CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la persona contratista sin perjuicio de lo establecido en el artículo 239 de la LCSP para los casos de fuerza mayor. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere a la persona contratista la Agencia. En el supuesto de que fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la pactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en los términos establecidos en la cláusula 27 del presente pliego. La persona contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Agencia o para terceras personas de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato que en caso de que den lugar a la tramitación de modificados del proyecto aprobado, no dará lugar a la percepción de honorarios en lo concerniente a la rectificación de dichos defectos de proyecto. Sin perjuicio de lo establecido respecto a indemnizaciones que serán de aplicación en caso responsabilidad por defectos o errores del proyecto. La persona contratista aporta su propia dirección y gestión del contrato, siendo responsable de la organización del servicio, de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicio realizados, en los términos del artículo 311 de la LCSP. La persona contratista dispondrá, para la ejecución del contrato, de una estructura jerarquizada, que se hará responsable de impartir a sus trabajadores las correspondientes órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices de cómo distribuirlo. Le corresponderán a la Agencia Pública los poderes de verificación y control de la contrata, establecidos en la LCSP, absteniéndose para ello de ejercer función alguna de control, dirección u organización del personal de la empresa contratista. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad...
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. 16.1 La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en los artículos 197 y 300 de la LCSP.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. 3.1. Propiedad del resultado de los trabajos
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. El Consultor ejecutará el presente contrato de conformidad con las siguientes condiciones generales:
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. El Contratista, a través de la Orden de compra/Servicio/Contrato No. XXX de fecha………….se comprometió con la Empresa Pública de Servicios ESPOLTECH E.P., a proveer la/el (objeto del contrato), el cual se entregó (cuando es bien) / ejecutó (cuando es servicio) en (lugar y forma de entrega del bien o ejecución del servicio u obra) y cumplió con lo estipulado en la Orden de Compra/Servicio/contrato en referencia a entera satisfacción de la unidad requirente.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. Los trabajos se entregarán en euskera y castellano. Asimismo, se entregaran en formato papel a doble cara y en formato digital. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. El adjudicatario deberá realizar el servicio con estricta sujeción a las condiciones establecidas en su oferta, las cláusulas del presente Pliego y el pliego de prescripciones técnicas. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o perjuicios ocasionados como consecuencia de la ejecución de este contrato.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. Consultoría contratación directa No. CDC-EMS-011-2022 “CONSULTORÍA PARA EL PROCESAMIENTO DE DATOS PARA CÁLCULO ATUARIAL DE BENEFICIOS POST EMPLEO”, administradora de contrato Ing. Xxxx Xxxxxxxx Analista Senior xx Xxxxxxx Humano. Contrato: Consultoría contratación directa No. CDC-EMS-011-2022 "CONSULTORÍA PARA EL PROCESAMIENTO DE DATOS PARA EL CÁLCULO ACTUARIAL DE BENEFICIOS POST EMPLEO" Lugar: Quito Provincia: Pichincha Objeto: "CONSULTORÍA PARA EL PROCESAMIENTO DE DATOS PARA EL CÁLCULO ACTUARIAL DE BENEFICIOS POST EMPLEO" Monto: USD $ 198,00 (ciento noventa y ocho dólares con 00/100) Consultor: Mat. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Administrador del contrato Ing. Xxxx Xxxxxxxx - Analista Senior xx Xxxxxxx Humano Plazo (días): 8 días calendario, contados a partid del día siguiente de la suscripción del contrato. Fecha de suscripción del contrato: 30 de noviembre de 2022 Fecha de inicio del contrato: 1 de diciembre de 2022 Fecha de fin de plazo del contrato: 8 de diciembre de 2022
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. Obligaciones del Consultor:
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. 16. ADQUISICIÓN DEL VEHÍCULO CUANDO HAYA CONCLUIDO EL CONTRATO