CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la persona contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista la persona responsable del contrato. En el supuesto de que fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la pactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en los términos establecidos en la cláusula 30 del presente pliego. La persona contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para CIRJESA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. La persona contratista estará obligada a presentar un programa de trabajo, cuando así se especifique en el ANEXO I letra P y con el contenido que se indique en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que será aprobado por el órgano de contratación. En el supuesto de tratarse de un contrato de servicios con prestaciones directas a favor de la ciudadanía, la persona contratista estará obligada a: - Prestar el servicio con la continuidad convenida, cuidando el buen orden del servicio y garantizando a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica que se haya fijado. - Indemnizar los daños causados por terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, salvo aquellos que sean por causa imputable a CIRJESA. - Entregar, en su caso, las obras e instalaciones en los términos del contrato, con el estado de conservación y funcionamiento adecuados, sin que los bienes afectos a estos contratos puedan ser objeto de embargo conforme al art. 312.c). de la LCSP. En caso de incumplimiento por parte del contratista, para este tipo de contratos se atenderá a las especialidades establecidas en el art. 312 de la LCSP.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. 16.1 La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en los artículos 197 y 300 de la LCSP.
16.2 El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del presente pliego y a las del de prescripciones técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Universidad xx Xxxxxx al contratista a través, en su caso, del responsable del contrato.
16.3 De conformidad con el art. 311 LCSP, el contratista será responsable de los servicios prestados y de las consecuencias que se deduzcan para la Universidad o para terceros de las omisiones, infracciones de preceptos o reglamentos, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución de contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Universidad, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
16.4 El contratista está obligado a la total ejecución del contrato en los términos previstos en los artículos 192 y 197 LCSP debiendo garantizar el servicio en las condiciones pactadas, durante toda la vigencia del contrato, sin que el mismo pueda verse alterado en períodos de vacaciones y en otras circunstancias similares.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. 3.1. Propiedad del resultado de los trabajos
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. El Contratista, a través de la Orden de compra/Servicio/Contrato No. XXX de fecha………….se comprometió con la Empresa Pública de Servicios ESPOLTECH E.P., a proveer la/el (objeto del contrato), el cual se entregó (cuando es bien) / ejecutó (cuando es servicio) en (lugar y forma de entrega del bien o ejecución del servicio u obra) y cumplió con lo estipulado en la Orden de Compra/Servicio/contrato en referencia a entera satisfacción de la unidad requirente.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. Los trabajos se entregarán en euskera y castellano. Asimismo, se entregaran en formato papel a doble cara y en formato digital. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. El Consultor ejecutará el presente contrato de conformidad con las siguientes condiciones generales:
2.1. Autonomía: El Consultor ejecutará este contrato con sus propios medios, con plena autonomía técnica, administrativa y financiera y asumiendo todos los riesgos derivados, generados u ocasionados por dicha ejecución.
2.2. Lugar de ejecución: El Consultor ejecutará el presente contrato en XXX, pero estará disponible para desplazarse a cualquier otro lugar dentro o fuera del territorio colombiano si este desplazamiento fuese necesario o conveniente para la ejecución de este contrato.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. Objeto de la Contratación. CONTRATO DE ARRIENDO. No. 001-SIS-FS-MDMQ-2023 PARA “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE EQUIDAD Y JUSTICIA LOS CHILLOS DE LA SECRETARIA DE INCLUSION SOCIAL” Plazo: 334 días Características del servicio: El servicio contratado proporciona lo detallado a continuación:
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. 3.1. Propiedad del resultado de los trabajos El adjudicatario generará la documentación e información necesaria y suficiente para la adecuada ejecución del objeto del contrato. Todos los documentos generados en los trabajos objeto del presente procedimiento serán propiedad de KRONIKGUNE o del organismo a quien legalmente corresponda. Asimismo, todos los derechos de Propiedad Intelectual sobre los servicios de todo tipo que resulten de la ejecución del contrato pertenecerán a KRONIKGUNE en exclusiva para todo el mundo y por el tiempo de duración legal de los derechos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia. KRONIKGUNE será el titular exclusivo de las guías, materiales, documentos, informes, metodologías, sitios Web, soportes informáticos y de todos los derechos de uso, difusión y explotación de los mismos. El adjudicatario reconoce expresamente que KRONIKGUNE es titular exclusivo de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial derivados de los trabajos encomendados en virtud del contrato y, como tal, todos los derechos de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a KRONIKGUNE, con carácter mundial, quien podrá ejercerlos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen. En consecuencia, el adjudicatario se abstendrá de comercializar, publicar o difundir, o comunicar de cualquier forma, total o parcialmente el contenido de los citados materiales y trabajos sin el consentimiento previo y expreso de KRONIKGUNE. El adjudicatario se compromete, al extinguirse el contrato por cualquier causa, a entregar a KRONIKGUNE cualquier material que, como consecuencia de la prestación de servicios obre en su poder o de su personal.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. El contrato incluye el suministro, instalación y mano de obra de todos los equipos ofertados, dirección técnica, puesta en marcha, pruebas y pequeño material. La empresa adjudicataria se comprometerá a disponer, en todo momento, de los recursos necesarios, propios o ajenos, con los que se garantice el cumplimiento del contrato. Los trabajos defectuosos o mal realizados serán responsabilidad exclusiva de la empresa y por ello los costes derivados de los mismos sólo serán imputables y exigibles a la empresa adjudicataria del contrato, en los términos establecidos en la legislación vigente.
CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. Consultoría contratación directa No. CDC-EMS-011-2022 “CONSULTORÍA PARA EL PROCESAMIENTO DE DATOS PARA CÁLCULO ATUARIAL DE BENEFICIOS POST EMPLEO”, administradora de contrato Ing. Xxxx Xxxxxxxx Analista Senior xx Xxxxxxx Humano. Contrato: Consultoría contratación directa No. CDC-EMS-011-2022 "CONSULTORÍA PARA EL PROCESAMIENTO DE DATOS PARA EL CÁLCULO ACTUARIAL DE BENEFICIOS POST EMPLEO" Lugar: Quito Provincia: Pichincha Objeto: "CONSULTORÍA PARA EL PROCESAMIENTO DE DATOS PARA EL CÁLCULO ACTUARIAL DE BENEFICIOS POST EMPLEO" Monto: USD $ 198,00 (ciento noventa y ocho dólares con 00/100) Consultor: Mat. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Administrador del contrato Ing. Xxxx Xxxxxxxx - Analista Senior xx Xxxxxxx Humano Plazo (días): 8 días calendario, contados a partid del día siguiente de la suscripción del contrato. Fecha de suscripción del contrato: 30 de noviembre de 2022 Fecha de inicio del contrato: 1 de diciembre de 2022 Fecha de fin de plazo del contrato: 8 de diciembre de 2022