CONTRATACIÓN A DISTANCIA DEL SEGURO. 1. En caso de contratación a distancia, se aplicará lo dispuesto en este artículo. Se consi- dera que existe contratación de un seguro a distancia cuando para su negociación y cele- braciones utiliza exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física y simultánea del proveedor y el consumidor, consistente en la utilización de medios telemáticos, electrónicos, telefónicos, fax u otros similares. En caso de contratación a distancia, el seguro entrará en vigor a las 12 horas del día siguiente a aquél en que el tomador haya prestado su consentimiento, salvo que, por acuerdo expreso, se concierte otra fecha. En todo caso, la fecha de efecto quedará refle- xxxx en las Condiciones Particulares de la póliza. 2. En el caso de que el contrato se haya celebrado por medios telefónicos, durante el plazo de 15 días desde la fecha convenida como de efecto del contrato, la Entidad quedará obli- gada al cumplimiento de la prestación que le corresponda, aunque la prima no haya sido todavía pagada antes de que se produzca el siniestro. 3. Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos anteriores, el contrato y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. La Aseguradora está obligada a entregar al tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional. El tomador deberá devolver a la Aseguradora un ejemplar firmado por él de las Condiciones Particulares de la póliza, así como la documentación acreditativa de las circunstancias que configuran el riesgo. 4. El tomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penali- zación alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestro. Dicho plazo se contará desde el día de la celebración del contrato o desde la fecha en que la Aseguradora le entregue la póliza o documento de cobertura provisional. El tomador habrá de comunicarlo a la Aseguradora por un procedimiento que permita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho y estará obligado a pagar la prima correspondiente hasta el momento del desistimiento. En caso de que la prima hubiera sido cobrada, la Aseguradora reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales, dicho importe, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia hasta el momento del desistimiento.”
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Samples: Seguro De Protección De Alquileres
CONTRATACIÓN A DISTANCIA DEL SEGURO. 1. En caso de contratación a distancia, se aplicará lo dispuesto en este artículo. Se consi- dera considera que existe contratación de un seguro a distancia cuando para su negociación nego- ciación y cele- braciones celebración se utiliza exclusivamente una técnica de comunicación a distanciadis- tancia, sin presencia física y simultánea simultanea del proveedor y el consumidor, consistente en la utilización de medios telemáticos, electrónicos, telefónicos, fax telefónicos u otros similares. En caso de contratación a distancia, el seguro entrará en vigor a las 12 0 horas del día siguiente a aquél en que el tomador haya prestado su consentimiento, salvo que, por acuerdo expreso, se concierte otra fecha. En todo caso, la fecha de efecto quedará refle- xxxx que- dará reflejada en las Condiciones Particulares de la póliza.. Vigencia del seguro
2. En el caso de que el contrato se haya celebrado por medios telefónicos, ,durante el plazo de 15 días desde la fecha convenida como de efecto del contrato, la Entidad quedará obli- gada obligada al cumplimiento de la prestación que le corresponda, aunque la prima no haya sido todavía pagada antes de que se produzca el siniestro.
3. Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos anteriores, el contrato y sus modificaciones modi- ficaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. La Aseguradora está obligada a entregar al tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional. El tomador deberá devolver a la Aseguradora un ejemplar firmado por él de las Condiciones Particulares de la póliza, así como la documentación documenta- ción acreditativa de las circunstancias que configuran el riesgo.
4. El tomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penali- zación penalización alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestro. Dicho plazo se contará desde el día de la celebración del contrato o desde la fecha en que la Aseguradora le entregue la póliza o documento de cobertura provisional. El tomador habrá de comunicarlo a la Aseguradora por un procedimiento que permita per- mita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho y estará obligado a pagar la prima correspondiente hasta el momento del desistimientodesisti- miento. En caso de que la prima hubiera sido cobrada, la Aseguradora reembolsará reembol- xxxx al tomador, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales, dicho importe, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia hasta el momento del desistimiento.”
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Samples: Póliza De Seguro De Automóviles
CONTRATACIÓN A DISTANCIA DEL SEGURO. 1. En caso de contratación a distancia, se aplicará lo dispuesto en este artículo. Se consi- dera considera que existe contratación de un seguro a distancia cuando para su negociación y cele- braciones celebración se utiliza exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, distancia sin presencia física y simultánea si- multánea del proveedor y el consumidor, consistente en la utilización de medios telemáticos, electrónicos, telefónicos, fax u otros similares. En caso de contratación a distancia, el seguro entrará en vigor a las 12 0 horas del día siguiente siguien- te a aquél aquel en que el tomador haya prestado su consentimiento, salvo que, por acuerdo expreso, expreso se concierte otra fecha. En todo caso, la fecha de efecto quedará refle- xxxx reflejada en las Condiciones Particulares de la póliza.
2. En el caso de que el contrato se haya celebrado por medios telefónicos, durante el plazo de 15 días desde la fecha convenida como de efecto del contrato, la Entidad quedará obli- gada al cumplimiento de la prestación que le corresponda, aunque la prima no haya sido todavía pagada antes de que se produzca el siniestro.
3. Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos anteriores, el contrato y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas formalizados por escrito. La Aseguradora El Asegurador está obligada obligado a entregar al tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisionalpóliza. El tomador deberá devolver a la Aseguradora al Asegurador un ejemplar firmado por él de las Condiciones Particulares de la póliza, así como la documentación acreditativa de las circunstancias que configuran configuren el riesgo.
4. El tomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penali- zación penalización alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestrosinies- tro. Dicho plazo se contará desde el día de la celebración del contrato o desde la fecha en que la Aseguradora le el Asegurador entregue la póliza o documento de cobertura provisionalpóliza. El tomador habrá de comunicarlo a la Aseguradora al Asegurador por un procedimiento que permita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho y estará obligado a pagar pa- gar la prima correspondiente hasta el momento del desistimiento. En caso de que la prima hubiera sido cobrada, la Aseguradora el Asegurador reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales, dicho importe, salvo la parte correspondiente al período periodo de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia hasta el momento del desistimiento.”
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Samples: Seguro Universal De Decesos
CONTRATACIÓN A DISTANCIA DEL SEGURO. 1. En caso de contratación a distancia, se aplicará lo dispuesto en este artículo. Se consi- dera considera que existe contratación de un seguro a distancia cuando para su negociación y cele- braciones celebración se utiliza exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física y simultánea del proveedor y el consumidor, consistente en la utilización de medios telemáticos, electrónicos, telefónicos, fax u otros similares. En caso de contratación a distancia, el seguro entrará en vigor a las 12 horas del día siguiente a aquél en que el tomador Tomador haya prestado su consentimiento, salvo que, por acuerdo expreso, se concierte otra fecha. En todo caso, la fecha de efecto quedará refle- xxxx reflejada en las Condiciones Particulares de la póliza.
2. En el caso de que el contrato se haya celebrado por medios telefónicos, durante el plazo de 15 días desde la fecha convenida como de efecto del contrato, la Entidad Compañía quedará obli- gada obligada al cumplimiento de la prestación que le corresponda, aunque la prima no haya sido todavía pagada antes de que se produzca el siniestro.
3. Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos anteriores, el contrato y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. La Aseguradora está obligada a entregar al tomador Tomador del seguro Seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional. El tomador Tomador deberá devolver a la Aseguradora un ejemplar firmado por él de las Condiciones Particulares de la póliza, así como la documentación acreditativa de las circunstancias que configuran el riesgo.
4. El tomadorTomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penali- zación penalización alguna, siempre que el contrato no haya sido extinguido antes de dicha fecha o haya ocurrido el siniestro. Dicho plazo se contará desde el día de la celebración del contrato o desde la fecha en que la Aseguradora le entregue la póliza o documento de cobertura provisional. El tomador Tomador habrá de comunicarlo a la Aseguradora por un procedimiento que permita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho y estará obligado a pagar la prima correspondiente hasta el momento del desistimiento. En caso de que la prima hubiera sido cobrada, la Aseguradora reembolsará al tomadorTomador, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales, dicho importe, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia hasta el momento del desistimiento.”
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Samples: Seguro De Asistencia en Viaje
CONTRATACIÓN A DISTANCIA DEL SEGURO. 1. En caso de contratación a distancia, se aplicará lo dispuesto en este artículo. Se consi- dera considera que existe contratación de un seguro a distancia cuando para su negociación negocia- ción y cele- braciones celebración se utiliza exclusivamente una técnica de comunicación a distanciadistan- cia, sin presencia física y simultánea del proveedor y el consumidor, consistente en la utilización de medios telemáticos, electrónicos, telefónicos, fax u otros similares. En caso de contratación a distancia, el seguro entrará en vigor a las 12 0 horas del día siguiente a aquél en que el tomador haya prestado su consentimiento, salvo que, por acuerdo expreso, se concierte otra fecha. En todo caso, la fecha de efecto quedará refle- xxxx que- dará reflejada en las Condiciones Particulares de la póliza.. Vigencia del Seguro
2. En el caso de que el contrato se haya celebrado por medios telefónicos, durante el plazo de 15 días desde la fecha convenida como de efecto del contrato, la Entidad Enti- dad quedará obli- gada obligada al cumplimiento de la prestación que le corresponda, aunque aun- que la prima no haya sido todavía pagada antes de que se produzca el siniestro.
3. Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos anteriores, el contrato y sus modificaciones modificacio- nes o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. La Aseguradora está obligada a entregar al tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional. El tomador deberá devolver a la Aseguradora un ejemplar firmado por él de las Condiciones Particulares de la póliza, así como la documentación acreditativa de las circunstancias que configuran el riesgo.
4. El tomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penali- zación penalización alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestro. Dicho plazo se contará desde el día de la celebración del contrato o desde la fecha en que la Aseguradora le entregue la póliza o documento de cobertura provisional. El tomador habrá de comunicarlo a la Aseguradora por un procedimiento que permita per- mita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho y estará obligado a pagar la prima correspondiente hasta el momento del desistimientodesisti- miento. En caso de que la prima hubiera sido cobrada, la Aseguradora reembolsará reembol- xxxx al tomador, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales, dicho importe, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia hasta el momento del desistimiento.”
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Samples: Póliza De Seguro De Motos
CONTRATACIÓN A DISTANCIA DEL SEGURO. 1. En caso de contratación a distancia, se aplicará lo dispuesto en este artículo. Se consi- dera conside- ra que existe contratación de un seguro a distancia cuando para su negociación y cele- braciones celebra- ción se utiliza exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física físi- ca y simultánea del proveedor y el consumidor, consistente en la utilización de medios telemáticostele- máticos, electrónicos, telefónicos, fax u otros similares. En caso de contratación a distancia, el seguro entrará en vigor a las 12 0 horas del día siguiente a aquél en que el tomador Tomador del seguro haya prestado su consentimiento, salvo que, por acuerdo expreso, se concierte otra fecha. En todo caso, la fecha de efecto quedará refle- xxxx que- dará reflejada en las Condiciones Particulares de la póliza.
2. En el caso de que el contrato se haya celebrado por medios telefónicos, durante el plazo de 15 días desde la fecha convenida como de efecto del contrato, la Entidad quedará obli- gada al cumplimiento de la prestación que le corresponda, aunque la prima no haya sido todavía pagada antes de que se produzca el siniestro.
3. Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos anteriores, el contrato y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. La Aseguradora Compañía está obligada a entregar al tomador Tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional. El tomador Tomador del seguro deberá devolver a la Aseguradora Compañía un ejemplar firmado por él de las Condiciones Particulares de la póliza, así como la documentación acreditativa de las circunstancias cir- cunstancias que configuran el riesgo.
4. El tomadorTomador del seguro, cuando sea consumidor, esto es, persona física que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penali- zación penalización alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestro. Dicho plazo se contará desde el día de la celebración del contrato o desde la fecha en que la Aseguradora Compañía le entregue la póliza o documento de cobertura provisional. El tomador Tomador del seguro habrá de comunicarlo a la Aseguradora Compañía por un procedimiento que permita per- mita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho y estará obligado a pagar la prima correspondiente hasta el momento del desistimiento. En caso de que la prima hubiera sido cobrada, la Aseguradora Compañía reembolsará al tomadorTomador del seguro, dentro den- tro de un plazo máximo de 30 días naturales, dicho importe, salvo la parte correspondiente correspondien- te al período periodo de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia hasta el momento del desistimiento.”
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Samples: Condiciones Generales Del Seguro De Protección Jurídica Familiar
CONTRATACIÓN A DISTANCIA DEL SEGURO. 1. En caso de contratación a distancia, se aplicará lo dispuesto en este artículo. Se consi- dera que existe contratación de un seguro a distancia cuando para su negociación y cele- braciones utiliza exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física y simultánea del proveedor y el consumidor, consistente en la utilización de medios telemáticos, electrónicos, telefónicos, fax u otros similares. En caso de contratación a distancia, el seguro entrará en vigor a las 12 horas del día siguiente a aquél en que el tomador haya prestado su consentimiento, salvo que, por acuerdo expreso, se concierte otra fecha. En todo caso, la fecha de efecto quedará refle- xxxx en las Condiciones Particulares de la póliza.
2. En el caso de que el contrato se haya celebrado por medios telefónicos, durante el plazo de 15 días desde la fecha convenida como de efecto del contrato, la Entidad quedará obli- gada al cumplimiento de la prestación que le corresponda, aunque la prima no haya sido todavía pagada antes de que se produzca el siniestro.
3. Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos anteriores, el contrato y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. La Aseguradora está obligada a entregar al tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional. El tomador deberá devolver a la Aseguradora un ejemplar firmado por él de las Condiciones Particulares de la póliza, así como la documentación acreditativa de las circunstancias que configuran el riesgo.
4. El tomador, cuando sea consumidor, esto es, persona física que actúe con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, dispondrá de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penali- zación alguna, siempre que no haya ocurrido el siniestro. Dicho plazo se contará desde el día de la celebración del contrato o desde la fecha en que la Aseguradora le entregue la póliza o documento de cobertura provisional. El tomador habrá de comunicarlo a la Aseguradora por un procedimiento que permita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho y estará obligado obli- gado a pagar la prima correspondiente hasta el momento del desistimiento. En caso de que la prima hubiera sido cobrada, la Aseguradora reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales, dicho importe, salvo la parte correspondiente al período perí- odo de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia hasta el momento del desistimientodesisti- miento.”
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Samples: Seguro De Protección De Alquileres