fecha;  Hora;  Tipo de servicio (mantenimiento correctivo o preventivo);  El diagnóstico de la falla (en su caso);  Nombre del técnico que realice el servicio;  Nombre del servidor público que realice la solicitud;  Nombre del técnico que reciba la solicitud de “El Instituto”;  Firmas del Técnico y Jefe de Conservación del Inmueble que corresponda. Dicha bitácora de contrato servirá para realizar y poder llevar el control de eventualidades, control de cambio de refacciones, reparaciones, etcétera (la cual deberá estar foliada a efecto de utilizar una hoja para cada actividad o día, según sea el caso y cancelar el espacio no utilizado, será de gran apoyo para la supervisión y visto bueno de las actividades), lo anterior servirá para cumplir con los lineamientos establecidos por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Invariablemente, al inicio y conclusión del servicio, deberá estar presente personal de la Administración del Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmueble, el cual en atención al reporte del servicio, verificará y asentará en la Cláusula precedentebitácora de contrato que el personal que le dará atención es el designado por parte de “El Proveedor”, indicando que los mismos datos que serán prestados por el LOCADOR en forma autónoma e independiente, dentro del marco establecido por el presente contrato de locación de servicios, sin estar sujeto contenga su identificación concuerde con los requeridos conforme a ningún horario de trabajo ni jornada mínima de labor. El servicio materia del presente contrato será prestado por el LOCADOR para el Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Saludla designación efectuada, el Director responsable presentará técnico deberá establecer en ese momento el tiempo de atención del reporte. Mantenimiento Preventivo.- Tiene por objeto la conservación de los equipos de la red de frio en óptimas condiciones de operación, de conformidad con los términos de referencia del fabricante, considerando en su ejecución las actividades mínimas que se establecen en el Anexo Técnico, que se integra al presente como Anexo 2 (dos), así como:  Mano de obra especializada para realizar las rutinas de mantenimiento preventivo y correctivo a las cámaras de refrigeración y congelación de la Dirección General red de Administración frío.  “El Proveedor” deberá realizar las actividades y/o rutinas mínimas indicadas en el anexo identificado con la letra “C” del Anexo Técnico denominado “Programa Técnico de Rutinas”, debiendo considerar al efecto los informes requisitos, plazos y horarios señalados la presente cláusula, de igual manera deberá de entregar un reporte fotográfico, del rendimiento antes y actividades después como evidencia de el LOCADORlos trabajos realizados. Por el presente contrato EL LOCADOR “El Proveedor” se obliga a observar atender todos los reportes de servicio de mantenimiento correctivo a los equipos, entendiéndose como objeto la eliminación xx xxxxxx y/o daños que por uso y dar operación presenten los equipos.  Para la atención del reporte que se efectúe por falla del equipo, “El Proveedor” cuenta con 2 (dos) horas como máximo, para presentarse en el domicilio indicado, contados a partir de la hora en la que se confirme el reporte ya sea mediante llamada telefónica o a través de medios electrónicos a la dirección de correo electrónico que se haya señalado, debiendo “Las Partes” dejar constancia de su intervención en la bitácora de contrato respecto de la atención del reporte.  Una vez que el Técnico de “El Proveedor” se encuentre en el lugar indicado, personal de la Administración del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad, procederá a verificar que se trate del técnico designado y a recabar la firma de éste en la bitácora de contrato, que para los efectos de confirmar el cumplimiento de los tiempos concedidos para la atención del reporte, debiendo indicar las disposiciones contenidas fallas reportadas, dejando constancia de ello en la Directiva N°003-2003-CG/AC : “Normas bitácora de Transparencia contrato, así como los tiempos de atención, debiendo firmar ambas partes lo asentado en la Conducta y desempeño referida bitácora de los Funcionarios y Servidores contrato.  Máximo 24 (veinticuatro) horas para reparar descomposturas menores, contadas a partir de la Contraloría General fecha y hora en que se realizó el diagnóstico de la República y de los Órganos de Control Institucional”aprobada por Resolución de Contraloría N°368-2003-CGfalla, la misma que declara conocer.” Por el presente contrato EL LOCADOR las cuales se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas acreditaran en la Directiva Administrativa N°075-MINSAbitácora de contrato.  Máximo 72 (setenta y dos) horas para reparar la falla reportada catalogada como mayor, a partir del diagnóstico proporcionado por “El Proveedor” al momento de dar atención al reporte de la falla o descompostura, mismo que se asentará en la bitácora de contrato.  “El Proveedor”, por conducto del técnico designado, para los dos supuestos anteriores deberá indicar al administrador del Conjunto y/DST-V.01 : “Directiva Administrativa sobre neutralidad y transparencia o Jefe de los empleados públicos Conservación de Unidad responsable del Ministerio de Salud y sus Dependencias” aprobada por Resolución Ministerial N°057-2006/MINSA, la misma que declara conocer. De resultar necesario, El INSTITUTO entregará oportunamente al LOCADOR, materiales, insumos e instrumentos que requiera para la prestación autónoma de sus servicios, asumiendo el LOCADOR la responsabilidad por el uso oportuno, diligente y reservado de los mismos. En este sentido, si fuera necesario que el locador, como consecuencia de las obligaciones establecidas en el presente contrato, tuviera que desplazarse dentro o fuera del paísinmueble, el INSTITUTO cubrirá los gastos que genere diagnóstico de la falla, tipo de descompostura y el tiempo aproximado de reparación a efecto de verificar la correcta prestación del servicio, incluyendo pasajesdebiendo asentar en la bitácora de contrato los datos proporcionados por el técnico, alimentaciónquien también asentará su diagnóstico en la bitácora de contrato, hospedaje una vez que el técnico designado atienda el reporte y movilidad local diariareparada la falla, el personal de “El Instituto” confirmará el cumplimiento de los términos de referencia, asentando en la bitácora fecha, hora y firmas de conformidad, tanto de “El Proveedor” como de “El Instituto”. SUPERVISIÓN.- “Las Partes” convienen que “El LOCADOR deberá informar sobre sus avances Instituto” a través del Administrador de Conjunto y/o sobre cualquier otra contingencia dentro el Jefe de las 72 horas Conservación de efectuarse la solicitud por parte de EL INSTITUTO. En cualquier caso el LOCADOR deberá emitir un informe de las obligaciones ejecutadas para su aprobación correspondiente. En caso existan observaciones al servicio prestado por el LOCADOR, éstas se harán de su conocimiento, mediante Carta Notarial, indicándose claramente el sentido de las mismas, a fin que sean subsanadas por el LOCADORUnidad, en un plazo no mayor cualquier momento y sin previo aviso deberá llevar a cabo la supervisión del servicio que otorgue “El Proveedor”, con el objeto de 5 días, verificar el estricto cumplimiento del mismo y que éste se realice bajo apercibimiento de resolución las condiciones técnicas requeridas; por lo que “El Proveedor” se obliga a permitir la revisión del contrato. La aprobación del informe elaborado por personal que “El Instituto” designe para tal fin en el LOCADOR y la elevación momento de la conformidad prestación del servicio por el órgano competente no enerva el derecho del INSTITUTO a reclamar posteriormente al LOCADOR levantándose acta circunstanciada de los defectos o vicios ocultos detectados con posterioridad. La conformidad del servicio será aprobada por la Jefa del Órgano de Control Institucional, quien asume responsabilidad por el contenido y veracidad de la mismaresultados que se obtengan.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. EL INSTITUTOPara efecto de verificar la correcta prestación del servicio la Jefatura de Conservación de Unidad correspondiente, requiere los servicios implementará una bitácora de contrato en la que se precisan asentará fecha, lugar, número de contrato, administración, tipo de servicio, reportes de observaciones y firma de los responsables, tanto por parte de “El Instituto” como de “El Proveedor”, cuyo formato e instructivo se glosa en el Anexo Técnico que se integra al presente contrato como Anexo 2 (dos). La Bitácora de Contrato arriba señalada contendrá: ✓ Fecha; ✓ Hora; ✓ Tipo de servicio (mantenimiento correctivo o preventivo); ✓ El diagnóstico de la falla (en su caso); ✓ Nombre del técnico que realice el servicio; ✓ Nombre del servidor público que realice la solicitud; ✓ Nombre del técnico que reciba la solicitud de “El Instituto”; ✓ Firmas del Técnico y Jefe de Conservación del Inmueble que corresponda. Dicha bitácora de contrato servirá para realizar y poder llevar el control de eventualidades, control de cambio de refacciones, reparaciones, etcétera (la cual deberá estar foliada a efecto de utilizar una hoja para cada actividad o día, según sea el caso y cancelar el espacio no utilizado, será de gran apoyo para la supervisión y visto bueno de las actividades), lo anterior servirá para cumplir con los lineamientos establecidos por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Invariablemente, al inicio y conclusión del servicio, deberá estar presente personal de la Administración del Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmueble, el cual en atención al reporte del servicio, verificará y asentará en la Cláusula precedentebitácora de contrato que el personal que le dará atención es el designado por parte de “El Proveedor”, indicando que los mismos datos que serán prestados por el LOCADOR en forma autónoma e independiente, dentro del marco establecido por el presente contrato de locación de servicios, sin estar sujeto contenga su identificación concuerde con los requeridos conforme a ningún horario de trabajo ni jornada mínima de labor. El servicio materia del presente contrato será prestado por el LOCADOR para el Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Saludla designación efectuada, el Director responsable presentará técnico deberá establecer en ese momento el tiempo de atención del reporte. Mantenimiento Preventivo.- Tiene por objeto la conservación de los equipos de la red de frio en óptimas condiciones de operación, de conformidad con los términos de referencia del fabricante, considerando en su ejecución las actividades mínimas que se establecen en el Anexo Técnico, que se integra al presente como Anexo 2 (dos), así como: • Mano de obra especializada para realizar las rutinas de mantenimiento preventivo y correctivo a las cámaras de refrigeración y congelación de la Dirección General red de Administración frío. • “El Proveedor” deberá realizar las actividades y/o rutinas mínimas indicadas en el anexo identificado con la letra “C” del Anexo Técnico denominado “Programa Técnico de Rutinas”, debiendo considerar al efecto los informes requisitos, plazos y horarios señalados la presente cláusula, de igual manera deberá de entregar un reporte fotográfico, del rendimiento antes y actividades después como evidencia de el LOCADORlos trabajos realizados. Por el presente contrato EL LOCADOR “El Proveedor” se obliga a observar atender todos los reportes de servicio de mantenimiento correctivo a los equipos, entendiéndose como objeto la eliminación xx xxxxxx y/o daños que por uso y dar operación presenten los equipos. • Para la atención del reporte que se efectúe por falla del equipo, “El Proveedor” cuenta con 2 (dos) horas como máximo, para presentarse en el domicilio indicado, contados a partir de la hora en la que se confirme el reporte ya sea mediante llamada telefónica o a través de medios electrónicos a la dirección de correo electrónico que se haya señalado, debiendo “Las Partes” dejar constancia de su intervención en la bitácora de contrato respecto de la atención del reporte. • Una vez que el Técnico de “El Proveedor” se encuentre en el lugar indicado, personal de la Administración del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad, procederá a verificar que se trate del técnico designado y a recabar la firma de éste en la bitácora de contrato, que para los efectos de confirmar el cumplimiento de los tiempos concedidos para la atención del reporte, debiendo indicar las disposiciones contenidas fallas reportadas, dejando constancia de ello en la Directiva N°003-2003-CG/AC : “Normas bitácora de Transparencia contrato, así como los tiempos de atención, debiendo firmar ambas partes lo asentado en la Conducta y desempeño referida bitácora de los Funcionarios y Servidores contrato. ✓ Máximo 24 (veinticuatro) horas para reparar descomposturas menores, contadas a partir de la Contraloría General fecha y hora en que se realizó el diagnóstico de la República y de los Órganos de Control Institucional”aprobada por Resolución de Contraloría N°368-2003-CGfalla, la misma que declara conocer.” Por el presente contrato EL LOCADOR las cuales se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas acreditaran en la Directiva Administrativa N°075-MINSAbitácora de contrato. ✓ Máximo 72 (setenta y dos) horas para reparar la falla reportada catalogada como mayor, a partir del diagnóstico proporcionado por “El Proveedor” al momento de dar atención al reporte de la falla o descompostura, mismo que se asentará en la bitácora de contrato. ✓ “El Proveedor”, por conducto del técnico designado, para los dos supuestos anteriores deberá indicar al administrador del Conjunto y/DST-V.01 : “Directiva Administrativa sobre neutralidad y transparencia o Jefe de los empleados públicos Conservación de Unidad responsable del Ministerio de Salud y sus Dependencias” aprobada por Resolución Ministerial N°057-2006/MINSA, la misma que declara conocer. De resultar necesario, El INSTITUTO entregará oportunamente al LOCADOR, materiales, insumos e instrumentos que requiera para la prestación autónoma de sus servicios, asumiendo el LOCADOR la responsabilidad por el uso oportuno, diligente y reservado de los mismos. En este sentido, si fuera necesario que el locador, como consecuencia de las obligaciones establecidas en el presente contrato, tuviera que desplazarse dentro o fuera del paísinmueble, el INSTITUTO cubrirá los gastos que genere diagnóstico de la falla, tipo de descompostura y el tiempo aproximado de reparación a efecto de verificar la correcta prestación del servicio, incluyendo pasajesdebiendo asentar en la bitácora de contrato los datos proporcionados por el técnico, alimentaciónquien también asentará su diagnóstico en la bitácora de contrato, hospedaje una vez que el técnico designado atienda el reporte y movilidad local diariareparada la falla, el personal de “El Instituto” confirmará el cumplimiento de los términos de referencia, asentando en la bitácora fecha, hora y firmas de conformidad, tanto de “El Proveedor” como de “El Instituto”. SUPERVISIÓN.- “Las Partes” convienen que “El LOCADOR deberá informar sobre sus avances Instituto” a través del Administrador de Conjunto y/o sobre cualquier otra contingencia dentro el Jefe de las 72 horas Conservación de efectuarse la solicitud por parte de EL INSTITUTO. En cualquier caso el LOCADOR deberá emitir un informe de las obligaciones ejecutadas para su aprobación correspondiente. En caso existan observaciones al servicio prestado por el LOCADOR, éstas se harán de su conocimiento, mediante Carta Notarial, indicándose claramente el sentido de las mismas, a fin que sean subsanadas por el LOCADORUnidad, en un plazo no mayor cualquier momento y sin previo aviso deberá llevar a cabo la supervisión del servicio que otorgue “El Proveedor”, con el objeto de 5 días, verificar el estricto cumplimiento del mismo y que éste se realice bajo apercibimiento de resolución las condiciones técnicas requeridas; por lo que “El Proveedor” se obliga a permitir la revisión del contrato. La aprobación del informe elaborado por personal que “El Instituto” designe para tal fin en el LOCADOR y la elevación momento de la conformidad prestación del servicio por el órgano competente no enerva el derecho del INSTITUTO a reclamar posteriormente al LOCADOR levantándose acta circunstanciada de los defectos o vicios ocultos detectados con posterioridad. La conformidad del servicio será aprobada por la Jefa del Órgano de Control Institucional, quien asume responsabilidad por el contenido y veracidad de la mismaresultados que se obtengan.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. EL INSTITUTO, requiere los servicios que se precisan en la Cláusula precedente, los mismos que serán prestados por el LOCADOR en forma autónoma e independiente, dentro del marco establecido por el presente contrato de locación de servicios, sin estar sujeto a ningún horario de trabajo ni jornada mínima de labor. El servicio materia del presente contrato será prestado por el LOCADOR para el Órgano de Control Institucional del Instituto Centro Nacional de SaludSalud Pública/INS, el Director responsable presentará a la Dirección General de Administración los informes del rendimiento y actividades de el LOCADOR. Por el presente contrato EL LOCADOR se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva N°003-2003-CG/AC : “Normas de Transparencia en la Conducta y desempeño de los Funcionarios y Servidores de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional”aprobada por Resolución de Contraloría N°368-2003-CG, la misma que declara conocer.” Por el presente contrato EL LOCADOR se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva Administrativa N°075-MINSA/DST-V.01 : “Directiva Administrativa sobre neutralidad y transparencia de los empleados públicos del Ministerio de Salud y sus Dependencias” aprobada por Resolución Ministerial N°057-2006/MINSA, la misma que declara conocer. De resultar necesario, El INSTITUTO entregará oportunamente al LOCADOR, materiales, insumos e instrumentos que requiera para la prestación autónoma de sus servicios, asumiendo el LOCADOR la responsabilidad por el uso oportuno, diligente y reservado de los mismos. En este sentido, si fuera necesario que el locador, como consecuencia de las obligaciones establecidas en el presente contrato, tuviera que desplazarse dentro o fuera del país, el INSTITUTO cubrirá los gastos que genere la prestación del servicio, incluyendo pasajes, alimentación, hospedaje y movilidad local diaria. El LOCADOR deberá informar sobre sus avances y/o sobre cualquier otra contingencia dentro de las 72 horas de efectuarse la solicitud por parte de EL INSTITUTO. En cualquier caso el LOCADOR deberá emitir un informe de las obligaciones ejecutadas para su aprobación correspondiente. En caso existan observaciones al servicio prestado por el LOCADOR, éstas se harán de su conocimiento, mediante Carta Notarial, indicándose claramente el sentido de las mismas, a fin que sean subsanadas por el LOCADOR, en un plazo no mayor de 5 días, bajo apercibimiento de resolución del contrato. La aprobación del informe elaborado por el LOCADOR y la elevación de la conformidad del servicio por el órgano competente no enerva el derecho del INSTITUTO a reclamar posteriormente al LOCADOR los defectos o vicios ocultos detectados con posterioridad. La conformidad del servicio será aprobada por la Jefa el Director General del Órgano de Control InstitucionalCNSP, quien asume responsabilidad por el contenido y veracidad de la misma.

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Samples: Contrato De Locacion De Servicios

CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. EL INSTITUTOPara efecto de verificar la correcta prestación del servicio la Jefatura de Conservación de Unidad correspondiente, requiere los servicios implementará una bitácora de contrato en la que se precisan asentará fecha, lugar, contrato, administración, tipo de servicio, reportes de observaciones y firma de los responsables, tanto por parte de “El Instituto”, como de “El Proveedor”, cuyo formato e instructivo se glosa en el Anexo Técnico. La bitácora de contrato arriba señalada, contendrá además: Fecha. Hora. Tipo de servicio (mantenimiento preventivo o mantenimiento correctivo). El diagnóstico de la Cláusula precedentefalla (en su caso). Nombre del técnico que realice el servicio. Nombre del servidor público que realice la solicitud. Nombre del técnico designado para atender la solicitud del Instituto. Firmas del técnico y Jefe de Conservación responsable del inmueble. Dicha bitácora de contrato servirá para realizar y poder llevar el control de eventualidades, control de cambio de refacciones, reparaciones, etc., la cual deberá estar foliada a efecto de utilizar una hoja para cada actividad o día, según sea el caso y cancelar el espacio no utilizado, será de gran apoyo para la supervisión y visto bueno de las actividades, lo anterior servirá para cumplir con los mismos que serán prestados lineamientos establecidos por el LOCADOR en forma autónoma e independiente, dentro del marco establecido por el presente contrato de locación de servicios, sin estar sujeto a ningún horario de trabajo ni jornada mínima de laborla COFEPRIS. El mantenimiento preventivo. El servicio materia tiene por objeto la conservación de los equipos de la red de frio en óptimas condiciones de operación, de conformidad con los términos de referencia del presente contrato será prestado fabricante, considerando en su ejecución las actividades mínimas que se establecen en el Anexo Técnico, así como: Mano de obra especializada para realizar las rutinas de mantenimiento preventivo y correctivo a las cámaras de refrigeración y congelación de la red de frío. “El Proveedor” deberá realizar las actividades y/o rutinas mínimas indicadas en el anexo identificado con la letra “C” del Anexo Técnico denominado “Programa técnico de rutinas”, debiendo considerar al efecto los requisitos, plazos y horarios señalados en el numeral 4.1.-, de los presentes Términos y Condiciones, de igual manera deberá de entregar un reporte fotográfico, del antes y después como evidencia de los trabajos realizados. El mantenimiento correctivo. Consiste en atender todos los reportes y reparar las fallas o descomposturas de los equipos, durante las 24 (veinticuatro) horas de los 365 días del año, por el LOCADOR para el Órgano periodo comprendido del 01 de Control Institucional del Instituto Nacional enero al 31 de Salud, el Director responsable presentará a la Dirección General Diciembre de Administración los informes del rendimiento y actividades de el LOCADOR2018. Por el presente contrato EL LOCADOR “El Proveedor” se obliga a observar atender los reportes de servicio de mantenimiento correctivo a los equipos, entendiéndose como objeto la eliminación xx xxxxxx y/o daños que por uso y dar cumplimiento operación presenten los equipos. Para la atención del reporte que se efectué por falla del equipo, “El Proveedor” cuenta con 2 horas como máximo, para presentarse en el domicilio indicado, contados a partir de las disposiciones contenidas la hora en la Directiva N°003-2003-CG/AC : “Normas que se confirme el reporte, ya sea mediante llamada telefónica o a través de Transparencia medios electrónicos a la dirección de correo electrónico que se haya señalado, debiendo ambas partes dejar constancia de su intervención en la Conducta y desempeño bitácora de los Funcionarios y Servidores contrato respecto de la Contraloría General atención del reporte. Una vez que el Técnico de “El Proveedor” se encuentre en el lugar indicado, personal de la República Administración del Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad, procederá a verificar que se trate del técnico designado y a recabar la firma de los Órganos de Control Institucional”aprobada por Resolución de Contraloría N°368-2003-CG, la misma que declara conocer.” Por el presente contrato EL LOCADOR se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas éste en la Directiva Administrativa N°075-MINSA/DST-V.01 : “Directiva Administrativa sobre neutralidad y transparencia bitácora de los empleados públicos del Ministerio de Salud y sus Dependencias” aprobada por Resolución Ministerial N°057-2006/MINSA, la misma que declara conocer. De resultar necesario, El INSTITUTO entregará oportunamente al LOCADOR, materiales, insumos e instrumentos que requiera para la prestación autónoma de sus servicios, asumiendo el LOCADOR la responsabilidad por el uso oportuno, diligente y reservado de los mismos. En este sentido, si fuera necesario que el locador, como consecuencia de las obligaciones establecidas en el presente contrato, tuviera que desplazarse dentro o fuera del país, el INSTITUTO cubrirá para los gastos que genere efectos de acreditar y dejar constancia de la correcta prestación del servicio, incluyendo pasajescon el propósito de confirmar el cumplimiento de los tiempos concedidos para la atención del reporte, alimentacióndebiendo indicar las fallas reportadas, hospedaje y movilidad local diariadejando constancia de ello en la bitácora de contrato, así como los tiempos de atención, debiendo firmar ambas partes lo asentado en la bitácora de contrato. El LOCADOR deberá informar sobre sus avances y/o sobre cualquier otra contingencia dentro de las 72 horas de efectuarse la solicitud por parte de EL INSTITUTO. En cualquier caso el LOCADOR deberá emitir un informe de las obligaciones ejecutadas para su aprobación correspondiente. En caso existan observaciones al servicio prestado por el LOCADOR, éstas se harán de su conocimiento, mediante Carta Notarial, indicándose claramente el sentido de las mismasProveedor”, a fin que sean subsanadas por el LOCADORtravés del técnico designado, en un plazo no mayor de 5 días, bajo apercibimiento de resolución del contrato. La aprobación del informe elaborado por el LOCADOR y la elevación de la conformidad del servicio por el órgano competente no enerva el derecho del INSTITUTO se sujetará a reclamar posteriormente al LOCADOR los defectos o vicios ocultos detectados con posterioridad. La conformidad del servicio será aprobada por la Jefa del Órgano de Control Institucional, quien asume responsabilidad por el contenido y veracidad de la misma.siguientes tiempos:

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. EL INSTITUTOEl conductor solicitado, requiere personalmente o por vía telefónica, para realizar el servicio no podrá negarse salvo que exista causa justa, a saber: ·Si es requerido por individuos perseguidos por la policía. ·Si es requerido para transportar un número de personas superior al de las plazas autorizadas. ·Si alguno de los servicios viajeros se halla en estado de embriaguez o intoxicación por estupefacientes. ·Si la naturaleza del equipaje o la presencia de animales pueden causar daños en el interior del vehículo. ·Si es requerido para realizar un servicio por vías intransitables que ofrezcan peligro para la seguridad e integridad tanto de los ocupantes y del conductor como del vehículo. Los conductores podrán llevar en el interior del vehículo un cartel que prohíba fumar a los usuarios. Del mismo modo, deberán abstenerse de fumar aquellos si a tal efecto fueran requeridos por el viajero. Cuando el viajero abandone transitoriamente el vehículo y el conductor deba esperar su regreso, podrá recabar, como garantía y contra recibo, el importe del recorrido efectuado más media hora de espera en zona urbana y una en descampado, transcurrida la cual, podrá considerarse desvinculado del servicio. Cuando se produzca un incidente no imputable al usuario, el taxista debe situar la bandera en posición de punto muerto, de modo que se precisan detenga el contador. Los conductores de los vehículos facilitarán a los clientes cambio de hasta 20 euros. Si el cambio a devolver fuera superior a 20 euros, el conductor tendrá derecho a continuar con el taxímetro en marcha hasta que se le proporcione el importe del servicio o billete de 20 euros. Asimismo, el taxista está obligado a facilitar factura del servicio si el usuario se la pide. Sus datos deben permitir la plena identificación del taxi y del conductor: número de licencia, fecha, recorrido, precio y firma. 1.Exija información, seguridad e higiene en los alimentos frescos y envasados que vaya a consumir. 2.Compre productos etiquetados, la etiqueta es una garantía de seguridad. 0.Xx adquiera productos que haya rebasado su fecha de caducidad o de consumo preferente. 4.Compre aquellos alimentos en los que le garanticen identificación y un control desde su origen. 0.Xx comprar productos congelados asegúrese de que no se ha roto la cadena del frío. 6.Evite contaminaciones: proteja los alimentos con papel de uso alimentario. Es imprescindible separar los crudos de los cocinados. 7.Los aditivos alimentarios autorizados por la Unión Europea cumplen los requisitos de seguridad para un uso y consumo determinados. 8.Los organismos modificados genéticamente, identificados y etiquetados según la legislación, están autorizados por la Unión Europea. 0.Xx se deje llevar por las alegaciones terapéuticas, preventivas o curativas de algunas marcas. Recuerde que son solo reclamos publicitarios. 10.Compre en establecimientos que le garanticen una correcta manipulación de los alimentos, tanto en su preparación como en su conservación. En las etiquetas de productos alimenticios envasados se puede encontrar dos clases de información: la general (común a todos y obligatoria) y la opcional (por ejemplo el etiquetado nutricional, que ofrecen sólo algunos productos) Existen determinados alimentos que junto a esta información obligatoria, deben incluir otras indicaciones reguladas en sus normas específicas: ·Denominación del producto. Normalmente es el nombre previsto para cada producto en la Cláusula precedentelegislación (por ejemplo: tomate, leche, yogurt,...). Es diferente de la marca comercial y no puede sustituirse por un nombre de fantasía ·La lista de ingredientes: en orden decreciente a su peso en el momento en que se incorporen durante el proceso de elaboración, incluidos los mismos aditivos. No es preciso cuando el producto tiene uno solo. Siempre deberán indicarse aquellos que serán prestados por la normativa reconoce como susceptibles de provocar la mayoría de alergias o intolerancias. ·La cantidad neta, mediante unidades de volumen para productos líquidos (l, cl, ml) o de masa para los demás (kg, g) ·La fecha de consumo preferente o fecha de caducidad (en el LOCADOR en forma autónoma e independiente, dentro caso de productos muy perecederos) ·El responsable del marco producto establecido por el presente contrato de locación de servicios, sin estar sujeto a ningún horario de trabajo ni jornada mínima de labor. El servicio materia del presente contrato será prestado por el LOCADOR para el Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Salud, el Director responsable presentará a la Dirección General de Administración los informes del rendimiento y actividades de el LOCADOR. Por el presente contrato EL LOCADOR se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva N°003-2003-CG/AC Unión Europea: “Normas fabricante, envasador o vendedor. ·Lote de Transparencia fabricación: Indica el conjunto de unidades de un producto fabricado y envasado en la Conducta condiciones homogéneas. Y cuando sea necesario, dependiendo del tipo de producto: ·Cantidad de determinados ingredientes. ·Condiciones especiales de conservación y desempeño utilización. ·Modo de empleo o utilización. ·País de origen o procedencia. ·Grado alcohólico. La correcta utilización de los Funcionarios alimentos es fundamental para la salud y Servidores crecimiento de la Contraloría General de la República nuestro cuerpo. No todos tienen las mismas características, por lo que su tratamiento y conservación variará según el caso. Se considera refrigeración las temperaturas entre -+1 C. y +7 C. con las que se consigue un más lento crecimiento de los Órganos microorganismos (gérmenes) y una más lenta velocidad de Control Institucional”aprobada por Resolución descomposición del alimento, tanto química como enzimática. Se tendrán en cuenta los siguientes principios: ·El producto debe tener una alta calidad inicial. ·La temperatura será lo más baja posible, pero teniendo cuidado de Contraloría N°368-2003-CGque no se congele el producto. ·Con las carnes, pescados y platos preparados, la misma temperatura deberá ser inferior a 3 C. ·Las carnes y pescados crudos se introducirán en el frigorífico en recipientes que declara conocer.” Por el presente contrato EL LOCADOR se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas en eviten la Directiva Administrativa N°075-MINSA/DST-V.01 : “Directiva Administrativa sobre neutralidad y transparencia contaminación de los empleados públicos del Ministerio de Salud y sus Dependencias” aprobada por Resolución Ministerial N°057-2006/MINSA, la misma que declara conoceralimentos ya elaborados. De resultar necesario, El INSTITUTO entregará oportunamente al LOCADOR, materiales, insumos e instrumentos que requiera para la prestación autónoma de sus servicios, asumiendo el LOCADOR la responsabilidad por el uso oportuno, diligente y reservado ·Se tendrá especial cuidado en evitar goteos de los mismosproductos crudos sobre preparados para comer. En este sentido·El enfriamiento del alimento cocinado deberá ser lo más rápido posible, si fuera necesario que el locador, como consecuencia especialmente hasta los 5 C. ·Las variaciones de las obligaciones establecidas temperatura en el presente contrato, tuviera que desplazarse dentro o fuera frigorífico deberán ser las menores posibles. ·La temperatura del país, el INSTITUTO cubrirá los gastos que genere la prestación del servicio, incluyendo pasajes, alimentación, hospedaje y movilidad local diaria. El LOCADOR deberá informar sobre sus avances y/o sobre cualquier otra contingencia dentro frigorífico se medirá de las 72 horas de efectuarse la solicitud por parte de EL INSTITUTO. En cualquier caso el LOCADOR deberá emitir un informe de las obligaciones ejecutadas para su aprobación correspondiente. En caso existan observaciones al servicio prestado por el LOCADOR, éstas se harán de su conocimiento, mediante Carta Notarial, indicándose claramente el sentido de las mismasuna forma periódica, a fin de que sean subsanadas sea inferior a 3 C. en la parte en la que se conservan carnes, pescados y platos elaborados. Cuando se conserve un alimento por congelación, se tendrán en cuenta los siguientes principios: ·La calidad inicial del producto deberá ser muy alta; además, debe considerarse que la calidad de un congelado es muy vulnerable si no se observan unas precauciones mínimas desde su fabricación hasta su utilización. ·El proceso de congelación de un producto hasta alcanzar la temperatura de conservación de -18 C. deberá hacerse lo más rápidamente posible, especialmente hasta temperaturas inferiores a 3 C. para impedir el LOCADORdesarrollo de microorganismos patógenos. ·Para que el enfriamiento sea rápido, el tamaño del producto será lo más pequeño posible, y su envasado se hará con materiales buenos conductores del calor en recipientes de amplia base y poca altura. ·Cuando un congelado se ve sometido a variaciones de temperatura, puede volverse más vulnerable a las oxidaciones, oscurecimientos, amarillamiento y otras pérdidas de calidad que, en el peor de los casos, pueden también suponer disminución de sus cualidades sanitarias. En la descongelación se deberá tener presente: ·Cuando se produce la descongelación de un plazo alimento, los microorganismos existentes en el mismo comenzarán su multiplicación acelerada. ·Se hará lo más rápidamente posible, distinguiendo entre los alimentos de pequeño tamaño, que se descongelarán en el frigorífico a temperatura inferior a 10 C. (el crecimiento microbiano, las pérdidas de peso y los cambios de color son mínimos), y los de gran volumen, que se descongelarán forzando el proceso mediante métodos adecuados. ·La descongelación de grandes piezas cocinándolas hace que en el centro de las mismas no mayor se alcance la temperatura adecuada para la destrucción de 5 díaslos patógenos. El cocinado de estas piezas puede durar hasta dos veces y media más que si han sido previamente descongelado. ·En los alimentos cocinados, y después congelados, la descongelación a temperatura ambiente es especialmente peligrosa. ·La descongelación con microondas se podrá hacer en productos de pequeño tamaño y de composición uniforme. Todos los recipientes destinados a contener alimentos bajo apercibimiento frío, estarán perfectamente limpios y secos al utilizarlos. Antes de resolución del contrato. La aprobación del informe elaborado por el LOCADOR guardar los productos adquiridos a granel, se les quitará la envoltura y la elevación se limpiarán; las verduras lavadas y despojadas de la conformidad del servicio tierra o partes inútiles que tuvieran. Posteriormente se envolverán con láminas de aluminio o film especial para alimentos y así evitaremos que se resequen con el frío y se presten olores unos a otros. Por esta misma razón, deben estar tapadas todas las vasijas que contengan alimentos. Con los alimentos que adquirimos envasados nos atendremos a las normas indicadas en el etiquetado. Por último no guardar en el frigorífico alimentos calientes, porque elevarían la temperatura interior, perjudicando así al resto. Los principales alimentos que deben conservase en frigorífico son: la leche pasterizada, la esterilizada y UHT una vez abiertas, la carne fresca (3 o 4 días), las aves (2 o 3 días), pescado (1 o 2 días), los huevos (una semana), las verduras frescas y frutas (2 o 3 días). Con una temperatura de -18 C. podrán conservarse: ·Carne de vacuno hasta 12 meses. ·Xxxxx xx xxxxxxx hasta 8 meses. ·Carne de cerdo hasta 6 meses. ·Carne picada hasta 2 meses. ·Despojos y callos hasta 3 meses. ·Pollos y aves hasta 10 meses. ·Caza hasta 6 meses. ·Pescados magros (merluza) hasta 6 meses. ·Pescados grasos (salmón) hasta 3 meses. ·Mariscos hasta 12 meses. ·Hortalizas hasta 12 meses. ·Tartas y pasteles horneados hasta 6 meses. ·Pan, bollos y masa de pasteles sin hornear hasta 3 meses. Aquellos alimentos que no necesitan conservarse en frío (legumbres secas, pasta de sopa, azúcar) conviene agruparlos por el órgano competente no enerva el derecho del INSTITUTO a reclamar posteriormente similitud, al LOCADOR los defectos o vicios ocultos detectados con posterioridad. La conformidad del servicio será aprobada por la Jefa del Órgano de Control Institucional, quien asume responsabilidad por el contenido y veracidad resguardo de la mismaluz, del calor y de la humedad; sobre superficies lisas y lavables, en recipientes fáciles de limpiar o desechables, que no hayan sido utilizados anteriormente con productos no alimenticios. Las legumbres secas, convenientemente guardadas, pueden conservarse hasta doce meses y también los frutos secos, si se guardan con cierres herméticos, el arroz un año o más, también el azúcar, las galletas y pastas alimenticias un año o más, salvo las rellenas y frescas; el aceite un año desde la fecha de envasado. No obstante siempre mirar la etiqueta con las fechas de consumo preferente.

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CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. EL INSTITUTOEl PROVEEDOR deberá atender el servicio de refrigerios para eventos de capacitación organizados por la Gerencia de Recursos Humanos (GRH), requiere y eventos institucionales organizados por la Subgerencia de Comunicación y Relacionamiento Institucional (SCRI), de acuerdo a requerimientos de las Áreas Orgánicas de la ENTIDAD y previa coordinación y autorización emitida por los servicios FISCALES, definiendo las cantidades, el horario, la fecha y el lugar de SERVICIO. El PROVEEDOR deberá atender con la cantidad y calidad solicitadas, caso contrario se aplicarán las multas correspondientes. El SERVICIO Para los servidores públicos, personal eventual, consultores de línea, personal a contrato, consultores por producto, personal de la Guardia de Seguridad Física de la ENTIDAD e invitados comprende Almuerzo, Cena y Cafetería que se precisan atiende diariamente en el xxxxxxx xxx xxxx 00 y constituye un autoservicio parcial, de acuerdo a horarios establecidos por la Cláusula precedenteInstitución con cargo a pagos particulares por consumo de cada comensal. La Gerencia de Administración, los mismos que serán prestados por el LOCADOR designará mediante nota al personal responsable para la coordinación del servicio de comedor y cafetería. Refrigerio para eventos de capacitación, cafetería permanente y almuerzo/cena especiales se atiende en forma autónoma eventual en eventos de capacitación e independienteinstitucionales dependiendo del horario requerido por la Gerencia de Recursos Humanos o la SCRI (mañana, dentro del marco establecido por el presente contrato de locación de servicios, sin estar sujeto a ningún horario de trabajo ni jornada mínima de labor. El servicio materia del presente contrato será prestado por el LOCADOR para el Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Salud, el Director responsable presentará a la Dirección General de Administración los informes del rendimiento y actividades de el LOCADOR. Por el presente contrato EL LOCADOR se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva N°003-2003-CGtarde y/AC : “Normas de Transparencia en la Conducta y desempeño de los Funcionarios y Servidores de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional”aprobada por Resolución de Contraloría N°368-2003-CG, la misma que declara conocer.” Por el presente contrato EL LOCADOR se obliga a observar y dar cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva Administrativa N°075-MINSA/DST-V.01 : “Directiva Administrativa sobre neutralidad y transparencia de los empleados públicos del Ministerio de Salud y sus Dependencias” aprobada por Resolución Ministerial N°057-2006/MINSA, la misma que declara conocer. De resultar necesario, El INSTITUTO entregará oportunamente al LOCADOR, materiales, insumos e instrumentos que requiera para la prestación autónoma de sus servicios, asumiendo el LOCADOR la responsabilidad por el uso oportuno, diligente y reservado de los mismos. En este sentido, si fuera necesario que el locador, como consecuencia de las obligaciones establecidas en el presente contrato, tuviera que desplazarse o noche) dentro o fuera del país, el INSTITUTO cubrirá los gastos que genere la prestación del servicio, incluyendo pasajes, alimentación, hospedaje y movilidad local diaria. El LOCADOR deberá informar sobre sus avances y/o sobre cualquier otra contingencia dentro de las 72 horas de efectuarse la solicitud por parte de EL INSTITUTO. En cualquier caso el LOCADOR deberá emitir un informe de las obligaciones ejecutadas para su aprobación correspondiente. En caso existan observaciones al servicio prestado por el LOCADOR, éstas se harán de su conocimiento, mediante Carta Notarial, indicándose claramente el sentido de las mismas, a fin que sean subsanadas por el LOCADOR, en un plazo no mayor de 5 días, bajo apercibimiento de resolución del contrato. La aprobación del informe elaborado por el LOCADOR y la elevación instalaciones de la conformidad del servicio por ENTIDAD, previa coordinación con el órgano competente no enerva el derecho del INSTITUTO a reclamar posteriormente al LOCADOR FISCAL. Almuerzo o cena: Sopa: La ración deberá contener los defectos siguientes ingredientes alimenticios: Carne Vegetales Tubérculos Cereal Aceite Condimentos, sal y agua Segundo o vicios ocultos detectados con posterioridad. plato principal: La conformidad del servicio será aprobada por la Jefa del Órgano de Control Institucional, quien asume responsabilidad por el contenido y veracidad de la mismaración deberá contener los siguientes ingredientes alimenticios.

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