CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Para efecto de verificar la correcta prestación del servicio la Jefatura de Conservación de Unidad correspondiente, implementará una bitácora de contrato en la que se asentará fecha, lugar, número de contrato, administración, tipo de servicio, reportes de observaciones y firma de los responsables, tanto por parte de “El Instituto” como de “El Proveedor”, cuyo formato e instructivo se glosa en el Anexo Técnico que se integra al presente contrato como Anexo 2 (dos). La Bitácora de Contrato arriba señalada contendrá: Fecha; Hora; Tipo de servicio (mantenimiento correctivo o preventivo); El diagnóstico de la falla (en su caso); Nombre del técnico que realice el servicio; Nombre del servidor público que realice la solicitud; Nombre del técnico que reciba la solicitud de “El Instituto”; Firmas del Técnico y Jefe de Conservación del Inmueble que corresponda. Dicha bitácora de contrato servirá para realizar y poder llevar el control de eventualidades, control de cambio de refacciones, reparaciones, etcétera (la cual deberá estar foliada a efecto de utilizar una hoja para cada actividad o día, según sea el caso y cancelar el espacio no utilizado, será de gran apoyo para la supervisión y visto bueno de las actividades), lo anterior servirá para cumplir con los lineamientos establecidos por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Invariablemente, al inicio y conclusión del servicio, deberá estar presente personal de la Administración del Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmueble, el cual en atención al reporte del servicio, verificará y asentará en la bitácora de contrato que el personal que le dará atención es el designado por parte de “El Proveedor”, indicando que los datos que contenga su identificación concuerde con los requeridos conforme a la designación efectuada, el técnico deberá establecer en ese momento el tiempo de atención del reporte. Mantenimiento Preventivo.- Tiene por objeto la conservación de los equipos de la red de frio en óptimas condiciones de operación, de conformidad con los términos de referencia del fabricante, considerando en su ejecución las actividades mínimas que se establecen en el Anexo Técnico, que se integra al presente como Anexo 2 (dos), así como: Mano de obra especializada para realizar las rutinas de mantenimiento preventivo y correctivo a las cámaras de refrigeración y congelación de la red de frío. “El Proveedor” deberá realizar las actividades y/o rutinas mínimas indicadas en el anexo identificado con la letra “C” del Anexo Técnico denominado “Programa Técnico de Rutinas”, debiendo considerar al efecto los requisitos, plazos y horarios señalados la presente cláusula, de igual manera deberá de entregar un reporte fotográfico, del antes y después como evidencia de los trabajos realizados. “El Proveedor” se obliga a atender todos los reportes de servicio de mantenimiento correctivo a los equipos, entendiéndose como objeto la eliminación xx xxxxxx y/o daños que por uso y operación presenten los equipos. Para la atención del reporte que se efectúe por falla del equipo, “El Proveedor” cuenta con 2 (dos) horas como máximo, para presentarse en el domicilio indicado, contados a partir de la hora en la que se confirme el reporte ya sea mediante llamada telefónica o a través de medios electrónicos a la dirección de correo electrónico que se haya señalado, debiendo “Las Partes” dejar constancia de su intervención en la bitácora de contrato respecto de la atención del reporte. Una vez que el Técnico de “El Proveedor” se encuentre en el lugar indicado, personal de la Administración del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad, procederá a verificar que se trate del técnico designado y a recabar la firma de éste en la bitácora de contrato, que para los efectos de confirmar el cumplimiento de los tiempos concedidos para la atención del reporte, debiendo indicar las fallas reportadas, dejando constancia de ello en la bitácora de contrato, así como los tiempos de atención, debiendo firmar ambas partes lo asentado en la referida bitácora de contrato. Máximo 24 (veinticuatro) horas para reparar descomposturas menores, contadas a partir de la fecha y hora en que se realizó el diagnóstico de la falla, las cuales se acreditaran en la bitácora de contrato. Máximo 72 (setenta y dos) horas para reparar la falla reportada catalogada como mayor, a partir del diagnóstico proporcionado por “El Proveedor” al momento de dar atención al reporte de la falla o descompostura, mismo que se asentará en la bitácora de contrato. “El Proveedor”, por conducto del técnico designado, para los dos supuestos anteriores deberá indicar al administrador del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmueble, el diagnóstico de la falla, tipo de descompostura y el tiempo aproximado de reparación a efecto de verificar la correcta prestación del servicio, debiendo asentar en la bitácora de contrato los datos proporcionados por el técnico, quien también asentará su diagnóstico en la bitácora de contrato, una vez que el técnico designado atienda el reporte y reparada la falla, el personal de “El Instituto” confirmará el cumplimiento de los términos de referencia, asentando en la bitácora fecha, hora y firmas de conformidad, tanto de “El Proveedor” como de “El Instituto”. SUPERVISIÓN.- “Las Partes” convienen que “El Instituto” a través del Administrador de Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad, en cualquier momento y sin previo aviso deberá llevar a cabo la supervisión del servicio que otorgue “El Proveedor”, con el objeto de verificar el estricto cumplimiento del mismo y que éste se realice bajo las condiciones técnicas requeridas; por lo que “El Proveedor” se obliga a permitir la revisión del personal que “El Instituto” designe para tal fin en el momento de la prestación del servicio levantándose acta circunstanciada de los resultados que se obtengan.
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CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Para efecto DEBER DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS. El adjudicatario se compromete a mantener estricta confidencialidad respecto de verificar cualquier información de relevancia que les sea suministrada para la correcta prestación ejecución del servicio servicio. Este compromiso de confidencialidad se hará extensible al tratamiento de cualesquiera datos e informaciones de carácter personal a que el adjudicatario, personal asignado al proyecto por el adjudicatario, pudiera tener acceso como consecuencia de la Jefatura de Conservación de Unidad correspondienteejecución del presente contrato. En este sentido se compromete a cumplir adecuadamente y, implementará una bitácora de contrato en todo momento, las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se asentará fechaaprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, lugar, número de contrato, administración, tipo de servicio, reportes de observaciones y firma de los responsables, tanto por parte de “El Instituto” como de “El Proveedor”, cuyo formato e instructivo se glosa en cualesquiera otras normas vigentes o que en el Anexo Técnico futuro puedan promulgarse sobre dicha materia, comprometiéndose a dejar indemne a la otra parte del convenio de colaboración de cualesquiera responsabilidad que se integra al presente contrato pudiera declarar como Anexo 2 consecuencia del incumplimiento de la obligaciones que en materia de protección de datos de carácter personal les incumben a cada una de ellas. (dosO normativa vigente a la fecha de ejecución del servicio). La Bitácora En particular, en virtud de Contrato arriba señalada contendrá: Fecha; Hora; Tipo de servicio (mantenimiento correctivo o preventivo); El diagnóstico lo establecido en el artículo 12 de la falla (LOPD, en función del cual se determina que la parte que, en su caso); Nombre del técnico que realice el servicio; Nombre del servidor público que realice la solicitud; Nombre del técnico que reciba la solicitud de “El Instituto”; Firmas del Técnico y Jefe de Conservación del Inmueble que corresponda. Dicha bitácora de contrato servirá para realizar y poder llevar el control de eventualidades, control de cambio de refacciones, reparaciones, etcétera (la cual deberá estar foliada tuviera acceso a efecto de dichos datos asumiría las siguientes obligaciones: No aplicar o utilizar una hoja para cada actividad o día, según sea el caso y cancelar el espacio no utilizado, será de gran apoyo para la supervisión y visto bueno de las actividades), lo anterior servirá para cumplir con los lineamientos establecidos por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Invariablemente, al inicio y conclusión del servicio, deberá estar presente personal de la Administración del Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmueble, el cual en atención al reporte del servicio, verificará y asentará en la bitácora de contrato que el personal que le dará atención es el designado por parte de “El Proveedor”, indicando que los datos personales para fines distintos a los que contenga figuren en el contrato, ni cederlos ni siquiera para su identificación concuerde con conservación a otras personas. Tratar los requeridos datos conforme a la designación efectuada, el técnico deberá establecer en ese momento el tiempo de atención las instrucciones del reporteResponsable del fichero. Mantenimiento Preventivo.- Tiene por objeto la conservación Guardar secreto profesional respecto de los equipos mismos, aun después de la red de frio en óptimas condiciones de operación, de conformidad con los términos de referencia del fabricante, considerando en su ejecución las actividades mínimas que se establecen en el Anexo Técnico, que se integra al presente como Anexo 2 (dos), así como: Mano de obra especializada para realizar las rutinas de mantenimiento preventivo y correctivo a las cámaras de refrigeración y congelación de la red de frío. “El Proveedor” deberá realizar las actividades y/o rutinas mínimas indicadas en el anexo identificado con la letra “C” del Anexo Técnico denominado “Programa Técnico de Rutinas”, debiendo considerar al efecto los requisitos, plazos y horarios señalados la presente cláusula, de igual manera deberá de entregar un reporte fotográfico, del antes y después como evidencia de los trabajos realizados. “El Proveedor” se obliga a atender todos los reportes de servicio de mantenimiento correctivo a los equipos, entendiéndose como objeto la eliminación xx xxxxxx y/o daños que por uso y operación presenten los equipos. Para la atención del reporte que se efectúe por falla del equipo, “El Proveedor” cuenta con 2 (dos) horas como máximo, para presentarse en el domicilio indicado, contados a partir de la hora en la que se confirme el reporte ya sea mediante llamada telefónica o a través de medios electrónicos a la dirección de correo electrónico que se haya señalado, debiendo “Las Partes” dejar constancia de su intervención en la bitácora de contrato respecto de la atención del reporte. Una vez que el Técnico de “El Proveedor” se encuentre en el lugar indicado, personal de la Administración del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad, procederá a verificar que se trate del técnico designado y a recabar la firma de éste en la bitácora de contrato, que para los efectos de confirmar el cumplimiento de los tiempos concedidos para la atención del reporte, debiendo indicar las fallas reportadas, dejando constancia de ello en la bitácora de contrato, así como los tiempos de atención, debiendo firmar ambas partes lo asentado en la referida bitácora de contrato. Máximo 24 (veinticuatro) horas para reparar descomposturas menores, contadas a partir de la fecha y hora en que se realizó el diagnóstico de la falla, las cuales se acreditaran en la bitácora de contrato. Máximo 72 (setenta y dos) horas para reparar la falla reportada catalogada como mayor, a partir del diagnóstico proporcionado por “El Proveedor” al momento de dar atención al reporte de la falla o descompostura, mismo que se asentará en la bitácora de contrato. “El Proveedor”, por conducto del técnico designado, para los dos supuestos anteriores deberá indicar al administrador del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmueble, el diagnóstico de la falla, tipo de descompostura y el tiempo aproximado de reparación a efecto de verificar la correcta prestación del servicio, debiendo asentar en la bitácora de contrato los datos proporcionados por el técnico, quien también asentará su diagnóstico en la bitácora de contrato, una vez que el técnico designado atienda el reporte y reparada la falla, el personal de “El Instituto” confirmará el cumplimiento de los términos de referencia, asentando en la bitácora fecha, hora y firmas de conformidad, tanto de “El Proveedor” como de “El Instituto”. SUPERVISIÓN.- “Las Partes” convienen que “El Instituto” a través del Administrador de Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad, en cualquier momento y sin previo aviso deberá llevar a cabo la supervisión del servicio que otorgue “El Proveedor”, con el objeto de verificar el estricto cumplimiento del mismo y que éste se realice bajo las condiciones técnicas requeridas; por lo que “El Proveedor” se obliga a permitir la revisión del personal que “El Instituto” designe para tal fin en el momento de finalizar la prestación del servicio levantándose acta circunstanciada delimitada por el contrato. Cumplir en todo momento con las prescripciones establecidas por la legislación vigente en materia de protección de datos, y especialmente las relativas a las medidas de seguridad que por su nivel de sensibilidad fueran aplicables a los resultados datos, y trasladar las obligaciones citadas en los párrafos anteriores al personal que colabore e intervenga en el desarrollo de las acciones que se obtenganderiven del cumplimiento del presente convenio. Cumplida la prestación del servicio que se delimite en el contrato de deberá destruir en su caso todos los datos de carácter personal tratados, de forma que no puedan resultar recuperables ni reutilizables en modo alguno. A su vez, Inserta Empleo se reserva el derecho a poder solicitar al adjudicatario la totalidad de teletipos relacionados con el empleo y la formación de personas con discapacidad que la agencia haya elaborado desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017.
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Samples: Contract for Services
CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Para efecto de verificar El adjudicatario se regirá en la correcta explotación y prestación del servicio por las condiciones que establezcan las normativas que le sean de aplicación así como las que establezca la Jefatura Dirección del Hospital para un buen funcionamiento del mismo. Queda obligado a implantar y cumplir en el ámbito que le corresponde todos los Planes o Programas que apruebe el Hospital, como el Plan de Conservación Emergencias, Plan de Unidad correspondienteCalidad, implementará una bitácora Plan de contrato Confort del Paciente, etc. El adjudicatario queda obligado al mantenimiento permanente y continuado de los accesos al hospital de peatones y vehículos de emergencia, aún cuando exista cualquier tipo de contingencia ajena al adjudicatario, para lo cual podrá adoptar las medidas necesarias en la el ámbito de su actuación, (pasarelas, proyección de sal ante heladas, actuación ante inundaciones y nevadas, etc.). Esta obligación incluye los supuestos de mantenimiento, controles técnicos, o realización de obras o instalaciones en el aparcamiento. Las obras o instalaciones que se asentará fecharealicen en el aparcamiento deberán disponer del correspondiente proyecto, lugarautorizado por la Administración, número especificando claramente las afecciones al acceso y tránsito de contratopeatones y vehículos, administracióny las medidas que se prevean adoptar para garantizar el acceso. Igualmente el proyecto resolverá con toda precisión y claridad las consecuencias que las obras puedan provocar sobre el resto de la edificación e instalaciones del Hospital. No se permitirán interrupciones, tipo restricciones o molestias al acceso, tránsito o prestación de servicioservicios del Hospital. El adjudicatario dará publicidad de cuantas comunicaciones relativas a la disponibilidad del aparcamiento el Hospital considere oportunas, reportes debiéndose realizar con el Modelo que establezca la Dirección del Centro. El adjudicatario realizará un informe anual de observaciones y firma actividad que contendrá cuanta información relativa al cumplimiento de los responsables, tanto Pliegos del concurso requiera la Dirección del Centro estableciéndose por parte de “El Instituto” como de “El Proveedor”, cuyo formato e instructivo se glosa en el Anexo Técnico que se integra al presente contrato como Anexo 2 (dos). La Bitácora de Contrato arriba señalada contendrá: Fecha; Hora; Tipo de servicio (mantenimiento correctivo o preventivo); El diagnóstico de la falla (en su caso); Nombre del técnico que realice el servicio; Nombre del servidor público que realice la solicitud; Nombre del técnico que reciba la solicitud de “El Instituto”; Firmas del Técnico y Jefe de Conservación del Inmueble que corresponda. Dicha bitácora de contrato servirá para realizar y poder llevar el control de eventualidades, control de cambio de refacciones, reparaciones, etcétera (la cual deberá estar foliada a efecto de utilizar una hoja para cada actividad o día, según sea el caso y cancelar el espacio no utilizado, será de gran apoyo para la supervisión y visto bueno de las actividades), lo anterior servirá para cumplir con los lineamientos establecidos por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Invariablementeambas partes, al inicio y conclusión del servicio, deberá estar presente personal de la Administración ejecución del Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmueblecontrato, el cual en atención al reporte contenido del servicio, verificará y asentará en la bitácora de contrato que el personal que le dará atención es el designado por parte de “El Proveedor”, indicando que los datos que contenga su identificación concuerde con los requeridos conforme a la designación efectuada, el técnico deberá establecer en ese momento el tiempo de atención del reporte. Mantenimiento Preventivo.- Tiene por objeto la conservación de los equipos de la red de frio en óptimas condiciones de operación, de conformidad con los términos de referencia del fabricante, considerando en su ejecución las actividades mínimas que se establecen en el Anexo Técnico, que se integra al presente como Anexo 2 (dos), así como: Mano de obra especializada para realizar las rutinas de mantenimiento preventivo y correctivo a las cámaras de refrigeración y congelación de la red de frío. “El Proveedor” deberá realizar las actividades y/o rutinas mínimas indicadas en el anexo identificado con la letra “C” del Anexo Técnico denominado “Programa Técnico de Rutinas”, debiendo considerar al efecto los requisitos, plazos y horarios señalados la presente cláusula, de igual manera deberá de entregar un reporte fotográfico, del antes y después como evidencia de los trabajos realizados. “El Proveedor” se obliga a atender todos los reportes de servicio de mantenimiento correctivo a los equipos, entendiéndose como objeto la eliminación xx xxxxxx y/o daños que por uso y operación presenten los equipos. Para la atención del reporte que se efectúe por falla del equipo, “El Proveedor” cuenta con 2 (dos) horas como máximo, para presentarse en el domicilio indicado, contados a partir de la hora en la que se confirme el reporte ya sea mediante llamada telefónica o a través de medios electrónicos a la dirección de correo electrónico que se haya señalado, debiendo “Las Partes” dejar constancia de su intervención en la bitácora de contrato respecto de la atención del reporte. Una vez que el Técnico de “El Proveedor” se encuentre en el lugar indicado, personal de la Administración del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad, procederá a verificar que se trate del técnico designado y a recabar la firma de éste en la bitácora de contrato, que para los efectos de confirmar el cumplimiento de los tiempos concedidos para la atención del reporte, debiendo indicar las fallas reportadas, dejando constancia de ello en la bitácora de contrato, así como los tiempos de atención, debiendo firmar ambas partes lo asentado en la referida bitácora de contrato. Máximo 24 (veinticuatro) horas para reparar descomposturas menores, contadas a partir de la fecha y hora en que se realizó el diagnóstico de la falla, las cuales se acreditaran en la bitácora de contrato. Máximo 72 (setenta y dos) horas para reparar la falla reportada catalogada como mayor, a partir del diagnóstico proporcionado por “El Proveedor” al momento de dar atención al reporte de la falla o descompostura, mismo que se asentará en la bitácora de contrato. “El Proveedor”, por conducto del técnico designado, para los dos supuestos anteriores deberá indicar al administrador del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmueble, el diagnóstico de la falla, tipo de descompostura y el tiempo aproximado de reparación a efecto de verificar la correcta prestación del servicio, debiendo asentar en la bitácora de contrato los datos proporcionados por el técnico, quien también asentará su diagnóstico en la bitácora de contrato, una vez que el técnico designado atienda el reporte y reparada la falla, el personal de “El Instituto” confirmará el cumplimiento de los términos de referencia, asentando en la bitácora fecha, hora y firmas de conformidad, tanto de “El Proveedor” como de “El Instituto”. SUPERVISIÓN.- “Las Partes” convienen que “El Instituto” a través del Administrador de Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad, en cualquier momento y sin previo aviso deberá llevar a cabo la supervisión del servicio que otorgue “El Proveedor”, con el objeto de verificar el estricto cumplimiento del mismo y que éste se realice bajo las condiciones técnicas requeridas; por lo que “El Proveedor” se obliga a permitir la revisión del personal que “El Instituto” designe para tal fin en el momento de la prestación del servicio levantándose acta circunstanciada de los resultados que se obtenganmismo.
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CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Para efecto El servicio de verificar recogida selectiva, transporte y la correcta gestión adecuada de aceites vegetales usados de origen doméstico, generados en el ámbito del término municipal xx Xxxxxxxx de la Frontera se realizará conforme a las siguientes condiciones: El servicio consistirá, en primer término, en la recogida de los aceites vegetales usados depositados por las personas usuarias en contenedores ubicados en la vía pública en los puntos que se determine en función de las necesidades y que deberá ratificar los servicios técnicos xx Xxxxxxxx Natural, S.A. Previamente, las personas usuarias deberán llevar a cabo la separación de los aceites vegetales usados, procedentes de uso en cocinas y alimentación en sus domicilios, en envases ligeros que se adaptarán a las bocas de los contenedores que se instalarán en la calle para tal fin. El licitador presentará un proyecto de contenerización en el ámbito del término municipal xx Xxxxxxxx de la Frontera en el que se determine la colocación y puesta en servicio de los contenedores necesarios para dar cobertura a toda la población de su territorio que se estiman en un número mínimo de 35 contenedores. El proyecto de contenerización estará sujeto a la modificación y aprobación por parte xx Xxxxxxxx Natural, S.A. La periodicidad de la recogida del aceite usado se adecuará siempre al ritmo de llenado de los mismos según su grado de utilización por parte de los usuarios. Con carácter general, el sistema establecido deberá garantizar la revisión y evacuación de los contenedores antes de que alcance su llenado total, evitando en todo momento reboses o depósito de recipientes en su exterior que puedan contribuir a derrames o a la suciedad en la vía pública. Ante una eventual incidencia sobre los contenedores o su entorno, la entidad adjudicataria deberá garantizar una respuesta en un tiempo máximo de 6 horas frente a los casos de incidencia o funcionamiento anormal, y en un tiempo máximo de 24 horas en caso de llenado. La empresa adjudicataria del servicio deberá llevar a cabo el mantenimiento y la limpieza de todos los elementos materiales adscritos al mismo, entre ellos los contenedores y elementos auxiliares destinados al depósito de los recipientes con aceite, así como de los vehículos utilizados en las operaciones de recogida y mantenimiento de los contenedores. De esta forma, todos los elementos de prestación del servicio la Jefatura se encontrarán en perfecto estado de Conservación de Unidad correspondienteconservación y limpieza, implementará una bitácora de contrato en la que se asentará fecha, lugar, número de contrato, administración, tipo de servicio, reportes de observaciones y firma de los responsables, tanto por parte de “El Instituto” como de “El Proveedor”, cuyo formato contribuyendo con ello al buen funcionamiento e instructivo se glosa en el Anexo Técnico que se integra al presente contrato como Anexo 2 (dos). La Bitácora de Contrato arriba señalada contendrá: Fecha; Hora; Tipo de servicio (mantenimiento correctivo o preventivo); El diagnóstico de la falla (en su caso); Nombre del técnico que realice el servicio; Nombre del servidor público que realice la solicitud; Nombre del técnico que reciba la solicitud de “El Instituto”; Firmas del Técnico y Jefe de Conservación del Inmueble que corresponda. Dicha bitácora de contrato servirá para realizar y poder llevar el control de eventualidades, control de cambio de refacciones, reparaciones, etcétera (la cual deberá estar foliada a efecto de utilizar una hoja para cada actividad o día, según sea el caso y cancelar el espacio no utilizado, será de gran apoyo para la supervisión y visto bueno de las actividades), lo anterior servirá para cumplir con los lineamientos establecidos por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Invariablemente, al inicio y conclusión imagen del servicio, durante el periodo de prestación del mismo. Del mismo modo, la entidad adjudicataria deberá estar presente personal asumir las operaciones de la Administración mantenimiento y limpieza que resulten necesarias a consecuencia del Conjunto y/uso normal o el Jefe anormal de Conservación de Unidad responsable del inmueblelos contenedores y elementos auxiliares, el cual en atención al reporte del servicio, verificará y asentará en la bitácora de contrato que el personal que le dará atención es el designado por parte de “El Proveedor”, indicando que los datos que contenga su identificación concuerde con los requeridos conforme a la designación efectuada, el técnico deberá establecer en ese momento el tiempo de atención del reporte. Mantenimiento Preventivo.- Tiene por objeto incluyendo la conservación de los equipos elementos de la red de frio en óptimas condiciones de operación, de conformidad con los términos de referencia del fabricante, considerando en su ejecución las actividades mínimas rotulación y personalización que se establecen en el Anexo Técnico, que se integra al presente como Anexo 2 (dos), así como: Mano de obra especializada para realizar las rutinas de mantenimiento preventivo y correctivo a las cámaras de refrigeración y congelación de la red de frío. “El Proveedor” deberá realizar las actividades y/o rutinas mínimas indicadas en el anexo identificado con la letra “C” del Anexo Técnico denominado “Programa Técnico de Rutinas”, debiendo considerar al efecto los requisitos, plazos y horarios señalados la presente cláusula, de igual manera deberá de entregar un reporte fotográfico, del antes y después como evidencia de los trabajos realizados. “El Proveedor” se obliga a atender todos los reportes de servicio de mantenimiento correctivo a los equipos, entendiéndose como objeto la eliminación xx xxxxxx y/o daños que por uso y operación presenten los equipos. Para la atención del reporte que se efectúe por falla del equipo, “El Proveedor” cuenta con 2 (dos) horas como máximo, para presentarse en el domicilio indicado, contados a partir de la hora en la que se confirme el reporte ya sea mediante llamada telefónica o a través de medios electrónicos a la dirección de correo electrónico que se haya señalado, debiendo “Las Partes” dejar constancia de su intervención en la bitácora de contrato respecto de la atención del reporte. Una vez que el Técnico de “El Proveedor” se encuentre en el lugar indicado, personal de la Administración del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad, procederá a verificar que se trate del técnico designado y a recabar la firma de éste en la bitácora de contrato, que para los efectos de confirmar el cumplimiento de los tiempos concedidos para la atención del reporte, debiendo indicar las fallas reportadas, dejando constancia de ello en la bitácora de contratoéstos incorporen, así como la subsanación de los tiempos desperfectos o incidentes ocasionales, tales como: - Golpes o roturas que hagan precisa la reparación de atenciónlos contenedores o partes de éstos, debiendo firmar ambas partes lo asentado incluida su reposición o sustitución, cuando a criterio de los servicios técnicos xx Xxxxxxxx Natural, S.A. se considere oportuno previa justificación técnica. - Derrames o vertidos que puedan producirse con carácter extraordinario, en la referida bitácora cuyo caso deberán llevarse a cabo todas las operaciones de contratoabsorción, retirada, limpieza y desinfección del material derramado, tanto en los propios contenedores y muebles auxiliares como en todo el suelo afectado. Máximo 24 (veinticuatro) horas La empresa dispondrá de todos los medios materiales y humanos necesarios para reparar descomposturas menoresllevar a cabo estas operaciones de limpieza. La limpieza del entorno debe ser con mayor frecuencia, contadas a partir toda vez que es previsible el depósito de la fecha recipientes fuera del contenedor y hora en que se realizó el diagnóstico además los posibles derrames como consecuencia de la fallalas aportaciones, y de las cuales se acreditaran en la bitácora operaciones de contratocarga y descarga. Máximo 72 (setenta y dos) horas para reparar la falla reportada catalogada como mayor, a partir del diagnóstico proporcionado por “El Proveedor” al momento de dar atención al reporte de la falla o descompostura, mismo que se asentará en la bitácora de contrato. “El Proveedor”, por conducto del técnico designado, para los dos supuestos anteriores deberá indicar al administrador del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmuebleCon una periodicidad mínima mensual, el diagnóstico de la falla, tipo de descompostura y el tiempo aproximado de reparación a efecto de verificar la correcta prestación del servicio, debiendo asentar en la bitácora de contrato los datos proporcionados por el técnico, quien también asentará su diagnóstico en la bitácora de contrato, una vez que el técnico designado atienda el reporte y reparada la falla, el personal de “El Instituto” confirmará el cumplimiento de los términos de referencia, asentando en la bitácora fecha, hora y firmas de conformidad, tanto de “El Proveedor” como de “El Instituto”. SUPERVISIÓN.- “Las Partes” convienen que “El Instituto” a través del Administrador de Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad, en cualquier momento y sin previo aviso adjudicatario deberá llevar a cabo la supervisión del servicio que otorgue “El Proveedor”, con el objeto de verificar el estricto cumplimiento del mismo y que éste se realice bajo las condiciones técnicas requeridas; por lo que “El Proveedor” se obliga a permitir la una revisión del personal que “El Instituto” designe para tal fin en el momento estado de conservación y la limpieza periódica de los contenedores, elementos auxiliares y entorno de la prestación del servicio levantándose acta circunstanciada vía pública ocupada por éstos. En cualquier caso, cuando a criterio de los resultados que servicios técnicos se obtenganestime oportuno, de forma justificada, la realización de alguna operación de limpieza o mantenimiento, la entidad adjudicataria deberá ejecutarla en un plazo máximo de 24 h., desde la notificación.
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Samples: Pliego De Condiciones
CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Para efecto la prestación de verificar la correcta prestación los servicios objeto del servicio la Jefatura de Conservación de Unidad correspondiente, implementará una bitácora de contrato en la que se asentará fecha, lugar, número de presente contrato, administraciónlas empresas licitantes deberán ofrecer un servicio integral de desarrollo correctivo, tipo de servicioperfectivo, reportes de observaciones evolutivo, mejora y firma rediseño de los responsablesSistemas objeto del contrato, tanto por parte que permita disponer de “El Instituto” como los recursos técnicos necesarios en cada momento para poder dar respuesta, con los niveles de “El Proveedor”, cuyo formato e instructivo se glosa calidad requeridos y dentro de los plazos exigidos en el Anexo Técnico que se integra al presente contrato como Anexo 2 (dos). La Bitácora de Contrato arriba señalada contendrá: Fecha; Hora; Tipo correspondiente acuerdo nivel de servicio (mantenimiento correctivo o preventivo); El diagnóstico a las necesidades de actualización, mejora y evolución funcional de los sistemas, para que éstos puedan seguir respondiendo a las crecientes necesidades de gestión de las áreas usuarias. Los licitantes también deberán tener en cuenta la evolución tecnológica de los sistemas de la falla Consejería de Medio Ambiente Y Ordenación del Territorio, al objeto de mantenerlos en unas condiciones óptimas de explotación y alineado con la arquitectura tecnológica de la Consejería y de la Junta de Andalucía. Si bien los licitantes deberán concretar en sus respectivas ofertas el equipo técnico ofrecido que, ajustándose a lo solicitado en el Pliego, se considere idóneo para atender las necesidades en éste especificadas, no es objetivo del mismo el contratar un equipo estático de personas sino el disponer de un servicio integral de análisis y desarrollo de los sistemas ligados a un acuerdo de nivel de servicio previamente establecido al inicio del contrato. De este modo, las compañías licitantes deberán dirigir sus proposiciones técnicas hacia un enfoque orientado al servicio y no a los recursos, debiendo concretar en sus respectivas ofertas el nivel de flexibilidad ofrecido en cuanto a composición del equipo de trabajo, ubicación del mismo (que podrá ser tanto en su caso); Nombre las oficinas de la Consejería como en las del técnico que realice el servicio; Nombre del servidor público que realice la solicitud; Nombre del técnico que reciba la solicitud de “El Instituto”; Firmas del Técnico y Jefe de Conservación del Inmueble que corresponda. Dicha bitácora de contrato servirá para realizar y poder llevar el control de eventualidadeslicitante, control de cambio de refacciones, reparaciones, etcétera (la cual deberá estar foliada a efecto de utilizar una hoja para cada actividad o día, según sea el caso y cancelar el espacio no utilizado, será de gran apoyo para la supervisión y visto bueno de las actividadesincluyendo soluciones mixtas), lo anterior servirá disponibilidad de equipos expertos y factoría de software para cumplir con los lineamientos establecidos por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Invariablemente, al inicio y conclusión del servicio, deberá estar presente personal de la Administración del Conjunto absorber trabajos específicos y/o el Jefe puntas de Conservación trabajo, etc. El equipo de Unidad responsable del inmueble, el cual en atención al reporte del servicio, verificará y asentará en la bitácora de contrato que el personal que le dará atención es el designado por parte de “El Proveedor”, indicando que los datos que contenga su identificación concuerde con los requeridos conforme a la designación efectuada, el técnico deberá establecer en ese momento el tiempo de atención del reporte. Mantenimiento Preventivo.- Tiene por objeto la conservación de los equipos de la red de frio en óptimas condiciones de operación, de conformidad con los términos de referencia del fabricante, considerando en su ejecución las actividades mínimas trabajo que se establecen en el Anexo Técnico, que se integra al presente como Anexo 2 (dos), así como: Mano de obra especializada para realizar las rutinas de mantenimiento preventivo y correctivo a las cámaras de refrigeración y congelación de incorporará tras la red de frío. “El Proveedor” deberá realizar las actividades y/o rutinas mínimas indicadas en el anexo identificado con la letra “C” formalización del Anexo Técnico denominado “Programa Técnico de Rutinas”, debiendo considerar al efecto los requisitos, plazos y horarios señalados la presente cláusula, de igual manera deberá de entregar un reporte fotográfico, del antes y después como evidencia de los trabajos realizados. “El Proveedor” se obliga a atender todos los reportes de servicio de mantenimiento correctivo a los equipos, entendiéndose como objeto la eliminación xx xxxxxx y/o daños que por uso y operación presenten los equipos. Para la atención del reporte que se efectúe por falla del equipo, “El Proveedor” cuenta con 2 (dos) horas como máximocontrato, para presentarse en el domicilio indicado, contados a partir de la hora en la que se confirme el reporte ya sea mediante llamada telefónica o a través de medios electrónicos a la dirección de correo electrónico que se haya señalado, debiendo “Las Partes” dejar constancia de su intervención en la bitácora de contrato respecto de la atención del reporte. Una vez que el Técnico de “El Proveedor” se encuentre en el lugar indicado, personal de la Administración del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad, procederá a verificar que se trate del técnico designado y a recabar la firma de éste en la bitácora de contrato, que para los efectos de confirmar el cumplimiento de los tiempos concedidos para la atención del reporte, debiendo indicar las fallas reportadas, dejando constancia de ello en la bitácora de contrato, así como los tiempos de atención, debiendo firmar ambas partes lo asentado en la referida bitácora de contrato. Máximo 24 (veinticuatro) horas para reparar descomposturas menores, contadas a partir de la fecha y hora en que se realizó el diagnóstico de la falla, las cuales se acreditaran en la bitácora de contrato. Máximo 72 (setenta y dos) horas para reparar la falla reportada catalogada como mayor, a partir del diagnóstico proporcionado por “El Proveedor” al momento de dar atención al reporte de la falla o descompostura, mismo que se asentará en la bitácora de contrato. “El Proveedor”, por conducto del técnico designado, para los dos supuestos anteriores deberá indicar al administrador del Conjunto y/o Jefe de Conservación de Unidad responsable del inmueble, el diagnóstico de la falla, tipo de descompostura y el tiempo aproximado de reparación a efecto de verificar la correcta prestación del servicio, debiendo asentar en la bitácora de contrato los datos proporcionados por el técnico, quien también asentará su diagnóstico en la bitácora de contrato, una vez que el técnico designado atienda el reporte y reparada la falla, el personal de “El Instituto” confirmará el cumplimiento de los términos de referencia, asentando en la bitácora fecha, hora y firmas de conformidad, tanto de “El Proveedor” como de “El Instituto”. SUPERVISIÓN.- “Las Partes” convienen que “El Instituto” a través del Administrador de Conjunto y/o el Jefe de Conservación de Unidad, en cualquier momento y sin previo aviso deberá llevar a cabo la supervisión del servicio que otorgue “El Proveedor”, con el objeto de verificar el estricto cumplimiento del mismo y que éste se realice bajo las condiciones técnicas requeridas; por lo que “El Proveedor” se obliga a permitir la revisión del personal que “El Instituto” designe para tal fin en el momento de la prestación del servicio levantándose acta circunstanciada objeto del presente contrato, deberá estar formado por los componentes relacionados en la oferta y consecuentemente valorados. El equipo de trabajo ofrecido deberá cubrir conjuntamente todo el entorno tecnológico de los resultados sistemas, debiendo reunir la suficiente experiencia y conocimientos en el mismo como para trabajar de forma autónoma, sin requerir el apoyo de técnicos de la Consejería más allá del tratamiento de las interfaces con otros sistemas. El equipo de trabajo deberá aportar, por un lado el conocimiento del negocio de la Consejería de Medio Ambiente Y Ordenación del Territorio de cara a ofrecer valor añadido para la integración o la aparición de nuevas necesidades y mejoras y que esta sea lo más flexible al sistema y, por otro, el suficiente conocimiento funcional en este tipo de entornos, de manera que la necesaria adaptación del equipo para conocer con detalle las necesidades concretas de la Consejería se vea reducida lo más posible. El equipo de trabajo debe asumir el procedimiento de trabajo de la Consejería y cumplir con las especificaciones marcadas por la misma. El equipo de trabajo deberá estar plenamente incorporado al inicio del contrato y durante la vigencia del mismo y como se ha dicho con anterioridad deben ser los relacionados en la oferta del adjudicatario. La autorización de cambios puntuales en la composición del mismo requerirá de las siguientes condiciones: •Justificación por escrito, detallada y suficiente, explicativa del motivo del cambio. Se presentará al Director del Proyecto. •Presentación de posibles candidatos para el perfil cuya cualificación técnica sea igual o superior al de la persona que se obtenganpretende sustituir, donde el adjudicatario deberá informar por escrito a la Consejería acerca de la formación, conocimientos, certificaciones y experiencia de los nuevos recursos. •Aceptación por la Dirección del proyecto del candidato propuesto. Tras el análisis del informe por parte de la Dirección del proyecto, ésta lo autorizará si así lo considera y con las condiciones o limitaciones que considere convenientes. Los posibles inconvenientes de adaptación al entorno de trabajo y al desarrollo del servicio debido a sustituciones de sus componente del equipo base, deberán subsanarse mediante periodos de solapamiento, sin coste adicional para la Consejería, durante el tiempo necesario. El plazo de solapamiento mínimo entre el perfil entrante y el saliente será de un mes. Queda establecido que la gestión del equipo de trabajo del adjudicatario es de su única responsabilidad. No obstante, el adjudicatario deberá garantizar que dispone de los mecanismos adecuados para minimizar la rotación no planificada del Equipo de trabajo que ejecuta los servicios en todos los entornos, para evitar la pérdida no controlada de conocimiento y el impacto en los niveles de calidad del servicio, imagen y la dedicación adicional de personal de Consejería que una rotación inadecuada lleva asociada. Por rotación planificada se entiende aquella comunicada a la Consejería con un mes de antelación a que se produzca la salida , unida con el solapamiento del recurso entrante con el saliente para la adecuada transferencia de conocimientos durante un periodo no inferior a un mes.
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