Contrato de transferencia electrónica de fondos Cláusulas de Ejemplo

Contrato de transferencia electrónica de fondos. Los servicios de transferencia electrónica de fondos (TEF) se ofrecen a todos los clientes de Asesoría en Inversión Internacional. Sírvase comunicarse con su asesor para más detalles sobre cómo puede recibir este servicio para su(s) cuenta(s). Los servicios TEF se prestan sujetos expresamente según las siguientes condiciones (Contrato TEF) y el uso por su parte de los servicios TEF constituye una aceptación sin reservas de dichas condiciones. Al utilizar los servicios de TEF, sea cual sea la forma en que se transfieran los fondos, usted autoriza y ordena a Asesoría en Inversión Internacional que debite su(s) cuenta(s) en dólares canadienses y pague fondos a las instituciones financieras y cuentas conforme a lo que haya indicado en los servicios de TEF. Consulte a las otras instituciones financieras para informarse de los cargos en vigor de dichas instituciones, de haberlos, al realizar transferencias mediante los servicios de TEF con el uso de sus instalaciones. Como contrapartida a la aceptación y cumplimiento por parte de Asesoría en Inversión Internacional de sus directrices, usted renuncia a que se le notifique cada transacción y ratifica todas las transacciones pasadas y futuras realizadas para sus cuentas en Asesoría en Inversión Internacional. Asesoría en Inversión Internacional no tendrá responsabilidad alguna por las pérdidas o daños que pueda usted tener o generar en relación con los débitos previstos en las directrices que haya dado mediante los servicios de TEF, incluyendo y sin limitarse, las pérdidas de intereses u otras pérdidas o daños, económicos o de otro tipo, causados o relacionados por una demora en el cumplimiento de dicha directriz. Es usted responsable de todo endeudamiento, retiros y movimiento de las cuentas previstos en este contrato debidos a su utilización de los servicios de TEF, incluso los endeudamientos, retiros y movimientos de las cuentas causados por personas que usted haya autorizado a usar dichos servicios en su nombre. Aunque Asesoría en Inversión Internacional hará esfuerzos comercialmente razonables para mantener el acceso continuo a los servicios de TEF, usted reconoce y acepta que Asesoría en Inversión Internacional no garantiza ni ofrece un acceso continuo a estos servicios conforme a este contrato de TEF. Asesoría en Inversión Internacional no hace manifestación alguna ni ofrece garantías, cláusulas, promesas, acuerdos ni condiciones, ni garantías o condiciones de comerciabilidad o idoneidad o pertinencia con re...

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  • VIGENCIA DE LA OFERTA El periodo de vigencia de la oferta, será de 120 días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

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