CONTROL DE QUALITAT Cláusulas de Ejemplo

CONTROL DE QUALITAT. El coordinador i/o el personal designat per FGC realitzarà trimestralment un control de qualitat sobre les imatges digitalitzades i sobre l’estat de conservació de la documentació original. Una vegada realitzat aquest control per part d’FGC, es reportaran les incidències a l’empresa. Aquesta es compromet a corregir els problemes que puguin sorgir i a tractar la documentació amb molta cura donada la fragilitat i el seu valor històric. Aquest període de garantia de treball realitzat es perllongarà en el temps fins a un any i mig després de que el contracte hagi finalitzat. Aquest control de qualitat quedarà reflectit en un informe aprovatori.
CONTROL DE QUALITAT. A part dels controls de qualitat previstos per l’empresa, l’IMI tindrà un control especial de: • Text de la placa, d’acord amb la petició. Aquest document és una còpia autèntica. L'Ajuntament de Barcelona custodia el document i les signatures originals. • Compliment de les condicions de confecció i instal∙lació de la placa. La superació en el 3% del total de les peticions pel que fa a l’incompliment en algú dels aspectes anteriors, podrà ser considerat com una situació greu de manca de qualitat en el servei prestat pel proveïdor. L’IMI demanarà al proveïdor la substitució de les plaques que n han complert en el text o en alguna de les seves especificacions tècniques en la confecció o en la instal∙lació.
CONTROL DE QUALITAT. L’IMHB es reserva la facultat d’efectuar en qualsevol moment les inspeccions que cregui necessàries dels espais que l’empresa adjudicatària hagi assignat per a la custòdia de la seva documentació, de les zones del lloc d’emmagatzematge, de la distribució i identificació de les caixes o qualsevol altre aspecte que pugui afectar a la integritat i/o accés a la informació. Igualment l’IMHB podrà realitzar els controls de qualitat dels serveis contractats que consideri oportuns.
CONTROL DE QUALITAT. Es valorarà la possibilitat d’accedir online i en tot moment a un informe complert o parcial de l’estat de l’atenció presencial amb l’objectiu del control de qualitat del personal de l’empresa adjudicatària.
CONTROL DE QUALITAT. Direcció i seguiment de l’execució del Pla d’Autocontrol de Qualitat, intervenint conjuntament amb l’Adjudicatari, en l’encàrrec dels assaigs i comprovant la recepció en termini, dels seus resultats. • Verificació del compliment de les condicions d’acceptació plantejades al pla de qualitat i comprovació de les dades de localització i presa de mostra, per una correcta correlació del resultat amb l’element d’obra corresponent. • En termes similars, direcció i seguiment de les proves de contrast. • Acceptació de les obres, en forma parcial i total, d’acord amb el control de materials i equips, de geometria i d’execució dut a terme, informant puntualment a FGC i a l’Adjudicatari, en especial, de les incidències esdevingudes i la forma de solucionar-les.
CONTROL DE QUALITAT. 1. BARCELONA D’INFRAESTRUCTURES MUNICIPALS, SA realitzarà tots els reconeixements, comprovacions i assajos que cregui oportuns en qualsevol moment en presència del Contractista, el qual haurà de facilitar al màxim la seva execució, posant a disposició els mitjans auxiliars i el personal que siguin necessaris. El Contractista no podrà en cap cas reclamar el pagament per dur a terme interrupcions del subministrament derivats d'aquests conceptes. 2. El control de qualitat que portin a terme - directa o indirectament - BARCELONA D’INFRAESTRUCTURES MUNICIPALS, SA no eximeix al Contractista de portar a terme el seu propi control de qualitat necessari sobre la seva execució, la fabricació i, si s’escau, muntatge per tal de garantir el compliment de les condicions contractuals, i/o els que facin falta, definides en qualsevol cas per BARCELONA D’INFRAESTRUCTURES MUNICIPALS, SA per a aconseguir els nivells de qualitat exigits i la consecució dels treballs correctament. Aquestes actuacions no suposaran cap increment dels preus unitaris establerts. Els assajos, repetició d'uns altres que hagin donat resultats defectuosos, o que siguin resultat d'uns canvis de projecte, correran a càrrec del Contractista. 3. El Contractista està obligat a facilitar a BARCELONA D’INFRAESTRUCTURES MUNICIPALS, SA les actes i conclusions dels assajos de Control de Qualitat. En qualsevol cas, el Contractista serà plenament responsable de la qualitat del subministrament que executi. El contractista està obligat quan BARCELONA D’INFRAESTRUCTURES MUNICIPALS, SA li sol·liciti a facilitar l'accés a les plantes/fàbrica on es fabriquen elements, al personal de BARCELONA D’INFRAESTRUCTURES MUNICIPALS, SA. o de les persones en qui delegui.
CONTROL DE QUALITAT 

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  • Control de Plazos CGC 27.1 El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Gerente de Obras dentro xx xxxx (10) días a partir de la fecha de la Carta de Aceptación.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO La persona seleccionada como “ABOGADO” deberá cumplir las funciones que le asigne la Sub Gerencia de Recursos Humanos, dentro de las cuales se encuentran las siguientes: - Estudios y análisis de expedientes administrativos de la Sub Gerencia de Recursos Humanos. - Emitir opinión técnico en temas de competencia de la Sub Gerencia de recursos Humanos. - Elaborar informes que contengan el análisis legal efectuado respecto de los expedientes administrativos. - Formular proyectos de Resoluciones para su aprobación correspondientes. - Realizar el seguimiento de las medidas correctiva que permitan optimizar y modernizar los sistemas administrativos derivados. - Implementar los mecanismos de alerta temprana y advertencia de controversias, diferencias y conflictos, con el propósito de promover el dialogo para la solución de los mismos. - Brindar asesoría legal y apoyo en temas de Gestión. - Elaboración de informes técnicos respecto a la desnaturalización de contratos emitidos por la Procuraduría Publica Municipal. - Canalizar los juicios por desnaturalización de contratos emitidos por la Procuraduría Publica Municipal. - Canalizar los juicios por desnaturalización de contratos, medidas cautelares, etc. - Realizar los trámites correspondientes para cumplimientos de mandatos judiciales comunicados por la Procuraduría Publica Municipal. - Realizar descargos, apelaciones a las órdenes de inspección que xxxx xxxxxxxxx. - Cumplir las disposiciones relativas a la Ley de transparencia y acceso a la Información Pública; así como el Código de Ética de la Función Pública., - Otras funciones inherentes al cargo y/o encomendadas por la Sub Gerencia de Recursos Humanos y que sean de su competencia.

  • CONTROL DE CALIDAD 9.3.1. El control de calidad comprende el conjunto de acciones, actividades y técnicas necesarias para proveer confianza suficiente de que el material, el equipo, la obra o el servicio objeto del Contrato cumplirán satisfactoriamente las condiciones requeridas por ENEL y, en su caso, por las normas técnicas correspondientes. 9.3.2. El Proveedor será el único responsable del control de calidad, independientemente de los controles y pruebas que efectúe o exija ENEL por sus propios medios o por los de un tercero. Estos ensayos no alterarán la plena responsabilidad que exclusivamente le corresponde al Proveedor. 9.3.3. Antes de iniciar el proceso de fabricación, o la realización de la obra o servicio contratado, el Proveedor presentará, a requerimiento de ENEL, para su aprobación, un Plan de Control de Calidad. 9.3.4. Una vez presentado el Plan de Control de Calidad mencionado, ENEL podrá formular objeciones al mismo durante un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a su presentación a ENEL, siempre por motivos justificados, y el Proveedor deberá obligarse a modificarlo con la debida diligencia, realizando las correcciones necesarias de acuerdo con las objeciones indicadas por ENEL. 9.3.5. Durante la ejecución del Contrato, el Proveedor dará la más estricta y rigurosa observancia a lo establecido en su Sistema de Aseguramiento de la Calidad y Plan de Control de Calidad aprobados por ENEL, quien se reserva el derecho a efectuar las auditorías necesarias para comprobar su cumplimiento. 9.3.6. Al concluir la ejecución del Contrato, el Proveedor entregará a ENEL, para su aprobación, un informe final de Control de Calidad, cuyo contenido deberá ajustarse a lo establecido en el Contrato y en el Plan de Control de Calidad aprobado. 9.3.7. El cumplimiento de estas condiciones de control de calidad no exime al Proveedor, en ningún caso, de su responsabilidad por la incorrecta ejecución del Contrato.

  • CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos) A. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios correspondientes a la actividad objeto del proceso M >= 03 veces el valor referencial: 20 puntos M >= 02 veces el valor referencial y < 03 veces el valor referencial: 15 puntos M >= 01 veces el valor referencial y < 02 veces el valor referencial: 10 puntos19 Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo, NO MAYOR A OCHO (8) AÑOS a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a (3) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN O DEL ÍTEM. Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, pudiendo ser con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) servicios. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad.

  • CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: Nómina de los proponentes. Cuadros de Evaluación. Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.

  • CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2.051/03, y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato (CGC y CEC).

  • CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO Con el fin de exceptuar al PROVEEDOR de determinadas responsabilidades por incumplimiento involuntario de las prestaciones del contrato, el FISCAL tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas a fin exonerar al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones en relación a la prestación del SERVICIO. Se entenderá por hechos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificas, como aquellos eventos imprevisibles o inevitables que se encuentren fuera del control y voluntad de las partes, haciendo imposible el cumplimiento de las obligaciones dentro de las condiciones inicialmente pactadas. Los hechos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificas, incluyen y no se limitan a: incendios, inundaciones, desastres naturales, conmociones civiles, huelgas, bloqueos y/o revoluciones o cualquier otro hecho que afecte el cumplimiento de las obligaciones inicialmente pactadas. Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento o demora en la prestación del SERVICIO, de manera obligatoria y justificada el PROVEEDOR deberá solicitar al FISCAL la emisión de un certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, para lo cual deberá presentar todos los respaldos necesarios que acrediten su solicitud y la petición concreta en relación al impedimento de la prestación. El FISCAL en el plazo de dos (2) días hábiles deberá emitir el certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas o rechazar la solicitud de su emisión de manera fundamentada. Si el FISCAL no da respuesta dentro del plazo referido precedentemente, se entenderá la aceptación tácita de la existencia del impedimento, considerando para el efecto el silencio administrativo positivo. En caso de aceptación expresa o tácita y según corresponda, se procederá a exonerar al PROVEEDOR del pago de multas. La solicitud del PROVEEDOR, para la calificación de los hechos de impedimento, como causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, no serán considerados como reclamos.

  • Control de la Calidad CGC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: doce (12) meses contados a partir de la Fecha de Terminación.

  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Lista de Bienes y Servicios y Plan de Entrega de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación importante o reserva. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y de haber efectuado la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada.

  • CRITERIOS DE EVALUACIÓN EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)