Control de la Calidad Cláusulas de Ejemplo

Control de la Calidad. CGC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: 365 días.
Control de la Calidad. CEC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: trecientos sesenta y cinco (365) días.
Control de la Calidad. CGC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: doce (12) meses
Control de la Calidad. El Período de Responsabilidad por Defectos es: trecientos sesenta y cinco (365) días después de la fecha de recepción final de la obra.
Control de la Calidad. CEC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: ciento ochenta (180) días, a partir de la firma del acta entrega recepción provisional.
Control de la Calidad. El Período de Responsabilidad por Defectos es de trescientos sesenta (360) días. Se agrega lo siguiente: “Este período comenzará a correr a partir de la fecha de Recepción Provisoria. Si durante dicho periodo se detectaren deficiencias en las Obras, dicho plazo será extendido por el tiempo que dure la subsanación de los defectos por parte del Contratista, no pudiendo esta extensión exceder un plazo igual al periodo de responsabilidad original”.
Control de la Calidad. El Período de Responsabilidad por Defectos es: 12 meses.
Control de la Calidad. CGC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: Ciento ochenta días 180 días, desde la suscripción del Acta Recepción Provisional (o Certificado de Terinación de las Obras) que se emitirá una vez terminados los trabajos.
Control de la Calidad. CGC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: 365 días a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria. CGC 36.1 Si el Contratista no cumpliera con las obras de reparación o conservación intimadas, se le aplicará una multa de 40U.R (cuarenta Unidades reajustables) por cada intimación realizada.