Control de exportaciones. 12.1 El Cliente se compromete y garantiza no vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, el equipo enviado a Evident para la prestación del servicio a ninguna persona natural o jurídica, entidad o organismo, ni usarlos en el contexto de asistencia técnica u otros servicios en la medida en que esto esté prohibido para Evident y/o el Cliente bajo los regímenes de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América. En este sentido, el Cliente se compromete a cumplir con las regulaciones de sanciones, independientemente de si se aplican a él. 12.2 En caso de que los fondos y recursos económicos del Cliente o un destinatario del equipo en el que se prestará el Servicio estén o vayan a ser congelados en el momento programado de entrega debido a las regulaciones de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América y/o haya una prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición directa o indirectamente para beneficio del Cliente o un destinatario del equipo en el que se prestará el Servicio en el momento programado de entrega debido a las regulaciones de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América, Evident quedará exonerado de su obligación de cumplimiento. 12.3 Las cláusulas 12.1 y 12.2 no se aplicarán si el cumplimiento de las sanciones de los Estados Unidos de América viola el Reglamento (CE) 2271/96, enmendado, y una obligación correspondiente constituiría una violación de la Sección 7 de la Ordenanza de Comercio Exterior y Pagos. 12.4 Si Evident tiene dudas sobre si el Cliente está actuando o tiene la intención de actuar de acuerdo con esta obligación, Evident tendrá derecho a requerir al Cliente que proporcione pruebas apropiadas (por ejemplo, declaraciones de uso final, licencias, etc.) de que el equipo en el que se prestará el Servicio se está utilizando de acuerdo con la cláusula 12.1 de esta disposición. Si, en tal caso, el Cliente no proporciona pruebas del uso del equipo en el que se prestará el Servicio de acuerdo con la cláusula 12.1 de esta disposición, o no lo hace de manera oportuna, Evident tendrá derecho a posponer la entrega del equipo reparado hasta que se proporcione dicha prueba. Si la provisión de dicha prueba falla, Evident tendrá derecho a rescindir el contrato. 12.5 El Cliente se compromete a emplear en el marco del contrato con Evident únicamente a personas que no figuren en las listas de sanciones de la Unión Europea, EE.UU. y Gran Bretaña. Antes de la utilización efectiva de un subcontratista para la prestación de servicios en las instalaciones del Cliente y a intervalos apropiados, pero al menos trimestralmente, el Cliente está obligado a llevar a cabo un control apropiado con respecto a la inclusión de los mismos en las listas de sanciones de la Unión Europea, EE.UU. y Gran Bretaña. Los resultados de la comprobación se documentarán y archivarán con arreglo a las disposiciones legales del Código Fiscal alemán (Abgabenordnung), al igual que los documentos fiscales.
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Samples: Términos Y Condiciones Generales Para La Prestación De Servicios
Control de exportaciones. 12.1 21.1 El Cliente se compromete Comprador entiende que cuando las obligaciones del Proveedor en virtud del Contrato para suministrar cualquier Producto o Servicio están sujetas a las leyes y garantiza regulaciones gubernamentales de control de exportaciones, el cumplimiento de este Contrato y el uso o exportación del Comprador de los Productos entregados por el Proveedor estarán condicionados a la concesión de todos permisos o licencias necesarios. El Comprador deberá proporcionar toda la información y documentación, incluida, cuando sea necesario, la certificación del usuario final, que no venderesté en posesión del Proveedor y que así lo exija el procedimiento de solicitud correspondiente para que el Proveedor pueda realizar las solicitudes necesarias para los permisos o licencias necesarios para las entregas al Comprador. El Proveedor quedará exento de sus obligaciones con de suministrar cualquier Producto o Servicio al Comprador en la medida en que las solicitudes de permisos o licencias para los mismos sean rechazadas por una autoridad gubernamental pertinente. En la medida de lo legalmente permitido, suministrarel Comprador no tendrá derecho a reclamar una indemnización por daños, transferir pérdida de negocios u otros que surjan de tal rechazo o exportarrescisión del Contrato.
21.2 El comprador no podrá, directa o indirectamente, el equipo enviado a Evident para vender, proporcionar acceso a, exportar, reexportar, transferir, desviar, prestar, arrendar, consignar, transbordar (incluida la prestación del servicio a ninguna persona natural o jurídica, entidad o organismo, ni usarlos parada en el contexto puerto), transportar o disponer de asistencia técnica u otros servicios cualquier otro producto o material, Software (incluido el código fuente) o tecnología del Proveedor a través de, o para: (i) cualquier entidad que se sepa que tiene su sede, o que es propiedad o está controlada por un nacional de cualquier país o región sujeto a sanciones integrales en la medida cualquier momento; (ii) cualquier otra persona o entidad identificada en que esto esté prohibido para Evident y/una lista de partes denegadas o el Cliente bajo los regímenes de sanciones de restringidas; o (iii) cualquier actividad o uso final restringido por las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América. En este sentido, el Cliente se compromete a cumplir con leyes aplicables sin obtener primero todas las regulaciones de sanciones, independientemente de si se aplican a élautorizaciones gubernamentales requeridas.
12.2 En caso 21.3 El Proveedor tendrá el derecho, a su elección, de que los fondos y recursos económicos del Cliente o un destinatario del equipo en el que se prestará el Servicio estén o vayan a ser congelados en el momento programado de entrega debido a las regulaciones de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América y/o haya una prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición directa o indirectamente para beneficio del Cliente o un destinatario del equipo en el que se prestará el Servicio en el momento programado de entrega debido a las regulaciones de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América, Evident quedará exonerado de su obligación de cumplimiento.
12.3 Las cláusulas 12.1 y 12.2 no se aplicarán si suspender el cumplimiento de cualquier Contrato o rescindirlo si: (i) se imponen sanciones integrales aplicables; (ii) el Comprador se designa o se determina que es una parte denegada o restringida según la ley aplicable; o (iii) cuando las sanciones obligaciones del Proveedor bajo estas Condiciones o cualquier Contrato para suministrar artículos o Servicios estén sujetas a las leyes y regulaciones gubernamentales de los Estados Unidos control de América viola el Reglamento (CE) 2271/96, enmendado, y una obligación correspondiente constituiría una violación de la Sección 7 de la Ordenanza de Comercio Exterior y Pagos.
12.4 Si Evident tiene dudas sobre si el Cliente está actuando o tiene la intención de actuar de acuerdo con esta obligación, Evident tendrá derecho a requerir al Cliente que proporcione pruebas apropiadas (por ejemplo, declaraciones de uso final, licencias, etc.) de que el equipo en el que se prestará el Servicio se está utilizando de acuerdo con la cláusula 12.1 de esta disposición. Si, en tal casoexportaciones, el Cliente no proporciona pruebas cumplimiento de cualquier Contrato y el uso o exportación del uso del equipo en Comprador de cualquier artículo entregado por el que se prestará el Servicio de acuerdo con la cláusula 12.1 de esta disposición, o no lo hace de manera oportuna, Evident tendrá derecho a posponer la entrega del equipo reparado hasta que se proporcione dicha prueba. Si la provisión de dicha prueba falla, Evident tendrá derecho a rescindir el contrato.
12.5 El Cliente se compromete a emplear en el marco del contrato con Evident únicamente a personas que no figuren en las listas de sanciones de la Unión Europea, EE.UU. y Gran Bretaña. Antes de la utilización efectiva de un subcontratista para la prestación de servicios en las instalaciones del Cliente y a intervalos apropiados, pero al menos trimestralmente, el Cliente está obligado a llevar a cabo un control apropiado con respecto Proveedor estará condicionado a la inclusión concesión de todos los mismos en las listas de sanciones de la Unión Europea, EE.UU. y Gran Bretaña. Los resultados de la comprobación se documentarán y archivarán con arreglo a las disposiciones legales del Código Fiscal alemán (Abgabenordnung), al igual que los documentos fiscalespermisos o licencias necesarios.
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Samples: Términos Y Condiciones Para La Venta Y Suministro De Bienes Y Servicios
Control de exportaciones. 12.1 a) El Cliente se compromete y garantiza no vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, el equipo enviado a Evident para la prestación del servicio a ninguna persona natural o jurídica, entidad o organismo, ni usarlos en el contexto de asistencia técnica u otros servicios en la medida en que esto esté prohibido para Evident y/o el Cliente bajo los regímenes de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América. En este sentido, el Cliente se compromete a cumplir con y acatar todas las regulaciones normativas legales aplicables en materia de control de exportacio- nes y embargo (incluyendo todas las listas de sanciones), independientemente en especial todas las normativas legales españolas y europeas en materia de si se aplican a élcontrol de exportaciones.
12.2 En caso b) A petición nuestra, el Cliente estará obligado a proporcionarnos información válida sobre el uso final de que las mercancías a entregar o los fondos servicios a realizar, especialmente a emitir y recursos económicos del Cliente enviar los originales de los llamados certificados de destino final para permitirnos verificar el destino final y el propósito de uso y poder demostrarlos ante las autoridades competen- tes de control de exportaciones.
c) Si los permisos de exportación o un destinatario del equipo en el que se prestará el Servicio estén transferencia posiblemente requeridos o vayan a ser congelados en el momento programado la aprobación o autorización de cualquier otra ley de comercio exterior no son concedidos por las autoridades competentes, o si cualquier otro obstáculo legal impide la entrega debido a las regulaciones cualquier ley de sanciones comercio exterior y control de las Naciones Unidasembargos que debamos acatar como exportadores o cesionistas o que deban acatar nuestros proveedores, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América y/o haya una prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición directa o indirectamente para beneficio del Cliente o un destinatario del equipo en el que se prestará el Servicio en el momento programado de entrega debido a las regulaciones de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América, Evident quedará exonerado de su obligación de cumplimiento.
12.3 Las cláusulas 12.1 y 12.2 no se aplicarán si el cumplimiento de las sanciones de los Estados Unidos de América viola el Reglamento (CE) 2271/96, enmendado, y una obligación correspondiente constituiría una violación de la Sección 7 de la Ordenanza de Comercio Exterior y Pagos.
12.4 Si Evident tiene dudas sobre si el Cliente está actuando o tiene la intención de actuar de acuerdo con esta obligación, Evident tendrá derecho a requerir al Cliente que proporcione pruebas apropiadas (por ejemplo, declaraciones de uso final, licencias, etc.) de que el equipo en el que se prestará el Servicio se está utilizando de acuerdo con la cláusula 12.1 de esta disposición. Si, en tal caso, el Cliente no proporciona pruebas del uso del equipo en el que se prestará el Servicio de acuerdo con la cláusula 12.1 de esta disposición, o no lo hace de manera oportuna, Evident tendrá derecho a posponer la entrega del equipo reparado hasta que se proporcione dicha prueba. Si la provisión de dicha prueba falla, Evident tendrá tendremos derecho a rescindir el contrato, excluyendo cualquier otro derecho, especialmente cualquier reclamación por daños por parte del Cliente.
12.5 d) El cumplimiento de los plazos de entrega acordados requiere la emisión o concesión de permisos de exportación y transferencia por las autoridades competentes. Si se nos impide realizar una entrega o un servicio en plazo debido a la aplicación de una ley de comercio exterior y a un procedimiento de concesión de permisos, el plazo de entrega deberá ser prolongado por la duración del retraso causado por estos procedimientos oficiales, excluyendo cualquier otro derecho, especialmente cualquier reclamación por daños por parte del Cliente.
e) El Cliente se compromete es responsable de cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas desde a) hasta d) y deberá indemnizarnos al primer requerimiento y mantenernos indemnes y exentos de responsabilidades frente a emplear en el marco del contrato con Evident únicamente a personas que no figuren en las listas de sanciones de la Unión Europeacualquier reclamación, EE.UU. daño y Gran Bretaña. Antes de la utilización efectiva de un subcontratista para la prestación de servicios en las instalaciones del Cliente y a intervalos apropiados, pero al menos trimestralmente, el Cliente está obligado a llevar a cabo un control apropiado con respecto a la inclusión de los mismos en las listas de sanciones de la Unión Europea, EE.UU. y Gran Bretaña. Los resultados de la comprobación se documentarán y archivarán con arreglo a las disposiciones legales del Código Fiscal alemán (Abgabenordnung), al igual que los documentos fiscalesgastos.
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Control de exportaciones. 12.1 El Cliente se compromete y garantiza no vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamenteComprador reconoce que los productos, el equipo enviado software, los servicios y las Aplicaciones compatibles con el Servicio de atención al cliente pueden estar sujetos a Evident para la prestación del servicio a ninguna persona natural o jurídica, entidad o organismo, ni usarlos en el contexto diversos controles y regulaciones de asistencia técnica u otros servicios en la medida en que esto esté prohibido para Evident y/o el Cliente bajo los regímenes de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de Américaexportación. En este sentido, el Cliente se compromete a El Comprador acepta cumplir con todas las regulaciones leyes y regulaciones, embargos y sanciones aplicables de sancionesexportación y reexportación, independientemente de si se aplican a él.
12.2 En caso de que los fondos y recursos económicos del Cliente o un destinatario del equipo en el que se prestará el Servicio estén o vayan a ser congelados en el momento programado de entrega debido a incluidas, entre otras, las regulaciones de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América y/o haya una prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición directa o indirectamente para beneficio del Cliente o un destinatario del equipo en el que se prestará el Servicio en el momento programado de entrega debido a las regulaciones de sanciones de las Naciones Unidas, la Unión Europea, la República Federal de Alemania o los Estados Unidos de América, Evident quedará exonerado de su obligación de cumplimiento.
12.3 Las cláusulas 12.1 y 12.2 no se aplicarán si el cumplimiento de las sanciones de los Estados Unidos de América viola el Reglamento (CE) 2271/96colectivamente, enmendadolas "Leyes de Exportación"), y una obligación correspondiente constituiría una violación declara y garantiza que todos los servicios proporcionados en virtud del presente, y cualquier derivado del mismo no será: (i) utilizado, descargado, exportado, reexportado o transferido, directa o indirectamente, en contra de la Sección 7 las Leyes de la Ordenanza Exportación; (ii) utilizado para cualquier propósito prohibido por las Leyes de Comercio Exterior Exportación, incluido, entre otros, el diseño, desarrollo, fabricación o producción xx xxxxx nucleares, de misiles, químicas o biológicas; y/o (iii) entregado a personas/entidades que de otro modo no serían elegibles para adquirir o utilizar los productos o servicios proporcionados en virtud del presente. El Comprador declara y Pagos.
12.4 Si Evident tiene dudas sobre si garantiza que no está sujetos a sanciones ni está designados de otro modo en ninguna lista de partes prohibidas o restringidas, y que no es dueño del 50% o más ni está controlado por dicha parte, incluida, entre otras, las listas mantenidas por el Cliente está actuando o tiene la intención Consejo de actuar Seguridad de acuerdo con esta obligaciónlas Naciones Unidas, Evident tendrá derecho a requerir al Cliente que proporcione pruebas apropiadas el Gobierno de los Estados Unidos de América (por ejemplo, declaraciones la lista de uso finalNacionales Especialmente Designados y la lista de Evasores de Sanciones Extranjeras del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos de América y la Lista de Entidades del Departamento de Comercio de los Estados Unidos de América), licenciasla Unión Europea o sus estados miembros, etc.) u otra autoridad gubernamental aplicable. El Comprador garantiza además que ninguna persona sancionada o bloqueada participará en el trabajo previsto en este acuerdo, incluidas negociaciones, contratos o cualquier otra transacción, y notificará al Proveedor inmediatamente en caso de que una propiedad u otro cambio viole cualquier término de esta sección, en cuyo caso el equipo Proveedor quedará relevado de cualquier responsabilidad adicional en virtud de este acuerdo. El Comprador comprende que determinadas funciones del Software, como el cifrado o la autenticación, pueden estar sujetas a restricciones de uso, importación o exportación en caso de que se prestará transfiera el Software desde el país de entrega, y el Comprador es responsable de cumplir con dichas restricciones aplicables. El Comprador será responsable de obtener todas las autorizaciones gubernamentales requeridas para cualquier exportación, importación o uso posterior del Servicio y cualquier Aplicación Compatible con el Servicio se está utilizando de acuerdo con la cláusula 12.1 de esta disposición. Si, en tal caso, del Comprador utilizada por el Cliente no proporciona pruebas del uso del equipo en el que se prestará el Servicio de acuerdo con la cláusula 12.1 de esta disposición, o no lo hace de manera oportuna, Evident tendrá derecho a posponer la entrega del equipo reparado hasta que se proporcione dicha prueba. Si la provisión de dicha prueba falla, Evident tendrá derecho a rescindir el contratoComprador.
12.5 El Cliente se compromete a emplear en el marco del contrato con Evident únicamente a personas que no figuren en las listas de sanciones de la Unión Europea, EE.UU. y Gran Bretaña. Antes de la utilización efectiva de un subcontratista para la prestación de servicios en las instalaciones del Cliente y a intervalos apropiados, pero al menos trimestralmente, el Cliente está obligado a llevar a cabo un control apropiado con respecto a la inclusión de los mismos en las listas de sanciones de la Unión Europea, EE.UU. y Gran Bretaña. Los resultados de la comprobación se documentarán y archivarán con arreglo a las disposiciones legales del Código Fiscal alemán (Abgabenordnung), al igual que los documentos fiscales.
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