Common use of CONDICIONES TECNICAS DE LA GESTION Clause in Contracts

CONDICIONES TECNICAS DE LA GESTION. Servicio objeto de la concesión y características del mismo. Las características del servicio se contienen en el presente pliego, así como en el Anexo I “Plan de Explotación de la concesión para el transporte interurbano por carretera en la comarca de Urola Erdia” del presente documento. Este proyecto, cuyo contenido se ajusta a lo previsto en el artículo 15 del Decreto 51/2012, así como el resto de la documentación referida al contrato se podrá consultar en el perfil del contratante de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa. Las condiciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y cláusulas jurídico-administrativas, se ajustan a lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto 51/2012 en lo relativo a las condiciones esenciales, con carácter de requisito mínimo, y de carácter orientativo, sin perjuicio de régimen de meras variaciones del servicio y modificación del contrato que se prevén en las cláusulas jurídico-administrativas. Plan de explotación y calendario anual La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa en función de las necesidades de uso público fijará las líneas, horarios, itinerarios, número de autobuses tanto en línea como en reserva, así como las demás variables técnicas que constituyen el Plan de Explotación de la concesión. La empresa operadora del servicio deberá presentar el plan de explotación en los términos exigidos en el pliego de prescripciones administrativas en lo relativo a la documentación técnica a presentar en el sobre nº 2. A estos efectos la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa aprobará, previa propuesta del concesionario, en el último trimestre del año un Calendario Anual correspondiente al ejercicio siguiente. Este calendario anual recogerá todos los servicios y horarios a realizar obligatoriamente por la operadora a lo largo del año natural, y para los distintos períodos del mismo. El calendario anual se elaborará sobre la base del calendario del año en curso con las modificaciones de servicio que se hayan desarrollado a lo largo del año natural y hayan sido probadas y aceptadas finalmente por la Diputación Xxxxx. Asimismo, se incluirá en el calendario anual otras modificaciones de servicio que a propuesta del concesionario o de la propia Diputación se consideren necesarias incluir como servicios ordinarios en el año siguiente. A estos efectos la empresa operadora deberá informar a la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa de la gestión de nombramientos para el personal de conducción, indicando las asignaciones de servicio y calendarios.

Appears in 1 contract

Samples: www5.gipuzkoa.net

CONDICIONES TECNICAS DE LA GESTION. Servicio objeto de la concesión y características del mismo. Las características del servicio se contienen en el presente pliego, así como en el Anexo I “Plan Proyecto de Explotación servicio de la concesión para el transporte interurbano por carretera en la comarca de Urola ErdiaBuruntzaldea” del presente documento. Este proyecto, cuyo contenido se ajusta a lo previsto en el artículo 15 del Decreto 51/2012, así como el resto de la documentación referida al contrato se podrá consultar en el perfil del contratante de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa. Las condiciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y cláusulas jurídico-administrativas, se ajustan a lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto 51/2012 en lo relativo a las condiciones esenciales, con carácter de requisito mínimo, y de carácter orientativo, sin perjuicio de régimen de meras variaciones del servicio y modificación del contrato que se prevén en las cláusulas jurídico-administrativas. Plan de explotación y calendario anual La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa en función de las necesidades de uso público fijará las líneas, horarios, itinerarios, número de autobuses tanto en línea como en reserva, así como las demás variables técnicas que constituyen el Plan de Explotación de la concesión. La empresa operadora del servicio deberá presentar el plan de explotación en los términos exigidos en el pliego de prescripciones administrativas en lo relativo a la documentación técnica a presentar en el sobre nº 2. A estos efectos la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa aprobará, previa propuesta del concesionario, en el último trimestre del año un Calendario Anual correspondiente al ejercicio siguiente. Este calendario anual recogerá todos los servicios y horarios a realizar obligatoriamente por la operadora a lo largo del año natural, y para los distintos períodos del mismo. El calendario anual se elaborará sobre la base del calendario del año en curso con las modificaciones de servicio que se hayan desarrollado a lo largo del año natural y hayan sido probadas y aceptadas finalmente por la Diputación Xxxxx. Asimismo, se incluirá en el calendario anual otras modificaciones de servicio que a propuesta del concesionario o de la propia Diputación se consideren necesarias incluir como servicios ordinarios en el año siguiente. A estos efectos la empresa operadora deberá informar a la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa de la gestión de nombramientos para el personal de conducción, indicando las asignaciones de servicio y calendarios.

Appears in 1 contract

Samples: www5.gipuzkoa.net

CONDICIONES TECNICAS DE LA GESTION. Servicio objeto de la concesión y características del mismo. Las características del servicio se contienen en el presente pliego, así como en el Anexo I documento previo en el que se enmarca, en concreto, el “Plan de Explotación de la concesión Concesión Zonal para el transporte interurbano Transporte Interurbano por carretera Carretera en la comarca Comarca de Urola ErdiaTolosaldea (LUR-Z-03)competencia del presente documentoDepartamento de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa. Este Dicho proyecto, cuyo contenido se ajusta a lo previsto en el artículo 15 del Decreto 51/2012, así como el resto de la documentación referida al contrato se podrá consultar en el perfil del contratante de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa. : Las condiciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y cláusulas jurídico-administrativas, se ajustan a lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto 51/2012 en lo relativo a las condiciones esenciales, con carácter de requisito mínimo, y de carácter orientativo, sin perjuicio de régimen de meras variaciones del servicio y modificación del contrato que se prevén en las cláusulas jurídico-administrativas. Plan Gestión de explotación y calendario anual La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa en función de las necesidades de uso público fijará las líneas, horarios, itinerarios, número de autobuses tanto en línea como en reserva, así como las demás variables técnicas que constituyen el los servicios a la demanda El Plan de Explotación de la concesión. La empresa operadora Concesión Zonal para el Transporte Interurbano por Carretera en la Comarca de Tolosaldea recoge una serie de servicios que se prestarán bajo demanda (es decir, previa solicitud concreta de la persona usuaria) en la modalidad de horario fijo, o bien, en la modalidad de prolongación del servicio deberá presentar lineal. Las condiciones y características mínimas de este servicio serán las siguientes: Disponer de un número de teléfono, con líneas suficientes que garantice la recepción de las llamadas efectuadas. En principio, el plan horario de explotación en los términos exigidos en atención al público será de 8 de la mañana a 8 de la tarde de lunes a sábado. Los datos relativos a las llamadas recibidas y gestionadas se pondrán a disposición de la DFG con el pliego correspondiente desglose: fecha y hora de prescripciones administrativas en lo relativo la llamada, servicio solicitado y atendido, número de la txartela Mugi/Lurraldebus de la persona solicitante, número de personas que van a utilizar el servicio y necesidad de vehículo adaptado para personas que se desplazan con silla de ruedas. Desarrollar un sistema que asegure la comunicación entre operador y persona usuaria, así como la información sobre líneas, servicios y paradas. Atender las demandas de servicio con al menos la siguiente antelación: Servicios lineales con prolongación a la documentación técnica a presentar en el sobre nº 2. A estos efectos la Diputación Xxxxx demanda, Solicitud con antelación de Gipuzkoa aprobará, previa propuesta del concesionario, en el último trimestre del año un Calendario Anual correspondiente 30 minutos respecto al ejercicio siguiente. Este calendario anual recogerá todos los servicios y horarios a realizar obligatoriamente por la operadora a lo largo del año natural, y para los distintos períodos del mismo. El calendario anual se elaborará sobre la base del calendario del año en curso con las modificaciones de servicio que se hayan desarrollado a lo largo del año natural y hayan sido probadas y aceptadas finalmente por la Diputación Xxxxx. Asimismo, se incluirá en el calendario anual otras modificaciones de servicio que a propuesta del concesionario o comienzo de la propia Diputación se consideren necesarias incluir como servicios ordinarios en expedición cuando el año siguiente. A estos efectos la empresa operadora deberá informar servicio requiera llegar a una parada a la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa de demanda. Solicitud directa al conductor al acceder al servicio, cuando para llegar a la gestión de nombramientos para parada a la demanda solo haya que prolongar el personal de conducción, indicando las asignaciones de servicio y calendariositinerario convencional.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Prescricpciones Tecnicas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Transporte Público De Viajeros Interurbano Por Carretera De La Comarca De Tolosaldea

CONDICIONES TECNICAS DE LA GESTION. Servicio objeto de la concesión y características del mismo. Las características del servicio se contienen en el presente pliego, así como en el Anexo I “Plan de Explotación de la concesión zonal para el transporte interurbano por carretera en la comarca de Urola Erdiadel Goierri” del presente documento. Este proyecto, cuyo contenido se ajusta a lo previsto en el artículo 15 del Decreto 51/2012, así como el resto de la documentación referida al contrato se podrá consultar en el perfil del contratante de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa. Las condiciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y cláusulas jurídico-administrativas, se ajustan a lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto 51/2012 en lo relativo a las condiciones esenciales, con carácter de requisito mínimo, y de carácter orientativo, sin perjuicio de régimen de meras variaciones del servicio y modificación del contrato que se prevén en las cláusulas jurídico-administrativas. Plan de explotación y calendario anual La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa en función de las necesidades de uso público fijará las líneas, horarios, itinerarios, número de autobuses tanto en línea como en reserva, así como las demás variables técnicas que constituyen el Plan de Explotación de la concesión. La empresa operadora del servicio deberá presentar el plan de explotación en los términos exigidos en el pliego de prescripciones administrativas en lo relativo a la documentación técnica a presentar en el sobre nº 2. A estos efectos la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa aprobará, previa propuesta del concesionario, en el último trimestre del año un Calendario Anual correspondiente al ejercicio siguiente. Este calendario anual recogerá todos los servicios y horarios a realizar obligatoriamente por la operadora a lo largo del año natural, y para los distintos períodos del mismo. El calendario anual se elaborará sobre la base del calendario del año en curso con las modificaciones de servicio que se hayan desarrollado a lo largo del año natural y hayan sido probadas y aceptadas finalmente por la Diputación Xxxxx. Asimismo, se incluirá en el calendario anual otras modificaciones de servicio que a propuesta del concesionario o de la propia Diputación se consideren necesarias incluir como servicios ordinarios en el año siguiente. A estos efectos la empresa operadora deberá informar a la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa de la gestión de nombramientos para el personal de conducción, indicando las asignaciones de servicio y calendarios.

Appears in 1 contract

Samples: www5.gipuzkoa.net